Licitación ID: 1461054-26-LE25
CONTROL DE ASISTENCIA UNIDADES EDUCACIONALES
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Reloj de control 1 Unidad
Cod: 44103201
PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE ASISTENCIA CON EQUIPO BIOMÉTRICOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y JARDINES INFANTILES DEL SLEP DEL ELQUI  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTROL DE ASISTENCIA UNIDADES EDUCACIONALES
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Se requiere la contratación de una plataforma de administración y control de asistencia junto con la provisión, instalación e implementación de los equipos biométricos de reloj control, en todas las unidades educacionales de su dependencia en las comunas de La Serena, La Higuera, Vicuña y Paihuano.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
P02 Establecimientos Educacionales
R.U.T.:
61.981.040-6
Dirección:
Huanhuali #565
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-10-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 08-10-2025 13:28:00
Fecha inicio de preguntas: 10-10-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 13-10-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-10-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-10-2025 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-10-2025 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 04-11-2025 12:28:45
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán acompañar los siguientes documentos administrativos, a través del portal: a) FORMULARIO N°1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE. Si la oferta corresponde a una unión temporal de proveedores, deberá ser rellenado de manera individual por cada empresa integrante de la UTP. b) FORMULARIO N°2: ACEPTACIÓN DE BASES. Declaración Jurada de aceptación de bases y conocimiento de los Antecedentes Administrativas y técnicos que regulan el proyecto. Deberá utilizar formato adjunto que se entregará. c) Personas Naturales y Jurídicas: La información del oferente en la etapa de presentación de ofertas solo será validado con la ficha del contratista alojado en la plataforma Mercado Público, información que podrá ser cotejada según lo expuesto por el contratista en el formulario N°1 solicitado en el presente proceso. d) Unión Temporal de Proveedores: El representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Esencial), documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representante o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago. e) FORMULARIO N°6. PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD. El contratista deberá indicar si cuenta con programa de Integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. Para lo anterior, deberá adjuntar el programa en cuestión y medios verificados de su distribución, tales como actas de entrega, correos electrónicos de distribución, nóminas firmadas por los trabajadores, u otros medios de respaldo que acrediten que dichos programas han sido conocidos efectivamente por sus trabajadores.
Documentos Técnicos
1.- a) FORMULARIO N°4 (esencial): ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Formulario que contiene las especificaciones técnicas de la solución requerida para los establecimientos educacionales y jardines infantiles del SLEP Elqui respecto a características de los relojes control biométrico y el software de gestión y control de asistencia. Los Proveedores deberán indicar en la columna “SI/NO” si cumplen con las características técnicas requeridas y completar la columna “descripción”, con las características técnicas de los productos ofertados, las cuales deberán cumplir con lo solicitado en bases técnicas de la presente licitación, pudiendo ofertar productos y servicios con iguales, similares o equivalentes características técnicas a las solicitadas, siempre y cuando, cumplan con la normativa laboral vigente. Para respaldar lo señalado en el formulario N°4, los oferentes deberán adjuntar el documento técnico que sustente las características y especificaciones técnicas de los productos y servicios ofertados. En caso de que existan dudas si uno o más de los productos ofertados alternativamente cumplen con la descripción y/o características técnicas indicadas en las bases técnicas señaladas, la entidad licitante solicitará a los proveedores efectuar la respectiva aclaración a través del portal de compras públicas, a fin de comprobar que los productos y servicios ofertados cumplan con las características y especificaciones técnicas mínimas requeridas. En caso de comprobarse que uno o más de los productos ofertados no cumplen con dichas características o especificaciones, el Servicio Local procederá a rechazar la oferta, declarándola inadmisible, sin derecho a ser evaluada en la correspondiente línea. Las ofertas incompletas, vale decir, que no contengan la totalidad de la información solicitada, que no se ajusten a las especificaciones técnicas solicitadas o que no ofrezcan la totalidad de productos y servicios que se requiere en la presente licitación, serán rechazadas en la revisión que se haga antes de efectuar la evaluación de las ofertas, sin derecho a ser evaluadas. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora está facultada para solicitar al funcionario a cargo del proceso de licitación, realizar las aclaraciones a los proveedores, en relación a las características técnicas de los productos ofertados, en caso de omisión de uno o más de las características técnicas solicitadas, o cuando existan dudas en cuanto al cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos en las bases técnicas. b) PROPUESTA SOLUCION REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA: Documento en formato propio del oferente, que contiene la propuesta de la solución tecnológica del proveedor para el registro y control de asistencia, donde deberá indicar el cumplimiento de las condiciones y características técnicas mínimas exigidas en las especificaciones técnicas, debiendo incluir a lo menos lo siguiente: - Descripción del servicio ofertado, equipos y componentes - Certificado o documento que acredite que la solución propuesta y sus componentes, están aprobadas o autorizadas por la Dirección del Trabajo (DT), asegurando que cumplan con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta N°38 de la DT. - Plan de capacitación de relojes y software de registro y control de asistencia para cada establecimiento educacional. - Descripción de la API (Interfaz de Programación de Aplicaciones) para integrar el software con plataforma de gestión de personas usado por SLEP Elqui, correspondiente a Netcore, de manera que se asegure, éstos se puedan comunicar entre sí de manera estructurada. - Política de Seguridad de Datos Personales - Garantías del sistema de registro y control de asistencia, así como también de sus equipos biométricos, los cuales, a lo menos, deben ser de 3 años. - Soporte técnico del sistema, incluyendo vía telefónica, página web, y otros que pueda añadir el proveedor adicionalmente a los anteriormente mencionados, incluyendo tiempos de respuesta ante fallas. c) FORMULARIO N°5: EXPERIENCIA PROVEEDOR. Formulario en que el oferente declara su experiencia en la provisión de los servicios materia de la presente licitación o de similar naturaleza en instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas o privadas, correspondiente la provisión, instalación y configuración de sistemas de registro y control de asistencia. Para validar la experiencia declarada en el formulario, se aceptará únicamente como documentos válidos para su acreditación, cualquiera de los siguientes: - Contratos suscritos con instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas con sus respectivas Resoluciones aprobatorias, o solo estas últimas en la medida que estas últimas incorporen el texto del respectivo contrato o convenio, todos debidamente firmados. - Órdenes de Compra provenientes de un contrato emitidas en el sistema Mercado Público, en estado de recepción conforme. - Tratándose de ejecución de servicios para particulares, se requerirá que adjunte contratos debidamente firmados por las partes, con sus respectivas facturas que acrediten la ejecución el pago de la totalidad de los servicios contratados. La experiencia que no sea informada en el formulario N°5, o que no se acredite con la documentación señalada anteriormente, no será considerada para su evaluación, siendo el oferente evaluado con cero puntos o con el puntaje que corresponda en el criterio de evaluación de experiencia del proveedor, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta; misma situación ocurrirá en el caso de que el contratista no acompañe el formulario N°5 que detalla la experiencia y su documento verificador, donde será evaluado con 0 puntos en el referido criterio. Los documentos validadores de experiencia que provengan de un mismo proceso de Licitación, o de un mismo proceso de contratación directa, o las derivadas de la prórroga o ampliación de un contrato anterior, serán contabilizadas como un solo contrato, para efectos de su evaluación. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, se contabilizará la sumatoria de las experiencias de los integrantes de ésta.
 
Documentos Económicos
1.- a) FORMULARIO N°3 (Esencial): CARTA OFERTA U OFERTA ECONOMICA. Documento en el cual se deberá indicar el costo unitario y total de cada item solicitado en el proyecto (provisión relojes control y licenciamiento sistema de registro y control de asistencia por 36 meses) según especificaciones técnicas, además incluirá el Plazo de ejecución que involucra la provisión, instalación, configuración y funcionamiento de los sistemas solicitados en la totalidad de unidades educacionales, incluyendo la conexión a red de datos y capacitación a funcionario enrolador y administrador del establecimiento, el que deberá ofertarse en días hábiles y no podrá superar el plazo de 25 días hábiles. Los productos y servicios que forman parte del presente proceso, así como su descripción y características técnicas, se encuentran expresamente indicadas en las bases técnicas adjuntas a las presentes bases de Licitación, por consiguiente, los oferentes no podrán ofertar productos que no cumplan con las características técnicas solicitadas para cada uno de ellos, pudiendo estar de iguales, similares o de calidad superior, siempre y cuando, cumplan con lo mínimo exigido en la presentes bases y la normativa vigente. Si no se incluyen todos los productos solicitados en la presente licitación, o si ellos no cumplen con los requisitos establecidos en las especificaciones técnicas del proceso, la oferta no pasará a la etapa de evaluación siendo declarada como inadmisible. Todos los productos adquiridos deberán ser nuevos, certificados, de primera calidad y autorizados por la Dirección del Trabajo. Los proveedores deberán considerar en sus ofertas económicas, los costos de despacho, traslado, instalación, configuración, puesta en marcha, enrolamiento, capacitaciones y posterior entrega en funcionamiento del servicio en las dependencias de las 112 (ciento doce) unidades