Licitación ID: 1469-104-LP20
Serv. Mantención de Jardines, Areas Verdes y Can.
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE TALCA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de sembradío o mantenimiento de jardines 1 Unidad
Cod: 70111703
La presente licitación pública tiene por objeto contratar el Servicio de mantención de jardines, áreas verdes, canchas y sus lugares aledaños en el Campus Curicó y Centro de Extensión ubicado en la Ciudad de Curicó, Universidad de Talca”.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. Mantención de Jardines, Areas Verdes y Can.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación pública tiene por objeto contratar el Servicio de mantención de jardines, áreas verdes, canchas y sus lugares aledaños en el Campus Curicó y Centro de Extensión ubicado en la Ciudad de Curicó, Universidad de Talca”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Universidad de Talca
R.U.T.:
70.885.500-6
Dirección:
2 Norte 685
Comuna:
Talca
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-11-2020 18:00:00
Fecha de Publicación: 14-10-2020 19:13:35
Fecha inicio de preguntas: 14-10-2020 19:31:00
Fecha final de preguntas: 19-10-2020 23:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-10-2020 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-11-2020 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-11-2020 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 08-01-2021 15:52:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 15 Días
Visita a terreno voluntaria 16-11-2020 8:10:00
Entrega de garantía de seriedad de la oferta 05-11-2020 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Presentar ofertas por Sistema Mercado Público Obligatorio Documentos Administrativos La oferta administrativa deberá contener, debidamente cumplimentados, los siguientes archivos: a) Anexo Nº 1.-Presentación del oferente b) Anexo Nº 2.-Declaración Jurada Simple sobre conocimiento de los documentos de la licitación. c) Anexo N°3.-Declaración Jurada simple sobre inhabilidades, que acrediten que los postulantes no se encuentran afectos a las inhabilidades previstas en la Ley N° 19.886, y respecto de otros aspectos relevantes. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un anexo por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores, suscritos por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante. d) Anexo Nº 4.- Antecedentes Laborales y Previsionales -Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo. En caso de constitución de Unión Temporal de Proveedores, se adjuntarán los certificados de cada uno de los Proveedores unidos en dicha constitución. e) Anexo Nº 5.- Antecedentes legales e.1) En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica: e.1.1). - Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad. e.1.2). - Copia de Certificado de Vigencia de la Sociedad. e.1.3). - Fotocopia del Rol Único tributario de la empresa. - En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de citada ley, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl, administrados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y fotocopia del Rol Único Tributario. e.2) De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar: e.2.1). - Certificado digital de Inicio de Actividades otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, o bien el formulario 4415 de Inscripción al Rut y aviso de Inicio de actividades. En el caso que el oferente no cuente con cualquiera de los documentos anteriormente señalados, podrá presentar la cartola tributaria emitida por el SII, donde indique la fecha de Inicio de Actividades. e.2.2). - Fotocopia de cédula de identidad. e.3) De tratarse de una constitución de Unión Temporal de Proveedores Junto con los antecedentes legales para poder ofertar, descritos en las letras e1 y e2 de cada uno de los proveedores que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá adjuntar al momento de ofertar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Sólo en el caso que la oferta adjudicada sea una unión temporal de proveedores y tratándose de una contratación superior a 1.000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones según proceda, deberá presentar copia de la escritura pública que formaliza dicha unión como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, documento que deberá ser presentado dentro de 8 días hábiles desde la notificada la adjudicación. f) Anexo N°6.- Curricular del oferente Archivo que indique listado de clientes que durante los últimos 36 meses se le ha prestado un servicio de similares naturaleza y magnitud, a los de la presente licitación. Individualizando a cada uno con los siguientes datos: Razón social, metros cuadrados de mantención por contrato, plazo, mencionando, además, su medio de contacto (dirección, teléfono, fax, correo electrónico, página web, etc.) Para efectos de validar la experiencia presentada, el oferente deberá adjuntar al curriculum a lo menos los siguientes documentos: contratos, facturas, órdenes de compra u otro documento que permita confirmar la información indicada en el listado. En el caso, que el oferente se encuentre inscrito en el Portal Chileproveedores, deberá ser informado por éste, no siendo obligatoria la presentación de los antecedentes que se encuentren alojados en dicho sitio. Los proveedores sin bienes o servicios contratados en Chileproveedores, deberán entregar según lo indicado en las bases o en los términos de referencia. El hecho de estar inscrito en el portal Chileproveedores no otorgará ninguna puntuación especial al momento de evaluar las propuestas o decidir la adjudicación de la licitación.
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica debe ajustarse a lo establecido en las bases técnicas, las que se entienden conocidas por el oferente, por el sólo hecho de presentar oferta. g) Anexo Nº 7.- Programa de Trabajo - Descripción detallada considerando el cumplimiento de todas las actividades descritas en las Bases técnicas. En caso de modificar alguna especificación en el tipo de servicio solicitado, debe considerar una mejora y por ningún motivo ser inferior a ella. h) Anexo Nº 8.- Equipamiento - Detalle las maquinarias, herramientas y equipos (considerar vida útil, año de antigüedad y marca) que serán provistas para la prestación de los servicios materia de esta licitación. En el archivo de las bases técnicas, se adjunta un listado de las máquinas, herramientas y equipos, que se requieren como mínimo para la prestación del servicio, señalando cantidad y tipo de equipos. i) Anexo N° 9.- Dotación de Personal y Remuneraciones - Documento que detalle la dotación de personal que será dispuesta con jornada completa para la prestación del servicio materia de esta licitación. - Indicar la estructura de las remuneraciones y beneficios que serán entregados al personal, considerando lo siguiente: a) Monto de la remuneración mensual, incluyendo gratificación y detalle de haberes imponibles y no imponibles que constituirán la remuneración. En este cálculo no se incluyen las horas extras. b) Para efectos de aplicar la remuneración, debe ser considerado como base el monto señalado en las bases técnicas. - La remuneración del personal deberá como mínimo reajustarse de la misma manera y en la misma fecha que se reajuste el cobro por el servicio, será aplicado en forma anual y en base a la variación del I.P.C en los doce meses anteriores. j) Anexo Nº 10.- Productos e Insumos - Detalle de los productos y marca de los materiales que serán provistos para la prestación de servicios, materia de esta licitación. Presentar, además, las certificaciones de productos, que sean libres de materiales contaminantes o tóxicos, o productos biodegradables. k) Anexo N°11.- Políticas de inclusión laboral En caso de poseer Política de inclusión laboral, debe adjuntar un listado detallando identificación del trabajador, tipo de inclusión y certificado que permita acreditar la edad en caso de no figurar en el respectivo contrato. Las tipos de inclusión a evaluar son: Personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años). Para ello se solicita presentar contrato de trabajo de carácter indefinido, con antigüedad igual o mayor a 3 meses. Jóvenes desempleados deberá adjuntar, contrato de trabajo indefinido y certificado de AFP que indique que el trabajador no tuvo cotizaciones en los últimos 3 meses antes del inicio del contrato o acreditación beneficiario programa “Subsidio Joven” de SENCE. Trabajadores en situación de discapacidad, presentar contrato de trabajo de carácter indefinido, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN. l) Anexo N° 12.- Manejo sustentable de áreas verdes - Detallar el Plan de manejo de residuos vegetales con equipamiento considerado. - Detallar Propuesta de gestión integrada de pestes. - Detallar Propuesta de gestión integrada de fertilización. - Detallar Propuesta de control de especies alergénicas. - Detallar acciones a considerar para evitar pérdidas innecesarias de agua (agua hacia veredas o calles). La Universidad de Talca realizará una calificación de Higiene y Seguridad Industrial a las Empresas Contratistas, basado en los siguientes antecedentes: m) Anexo Nº13.- Antecedentes de Higiene y Seguridad Industrial La Universidad de Talca realizará una calificación de Higiene y Seguridad Industrial a las Empresas Contratistas, basándose en los siguientes antecedentes: a) Estadística de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales durante los últimos 24 meses, el valor de la Tasa de Cotización Adicional. Esta obligación rige también para los Subcontratistas de la Empresa Contratista. En aquellos casos en que la Empresa Contratista no tenga 24 meses de formada, la Universidad de Talca decidirá si la información presentada es suficiente para la calificación de seguridad. b) Certificado del Organismo Administrador del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Ley N°16.744, en que acredite que la Empresa Contratista ejecuta acciones de Control de Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en forma permanente y sistemática. c) Presupuesto de control de riesgos, en los correspondientes ítems, indicando el costo de cada uno de ellos, según el siguiente detalle: • Experto Asesor en Prevención de Riesgos. • Exámenes médicos ocupacionales y pre ocupacionales a sus trabajadores, compatibles con las labores a realizar (Ejemplo: trabajos en altura, vértigo, etc.). • Capacitación del personal en Prevención de Riesgos, Medio Ambiente y en materias específicas relacionadas con la Higiene y Seguridad Industrial. • Equipos y Elementos de Protección Personal. • Ropa de Trabajo. • Señalización. • Prevención y combate de incendios. • Otros. d) Documentos que acrediten la existencia previa de Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, informes y análisis de accidentes y cuasi accidentes propios de la Empresa contratista. Certificado de recepción o aprobación del reglamento emitido por SEREMI de Salud o Dirección del Trabajo. Si el oferente está afiliado al Instituto de Seguridad Laboral se consideran como válidos los certificados emitidos por este organismo.
 
2.- Visita a terreno voluntaria Producto de la situación que afecta al país por el Coronavirus COVID 19 y siguiendo las recomendaciones implementadas por el Ministerio de Salud, con el fin de mitigar la propagación de este virus. Se informa a los oferentes que la Visita a Terreno será voluntaria con el fin de evitar las reuniones o exposición de personas y se permitirá que el oferente visite libremente el Campus Curicó, con la consideración de que los asistentes utilicen alcohol gel y mascarilla, debiendo registrar sus datos en portería con el personal de seguridad. Dicha visita deberá coordinarse previamente al correo masaez@utalca.cl para indicar fecha y hora en la que se realizará. Cabe señalar que se adjuntaran fotografías del lugar y que además, cualquier duda al respecto, se podrá pedir su aclaración durante el periodo de Consultas estipulado en el Calendario de Actividades de la presente licitación."
 
