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Resolución de Empates |
En el caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de
acuerdo con los siguientes criterios y en el siguiente orden de prelación:
1) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación del criterio “Precio”.
2) Si aplicado el criterio anterior el empate persiste, se preferirá la propuesta que tenga mayor
puntaje en el criterio de “Cobertura del Servicio de Mantención en la Región de Los Ríos”.
3) Si aplicados los criterios precedentes el empate persiste, se preferirá la propuesta que tenga
mayor puntaje en la evaluación del criterio “Enfoque de género”.
4) En el caso de existir igualdad de puntaje entre alguno de los oferentes, la Comisión será quien
dirimirá el empate, basándose en lo siguiente: optará por la propuesta que haya obtenido la
mejor evaluación en el criterio de mayor porcentaje. En el evento de mantenerse el empate,
se decidirá por la oferta mejor evaluada en el siguiente criterio de mayor porcentaje, y así
sucesivamente.
5) Si aplicados los criterios precedentes el empate persiste, la adjudicación será definida por el
Jefe de Servicio de la Entidad Licitante de manera fundada, utilizando un criterio que, aunque
no esté previsto en estas bases no infrinja la normativa vigente, en aplicación del dictamen
de Contraloría General de la República Nº 54.804, de 2013.
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Solicitud de aclaraciones y antecedentes omitidos |
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Durante el proceso de evaluación, la Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no
les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, y en
tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se
informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal.
Asimismo, la Entidad Licitante podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que
los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del
plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo
para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
En cualquiera de los casos tratados en la presente sección, una vez realizado el requerimiento, el
oferente tendrá un plazo fatal de 2 días para evacuar la solicitud efectuada por la Entidad Licitante.
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Declaración de Inadmisibilidad |
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Las ofertas que en esta etapa sean calificadas como inadmisibles, por encontrarse incompletas o
porque los antecedentes acompañados no se ajustan a las exigencias del proceso licitatorio, serán
descartadas de plano y, en consecuencia, no avanzarán a la etapa de evaluación técnica y económica.
La Entidad Licitante, además, podrá desechar las ofertas si se comprueba que cualquiera
de los antecedentes presentados por el oferente no corresponden a la realidad.
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Informe Final de la Comisión Evaluadora |
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La Comisión Evaluadora evacuará un Informe Final que se referirá a:
a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas;
b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en
las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos;
c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o
bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan
convenientes a los intereses de la Entidad Licitante;
d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación
de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de
evaluación; y
e) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
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ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La adjudicación de la Licitación Pública se hará, mediante resolución fundada al oferente que obtengan
el mayor puntaje de acuerdo con la suma de todas las ponderaciones indicadas en el Título Décimo
Sexto precedente. Si la adjudicación no se realizase dentro del plazo estimado señalado en el
calendario de la Licitación, se informará a través del Portal las razones que justifican tal
incumplimiento, debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite.
La adjudicación de la propuesta se efectuará mediante resolución exenta del Servicio Nacional de
Pesca y Acuicultura, la que se publicará en la página web www.mercadopublico.cl, una vez que se
encuentre debidamente tramitada, para posteriormente realizar la suscripción del contrato
respectivo, de acuerdo con lo señalado en el Título Vigésimo Primero de las presentes bases de
licitación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Para dar cumplimiento a esta acreditación se verificará la habilidad en el portal
www.mercadopublico.cl
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Medios de Reclamación |
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En el caso de existir reclamos sobre el proceso de adjudicación, se solicita enviarlos a través del
portal www.mercadopublico.cl, en la funcionalidad que este tiene para tal efecto.
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Criterios de Evaluación |
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Todo proveedor interesado en realizar una oferta debe obligatoriamente presentar información para
cada uno de los criterios exigidos, de lo contrario será evaluado con puntaje 0.
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Presentación de información para el proceso de evaluación de ofertas |
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Cuando la presentación de información para cualquier criterio de evaluación sea entregada en rangos,
será considerado el valor más alto dentro de éste, como el válido para la evaluación y asignación de
puntaje.
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Fecha de adjudicación |
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En el caso que la licitación no sea adjudicada dentro de la fecha indicada en las bases, la Institución
justificará dicho cambio a través de la funcionalidad que para este efecto posee este sistema de
información.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
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La evaluación de las ofertas se realizará por una Comisión Evaluadora, en lo sucesivo la “Comisión”,
la que estará integrada, a lo menos, por las personas señaladas a continuación:
1. Encargada(o) Administración y Finanzas, Región de Los Ríos, o quien la reemplace.
2. Encargada(o) Programa Jurídico, Región de Los Ríos, o quien la reemplace
3. Encargada(o) de Pesquerías, Región de Los Ríos, o quien lo remplace
Para efectos de cumplir con lo dispuesto en la ley de compras y su reglamento los integrantes de la
Comisión Evaluadora antes señalados deberán declarar bajo juramento que no les afectan conflictos
de interés de ninguna especie, que los inhabiliten o hagan incompatible su participación en el presente
procedimiento concursal. Asimismo, deberán declarar cualquier otra circunstancia que afecte o pueda
afectar su imparcialidad al respectivo superior jerárquico.
Los integrantes de la Comisión que se encuentren impedidos de ejercer sus funciones evaluadoras en
razón de inhabilidad, incompatibilidad o cualquiera otra razón, serán reemplazados por quienes los
subroguen o reemplacen en sus cargos, según designación del Director Regional de Los Ríos.
