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DISPOSICIONES GENERALES |
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OBJETIVOS
Las presentes Bases Generales tienen como finalidad regular el proceso de licitación y adjudicación necesario para
contratar el Servicio de vigilancia a Dependencia Campamento fiscal Santos Ossa de la Dirección de Vialidad
Provincia de Valparaíso.
9.2. NORMATIVA
Sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director Regional de Vialidad, al Tribunal de Contratación
Pública y a la Contraloría General de la República, cada uno en su respectivo ámbito de competencia, la presente
licitación se regirá por la ley Nº 19.886, su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 250/04 del Ministerio
de Hacienda y por los siguientes documentos:
a) Las Bases Administrativas y sus documentos anexos;
b) Las Bases Técnicas y sus documentos anexos;
c) Procedimiento para evaluación de ofertas y calificación de proveedores para convenios de aseo y mantención
de oficinas;
d) Las aclaraciones a las bases efectuadas por propia iniciativa del Servicio; y
e) Las respuestas del Servicio a las consultas efectuadas por los interesados.
Si hubiera discrepancia entre las Bases Administrativas y las Bases Técnicas, prevalecerá lo dispuesto en las Bases
Administrativas.
9.3. REQUISITOS DE LOS OFERENTES
Todos los oferentes deberán estar habilitados para contratar con la Administración del Estado, de conformidad a lo
dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
Se excluirá a los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas
antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, desde la entrada en vigencia de la ley N°
20.238 (19.01.08) hasta la fecha de recepción de las ofertas.
Los oferentes, personas naturales o jurídicas, deberán cumplir los requisitos que se establezcan en la publicación
de la licitación en el portal de compras públicas, que acreditarán de la forma que en cada caso se indica, según se
encuentren o no inscritos en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, Chile Proveedores,
www.chileproveedores.cl, en adelante, el Registro.
La referida inscripción no será obligatoria para participar en el proceso. Sin embargo, de resultar adjudicado un
proveedor no inscrito, deberá hacerlo dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la notificación de la
adjudicación, como requisito indispensable para la suscripción del contrato.
9.4. PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile
que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación
de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del
trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la
fecha de presentación de ofertas (punto 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes
documentos, según sea el caso:
Proveedores no inscritos en ChileProveedores:
Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para
representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de
resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal:
Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para
representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de
resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal:
No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en
el artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y encontrarse vigentes a la fecha
de presentación de las ofertas.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
9.5 FORMA DE COTIZACIÓN
Los proponentes deberán presentar sus ofertas considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases
Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
De conformidad al artículo 18 de la Ley Nº 19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema
de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante “Portal”.
Las ofertas se recibirán en soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos, de acuerdo con lo que se indica en el punto
4.2 de las presentes BA. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos
con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office
versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el punto 3 de las presentes BA. No se aceptarán archivos
comprimidos.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS Nºs 1 AL 5) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA
REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR
CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el punto
3.3 de estas BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 62, numeral
2, del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
c. En el caso que los precios indicados en el Anexo Nº 2, sean diferentes a los ingresados en la Ficha de la Adquisición del
Portal, prevalecerán los indicados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser
considerados en la evaluación señalada en el punto 6 de las presentes BA, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar
información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta (Artículo 67,
inciso 5º, Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura
electrónica de las ofertas, por ende, se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados
en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes Bases Administrativas, Bases
Técnicas y Circulares Aclaratorias (si las hubiere). Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e
indirectos, asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las Bases Administrativas, no siendo
la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de estos.
g. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a
los revisores de ofertas, que deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases
Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
9.6. COORDINACIÓN
Para los efectos de este proceso, efectuará la coordinación en materias administrativas, lal Sra. Janet Vergara Diaz,
Encargada del Área de Adquisiciones de la Dirección Provincial de Vialidad Valparaíso y, en materias técnicas, el
Sr. Pedro Vargas Tobar, Inspector Fiscal o los funcionarios que los subroguen, suplan o reemplacen en el cargo,
todo de conformidad a las normas que rigen a la Dirección de Vialidad.
9.7. CONSULTAS Y ACLARACIONES
El Servicio podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar
el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado
suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales
del presente llamado a licitación, y en tal condición deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación
de sus ofertas.
Estas aclaraciones se publicarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas.
Los proponentes podrán canalizar sus dudas o consultas a través del portal Mercado Publico, las que serán
recibidas hasta la fecha y hora señalada en dicho portal, rechazándose el uso de cualquier otro medio.
La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, procederá a responder a través del mismo medio la totalidad de
preguntas, en los plazos establecidos en el Portal, considerándose dicha serie como parte integrante del proceso
de licitación.
9.8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Cada oferente deberá adjuntar los siguientes certificados:
Anexo N° 1 Declaración Simple
Anexo N° 2 Oferta Económica
Anexo N° 3 Oferta Técnica
Anexo N° 4 Declaración Jurada Simple (saldos insolutos)
Anexo Nº 5 Autorización de pagos a través de bancos.
Anexo Nº 6 NORMAS LABORALES, DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Deberá cumplir, además con lo señalado en las bases técnicas.
En caso de modificación o alteración del contenido de las tablas, la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso
se reserva el derecho de desestimar la oferta realizada por el proponente.
Las ofertas deberán ceñirse estrictamente a lo indicado en las presentes bases y especificaciones técnicas de la
licitación, los valores indicados en la oferta serán fijos, en pesos chilenos y no estarán afectos a reajuste alguno
mientras esté vigente el Convenio.
Las ofertas deben ser ingresadas obligatoriamente a través del Portal MercadoPublico.cl; de lo contrario, dichas
ofertas no podrán ser adjudicadas.
9.9. APERTURA DE LA LICITACIÓN
La fecha de apertura electrónica de la licitación será señalada en el Portal Mercado Público.
Debido a la condición electrónica de la apertura en el Portal Mercado Público, cada oferente deberá ingresar en el
sitio, en conjunto con sus ofertas, todos los antecedentes solicitados en las presentes bases, en las especificaciones
técnicas y anexos, en formato de archivo o documento escaneado. Se rechazará cualquier documento con clave,
no pudiendo la empresa proponente que así presente su oferta, continuar participando en las siguientes etapas del
proceso de licitación.
9.10. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones
no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán
como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en
el Foro disponible en el Portal Mercado Público.
Para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, la Comisión tendrá en cuenta los principios de igualdad de
los oferentes y estricta sujeción a las bases, siempre y cuando no les confiera a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores.
