Licitación ID: 1469-40-LR19
Adquisición e Inst. Mobiliario Edificio Quimica
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE TALCA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Módulos de almacenamiento de laboratorio o accesorios 1 Unidad
Cod: 56122002
Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química y Recursos naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición e Inst. Mobiliario Edificio Quimica
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación pública tiene por objeto la Adquisición e Instalación de Mobiliario, para la Habilitación de Edificio del Instituto de Química y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, de la Universidad de Talca.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Universidad de Talca
R.U.T.:
70.885.500-6
Dirección:
2 Norte 685
Comuna:
Talca
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-10-2019 17:00:00
Fecha de Publicación: 05-09-2019 19:15:06
Fecha inicio de preguntas: 05-09-2019 19:30:00
Fecha final de preguntas: 23-09-2019 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-09-2019 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-10-2019 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-10-2019 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 12-11-2019 13:23:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 15 Días
Visita a terreno obligatoria 10-09-2019 10:00:00
Instalación de mobiliario 07-10-2019 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Presentar ofertas por sistema Mercado Público Obligatorio Documentos administrativos La oferta administrativa deberá contener, debidamente cumplimentados, los siguientes archivos: a) Anexo Nº 1.- Presentación del oferente b) Anexo Nº 2.- Declaración Jurada Simple, que acredite que los postulantes no se encuentran afectos a las inhabilidades previstas en la Ley N° 19.886, y respecto de otros aspectos relevantes. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un anexo por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores, suscritos por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante. c) Anexo Nº3.- Antecedentes Laborales y Previsionales • Certificado de Antecedentes laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo. • En caso de constitución de Unión Temporal de Proveedores, se adjuntarán los certificados de cada uno de los proveedores unidos en dicha constitución. d) Anexo Nº 4.- Antecedentes legales d.1) En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica: - Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad. - Certificado de Vigencia de la Sociedad. - Fotocopia legalizada del Rol Único Tributario de la empresa. Los antecedentes legales requeridos a las personas jurídicas que deseen participar en esta licitación no podrán tener una antigüedad superior a 6 meses contados desde la presentación de la oferta. En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N°20.659, deberá presentar certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la citada ley, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl, administrados por el ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaria de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y fotocopia legalizada del Rol Único Tributario. d.2) De tratarse de una persona natural, deberá presentar: d.2.1) Certificado digital de Inicio de Actividades otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, o bien el Formulario 4415 de Inscripción al Rut y aviso de Inicio de Actividades. En el caso que el oferente no cuente con cualquiera de los documentos anteriormente señalados, podrá presentar la Cartola Tributaria emitida por el SII, donde se indique la fecha de Inicio de Actividades. d.2.2) Fotocopia legalizada de cedula de identidad. d.3) De tratarse de una constitución de Unión Temporal de Proveedores - Junto con los antecedentes legales para poder ofertar descritos en las números d1 y d2, de cada uno de los proveedores que se unen para el efecto de participar de este proceso de compras, por tratarse de una contratación superior a 1.000 U.T.M y sin perjuicio del resto de las disposiciones según proceda, deberán presentar copia de la escritura pública que formaliza dicha unión como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. e) Anexo Nº5.- Curriculum del oferente En el cual se señale antigüedad en el mercado y listado detallado de contratos de similar magnitud y naturaleza de la presente licitación, durante los últimos 24 meses, indicando razón social, monto, periodo del contrato y sitio web del cliente, si posee. Para efectos de validar la experiencia presentada, el oferente deberá adjuntar al Curriculum a lo menos los siguientes documentos: contratos, facturas u órdenes de compra junto a la recepción conforme de los bienes entregados por parte del mandante. Los proveedores sin bienes o servicios contratados en Chileproveedores, deberán entregar los antecedentes según lo indicado en las bases o en los términos de referencia. En el caso que el oferente se encuentre inscrito en el Portal Chileproveedores, deberá ser informado por éste, no siendo obligatoria la presentación de los antecedentes que se encuentren alojados en dicho sitio en las condiciones solicitadas. El hecho de estar inscrito en el portal Chileproveedores no otorgará ninguna puntuación especial al momento de evaluar las propuestas o decidir la adjudicación de la licitación.
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica debe ajustarse a lo establecido en las bases técnicas, las que se entienden conocidas por el oferente, por el sólo hecho de presentar oferta. f) Anexo N°6.- Oferta técnica Descripción detallada de las características del equipamiento su instalación, de la operación y funcionamiento (catálogo, folleto de fabricación o manual) con el fin de determinar el cumplimiento de todos los requerimientos técnicos establecidos. (En caso de modificar alguna de las exigencias bases técnicas, respecto a la descripción solicitada, deberá considerar una mejora y por ningún motivo ser inferior a lo solicitado originalmente). Presentación de certificados de seguridad y de calidad, que garanticen que el equipamiento ofertado cumpla con todas las normas establecidas. g) Anexo N°7.- Garantías Descripción de la garantía ofertada para el equipamiento, considerando partes y piezas del sistema, principalmente lo referido a cobertura, plazos y excepciones. Detalle de elementos que no están cubiertos por la garantía y que significarán un desembolso que deberá asumir la Universidad ante fallas o mal funcionamiento del sistema. Tiempo de duración de la garantía, no pudiendo ser esta, inferior a 24. meses. h) Anexo N°8.- Servicio de Post Venta Se explicitará en este anexo el servicio de postventa expresado en horas, el cual debe considerar: 1.- Tiempo de respuesta. 2.- Tiempo de reparación o reposición del bien
 
2.- Se consulta una visita a terreno obligatoria para el día martes 10 de septiembre de 2019 a las 10:00 horas. El lugar de encuentro con los oferentes será en el acceso Edificio del Instituto de Química y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, de la Universidad de Talca, ubicada en Avda. Lircay S/N, Talca. El funcionario encargado de la visita a terreno será la Sra. Victoria Salazar Molina, perteneciente al Departamento de Infraestructura o representante por ella designado. En la visita a terreno se levantará un acta, donde se dejará constancia de los asistentes y temas tratados, la cual deberá ser firmada por todos los participantes. En caso que el oferente no asista o asista en un horario posterior al consignado en el párrafo precedente, quedará fuera del proceso licitatorio.
 
