DISPOSICIONES GENERALES |
9.1. OBJETIVOS
Las presentes Bases Generales tienen como finalidad regular el proceso de licitación y adjudicación necesario para
contratar el Servicio de Aseo en Dependencias de los Campamentos Santos Ossa y Achupallas de la Dirección de
Vialidad Provincia de Valparaíso.
9.2. NORMATIVA
Sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director Regional de Vialidad, al Tribunal de Contratación
Pública y a la Contraloría General de la República, cada uno en su respectivo ámbito de competencia, la presente
licitación se regirá por la ley Nº 19.886, su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 250/04 del Ministerio
de Hacienda y por los siguientes documentos:
a) Las Bases Administrativas y sus documentos anexos;
b) Las Bases Técnicas y sus documentos anexos;
c) Procedimiento para evaluación de ofertas y calificación de proveedores para convenios de aseo;
d) Las aclaraciones a las bases efectuadas por propia iniciativa del Servicio;
e) Las respuestas del Servicio a las consultas efectuadas por los interesados.
Si hubiera discrepancia entre las Bases Administrativas y las Bases Técnicas, prevalecerá lo dispuesto en las Bases
Administrativas.
9.3. REQUISITOS DE LOS OFERENTES
Todos los oferentes deberán estar habilitados para contratar con la Administración del Estado, de conformidad a lo
dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
Se excluirá a los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas
antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, desde la entrada en vigencia de la ley N°
20.238 (19.01.08) hasta la fecha de recepción de las ofertas.
Los oferentes, personas naturales o jurídicas, deberán cumplir los requisitos que se establezcan en la publicación
de la licitación en el portal de compras públicas, que acreditarán de la forma que en cada caso se indica, según se
encuentren o no inscritos en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, Chile Proveedores,
www.chileproveedores.cl, en adelante, el Registro.
La referida inscripción no será obligatoria para participar en el proceso. Sin embargo, de resultar adjudicado un
proveedor no inscrito, deberá hacerlo dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la notificación de la
adjudicación, como requisito indispensable para la suscripción del contrato.
9.4. PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile
que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación
de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del
trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la
fecha de presentación de ofertas (punto 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes
documentos, según sea el caso:
Proveedores no inscritos en ChileProveedores:
Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para
representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de
resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal:
Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para
representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de
resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal:
No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en
el artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y encontrarse vigentes a la fecha
de presentación de las ofertas.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
9.5 FORMA DE COTIZACIÓN
Los proponentes deberán presentar sus ofertas considerando los requerimientos establecidos en las presentes
Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
De conformidad al artículo 18 de la Ley Nº 19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través
del Sistema de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante “Portal”.
Las ofertas se recibirán en soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos, de acuerdo con lo que se indica
en el punto 4.2 de las presentes BA. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y
proceder a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF
u Office versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el punto 3 de las presentes BA. No se aceptarán
archivos comprimidos.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS Nºs 1 AL 5) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA
REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA
SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado
en el punto 3.3 de estas BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado
en el artículo 62, numeral 2, del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
c. En el caso que los precios indicados en el Anexo Nº 2, sean diferentes a los ingresados en la Ficha de la
Adquisición del Portal, prevalecerán los indicados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán
para ser considerados en la evaluación señalada en el punto 6 de las presentes BA, siempre y cuando lo anterior
no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los
integrantes de esta (Artículo 67, inciso 5º, Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la
apertura electrónica de las ofertas, por ende, se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los
nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes Bases Administrativas,
Bases Técnicas y Circulares Aclaratorias (si las hubiere). Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los
costos directos e indirectos, asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las Bases
Administrativas, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de estos.
g. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán
derivadas a los revisores de ofertas, que deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las
presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
9.6. COORDINACIÓN
Para los efectos de este proceso, efectuará la coordinación en materias administrativas, la Sra. Janet Vergara Diaz,
Encargada del Área de Adquisiciones de la Dirección Provincial de Vialidad Valparaíso: Janet.vergara@mop.gov.cl
y, en materias técnicas, el Sr. Pedro Vargas Tobar, Inspector Fiscal o los funcionarios que los subroguen, suplan o
reemplacen en el cargo, todo de conformidad a las normas que rigen a la Dirección de Vialidad.
9.7. CONSULTAS Y ACLARACIONES
El Servicio podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar
el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado
suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales
del presente llamado a licitación, y en tal condición deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación
de sus ofertas.
Estas aclaraciones se publicarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas.
Los proponentes podrán canalizar sus dudas o consultas a través del portal Mercado Publico, las que serán
recibidas hasta la fecha y hora señalada en dicho portal, rechazándose el uso de cualquier otro medio.
La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, procederá a responder a través del mismo medio la totalidad de
preguntas, en los plazos establecidos en el Portal, considerándose dicha serie como parte integrante del proceso
de licitación.
9.8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Cada oferente deberá adjuntar los siguientes certificados:
Anexo N° 1 Declaración Simple
Anexo N° 2 Oferta Económica
Anexo N° 3 Oferta Técnica
Anexo N° 4 Declaración Jurada Simple (saldos insolutos)
Anexo Nº 5 Autorización de pagos a través de bancos.
Anexo Nº 6 Cumplimiento de Normas Laborales.
Deberá cumplir, además con lo señalado en las bases técnicas.
En caso de modificación o alteración del contenido de las tablas, la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso
se reserva el derecho de desestimar la oferta realizada por el proponente.
Las ofertas deberán ceñirse estrictamente a lo indicado en las presentes bases y especificaciones técnicas de la
licitación, los valores indicados en la oferta serán fijos, en pesos chilenos y no estarán afectos a reajuste alguno
mientras esté vigente el Convenio.
Las ofertas deben ser ingresadas obligatoriamente a través del Portal MercadoPublico.cl; de lo contrario, dichas
ofertas no podrán ser adjudicadas.
9.9. APERTURA DE LA LICITACIÓN
La fecha de apertura electrónica de la licitación será señalada en el Portal Mercado Público.
Debido a la condición electrónica de la apertura en el Portal Mercado Público, cada oferente deberá ingresar en el
sitio, en conjunto con sus ofertas, todos los antecedentes solicitados en las presentes bases, en las especificaciones
técnicas y anexos, en formato de archivo o documento escaneado. Se rechazará cualquier documento con clave,
no pudiendo la empresa proponente que así presente su oferta, continuar participando en las siguientes etapas del
proceso de licitación.
9.10. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones
no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán
como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en
el Foro disponible en el Portal Mercado Público.