Esta situación está establecida como criterio de evaluación (Cumplimiento de los Requisitos Formales).
9.11. VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción
de ofertas de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de
la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas
por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
9.12. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, designada por el Director de Vialidad Región de
Valparaíso, mediante acto administrativo totalmente tramitado, compuesta por al menos tres funcionarios públicos
de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha
de cierre de presentación de ofertas, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
La Comisión Evaluadora podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes, para el
cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de las Ofertas,
que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
9.12.1. Procedimiento de Evaluación
a. La Comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de
conformidad a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.
b. La Comisión efectuará la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el
numeral 9.13 de las presentes BA.
c. La Comisión rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases
Administrativas y Bases Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 37, inciso
1º del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
d. La Comisión propondrá declarar inadmisibles:
Las ofertas que no cumplan con la presentación de la documentación señalada en el numeral 4 de estas bases de
licitación en el caso de las UTP y con la presentación de los Anexos Nºs 2 y 3, indicados en el numeral 4 por tratarse
de documentos esenciales, salvo lo indicado en los puntos 9.10 y 9.14 (Derecho a solicitar Aclaraciones y
Antecedentes) de estas bases de licitación.
Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en los términos señalados en el numeral 8.3,
de estas BA. (Cuando corresponda)
Las ofertas que adjunten documentos comprimidos.
e. La Comisión propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9 de la Ley Nº
19.886:
Cuando no se presenten ofertas o
Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá
contener las materias señaladas en el artículo 40 bis del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
La Comisión tendrá el plazo señalado en el numeral 3.8 de estas BA, para presentar el Acta de Evaluación de las
Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación de la licitación, de conformidad a lo establecido en las
Bases Administrativas y Bases Técnicas, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya
obtenido el mayor puntaje final.
9.13. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de evaluación y porcentajes de evaluación serán los siguientes:
I.- PRECIO 60%
II.- CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA 30%
III.- CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES 5%
IV.- CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 5%
9.13.1. TABLAS Y MÉTODO DE EVALUACIÓN
I.- Precio 60%
Se evaluará de acuerdo con la fórmula del Precio Mínimo Ofertado (PMO) según la siguiente fórmula:
Puntaje = Precio más bajo ofertado x 100 x ponderación
Oferta proveedor evaluado
II.- Condiciones laborales de los trabajadores de la empresa 30%
Este factor que se evaluará conforme los siguientes aspectos:
a) Remuneraciones 15%
Se otorgará 15% al oferente cuya remuneración mensual a sus trabajadores sea igual o superior en un 20% del ingreso
mínimo legal vigente, monto que no considera horas extras, gratificaciones u otros beneficios. Para obtener dicho porcentaje
se procederá según tabla indicada a continuación:
Porcentaje sobre el Sueldo Mínimo Puntaje
20% o más 15
15% a 19,99% 10
10% a 14.99% 5
5% a 9.99% 2
Inferior al 5% o no informa 0
b) Beneficios 10%
Solo se considerarán aquellos que se paguen a todo evento a los trabajadores de la empresa y que no estén sujetos al
cumplimiento de determinados requisitos para percibirlos, por ejemplo: Bonos de Locomoción, Colación, Aguinaldos de
Fiestas Patrias, Navidad, etc.
Por lo tanto, se otorgará 10% al oferente que presente el mayor valor de la suma de los beneficios entregados, rebajando 2
puntos al siguiente y así sucesivamente, los que queden bajo de los cinco más altos tendrán puntuación 0.
c) Tipo de contrato 5%
- Indefinido = 5%
- Plazo Fijo = 1%
- No informa = 0%
No se aceptarán contratos a Honorarios, en particular de los trabajadores destinados a cumplir funciones en el Recinto Fiscal.
Las condiciones antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas, deberán ser
mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia del iter contractual.
Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa proveedora serán verificados tras
la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato, considerándose incumplimiento grave de las
obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los trabajadores bajo la que se ofertó.
Nota: Para certificar estos parámetros, el oferente deberá adjuntar copia del modelo de contrato de trabajo.
III.- Convenios colectivos vigentes 5%
Para la evaluación de este Sub-Factor, el oferente deberá proporcionar dicha información en el Anexo Nº3 y deberá
acompañar a su oferta copia simple de tales convenios.
La vigencia de los convenios vendrá determinada según el documento suscrito.
Solo serán considerados aquellos convenios colectivos vigentes que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del
Código del trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la Dirección del Trabajo, dentro de los cinco días siguientes a su
suscripción, lo que deberá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación disponible para tales efectos,
donde conste su registro en dicha entidad.
El puntaje se asignará de acuerdo con el siguiente cuadro:
EXISTENCIA DE CONVENIOS COLECTIVOS
VIGENTES
Porcentaje a
asignar
El oferente acredita contar con uno o más
convenios colectivos vigentes
5%
El oferente no acredita tener convenio colectivo
vigente
0%
Las condiciones antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas, deberán ser
mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia del iter contractual.
Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa proveedora serán verificados tras
la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato, considerándose incumplimiento grave de las
obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los trabajadores bajo la que se ofertó, con las consecuencias
que dicho incumplimiento puede implicar para la subsistencia del contrato, según se señala más adelante.
IV.- Cumplimiento de requisitos formales 5%
FACTOR A EVALUAR CRITERIO/DEFINICIÓN
PUNTAJE
Cumplimiento de los
Requisitos Formales
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de
ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que
correspondan a su oferta.
5
Cumple con entregar documentación solicitada, según los
plazos establecidos en el punto de las Bases, respuestas
a consultas en foro inverso.
0
NOTA 1: La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá
su inadmisibilidad.
NOTA 2: Plazo de validez de la oferta no podrá ser inferior a 60 días corridos desde la apertura de la licitación.
NOTA 3: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del
Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 4: En caso de que el oferente no entregue o entregue incompleto el Anexo Nº 3 (Oferta Técnica), no podrá ser evaluado
y su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 5: En caso de incongruencia o errores aritméticos en el Anexo Nº 2 (Oferta Económica), no podrá ser evaluado y su
oferta será declarada inadmisible.