3.- Se evaluará la presentación de los siguientes muebles: 1 Mesón Central MCL360X120; 1 Mesón Guardado LMB2; 1 Estante Vitrina EV2; 1 Cajonera Metálica OC1; 1 Biblioteca B1, que el oferente debe instalar físicamente en Edificio del Instituto de Química y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, ubicado en el Campus Talca, avenida Lircay s/n (la instalación será realizada hasta las 15:00 horas del día anterior a la apertura de las ofertas), junto con los catálogos de las diferentes partes y piezas a emplear en el mobiliario y según lo señalado en las Bases Técnicas de la Licitación. El horario disponible para la instalación será desde las 8:30 hasta las 17:00 horas. La instalación deberá ser informada a la funcionaria, Sra. Victoria Salazar Molina quien realizará la verificación en terreno y lo comunicará al comité de apertura. Si el oferente presenta oferta y no realiza la presentación de las muestras o presenta oferta y éstas no cumplen con los requerimientos solicitados, su oferta quedará fuera del proceso licitatorio y no será evaluada.
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica deberá presentarse sólo a través del Portal Mercado Público, y deberá incluir los siguientes antecedentes: i) Anexo Nº 9.- Oferta económica El valor debe expresarse en valor neto, sin I.V.A e indicar plazo de entrega (en días corridos), de acuerdo a formato adjunto. Los gastos por concepto de traslado o cualquier otro recargo que deba efectuarse con el fin de realizar la instalación del equipamiento requerido en los recintos del Edificio del Instituto de Química y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, de la Universidad de Talca, ubicada en Avda. Lircay S/N, Talca, deberá ser asumido en su totalidad por el oferente. Cualquier daño que se provoque en el equipamiento producto del traslado a su destino final, será de cargo y responsabilidad del proveedor.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado, ChileProveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación, para efectos
- de verificar que los adjudicatarios ya sean personas naturales o jurídicas, no han incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
- 1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
- 2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años,
- sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
- 3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
- 4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
- 5.- Requisitos para contratar al proveedor adjudicado.
- 6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
- 7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales previstos en el Código Penal.
- 8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación, para
- I18n entry not found: efectos de verificar que los adjudicatarios ya sean personas naturales o jurídicas No han incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
- I18n entry not found: 1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
- I18n entry not found: 2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista
- I18n entry not found: un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
- I18n entry not found: 3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditara mediante certificado de la autoridad competente.
- I18n entry not found: 4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
- I18n entry not found: 5.- Requisitos para contratar al proveedor adjudicado.
- I18n entry not found: 6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
- I18n entry not found: 7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales previstos en el Código Penal.
- I18n entry not found: 8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Para efectos de determinar la nota se considerará el plazo de entrega en días corridos, de acuerdo a lo señalado en el anexo N° 9, mediante la siguiente metodología: Nota: (Menor plazo de entrega ofrecido [en días] / Plazo de entrega ofrecido [en días])* 7,0 El oferente que presente un plazo de entrega superior a los 90 días corridos, será evaluado con nota mínima en este criterio, es decir, un 1 (uno), por lo tanto, no se aplicará fórmula anterior. 10%
2 Precio Para determinar la nota de este criterio se considerara el monto global neto de la oferta económica indicado en el anexo N° 9, comparando el precio de cada oferta por el precio menor ofrecido, mediante la siguiente formula: Nota (i) = (precio mínimo ofrecido / precio de la oferta (i))*7,0 De acuerdo a lo anterior, las calificaciones a considerar para cada uno de los criterios de evaluación se calcularán utilizando la escala de notas de 1,0 a 7,0, siendo siete la más alta y uno la más baja. La calificación final de la propuesta para cada oferente será obtenido aplicando las ponderaciones asignadas a cada criterio en la siguiente fórmula: Nota Final Oferta=(N1x0,35)+(N2x0,30)+(N3x0,10)+(N4x0,10)+(N5x0,10)+(N6x0,05) Dónde: N1= Nota factor precio. N2= Nota factor calidad técnica del bien. N3= Nota factor plazo de entrega. N4= Nota factor garantía y post-venta. N5= Nota factor experiencia del oferente. N6= Nota factor cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta. Cabe señalar, que ningún oferente podrá adjudicarse la presente licitación cuando su propuesta no haya alcanzado la nota final ponderada de 4,0 (cuatro coma cero). 35%
3 Garantia y Post-venta La evaluación estará compuesta por los Sub-criterios que se indican a continuación y está metodología a utilizar: Sub-criterios Ponderaciones Garantía por fallas (a) 60% Servicio Postventa (b) 40% El mecanismo de obtención de notas se obtendrá de la aplicación de los Sub-criterios: Sub-criterios Asignación de Notas Garantía por fallas (a) Nota 7: Garantía igual o superior a 36 meses. Nota 4: Garantía desde 24 a 35 meses. Nota 1: Garantía menor a 24 meses. Servicio Post-venta (b) Nota 7: Servicio menor a 24 horas. Nota 4: Servicio de 24 horas y hasta 36 horas. Nota 1: Servicio mayor a 36 horas. Nota Garantía y Servicio Técnico= Nota (a) * 0,6 + Nota (b)*0,4 10%
4 Experiencia de los Oferentes El mecanismo de obtención de notas del factor experiencia del oferente, se obtendrá de la aplicación de los siguientes sub-criterios de acuerdo con el grado de cumplimiento que en cada caso se presenta: Sub-criterios Ponderación 1.- Contratos: Cantidad de contratos y/o órdenes de compra correspondientes a adquisición de mobiliario de similar característica y magnitud, de un monto superior a $ 75.000.000.- en un plazo de 24 meses. Nota (i)= (cantidad máxima ofertada/cantidad de la oferta (i))*7 50% 2.-Antigüedad: Años de experiencia en el mercado según fecha de inicio de actividades. Nota (i)= (cantidad máxima ofertada/cantidad de la oferta (i))*7 50% La fórmula final para determinar la nota de este criterio será la siguiente: Nota (i)= [nota subcriterio1(i) + nota subcriterio2(i)]/2 10%
5 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Para efectos de determinar la nota relativa a la calidad técnica del bien ofertado, se revisarán las muestras presentadas y Anexo N°6, comparándose con las especificaciones detalladas en las bases técnicas anexo N°10, las que se considerarán como el mínimo solicitado por parte de la Universidad y se asignarán notas de acuerdo al grado de cumplimiento: Nota 7,0 = Nivel de cumplimiento alto, es decir, las características del equipamiento ofertado cumple satisfactoriamente con todos los requerimientos indicados en las bases técnicas. Nota 1,0 = Nivel de cumplimiento bajo, es decir, las características del equipamiento ofertado no cumple con los requerimientos indicados en las bases técnicas. El oferente que sea evaluado con nota 1, quedara fuera de bases y su oferta no será evaluada. 30%
6 Cumplimiento de los requisitos Se evaluará la presentación conforme de los antecedentes requeridos por Bases administrativas y sus posteriores aclaraciones. Nota 7,0: La totalidad de los antecedentes administrativos son presentados en el plazo de recepción de ofertas. Nota 1,0: Uno o más de los antecedentes administrativos se presentan fuera del plazo de recepción de ofertas, a requerimiento del mandante. Según lo establecido en artículo 40 del Reglamento de la ley N° 19.886. De acuerdo a lo anterior se establece que la Universidad de Talca, podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que o los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Institucional presupuesto centralizado
Monto Total Estimado: 270000000
Justificación del monto estimado Elaborado en informacion histórica de la Universidad
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Se suscribirá contrato
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricia Samur Piraces
e-mail de responsable de pago: psamur@utalca.cl
Nombre de responsable de contrato: Joaquin Caroca Tapia
e-mail de responsable de contrato: jcaroca@utalca.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-71-2201583-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Universidad de Talca
Fecha de vencimiento: 04-02-2020
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán entregar una garantía de seriedad de la oferta, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, por ejemplo: Boleta de garantía bancaria, Vale vista, Certificado de fianza, Depósito a la vista o Póliza de seguro electrónica, a favor de la Universidad de Talca.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de: “Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, Universidad de Talca”.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de acuerdo a las condiciones establecidas en el número 9 de las presentes bases, denominado “Devolución de Garantía de Seriedad de la Oferta”.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Universidad de Talca
Fecha de vencimiento: 27-07-2020
Monto: 10 %
Descripción: El adjudicatario deberá entregar una garantía de fiel cumplimiento de contrato, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, por ejemplo: Boleta de garantía bancaria, Vale vista, Certificado de fianza, Depósito a la vista, a favor de la Universidad de Talca.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato: “Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, Universidad de Talca”.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de acuerdo a las condiciones establecidas en el número 9 de las presentes bases, denominado “Devolución garantía de fiel cumplimiento de contrato”.
    Otras Garantías
Beneficiario: Universidad de Talca
Fecha de vencimiento: 27-07-2020
Monto: 30 %
Descripción: Para la garantía de anticipo de la adquisición, se deberá presentar alguno de estos documentos u otros que aseguren su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que sean a la vista e irrevocables, por ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza o Depósito a la Vista o Póliza de Seguro Electrónica, a favor de organismos públicos a nombre de la Universidad de Talca, con carácter de irrevocable y renovable.
Glosa: Para garantizar el anticipo de la compra: “Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, Universidad de Talca”.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de acuerdo a las condiciones establecidas en el número 9 de las presentes bases, denominado “Devolución garantía por anticipo de la compra”.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
9.- Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas

Generalidades

Las presentes Bases Administrativas, regirán el proceso licitatorio público denominado: Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química  y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, Universidad de Talca”.

El Mandante

Actuará como Mandante la Universidad de Talca, a través de la Dirección de Gestión y Desarrollo de Campus.

Modalidad de la Licitación

La contratación de la adquisición del bien,  se hará por el sistema de recepción contra entrega conforme, sin reajustes de ningún tipo durante el periodo, entendiéndose que los valores serán netos sin I.V.A,  expresados en moneda nacional, según lo indicado en Formulario de Propuesta Económica  (Anexo N°9)

En caso que el suministro sea no afecto o exento de I.V.A, el oferente deberá indicar claramente en la oferta económica tal condición, considerando el valor ofertado como valor final.