Documentos Económicos
1.- La Oferta Económica deberá presentarse sólo a través del Portal Mercado Público, y deberá incluir los siguientes antecedentes: n) Anexo Nº 14.- Oferta económica Debe indicar el valor neto (sin IVA) del servicio mensual según detalle;  Monto mensual de servicio.  Valor del M2 adicional. En el precio deben estar incluidos todos los gastos que se generen de la prestación de los servicios, tales, como traslados, movilización del personal etc.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Al momento de presentar la propuesta NO es requisito que el oferente esté inscrito en el portal ChileProveedores.
- En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro Electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación.
- En el caso de tratarse de una unión temporal de proveedores, cada miembro asociado a ella deberá inscribirse en forma individual, con el fin de suscribir el contrato.
- En relacion a las inhabilidades
- Para efectos de verificar que los adjudicatarios ya sean personas naturales o jurídicas NO han incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
- Encontrarse condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del decreto ley N°211, de 1973.
- Finalmente declaro estar en pleno conocimiento que ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, puede suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación
- de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales
- de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas,
- ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4° inciso
- sexto de la ley N°19.886).
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Al momento de presentar la propuesta NO es requisito que el oferente esté inscrito en el portal ChileProveedores.
- I18n entry not found: En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro Electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación.
- I18n entry not found: En el caso de tratarse de una unión temporal de proveedores, cada miembro asociado a ella deberá inscribirse en forma individual, con el fin de suscribir el contrato.
- I18n entry not found: En relacion a las Inhabilidades
- I18n entry not found: Para efectos de verificar que los adjudicatarios ya sean personas naturales o jurídicas NO han incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
- I18n entry not found: Encontrarse condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del decreto ley N°211, de 1973.
- I18n entry not found: Finalmente declaro estar en pleno conocimiento que ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, puede suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación
- I18n entry not found: de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales
- I18n entry not found: de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas
- I18n entry not found: abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4° inciso sexto de la ley N°19.886).
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Higiene y seguridad Se evaluará la presentación de los ítems desde letra a) a d) del Anexo Nº13. Nota 7,0: Cumple con todos los ítems a cabalidad. Nota 4,0: Cuando los ítems cumplan en forma parcial con lo especificado, es decir, cuando alguno de los antecedentes solicitados no sea presentado en forma completa. En este caso la Universidad de Talca, podrá requerir la complementación de los antecedentes considerados incompletos, de acuerdo con lo establecido en artículo 40 del Reglamento de Ley N°19.886. 5%
2 Precio Para determinar la nota de este criterio, se considerará el monto global neto de la oferta económica indicado en el Anexo N°14 comparando el precio final de cada oferta con el precio mínimo ofertado, mediante la siguiente metodología: Subcriterio 1 valor servicio mensual: Se comparará el monto global neto de las ofertas por servicio mensual, comparando el precio de cada oferta con el precio menor ofrecido, mediante la siguiente metodología (70%): Nota (i) = [precio mínimo ofrecido/precio de la oferta (i) ] *7,0 Subcriterio 2 valor metro cuadrado adicional: Se comparará el monto global neto de las ofertas por servicio adicional, comparando el precio de cada oferta por el precio menor ofrecido, a través de la siguiente metodología (30%): Nota (i) = [precio mínimo ofrecido /precio de la oferta (i) ]*7,0 La fórmula final para determinar la nota de este criterio será la siguiente: Nota precio = (subcriterio1 *0,7) + (subcriterio2 *0,3) 35%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Para efectos de determinar la nota relativa a la calidad técnica del servicio ofertado, se evaluará el cumplimiento de los requerimientos señalados en las bases técnicas. Se asignará nota 7,0 por cada cumplimiento de los criterios considerados en la siguiente tabla y nota 1,0 al oferente que no cumpla con lo indicado: N° Subcriterio Cumple No cumple 1 Cumplimiento de la dotación de personal solicitado 2 Protocolo de mantención 3 Plan anual de poda y fertilización 4 Plan de cortes mensuales 5 Plan de mantención cancha de fútbol, cancha sintética de futbolito y sectores aledaños al campo deportivo. 6 Listado de maquinaria y equipos, que serán utilizados para la prestación del servicio NOTA PROMEDIO Nota 7,0: Cumple con el criterio solicitado Nota 1,0: No cumple con el criterio solicitado El oferente que obtenga nota promedio inferior a 4,0 en este criterio, quedará fuera del proceso licitatorio, por lo tanto, su oferta no será evaluada. 15%
4 Condiciones de empleo y remuneración Para efectos de la determinación de la nota, se considerará la evaluación de los siguientes sub-criterios: Sub-criterio 1: valor “total haberes” de la remuneración mensual del personal, evaluando el valor ofertado con el valor más alto ofertado, aplicando la siguiente fórmula: Sub-criterio 2: por condiciones de empleo, se aplicará la nota de acuerdo a los haberes que sean contemplados en la oferta: 1) Bono de movilización 2) Bono de colación 3) Bono de Puntualidad 4) Aguinaldo de Fiestas Patrias 5) Aguinaldo de Navidad Nota 7,0 = El oferente contempla más de 3 ítems. Nota 4,0 = El oferente contempla entre 2 y 3 Ítems. Nota 1,0 = El oferente contempla 1 ítem o menos. Para el cálculo de la nota final de este criterio se utilizará la siguiente fórmula: Nota Final = [(Nota Sub-criterio1 *0,80) + (Nota Sub-criterio2 *0,20)] 15%
5 Políticas de inclusión Se evaluará si el oferente dispone de alguna de las políticas de inclusión laboral, ya sea para personas de tercera edad activa (mujeres mayores de 60 años y hombres mayores 65 años), jóvenes desempleados o personas en situación de discapacidad (que estén debidamente registrados). Deberá indicar y demostrar mediante contrato de trabajo o certificado, la cantidad de personas que la empresa tiene contratada en alguna de las condiciones mencionadas. 10%
6 Experiencia de los Oferentes La evaluación estará compuesta por los criterios que se indican a continuación y está metodología será utilizada para los servicios licitados: Subcriterios Ponderaciones (a)Años de vida de la empresa El plazo se computará a partir de la fecha de la declaración de iniciación de actividades, considerando el mismo rubro de la presente licitación. 30% (b)Metros cuadrados de superficie contratada en los últimos 36 meses 70% El mecanismo de obtención de notas del criterio experiencia se obtendrá de la aplicación de los siguientes subcriterios: Subcriterios Asignación de Notas Medio de Verificación (a)Años de vida de la empresa 30% 1 punto por año, hasta obtener nota 7. Información contenida en Anexo Nº 5. (b)Contratos de similares naturaleza y magnitud, a los de la presente licitación, durante los últimos 36 meses, entendido como aquellos que consideren una superficie contratada superior a 15.000 m2. 70% Nota 7,0: Si cuenta con 2 o más contratos de servicio. Nota 4,0: 1 contrato de servicio. Nota 1,0: Si no cuenta con contratos de servicio. Información contenida en Anexo Nº 6. Nota (i) = [(Nota (a)*0,3) + (Nota (b)*0,7)] * 0,10 10%
7 Aspectos de sustentabilidad Para efectos de determinar la nota relativa a aspectos de sustentabilidad ofertados, se evaluará el cumplimiento de los requerimientos señalados en las Bases Técnicas, conforme a los subcriterios indicados en la siguiente tabla: Se asignará nota 7,0 por cada cumplimiento de los criterios considerados en la siguiente tabla y nota 1,0 al oferente que no cumpla con lo indicado: N° Subcriterio Cumple No cumple 1 Entrega de Plan de manejo de residuos vegetales. 2 Cumplimiento con equipamiento requerido 3 Entrega de Propuesta de gestión integrada de pestes. 4 Entrega de Propuesta de gestión integrada de fertilización. 5 Entrega de Propuesta de control de especies alergénicas 6 Entrega detalle de acciones a considerar para evitar pérdidas innecesarias de agua (agua hacia veredas o calles) NOTA PROMEDIO Nota 7,0: Cumple con el criterio solicitado Nota 1,0: No cumple con el criterio solicitado El oferente que obtenga nota promedio inferior a 4,0 en este criterio, quedará fuera del proceso licitatorio, por lo tanto, su oferta no será evaluada. 5%
8 Cumplimiento de requisitos formales Se evaluará la presentación conforme de los antecedentes requeridos por Bases administrativas y sus posteriores aclaraciones. Nota 7,0: La totalidad de los antecedentes son presentados en el plazo de recepción de ofertas. Nota 4,0: Uno o más de los antecedentes se presentan fuera del plazo de recepción de ofertas, a requerimiento del mandante. Según lo establecido en artículo 40 del Reglamento de ley N°19.886. Nota 1,0: No se presenta la totalidad de antecedentes, una vez cumplido el plazo adicional otorgado para la corrección de omisiones u errores formales. También se evaluará con esta nota en el caso que los antecedentes presentados fuera de plazo no cumplan con la formalidad establecida por las Bases Administrativas. De acuerdo a lo anterior, las calificaciones a considerar para cada uno de los criterios de evaluación se calcularán utilizando la escala de notas de 1,0 a 7,0, siendo siete la más alta y uno la más baja. La calificación final de la propuesta para cada oferente será obtenida aplicando las ponderaciones asignadas a cada criterio en la siguiente fórmula: Nota Final Oferta= (N1x0,35) + (N2x0,15) + (N3x0,15) + (N4x0,05) + (N5x0,10) + (N6x0,10) + (N7x0,05) + (N8x0,05) Dónde: N1= Nota factor precio N2= Nota factor calidad técnica del servicio N3= Nota factor condiciones de empleo y remuneración del personal N4= Nota factor higiene y seguridad N5= Nota factor calidad experiencia del oferente N6= Nota factor políticas de inclusión N7= Nota factor aspectos de sustentabilidad N8= Nota factor cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta Cabe señalar, que ningún oferente podrá adjudicarse la presente licitación cuando su propuesta no haya alcanzado la nota final ponderada de 4,0 (cuatro comas cero). La nota final será considerada hasta el segundo decimal. Según lo establecido en artículo 40 del reglamento de Ley N°19.886 la Universidad de Talca, podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que o los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuestario
Monto Total Estimado: 114674000
Justificación del monto estimado Conforme la experiencia respecto de servicio de similar naturaleza
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Se formalizara contrato
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jefe del Departamento de Tesorería
e-mail de responsable de pago: psamur@utalca.cl
Nombre de responsable de contrato: Administradora Campus Curico
e-mail de responsable de contrato: inruiz@utalca.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-71-2201761-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe la subcontratación total o parcial del servicio
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Universidad de talca
Fecha de vencimiento: 04-03-2021
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán entregar una garantía de seriedad de la oferta, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista ya primer requerimiento, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, mencionándose a modo de ejemplo los siguientes tipos de garantías, sin perjuicio de otros que pudieran existir en el mercado: Boleta de Garantía bancaria, Vale vista, Certificado de fianza, Deposito a la vista o Póliza de seguro electrónica, entre otras, a favor de la Universidad de Talca. La presentación de la garantía de seriedad de la oferta deberá realizarse en los términos que se indican en el numeral 9 de las bases administrativas. En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de: “Servicio de mantención de jardines, áreas verdes, canchas y sus lugares aledaños en el Campus Curicó y Centro de Extensión Curicó, Universidad de Talca”.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de acuerdo a las condiciones establecidas en el número 9 de las presentes bases, denominado “Devolución de garantía de seriedad de la oferta”.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Universidad de talca
Fecha de vencimiento: 30-05-2024
Monto: 10 %
Descripción: El oferente adjudicado deberá entregar uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, a favor de organismos públicos a nombre de la Universidad de Talca, pagadera a la vista y a primer requerimiento, con carácter de irrevocable, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, mencionándose a modo de ejemplo los siguientes tipos de garantías, sin perjuicio de otros que pudieran existir en el mercado: Boleta de Garantía bancaria, Vale vista, Certificado de fianza, Depósito a la vista, o Póliza de Seguro Electrónica, entre otras, a favor de la Universidad de Talca. En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato: “Servicio de mantención de jardines, áreas verdes, canchas y sus lugares aledaños en el Campus Curicó y Centro de Extensión Curicó, Universidad de Talca”.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de acuerdo con las condiciones establecidas en el número 9 de las presentes bases, denominado “Devolución de garantía fiel cumplimiento de contrato”. En virtud de lo normado en el artículo 68 inciso segundo del reglamento de la ley N°19.886, y dado que se trata de contrataciones de prestación de servicios, se entenderá, sin necesidad de estipulación expresa, que las garantías constituidas para asegurar el fiel cumplimiento del contrato caucionan también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Subsanación de errores u omisiones formales