NOTA 6: En caso de existir diferencias entre el valor indicado en el anexo económico y el comprobante de ingreso de ofertas,
se considerará para evaluar el anexo económico (Anexo Nº2 Oferta Económica)
9.14. CONTACTO EN ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes,
la Comisión de Evaluación podrá solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos, aclaraciones, como
asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos
vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo
sujetarse al artículo 40 del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los
puntos solicitados en el plazo de 1 día hábil, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Desde la fecha de publicación en el Portal, la Comisión Evaluadora podrá mantener contacto con los oferentes de la licitación
para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen
sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no
podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
9.15. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los proponentes deberán ingresar Declaración Jurada Simple de no inhabilitación para trabajar con el Estado de Chile
obligatoria (que se encuentra en archivo de esta licitación), anexo 1, para poder postular a la presente licitación.
Será requisito indispensable para que las ofertas sean consideradas, que la propuesta cumpla con las presentes bases
administrativas y técnicas.
Con posterioridad, la Dirección de Vialidad provincia Valparaíso, podrá solicitar por escrito las aclaraciones e informaciones
que considere necesarias para una correcta evaluación, siempre que no transgredan o modifiquen las presentes bases de
licitación ni la condición de igualdad entre los proponentes.
La distorsión o falsificación de cualquiera de los antecedentes requeridos por las presentes bases será causal de rechazo
inmediato de la oferta presentada y determinará por ende su exclusión de la presente licitación.
La evaluación será efectuada por una Comisión designada para tal efecto, la que estará conformada por:
a) Jefe Provincial oficina Provincia Valparaíso Vialidad Valparaíso.
b) Jefe de la Unidad de Conservación Provincial Vialidad Valparaíso.
c) Jefe Unidad de Administración de Faja Oficina Provincial de Valparaíso.
En caso de imposibilidad de los referidos funcionarios para participar, serán reemplazados por quienes les subroguen en
conformidad a la ley o por los funcionarios que para tal efecto designe el Director de Vialidad Región Valparaíso. Dichos
funcionarios ejercerán su función de conformidad al Procedimiento de “Evaluación de ofertas y calificación de proveedores
para contrato de servicio de Vigilancia en campamento Santos Ossa perteneciente a la provincia Valparaíso”, instrumento
que forma parte integrante de los antecedentes de licitación.
9.16. RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor
puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe
igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación:
LUGAR NOMBRE DEL FACTOR
1° Precio
2° Condiciones Laborales
3° Cumplimiento de los Requisitos Formales
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
9.17. DESESTIMACIÓN DE LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o algunas de ellas,
si existiere incumplimiento de bases o de las especificaciones técnicas.
Los oferentes renuncian al ejercicio de acciones de carácter civil en contra del Servicio o del Fisco de Chile, por el ejercicio
de la atribución contemplada en el inciso anterior por parte de la Administración.
9.18. ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad provincia de
Valparaíso. Formarán parte integrante de aquella resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las
bases, las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, las ofertas presentadas por los oferentes y sus
aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el
mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta de
Evaluación, en lo que corresponda.
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del Servicio, indicando las razones que justifican
dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema
de Información Portal Mercado Público.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado:
ChileProveedores, antes de suscribir el contrato señalado en el punto 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP,
cada oferente adjudicado que conforma esta Unión deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE
INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
9.18.1 Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a. En caso de que el proveedor se desista de aceptar la orden de compra.
b. En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
c. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
d. En caso de que el proveedor adjudicado no efectuase la entrega de la garantía de fiel cumplimiento en los términos exigidos
en las presentes BA (cuando corresponda).
e. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado:
www.chileproveedores.cl
f. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su
inscripción en el Registro señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso
de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo anterior, la oferta
presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la
modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
g. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las presentes Bases
Administrativas.
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 60 días corridos
contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el
proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente, teniendo presente lo señalado en el punto
9.22 de las presentes Bases Administrativas.
9.19. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la resolución
de adjudicación. De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, se entenderá por notificado el proveedor
adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en el portal Mercado Público, la
resolución objeto de la notificación.
9.20. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público,
para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por dicha plataforma.
Las consultas referidas a la adjudicación se podrán realizar por correo electrónico. Las respuestas se efectuarán por el mismo
medio.
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5
días hábiles siguientes.
9.21. READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el
contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando corresponda), no cumpla
con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de
acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la
evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
No obstante lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para los productos licitados, se podrá
postergar por una única oportunidad el plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato. Este hecho,
deberá ser expresamente autorizado por la Contraparte Técnica y obedecerá una petición formal y adecuadamente
sustentada por parte del adjudicatario.
9.22. HABILIDAD DE PROVEEDORES
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro
ChileProveedores de la Dirección ChileCompra, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del contrato, el oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar
su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario será causal de término anticipado
del Contrato.
9.23. EVALUACIÓN DE PROVEEDORES
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso, evaluará, antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo
establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el oferente adjudicado.
Los factores a medir son:
Oportunidad de entrega
Calidad
Cumplimiento de las especificaciones técnicas
Desempeño en general.
9.24. PREPARACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
La Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso hará llegar al adjudicatario el contrato al correo electrónico.
El adjudicatario deberá devolver el contrato firmado y timbrado en soporte papel, dentro de los siguientes 7 días hábiles, junto
con la garantía de fiel cumplimiento.
En forma previa a la firma del contrato, el adjudicatario deberá acreditar su inscripción en el Registro Oficial de Proveedores
del Estado.
En caso que el adjudicatario no cumpliere con las obligaciones anteriores, y/o no suscribiere el contrato dentro del plazo
indicado, el La Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso declarará sin efecto la adjudicación y procederá a celebrar el
contrato con el oferente que le siga en calificación, siguiendo el mismo procedimiento.
9.25. VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de vigencia del contrato por la prestación de los servicios licitados será de 24 meses, a contar del 01 de mayo 2024
y se extenderá hasta el 30 de abril de 2026.
En consecuencia, el plazo de vigencia del contrato se dividirá en 3 períodos, atendida la disponibilidad presupuestaria de los
años 2024, 2025 y 2026. En consecuencia, el primer período se extenderá desde el 01 de mayo hasta el 31 de diciembre del
año 2024; el segundo, corresponderá al período que va entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año 2025 y el tercero,
el que falte para completar el plazo total de veinticuatro meses y que, excediendo el período presupuestario de los años 2024
y 2025, quedará por tanto supeditado a la disponibilidad que se considere para tales efectos en el Presupuesto del Servicio
del año 2026.