Si el oferente desea incorporar más de una oferta económica, la deberá subir al portal Mercado Público por separado, conservando la misma Garantía por Seriedad de la Oferta.

Se deberá considerar cualquier modificación o aclaración efectuada por el mandante durante el periodo permitido para tales efectos, lo que se realizará única y exclusivamente por el portal Mercado Público, por lo tanto, será responsabilidad del oferente informarse a través del portal, y mantenerse oportuna e íntegramente atento al proceso licitatorio a través de este medio.

De los participantes del proceso

Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley N°19.886, de Bases sobre  Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley de compras), ni la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de la personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delito de cohecho.

De los Requisitos para Contratar

Podrán contratar en el presente proceso licitatorio aquellas personas naturales o jurídicas, que no tengan causal de inhabilidad conforme con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley Nº19.886.

La acreditación, mediante declaración jurada simple contenida en anexo N° 2, de no estar afecto a las inhabilidades previstas en el artículo 4, inciso 1° y 6° de la Ley N°19.886, establece que no podrán contratar quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años contados desde la presentación de la oferta. Asimismo, se debe considerar que ningún órgano de la Administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios, con los funcionarios directivos de la Universidad, ni las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni las sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni las sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni las sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

La acreditación mediante declaración jurada simple contenida en anexo N°2, en el caso de personas jurídicas, tampoco podrán contratar aquellas que tengan  prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos que indica la Ley N° 20.393. (Declaración exigible solo tratándose de oferentes personas jurídicas).

Los participantes tendrán la obligación de estar atentos al proceso licitatorio a  través del Portal Mercado Público, ya que es allí donde la Universidad informará de todas las actuaciones, requerimientos u otros. 

Otros Antecedentes para ser Contratado

En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico oficial de Proveedor de la Administración, Chileproveedores estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde transcurridas 24 horas desde que la Universidad publique en el portal el acto administrativo que apruebe la adjudicación. 

Unión temporal de proveedores

Podrán participar dos o más proveedores que se unen para efectos de participar en el proceso de contratación, denominado “Unión Temporal de Proveedores”, debiendo establecer en el documento que formalice la unión, a lo menos la solidaridad entre las partes, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Universidad de Talca, y el nombramiento de un representante legal común con poderes suficientes para efectuar todo acto legal.

Por tratarse de una contratación superior a 1.000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores. En el caso que el adjudicatario resulte ser una unión temporal de proveedores, debe encontrarse hábil para contratar con el Estado, lo que deberá ser verificado en el sistema, emitiéndose o presentando el certificado de estado de inscripción en el registro ChileProveedores correspondiente.

Al momento de la presentación de las ofertas y salvo indicación contraria o explícita, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, sumado a sesenta (60) días corridos adicionales.

Documentos integrantes

La relación contractual que se genere entre la Universidad de Talca y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

-        Bases administrativas, técnicas y sus anexos.

-        Las consultas, respuestas y las aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las bases.

-        Las modificaciones a las bases, si las hubiese.

-        Las ofertas administrativas, técnicas y económicas.

-        La resolución universitaria de adjudicación.

-        El contrato.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerara el principio de preeminencia de las bases, como marco básico y ante cualquier discrepancia entre éstos, prevalecerá ese orden de precedencia.

Modificaciones a las Bases

La Universidad de Talca podrá modificar los documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia al detectar algún error u omisión, o también en atención a alguna consulta realizada por algún oferente, durante el proceso de la propuesta y hasta la entrega de respuesta y aclaraciones, informando debidamente de ello a todos los oferentes a través del portal Mercado Público. Dichas modificaciones serán formalizadas mediante el respectivo acto administrativo, sujeto a las mismas formalidades que el que aprueba estas bases.

En caso de ser necesario, la Universidad fijará prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

Será responsabilidad de los oferentes informarse de estas modificaciones a través del Portal Mercado Público.

Conocimiento y Aceptación de las Bases

El sólo hecho de participar, en cualquier forma, en la presente Licitación Pública, implicará el conocimiento y aceptación íntegra y obligatoria de todos los procedimientos, requisitos y términos de las bases administrativas, de las bases técnicas y del proceso licitatorio en general.

Idioma

Español

Cómputo de los plazos

Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.

En caso que el plazo expire en días sábados, domingos o festivos se extenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.

Horario de funcionamiento de la institución

La jornada de trabajo general de la  Universidad es de lunes a jueves en la mañana desde las 08:10 horas hasta las 13:10 horas y la tarde desde las 14:30 horas hasta las 18:40 horas y el día viernes en jornada única desde 08:10 horas hasta las 15:30 horas.

Soporte de los documentos

Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por la ley de compras y su reglamento.

Obligación de Reserva y Confidencialidad

Los oferentes y adjudicatarios deberán guardar estricta reserva y confidencialidad respecto de toda información que no sea de dominio público referida a la Licitación efectuada en conformidad a las presentes Bases.

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato respecto de los bienes licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en su virtud o de cualquier actividad relacionada con éste.

El adjudicatario, así como su personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución del contrato respecto de los bienes licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo del mismo.

El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Universidad de Talca el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la Universidad de Talca entable en su contra las acciones judiciales que correspondan.

Prohibiciones

Queda prohibido realizar cualquier tipo de gestión o pagos directamente o a través de terceros, ajenos a las diligencias contempladas en el procedimiento regular de la licitación con el fin de adjudicarse la contratación de los bienes, obras, servicios u otros.

Las autoridades y funcionarios, así como, los contratados a honorarios en el caso en que excepcionalmente les corresponda participar en este procedimiento de contratación, deberán abstenerse de participar en este procedimiento cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, N° 6, de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Serie de Consultas y Respuestas

Las consultas respecto a la Licitación, se deberán hacer solamente a través del Portal Mercado Público, desde la fecha de publicación de las bases señalado en el número 3.

Las consultas deberán ser planteadas en forma concreta y precisa, y deben ser pertinentes al proceso licitatorio.

Las respuestas a las consultas se publicarán en el portal Mercado Público en la fecha señalada en el número 3.

Cierre de la Licitación:

El cierre de la propuesta, en el portal Mercado Público, será en la fecha señalada en el número 3.

Vigencia de la oferta

Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 120 días corridos desde la fecha de su presentación, y por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que su vigencia es la señalada precedentemente.

En circunstancias excepcionales, la Universidad podrá solicitar a los oferentes a través del portal Mercado Público, que extiendan el período de vigencia de sus ofertas, y tanto la solicitud como las respuestas, deberán ser hechas por escrito y en caso de aceptación el oferente dentro del plazo de 4 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de extensión de la oferta, deberá renovar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o adjuntar una nueva, por el mismo monto que el anterior, y por el lapso de tiempo equivalente al de la extensión del período de vigencia de la oferta. La sola presentación del nuevo documento de garantía de seriedad de la oferta significará que el oferente extiende el período de validez de la misma. 

Garantía de Seriedad de la Oferta

Los oferentes de la presente licitación, deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante uno de los siguientes documentos u otros que aseguren su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que sean a la vista e irrevocables por ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Depósito a la Vista o Póliza de Seguro Electrónica a favor de organismos públicos a nombre de la Universidad de Talca, por la suma de $ 2.000.000.- (dos millones de pesos chilenos) y cuyo vencimiento será de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

La glosa del documento debe indicar que garantiza la seriedad de la oferta: Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química  y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, Universidad de Talca”

La garantía de seriedad de la oferta deberá ser entregada en sobre cerrado dirigido a Universidad de Talca, Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración, señora Paola Santelices Vergara, Jefa Departamento de Adquisiciones. Este sobre además deberá estar caratulado indicando expresamente Licitación Pública: Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química  y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, Universidad de Talca” y Razón Social del oferente. Hora de cierre de recepción del sobre: 13:00 horas del día  lunes 07 de octubre de 2019.

La entrega de este documento podrá ser en alguna de estas direcciones:

-       En Santiago, calle Santa Elena N° 2222, comuna de San Joaquín, teléfono de referencia 2-24148327.

-       En Santiago, calle Quebec 415, comuna de Providencia, teléfono de referencia 2-22091010.