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, laque se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

La Universidad tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación

La Universidad declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

La Universidad podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
9.-Requerimientos técnicos y otras cláusulas

Generalidades

Las presentes Bases Administrativas, regirán el proceso licitatorio público denominado: “Servicio de mantención de jardines, áreas verdes, canchas y sus lugares aledaños en el Campus Curicó y Centro de Extensión Curicó, Universidad de Talca”.

El Mandante

Actuará como Mandante la Universidad de Talca, a través del Departamento de Administración de Campus.

Modalidad de la Licitación

La contratación del servicio se hará por el sistema de pago mensual contra recepción conforme del servicio, reajustable según lo señalado en las presentes bases, entendiéndose que los valores serán netos sin I.V.A, expresados en moneda nacional, según los indicados en Formulario de Propuesta Económica (Anexo N°14).

En caso de que la prestación del servicio sea no afecto o exento de I.V.A, el oferente deberá indicar claramente en la oferta económica tal condición, considerando el valor ofertado como valor final.

Si el oferente desea incorporar más de una oferta económica, la deberá subir al portal Mercado Público por separado, conservando la misma garantía por seriedad de la oferta.

La modalidad de la presente licitación es por adjudicación simple, en conformidad con lo previsto en el artículo 6º, de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en relación con los artículos 2º, número 17 y 41, del decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de dicho texto legal, conforme con los cuales el objetivo de una licitación pública es seleccionar y aceptar una propuesta, que sujetándose a los requisitos establecidos en las bases, sea la más conveniente para los intereses de la entidad convocante, salvo, que se disponga en el respectivo pliego de condiciones que se puede adjudicar a más de un oferente cuando se trata de servicios o suministros susceptibles de contratar por ítem o rubros, específicamente determinados.

De los participantes del proceso

Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, ni la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de la personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delito de cohecho.

De los Requisitos para Contratar

Podrán contratar en el presente proceso licitatorio aquellas personas naturales o jurídicas, que no tengan causal de inhabilidad conforme con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley Nº19.886.

La acreditación, mediante declaración jurada simple contenida en anexo N°3, de no estar afecto a las inhabilidades previstas en el artículo 4, inciso 1° y 6° de la ley N°19.886, establece que no podrán contratar quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años contados desde la presentación de la oferta. Asimismo, se debe considerar que ningún órgano de la Administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios, con los funcionarios directivos de la Universidad, ni las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni las sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni las sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni las sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

La acreditación mediante declaración jurada simple contenida en anexo N°3, en el caso de personas jurídicas, indica que tampoco podrán contratar aquellas que tengan prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos que indica la ley N° 20.393. (Declaración exigible solo tratándose de oferentes personas jurídicas) o bien que haya sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del decreto ley N°211, de 1973.

Los participantes tendrán la obligación de estar atentos al proceso licitatorio a través del Portal Mercado Público, ya que es allí donde la Universidad informará de todas las actuaciones, requerimientos u otros.

Otros Antecedentes para ser Contratado

En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación en el Portal del Mercado Público.

Unión Temporal de Proveedores

Podrán participar dos o más proveedores que se unen para efectos de participar en el proceso de contratación, denominado “Unión Temporal de Proveedores”, debiendo establecer en el documento que formalice la unión, a lo menos la solidaridad entre las partes, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Universidad de Talca, y el nombramiento de un representante legal común con poderes suficientes para efectuar todo acto legal.

Por tratarse de una contratación superior a 1.000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores. En el caso que el adjudicatario resulte ser una unión temporal de proveedores, debe encontrarse hábil para contratar con el Estado, lo que deberá ser verificado en el sistema, emitiéndose o presentando el certificado de estado de inscripción en el registro ChileProveedores correspondiente.

Al momento de la presentación de las ofertas y salvo indicación contraria o explícita, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, sumado a sesenta (60) días corridos adicionales.

Documentos integrantes

La relación contractual que se genere entre la Universidad de Talca y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

-       Ley Nº 19.886 de Compras Públicas y su reglamento

-       Bases administrativas, técnicas y sus anexos.

-       Las consultas, respuestas y las aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las bases.

-       Las modificaciones a las bases si las hubiese.

-       Las ofertas administrativas, técnicas y económicas.

-       La Resolución Universitaria de adjudicación.

-       El contrato.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquier obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico y ante cualquier discrepancia entre éstos, prevalecerá ese orden de precedencia.

Modificaciones a las Bases

El Departamento de Administración de Campus podrá modificar los documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia al detectar algún error u omisión, o también en atención a alguna consulta realizada por algún oferente, durante el proceso de la propuesta y hasta la entrega de respuesta y aclaraciones, informando debidamente de ello a todos los oferentes a través del portal Mercado Público. Dichas modificaciones serán formalizadas mediante el respectivo acto administrativo, sujeto a las mismas formalidades que el que apruebe las presentes bases.

Será responsabilidad de los oferentes informarse de estas modificaciones a través del Portal Mercado Público.

Conocimiento y Aceptación de las Bases

El sólo hecho de participar, en cualquier forma, en la presente Licitación Pública, implicará el conocimiento y aceptación íntegra y obligatoria de todos los procedimientos, requisitos y términos de las Bases Administrativas, de las bases técnicas y del proceso licitatorio en general.

Idioma

Español

Cómputo de los plazos

Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.

En caso de que el plazo expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.

Horario de funcionamiento de la institución

La jornada de trabajo general de la Universidad es de lunes a jueves en la mañana desde las 08:10 horas hasta las 13:10 horas y la tarde desde las 14:30 horas hasta las 18:40 horas y el día viernes en jornada única desde 08:10 horas hasta las 15:30 horas.

Por la contingencia de COVID-19 la Universidad está operando con teletrabajo por lo cual no se aplica el horario descrito anteriormente hasta nuevo aviso.

Obligación de Reserva y Confidencialidad

Los oferentes y adjudicatarios deberán guardar estricta reserva y confidencialidad respecto de toda información que no sea de dominio público referida a la Licitación efectuada en conformidad a las presentes Bases.

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los bienes o servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

El adjudicatario, así como su personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los bienes o servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.

El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Universidad de Talca el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la Universidad de Talca entable en su contra las acciones judiciales que correspondan.

Prohibiciones

Queda prohibido realizar cualquier tipo de gestión o pagos directamente o a través de terceros ajenos a las diligencias contempladas en el procedimiento regular de la licitación con el fin de adjudicarse la contratación de los bienes, obras, servicios u otros.

Las autoridades y funcionarios, así como, los contratados a honorarios en el caso en que excepcionalmente les corresponda participar en este procedimiento de contratación, deberán abstenerse de participar cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, N° 6, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Serie de Consultas y Respuestas

Las consultas respecto a la Licitación se deberán hacer solamente a través del Portal Mercado Público, desde la fecha de publicación de las bases señalado en el número 3.

Las consultas deberán ser planteadas en forma concreta y precisa, y deben ser pertinentes al proceso licitatorio.

Las respuestas a las consultas se publicarán en el portal Mercado Público en la fecha señalada en el número 3.

Cierre de la Licitación

El cierre de la propuesta, en el portal Mercado Público, será en la fecha señalada en el número 3.

Vigencia de la oferta

Las ofertas tendrán vigencia desde su fecha de presentación y hasta el cumplimiento íntegro del plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta. Por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que su vigencia es la señalada precedentemente.

En circunstancias excepcionales, la Universidad podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas deberán ser hechas por escrito y en caso de aceptación el oferente dentro del plazo de cuatro días hábiles siguientes a la recepción de la Garantía de Seriedad de la Oferta, deberá renovar la vigencia del documento de Garantía de Seriedad de la Oferta o adjuntar uno nuevo, por el mismo monto que el anterior, por el lapso de tiempo equivalente al de la extensión del periodo de validez de la oferta. La sola presentación del nuevo documento de Garantía de Seriedad de la Oferta significará que el oferente extiende el periodo de validez de la misma.