Sin perjuicio de lo señalado, la duración del contrato podría terminar antes del plazo fijado, en caso de agotarse los recursos
presupuestarios dispuestos para la atención de los servicios contratados. Además de lo señalado anteriormente, La Dirección
de Vialidad Provincia Valparaíso se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, previa notificación por
escrito y con 30 días de anticipación.
9.26. PRÓRROGA DEL CONTRATO
En caso de que el nuevo proceso de compras no esté perfeccionado al término del presente contrato y debido a la imperiosa
necesidad de contar con el servicio de vigilancia, se podrá prorrogar con el común acuerdo de las partes, hasta que esté en
condiciones de operar el nuevo contrato. Esta prórroga, en ningún caso podrá ser superior a cuatro meses y las condiciones
de dicha ampliación serán en general las del contrato prorrogado.
9.27. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTOS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso, una
declaración firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 4), donde declare no tener saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar, un Certificado de Antecedentes
Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), donde acredite no tener saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para
acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados
en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
9.28. PRECIOS Y MONEDAS
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en pesos chilenos, NETOS sin IVA y no
tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto
que sea requerido para la entrega de los servicios en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
En los casos en que un oferente presente más de una oferta se escogerá aquella que resulte más conveniente para el Servicio,
de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, y los motivos de esta decisión quedarán
establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
9.29. LIMITACIONES DE GASTO
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 263/2017, el presupuesto por dos años de duración del Convenio será de $
100.000.000.- (Cien millones de pesos), IVA incluido.
La Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas,
cuando estas superen el presupuesto disponible, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se
incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en
contra de la Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso.
9.30. INSPECTOR FISCAL
Actuará como contraparte técnica del presente servicio, el Sr. Pedro Vargas Tobar, o su subrogante en caso de ausencia o
delegado mediante correo electrónico pedro.vargas@mop.gov.cl y eduardo.aravena.f@mop.gov.cl funcionario que deberá
velar por el fiel cumplimiento del contrato, visar documentación de pago en señal de recepción conforme de los elementos
adquiridos y evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Dirección ChileCompra.
El Inspector Fiscal cesará en sus funciones una vez emitido el informe final de recepción conforme del servicio contratado.
9.31. FORMA DE PAGO
En cuanto a la recepción conforme del servicio prestado, se establece que la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso,
tendrá un plazo máximo de 8 días corridos contados desde la fecha de la emisión de factura en SII y posterior ingreso a
Sistema Recepción Documentos Tributarios MOP. En caso de no concretarse la recepción conforme, se procederá a la no
aceptación de la factura en el sistema.
En caso de error en la facturación la empresa deberá anular la factura con una Nota de Crédito y volver a enviar una factura
nueva.
La factura debe ser extendida con los siguientes antecedentes:
CODIGO 618 REG_05_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_ PROVINCIA_DE_VALPARAÍSO.
Razón Social: Ministerio De Obras Públicas – Dirección De Vialidad Región De Valparaíso
Domicilio: Melgarejo 669, Valparaíso o Morandé 71 o 59, Santiago
Comuna: Valparaíso o Santiago
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
Las empresas deberán avisar con antelación si utilizarán factoring en el pago de sus facturas.
Bajo ningún concepto se efectuarán pagos anticipados.
Para la presentación de la factura de los servicios ejecutados mensualmente, se debe presentar Certificado F30-1, con el
personal informado de trabajo directo durante el mes y presente en el contrato, así como el personal de apoyo, en caso de
proceder.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de generar su
factura, que el formulario descrito en el Anexo Nº 5 denominado “Autorización Pago a través de Bancos” se encuentre
registrado en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para efectos de acceder a dicha modalidad de pago, el MOP dispone de dos alternativas, cuyo objeto es actualizar la
información de datos de pago del beneficiario:
ALTERNATIVA I: Completar y firmar el formulario disponible en la página web institucional (www.dcyf.cl) denominado
“Autorización Pagos a través de Bancos”, el que debe ser presentado ante Notario, acreditando la representación legal de la
empresa.
ALTERNATIVA II: Entregar los siguientes documentos:
1. Formulario DCyF de “Autorización Pagos a través de Bancos” disponible en la página web institucional www.dcyf.cl, sin
tramitar ante Notario, en original.
2. Al respecto se hace presente que, si el formulario es firmado electrónicamente, debe utilizarse Firma Electrónica Avanzada
según lo estipulado en la Ley Nº 19.799.
3. Tratándose de Personas Jurídicas, copia simple de la Escritura Pública de constitución de la sociedad, indicando la página
donde constan los poderes del firmante de la escritura.
4. Certificado de Vigencia de la Sociedad, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a la fecha
del formulario señalado precedentemente.
5. Certificado de Vigencia de Personería, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a la fecha
del formulario señalado precedentemente.
6. Copia simple del RUT de la empresa.
7. Los documentos N° 3 y 4, se pueden obtener en formato digital a través de la página web del Conservador de Bienes
Raíces (CBRS), Trámites en Línea del Registro de Comercio.
Nota: El adjudicatario debe tener presente que, una vez registrada la cuenta bancaria en el sistema MOP, podrá emitir la
factura.
Formulario en página web:
https://dcyf.mop.gob.cl/productosyservicios/Documents/formulario_deposito_cta_cte.pdf
9.32. MULTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN
Se entenderá por incumplimiento del contrato, la no entrega y/o la entrega deficitaria del servicio de vigilancia que se contrata,
esto es, con un estándar inferior a los requisitos señalados en las Especificaciones Técnicas o a los ofertados y por tanto
incorporados al contrato. En el último de los eventos señalados, se sancionará el incumplimiento con multa equivalente al
15% del valor mensual de los servicios encomendados, la que se hará efectiva descontándose dicho porcentaje del valor neto
de la factura correspondiente o, eventualmente, haciéndose efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, previo aviso
al contratante con 5 días hábiles de antelación. Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado
a exigir el pago a la empresa a cargo del servicio de vigilancia al que se le pone término anticipado en razón de su
incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados y que excedan el monto de la garantía.
La no entrega del servicio, sin que exista caso fortuito o fuerza mayor que lo justifique, circunstancia que corresponderá
calificar soberanamente a la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, de acuerdo con informe que deberá evacuar el
inspector fiscal del contrato que se designe para cada uno de los recintos fiscales, facultará al Servicio para dar término
anticipado al Contrato.
Constituyen formas de incumplimiento de las obligaciones que de él emanan, las que a continuación se indican:
1.- Hurto o robo con fuerza en las cosas ejecutado por terceros durante la vigencia del servicio contratado;
2.- Ausencia o no presentación de los vigilantes convenidos en cada recinto por más de 30 minutos al inicio de los turnos
correspondientes.