educacionales donde serán instaladas las soluciones de registro y control de asistencia. Asimismo, serán de cargo exclusivo de los Oferentes, todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de sus ofertas con motivo de la presente licitación. El Servicio Local no reembolsará ni indemnizará dichos gastos. Los proveedores deberán indicar el plazo de entrega e instalación de los productos (relojes y sistema de asistencia), en una cantidad fija de días hábiles. El plazo de entrega ofertado para la instalación e implementación del sistema de registro y control de gestión de asistencia no podrá ser superior a 25 días hábiles. En caso de que el plazo de entrega ofertado sea superior al indicado, se declarará inadmisible la oferta, y será rechazada, sin derecho a ser evaluada. Si el proveedor indica un plazo de entrega entre rangos, el plazo más alto del rango indicado será el considerado para efectos de su evaluación, y del contrato. Por otro lado, si el proveedor no indica un plazo de entrega, su oferta será declarada inadmisible y rechazada, sin derecho a ser evaluada. Se recuerda que el monto de la oferta que debe ingresarse en el portal www.mercadopublico.cl, es el valor Neto (Sin IVA ni impuestos). La oferta económica deberá efectuarse en pesos chilenos, valor neto (sin IVA ni impuestos en mercado público y con IVA, en el presente formulario como valor total de lo ofertado), fijo, sin reajustes, impuestos ni intereses de ninguna especie, considerando todos los gastos necesarios para la correcta ejecución del servicio que se encomienda, todo cuanto implique un gasto para la presentación de la oferta y el cumplimiento de la relación contractual, sea este directo o causa de él. En el caso que el proveedor oferte los servicios en otra unidad monetaria diferente a la solicitada, tales como USD, U.F., U.T.M, u otro, se considerará el valor de su oferta al precio en peso chileno convertido al día en que se cierre la recepción de ofertas y se aperturen las mismas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Oferta Económica N°3. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente, entendiendo como tal a la oferta admisible de menor valor. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*45%) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Monto de la oferta más económica. Oi : Monto de la oferta del oferente i. Las ofertas que excedan el presupuesto disponible serán declaradas inadmisibles Fórmula de Cálculo: Puntaje x 0.45 de ponderación. 45%
2 PLAZO DE INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA Para la evaluación de este criterio, se revisará la información detallada en el formulario N°3 respecto al plazo ofertado para la provisión, instalación, configuración, implementación, habilitación y puesta en marcha de la totalidad de sistemas requeridos en las 112 unidades educacionales dependientes del SLEP Elqui. Revisar tabla puntuacion en bases administrativas 25%
3 EXPERIENCIA PROVEEDOR Para la evaluación de este criterio, únicamente se considerará la experiencia declarada en el formulario N°5 y acreditada conforme disponen estas bases. Por ello, se revisará el referido formulario y la documentación acompañada por los oferentes. Revisar tabla puntuacion en bases administrativas 20%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR puntaje asignado de acuerdo con la nota comportamiento base de cada proveedor, según la información de sanciones por incumplimiento registradas en su ficha de Proveedor en Mercado Público, en la sección comportamiento contractual, correspondiente a los últimos 24 meses de actividad, a contar de la fecha indicada en dicho portal. Revisar tabla puntuacion en bases administrativas 3%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases, sin que se soliciten aclaraciones o correcciones a su oferta. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de estas Bases, pero respecto a los cuales se solicitaron una o más aclaraciones de su oferta, sin necesidad de acompañar documentos faltantes, debido a errores menores, o para aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten antes del cierre de recepción de ofertas un documento requerido en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4, y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presenten, antes del cierre de recepción de ofertas dos o más documentos requeridos en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 y que no sean esenciales. 5%
6 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD DEL PROVEEDOR I. El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal, y además de acompañar los programas de integridad, adjunta medios de verificación para acreditar son conocidos por estos (correos electrónicos, actas de entrega programa firmada por quien la recibe, etc.) 100 puntos. II. No cuentan con programas de integridad que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal, o no adjunta dichos programas. 0 puntos. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO - P02
Monto Total Estimado: 49248000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 25 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: VIVIANA GARAY
e-mail de responsable de pago: viviana.garay@slepelqui.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: francisca.perez@slepelqui.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-42203726-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Local de Educación Pública Elqui
Fecha de vencimiento: 30-04-2029