Garantía de Seriedad de la Oferta

Los Oferentes de la presente Licitación, deberán garantizar la seriedad de su oferta mediante un instrumento financiero a favor de organismos públicos a nombre de la Universidad de Talca, pagadera a la vista y a primer requerimiento,  con carácter de irrevocable, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, se mencionan los siguientes tipos de garantías a modo de ejemplo, sin perjuicio de otros que pudieran existir en el mercado: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Depósito a la Vista o Póliza de Seguro Electrónica, entre otras.

En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.

El documento de garantía debe ser por la suma de $ 300.000.- (trescientos mil pesos chilenos) y cuyo vencimiento será de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

La glosa del documento debe indicar que garantiza la seriedad de la oferta de: Servicio de mantención de jardines, áreas verdes, canchas y sus lugares aledaños en el campus Curicó y Centro de Extensión, Universidad de Talca”.

La garantía por seriedad de la oferta deberá ser entregada en sobre cerrado dirigido a Universidad de Talca, Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración, señora Paola Santelices Vergara, Jefa Departamento de Adquisiciones. Este sobre además deberá estar caratulado indicando expresamente Licitación Pública: Servicio de mantención de jardines, áreas verdes, canchas y sus lugares aledaños en el campus Curicó y Centro de Extensión, Universidad de Talca”y Razón Social del oferente. Hora de cierre de recepción del sobre: 13: 00 horas del día Jueves 05 de noviembre de 2020.

La entrega de este documento podrá ser en alguna de estas direcciones:

-       En Talca, Oficina de Partes ubicada en  calle 2 Norte Nº 685, comuna de Talca, días lunes, miércoles y viernes  de 9:00 horas a 12:00 horas, teléfono de referencia 71-2200147.

En el caso de garantizarse la seriedad de la oferta con una Póliza de Seguro Electrónica, por la naturaleza del instrumento no se aplicará 0la regla anteriormente señalada, respecto a la entrega física.

Toda oferta que no esté acompañada de la garantía de la seriedad de la oferta será rechazada por la Universidad por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.

Devolución de Garantía por Seriedad de la Oferta

Se hará devolución de la garantía de seriedad de la oferta a través del Departamento de Tesorería de la Universidad, quien para lo cual necesitará la autorización del Departamento de Adquisiciones de la Universidad, cuyo teléfono de referencia 71-2418938 y correo electrónico es: rrojasr@utalca.cl.

La devolución de las garantías para los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación.

En el evento que proceda readjudicar al segundo mejor evaluado, el plazo de devolución de garantía de seriedad de la oferta se extenderá respecto de los oferentes no adjudicados, en diez días hábiles contados desde la notificación de la readjudicación, acorde con lo dispuesto por el artículo 43 del reglamento de la ley de compras públicas.

En el caso del oferente adjudicado, esta garantía será devuelta  en un plazo de 10 días hábiles.

En el caso de garantizarse la seriedad de la oferta con una Póliza de Seguro Electrónica, por la naturaleza del instrumento no se aplican las reglas, respecto a la devolución antes señalada, toda vez que al contar la Póliza con una fecha de vencimiento, no requiere ser devuelta al proveedor.

Causales de cobro de garantía de seriedad de la oferta

La Universidad podrá hacer efectiva la garantía descrita en cualquiera de los siguientes casos:

a) Si el oferente se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de esta.

b) Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.

c) Si el contratista no suscribe el contrato, dentro del plazo indicado.

d) Si el contratista no entrega en forma oportuna la garantía de fiel cumplimiento de contrato (esto es antes del vencimiento de la garantía de seriedad de la oferta).

e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo señalado en estas Bases.

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

El oferente adjudicado deberá garantizar el fiel cumplimiento del contrato de prestación de servicios mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, a favor de organismos públicos a nombre de la Universidad de Talca, pagadera a la vista y a primer requerimiento, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, con carácter de irrevocable. A modo de ejemplo se mencionan los siguientes tipos de garantías, sin perjuicio de otros que pudieran existir en el mercado: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Depósito a la Vista o Póliza de Seguro Electrónica, entre otras.

En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.

El o los documentos de garantía deberán sumar un monto equivalente al 10% del valor total del contrato impuestos incluidos y con fecha de vencimiento será el plazo del contrato más 60 días hábiles.

La glosa del documento debe indicar que garantiza la seriedad de la oferta de: Servicio de mantención de jardines, áreas verdes, canchas y sus lugares aledaños en el campus Curicó y Centro de Extensión, Universidad de Talca”.

Esta garantía deberá ser entregada previa a la firma del contrato, momento a partir del cual la Universidad tendrá un plazo de diez días hábiles, para hacer devolución de la Garantía por Seriedad de la Oferta, al oferente adjudicatario.

La garantía de fiel cumplimiento de contrato garantizará el correcto cumplimiento por parte del proveedor adjudicado, de todos los compromisos que derivan del contrato, quedando además facultada la Universidad, expresa e irrevocablemente, a imputar el monto de dicha garantía para hacer efectivas las multas y demás sanciones que afecten al proveedor contratado.

En el caso de hacerse efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato imputando su monto para hacer efectivas multas y sanciones, el contratante afectado deberá reponer dentro de diez días hábiles la garantía de fiel cumplimiento, manteniendo siempre su monto y vigencia original.

Devolución de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

La garantía de fiel cumplimiento de contrato será devuelta sesenta días hábiles después de finalizado el contrato y no encontrándose observaciones por parte del servicio prestado, respecto del correcto cumplimiento de las obligaciones asumidas por el contratista.

La devolución debe ser solicitada por el contratista al e-mail j.valdes@utalca.cl correspondiente al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, quien autorizará la devolución previo informe del Departamento de Administración de Campus, acerca del correcto cumplimiento por parte del proveedor adjudicado, de todos los compromisos que derivan del contrato y, en caso de no existir observaciones, el Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, solicitará al Departamento de Tesorería, perteneciente a la Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración de la Universidad, que proceda a su devolución. 

La Universidad está facultada dentro del tiempo que dura la garantía de fiel cumplimiento de contrato, a hacer uso de ella, en el caso de incumplimiento en lo señalado en la Propuesta u oferta técnica.

Causales de modificación de la garantía

El contratista tendrá la obligación de mantener vigente la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si hubiere alguna modificación de monto y plazo de este.

Causales de Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

La caución por el fiel cumplimiento de contrato se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna por parte de la Universidad en los siguientes casos:

a)    Incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato en cuanto a fiel cumplimiento del mismo; de las bases técnicas, como por ejemplo; incumplimientos de obligaciones del contratista asociadas a las Instalaciones de Riego, al Personal, a las normativas aplicables, remuneraciones y otros beneficios acordados de acuerdo al contrato, elementos para la mantención y equipamiento y de obligaciones laborales o sociales de sus trabajadores.

b)    De acuerdo con las condiciones indicadas en el acápite sobre “Término anticipado del contrato”, de las presentes bases.

c)     Incumplimiento de los requisitos indicados para el pago por los servicios prestados, tales como; la entrega de la totalidad de documentación laboral y previsional de los trabajadores contratados, para el pago de los servicios en un plazo superior a 15 días.

d)    Si el contratista desiste de iniciar la prestación del servicio, o no da inicio a este dentro del plazo de 10 (diez) días contados desde la fecha indicada como inicio del contrato, en este caso, se entenderá que se desestima el contrato.

Normas de Presentación de las Ofertas

Todos los antecedentes deben ceñirse a los formatos entregados en los anexos correspondientes a las presentes bases y ser enviados a través del portal www.mercadoPúblico.cl, por lo tanto, no se recibirán ofertas en formato, lugar, fecha y hora distintos a los señalados en las presentes bases.

El proponente deberá ingresar su oferta administrativa, oferta técnica y oferta económica, adjuntando los anexos y antecedentes solicitados en la cláusula 4, “Instrucciones para la Presentación de Ofertas” de las presentes bases, en el portal www.mercadoPúblico.cl, ambiente privado del proveedor, específicamente en los módulos habilitados en el sistema para cada materia.

En este sentido, todos los antecedentes solicitados, deberán subirse al portal www.mercadopublico.cl en archivos individuales (en cualquier formato: doc, pdf, ppt, tif, gif, jpg, etc.) los cuales estarán identificados con el nombre de lo que contienen, de tal forma que se pueda saber fácilmente a qué corresponde, y deberán presentarse en el mismo orden que se indica en el número 4.

El no cumplimiento de los requerimientos señalados en los números 4, 5 y 8 (respecto de este último solo en lo que dice relación con la garantía de la seriedad de la oferta), dejará al proponente fuera de bases y por lo tanto impedido de adjudicarse la licitación.

Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la ley N° 18.575, que consagra para la contratación pública el principio de libre concurrencia y lo ordenado en el artículo 13 de la ley N° 19.880, Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, el vicio de procedimiento o de forma sólo afecta la validez del acto administrativo cuando recae en algún requisito esencial del mismo, sea por su naturaleza o por el mandato del ordenamiento jurídico y genera perjuicio al interesado.

En consecuencia, no operarán como causal para no evaluar una oferta presentada en esta licitación pública, aquellos errores que revisten un carácter formal y no constituyen un error esencial que afecte la validez de la oferta, especialmente si no guardan relación con aspectos objeto de evaluación.

En el caso que no se presenten ofertas o que el total de las ofertas fueran declaradas inadmisibles por no cumplimiento de bases, la Universidad tendrá la facultad de realizar un nuevo proceso de compras, conforme lo normado en la ley N°19.886 y su reglamento.

Apertura de la Propuesta

La apertura electrónica de las ofertas se realizará en un acto formal privado (sin oferentes), que se llevará a efecto el día señalado en el punto 3, en las dependencias del Departamento de Adquisiciones, ubicado en 1 Poniente N°1141 Talca, a través del Portal Mercado Público.

Por la contingencia de COVID-19 la Universidad está operando temporalmente por sistema de teletrabajo, por lo tanto, la reunión será realizada mediante videoconferencia vía zoom.

El Comité de Apertura estará integrado por los siguientes funcionarios de la Universidad de Talca:

-       Jefa del Departamento de Adquisiciones, quien estará a cargo de operar el sistema Mercado Público.

-       Administradora de Campus o representante por ella designado.

-       Representante de la Contraloría Interna, quien además actúa como ministro de fe.