3.- Presencia del personal en condiciones o estado físico o psicológico que impida el cumplimiento adecuado de sus funciones,
producto del consumo de sustancias que alteren física o psicológicamente al trabajador.
4.- La no identificación en su uniforme del personal que se desempeña como vigilante.
5.- Falta de presentación de Directiva de Funcionamiento entregada a Carabineros de Chile y no cumplimiento de plazo
señalado en Especificaciones Técnicas.
6.- No acreditación de Curso OS10, certificada por Carabineros de Chile para la empresa proveedora del servicio de vigilancia
contratado y no cumplimiento de plazo señalado en Especificaciones Técnicas.
7.- No entrega de Formulario 35-B “Solicitud de Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo” y no cumplimiento
de plazo señalado en Especificaciones Técnicas.
8.- No cumplir con las normas mínimas de seguridad e higiene para cada uno de los guardias que se desempeñan en las
dependencias de la Dirección de Vialidad (ropa adecuada para el clima, ropa de seguridad).
9.- No entregar a los guardias los EPP señalados en Especificaciones Técnicas por parte de la empresa proveedora.
10.- Que los guardias no cumplan con el correcto uso de EPP entregados por la empresa proveedora.
11.- Demora superior a 2 días corridos, tras solicitud de cambio de guardia.
12.- Toda conducta inapropiada al ejercicio de la función que los guardias deben cumplir en el recinto Ej.: Maltrato de obra
y/o palabras con sus colegas o funcionarios del servicio, acoso sexual, acoso laboral, etc.
En caso que, por decisión de la autoridad política, sanitaria o judicial, sea necesario dispensar del cumplimiento de sus
obligaciones laborales a determinados grupos de trabajadores, la empresa conservará siempre la obligación de proceder al
reemplazo del personal eximido de desempeñar sus funciones, para lo cual contará con un plazo máximo de 48 horas desde
el anuncio de la autoridad. Esta obligación será de cargo exclusivo de la empresa, la que deberá asumir los costos de dicho
reemplazo, sin poder traspasar el costo de dicha decisión la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso ni plantear reclamo
administrativo o judicial por la excesiva onerosidad sobreviniente.
Adicionalmente, la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso considerará la condición de las empresas adjudicatarias
cuyos contratos hayan terminado anticipadamente a causa de graves incumplimientos a las obligaciones que de él emanan,
para la evaluación de las ofertas que, en futuras licitaciones, efectúe la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso.
La contraparte técnica deberá informar, por escrito, el incumplimiento al oferente, para las medidas pertinentes, si existiesen
multas relacionadas con la calidad o plazo de entrega del producto y/o servicio adjudicado.
No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los
Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como
tal por la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario
acredite el hecho que le impide cumplir.
En caso de que dicha multa supere el tope considerado para cada criterio, se realizará el término anticipado del contrato por
incumplimiento grave, y se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato (cuando
corresponda), sin derecho a indemnización.
9.32.1 Procedimiento para la aplicación de multas
En el caso que corresponda la aplicación de multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Contraparte Técnica comunicará mediante oficio o correo electrónico al proveedor contratado, que ha incurrido en una
causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así
como de los hechos que la configuran.
Dicha Contraparte Técnica y/o Inspector Fiscal conocerá y analizará los descargos del proveedor contratado, quien los podrá
presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del oficio o correo
electrónico remitido por la Contraparte Técnica y/o Inspector Fiscal. Si este último estima que aún existe incumplimiento,
derivará los antecedentes al Director de Vialidad Región de Valparaíso, solicitando que se aplique la multa que corresponda,
indicando la causal del incumplimiento y el monto de la multa.
b) El Director de Vialidad Región Valparaíso, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante
resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados,
si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por
escrito mediante correo electrónico a la dirección que haya entregado el proveedor contratado, en el plazo máximo de 5 días
hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al Área de
Adquisiciones de la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor contratado podrá interponer los siguientes
recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el punto anterior (Director de Vialidad Región Valparaíso),
y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, (ante el Director Nacional de Vialidad).
d) Los recursos señalados en la letra “c” anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente en el
mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de
multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra “c”, tendrán un plazo no superior a
30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva será descontada del pago correspondiente.
Sin perjuicio del cobro de la garantía (cuando corresponda), se podrán interponer las acciones civiles y penales que
correspondan, para que la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso sea indemnizada por los daños y perjuicios que hubiere
ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado.
La acumulación de tres multas dentro del periodo que dura el Convenio, faculta a la Dirección de Vialidad Región de Vialidad
para poner término anticipado.
9.33. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la
materia en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por “incumplimiento grave”:
-No dar cumplimiento en la entrega o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases.
-Llevar un atraso superior a 5 días corridos en la entrega del servicio, sin causa justificada.
-Por la aplicación de 3 multas o más en un periodo de 3 meses.
-Efectuar la cesión del contrato.
-La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes
bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección
de Vialidad provincia de Valparaíso perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis
meses.
e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en
manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para
garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes, o personal dependiente, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo
contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
-Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de
intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
-Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación
contractual objeto de la presente licitación.
-Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases.
i) Constituirá una especial causal de término anticipado del contrato en este caso, el término de la destinación del inmueble
fiscal ubicado en Calle Pedro Aldunate Solar, S/N, Comuna Puchuncavi, Provincia Valparaíso, recinto en que se desarrollan
las labores y cumplen las obligaciones objeto del mismo. En tal caso, la Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso deberá
informar dicha situación con al menos tres meses de anticipación a la empresa adjudicada, la que, informada oportunamente
de dicha circunstancia, no podrá reclamar incumplimiento de obligaciones por parte de Dirección de Vialidad.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección
de Vialidad Región de Valparaíso, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de
incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir
al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad
licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
En caso de término anticipado del contrato por causa imputable al contratista, se establece que la Dirección de Vialidad hará
efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, salvo lo dispuesto en la letra c) anterior, sin
derecho a indemnización.
9.33.1 Forma y efectos de la declaración de término anticipado, según de quien inste por ella
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito, con una anticipación no inferior a 10 días.
Si la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, la Dirección de Vialidad Región
de Valparaíso hará efectiva la garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento del contrato (cuando
corresponda).