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 121° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 11 de la Ley Nº19.886, la empresa adjudicataria a la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6, por un monto equivalente al 5% del valor neto del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y su correcta ejecución, como también, caucionar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de el o los contratantes. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y correcta ejecución del contrato denominado PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE ASISTENCIA CON EQUIPO BIOMÉTRICOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y JARDINES INFANTILES DEL SLEP DEL ELQUI”, la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, RUT N° 61.981.040-6. La Garantía por fiel y oportuno cumplimiento y correcta ejecución del contrato debe caucionar el plazo de vigencia de la contratación, vale decir plazo de instalación e implementación del sistema, aumentado en 36 meses por suscripción o licenciamiento del software, más 4 meses. Si no se ha entregado la Garantía exigida en las presente Bases, El Servicio Local Elqui, si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente o llamar a un nuevo proceso público. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones al contrato, deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de contratación más 4 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada, en caso de que se contemple. El proveedor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento y de correcta ejecución del contrato”, si éste aumenta su plazo, o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al SLEP Elqui para cobrar y hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del oferente para aplicar los fondos recuperados de la garantía a satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades. La garantía de Fiel y oportuno cumplimiento del contrato, se cobrará y hará efectiva, en todos los casos establecidos en las presentes bases de Licitación. Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez transcurrido 3 meses desde la recepción conforme total del servicio.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y correcta ejecución del contrato denominado PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE ASISTENCIA CON EQUIPO BIOMÉTRICOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y JARDINES INFANTILES DEL SLEP DEL ELQUI”, la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, RUT N° 61.981.040-6.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez transcurrido 3 meses desde la recepción conforme total del servicio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeros, que desarrollen actividades en el rubro de los bienes y servicios solicitados, que se encuentren inscritos en el registro de proveedores del Estado (Chileproveedores) en estado hábil y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° y 35° quater de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los precitados artículos.
INHABILIDADES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION
No podrán participar en la presente licitación ni celebrar el contrato con el SLEP, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras y aquellas indicadas en el capítulo VII, artículo 35 quáter de la Ley N°19.886. Tratándose de personas jurídicas, no podrán participar aquellas que hayan sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N°20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohechos que indica.
ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE BASES
Las consultas que los oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta licitación deberán ser efectuadas a través del foro del Portal. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes a través del mismo modo. Las consultas o aclaraciones efectuadas por e-mail u otra vía se considerarán inválidas. De conformidad a lo establecido en el artículo 35° Ter de la Ley N°19.886, se prohíbe la comunicación entre los oferentes, participantes o interesados en el proceso de contratación, una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del portal de compras públicas, y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, asegurando participación e igualdad de todos los oferentes. El Servicio Local, por cualquier causa y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá realizar aclaraciones, enmiendas o modificaciones, de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún oferente, ya sea a las presentes Bases Administrativas, especificaciones técnicas, o a cualquier otro antecedente del proceso de licitación. Estas aclaraciones, enmiendas o modificaciones, en caso de existir, se realizarán mediante resolución fundada del Director Ejecutivo, o del funcionario a quién este último haya delegado dicha facultad, y serán publicadas en el Portal de compras públicas, las que pasarán a ser obligatorias para todos los Oferentes, desde la fecha de su publicación en el sistema de información. El Servicio Local, tendrá la facultad discrecional de prorrogar prudencialmente el plazo para la presentación de las ofertas, si la cantidad o complejidad de las enmiendas y/o aclaraciones así lo amerita, especialmente en caso de existir una modificación en los criterios de evaluación, en las bases técnicas, y/o a documentación obligatoria que deban presentar los oferentes. Será exclusiva responsabilidad de cada oferente, la revisión del portal, con el objeto de verificar la existencia de aclaraciones, enmiendas o modificaciones, y de adecuar o modificar su oferta a los nuevos términos establecidos en dichos antecedentes.