Para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, la Comisión tendrá en cuenta los principios de igualdad de
los oferentes y estricta sujeción a las bases, siempre y cuando no les confiera a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores.
Esta situación está establecida como criterio de evaluación (Cumplimiento de los Requisitos Formales).
9.11. VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción
de ofertas de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de
la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas
por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
9.12. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES Y ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, designada por el Director de Vialidad Región de
Valparaíso, mediante acto administrativo totalmente tramitado, compuesta por al menos tres funcionarios públicos
de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha
de cierre de presentación de ofertas, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
La Comisión Evaluadora podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes, para el
cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de las Ofertas,
que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
9.12.1. Procedimiento de Evaluación
a. La Comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de
conformidad a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.
b. La Comisión efectuará la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el
numeral 9.13 de las presentes BA.
c. La Comisión rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases
Administrativas y Bases Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 37, inciso
1º del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
d. La Comisión propondrá declarar inadmisibles:
Las ofertas que no cumplan con la presentación de la documentación señalada en el numeral 4 de estas bases de
licitación en el caso de las UTP y con la presentación de los Anexos Nºs 2 y 3, indicados en el numeral 4 por tratarse
de documentos esenciales, salvo lo indicado en los puntos 9.10 y 9.14 (Derecho a solicitar Aclaraciones y
Antecedentes) de estas bases de licitación.
Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en los términos señalados en el numeral 8.3,
de estas BA. (Cuando corresponda)
Las ofertas que adjunten documentos comprimidos.
e. La Comisión propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9 de la Ley Nº
19.886:
Cuando no se presenten ofertas o
Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá
contener las materias señaladas en el artículo 40 bis del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
La Comisión tendrá el plazo señalado en el numeral 3.8 de estas BA, para presentar el Acta de Evaluación de las
Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación de la licitación, de conformidad a lo establecido en las
Bases Administrativas y Bases Técnicas, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya
obtenido el mayor puntaje final.
9.13. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de evaluación y porcentajes de evaluación serán los siguientes:
I.- PRECIO 60%
II.- CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA 30%
III.- CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES 5%
IV.- CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 5%
9.13.1. TABLAS Y MÉTODO DE EVALUACIÓN
I.- Precio 60%
Se evaluará de acuerdo con la fórmula del Precio Mínimo Ofertado (PMO) según la siguiente fórmula:
Puntaje = Precio más bajo ofertado x 100 x ponderación
Oferta proveedor evaluado
II.- Condiciones laborales de los trabajadores de la empresa 30%
Este factor que se evaluará conforme los siguientes aspectos:
a) Remuneraciones 15%
Se otorgará 15% al oferente cuya remuneración mensual a sus trabajadores sea igual o superior en un 20% del
ingreso mínimo legal vigente, monto que no considera horas extras, gratificaciones u otros beneficios. Para obtener
dicho porcentaje se procederá según tabla indicada a continuación:
Porcentaje sobre el Sueldo Mínimo Puntaje
20% o más 15
15% a 19,99% 10
10% a 14.99% 5
5% a 9.99% 2
Inferior al 5% o no informa 0
b) Beneficios 10%
Solo se considerarán aquellos que se paguen a todo evento a los trabajadores de la empresa y que no estén sujetos
al cumplimiento de determinados requisitos para percibirlos, por ejemplo: Bonos de Locomoción, Colación,
Aguinaldos de Fiestas Patrias, Navidad, etc.
Por lo tanto, se otorgará 10% al oferente que presente el mayor valor de la suma de los beneficios entregados,
rebajando 2 puntos al siguiente y así sucesivamente, los que queden bajo de los cinco más altos tendrán puntuación
0.
c) Tipo de contrato 5%
- Indefinido = 5%
- Plazo Fijo = 1%
- No informa = 0%
No se aceptarán contratos a Honorarios, en particular de los trabajadores destinados a cumplir funciones en el
Recinto Fiscal.
Las condiciones antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas,
deberán ser mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia
del iter contractual. Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa
proveedora serán verificados tras la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato,
considerándose incumplimiento grave de las obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los
trabajadores bajo la que se ofertó.
Nota: Para certificar estos parámetros, el oferente deberá adjuntar copia del modelo de contrato de
trabajo.
III.- Convenios colectivos vigentes 5%
Para la evaluación de este Sub-Factor, el oferente deberá proporcionar dicha información en el Anexo Nº3 y deberá
acompañar a su oferta copia simple de tales convenios.
La vigencia de los convenios vendrá determinada según el documento suscrito.
Solo serán considerados aquellos convenios colectivos vigentes que hayan cumplido con lo indicado en el artículo
408 del Código del trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la Dirección del Trabajo, dentro de los cinco
días siguientes a su suscripción, lo que deberá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación
disponible para tales efectos, donde conste su registro en dicha entidad.
El puntaje se asignará de acuerdo con el siguiente cuadro:
EXISTENCIA DE CONVENIOS
COLECTIVOS VIGENTES
Porcentaje a
asignar
El oferente acredita contar con uno o más
convenios colectivos vigentes
5%
El oferente no acredita tener convenio
colectivo vigente
0%
Las condiciones antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas,
deberán ser mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia
del iter contractual. Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa
proveedora serán verificados tras la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato,
considerándose incumplimiento grave de las obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los
trabajadores bajo la que se ofertó, con las consecuencias que dicho incumplimiento puede implicar para la
subsistencia del contrato, según se señala más adelante.
IV.- Cumplimiento de requisitos formales 5%
FACTOR A EVALUAR CRITERIO/DEFINICIÓN
PUNTAJE
Cumplimiento de los
Requisitos Formales
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de
ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales
que correspondan a su oferta.
5
Cumple con entregar documentación solicitada,
según los plazos establecidos en el punto de las
Bases, respuestas a consultas en foro inverso.
0
NOTA 1: La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se
propondrá su inadmisibilidad.
NOTA 2: Plazo de validez de la oferta no podrá ser inferior a 60 días corridos desde la apertura de la licitación.
NOTA 3: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro
inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 4: En caso de que el oferente no entregue o entregue incompleto el Anexo Nº 3 (Oferta Técnica), no podrá
ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 5: En caso de incongruencia o errores aritméticos en el Anexo Nº 2 (Oferta Económica), no podrá ser
evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 6: En caso de existir diferencias entre el valor indicado en el anexo económico y el comprobante de ingreso
de ofertas, se considerará para evaluar el anexo económico (Anexo Nº2 Oferta Económica)
9.14. CONTACTO EN ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los
oferentes, la Comisión de Evaluación podrá solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos,
aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando
las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto
de los demás competidores, debiendo sujetarse al artículo 40 del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas
solamente a los puntos solicitados en el plazo de 1 día hábil, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido
u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Desde la fecha de publicación en el Portal, la Comisión Evaluadora podrá mantener contacto con los oferentes de
la licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que ésta pudiese requerir durante la
evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de
contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir
donativos.