Si es el MOP - Dirección de Vialidad Región de Valparaíso la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo
establecido, la empresa (contratista) no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
9.33.2 Procedimiento de término anticipado o de caducidad del contrato
Cuando el adjudicatario incurra en alguna causal de término del contrato por incumplimiento de las obligaciones impuestas al
mismo, la Dirección aplicará el siguiente procedimiento, previo a la solicitud de declaración de extinción del contrato:
a. La Dirección notificará al adjudicatario los incumplimientos graves del Contrato y antecedentes relevantes e informará de
esta situación a la Oficina Provincial de Vialidad Valparaíso.
b. El adjudicatario en el plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación, deberá entregar a la Dirección, informe
pormenorizado de la situación que produjo el incumplimiento, adjuntando los antecedentes que lo comprueben, conteniendo
además las medidas para subsanar las faltas o evitar su ocurrencia en el futuro. El informe deberá abordar las medidas de
gestión necesarias y especificar un cronograma de implementación de las acciones propuestas.
c. La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, sobre la base del informe analizado en derecho, en mérito de las
conclusiones, si corresponde, podrá fijar un plazo para subsanar los incumplimientos, que deberán ser verificados e
informados a la Oficina Provincial de Vialidad Valparaíso.
d. En caso de incumplimiento del Contrato, la Dirección de Vialidad Regional Región Valparaíso, informará a la Oficina
Provincial de Vialidad Valparaíso, para que se tramite el acto administrativo de término del Contrato y aplicación de sanción.
Ello sin perjuicio del derecho que le asiste al Adjudicatario de interponer los recursos que correspondan contra la decisión de
la Dirección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.880.
9.34. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases
de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad
al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa
que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o
servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y
Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas
o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de
decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente
proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en
la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma
en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas
sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas
las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación,
incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
9.35. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Los reclamos que se susciten durante la vigencia del contrato, serán presentados a la Contraparte Técnica, quien lo enviará,
si fuese necesario, a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a consideración del Director
Nacional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director General de Obras Públicas y al Sr. Ministro
de Obras Públicas, al Contralor General de la República y a los Tribunales de Justicia.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio
—de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la
tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que
podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto
por la Ley Nº 19.880.
9.36. SUBCONTRATACIÓN
El Adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del
contrato que se suscriba, personal que deberá ser regido de acuerdo con las normas del Código del Trabajo.
El MOP no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal, por lo que corresponderá al adjudicatario toda
responsabilidad laboral, civil o penal, respecto de su personal y de aquel que contrate a su nombre para la prestación de los
servicios. A su turno, el MOP. No será responsable por cualquier accidente de trabajo y/o todo riesgo o daño que pudiere
producirse con motivo u ocasión del contrato que se suscriba.
9.37. TRASPASO DEL CONTRATO
La empresa adjudicada es obligada a ejecutar directamente las obligaciones que emanan del contrato, quedando prohibido
absolutamente el traspaso o cesión de su calidad jurídica en relación con las mismas, luego de licitado y adjudicados los
servicios.
9.38. JURISDICCIÓN Y DOMICILIO
Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Valparaíso de Chile y se someterán a la ley
chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la
Contraloría General de la República.
9.39. INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus
disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido
de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según
sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases de
Licitación, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los
documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos
necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos
los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de
la información disponible o que se obtenga.
9.40. INTEGRACIÓN AL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Bases Generales, Bases
Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se
celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se
derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas y
sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa,
el contrato definitivo (cuando corresponda) y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto
de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el
principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
9.41. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
a) El proveedor y su personal deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en
general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este,
tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de
Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal
institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible
o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda
aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros,
aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con
las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la
información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus
trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del
contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que
correspondan.
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BASES TÉCNICAS |
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GENERALIDADES
La Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso requiere contratar el servicio de vigilancia y seguridad, el que
tiene por objeto resguardar y proteger bienes, maquinarias, equipos y vehículos dependientes de la Dirección de
Vialidad provincia de Valparaíso, del riesgo de hurto, robos u otras acciones ilícitas que causen daño a dichos
bienes, en las dependencias del Campamento Fiscal de Santos Ossa a que se refieren los servicios contratados y
que se detallan más adelante, todo de conformidad a las siguientes especificaciones técnicas:
1.- FUNCIONAMIENTO Y DEPENDENCIAS
La Empresa que se adjudique el presente contrato deberá mantener el Servicio de Vigilancia y Seguridad según el
siguiente detalle:
Para ello, la empresa deberá disponer de un Supervisor con presencia en la región, quien deberá inspeccionar el
convenio a lo menos 4 veces al mes y cada vez que se le requiera. Dicha persona será quien coordine la
comunicación entre el Inspector Fiscal y la empresa adjudicada, como con los guardias asignados al recinto.
La Empresa que se adjudique el presente contrato deberá implementar lo siguiente en el recinto fiscal de Santos
Ossa:
Un Guardia por turnos de cada 8 horas, que realizará las funciones de vigilancia del recinto fiscal de Santos Ossa,
durante las 24 horas diarias.
Un Teléfono celular para uso del guardia, con conexión al Plan Cuadrante de Carabineros del sector, 133,
Bomberos 132, Ambulancia 131 y Supervisor.
Sistema de cámaras de vigilancia conectadas a un monitor, que constarán de lo siguiente:
- 5 Cámaras Full HD de exterior de 2MP(1080P), carcasa metálica IP66 (resistente a polvo y agua), infrarrojo
alcance 60 mts, cada una equipada con sensor de movimiento, que permita advertir anticipadamente al guardia de
turno.
- 1 Alarma de pánico y altavoces que permitan transmitir advertencias in situ (emplazadas en los puntos que serán
indicados por el I.F).
- Grabador digital mínimo 4k 2MO (1080p), detección facial, detección perimetral, HDD 6TB Audio IN/OUT,
HDMI/VGA.
- Disco duro de almacenamiento 2 TB.
- Monitor LED 32” FULL HD.
- Cableado CAT5E de exterior, para transmisión de voz y datos en red de área local (LAN) y cableado de cámaras
de vigilancia ambos recintos a central de monitoreo.
El plazo para la implementación descrita anteriormente será de 10 días hábiles a contar de la fecha del inicio del
contrato. Cabe señalar que cualquier daño que se produzca a los equipos por cualquier causa, el contratista tendrá
la obligación de reponerlos en un plazo máximo de una semana a su entero costo.