OFERTAS TEMERARIAS
El Servicio Local de Educación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, en conformidad a lo señalado en el artículo 61° del Reglamento de Compras públicas. Se entenderá como Oferta Temeraria”, cuando el precio de la oferta presentada por un proponente resulte inferior al 70% del precio presentado por el contratista que le sigue y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. Ante esta situación el SLEP Elqui podrá, a través de una Resolución fundada, adjudicar esa oferta al contratista, previa solicitud de un aumento de la garantía de fiel cumplimiento, que deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley 19.886.
INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
En particular, y sin que ello signifique limitación alguna a la facultad prevista en el artículo 56 del reglamento de compras, las causales para declarar inadmisible las ofertas, y proceder a su rechazo, sin derecho a ser evaluadas, serán las siguientes: a. Si no se acompaña el formulario N°3 correspondiente a la oferta económica y formulario N°4 de especificaciones técnicas b. Si no se adjunta propuesta de la solución de registro y control de asistencia, o no incorpora, a lo menos, lo señalado en la letra b) del artículo 8.4.4 de las presente bases. c. Si el servicio y productos ofertados no cumple con las características técnicas mínimas obligatorias establecidas en las bases técnicas de Licitación e identificadas en formulario N°4 d. Si en formulario N°3 no se indica plazo de ejecución, o éste supera los 25 días hábiles e. Si la oferta del proveedor supera el presupuesto disponible para la presente licitación f. Si el sistema de registro y control de asistencia y sus componentes no se encuentra autorizado por la Dirección del Trabajo. g. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en el artículo 8.2 y 8.4.2, o no cumple con cualquiera de las exigencias establecidas en la normativa vigente para las UTP, por ejemplo, que uno de los proveedores no sea una empresa de menor tamaño, o si no se pacta solidaridad entre sus miembros. h. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses del SLEP Elqui. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases Administrativas, Bases Técnicas, la Ley 19.886 y el Reglamento. i. Asimismo, se declarará inadmisible la ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, en conformidad al artículo 60° del Reglamento de Compras Públicas. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente económicamente y que cumpla con los requerimientos técnicos de cada producto, siendo declaradas inadmisibles las demás. j. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre ser falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. k. La omisión de antecedentes o entrega de información contradictoria, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes. l. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el Servicio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en los artículos 8.4.2., 8.4.3, y 8.4.4 de las presentes bases, y éste no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. Lo anterior, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. m. En los demás casos establecidos en las bases de Licitación.
RESOLUCION DE EMPATES
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar: i. Oferta Económica ii. Plazo de ejecución iii. Experiencia proveedor iv. Cumplimiento de requisitos formales v. Comportamiento contractual anterior vi. Programas de Integridad De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público.
READJUDICACION
La presente Licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el Artículo 58°, inciso final del Reglamento. Asimismo, procederá la readjudicación si por motivos imputables al adjudicatario, en dichos casos, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al Oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación, le siga en puntaje en la línea correspondiente y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. Se entenderá como motivos imputables al adjudicatario las siguientes situaciones: a) Si el oferente no entrega la documentación requerida para formalizar la relación contractual dentro del plazo para tal efecto, establecido en las presentes bases administrativas. b) Si el contratista no hace entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del contrato en forma y tiempo establecido en las presentes bases c) Si el adjudicatario se desiste de su oferta y no suscribe el contrato/no aceptada la orden de compra en los plazos establecidos en las presentes bases. d) Si al momento de suscribir el contrato o aceptar la orden de compra, el contratis-ta no tenga la calidad de “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en cuyo caso, tendrá un máximo de 3 días hábiles para resolver su si-tuación, de lo contrario, el Servicio Local está facultado para dejar sin efecto la adjudicación y Re adjudicar al oferente que le siga en mejor puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. e) En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estu-viese afecto a la inhabilidad del artículo 4°, de la Ley 19.886, la UTP deberá in-formar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fueses hábiles. Se deja expresa constancia, que luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indi-cado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características que sean objeto de la evaluación de la oferta, ésta de-berá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente ofe-rente mejor evaluado. f) Si el adjudicatario infringe, antes de la formalización de la contratación, el pacto de integridad incorporado en las presentes bases administrativas. g) Las demás causales establecidas en las presentes bases de licitación, y en la nor-mativa legal que rige esta contratación. La Resolución Fundada de readjudicación se publicará en el portal. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantenga las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario, se podrá readjudicar el proveedor siguiente mejor evaluado y así sucesivamente, o en su defecto, se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio.