9.15. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los proponentes deberán ingresar Declaración Jurada Simple de no inhabilitación para trabajar con el Estado de
Chile obligatoria (que se encuentra en archivo de esta licitación), anexo 1, para poder postular a la presente
licitación.
Será requisito indispensable para que las ofertas sean consideradas, que la propuesta cumpla con las presentes
bases administrativas y técnicas.
Con posterioridad, la Dirección de Vialidad provincia Valparaíso, podrá solicitar por escrito las aclaraciones e
informaciones que considere necesarias para una correcta evaluación, siempre que no transgredan o modifiquen
las presentes bases de licitación ni la condición de igualdad entre los proponentes.
La distorsión o falsificación de cualquiera de los antecedentes requeridos por las presentes bases será causal de
rechazo inmediato de la oferta presentada y determinará por ende su exclusión de la presente licitación.
La evaluación será efectuada por una Comisión designada para tal efecto, la que estará conformada por:
a) Jefe de la Oficina Provincial Vialidad Valparaíso.
b) Jefe de la Unidad de Conservación Provincial Vialidad Valparaíso.
c) Jefe Unidad de Administración de Faja Oficina Provincial de Valparaíso.
En caso de imposibilidad de los referidos funcionarios para participar, serán reemplazados por quienes les
subroguen en conformidad a la ley o por los funcionarios que para tal efecto designe el Director de Vialidad Región
Valparaíso. Dichos funcionarios ejercerán su función de conformidad al Procedimiento de “Evaluación de ofertas y
calificación de proveedores para contrato de servicio de aseo integral a dependencias de la dirección de Vialidad
Región de Valparaíso”, instrumento que forma parte integrante de los antecedentes de licitación.
9.16. RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga
el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”,
y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación:
LUGAR NOMBRE DEL FACTOR
1° Precio
2° Condiciones Laborales
3° Cumplimiento de los Requisitos Formales
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal
www.mercadopublico.cl
9.17. DESESTIMACIÓN DE LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o algunas
de ellas, si existiere incumplimiento de bases o de las especificaciones técnicas.
Los oferentes renuncian al ejercicio de acciones de carácter civil en contra del Servicio o del Fisco de Chile, por el
ejercicio de la atribución contemplada en el inciso anterior por parte de la Administración.
9.18. ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad provincia
de Valparaíso. Formarán parte integrante de aquella resolución, dado que son antecedentes que sirven de
fundamento a las bases, las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, las ofertas presentadas
por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya
obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se
basarán en el Acta de Evaluación, en lo que corresponda.
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del Servicio, indicando las razones
que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de
la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado:
ChileProveedores, antes de suscribir el contrato señalado en el punto 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de
una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE
ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
9.18.1 Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a. En caso de que el proveedor se desista de aceptar la orden de compra.
b. En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
c. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
d. En caso de que el proveedor adjudicado no efectuase la entrega de la garantía de fiel cumplimiento en los
términos exigidos en las presentes BA (cuando corresponda).
e. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado:
www.chileproveedores.cl
f. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan
su inscripción en el Registro señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente
proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo anterior,
la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la
presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde la
notificación de la adjudicación.
g. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las presentes
Bases Administrativas.
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 60
días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente
tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente, teniendo
presente lo señalado en el punto 9.22 de las presentes Bases Administrativas.
9.19. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la
resolución de adjudicación. De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, se entenderá por
notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique
en el portal Mercado Público, la resolución objeto de la notificación.
9.20. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado
Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por dicha
plataforma.
Las consultas referidas a la adjudicación se podrán realizar por correo electrónico. Las respuestas se efectuarán
por el mismo medio.
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro
de los 5 días hábiles siguientes.
9.21. READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a
suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando
corresponda), no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su
oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al
oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
No obstante lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para los productos licitados, se
podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de
contrato. Este hecho, deberá ser expresamente autorizado por la Contraparte Técnica y obedecerá una petición
formal y adecuadamente sustentada por parte del adjudicatario.
9.22. HABILIDAD DE PROVEEDORES
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro
ChileProveedores de la Dirección ChileCompra, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del contrato, el oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá
regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario será causal
de término anticipado del Contrato.
9.23. EVALUACIÓN DE PROVEEDORES
La Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso, evaluará, antes de tramitar el pago correspondiente, a través del
Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el oferente adjudicado.
Los factores a medir son:
Oportunidad de entrega
Calidad
Cumplimiento de las especificaciones técnicas
Desempeño en general.
9.24. PREPARACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
La Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso hará llegar al adjudicatario el contrato al correo electrónico.
El adjudicatario deberá devolver el contrato firmado y timbrado en soporte papel, dentro de los siguientes 7 días
hábiles, junto con la garantía de fiel cumplimiento.
En forma previa a la firma del contrato, el adjudicatario deberá acreditar su inscripción en el Registro Oficial de
Proveedores del Estado.
En caso que el adjudicatario no cumpliere con las obligaciones anteriores, y/o no suscribiere el contrato dentro del
plazo indicado, el La Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso declarará sin efecto la adjudicación y procederá a
celebrar el contrato con el oferente que le siga en calificación, siguiendo el mismo procedimiento.
9.25. VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de vigencia del contrato por la prestación de los servicios licitados será de 24 meses, a contar del 01 de
mayo 2024 y se extenderá hasta el 30 de abril de 2026.
En consecuencia, el plazo de vigencia del contrato se dividirá en 3 períodos, atendida la disponibilidad
presupuestaria de los años 2024, 2025 y 2026. En consecuencia, el primer período se extenderá desde el 01 de
junio hasta el 31 de diciembre del año 2024; el segundo, corresponderá al período que va entre el 01 de enero y el
31 de diciembre del año 2025 y el tercero, el que falte para completar el plazo total de veinticuatro meses y que,
excediendo el período presupuestario de los años 2024 y 2025, quedará por tanto supeditado a la disponibilidad
que se considere para tales efectos en el Presupuesto del Servicio del año 2026.
Sin perjuicio de lo señalado, la duración del contrato podría terminar antes del plazo fijado, en caso de agotarse los
recursos presupuestarios dispuestos para la atención de los servicios contratados. Además de lo señalado
anteriormente, La Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso se reserva el derecho de poner término anticipado al
contrato, previa notificación por escrito y con 30 días de anticipación.