Sistema “Bastón de Rondas”, emplazados en dos puntos que serán indicados por el I.F. a cargo, sin perjuicio de
lo que la empresa recomiende para su óptimo emplazamiento. El plazo para su implementación será de 10 días
hábiles, a contar de la fecha de inicio del contrato.
La Dirección de Vialidad proveerá de lugar y baño para la instalación del guardia.
Cabe señalar que no se podrá guardar en las instalaciones fiscales ningún tipo de elemento de carácter personal.
De ser ello necesario, la empresa deberá instalar casilleros para cada uno de los guardias.
1.1.- REQUISITOS COMUNES
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso hará entrega de instalación de vigilancia y baño, el que será
entregado a la empresa proveedora del servicio de vigilancia, siendo obligación de esta última mantener dichos
bienes en óptimas condiciones de funcionamiento, limpieza y operación. En consecuencia, será de cargo de la
empresa realizar un aseo adecuado y permanente a dichos bienes, mantenerlos, repararlos y en caso necesario
reemplazarlos para su normal operación. Esta obligación contempla la realización de las labores de limpieza y
mantención que correspondan, de acuerdo a normas de higiene vigentes.
Una vez adjudicado el servicio, la empresa deberá presentar con un plazo de 10 días hábiles, la siguiente
documentación:
a.- Presentación de Directiva de Funcionamiento entregada a Carabineros de Chile.
b.- Acreditación de Curso OS10 certificada para la empresa proveedora por Carabineros de Chile.
c.- Entrega de Formulario 35-B “Solicitud de Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo”, en
caso que corresponda a turnos de 12 horas.
2.- DEPENDENCIAS
Recinto Campamento Fiscal Santos Ossa, ubicado en Avda. Santos Ossa N° 1537, Comuna de Valparaíso,
Provincia de Valparaíso.
3.- DE LAS ACTIVIDADES A REALIZAR
Siempre registrar, supervisar entrada y salida peatonal, vehicular, de carga y descarga en libro preparado para tales
efectos, según protocolo de vigilancia detallado más adelante.
Efectuar recorridos de inspección dentro del recinto, verificando que no haya alteraciones en ningún servicio
básico, derivado de la acción de terceros y que a causa de su mal funcionamiento o deficiencia y que pudieran
representar un riesgo para las personas y/o los bienes del recinto.
Vigilancia de los bienes mayores que posee el Servicio, entendiéndose por tales instalaciones, equipos y
maquinarias que se guarden y mantengan en las dependencias de Vialidad.
Realizar rondas perimetrales durante el día y la noche, por los alrededores del recinto, con el fin de detectar
elementos y/o personas extrañas que pudieran atentar contra la seguridad de las personas y el recinto en general.
Realizar control de cámaras, alertar mediante el uso de alarma de pánico y advertencia sonora ante detecciones
de actos que pudieran atentar contra la seguridad de las personas, bienes muebles e inmuebles fiscales y el recinto
en general. Paralelamente, debe solicitar auxilio al Plan Cuadrante de Carabineros e informar a su Supervisor.
Registrar en el libro de guardia cualquier anomalía que se detecte durante las rondas diurnas y nocturnas, las que
deberán ser comunicadas de inmediato a su Supervisor.
Efectuar informes de novedades, incluyendo en los mismos el resumen de los registros de ingreso y salida, las
novedades que ocurran dentro de dicho periodo, entendiéndose por éstas, toda situación anormal o que implique
una vulneración a la seguridad del recinto y toda vez que sea solicitado por el IF designado.
4.- DEL PERSONAL DE LA EMPRESA
La empresa deberá proporcionar a su personal, todos y cada uno de los siguientes elementos de seguridad y
protección personal:
Bototos de Seguridad (ideal 2 pares)
Traje térmico de invierno
Pantalón tela invierno
Pantalón tela verano
Camisa manga larga
Polera manga larga
Polar institucional
Gorro legionario
Gorro térmico
Chaqueta institucional
Lentes UV día
Chaleco reflectante
Linterna
Filtro solar individual
Radio comunicación
Teléfono móvil con carga
Dispensador de agua fría/caliente
Chaleco anticortes para el turno de noche
Copia de ficha de entrega de EPP
Microondas
Dicho personal debe cumplir con un perfil ad-hoc al cargo, en especial, en lo que se refiere a edad, capacidad
física y experiencia, así como las certificaciones que exige la legislación para la ejecución de actividades de
seguridad.
En caso que, por decisión de la autoridad política, sanitaria o judicial, sea necesario dispensar del cumplimiento
de sus obligaciones laborales a determinados grupos de trabajadores, la empresa conservará siempre la obligación
de proceder al reemplazo del personal eximido de desempeñar sus funciones, para lo cual contará con un plazo
máximo de 48 horas desde el anuncio de la autoridad. Esta obligación será de cargo exclusivo de la empresa, la
que deberá asumir los costos de dicho reemplazo, sin poder traspasar el costo de dicha decisión al SERVICIO ni
plantear reclamo administrativo o judicial por la excesiva onerosidad sobreviniente.
La empresa será responsable de la Supervisión de los turnos necesarios de la vigilancia así como de la contratación
de la cantidad de personal necesaria, de modo de cubrir las 24 horas del día, los siete días a la semana durante todo
el plazo del contrato, respetándose los descansos legales mínimos diarios y semanales y además velando por el
íntegro cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad laboral aplicables a los servicios contratados.
La empresa deberá tener contactos claramente definidos, necesarios en caso de emergencias diurnas y nocturnas,
con el Inspector Fiscal del recinto de que se trate, con Carabineros de Chile, Cuerpo de Bomberos, Servicio de
ambulancias, etc.
El personal de Vigilancia deberá llevar un registro ordenado de la vigilancia y control de los bienes del Servicio,
en forma expedita y sin ocasionar esperas innecesarias que afecten el normal desarrollo laboral de la Dirección de
Vialidad provincia de Valparaíso.
Todos y cualquiera otros registros deberán ser facilitados en caso de así solicitarse por parte del Servicio, sea para
la realización de Sumarios e Investigaciones Sumarias o cualquier otra causa.
La Empresa que se adjudique la contratación de los servicios deberá entregar en un plazo de 10 días hábiles, una
carpeta que contenga:
Listado de sus trabajadores con nombre completo, domicilio, cursos de seguridad realizados, copia por ambos
lados de sus cédulas de identidad, curriculum vitae, certificado de antecedentes, certificado Violencia Intra
Familiar (ambos en original), más cada uno de los Contratos de Trabajo, según criterio propuesto. También deberá
incluir examen ocupacional de cada trabajador y nombre de la Mutual a la que pertenecen.