Los integrantes de la comisión darán estricto cumplimiento a lo señalado en el capítulo VII de la
probidad administrativa y transparencia en la contratación pública de la ley 19.886.
Además de proceder al acto de evaluación de ofertas, la Comisión Evaluadora tendrá el deber de
reunirse en el evento que, durante el proceso licitatorio, los oferentes realicen preguntas a través del
portal, con el objeto de analizar las respectivas consultas y su pertinencia, así como dar respuesta de
común acuerdo, con estricta sujeción a lo establecido en las bases de la licitación pública. También
deberán corroborar que la documentación a subir al sistema sea, en términos cualitativos y
cuantitativos, la que corresponda y cerrar el proceso en caso de que la licitación quede sin efecto.
Los oferentes no podrán mantener contacto con la Entidad Licitante ni con ningún integrante de la
Comisión durante todo el período de evaluación. Por lo tanto, no se dará a conocer su contenido a los
oferentes que presentaron propuestas ni a otros terceros sino hasta que se haya notificado la
resolución de adjudicación de la presente licitación o, en su defecto, aquella que la declare desierta.
Corresponderá a la Comisión verificar que cada antecedente presentado cumpla con todos y cada uno
de los requisitos indicados en las Bases Administrativas y Técnicas.
Conforme lo indicado en la Resolución Afecta N°37 de fecha 9 de mayo de 2025 del Gobierno Regional
de Los Ríos, un funcionario del Gobierno Regional podrá participar, con derecho a voz, en el acto de
apertura y en reuniones de evaluación de las ofertas. Para estos efectos el Servicio Nacional de Pesca
y Acuicultura deberá informar al Gobierno Regional de los Ríos, a lo menos 5 días hábiles de
anticipación, antes de la fecha del acto o la reunión, según corresponda.
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DE LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
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Antecedentes preliminares. Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de un análisis
de admisibilidad y, en el evento que sean declaradas admisibles, de una posterior evaluación. Se deja
expresa constancia que las declaraciones de admisibilidad, al tenor de antecedentes fundados, podrán
ser modificadas, a solicitud fundada de la comisión evaluadora, de lo cual se deberá dejar constancia
a través del acto administrativo que se dicte al efecto.
1. De la admisibilidad administrativa. En esta instancia se verificará la entrega de los
documentos, la no presentación de ellos hará que la oferta sea declarada inadmisible y no
se procederá con su evaluación. Es obligatorio presentar los adjuntos en la oferta de la
licitación pública:
• Anexo N°1 Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar
2. De la admisibilidad técnica. En esta instancia se verificará que el proponente haya
completado correctamente e ingresado al portal su oferta técnica mediante el Anexo
N°4. En caso de no hacerlo, su oferta será declarada inadmisible. Asimismo, se revisará que
la Oferta Técnica, cumpla con todo lo requerido en el Anexo N°4, en cuanto a la descripción
de cada parte, al contenido, la cantidad y la calidad, de los productos requeridos, además
de la revisión de los otros requerimientos que allí se señalan.
- FICHA TÉCNICA DE CAMIONETA: Adicionalmente se solicitará acompañar ficha técnica de
la camioneta.
- Cumplir con todas las especificaciones de las bases técnicas requeridas: El no cumplimiento
de lo anterior será causal de declarar inadmisible la oferta.
3. De la admisibilidad económica. En esta instancia, se verificará que el proponente haya
ingresado al portal www.mercadopublico.cl su oferta económica, mediante la publicación en
el Portal Mercado Público del Anexo N°3: Formulario Oferta Económica. También en esta
etapa se revisará que la propuesta incluya plazos de garantía mínima (meses), plazo de
entrega, valor incluido impuestos y no exceda el presupuesto disponible señalado en las
bases, en cuyo caso la oferta podrá ser declarada inadmisible.
4. Otras causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la
inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada
admisible administrativa y técnicamente:
a) Que la oferta NO sea expresada en pesos chilenos (CLP), o sea ingresada por un valor que
no se corresponda con el Anexo.
b) Que el precio no corresponda a la unidad de tarifado o medida licitada, de acuerdo con el
Anexo de las presentes Bases.
c) Que un oferente haga ofrecimientos adicionales a los requeridos en un proceso de compra
pública.
d) Cuando el oferente, antes de la apertura de las ofertas, por cualquier medio de a conocer a
SERNAPESCA su oferta económica.
e) Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al
competir en la licitación respectiva, entendiendo por (i) práctica corrupta ofrecer, dar, recibir
o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario
público durante el proceso licitatorio; y por (ii) práctica fraudulenta: tergiversación de los
hechos con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo practicas colusorias
entre oferente(antes o después de la presentación de las ofertas), a fin de establecer precios
de oferta a niveles artificiales, no competitivos, y privando a SERNAPESCA de los beneficios
de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de
antecedentes objetivos.
f) Cuando el oferente efectúe ofertas con formas de pago no contempladas explícitamente en
estas Bases.
g) Cuando el oferente presente antecedentes falsos, para efectos de evaluación de la oferta.
9
h) Cuando el oferente no subsane los errores formales, aclaraciones o no acompañe
antecedentes omitidos, requeridos a través del Portal Mercado Público, en el plazo y forma
solicitado, de acuerdo con el numeral I del Título Décimo Séptimo de estas Bases.
i) Las demás causales establecidas expresamente en las presentes Bases.
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