-       En Talca, Departamento de Adquisiciones, ubicado en calle 1 Poniente N° 1141, teléfono de referencia 71-2200192.

-       En el Campus Curicó, Secretaría de la Facultad de Ingeniería, Camino a Los  Niches Km 1, teléfono de referencia 75-2201702.

-       En Linares, Secretaría del Campus Linares, María Auxiliadora N°380, teléfono de referencia 71-2418989.

-       En Santa Cruz, Secretaria del campus Colchagua, Avda. Ramón Sanfurgo N° 980, teléfono de referencia  72-2825330.

Toda oferta que no esté acompañada de la garantía de seriedad de la oferta será rechazada por la Universidad por no ajustarse a los términos de las presentes bases.

Devolución de Garantía por Seriedad de la Oferta

Se hará devolución de la garantía de seriedad de la oferta a través del Departamento de Tesorería de la Universidad, quien para lo cual necesitará la autorización del Departamento de Adquisiciones de la Universidad, cuyo teléfono de referencia 71-2418938 y correo electrónico es: rrojasr@utalca.cl.

Desde la fecha de adjudicación de la propuesta, los oferentes no adjudicados deberán enviar un e-mail al correo electrónico indicado anteriormente, donde debe informar los datos de la garantía que solicitan (Nº, emisor, monto, nombre del tomador, proceso licitatorio, etc.) y la forma de devolución. El plazo de devolución por parte de la Universidad desde este instante, es de diez días hábiles, además el Departamento de Adquisiciones, procederá a autorizar la devolución de las garantías a los oferentes no adjudicados en forma masiva, si es que los oferentes no han solicitado la devolución de sus garantías, el plazo para poder realizar dicha autorización es de 10 días corridos desde el plazo de la adjudicación y/o publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

En el caso que la licitación se declare desierta o las ofertas inadmisibles, la garantía de seriedad de la oferta les será devuelta en los mismos términos señalados en el párrafo anterior.

En el evento de poder re-adjudicar al segundo mejor evaluado, el plazo de la devolución de la garantía de seriedad de la oferta se extenderá respecto de los oferentes no adjudicados, en diez días hábiles contados desde la notificación de la re-adjudicación, acorde con lo dispuesto por el artículo 43 del reglamento de la ley de compras públicas.

En el caso del oferente  adjudicado, esta garantía será devuelta  en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

En el caso de garantizarse la seriedad de la oferta con una Póliza de Seguro Electrónica, por la naturaleza del instrumento no se aplican las reglas respecto a la devolución antes señalada, toda vez que al contar la Póliza con una fecha de vencimiento, no requiere ser devuelta al proveedor.

Causales de cobro de garantía de seriedad de la oferta

La Universidad podrá hacer efectiva la garantía descrita en cualquiera de los siguientes casos:

a) Si el oferente se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.

b) Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.

c) Si  el  Proveedor no suscribe el contrato, dentro del plazo establecido.

d) Si el Proveedor no entrega en forma oportuna la garantía de fiel cumplimiento de contrato (esto es antes del vencimiento de la garantía de seriedad de la oferta).

e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo señalado en estas Bases.

Garantía por anticipo de la compra

En caso que el proveedor requiera anticipo deberá garantizar su devolución, mediante uno de los siguientes documentos u otros que aseguren su cobro de manera  rápida y efectiva, siempre que sean a la vista e irrevocables, como por ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza,  Depósito a la Vista o Póliza de Seguro Electrónica, a favor de organismos públicos a nombre de la Universidad de Talca,  por un monto equivalente al valor del anticipo, y con vencimiento equivalente al plazo del contrato más 60 días hábiles.

La glosa del documento debe indicar que garantiza el anticipo de la compra: Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química  y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, Universidad de Talca”.

Esta garantía deberá ser entregada antes de la cancelación de la garantía por anticipo de la compra, visado conforme por el Jefe del Departamento de Infraestructura,  de la Universidad.

Devolución de garantía por anticipo de la compra

En cada estado de pago, se descontará el porcentaje correspondiente al valor del anticipo, de manera de restituir gradualmente el valor de este.

Sólo si es procedente, el proveedor podrá solicitar la devolución de las garantías correspondiente dentro de los 20 días siguientes al Estado de pago en el cual se extinga el monto, o su parcialidad, otorgado como anticipo.

La solicitud debe hacerse a través del Departamento de Pago a Proveedores de la Universidad de Talca, teléfono de referencia 71-2200173, e-mail: j.valdes@utalca.cl.

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

El oferente adjudicado, deberá garantizar el fiel cumplimiento del contrato, mediante uno de estos documentos u otros que aseguren su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que sean a la vista e irrevocables, por ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza o Depósito a la Vista a favor de organismos públicos, a nombre de la Universidad de Talca  por un monto equivalente al 10% del valor del contrato I.V.A incluido, expresados en pesos chilenos y con fecha de vencimiento hasta el plazo del contrato más 60 días hábiles.

La glosa del documento debe indicar que garantiza el fiel cumplimiento de contrato de: Adquisición e Instalación de Mobiliario en Edificio del Instituto de Química  y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, Universidad de Talca”.

 Esta garantía deberá ser entregada previa a la firma del contrato, momento a partir del cual la Universidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, para hacer  devolución de la Garantía por Seriedad de la Oferta, al oferente adjudicatario.

La garantía de fiel cumplimiento de contrato, garantizará el correcto cumplimiento por parte del oferente adjudicado, de todos los compromisos que derivan del contrato, quedando además facultada la Universidad, expresa e irrevocablemente, a imputar el monto de dicha garantía para hacer efectivas las multas y demás sanciones que afecten al proveedor.

En caso de hacerse efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato imputando su monto para hacer efectivas multas y sanciones, el contratante afectado deberá reponer dentro de diez días hábiles la garantía de fiel cumplimiento  de contrato manteniendo siempre su monto y vigencia original.

Devolución de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

La garantía de fiel cumplimiento de contrato será devuelta sesenta días hábiles después de finalizado el contrato y no encontrándose observaciones respecto del correcto cumplimiento de las obligaciones asumidas por el proveedor.

La devolución debe ser solicitada por el proveedor al e-mail j.valdes@utalca.cl correspondiente al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, quien autorizará la devolución previo informe del Jefe del Departamento de Infraestructura o representante por el designado, acerca del correcto cumplimiento por parte del proveedor adjudicado, de todos los compromisos que derivan del contrato y, en caso de no existir observaciones, el Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, solicitará al Departamento de Tesorería, perteneciente a la Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración de la Universidad, que proceda a su devolución.  .

La Universidad está facultada dentro del tiempo que dura la garantía de fiel cumplimiento de contrato, a hacer uso de ella, en el caso de incumplimiento en lo señalado en la Propuesta u oferta técnica.

Causales de modificación de la garantía

El proveedor tendrá la obligación de mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de contrato, si hubiere alguna modificación de monto y plazo de este.

Causales de Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

La caución por el fiel cumplimiento de contrato se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna por parte de la Universidad en los siguientes casos:

-        Incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato en cuanto a fiel cumplimiento de contrato; de las bases técnicas y de obligaciones laborales o sociales de sus trabajadores.

-        De acuerdo a las condiciones indicadas en “Término anticipado del contrato”, de las presentes bases.

-        Incumplimiento de los requisitos indicados para el pago por los bienes adquiridos prestados, tales como la entrega de la documentación requerida para el pago en un plazo superior a 15 días.

-        Si el proveedor desiste de dar inicio a los trabajos encomendados, o no da inicio a estos dentro del plazo de 10 (diez) días contados desde la fecha indicada como inicio del contrato, se entenderá que este desestima el contrato.

Apertura de la Propuesta

La apertura electrónica de las ofertas se realizará en un acto formal privado (sin la presencia de oferentes),  que se llevará a efecto el día señalado en el número 3, en las dependencias del Departamento de Adquisiciones, ubicado en calle 1 Poniente N° 1141, Talca, a través del Portal Mercado Público.

El Comité de Apertura estará integrado por los siguientes funcionarios de la Universidad de Talca:

-        Jefa del Dpto. de Adquisiciones, quien estará a cargo de operar el sistema Mercado Público.

-        Jefe Departamento Infraestructura o representante por el designado.

