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Modalidad de la Propuesta |
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La contratación de la ejecución de la obra se hará por el sistema
de suma alzada, sin reajustes de ningún tipo durante el periodo,
entendiéndose que los valores serán netos sin I.V.A, expresados
en moneda nacional. A diferencia del sistema de serie de precios
unitarios (modalidad en la cual se estima el pago mediante la
cubicación de los trabajos por los precios unitarios luego de
finalizadas las labores), el sistema de suma alzada fija un precio
inicialmente considerando los trabajos a realizar basándose en
los requerimientos técnicos. De haber un error de estimación
de los trabajos la responsabilidad se asume por parte de la
empresa contratista.
Se deberá considerar cualquier modificación o aclaración
efectuada por el mandante durante el periodo permitido para
tales efectos, los que se realizaran única y exclusivamente a
través del portal, por lo que será de exclusiva responsabilidad del
oferente mantenerse oportuna e íntegramente informado del
proceso licitatorio a través de este medio.
Si el oferente desea incorporar más de una oferta económica, la
deberá subir al portal por separado, conservando la misma
garantía por seriedad de la oferta.
En caso que los trabajos sean no afectos o exentos de I.V.A, el
oferente deberá indicar claramente en la oferta económica tal
condición, considerando el valor ofertado como valor final.
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De los participantes del proceso |
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Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no
registren las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6°
del artículo 4°, y literales a,b, c, d y e del artículo 35 septies,
todos de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de
compras), ni las incompatibilidades del artículo 35 quárter de la
misma ley precitada, ni la prohibición de celebrar actos y
contratos con organismos del Estado por haber sido
condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.393, que
establece la responsabilidad penal de la personas jurídicas en
los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo
y delito de cohecho.
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De los requisitos para contratar |
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Podrán suscribir contratos con esta Corporación aquellas
personas naturales o jurídicas, que no tengan causal de
inhabilidad o incompatibilidad conforme con lo dispuesto en
el artículo 4°, 35 quarter y35 septies de la ley Nº19.886.
Los oferentes de este proceso concursal deberán, mediante
declaración jurada simple contenida en Anexo N° 3,
manifestar:
No estar afecto a las inhabilidades previstas en el artículo 4,
inciso 1° y 6° de la ley N°19.886, establece que no podrán
contratar quienes hayan sido condenados por prácticas
antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del
trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código
Penal, dentro de los anteriores dos años contados desde la
presentación de la oferta.
No formar parte del personal de la Universidad de Talca,
cualquiera sea la modaidad de contratación, incluido el
personal a honorarios
No ser cónyuge, conviviente civil, u otra persona unida al
personal de la Universidad, por vínculo de parentesco en
segundo grado de consanguinidad o afinidad.
No ser una sociedad de personas o empresa individual de
responsabilidad limitada de las que forme parte o sea
beneficiario final un miembro del personal de la Universidad.
No ser sociedad en comandita, por acciones, sociedad por
acciones o anónima cerrada en que un miembro de la
Universidad, sea accionista directamente, o beneficiario final.
No ser sociedad anónima abierta en que un miembro del
personal de la Universidad o éstas, sean dueños de acciones que
representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o
como beneficiarios finales, ni ser gerentes, administradores,
representantes o directores de cualquiera de las sociedades
antedichas.
-No estar condenados por delitos concursales establecidos en
el Código Penal y Código Tributario.
-No estar condenados por incumplimiento contractual en
virtud de una sentencia firme o ejecutoriada por tribunales.
-No estar condenados por prácticas antisindicales o infracción
a los
derechos fundamentales de los trabajadores.
-No estar Condenados por cohecho o lavado de activos
establecidos en el Código Penal y la Ley N°18.314.
-No haber proporcionado antecedentes maliciosamente falsos,
enmendados o tergiversados o que se presenten de forma que induce error en su evaluación.
Asimismo, se debe considerar que ningún órgano de la
Administración del Estado podrá suscribir contratos
administrativos de provisión de bienes y servicios, con los
funcionarios directivos de la Universidad, ni las personas
unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la
letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado, ni las sociedades de personas de las que aquellos o estas
formen parte, ni las sociedades comanditas por acciones o
anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni
las sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean
dueños de acciones que representen el 10% o más del capital,
ni los gerentes, Administración, representantes o directores de
cualquiera de las sociedades antedichas.
La acreditación mediante declaración jurada simple contenida
en Anexo N°3, en el caso de personas jurídicas, indica que
tampoco podrán contratar aquellas que tengan prohibición de
celebrar actos y contratos con organismos del Estado por
condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas
por delitos que indica la ley N° 20.393. (Declaración exigible
solo tratándose de oferentes personas jurídicas) o bien que haya
sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo
26 letra d) del decreto ley N°211, de 1973.
Los participantes tendrán la obligación de estar atentos al
proceso licitatorio a través del Portal Mercado Público, ya que
es allí donde la Universidad informará de todas las actuaciones,
requerimientos u otros.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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