Una vez recibidas las ofertas a través del portal Mercado Público, el Comité procederá a abrir los archivos ingresados por cada uno de los Oferentes, revisando que en ellos se encuentre la documentación exigida y que cumpla con los requisitos previstos en los documentos de la Licitación.

En este contexto, la Universidad, a través de la Jefa del Departamento de Adquisiciones, se reserva el derecho de solicitar, en el periodo de evaluación, si a su juicio exclusivo es necesario, antecedentes que permitan aclarar determinadas propuestas, para lo cual el oferente dispondrá de dos días hábiles desde que se le haga la solicitud. Lo anterior conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del reglamento de la ley Nº19.886.

Finalmente, se levantará un Acta de Apertura de las Ofertas, en la cual se dejará constancia de los principales antecedentes contenidos en las ofertas, del precio de cada oferta y de la completitud de las propuestas.

La referida acta de apertura será firmada por el Comité de Apertura y en ella se registrarán los alcances u observaciones que se originen.

Evaluación de las ofertas

La Administradora del Campus Curicó o representante por ella designado procederá a confeccionar una propuesta de informe de evaluación conforme a los factores, ponderaciones y escala de notas señaladas en las presentes bases, el que será presentado al Comité de Evaluación y Adjudicación para su revisión, análisis y propuesta fina, instancia de la también es parte el citado directivo o su representante.

Contenido mínimo del acta del Comité de Evaluación y Adjudicación

El Comité de Evaluación y Adjudicación confeccionará un Acta de Adjudicación, la cual contendrá, al menos, lo siguientes elementos, conforme lo normado en el artículo 40 bis del decreto N°250, de 2004 del Ministerio de Hacienda:

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.

4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

Sobre los miembros del Comité de Evaluación y Adjudicación

El Comité de Evaluación y Adjudicación estará integrado por:

  • Ø Representante del Rector.
  • Ø Vicerrector de Gestión Económica y Administración; o en su defecto el Director de Finanzas o representante por el designado.
  • Ø Administradora del Campus Curicó o representante por ella designado.
  • Ø Representante de la Contraloría Interna, quien actuará como ministro de fe.

La Administradora del Campus Curicó o representante por ella designado será el encargado de citar oportunamente a la reunión de este Comité.

La Universidad de Talca, deja establecido que queda estrictamente prohibido que los miembros de éste Comité, acepten cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o regalos de parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión.

Todo esto bajo el marco legal de la ley N° 20.730 y su reglamento, contenido en el decreto supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado.

Adjudicación

La Universidad dispondrá de un plazo máximo de 15 días corridos contados desde la apertura de las ofertas, para adjudicar la licitación, de acuerdo a las propuestas, y los factores consignados en el número 6 de estas bases.

Lo anterior, sin perjuicio de la facultad legal para declarar desierto el proceso o inadmisibles las ofertas.

En caso que la Universidad no pueda adjudicar dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades, deberá informar las razones de ello a través del portal Mercado Público e indicará un nuevo plazo para adjudicar a través del portal Mercado Público conforme lo establece el artículo 41 del reglamento de la ley Nº19.886.

La autoridad máxima de la institución ponderará la recomendación efectuada por el Comité de Evaluación y Adjudicación, procederá conforme a la normativa de compras públicas a dictar el acto administrativo correspondiente.

La Universidad adjudicará la licitación a un solo oferente, que presente la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y escala de calificaciones establecidas en las presentes bases.

Cuando el monto de la oferta económica proporcionada por un oferente sea inferior al 50% del valor informado por el proponente que siga su orden de prelación, la Administradora de Campus deberá informar que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, por lo que la Universidad podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras, adjudicar la presente licitación a esta propuesta mediante resolución fundada, que solicite al adjudicatario una ampliación del valor de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio de la oferta que siga en el orden ya señalado.

La Universidad no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas Bases y sus bases técnicas y anexos.

Asimismo, no podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con organismos de la Administración del Estado, como ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

Una vez suscrita el Informe de Evaluación y Adjudicación, la Universidad procederá conforme con la normativa de compras públicas a dictar la correspondiente Resolución Universitaria que aprueba la adjudicación.

Si el adjudicatario se desistiere de suscribir el contrato a que se refieren estas bases o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la celebración del referido documento, particularmente no hacer entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, la Universidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

Comunicación de Resultados

La Universidad de Talca notificará su decisión sobre esta Licitación a todos los oferentes a través del portal Mercado Público dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de emisión  del acto administrativo que formalice la adjudicación.

Para los efectos antes indicados, la Administradora del Campus Curicó o representante por ella designado, deberá informar al Departamento de Adquisiciones de los resultados de la adjudicación.

Cumplimiento del Plazo de Adjudicación

En el caso que la Universidad no pueda adjudicar dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades, por razones técnicas o de fuerza mayor, deberá informar las razones que justifican el incumplimiento a través del portal Mercado Público e indicar un nuevo plazo para adjudicar conforme a lo establecido en el artículo 41 del reglamento de la ley N° 19.886.

Celebración del Contrato

El oferente que resulte seleccionado deberá formalizar su oferta con la Universidad mediante la suscripción de un contrato, el cual deberá firmar dentro de un plazo de veinte días hábiles desde la fecha del Acta de Adjudicación que fuese incorporada en el Portal Mercado Público y haciendo entrega previamente de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, el que estará sujeto a las mismas formalidades que el que apruebe las presentes bases administrativas, técnicas y anexos.

La Universidad se reserva la facultad de adjudicar aquella oferta que siga en puntaje al primer adjudicado, para el caso, que este último desista de suscribir el contrato.

Por razones de buen servicio, el contrato comenzará a partir de su suscripción, sin perjuicio que los pagos se efectúen con posterioridad a que esté tramitado totalmente el acto administrativo, que lo apruebe.

Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento por razones de buen servicio que más adelante se describen. En este evento, el Representante legal de la Universidad, podrá manifestar su voluntad de ponerle término mediante carta certificada con 30 días de anticipación.

Los oferentes en caso de contar con seguros deberán considerar, en lo que fuere procedente, la entrada en vigencia –a partir del 1° de diciembre de 2013- de la ley N°20.667, que regula el contrato de seguro, reemplazando el Título VIII del Libro II del Código de Comercio. El contrato tendrá una duración 36 meses.

Inicio del contrato

El inicio de la prestación de los servicios será a partir de la total tramitación de la resolución universitaria que aprueba el contrato y tendrá una duración de 36 meses.

Modificación del contrato

La Administradora del Campus Curicó podrá modificar el contrato con el fin de llevar a un mejor término el servicio contratado, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la ley N° 19.886 y 77, del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba su Reglamento.

Podrán introducirse modificaciones al contrato, de común acuerdo con el contratista, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante su ejecución, y que incidan en su normal desarrollo.

Las modificaciones introducidas podrán significar una variación en el precio del contrato, de hasta un 30% del precio total, I.V.A incluido.

El acto administrativo que apruebe la modificación deberá ser fundada,  y deberá ser publicarse en el Sistema de Información Mercado Público una vez totalmente tramitada.

Reajuste del servicio

El valor del servicio mensual y el valor del m2 adicional, se reajustará en forma anual por el porcentaje de variación del IPC (índice de precios al consumidor) del año anterior, considerando que si el porcentaje fuere negativo se mantendrá el valor del contrato. La fecha de referencia para el cálculo del reajuste, será el día en que se comience a entregar el servicio.

Causales para declarar desierta la licitación

La Universidad podrá declarar desierta la licitación por las siguientes causales:

-    Que la oferta del proponente no resulte conveniente para los intereses de la Universidad.

-    Que no se presenten oferentes.

La existencia de la primera causal para declarar desierta la licitación será calificada exclusivamente por el comité de adjudicación, sin que ello dé derecho a reclamar indemnización alguna. Esta declaración deberá ser efectuada en un acta del comité de adjudicación, que deberá ser publicada en el Portal MercadoPúblico. Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria

Por su parte, en el caso que no se presenten oferentes, una vez acreditado por el comité de apertura, a través del acta respectiva, la Universidad podrá proceder a efectuar un nuevo proceso de compras. Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria.

Finalmente, la Universidad a través del Comité de Adjudicación declarará inadmisibles las ofertas cuando no cumplan con las bases de licitación, por las siguientes causales:

-          Que el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone la Universidad.

-       En el caso que la totalidad de las ofertas, sea declarada inadmisible por no cumplir con los aspectos esenciales del servicio.

-    Si se hace efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, o por cualquiera de las causas señaladas en el número 9.

Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria.

Nuevo Proceso de Compras

En caso de declararse desierto el proceso o las ofertas inadmisibles, la Universidad efectuará un nuevo proceso de compras en la fecha que determine la Administradora del Campus Curicó, la que será publicada en el Sistema de información MercadoPúblico. El nuevo proceso de compras se realizará de acuerdo a lo establecido en la Ley de Compras Públicas y su Reglamento.

Readjudicación

La Universidad podrá dejar sin efecto la adjudicación dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación inicial, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en calificaciones y así sucesivamente, siempre que el oferente se encuentre hábil para contratar con el Estado al momento de adjudicar en los casos que se señalan a continuación, a menos que, de acuerdo a los intereses corporativos, se estime conveniente declarar desierta la licitación:

  1. Si el adjudicatario se encuentra afecto a las inhabilidades previstas en la Ley N° 19.886 a partir del acto administrativo totalmente tramitado que apruebe la adjudicación.
  1. En caso de que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores y algunos de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad, la Unión Temporal de Proveedores deberá informar inmediatamente por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la Unión Temporal de Proveedores debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo indicado, o el integrante retirado es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

  1. Si el adjudicatario se desistiere de suscribir el contrato a que se refieren estas bases o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la celebración del referido documento, particularmente no hacer entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, la Universidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

  1. Si el contrato no es suscrito en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
  2. Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
  3. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
  4. Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado en el plazo establecido en las Bases de Licitación (número 5.)
  5. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en virtud de la ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
  6. Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia.