-        Representante de la Contraloría Interna, quien actúa como ministro de fe.

Una vez recibidas las ofertas a través del portal Mercado Público, el Comité procederá a abrir los archivos ingresados por cada uno de los Oferentes, revisando que en ellos se encuentre la documentación exigida y que cumpla con los requisitos previstos en los documentos de la Licitación.

Finalmente, se levantará un Acta de Apertura de las Ofertas, en la cual se dejará constancia de los principales antecedentes contenidos en las ofertas, del precio de cada oferta y de la completitud de las propuestas.

En este contexto, la Universidad, a través de la Sra. Paola Santelices Vergara, Jefa del Departamento de Adquisiciones, se reserva el derecho de solicitar, en el periodo de evaluación, si a su juicio exclusivo es necesario, antecedentes que permitan aclarar determinadas propuestas, para lo cual el oferente dispondrá de dos días hábiles desde que se le haga la solicitud. Lo anterior conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del reglamento de la ley Nº 19.886.

La referida acta de apertura será firmada por el Comité de Apertura y en ella se registrarán los alcances u observaciones que se originen.

Normas de Presentación de las Ofertas

Todos los antecedentes se deben ceñirse a los formatos entregados en los anexos correspondientes a las presentes bases y ser enviados a través del portal www.mercadopublico.cl, por lo tanto, no se recibirán ofertas en formato, lugar, fecha y hora distintos a los señalados en las presentes bases

El proponente deberá ingresar su oferta administrativa, oferta técnica y oferta económica, adjuntando los anexos y antecedentes solicitados en la cláusula 4, “Instrucciones para la Presentación de Ofertas” de las presentes bases, en el portal www.mercadopublico.cl, ambiente privado del proveedor, específicamente en los módulos habilitados en el sistema para cada materia.

En este sentido, todos los antecedentes solicitados, deberán subirse al portal www.mercadopublico.cl en archivos individuales (en cualquier formato: doc, pdf, ppt, tif, gif, jpg, etc.) los cuales estarán identificados con el nombre de lo que contienen, de tal forma que se pueda saber fácilmente a qué corresponde, y deberán presentarse en el mismo orden que se indica en el número 4.

El no cumplimiento de los requerimientos señalados en los números 4, 5 y 8 (respecto de este último solo en lo que dice relación con la garantía de la seriedad de la oferta), dejará al proponente fuera de bases y por lo tanto impedido de adjudicarse la licitación.

Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la ley N° 18.575, que consagra para la contratación pública el principio de libre concurrencia y lo ordenado en el artículo 13 de la ley N° 19.880, Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia de la propuesta de un oferente solo en la medida en que se constate que realmente la omisión tipificada cause desmedro a los derechos de la Universidad, reste transparencia al proceso o rompa el principio de igualdad de los licitantes, de manera tal que la conducta infractora privilegie a uno de ellos en perjuicio de los demás, esto es, signifique una ventaja indebida a su favor.

En consecuencia, no operarán como causal para no evaluar una oferta presentada en esta licitación pública, aquellos errores que revisten un carácter formal y no constituyen un error esencial que afecte la validez de la oferta, especialmente si no guardan relación con aspectos objeto de evaluación.

En el caso que no se presenten ofertas o que el total de las ofertas fueran declaradas inadmisibles por no cumplimiento de bases, la Universidad tendrá la facultad de realizar un nuevo proceso de compras, conforme lo normado en la ley N° 19.886 y su reglamento.

Evaluación de las ofertas

El Jefe del Departamento de Infraestructura o representante por el designado procederá a efectuar un informe de evaluación conforme a los factores, ponderaciones y escala de notas señaladas en las presentes bases.

Adjudicación

La Universidad dispondrá de un plazo máximo de 15 días corridos contados desde la apertura de las ofertas, para adjudicar la licitación, de acuerdo a las propuestas y los factores consignados en el número 6 de estas bases.

Lo anterior, sin perjuicio de la facultad legal para declarar desierto el proceso o inadmisibles las ofertas.

La Universidad se reserva el derecho de admitir los antecedentes de aquellos oferentes que presenten defectos de forma, omisiones o errores, que a juicio exclusivo de la Universidad sean de carácter menor, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario ni la correcta evaluación de los participantes en el proceso de calificación. Todo lo anterior conforme a lo dispuesto en el reglamento de la ley Nº19.886.

En todo caso, el no cumplir con dicho requerimiento, dejará al oferente fuera del proceso de licitación.

Las ofertas, serán evaluadas de acuerdo a los criterios y ponderaciones establecidas en el número 6.

Durante la etapa de evaluación, el comité de adjudicación, podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes, con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial podrá requerir información de los contactos indicados por los propios oferentes.

El Comité de adjudicación emitirá un acta, la que contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando las calificaciones que hayan obtenido los respectivos oferentes, que culminara con una recomendación para la autoridad encargada de adoptar la decisión.

En tal contexto, la autoridad máxima de la institución podrá aceptar o rechazar la recomendación efectuada por el comité de adjudicación y procederá conforme con la normativa de compras públicas a dictar el acto administrativo correspondiente.

La Universidad adjudicará la licitación a un solo oferente, que presente la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y escala de calificaciones establecidas en las presentes bases.

Cuando el monto de la oferta económica proporcionada por un oferente sea inferior al 50% del valor informado por el proponente que siga su orden de prelación,  el Jefe del Departamento de Infraestructura deberá informar que los costos de dicha oferta son inconsistente económicamente, por lo que la Universidad podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de compras, adjudicar la presente licitación a esta propuesta mediante resolución fundada, que solicite al adjudicatario una ampliación del valor de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio de la oferta que siga en el orden ya señalado.

La Universidad no puede adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas bases y sus bases técnicas y anexos.

Así mismo, no podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con organismos de la Administración del Estado, como ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

Sobre los miembros de la Comisión Evaluadora

La Universidad de Talca, deja establecido que queda estrictamente prohibido que los miembros del Comité de Adjudicación del proceso licitatorio, acepten  cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o regalos de parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión.

Todo esto bajo el marco legal de la ley N° 20.730 y su reglamento, contenido en el decreto supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado.

El Comité de Adjudicación estará integrado por:

-        Representante del Rector.

-        Vicerrector de Gestión Económica y Administración o representante por el designado o representante por este último designado.

-        El Jefe Departamento Infraestructura o representante por el designado.

-        Representante de la Contraloría Interna, quien actuará como ministro de fe.

El Jefe Departamento Infraestructura o representante por el designado será el encargado de citar oportunamente a la reunión de este Comité. La Universidad de Talca, deja establecido que está estrictamente prohibido a los miembros de la Comisión Evaluadora del proceso licitatorio, que acepten invitaciones para participar de reuniones o audiencias y/o reciban regalos de parte de terceros relacionados con los procesos licitatorios, mientras sean integrantes de esta comisión.

Todo esto, se enmarca en lo establecido por la Ley N° 20.730, que regula el lobby y su reglamento.

Comunicación de Resultados

La Universidad de Talca notificará su decisión sobre esta Licitación a todos los oferentes a través del portal Mercado Publico dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de la adjudicación. Sin perjuicio de la Resolución Universitaria que debe dictarse sobre la adjudicación.

Para los efectos antes indicados, el Jefe del Departamento de Infraestructura o representante por el designado deberá informar al Departamento de Adquisiciones de los resultados de la adjudicación.

Cumplimiento del Plazo de Adjudicación

En el caso que la Universidad no pueda adjudicar dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades, por razones técnicas o de fuerza mayor, deberá informar las razones que justifican el incumplimiento  a través del portal Mercado Público e indicar un nuevo plazo para adjudicar conforme a lo establecido en el artículo 41 del reglamento de la ley N° 19.886.

Celebración del Contrato

El oferente que resulte seleccionado, deberá formalizar su oferta con la Universidad mediante la suscripción de un contrato, el  cual deberá firmar dentro del plazo de quince días hábiles, desde que el acta de adjudicación fuese incorporada en el Portal Mercado Público y haciendo entrega previamente de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, el que estará sujeto a las mismas formalidades que el que apruebe las presentes bases administrativas, técnicas y anexos.

La Universidad se reserva la facultad de adjudicar aquella oferta que siga en puntaje al primer adjudicado, para el caso, que este último desista de suscribir el contrato.