Para el pago de la factura deberá enviar Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales F-
30-1, adjuntado cuando corresponda los respectivos finiquitos en caso de trabajadores desvinculados de la empresa
durante la vigencia del presente servicio. Los datos para emitir el citado formulario son:
Nombre completo: DANIEL DIAZ MIRANDA
RUT: 17.236.735-6
E-mail: daniel.diaz.m@mop.gov.cl
Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, la empresa a cargo de los servicios deberá informar mensualmente
a la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso sobre el monto y estado de cumplimiento de sus obligaciones
laborales y previsionales, cuya acreditación se hará mediante certificado emitido por la Inspección del Trabajo
correspondiente o por otros medios idóneos, que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
La falta de entrega oportuna de los antecedentes señalados en los puntos anteriores habilitará al Servicio para
sancionarlo con multa equivalente al 15% del valor mensual de los servicios encomendados, conforme lo
establecido en el punto 9.33 de las Bases Administrativas. Asimismo, en su caso, se podrá hacer efectiva la garantía
exigida en las bases, para con ella pagar el monto que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo
183-C del Código del Trabajo, para los fines que en la norma se establece.
La Empresa deberá cancelar las remuneraciones a sus trabajadores a más tardar el tercer día hábil de cada mes.
La empresa deberá estar enrolada como Empresa de Seguridad y tener las autorizaciones al día como tal, para lo
cual se solicitó en párrafo anterior documentación que sirve de respaldo y verificación.
5.- DE LOS PROCEDIMIENTOS
La empresa deberá contemplar un mecanismo de supervisión respecto del personal asignado a los turnos en los
diferentes recintos por cada uno de los puntos de vigilancia, esto es, deberá implementar un sistema por medio del
cual se revise y supervigile a sus guardias en relación a su asistencia, puntualidad y ejecución efectiva de las
labores de vigilancia. Dicho sistema deberá contemplar, a lo menos, la visita y supervisión de la lo menos cuatro
veces al mes o períodos menores cuando el Inspector fiscal lo requiera, en cada uno de los puntos que se
establezcan.
La empresa deberá mantener los datos actualizados de los Organismos que puedan prestar ayuda en caso de
cualquier emergencia, así como del Inspector Fiscal respectivo (titular o suplente) y deberá realizar las gestiones
necesarias con Carabineros de Chile, bomberos o ambulancias, en caso que sus funciones le permitan advertir
riesgos asociados a la actividad de alguna de tales entidades.
Especial atención se deberá tener en aquellos recintos que, por su función, trabajen con elementos peligrosos y/o
de comunicación radial con otros recintos de este Servicio.
La Empresa y su personal no podrá divulgar a terceros bajo ningún respecto información sobre los movimientos y
funcionamiento de los recintos bajo su vigilancia y solo con autorización expresa y por escrito del Inspector Fiscal
podrán dar a conocer aquello respecto de lo cual tomen conocimiento en razón de los servicios prestados. Lo
anterior incluye tanto los eventos ordinarios como extraordinarios, todos los cuales, según se ha especificado,
deben quedar registrados en los libros de novedades y en los informes mensuales o de supervisión que corresponda.
Igualmente en caso de requerirse por parte de otras autoridades o servicios información propia de la Dirección de
Vialidad, tales solicitudes deberán ser reconducidas al respectivo Inspector Fiscal para su respuesta o
cumplimiento.
La Empresa deberá entregar por escrito la identificación del personal que custodiará los recintos, con antelación
de una semana, debiendo igualmente adjuntar todos y cada uno de los antecedentes señalados en los puntos
anteriores en caso de producirse cambios del personal o el empleo de personal nuevo o distinto del incluido en las
nóminas semanales (previas), hechos que se comunicarán oportunamente al Inspector Fiscal (I.F.) respectivo y/o
Jefe de la dependencia que corresponda.
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso otorgará facultades para controlar, supervisar y vigilar la entrada
y salida del personal, visitantes y vehículos a la Empresa que se adjudique el presente contrato, la que será
responsable por las pérdidas que tengan su origen en hurtos u otros ilícitos que el cumplimiento de sus obligaciones
debió evitar.
Todo ingreso de personal o vehículos fuera de los horarios laborales o fines de semana, deberá ser autorizado por
el I.F. respectivo y/o Jefe de la Dependencia custodiada y quedará dicha autorización registrada en libro de portería,
para el respectivo chequeo y revisión posterior.
6.- FUNCIONARIO A CARGO
La persona a cargo de la Licitación es la Encargada de Adquisiciones de la Oficina Provincial de Vialidad de
Valparaíso, Correo Electrónico “janet.vergara@mop.gov.cl”. Por su parte, el Inspector Fiscal del recinto fiscal,
es: Pedro Vargas Tobar pedro.vargas@mop.gov.cl y su Subrogante es Sr. Eduardo Aravena Fuentealba
eduardo.aravena.f@mop.gov.cl
7.- PROTOCOLO CONTROL VISITANTES / FUNCIONARIOS
Este protocolo deberá ser aplicado a todas las personas y/o funcionario que no trabajan en el recinto:
Para el ingreso de materiales deberá verificar con el Jefe del Recinto la veracidad de la información anotando
nombre del conductor (verificado con Cedula de Identidad), patente del vehículo, nombre de la empresa.
Para el retiro de materiales deberá solicitar la Guía de Despacho pertinente.
Si es funcionario, se deberá solicitar:
Credencial MOP del funcionario a cargo del vehículo fiscal.
El funcionario a cargo debe indicar objetivo de su entrevista, señalando el Área, Departamento y/o Funcionario
que visita.
Si es funcionario externo, se deberá solicitar:
Cédula de identidad.
La persona a cargo del vehículo o que desee ingresar debe indicar objetivo de su entrevista, señalando el Área,
Departamento y/o Funcionario que visita.
Verificar el pick up de las camionetas, camiones y/o autos cada vez que entran o salen del recinto fiscal. Así por
ejemplo, si un vehículo sale y entra en 2 oportunidades, este debe ser chequeado en la 4 oportunidades y anotado
en el libro la patente, con los horarios de entrada y salida correspondiente.
Para vehículos particulares, en caso del que el conductor del vehículo se oponga, deberá estacionar fuera del recinto
fiscal.
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