Obligaciones del contratista

       Obligaciones Generales:

a)    Coordinar, dirigir y controlar la ejecución de los trabajos indicados en las Bases Técnicas.

b)    Mantener permanentemente en los lugares de trabajo, los equipos y elementos de trabajo especificados en el contrato, los que deberán estar en buen estado.

c)     El contratista responderá ante la Universidad no solo de sus propias acciones, sino también de acciones de quienes estuvieren bajo su responsabilidad.

d)    El personal empleado para la ejecución de los trabajos encomendados y especificados en las bases técnicas, deberá ser íntegramente contratado por el Contratista, en consecuencia, el personal que sea utilizado para esta labor, deberá estar subordinado a él y no tendrá vínculo alguno con la Universidad.

e)    Es obligación del contratista dar fiel cumplimiento a todas las normas legales vigentes en materia de accidentes de trabajo. La universidad no responderá por accidentes que sufra algún trabajador que esté a cargo del contratista.

f)      El Contratista queda obligado a tomar todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños a las personas y a la propiedad. Deberá proporcionar todos los elementos de seguridad y protección a sus trabajadores para evitar tales accidentes.

g)    El contratista deberá acreditar mensualmente el pago oportuno de remuneraciones e imposiciones previsionales de los trabajadores que presten servicios en la Universidad, situación que deberá acreditarse mediante certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo, junto con las correspondientes liquidaciones de sueldos firmadas del mes correspondiente y planillas de imposiciones. El incumplimiento de esta obligación, importará la retención del pago por los servicios contratados.

h)    El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales de previsión, de seguros de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos y cada uno de los trabajadores.

i)      El contratista deberá entregar a la Universidad una nómina y certificados de antecedentes del personal que ha contratado para ejecutar el contrato. Dicha nómina, deberá estar permanentemente actualizada y en concordancia con la dotación solicitada.

j)      El jefe de los trabajos (coordinador), deberá registrar su nombre, dirección y teléfono en la Portería del Campus Curicó, para ser llamado ante cualquier eventualidad.

k)     El contratista debe dar estricto cumplimiento a lo prescrito en las leyes N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales, Código del Trabajo y demás Leyes y reglamentos de orden laboral y previsional, acreditando tal cumplimiento adjuntando los certificados respectivos emitidos por la mutual contratada por la empresa.

l)      Los daños a particulares, a terceros o a bienes de la Corporación que sean causados por el contratista o sus trabajadores, serán de cargo del contratista.

m)   El contratista queda obligado a tomar las medidas y precauciones necesarias para evitar daños a las personas y a la propiedad.

n)    Los salarios, sueldos o emolumentos de cualquier naturaleza que se paguen a los trabajadores, serán de cargo exclusivo del Contratista, de igual forma el Contratista deberá cumplir con las obligaciones previsionales que son de cargo suyo, así mismo, incorporar en arcas fiscales, lo que corresponda a sus trabajadores.

  • o)     El contratista deberá mantener un libro de servicios en el cual consignará las novedades que se produzcan en cada turno. El libro estará diariamente a disposición de la Administración de Campus Curicó. El último día hábil de cada mes, el contratista deberá hacer un resumen de los servicios prestados conforme al contrato.

En consecuencia, el contratista será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a su personal.

Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad está facultada conforme al ordenamiento jurídico vigente para hacer uso del derecho de información y de retención, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Subcontratación.

Otras responsabilidades del contratista

El Contratista deberá cumplir con las disposiciones que previstas en estas Bases administrativas y bases técnicas conformen el conjunto de leyes, ordenanzas y reglamentos vigentes que regulan el servicio que prestará e integrar a este requerimiento el “Reglamento de Higiene y Seguridad Laboral para Contratistas y Subcontratistas de la Universidad de Talca”, aprobado por Resolución Universitaria Nº1.676 de fecha 28 de diciembre de 2012, regulación interna que no reemplaza ni sustituye las normas específicas de seguridad contenidas en los reglamentos y normas vigentes, pero cuyo cumplimiento la Universidad exigirá en lo que no se oponga a la normativa general.

Inspección técnica

a) La inspección técnica de los trabajos estará a cargo de un encargado de la empresa contratado especialmente para estos efectos y como contraparte técnica de la Universidad por la Administradora del Campus Curicó.

b) La Universidad deberá controlar que los trabajos se ejecuten oportunamente, que los equipos funcionen bien y, en general, que se cumplan las bases técnicas del contrato. Para dicho propósito, el funcionario designado de la Universidad tendrá acceso a todos los lugares de trabajo y gozará de amplias atribuciones con el objeto de resguardar los intereses de la Corporación.

c) El contratista deberá someterse exclusivamente a las órdenes impartidas por el funcionario de la Universidad competente, quien las impartirá en forma verbal y/o por escrito, de acuerdo con los términos del contrato.

d) Estará estrictamente prohibido que el personal de la empresa realice tareas que no han sido establecidas en este contrato y de aquellas que imparta su Supervisor en el marco contractual.

Supervisión del Servicio y su registro en el libro de inspección técnica del servicio

La supervisión del servicio por parte de la Universidad será realizada por  la Administradora del Campus Curicó o representante por ella designado, quien realizará al menos, las siguientes funciones:

-          Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.

-          Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.

-          Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones. Para el cumplimiento de lo anterior, el funcionario designado, gozará de amplias atribuciones con el objeto de resguardar los intereses de la Corporación.

El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes impartidas por la Administradora del Campus Curicó, quien las impartirá en forma verbal y/o por escrito, de acuerdo con los términos del contrato.

Se dejará constancia de la supervisión del servicio realizada a través de un libro que deberá venir foliado correlativamente y contendrá, al menos, la siguiente información:

  1. Formulario de Individualización del proveedor que se adjudicó el Servicio (nombre, RUT, domicilio, representante legal y datos de contacto).
  2. Acta de reuniones bimensuales con el proveedor.

Si se requiriere un nuevo tomo para continuar con las anotaciones en el Libro de Inspección del Servicio, cada tomo deberá numerarse en forma correlativa.

De mutuo acuerdo las partes podrán implementar un registro electrónico en reemplazo del mencionado libro.

Incrementos y Disminuciones de Dependencias

Se debe considerar que durante el período de contrato se podrán incorporar o disminuir dependencias considerados en esta licitación y para realizar el cálculo sobre los aumentos o disminuciones se tomará como base el valor ofertado para cada ítem en el Anexo de la Oferta Económica.

Forma de Pago

La Universidad pagará mensualmente la prestación del servicio contratado, por mes vencido, una vez recibidos conforme los antecedentes correspondientes a cada estado de pago.

La factura debe ser emitida a nombre de la Universidad de Talca, Rut: 70.885.500-6, dirección: Calle Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex 1 Poniente) N°1141, Talca, con giro: ENSEÑANZA SUPERIOR EN UNIVERSIDADES PÚBLICAS.

 Se deben adjuntar los siguientes documentos, al momento del estado de pago:

-          Informe del servicio, emitido por profesional agrónomo.

 -    Listado de Trabajadores visada y firmada por la Administradora del Campus Curicó:

a)     Contratos de Trabajo, firmados por los trabajadores. Presentar sólo cuando proceda, es decir al inicio de la prestación a la Universidad y al inicio de la relación laboral entre el contratista y el trabajador cuando esta sea diferente del inicio de prestaciones. El contrato debe indicar el nombre del servicio materia de esta licitación. En caso de trabajadores con contrato indefinido debe entregar el anexo de traslado al servicio informado.

b)     Finiquitos o traslados de los Trabajadores a otras empresas, firmados por los trabajadores. En caso de presentar finiquitos, estos deben ser tramitados ante un ministro de fe. Presentar sólo al término de la relación laboral entre el contratista y el trabajador.

-         Certificado de Antecedentes laborales y previsionales. (F-30)Que acredite la no existencia de multas pendientes de pago y deudas previsionales que registre el contratista.

-          Certificado de Cumplimiento de Obligaciones laborales y previsionales. (F-30 1) que acredite que el contratista ha cumplido con las obligaciones laborales y previsionales que tiene para con sus trabajadores, incluidas las eventuales indemnizaciones legales asociadas al término de la relación laboral. Este certificado debe ser totalmente coherente con el listado de trabajadores entregado a y visado por laAdministradora del Campus Curicó, actualizado en cada periodo.

 Sólo en el caso de la presentación de un primer estado de pago, y siempre y cuando el periodo al que se refiera el estado de pago no permita acreditar cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, la Administradora del Campus Curicó, previa consulta al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores autorizará la no presentación de aquella documentación que el contratista y/o sus subcontratistas no estén en posibilidad de entregar.

 El incumplimiento de esta obligación importará la retención del pago por los servicios contratados. También es necesario que el contratista adjunte la nómina de trabajadores del mes que se está cobrando y el anterior, de modo de corroborar tanto el pago de sueldos como de las restantes obligaciones laborales.

 Si el Departamento de Gestión de Pago a Proveedores identificare reparos a la presentación de documentos de respaldo al estado de pago, enviará sus observaciones al Administrador de Campus Curicó, quien las comunicará al contratista para su corrección. Si este fuera el caso, el plazo de revisión y visación del estado de pago del que dispone el Departamento de Gestión de Pago a Proveedores se reiniciará desde el día en que el contratista complete todos los antecedentes que respalden debidamente el estado de pago. Una vez aprobado el estado de pago por parte del Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, informará a la Administradora del Campus Curicó quien notificará al contratista para la emisión de la respectiva factura. Desde este momento el plazo del Departamento de Tesorería para cancelar dicho estado de pago, será de 30 días corridos como máximo.

Para todos los efectos, se considerará como fecha de presentación del Estado de Pago la fecha en que el contratista haga entrega de la totalidad de los documentos que exigen las bases administrativas.

IMPORTANTE: el contratista no podrá facturar el servicio hasta tener la aprobación final del Estado de pago por parte de la Unidad de Gestión de Contratos perteneciente al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores.

El plazo máximo de pago de una factura es de 30 días desde su recepción conforme.

Multas

Se aplicarán multas en caso que se produzcan las siguientes situaciones que se indican:

  1. Incumplimiento en los estándares de calidad del servicio

Los estándares estarán constituidos por lo indicado en el contrato  conforme los términos contenidos en las presentes bases administrativas y en las bases técnicas, como por ejemplo: Falta dotación, no respetar los horarios de riegos estipulados en las bases técnicas, no informar un corte de suministro de agua etc., y ante la evidencia de mermas en la prestación de dichos estándares de calidad, previa constatación en terreno por parte de las contrapartes técnicas de ambas partes, se multará al contratista con 5 U.F por evento.