9.26. PRÓRROGA DEL CONTRATO
En caso de que el nuevo proceso de compras no esté perfeccionado al término del presente contrato y debido a la
imperiosa necesidad de contar con el servicio de vigilancia, se podrá prorrogar con el común acuerdo de las partes,
hasta que esté en condiciones de operar el nuevo contrato. Esta prórroga, en ningún caso podrá ser superior a
cuatro meses y las condiciones de dicha ampliación serán en general las del contrato prorrogado.
9.27. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTOS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso,
una declaración firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 4), donde declare no tener saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados
en los últimos 2 años.
Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar, un Certificado de
Antecedentes Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), donde acredite no
tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime
necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el
adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la
totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato,
con un máximo de seis meses.
9.28. PRECIOS Y MONEDAS
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en pesos chilenos, NETOS sin
IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y
cualquier otro gasto que sea requerido para la entrega de los servicios en las condiciones presentadas por las
presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
En los casos en que un oferente presente más de una oferta se escogerá aquella que resulte más conveniente para
el Servicio, de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, y los motivos de esta
decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
9.29. LIMITACIONES DE GASTO
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 263/2017, el presupuesto por dos años de duración del Convenio será de
$75.000.000.- (Setenta y cinco millones de pesos), IVA incluido.
La Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las
ofertas, cuando estas superen el presupuesto disponible, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de
esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar
indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad Provincia Valparaíso.
9.30. INSPECTOR FISCAL
Actuará como contraparte técnica del presente servicio, el Sr. Pedro Vargas Tobar, o su subrogante en caso de
ausencia o delegado mediante correo electrónico pedro.vargas@mop.gov.cl y eduardo.aravena.f@mop.gov.cl
funcionario que deberá velar por el fiel cumplimiento del contrato, visar documentación de pago en señal de
recepción conforme de los elementos adquiridos y evaluar el comportamiento del proveedor según formato
establecido por la Dirección ChileCompra.
El Inspector Fiscal cesará en sus funciones una vez emitido el informe final de recepción conforme del servicio
contratado.
9.31. FORMA DE PAGO
En cuanto a la recepción conforme del servicio prestado, se establece que la Dirección de Vialidad Provincia de
Valparaíso, tendrá un plazo máximo de 8 días corridos contados desde la fecha de la emisión de factura en SII y
posterior ingreso a Sistema Recepción Documentos Tributarios MOP. En caso de no concretarse la recepción
conforme, se procederá a la no aceptación de la factura en el sistema.
En caso de error en la facturación la empresa deberá anular la factura con una Nota de Crédito y volver a enviar
una factura nueva.
La factura debe ser extendida con los siguientes antecedentes:
CODIGO 618 REG_05_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_ PROVINCIA_DE_VALPARAÍSO.
Razón Social: Ministerio De Obras Públicas – Dirección De Vialidad Región De Valparaíso
Domicilio: Melgarejo 669, Valparaíso o Morandé 71 o 59, Santiago
Comuna: Valparaíso o Santiago
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
Las empresas deberán avisar con antelación si utilizarán factoring en el pago de sus facturas.
Bajo ningún concepto se efectuarán pagos anticipados.
Para la presentación de la factura de los servicios ejecutados mensualmente, se debe presentar Certificado F30-1,
con el personal informado de trabajo directo durante el mes y presente en el contrato, así como el personal de
apoyo, en caso de proceder.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de
generar su factura, que el formulario descrito en el Anexo Nº 5 denominado “Autorización Pago a través de Bancos”
se encuentre registrado en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para efectos de acceder a dicha modalidad de pago, el MOP dispone de dos alternativas, cuyo objeto es actualizar
la información de datos de pago del beneficiario:
ALTERNATIVA I: Completar y firmar el formulario disponible en la página web institucional (www.dcyf.cl)
denominado “Autorización Pagos a través de Bancos”, el que debe ser presentado ante Notario, acreditando la
representación legal de la empresa.
ALTERNATIVA II: Entregar los siguientes documentos:
1. Formulario DCyF de “Autorización Pagos a través de Bancos” disponible en la página web institucional
www.dcyf.cl, sin tramitar ante Notario, en original.
2. Al respecto se hace presente que, si el formulario es firmado electrónicamente, debe utilizarse Firma Electrónica
Avanzada según lo estipulado en la Ley Nº 19.799.
3. Tratándose de Personas Jurídicas, copia simple de la Escritura Pública de constitución de la sociedad, indicando
la página donde constan los poderes del firmante de la escritura.
4. Certificado de Vigencia de la Sociedad, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos
a la fecha del formulario señalado precedentemente.
5. Certificado de Vigencia de Personería, cuya fecha de emisión deberá ser de máximo 10 días corridos, previos a
la fecha del formulario señalado precedentemente.
6. Copia simple del RUT de la empresa.
7. Los documentos N° 3 y 4, se pueden obtener en formato digital a través de la página web del Conservador de
Bienes Raíces (CBRS), Trámites en Línea del Registro de Comercio.
Nota: El adjudicatario debe tener presente que, una vez registrada la cuenta bancaria en el sistema MOP, podrá
emitir la factura.
Formulario en página web:
https://dcyf.mop.gob.cl/productosyservicios/Documents/formulario_deposito_cta_cte.pdf
9.32. MULTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN
Se entenderá por incumplimiento del contrato, la no entrega y/o la entrega deficitaria del servicio de vigilancia que
se contrata, esto es, con un estándar inferior a los requisitos señalados en las Especificaciones Técnicas o a los
ofertados y por tanto incorporados al contrato. En el último de los eventos señalados, se sancionará el
incumplimiento con multa equivalente al 15% del valor mensual de los servicios encomendados, la que se hará
efectiva descontándose dicho porcentaje del valor neto de la factura correspondiente o, eventualmente, haciéndose
efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, previo aviso al contratante con 5 días hábiles de antelación.
Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago a la empresa a cargo
del servicio de vigilancia al que se le pone término anticipado en razón de su incumplimiento, de las
indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados y que excedan el monto de la garantía.
La no entrega del servicio, sin que exista caso fortuito o fuerza mayor que lo justifique, circunstancia que
corresponderá calificar soberanamente a la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, de acuerdo con informe
que deberá evacuar el inspector fiscal del contrato que se designe para cada uno de los recintos fiscales, facultará
al Servicio para dar término anticipado al Contrato.