RECEPCIONES
RECEPCIÓN DEL SERVICIO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES: El proveedor será responsable de tramitar la recepción conforme con cada director(a) del establecimiento educacional que se instale el sistema de registro y control de asistencia, para ello, el SLEP del Elqui le entregará un formato tipo de recepción que deberá completar por cada establecimiento que instale el servicio encomendado, debiendo obtener la firma y timbre de cada director(a), para efectos de respaldar la conformidad del servicio ejecutado por parte de la unidad educacional que corresponda. 17.2 RECEPCIÓN CONFORME DEL SERVICIO POR EL SLEP DEL ELQUI ETAPA DE IMPLEMENTACIÓN El plazo de ejecución para el proceso de adquisición, provisión, instalación, implementación y puesta en marcha del servicio, incluyendo la conexión a red de datos y capacitación de funcionario enrolador y administrador del sistema en cada unidad educacional, corresponderá al plazo de ejecución ofertado por el proveedor, el que será contabilizado desde el día siguiente a la fecha de aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, el que no podrá superar los 25 días hábiles, contabilizados hasta la fecha de recepción efectuado por la ITS, indicado en el certificado de recepción conforme, la cual, deberá ser efectuada solo cuando el proveedor haya ejecutado los servicios encomendados en la totalidad de unidades educacionales que correspondan. 17.3 RECEPCIÓN MENSUAL DEL SERVICIO El de Acta de Recepción conforme será emitida por la contraparte técnica del SLEP Elqui, responsabilidad que recae en la Inspección Técnica del Servicio (ITS), quien o quienes emitirán un certificado o acta de recepción conforme de manera mensual, donde incluirá si existe alguna observación, intermitencias, o dato relativo al servicio de arriendo del software de gestión que deba ser respaldado, identificando a lo menos el nombre de la licitación, nombre de la empresa, RUT, numero de orden de compra, valor de la orden de compra, valor total contrato, monto mensual del servicio, aplicación de multas si corresponde y numero de factura. 17.4 RECEPCIÓN DEFINITIVA O FINAL DEL SERVICIO Transcurrido 3 meses desde la emisión de la última recepción mensual del servicio, el ITS deberá emitir un certificado de recepción definitiva o final del servicio, la que deberá consignar la evaluación al proveedor durante la ejecución del contrato y la devolución de la garantía por fiel y oportuno cumplimiento, la que será publicada en el sistema de información Mercado Público, como parte del aplicativo de “gestión de contratos”, sirviendo de base para la evaluación del proveedor en la presente contratación. Lo anterior, podrá ser efectuado por el ITS mediante su Acta de Recepción final o definitiva del contrato de suministro o informe técnico de evaluación del proveedor.
FACTURACION
La Inspección Técnica y/o el departamento de compras solicitará emitir dos facturas por cada pago del servicio, correspondiente a la diferenciación entre jardines infantiles y sala cunas (35 unidades educacionales) y las escuelas, colegio y liceos (77 unidades educacionales) del SLEP Elqui, siempre y cuando, efectivamente se hayan ejecutado la totalidad del servicio, habiendo a su vez, dado su visto bueno a la presentación del estado de pago presentado por el ejecutante dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19.2 de las presentes bases. El proveedor deberá emitir cada factura a nombre del Servicio Local de Educación Pública del Elqui, RUT: 61.981.040-6, Dirección Av. Huanhualí N°565, La Serena, IV Región, indicando en ella, el número de Orden de Compra en el campo de referencia correspondiente. La factura deberá ser extendida como a continuación se detalla: • Razón Social: Servicio Local de Educación Pública del Elqui • Rut: 61.981.040-6 • Dirección: Av. Huanhuali N°565, comuna de La Serena. • Forma de pago “crédito” a 30 días. • Incluir si la facturas corresponden a jardines y sala cunas o a escuelas, colegios y liceos • En campo 801 deberá indicar número de orden de compra • Deberá enviar correo con XML de la factura a dipresrecepcion@custodium.com El SLEP Elqui, de acuerdo con el Oficio Circular N°8/2020 de la Dirección de Presupuesto (DIPRES), pagará las facturas dentro del plazo de 30 días, mediante transferencia electrónica bancaria. En todo caso, debe tenerse en consideración lo señalado en el artículo 133° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto 661 de 2024.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.