  1. Tiempos de respuesta mayores a 24 horas

Ante cualquier requerimiento o solicitud realizada por la Administración de Campus Curicó, se espera una respuesta del contratista en el plazo de 24 horas. Si excediera este tiempo, será multado con 3 U.F por evento.

Se entenderá por respuesta, una solución o propuesta respecto del tema planteado el que deberá ser informado vía email.

  1. Árboles en mal estado

Ante la detección de árboles en mal estado, con quintral, ramas mal dirigidas obstaculizando el tránsito peatonal, vehicular, que impidan la visibilidad de faroles o que estén inclinadas hacia los edificios y bienes inmuebles de la Universidad, se aplicará una multa de 5 U.F. por cada árbol que presente una o más de dichas condiciones.

  1. Incumplimiento de programa anual de pulverización

Como indican las bases técnicas, el proponente deberá presentar un programa anual de pulverización. Por no cumplimiento con las fechas de aplicación indicadas, salvo razones técnicas informadas previamente vía mail, se aplicará una multa de 5 U.F.

  1. Incumplimiento de programa anual de control de malezas

Como indican las bases técnicas, el proponente deberá presentar un programa anual de control de malezas. Por no cumplimiento con las fechas indicadas, salvo razones técnicas informadas previamente vía mail, se aplicará una multa de 5 U.F.

  1. Incumplimiento de programa de cortes de pasto y orilladuras

Como indican las bases técnicas, el proponente deberá presentar un programa de cortes de pasto y orilladura. Si no cumple con las fechas establecidas para realizar el servicio, estipulado en numeral 3.2.4 Calendario de los servicios y en el numeral 3.2.1 Corte de Pasto

Por no cumplimiento con las fechas indicadas, salvo razones técnicas informadas previamente vía mail, se aplicará una multa de 5 U.F.

  1. Eliminación de desechos vegetales en lugar no autorizado

En caso de eliminación de desechos vegetales en lugar no autorizado por Dirección Campus Curicó, se aplicará multa de 5 U.F.

  1. No realización de resiembra de césped

Como indican las bases técnicas, el proponente deberá realizar un proceso de resiembra de césped en otoño. Por cada vez que no se ejecute dicho proceso se aplicará una multa de 5 U.F. Cabe recordar que se debe avisar de manera previa a la Administración de Campus la realización de este proceso. En caso de no avisar, se considerará no realizado.

  1. No realización de proceso de aireado

Como indican las bases técnicas, el proponente deberá realizar un proceso de aireado en otoño y otro en primavera. Por cada vez que no se ejecute dicho proceso se aplicará una multa de 5 U.F. Cabe recordar que se debe avisar de manera previa a la Administración de Campus la realización de este proceso. En caso de no avisar, se considerará no realizado.

  1. No realización de proceso de escarificado

Como indican las bases técnicas, el proponente deberá realizar un proceso de escarificado en otoño y otro en primavera. Por cada vez que no se ejecute dicho proceso se aplicará una multa de 5 U.F. Cabe recordar que se debe avisar de manera previa a la Administración de Campus la realización de este proceso. En caso de no avisar, se considerará no realizado.

  1. Incumplimiento de programa de mantención y corte de pradera

Como indican las bases técnicas, el proponente deberá presentar un programa de mantención y corte de pradera. Por no cumplimiento con las fechas indicadas, salvo razones técnicas informadas previamente vía mail, se aplicará una multa de 5 U.F.

12.Incumplimiento de programa de mantención de cancha de fútbol, pista atlética, camarines, canchas sintéticas de futbolito y sectores aledaños al campo deportivo

Como indican las bases técnicas, el proponente deberá presentar un programa de mantención de cancha de futbol, pista atlética, camarines, canchas sintéticas de futbolito y sectores aledaños al campo deportivo. Por no cumplimiento con las fechas indicadas, salvo razones técnicas informadas previamente vía mail, se aplicará una multa de 10 U.F.

  1. Incumplimiento de la dotación de personal

El contratista deberá mantener la dotación requerida en las bases, en el caso de ausencia de un trabajador este debe ser reemplazado, de lo contrario se aplicará una multa de 2 U.F, por cada vez que se constate la falta. Para efectos de control, el contratista deberá disponer de un libro de asistencia, que será consultado por la contraparte técnica de la Universidad.

  1. Reclamos por servicio recibido

Por cada tercer reclamo recibido de alguna Unidad de la Universidad. Se considera válida la comunicación (email-verbal) enviada por la Unidad afectada, a la contraparte técnica de la Universidad quien previa constatación en terreno de los hechos, procederá a aplicar una multa de 5 U.F.

15.  Incumplimiento de aviso por factura cedida a factoring

Se aplicara una multa de 1 U.F en el caso que la factura sea cedida a factoring por parte del contratista y este hecho, no sea comunicado a la Universidad en  un plazo de 2 días hábiles.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la multa. 

La Universidad podrá descontar las multas del estado de pago o del valor total del contrato.

La suma total de las multas aplicadas no podrá exceder un 10% del monto total del contrato.

Además de lo señalado, en caso que el contratista acumule 6 multas, dentro de un plazo de 3 meses, este hecho facultará a la Universidad para dar término anticipado al contrato sin derecho a indemnización, incluso a retener la totalidad o parte de las garantías que velan por el fiel cumplimiento del contrato.

Procedimiento de aplicación de multas

Cualquier multa que se aplique, será informada a través de email o carta certificada al contratista, por parte de la Administradora del Campus Curicó.

Se podrá alegar como causal de exculpación o inaplicabilidad de la multa el acaecimiento de circunstancias constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, que señala: “Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”

La Administradora del Campus Curicó, informará al Jefe del Departamento de Administración de Campus sobre la aplicación de las multas en los casos en que se configurare algunas de las causales anteriormente indicadas. En la eventualidad de que existieren dudas respecto a la aplicación de la sanción para un caso en particular, se podrá solicitar un informe previo a la Dirección de Asuntos Jurídicos”.

La decisión sobre la aplicación de la multa será comunicada al adjudicatario infractor, personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada de la resolución universitaria que aplica la multa respectiva.

El proveedor podrá impugnar la decisión que impone la multa, mediante un recurso de reposición, dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde la fecha de su comunicación personal o a contar del tercer día siguiente a la fecha de recepción de la carta certificada correspondiente al domicilio informado en la oferta. Se entenderá también que la comunicación es personal si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario afectado informó en su oferta. El recurso de reposición se interpondrá ante el Jefe del Departamento de Administración de Campus.

Para los efectos de impugnar la aplicación de las multas, el afectado deberá acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación o que aminoren su responsabilidad frente al incumplimiento, de conformidad con lo indicado precedentemente.

El Jefe del Departamento de Administración de Campus, analizará los antecedentes acompañados a la impugnación y se dictará resolución expresando lo que, en definitiva, decida sobre la aplicación o no de la multa.

La resolución señalada será comunicada, personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada, a la obligada al pago, otorgándole un plazo para el depósito o transferencia bancaria del monto de la multa aplicada, en la cuenta corriente que la Universidad indique o bien, la entrega de un documento nominativo a nombre de la Universidad de Talca por el valor de la multa.

Podrá interponerse recurso jerárquico, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de lo resuelto, ante el Vicerrector de Gestión Económica y Administración, autoridad que resolverá dentro del quinto día y sin ulterior recurso. La resolución señalada será comunicada personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada, a la adjudicataria afectada.

Para todos los efectos se entiende que la comunicación es personal si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario informó en su oferta.

La Universidad podrá hacer efectivo el pago de las multas en el estado de pago correspondiente o ejecutando la garantía de fiel cumplimiento de contrato, si el afectado no acredita el pago en conformidad con lo señalado en los párrafos precedentes.

Durante la vigencia del procedimiento y hasta el pago efectivo de la multa, la afectada deberá mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Causales de Término Anticipado del contrato

La Universidad podrá poner término en forma anticipada al contrato, de conformidad con el artículo 13 de la ley N° 19.886, por las siguientes causales:

a.  Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

b.  Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

c.  Si el proveedor fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva, o si tratándose de una sociedad, lo fuese uno de sus socios, o en el caso de una Sociedad Anónima, alguno de los miembros del Directorio o el Gerente.

d.  Si el proveedor fuere declarado en quiebra o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieron impagos durante más de 60 días o no fueron debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

e.  Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.

  1. Si se acredita que el oferente faltó a la verdad en las declaraciones juradas correspondientes al Anexo Nº2 y Anexo N° 3.

g.  Por incorporar cobros injustificados en la factura por los servicios provistos y materia del contrato suscrito.

h.  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando a la Universidad para poner término anticipado al contrato y cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, las siguientes acciones, cuya ocurrencia será siempre certificada por la Administradora del Campus Curicó.

a)    Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el contratista, como por ejemplo; incumplimientos de obligaciones del contratista asociadas a las Instalaciones de Riego, al Personal, a las normativas aplicables, remuneraciones y otros beneficios acordados de acuerdo al contrato, elementos para la mantención y equipamiento y de obligaciones laborales o sociales de sus trabajadores.

b)    La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.

c)     Por incumplimiento de lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas (incluidos sus anexos), como por ejemplo; el no pago de las remuneraciones de los trabajadores los 5 primeros días del mes posterior al periodo trabajado, el no pago de las imposiciones previsionales en los plazos que establece la ley.

d)    Cuando no se dé cabal cumplimiento a lo ofrecido y estipulado en el contrato y/o oferta económica, como por ejemplo, incumplimiento del calendario fijado previamente para la realización de los servicios, o de la mantención y corte de pasto.

e)    La aplicación de 6 multas o más, cualquiera sea su naturaleza.

f)      Por presentarse hechos debidamente comunicados al contratista por carta, que por su gravedad acrediten negligencia, abandono de deberes, daños a la Universidad y sus bienes, como, así mismo, por aquellos casos en que por falta de atención y cumplimiento de funciones se viesen afectados los bienes de las personas que trabajan en los recintos de la Universidad y sus alumnos. 

g)    Trasgresión de la prohibición de ceder, transferir o traspasar en forma alguna parcial o totalmente a cualquier título, el contrato que suscriba con la Universidad de Talca, o los derechos y obligaciones emanados de él;

h)    Incumplimiento de las limitaciones establecidas para la subcontratación.

i)      Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Sin perjuicio de lo anterior, serán además causales de término anticipado respecto de la Unión Temporal de Proveedores:

a) La constatación que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

b)   Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de esta y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

c)  Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unidad Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

e) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.