Constituyen formas de incumplimiento de las obligaciones que de él emanan, las que a continuación se indican:
1.- Hurto o robo con fuerza en las cosas ejecutado por terceros durante la vigencia del servicio contratado;
2.- Ausencia o no presentación de los vigilantes convenidos en cada recinto por más de 30 minutos al inicio de los
turnos correspondientes.
3.- Presencia del personal en condiciones o estado físico o psicológico que impida el cumplimiento adecuado de
sus funciones, producto del consumo de sustancias que alteren física o psicológicamente al trabajador.
4.- La no identificación en su uniforme del personal que se desempeña como vigilante.
5.- Falta de presentación de Directiva de Funcionamiento entregada a Carabineros de Chile y no cumplimiento de
plazo señalado en Especificaciones Técnicas.
6.- No acreditación de Curso OS10, certificada por Carabineros de Chile para la empresa proveedora del servicio
de vigilancia contratado y no cumplimiento de plazo señalado en Especificaciones Técnicas.
7.- No entrega de Formulario 35-B “Solicitud de Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo” y no
cumplimiento de plazo señalado en Especificaciones Técnicas.
8.- No cumplir con las normas mínimas de seguridad e higiene para cada uno de los guardias que se desempeñan
en las dependencias de la Dirección de Vialidad (ropa adecuada para el clima, ropa de seguridad).
9.- No entregar a los guardias los EPP señalados en Especificaciones Técnicas por parte de la empresa proveedora.
10.- Que los guardias no cumplan con el correcto uso de EPP entregados por la empresa proveedora.
11.- Demora superior a 2 días corridos, tras solicitud de cambio de guardia.
12.- Toda conducta inapropiada al ejercicio de la función que los guardias deben cumplir en el recinto Ej.: Maltrato
de obra y/o palabras con sus colegas o funcionarios del servicio, acoso sexual, acoso laboral, etc.
En caso que, por decisión de la autoridad política, sanitaria o judicial, sea necesario dispensar del cumplimiento de
sus obligaciones laborales a determinados grupos de trabajadores, la empresa conservará siempre la obligación
de proceder al reemplazo del personal eximido de desempeñar sus funciones, para lo cual contará con un plazo
máximo de 48 horas desde el anuncio de la autoridad. Esta obligación será de cargo exclusivo de la empresa, la
que deberá asumir los costos de dicho reemplazo, sin poder traspasar el costo de dicha decisión la Dirección de
Vialidad Provincia de Valparaíso ni plantear reclamo administrativo o judicial por la excesiva onerosidad
sobreviniente.
Adicionalmente, la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso considerará la condición de las empresas
adjudicatarias cuyos contratos hayan terminado anticipadamente a causa de graves incumplimientos a las
obligaciones que de él emanan, para la evaluación de las ofertas que, en futuras licitaciones, efectúe la Dirección
de Vialidad Provincia de Valparaíso.
La contraparte técnica deberá informar, por escrito, el incumplimiento al oferente, para las medidas pertinentes, si
existiesen multas relacionadas con la calidad o plazo de entrega del producto y/o servicio adjudicado.
No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo
con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será
calificado como tal por la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso, en base al estudio de los antecedentes por
los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
En caso de que dicha multa supere el tope considerado para cada criterio, se realizará el término anticipado del
contrato por incumplimiento grave, y se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato
(cuando corresponda), sin derecho a indemnización.
9.32.1 Procedimiento para la aplicación de multas
En el caso que corresponda la aplicación de multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Contraparte Técnica comunicará mediante oficio o correo electrónico al proveedor contratado, que ha incurrido
en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica
dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
Dicha Contraparte Técnica y/o Inspector Fiscal conocerá y analizará los descargos del proveedor contratado, quien
los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación
del oficio o correo electrónico remitido por la Contraparte Técnica y/o Inspector Fiscal. Si este último estima que
aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director de Vialidad Región de Valparaíso, solicitando que
se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento y el monto de la multa.
b) El Director de Vialidad Región Valparaíso, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa
mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los
descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta
resolución deberá ser notificada por escrito mediante correo electrónico a la dirección que haya entregado el
proveedor contratado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente
tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al Área de Adquisiciones de la Dirección de Vialidad
Provincia de Valparaíso.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor contratado podrá interponer los
siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el punto anterior (Director de Vialidad
Región Valparaíso), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, (ante el Director Nacional de Vialidad).
d) Los recursos señalados en la letra “c” anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente
en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la
aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra “c”, tendrán un plazo no
superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva será descontada del pago correspondiente.
Sin perjuicio del cobro de la garantía (cuando corresponda), se podrán interponer las acciones civiles y penales
que correspondan, para que la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso sea indemnizada por los daños y
perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado.
La acumulación de tres multas dentro del periodo que dura el Convenio, faculta a la Dirección de Vialidad Región
de Vialidad para poner término anticipado.
9.33. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto
sobre la materia en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el D.S. Nº 250/2004, del
Ministerio de Hacienda:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por “incumplimiento grave”:
-No dar cumplimiento en la entrega o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases.
-Llevar un atraso superior a 5 días corridos en la entrega del servicio, sin causa justificada.
-Por la aplicación de 3 multas o más en un periodo de 3 meses.
-Efectuar la cesión del contrato.
-La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en
las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento
le genere a la Dirección de Vialidad provincia de Valparaíso perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un
máximo de seis meses.
e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra
en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean
suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes, o personal dependiente, no actuaren éticamente durante la ejecución del
respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
-Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un
conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
-Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la
relación contractual objeto de la presente licitación.
-Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases.
i) Constituirá una especial causal de término anticipado del contrato en este caso, el término de la destinación del
inmueble fiscal ubicado en Calle Pedro Aldunate Solar, S/N, Comuna Puchuncavi, Provincia Valparaíso, recinto en
que se desarrollan las labores y cumplen las obligaciones objeto del mismo. En tal caso, la Dirección de Vialidad
provincia de Valparaíso deberá informar dicha situación con al menos tres meses de anticipación a la empresa
adjudicada, la que, informada oportunamente de dicha circunstancia, no podrá reclamar incumplimiento de
obligaciones por parte de Dirección de Vialidad.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá informar y solicitar a
la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas
derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante
concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo
anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier
momento, de común acuerdo.
En caso de término anticipado del contrato por causa imputable al contratista, se establece que la Dirección de
Vialidad hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, salvo lo dispuesto en la
letra c) anterior, sin derecho a indemnización.
9.33.1 Forma y efectos de la declaración de término anticipado, según de quien inste por ella
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito, con una anticipación no inferior a 10
días.
Si la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, la Dirección de Vialidad
Región de Valparaíso hará efectiva la garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento del contrato (cuando corresponda).