Por razones de buen servicio, el contrato comenzará a partir de su suscripción, sin perjuicio que los pagos se efectúen con posterioridad a que esté tramitado totalmente el acto administrativo, que lo apruebe.

Inicio del contrato

El inicio de vigencia del contrato se materializará a partir de la total tramitación de la resolución universitaria que aprueba el contrato.

Modificación del contrato

La Universidad podrá modificar el contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la ley N° 19.886, por las siguientes causales:

a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

e) Las demás que se establezcan en las respectivas bases de licitación o en el contrato.

En virtud de las causales señaladas, podrán introducirse modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante su ejecución, y que incidan en su normal desarrollo.

Las modificaciones introducidas podrán significar una variación en el precio del contrato, de hasta un 30% del precio total, I.V.A incluido.

La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

Causales para declarar inadmisibles las ofertas y declarar desierta la licitación

La Universidad podrá declarar desierta la licitación por las siguientes causales:

-        Que la oferta del proponente no resulte conveniente para los intereses de la Universidad.

-        Que el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone la Universidad.

-        Que no se presenten oferentes.

-        En el caso que la totalidad de las ofertas, sea declarada inadmisible.

-        Si se hace efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la oferta,  o por cualquiera de las causas señaladas en el número 9.

La existencia de las dos primeras causales para declarar desierta la licitación será calificada exclusivamente por el comité de adjudicación, sin que ello dé derecho a reclamar indemnización alguna. Esta declaración deberá ser efectuada en un acta del comité de adjudicación, que deberá ser publicada en el Portal Mercado Público. Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria.

Por su parte, en el caso que no se presenten oferentes, una vez acreditado por el comité de apertura, a través del acta respectiva, la Universidad podrá proceder a efectuar un nuevo proceso de compras. Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria.

Finalmente, la Universidad a través del Comité de Adjudicación declarará inadmisibles las ofertas cuando no cumplan con las bases de licitación. Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria.

Contraparte técnica

La contraparte técnica de la Universidad, será el funcionario designado para estos efectos por el Jefe del Departamento de Infraestructura, quien realizará al menos, las siguientes funciones:

­    Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.

­    Fiscalizar que la adquisición del bien y la ejecución del servicio de post-venta se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.

­    Velar por el correcto desarrollo de la adquisición y la prestación del servicio post-venta, informando mediante oficio al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.

­    Dar visto bueno y recepción conforme de la adquisición del bien y la prestación del servicio post-venta, como asimismo, dar tramitación a los pagos y las multas cuando corresponda.

­    Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones.

­    Para el cumplimiento de lo anterior, el funcionario designado por el Jefe del Departamento de Infraestructura, gozara de amplias atribuciones con el objeto de resguardar los intereses de la Corporación.

Re-adjudicación

La Universidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en calificaciones, y así sucesivamente, en los casos que se señalan a continuación, a menos que, de acuerdo a los intereses corporativos, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Si el adjudicatario se encuentra afecto a las inhabilidades previstas en la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra. En caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores y algunos de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad, la Unión Temporal de Proveedores deberá informar inmediatamente por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado,   con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la Unión Temporal de Proveedores debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo indicado, o el integrante retirado es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Si el adjudicatario se desistiere de suscribir el contrato a que se refieren estas bases o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la celebración del referido documento, particularmente no hacer entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, la Universidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

La Universidad podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:

a)     Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.

b)     Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. (antes de la fecha de vencimiento de la garantía de seriedad de la oferta).

c)     Si el adjudicatario se desiste de su oferta.

d)     Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado en el plazo establecido en las Bases de Licitación (numero 5).

e)     Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en virtud de la ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.

f)       Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia.

g)     Cuando el oferente no mantenga su oferta posterior al proceso de adjudicación.

Nuevo Proceso de Compras

En caso de declararse desierto el proceso o las ofertas inadmisibles, la Universidad  procederá conforme lo normado en la ley N° 19.886 y su reglamento, en la fecha que determine el Jefe del Departamento de Infraestructura o representante por el designado, la que será publicada en el Sistema de información Mercado Público.

Forma de Pago

La recepción del mobiliario se llevará a cabo por etapas, las cuales  consideran la instalación total del mobiliario en el recinto señalado para estos efectos, “Edificio del Instituto de Química y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada,  ubicado en Avda. Lircay S/N de la Universidad de Talca, de acuerdo a plano de ubicación adjunto.

Se contemplan tres estados de pago mensuales, debiendo cada etapa ser recepcionada en conformidad,  por el funcionario designado por el Jefe del Departamento de Infraestructura, consignándola en un acta de recepción conforme, que será adjuntada a cada estado de pago.

Los estados de pagos se realizaran en  concordancia a las etapas de recepción de la adquisición,  de acuerdo al siguiente detalle:

Primer  estado de pago: considera la instalación del mobiliario en un 50% de la estructura metálica de mesones de laboratorio y 50% muebles de oficina.

- Segundo estado de pago: considera la instalación del 75% de las estructuras metálicas de muebles, mesones de recepción  y  100% muebles de oficina.

- Tercer estado de pago: considera la instalación de la totalidad del mobiliario  en las dependencias y en condiciones para ser utilizado.

El procedimiento para presentar y cobrar un estado de pago, será el siguiente:                                                                                       

1º) El Proveedor deberá presentar el estado de avance de instalación del mobiliario al Inspector Técnico de la Obra (ITO), de acuerdo al Itemizado de la oferta economica adjunto a estas bases, entregado en formato físico y digital (.xls) a la vez. El ITO por su parte dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para comprobarlo, revisarlo y visarlo. En caso que el ITO identifique reparos al estado de avance presentado, este procederá a devolver el formulario, informando las observaciones. Una vez corregido y reingresado el estado de avance, el proceso de revisión y visación se reinicia.

Junto con el estado de avance aprobado y visado por el ITO, el Proveedor deberá completar el estado de pago entregando  los siguientes documentos, en formato digital no editable y copia física en duplicado.

Antecedentes empresa Proveedor:

-         Certificado de Antecedentes laborales y previsionales. (F-30)

  • Que acredite la no existencia de multas pendientes de pago y deudas previsionales que registre el Proveedor.

-         Certificado de Cumplimiento de Obligaciones laborales y previsionales. (F-30 1)

  • Que acredite que el Proveedor ha cumplido con las obligaciones laborales y previsionales que tiene para con sus trabajadores, incluidas las eventuales indemnizaciones legales asociadas al término de la relación laboral.

Sólo en el caso de la presentación de un primer estado de pago, y siempre y cuando el periodo al que se refiera el estado de pago no permita acreditar cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, el ITO previa consulta al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores autorizará la no presentación de aquella documentación que el Proveedor y/o sus sub-Proveedores no estén en posibilidad de entregar.

La visación y aprobación, por parte del ITO, del primer estado de avance que presente el Proveedor estará condicionada a la verificación de la entrega de Garantías, Seguros y cualquier otro documento que el Proveedor deba entregar, requeridos en el contrato y/o en las Bases Administrativas.

1° El estado de pago, será presentado por el Jefe del Departamento de Infraestructura al Director de Gestión y Desarrollo de Campus, dentro de los tres días hábiles siguientes, para su Visto Bueno (VºBº). Este último, contará con un plazo de 03 días hábiles para enviar los antecedentes al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, el que a su vez dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles deberá visar y aprobar, o en su defecto comunicar las observaciones a la documentación de respaldo del estado de pago.

2°   Si el Departamento de Gestión de Pago a Proveedores identificare reparos a la presentación de documentos de respaldo al estado de pago, enviará sus observaciones al ITO, quien las comunicará al Proveedor para su corrección. Si este fuera el caso, el plazo de revisión y visación del estado de pago del que dispone el Departamento de Gestión de Pago a Proveedores se reiniciará desde el día en que el Proveedor complete todos los antecedentes que respalden debidamente el estado de pago. Una vez aprobado el estado de pago por parte del Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, informará al ITO quien notificará al Proveedor para la emisión de la respectiva factura, la que deberá ser entregada, firmada por el ITO, al Departamento de infraestructura dentro del plazo de dos días hábiles. El Departamento de infraestructura enviará dicha factura, al día hábil siguiente al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, para inicio del proceso de pago respectivo. Desde este momento el plazo del Departamento de Tesorería para cancelar dicho estado de pago, será de diez días hábiles como máximo.

