l La comisión propondrá al director del hospital Licantén, adjudicar a la propuesta del oferente que tenga los mayores puntajes ponderados según lo establecido en la evaluación descrita en los párrafos anteriores.
l La oferta con el máximo puntaje será evaluado como la más conveniente para los intereses del mandante.
l El mandante, se reserva el derecho, de aceptar la propuesta que le pareciere más conveniente a sus intereses de acuerdo a los criterios de evaluación señalados.
l El Mandante se reserva el derecho de declarar desierta la licitación por razones presupuestarias, debidamente revisadas y autorizadas por la unidad de Finanzas.
l Aprobada por el mandante la proposición, se dictará la resolución de adjudicación, la cual se publicará en el portal MercadoPúblico y desde entonces se entenderá conocida por todos los participantes del proceso, según lo indicado el Artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.-
l Realizada la adjudicación mediante su publicación en el Portal MercadoPublico los oferentes podrán formular consultas respecto de la adjudicación vía mail con el ejecutivo encargado del proceso de compra respectivo. Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a declarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal MercadoPublico.