Si es el MOP - Dirección de Vialidad Región de Valparaíso la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa (contratista) no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
9.33.2 Procedimiento de término anticipado o de caducidad del contrato Cuando el adjudicatario incurra en alguna causal de término del contrato por incumplimiento de las obligaciones impuestas al mismo, la Dirección aplicará el siguiente procedimiento, previo a la solicitud de declaración de extinción del contrato:
a. La Dirección notificará al adjudicatario los incumplimientos graves del Contrato y antecedentes relevantes e informará de esta situación a la Oficina Provincial de Vialidad Valparaíso.
b. El adjudicatario en el plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación, deberá entregar a la Dirección, informe pormenorizado de la situación que produjo el incumplimiento, adjuntando los antecedentes que lo comprueben, conteniendo además las medidas para subsanar las faltas o evitar su ocurrencia en el futuro. El informe deberá abordar las medidas de gestión necesarias y especificar un cronograma de implementación de las acciones propuestas.
c. La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, sobre la base del informe analizado en derecho, en mérito de las conclusiones, si corresponde, podrá fijar un plazo para subsanar los incumplimientos, que deberán ser verificados e informados a la Oficina Provincial de Vialidad Valparaíso.
d. En caso de incumplimiento del Contrato, la Dirección de Vialidad Regional Región Valparaíso, informará a la Oficina Provincial de Vialidad Valparaíso, para que se tramite el acto administrativo de término del Contrato y aplicación de sanción. Ello sin perjuicio del derecho que le asiste al Adjudicatario de interponer los recursos que correspondan contra la decisión de la Dirección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.880.
9.34. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.35. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Los reclamos que se susciten durante la vigencia del contrato, serán presentados a la Contraparte Técnica, quien lo enviará, si fuese necesario, a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a consideración del Director Nacional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director General de Obras Públicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Contralor General de la República y a los Tribunales de Justicia.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 19.880.
9.36. SUBCONTRATACIÓN
El Adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, personal que deberá ser regido de acuerdo con las normas del Código del Trabajo.
El MOP no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal, por lo que corresponderá al adjudicatario toda responsabilidad laboral, civil o penal, respecto de su personal y de aquel que contrate a su nombre para la prestación de los servicios. A su turno, el MOP. no será responsable por cualquier accidente de trabajo y/o todo riesgo o daño que pudiere producirse con motivo u ocasión del contrato que se suscriba.
9.37. TRASPASO DEL CONTRATO
La empresa adjudicada es obligada a ejecutar directamente las obligaciones que emanan del contrato, quedando prohibido absolutamente el traspaso o cesión de su calidad jurídica en relación con las mismas, luego de licitado y adjudicados los servicios.
9.38. JURISDICCIÓN Y DOMICILIO
Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Valparaíso de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
9.39. INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases de Licitación, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
9.40. INTEGRACIÓN AL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Bases Generales, Bases Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo (cuando corresponda) y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
9.41. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
a) El proveedor y su personal deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.
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BASES TÉCNICAS |
GENERALIDADES
A continuación se establece las condiciones técnicas para contratar el servicio anual de ASEO INTEGRAL Y
DESINFECCION EN DEPENDENCIAS DE LOS CAMPAMENTOS OPERATIVOS DSE SANTOS OSSA Y
ACHUPALLAS”. El servicio que se requiere comprende el aseo de los, contenedores, baños, cocinas, comedores,
camarines y espacios abiertos de los campamentos operativos de Santos Ossa y Achupallas, dependientes de la
Dirección Provincial de Vialidad Valparaíso (se excluyen los espacios destinados a casas fiscales y sus patios
interiores), bajo las condiciones que a continuación se especifican:
OBJETIVO
La presente licitación tiene por finalidad que los oferentes presenten cotización para efectuar prestaciones de
servicio de aseo integral y desinfección con la siguiente frecuencia y detalle:
DIARIAMENTE:
Retiro de residuos orgánicos y basuras de cocinas, baños, patios y dependencias en general de ambos
recintos fiscales en general.
Limpieza y desinfección de pisos flotantes, cerámicos, parquet, losas sin revestir, etc.
Limpieza de pisos de estacionamientos y patios.
Limpieza y desinfección de estantes, mesones, sillas, sillones, etc.
Limpieza y desinfección de baños, duchas y cocina.
Ordenamiento de vajilla y utensilios de cocina, lavaplatos, estantes de cocina.
Se debe priorizar la limpieza y desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los
usuarios con alta frecuencia, como ocurre, a modo ejemplar, con manillas, pasamanos, llaves de agua,
superficies de apoyo, etc.
Impregnar pediluvios con solución desinfectante.
SEMANALMENTE:
Desinfección de espacios físicos (ambiente) dos veces por semana.
Desmanche de muros, puertas, etc.
Aplicación de lustra muebles.
Aspirado de sillas y sillones con tapiz.
Limpieza y desinfección profunda de baños y duchas (anti hongos y desmanches).
Desempolvado de molduras, guardapolvos, etc.
Limpieza profunda de pisos de distinto material.
Encerado (pisos de madera).
Aseo y desmalezado de patios.
Retiro de basuras y entrega a camión recolector.
QUINCENALMENTE:
Limpieza de vidrios interiores y exteriores.
Limpieza de persianas y cortinas.
Limpieza FULL estantes por todos sus lados, mesones, sillas, sillones, etc., en todas las dependencias.
DESCRIPCIÓN
La presente licitación se orienta a contratar los servicios de una empresa que realice trabajos de aseo,
limpieza y desinfección de las dependencias de los campamentos operativos de Achupallas y Santos Ossa,
las que se ubican respectivamente en Avda. Alessandri N° 4199, comuna de Viña del Mar y, Avda. Santos
Ossa Nº 1537, comuna de Valparaíso, Provincia de Valparaíso.
EJECUCIÓN
Se consideran 24 meses de convenio contados desde el inicio de los servicios.
La Dirección de Vialidad a través del Inspector Fiscal designado para el Contrato controlará en forma
aleatoria el servicio prestado, para lo cual la empresa adjudicada deberá mantener publicada en forma
mensual en todas las dependencias una pauta o ciclo con la frecuencia diaria de la ejecución de los trabajos
de limpieza y desinfección, documento que deberá ser firmado por las partes del Contrato (Inspector Fiscal
del Contrato, Administrador de la empresa adjudicada y operario (a) encargado (a) de las trabajos de
limpieza.