Para todos los efectos, se considerará como fecha de presentación del Estado de Pago la fecha en que el Proveedor haga entrega de la totalidad de los documentos que exigen las bases administrativas.

PROCEDIMIENTO PARA PREPARAR Y VALORAR UN ESTADO DE AVANCE:

El Proveedor deberá presentar el Estado de avance de acuerdo al formulario ESTADO DE  PAGO al ITO a cargo de la obra.

El formulario será en base a itemizado del anexo N°9 :

  1. Las columnas serán: Código,  Descripción, Cantidad, Precio Unitario,  Precio Total  y  Avance.
  2. El porcentaje de avance físico de cada Código, ejecutado hasta el período en cuestión.
  3. El porcentaje de avance físico de cada Código, ejecutado hasta el fin del período anterior y que se encuentre ya certificado.
  4. El porcentaje de avance físico correspondiente al periodo en cuestión, que se obtenga de restar b) y c).
  5. El valor contractual, calculado al aplicar el porcentaje de avance físico señalado en (d) al precio global del Código correspondiente.
  6. Al valor contractual total obtenido de la suma de los Códigos, se añadirán los porcentajes correspondientes al transporte e instalación, e Impuestos.
  7. Al valor de la liquidación certificada en cada Estado de Pago, el ITO deberá rebajar de cada Estado de Pago los siguientes valores:

i) Proporción correspondiente por anticipo: Para determinar la proporción, se deberá usar el porcentaje correspondiente al anticipo solicitado, el que se debe multiplicar por el valor total del estado de pago, obteniéndose el monto bruto a descontar.

En síntesis, el  monto a cancelar en cada Estado de pago será el siguiente:

Valor sin impuesto a liquidar en el Estado de Pago

Más Impuesto IVA

Valor Bruto

Menos monto por anticipo

Valor a pagar (Este valor tiene incorporado IVA y corresponde al valor total a facturar).

Entrega, instalación y aceptación del mobiliario

La entrega, instalación y aceptación conforme de mobiliario por parte del Jefe del Departamento de Infraestructura, se realizará en el Edificio del Instituto de  Química y Recursos Naturales y Centro de Instrumentación Científica Avanzada, ubicada en Avda. Lircay S/N de la Universidad de Talca.

Una vez recibido por el funcionario designado  para estos efectos, se procederá a realizar las pruebas de aceptación del mobiliario.

Las pruebas de aceptación, estarán constituidas por:

  1. Inspección visual y validación de cada uno de los requerimientos señalados en las bases técnicas.
  2. Recepción conforme del mobiliario, lo que implica verificar cumplimiento de calidad y características.
  3. Revisión del equipamiento, considerando su operación y funcionalidad.
  4. Verificación de todos los certificados de calidad y garantía que correspondan al mobiliario ofertado.

Si alguna parte o pieza del mobiliario no cumplieran con las pruebas de aceptación, serán devueltas y deberán ser reemplazadas. Siendo considerado como atraso, el lapso de tiempo que transcurra entre la fecha de reposición establecida por el oferente y la entrega física e instalación, para efectos, de aplicación de multas, de acuerdo a lo estipulado en estas bases.

El plazo máximo de reposición es de 15 días corridos desde que se notifica el cambio o reposición del equipamiento al oferente y las multas se contemplan desde el

día 16 en días corridos.

Plazo de Ejecución

El plazo máximo para la entrega e instalación del equipamiento, será el ofertado por el proponente adjudicado y se contará a partir de la total tramitación del contrato.

Multas

Incumplimiento en los Plazos de Entrega

a) Vencido el plazo de entrega establecido por el oferente adjudicado en el Anexo N°9, se aplicará una multa de 0,2% (cero coma dos por ciento) sobre el monto total del contrato, por cada día de atraso en la entrega e instalación del equipamiento.

b) Reposición o cambio de mobiliario. En el caso que se rechace  uno o más muebles, el plazo de reposición será de 15 días corridos desde que se notifica la solicitud de cambio. Las multas se cursarán a partir del día 16. Si superan los 20 días y estos muebles no han sido reemplazados, la Universidad podrá dar término anticipado al contrato y procederá a liquidar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin que ello dé derecho al oferente para exigir indemnización alguna.

La suma de las multas aplicadas no podrá ser superior a un 10% sobre el monto total del contrato.

Procedimiento de reclamo de multas

Cualquier multa que se aplique, será informada a traves de e-mail o carta certificada al contratista, por parte del Jefe del Departamento de Infraestructura.

Se podrá alegar como causal de exculpación o inaplicabilidad de la multa el acaecimiento de circunstancias constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, que señala:” Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”

Sin perjuicio de lo anterior, el afectado podrá alegar otro tipo de circunstancias que, en su concepto, le liberen o aminoren su responsabilidad frente al incumplimiento.

El Jefe del Departamento de Infraestructura,  decidirá sobre la aplicación de las multas en los casos en que se configurare algunas de las causales anteriormente indicadas.

La decisión sobre la aplicación de la multa será comunicada al adjudicatario infractor, personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada. El proveedor podrá impugnar la decisión que impone la multa, mediante un recurso de reposición, dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde la fecha de su comunicación personal o a contar del tercer día siguiente a la fecha de recepción de la carta certificada correspondiente al domicilio informado en la oferta. Se entenderá también que la comunicación es personal si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario afectado informo en su oferta. El recurso de reposición se interpondrá ante el Jefe del Departamento de Infraestructura.

Para los efectos de impugnar la aplicación de las multas, el afectado deberá acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación o que aminoren su responsabilidad frente al incumplimiento, de conformidad con lo indicado precedentemente.

El Jefe del Departamento de Infraestructura, analizará los antecedentes acompañados a la impugnación y dictará resolución expresando lo que, en definitiva, decida sobre la aplicación o no de la multa. Esta decisión podrá también considerar, fundadamente, que procede la aplicación parcial de la multa, cuando existan circunstancias que razonablemente hayan afectado al adjudicatario, pero que no fueren constitutivas de fuerza mayor.

La resolución señalada será comunicada, personalmente, correo electrónico  o mediante carta certificada, a la obligada al pago, otorgándole un plazo para el depósito o transferencia bancaria del monto de la multa aplicada, en la cuenta corriente que la Universidad indique o bien, la entrega de un documento nominativo a nombre de la Universidad de Talca por el valor de la multa. Lo anterior será indicado y detallado en esa misma resolución.

De la decisión del Jefe del Departamento de Infraestructura,  podrá interponerse recurso jerárquico, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de lo resuelto, ante el Director de Gestión y Desarrollo de Campus, autoridad que resolverá dentro del quinto día y sin ulterior recurso. La resolución señalada será comunicada personalmente o mediante carta certificada, a la adjudicataria afectada.

La resolución señalada será comunicada, personalmente o mediante carta certificada, a la adjudicataria afectada.

Para todos los efectos, se entiende que la comunicación es personal si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario informo en su oferta.

La Universidad podrá hacer efectivo el pago de las multas, rebajándola del  estado de pago correspondiente o ejecutando la garantía de fiel cumplimiento de contrato, si el afectado no acredita el pago de conformidad con lo señalado en los párrafos precedentes.

Durante la vigencia del procedimiento y hasta el pago efectivo de la multa, la afectada deberá mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Término anticipado del contrato

La Universidad podrá poner término en forma anticipada al contrato por las siguientes causales:

  1. Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
  2. Si el proveedor fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva, o si tratándose de una sociedad, lo fuese uno de sus socios, o en el caso de una Sociedad Anónima, alguno de los miembros del Directorio o el Gerente.
  3. Si el proveedor fuere declarado en quiebra o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieron impagos durante más de 60 días o no fueron debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
  4. Por las causales indicadas en el artículo 13 de la ley N° 19.886, y 77, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba su Reglamento.
  5. Si se acredita que el oferente faltó a la verdad en la declaración jurada simple correspondiente al Anexo Nº 2.
  6. Por incorporar cobros injustificados en la factura por la provisión del equipamiento materia del contrato.
  7. Si el proveedor despacha a la Universidad, un equipamiento que no corresponde a lo requerido en los antecedentes técnicos, con evidente deterioro o en condiciones deficientes, con señales visibles de haber sido ensamblado anteriormente, o que por estas razones o pueda ser utilizado para los fines que fue adquirido.
  8. Si la Universidad no recepciona el equipamiento, pasados 10 días corridos desde el plazo ofertado en la presente  licitación.
  9. Por el no cumplimiento de lo establecido en la oferta adjudicada y/o lo establecido en el contrato, Bases Administrativas, Técnicas, Anexos y demás antecedentes que formen parte de la licitación.