En el período que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva adjudicación del servicio, el contratista estará obligado a prestar el servicio contratado y la Universidad, por su parte, deberá pagarle hasta el último día en que efectivamente realice el servicio.

Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Universidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

En caso de terminar anticipadamente el contrato, la Universidad se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8° letra b) de la ley N° 19.886 en armonía con lo previsto en el artículo 10° numeral 2 del Reglamento de la Ley citada a llamar a una nueva licitación pública para la prestación del servicio o bien calificar la compra como indispensable y recurrir al trato directo.

Procedimiento Para El Término Anticipado Del Contrato

Para proceder con el término anticipado del contrato, la Administradora del Campus Curicó emitirá un informe fundado donde se detalle los incumplimientos en el servicio por parte del proveedor.

Dicho informe será enviado al Jefe del Departamento de Administración de Campus, quien resolverá dentro de un plazo de cinco días si los incumplimientos son causales del término del contrato. Para dichos efectos, podrá consultar a la Dirección de Asuntos Jurídicos, si lo estima pertinente.

Con el visto bueno del Jefe del Departamento de Administración de Campus y el informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos, si fuere solicitado, se elevarán los antecedentes ante el Vicerrector de Gestión Económica y Administración quien resolverá fundadamente y  gestionará la confección de una resolución universitaria que sancione el término anticipado del contrato, acto administrativo que será notificado personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada a la adjudicataria afectada.

Contra esta resolución, el proveedor podrá interponer un recurso de reposición ante el Vicerrector de Gestión Económica y Administración dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de lo resuelto o a contar del tercer día siguiente a la fecha de recepción de la carta certificada correspondiente al domicilio informado en la oferta, alegando otro todo tipo de circunstancias que, en su concepto, le liberen o aminoren su responsabilidad frente al incumplimiento.

El Vicerrector de Gestión Económica y Administración resolverá fundadamente dentro del quinto día y sin ulterior recurso. Desestimada la reposición, la resolución será notificada personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada, a la adjudicataria afectada.

Para todos los efectos se entiende que la notificación es personal, si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario informó en su oferta.

A partir de la copia de la resolución universitaria que resuelva el término anticipado del contrato, la Administradora del Campus Curicó procederá a la confección de la liquidación del contrato, la que previo visto bueno del Vicerrector de Gestión Económica y Administración, deberá ser sancionada mediante una resolución universitaria fundada y publicada en el Sistema de Información del Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a su total tramitación. Este acto administrativo también será notificado al proveedor.

Con todo, deberá remitirse a la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta casa de estudios, copia de la resolución que ordena el término anticipado del contrato, así como de aquella que aprueba la liquidación del contrato, para conocimiento y fines pertinentes.

Finalmente, de ambos actos administrativos, deberá dejarse constancia en el libro de inspección del servicio.

Otras Observaciones

a)   El Contratista deberá entregar a la Universidad una nómina y Certificados de antecedentes del personal que ha contratado para ejecutar el contrato.  Dicha nómina, deberá estar permanentemente actualizada y en concordancia con la dotación solicitada.

b)   El Contratista debe dar estricto cumplimiento a lo prescrito en la ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Código del Trabajo y demás Leyes y reglamentos de orden laboral y previsional, acreditando tal cumplimiento adjuntando los certificados respectivos emitidos por el organismo administrador de la ley N°16.744 a la que se encuentra afiliada o adherida la empresa.

Resolución de Empates

En el caso de producirse empates entre los oferentes mejor evaluados, para efectos de adjudicar la licitación, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:

1.- Segundo decimal en la nota final

2.- Mayor nota de la oferta precio

3.- Mayor nota de la oferta calidad técnica del servicio

4.- Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.

Domicilio, Competencia y Legislación Aplicable

Para todos los efectos legales, las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Talca y se someterán expresamente a la legislación chilena y a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.

Normativa Supletoria

Sin perjuicio de lo señalado en las presentes Bases, el proceso licitatorio se regirá, además por lo prescrito en la Ley Nº19.886 y su Reglamento.

Derechos y Obligaciones

Los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente Licitación serán intransferibles.

Situaciones No Previstas

Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases será resuelta por la Universidad, quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales que procedan.

Procedimiento para Uso de Factoring

La Universidad de Talca autoriza a sus proveedores de bienes y servicios para ceder, mediante el uso de FACTORING, derechos a percibir el pago de facturas emitidas contra las órdenes de compra y contratos, siempre que se cumplan con las exigencias definidas en la ley N°19.983, en especial la oportunidad y formalidad de notificación, según se indica:

a) El proveedor debe informar con antelación y por escrito si efectuará o no cesión de los créditos contenidos en las facturas que emanen del Contrato u Orden de Compra, indicando el nombre de la o las empresas de factoring con las cuales operará en cada oportunidad en que efectúa la cesión de créditos contenidos en las facturas. En aquellos pagos acordados a 30 días se entenderá oportuna aquella información realizada al menos con 15 días de anticipación a la fecha de pago, mientras en los pagos acordados con plazos menores a 30 días, se entenderá oportuno aquel aviso realizado con al menos 10 días de anticipación a la fecha de pago.

b) La Universidad de Talca se reserva el derecho de reclamar contra el contenido de la factura, en el plazo máximo de 8 días corridos contados desde su presentación, para los efectos del número 2 del artículo 3° de la ley N°19.983. 

c) Toda cesión del crédito contenido en una factura debe ser notificada a la UNIVERSIDAD DE TALCA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la ley N°19.983, o en conformidad a lo establecido en los artículos 1.901 y siguientes del Código Civil, a objeto que pueda disponerse el pago al cesionario o ejercer, en su caso, los derechos que le otorga la Ley.

d) Además, la factura debe haber sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención "cedible", y en la misma debe constar el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con la información y formalidades que se indicarán en la respectiva orden de compra o contrato.”

Para que proceda  la cesión del crédito, se requiere:

a) Que la factura haya sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención “cedible", y

b) Que en la misma conste el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con indicación de la Unidad y el lugar de recibo, así como la fecha de la entrega de los bienes o de la prestación del servicio, además de estar dirigida a nombre la UNIVERSIDAD DE TALCA, Rol Único Tributario Nº70.885.500-6, estableciendo como domicilio o dirección de destino, la indicada en este contrato para el envío de las facturas.

Además, debe incluir la identificación del funcionario que recibe el bien o servicio, más la firma de este último.

En caso que en la copia de la factura no conste el recibo mencionado, sólo será cedible cuando se acompañe una copia de la guía o guías de despacho emitida o emitidas de conformidad a la ley, en las que conste el recibo correspondiente. Para estos efectos, el emisor de la guía o guías de despacho deberá extender una copia adicional a las que la ley exige, con la mención “cedible con su factura”.

La falta de oportunidad en la comunicación por parte de la Empresa o Proveedor, según sea el caso, la hará responsable, ante la Universidad de Talca, de cualquier gasto, pago, costo y costas que ello pudiera significar para la Universidad de Talca, sumas que serán descontadas del contrato u orden de compra, o de cualquiera garantía (Boleta Bancaria, retención o depósito) u obligación de pago que la Universidad de Talca tenga con el proveedor. Del mismo modo, dicha falta de comunicación constituirá causal de incumplimiento contractual calificado de grave, el cual será sancionado en la forma descrita en estas Bases y el contrato respectivo, dejándose constancia de ello en el historial de evaluación del Proveedor para futuras licitaciones, y servirá de base para el cobro de multas o boletas de garantías e incluso para la terminación del contrato sin derecho a indemnización de ninguna especie.

Cualquier situación que altere el sistema de pagos convenido entre las partes, o cualquier materia referente a la oportunidad de notificación legal sobre el cesionario del crédito, deberá estar coordinada previa y directamente con la Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración de la Universidad de Talca, a fin de permitir adoptar las medidas administrativas de control, de pago o de resguardo que sean procedentes, en cumplimiento de la Ley.

Respecto de la cesión de facturas electrónicas, ésta podrá efectuarse sólo si se ha dado cumplimiento previo de los requisitos que establece la Ley y su Reglamento, especialmente en lo referente a la inscripción de la transferencia del crédito mediante la incorporación de dichas operaciones en el Registro Electrónico de Cesión de Créditos, disponible en la Oficina Virtual del SII en Internet. La Universidad de Talca rechazará de plano la cesión de créditos contenidos en facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo dispuesto precedentemente, sin ulterior responsabilidad y sin perjuicio de las demás medidas que puedan aplicarse respecto de los proveedores que se aparten del procedimiento legal para la cesión de los créditos contenidos en estos instrumentos electrónicos.

Estándares de probidad

Los adjudicados a quienes se adjudique la prestación del servicio para la Universidad de Talca deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato de bienes y servicios, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10.- Descripción del servicio

El detalle de la prestación del servicio se encuentra descrito ellas bases técnicas de la presente licitación, en los siguientes términos:

Ítem

Servicios Agrícolas, Pesqueros, Forestales y relacionados con la Fauna/Horticultura/Parques, Jardines y Huertos.

Código

4

Unidad

70111703

Descripción

Servicios de sembradío o mantenimiento de jardines.

11.- Ingreso de Anexos
Anexo Nº 1:“Presentación del oferente”. Anexo Nº2: “Declaración jurada simple sobre conocimiento de documentos de la licitación” Anexo Nº3: “Declaración jurada simple sobre inhabilidades” Anexo Nº 4: “Antecedentes laborales y previsionales”. Anexo Nº 5: “Antecedentes legales”. Anexo Nº 6: “Curriculum del oferente”. Anexo Nº 7: “Programa de trabajo”. Anexo Nº 8: “Equipamiento” Anexo N° 9: “Dotación de Personal y Remuneraciones”. Anexo N° 10: “Productos e Insumos” Anexo N° 11: “Política de sustentabilidad y Política de inclusión laboral”. Anexo N° 12: “ Manejo sustentable de áreas verdes” Anexo N°13: “Antecedentes de Higiene y Seguridad Industrial”. Anexo N° 14: “Oferta económica”. Anexo N°15: “R.U. N°1676/2012 Reglamento de Higiene y Seguridad Contratistas y Subcontratistas”.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.