Alcances para la Ejecución:
1. La Limpieza diaria de baños y cocina debe considerar la aplicación de productos desinfectantes en los
WC, lavamanos y lavaplatos. La limpieza semanal debe considerar la aplicación de desinfectantes, control
sarro, desmanche y eliminación de hongos.
2. Toda la limpieza de vidrios en las dependencias, considera el interior y el exterior de los vidrios.
3. Toda la limpieza de pisos considera aspirado y brillo de los mismos (si corresponde).
4.- Los insumos de limpieza y desinfección necesarios para el uso permanente de las superficies de todas
las dependencias indicadas deberán ser suministrados por la empresa adjudicada, insumos que deberán
ser informados con todas sus características (marca, aroma, etc) en un listado que deberá ser ingresado
como un Anexo adicional de la licitación pública junto con la Ficha Técnica y de Seguridad de los
productos. Se deberá contemplar mantener permanentemente una escobilla de WC y sopapo por cada
taza en todos los baños.
5.- La empresa adjudicada deberá proveer, por el período de vigencia del Convenio de un, estantes o locker
en madera (con puerta), destinados al resguardo de insumos de limpieza y equipos suministrados para
el servicio. El estante a proveer deberá cumplir con las siguientes medidas y capacidades aproximadas:
170x55x55, capacidad de 514 lts. y 170x45x70 535 lts. Las dimensiones podrán variar y ser definidas
por el Mandante al proveedor adjudicado, pero manteniendo los volúmenes indicados.
6.- Se excluyen de los insumos de limpieza, el jabón líquido, papel higiénico, toalla absorbente y alcohol gel,
los que deberán ser suministrados por el mandante como artículo de aseo personal necesario para sus
funcionarios.
7.- La limpieza de estantes y mobiliario en general, que contenga documentos o archivos, supone el retiro
de los mismos (a menos que el funcionario responsable de la documentación indique lo contrario) para la
realización de la limpieza correspondiente.
8.- Los contenedores de basura al interior y exterior de las dependencias deberán ser mantenidos con bolsas
plásticas desechables conforme al tamaño del contenedor.
9.-Los pediluvios de todas las dependencias deberán permanentemente estar impregnados con una solución
desinfectante que cumpla con la normativa de la autoridad sanitaria para prevención de enfermedades.
10.-En cumplimiento al Decreto Supremo N°594 “Aprueba Reglamento sobre las condiciones Sanitarias y
Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, en particular lo dispuesto en:
• Art. 22: El personal de los trabajos de limpieza y desinfección del Convenio podrá disponer del uso de
servicios higiénicos de los campamentos fiscales Achupallas y Santos Ossa, los cuales cuenta con servicios
higiénicos independientes y separados por género, con las condiciones sanitarias y de ventilación natural e
insumos para lavado de manos y papel higiénico.
• Art. 27: La empresa adjudicada deberá proveer por todo el período de vigencia del Convenio, de un estante
o lockers en madera (con puerta), destinados al resguardo de los objetos personales del personal de
limpieza. El estante a proveer deberá cumplir con las siguientes medidas y capacidades aproximadas:
170x55x55, capacidad de 514 lts. y 170x45x70 535 lts. Las dimensiones podrán variar y ser definidas por el
Mandante al proveedor adjudicado, pero manteniendo los volúmenes indicados.
• Art. 28: El personal de los trabajos de limpieza y desinfección del Convenio para consumir alimentos podrá
disponer del uso de los comedores del personal del cual disponen ambos recintos fiscales, los que disponen
de mesas, sillas y electrodomésticos para calentar los alimentos.
RESPONSABILIDADES Y CONSIDERACIONES PARA COVID-19 (U OTRAS ENFERMEDADES
INFECCIOSAS)
Será de responsabilidad de la empresa adjudicada realizar el servicio de limpieza y desinfección en los
lugares de trabajo y espacios físicos de acuerdo a los lineamientos que señala el Protocolo de Limpieza y
Desinfección de Ambientes del Ministerio de Salud, instrumento que forma parte de los antecedentes de la
presente Licitación Pública y que considera entre otras, las siguientes consideraciones:
Los trabajos de limpieza y desinfección específico para COVID-19 u otras enfermedades infecciosas de las
instalaciones, deberán estar regulados por un procedimiento de trabajo seguro, que establezca al menos
los siguientes puntos:
g) Información asociada a los productos de limpieza y desinfección ocupados (hoja de seguridad (HDS))
h) Formas de efectuar estas labores y las medidas preventivas relacionadas.
Uso correcto de los elementos de protección personal requeridos.
j) Manipulación y disposición de residuos u otros elementos que deban eliminar.
Tanto el Procedimiento de Trabajo Seguro como los registros de información y capacitación del
trabajador titular o suplente en ausencia del titular, deben estar disponibles en todo momento. (ODI
Obligación de Informar)
Elementos de Protección Personal: El personal que realice los trabajos de limpieza y desinfección deberá
estar provisto de pechera desechable o reutilizable, mascarillas desechables certificadas para evitar
propagación del virus COVID-19 u otras enfermedades infecciosas, guantes desechables o reutilizables,
que sean resistentes impermeables, manga larga (no quirúrgicos), su entrega deberá ser respaldada con
medio de verificación.
Procedimiento de Limpieza y Desinfección. La empresa adjudicada deberá presentar Ficha Técnica y de
Seguridad y registro del Instituto de Salud Pública (ISP) quien asegura la eficacia de los productos a ocupar
durante el Convenio, los cuales deberán cumplir con la normativa MINSAL para la prevención de Covid-19
u otras enfermedades infecciosas.
La desinfección de espacios físicos (ambientes) deberá ser aplicada mediante aspersión manual o maquina
ULV con productos certificados por el Servicio de Salud que presenten una alta efectividad en el control de
microorganismos asociados a enfermedades y deberán ser asperjados en todas las dependencias
señaladas como como también en cualquier superficie en donde exista la posibilidad y existencia de
bacterias y virus en general.
La empresa adjudicada deberá contar con la Resolución Vigente del Servicio de Salud, presentando copia
del instrumento en los adjuntos de su oferta.
Preferentemente en espacios en donde existan documentos y equipos electrónicos (computadores,
fotocopiadoras, impresoras, otros.) se deberá utilizar maquinas eléctricas tipo UVL, de manera de evitar
daños, humedad excesiva en los mismo.
La periodicidad de la Desinfección de Ambientes debe considerar una frecuencia mínima de dos veces por
semana (Lunes y Viernes por la tarde)
Respecto a la nueva Ley 21.342 la empresa adjudicada deberá presentar los siguientes documentos:
1. Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral COVID-19 u otras enfermedades infecciosas, de la empresa.