Sin perjuicio de lo anterior, serán además causales de término anticipado, respecto de la Unión Temporal de Proveedores:

  1. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  2. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de  Proveedores se retira de esta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  3. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  4. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unidad Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
  5. Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.

Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Universidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

En caso de terminar anticipadamente el contrato, la Universidad se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8° letra b) de la ley N° 19.886 en armonía con lo previsto en el artículo 10° numeral 2 del Reglamento de la Ley citada a llamar una nueva licitación pública para la adquisición del equipamiento o bien calificar la compra como indispensable y recurrir al trato directo.

Domicilio, Competencia y Legislación Aplicable

Para todos los efectos legales, las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Talca y se someterán expresamente a la legislación chilena y a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.

Normativa Supletoria

Sin perjuicio de lo señalado en las presentes Bases, el proceso licitatorio se regirá además, por lo prescrito en la ley Nº 19.886 y su Reglamento.

Derechos y Obligaciones

Los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente Licitación serán intransferibles.

Situaciones No Previstas

Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases será resuelta por la Universidad, quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales que procedan.

Criterios de Desempate

En el caso de producirse empates entre los oferentes mejor evaluados, para efectos de adjudicar la licitación se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:

  1. Segundo decimal en la nota final.
  2. Mayor nota de la oferta precio.
  3. Mayor nota de la oferta calidad técnica del bien.

Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.

Procedimiento para Uso de Factoring

La Universidad de Talca autoriza a sus proveedores de bienes y servicios para ceder, mediante el uso de FACTORING, derechos a percibir el pago de facturas emitidas contra las órdenes de compra y contratos, siempre que se cumplan con las exigencias definidas en la ley N°19.983, en especial la oportunidad y formalidad de notificación, según se indica:

a) El proveedor o Proveedor debe informar con antelación y por escrito si efectuará o no cesión de los créditos contenidos en las facturas que emanen del Contrato u Orden de Compra, indicando el nombre de la o las empresas de factoring con las cuales operará en cada oportunidad en que efectúa la cesión de créditos contenidos en las facturas. En aquellos pagos acordados a 30 días se entenderá oportuna aquella información realizada al menos con 15 días de anticipación a la fecha de pago, mientras en los pagos acordados con plazos menores a 30 días, se entenderá oportuno aquel aviso realizado con al menos 10 días de anticipación a la fecha de pago.

b) La Universidad de Talca se reserva el derecho de reclamar contra el contenido de la factura, en el plazo máximo de 30 días corridos contados desde su presentación, para los efectos del número 2 del artículo 3° de la ley N°19.983. 

c) Toda cesión del crédito contenido en una factura debe ser notificada a la UNIVERSIDAD DE TALCA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la ley N°19.983, o en conformidad a lo establecido en los artículos 1.901 y siguientes del Código Civil, a objeto que pueda disponerse el pago al cesionario o ejercer, en su caso, los derechos que le otorga la Ley.

d) Además, la factura debe haber sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención "cedible", y en la misma debe constar el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con la información y formalidades que se indicarán en la respectiva orden de compra o contrato.”

Para que proceda  la cesión del crédito, se requiere:

a) Que la factura haya sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención “cedible", y

b) Que en la misma conste el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con indicación de la Unidad y el lugar de recibo, así como la fecha de la entrega de los bienes o de la prestación del servicio, además de estar dirigida a nombre la UNIVERSIDAD DE TALCA, Rol Único Tributario Nº70.885.500-6, estableciendo como domicilio o dirección de destino, la indicada en este contrato para el envío de las facturas.

Además, debe incluir la identificación del funcionario que recibe el bien o servicio, más la firma de este último.

En caso que en la copia de la factura no conste el recibo mencionado, sólo será cedible cuando se acompañe una copia de la guía o guías de despacho emitida o emitidas en conformidad a la ley, en las que conste el recibo correspondiente. Para estos efectos, el emisor de la guía o guías de despacho deberá extender una copia adicional a las que la ley exige, con la mención “cedible con su factura”.

La falta de oportunidad en la comunicación por parte de la Empresa, Proveedor o Proveedor, según sea el caso, la hará responsable, ante la Universidad de Talca, de cualquier gasto, pagos, costo y costas que ello pudiera significar para la Universidad de Talca, sumas que serán descontadas del contrato u orden de compra, o de cualquiera garantía (Boleta Bancaria, retención o depósito) u obligación de pago que la Universidad de Talca tenga con el Proveedor o proveedor. Del mismo modo, dicha falta de comunicación constituirá causal de incumplimiento contractual calificado de grave, el cual será sancionado en la forma descrita en estas Bases y el contrato respectivo, dejándose constancia de ello en el historial de evaluación del Proveedor para futuras licitaciones, y servirá de base para el cobro de multas o boletas de garantías e incluso para la  terminación del contrato sin derecho a indemnización de ninguna especie.

Cualquier situación que altere el sistema de pagos convenido entre las partes, o cualquier materia referente a la oportunidad de notificación legal sobre el cesionario del crédito, deberá estar coordinada previa y directamente con la Vicerrectoría de Gestión Económica y Apoyo Administrativo de la Universidad de Talca, a fin de permitir adoptar las medidas administrativas de control, de pago o de resguardo que sean procedentes, en cumplimiento de la Ley.

Respecto de la cesión de facturas electrónicas, ésta podrá efectuarse sólo si se ha dado cumplimiento previo de los requisitos que establece la Ley y su Reglamento, especialmente en lo referente a la inscripción de la transferencia del crédito mediante la incorporación de dichas operaciones en el Registro Electrónico de Cesión de Créditos, disponible en la Oficina Virtual del SII en Internet. La Universidad de Talca rechazará de plano la cesión de créditos contenidos en facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo dispuesto precedentemente, sin ulterior responsabilidad y sin perjuicio de las demás medidas que puedan aplicarse respecto de los proveedores o empresas Proveedores que se aparten del procedimiento legal para la cesión de los créditos contenidos en estos instrumentos electrónicos.”

Estándares de Probidad

Los adjudicados a quienes de adjudique la compra del mobiliario para la Universidad de Talca deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato de bienes y servicios, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub-proveedores, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10.- Selección de producto

El detalle de las especificaciones técnicas del bien se encuentra descrito en las Bases Técnicas de la presente licitación (anexo N° 10) y corresponden al siguiente detalle:

Item

Muebles y mobiliario /Mobiliario y accesorios institucional, escolar y educativo/ Muebles de laboratorio.

Código

1

Descripción

Estaciones de trabajo de oficina y de laboratorio.

11.- Ingreso de Anexos

1.- Anexo Nº1: “Presentación del oferente”

2.- Anexo Nº2: “Declaración jurada simple”

3.- Anexo Nº3: “Antecedentes legales”

4.- Anexo Nº4: “Antecedentes laborales y previsionales”

5.- Anexo Nº5: “Curriculum del oferente

6.- Anexo Nº6: “Oferta técnica”

7.- Anexo Nº7: “Garantías”

8.- Anexo Nº8: “Servicio de Postventa”

9.- Anexo Nº9: “Oferta económica”

10.- Anexo N° 10: “Bases técnicas”

11.- Anexo N° 10.1: “Presentación.pdf”

12.- Anexo N° 10.2: “Fichas individuales”

13.- Anexo N° 10.3: “Arquitectura 1509 A 101 Planta Piso 1 C.dwg”

14.- Anexo N° 10.4: “Arquitectura 1509 A 102 Planta Piso 2_C.dwg”

15.- Anexo N° 11: ”RU-1676/2012. - Reglamento Subcontratistas”


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.