2. Seguro Individual Obligatorio de Salud asociado a COVID-19, establecido en el Titulo II de esta ley, a
favor de los trabajadores del sector privado con sus contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén
desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial. Será de obligación del empleador
contratar este seguro y entregar comprobante de su contratación al trabajador.
Lo dispuesto en lo puntos anteriores deberá ser verificado previo a la contratación del servicio.
Otras medidas que disponga la autoridad sanitaria en uso de sus facultades reglamentarias, conforme sea
la evolución de la pandemia.
JORNADA Y HORARIOS PARA DESARROLLAR SERVICIO DE LIMPIEZA
De 08:30 a 17:30 Hrs., de lunes a jueves, incluido horario de colación.
De 08:30 a 16:30 Hrs., los días viernes, incluido horario de colación.
Horario de colación: 12:30 a 13:30 Hrs.
La ejecución del servicio deberá ser realizada permanentemente por un operario titular en cada recinto y de
un suplente en caso se ausencia del titular, ambos operarios deberán tener idénticas condiciones de contrato
de trabajo. Eventualmente el proveedor adjudicado podrá disponer de un operario adicional para apoyar la
ejecución específica de alguna partida del servicio.
El horario de desarrollo del servicio de aseo en las dependencias deberá ser coordinado previamente con
el Inspector Fiscal designado para el Contrato.
La Empresa seleccionada deberá disponer de un Libro de Asistencia en cada recinto con la finalidad de
registrar los horarios de ingreso y salida de la jornada laboral de su personal.
OTRAS RESPONSABILIDADES
- La Empresa a cargo del servicio de aseo deberá responder de los daños que sus dependientes puedan
provocar en el mobiliario o en los elementos tecnológicos que existen en las distintas dependencias y oficinas
a las que se extiende su actividad.
- La pérdida de objetos personales son de absoluta responsabilidad de cada funcionario durante el horario
de trabajo. La pérdida de bienes fiscales ocurrida dentro o fuera del horario de trabajo y que tenga lugar con
ocasión de las labores de aseo efectuadas por los dependientes de la empresa de aseo, comprometerá la
responsabilidad de ésta, debiendo proceder a la reposición de los bienes fiscales faltantes en un plazo no
superior a 48 horas, sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva sobres las causas de la pérdida.
- Acreditada la existencia de robo o hurto por alguno de los dependientes de la empresa, la Dirección
Provincial de Vialidad de la Región de Valparaíso se entenderá facultada para poner término anticipado al
contrato, si así lo estima conveniente al interés fiscal.
- La empresa adjudicada deberá proporcionar a su personal, dada la naturaleza de Campamento Operativo
de Faenas, los elementos de seguridad y protección que se requieran para las labores (filtros solares, botines
de seguridad, etc.) y uniformes con el logo de la empresa que incluyan ropa de trabajo apropiada según
corresponda la estación (ropa de primera capa, parka, gorro, calcetas térmicas, etc.), credenciales de
identificación.
CONTROL POR SERVICIOS REALIZADOS
La Empresa adjudicada deberá desarrollar sus propios Registros y Control en coordinación con el Inspector
Fiscal designado para el Contrato.
La Empresa adjudicada deberá disponer de un Libro de Novedades, Reclamos y Sugerencias con la finalidad
de registrar las eventualidades e incidentes que pudieran producirse en el desarrollo de los servicios de
limpieza realizados por su personal.
La empresa adjudicada deberá mantener un sistema de control y fiscalización sobre su personal respecto de
la forma en que cumple con las obligaciones del convenio, estableciendo un protocolo que considere al
menos la realización de dos visitas inspectivas al mes.
Para el pago de la factura deberá enviar Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales F-
30-1, adjuntado cuando corresponda los respectivos finiquitos en caso de trabajadores desvinculados de la
empresa durante la vigencia del presente servicio. Los datos para emitir el citado formulario son:
Nombre completo: DANIEL DIAZ MIRANDA
RUT: 17.236.735-6
E-mail: daniel.diaz.m@mop.gov.cl
Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, la empresa a cargo de los servicios deberá informar mensualmente
a la Dirección de Vialidad Provincia de Valparaíso sobre el monto y estado de cumplimiento de sus obligaciones
laborales y previsionales, cuya acreditación se hará mediante certificado emitido por la Inspección del Trabajo
correspondiente o por otros medios idóneos, que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
La falta de entrega oportuna de los antecedentes señalados en los puntos anteriores habilitará al Servicio para
sancionarlo con multa equivalente al 15% del valor mensual de los servicios encomendados, conforme lo
establecido en el punto 9.33 de las Bases Administrativas. Asimismo, en su caso, se podrá hacer efectiva la garantía
exigida en las bases, para con ella pagar el monto que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo
183-C del Código del Trabajo, para los fines que en la norma se establece.
La Empresa deberá cancelar las remuneraciones a sus trabajadores a más tardar el tercer día hábil de cada mes.
DE LOS PROCEDIMIENTOS
La empresa deberá contemplar un mecanismo de supervisión respecto del personal asignado a los diferentes
recintos, deberá implementar un sistema por medio del cual se revise y supervigile a su personal en relación a su
asistencia, puntualidad y ejecución efectiva de las labores de aseo. Dicho sistema deberá contemplar, a lo menos,
la visita y supervisión de la lo menos cuatro veces al mes o períodos menores cuando el Inspector fiscal lo requiera,
en cada uno de los recintos operativos.
La Empresa y su personal no podrá divulgar a terceros bajo ningún respecto información sobre los movimientos y
funcionamiento de los recintos donde prestan servicio y solo con autorización expresa y por escrito del Inspector
Fiscal podrán dar a conocer aquello respecto de lo cual tomen conocimiento en razón de los servicios prestados.
La Empresa deberá entregar por escrito y con antelaciòn la identificación del personal de aseo, debiendo igualmente
adjuntar todos y cada uno de los antecedentes señalados en los puntos anteriores en caso de producirse cambios
del personal o el empleo de personal nuevo, hecho que se comunicará oportunamente al Inspector Fiscal (I.F.)
respectivo.
FUNCIONARIO A CARGO
La persona a cargo de la Licitación es la Encargada de Adquisiciones de la Oficina Provincial de Vialidad de
Valparaíso Janet Vergara Diaz, Correo Electrónico “janet.vergara@mop.gov.cl”. Por su parte, el Inspector Fiscal
del recinto fiscal, es: Pedro Vargas Tobar pedro.vargas@mop.gov.cl y su Subrogante es Sr. Eduardo Aravena
Fuentealba eduardo.aravena.f@mop.gov.cl
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