Modalidad de la Licitación |
El objetivo de esta licitación pública es seleccionar y aceptar una oferta, que, sujetándose a los requisitos establecidos en las bases, sea la más conveniente para los intereses de la entidad convocante, salvo, que se disponga en el respectivo pliego de condiciones que se puede adjudicar a más de un oferente cuando se trata de servicios o suministros susceptibles de contratar por ítem o rubros, específicamente determinados, lo que ocurre en estas bases. Dictamen CGR Nos. 20.879/2009,
37.411 de 2012.
En este contexto, los participantes en la presente licitación podrán ofertar por Ítem, según lo indicado en las especificaciones técnicas, entendiendo que cada uno de ellos involucra costos distintos, lo que significa que se trata de suministros específicamente determinados en función de las condiciones que se oferten, lo que deberá reflejarse en lo(s) Formulario(s) Oferta(s) Técnica y Económica que presenten los oferentes en la oferta ingresada al sistema.
Debe entenderse, por lo tanto, que esta licitación puede ser adjudicada a uno o más oferentes por los Ítem detallados a continuación:
ÍTEM N° DESCRIPCIÓN
1 Talca:
- Campus Talca, Avenida Lircay S/N
- Casa Central, 1 Poniente 1141
- Centro de Extensión, 2 Norte 685
- Casa Azul, 2 Norte 685
- Campus Pehuenche, Avenida San Miguel N° 3704
- Estación Experimental Panguilemo (Invest Maule), Panguilemo S/N
- Edificio Lircay, Avda. Lircay N° 3030.
2 Curicó
- Campus Curicó, Camino Los Niches, Km 1
- Centro de Extensión, Merced 437
3 Linares
- Campus Linares, María Auxiliadora 380
4 Santa Cruz
- Campus Colchagua, Ramón Sanfurgo 980
5 Santiago
- Campus Santiago, Santa Elena 2222, San Joaquín
- Escuela Postgrados y Centro de Extensión, Quebec 415, Providencia
- Campus LBI, Nuestra Señora del Rosario 1120, Vitacura
Si el oferente desea incorporar más de una oferta económica, la deberá subir al portal Mercado Público por separado, conservando la misma garantía por seriedad de la oferta.
Se deberá considerar cualquier modificación o aclaración efectuada por el mandante durante el periodo permitido para tales efectos, los que se realizarán única y exclusivamente por el portal Mercado Público, por lo tanto, será de responsabilidad del oferente informarse íntegramente del proceso licitatorio a través de este medio.
En caso de que el servicio requerido sea no afecto o exento de
I.V.A, el oferente deberá indicar claramente en la oferta económica tal condición, considerando el valor ofertado como valor final.
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De los participantes del proceso |
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no
registren las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6°
del artículo 4°, y literales a,b, c, d y e del artículo 35 septies,
todos de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley
de compras), ni las incompatibilidades del artículo 35 quárter
de la misma ley precitada, ni la prohibición de celebrar actos y
contratos con organismos del Estado por haber sido
condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.393, que
establece la responsabilidad penal de la personas jurídicas en
los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo
y delito de cohecho.
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De los Requisitos para Contratar |
Podrán suscribir contratos con esta Corporación aquellas personas naturales o jurídicas, que no tengan causal de inhabilidad o incompatibilidad conforme con lo dispuesto en el artículo 4°, 35 quarter y35 septies de la ley Nº19.886.
Los oferentes de este proceso concursal deberán, mediante declaración jurada simple contenida en Anexo N° 3, manifestar:
No estar afecto a las inhabilidades previstas en el artículo 4, inciso 1° y 6° de la ley N°19.886, establece que no podrán contratar quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años contados desde la presentación de la oferta.
No formar parte del personal de la Universidad de Talca, cualquiera sea la modaidad de contratación, incluido el personal a honorarios
No ser cónyuge, conviviente civil, u otra persona unida al personal de la Universidad, por vínculo de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad.
No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada de las que forme parte o sea beneficiario final un miembro del personal de la Universidad.
No ser sociedad en comandita, por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que un miembro de la Universidad, sea accionista directamente, o beneficiario final.
No ser sociedad anónima abierta en que un miembro del
personal de la Universidad o éstas, sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni ser gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
-No estar ondenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal y Código Tributario.
-No estar condenados por incumplimiento contractual en virtud de una sentencia firme o ejecutoriada por tribunales.
-No estar condenados por prácticas antisindicales o infracción a los
derechos fundamentales de los trabajadores.
-No estar Condenados por cohecho o lavado de activos establecidos en el Código Penal y la Ley N°18.314.
-No haber proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados o que se presenten de forma que induce error en su evaluación.
Asimismo, se debe considerar que ningún órgano de la Administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios, con los funcionarios directivos de la Universidad, ni las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni las sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni las sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni las sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni los gerentes, Administración, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
La acreditación mediante declaración jurada simple contenida en Anexo N°3, en el caso de personas jurídicas, indica que tampoco podrán contratar aquellas que tengan prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos que indica la ley N° 20.393. (Declaración exigible solo tratándose de oferentes personas jurídicas) o bien que haya sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del decreto ley N°211, de 1973.
Los participantes tendrán la obligación de estar atentos al proceso licitatorio a través del Portal Mercado Público, ya que es allí donde la Universidad informará de todas las actuaciones, requerimientos u otros.
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Otros antecedentes para ser contratado |
En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde que la resolución que aprueba el acta de adjudicación y adjudica la presente licitación sea publicada en la plataforma de Mercado Público.
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Unión Temporal de Proveedores |
Podrán participar dos o más proveedores que se unen para efectos de participar en el proceso de contratación, denominado “Unión Temporal de Proveedores”, debiendo establecer en el documento que formalice la unión, a lo menos la solidaridad entre las partes, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Universidad de Talca, y el nombramiento de un representante legal común con poderes suficientes para efectuar todo acto legal.
Por tratarse de una contratación superior a 1.000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores. En el caso que el adjudicatario resulte ser una unión temporal de proveedores, debe encontrarse hábil para contratar con el Estado, lo que deberá ser verificado en el sistema, emitiéndose o presentando el certificado de estado de inscripción en el Registro de Proveedores correspondiente.
Al momento de la presentación de las ofertas y salvo indicación contraria o explícita, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la oferta o para la suscripción de la
convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a
cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, sumado a sesenta (60) días corridos adicionales.
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Modificaciones a las Bases |
La Universidad podrá modificar las Bases Administrativas, Anexos, Formularios y demás antecedentes técnicos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, informando debidamente de ello a todos los oferentes a través del portal Mercado Público. Dichas modificaciones serán aprobadas mediante el respectivo acto administrativo sujeto a las mismas formalidades que el acto que apruebe estas bases.
Será responsabilidad de los oferentes informarse de estas modificaciones a través del Portal Mercado Público.
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Conocimiento y Aceptación de las Bases |
El sólo hecho de participar, en cualquier forma, en la presente Licitación Pública, implicará el conocimiento y aceptación íntegra y obligatoria de todos los procedimientos, requisitos y términos de las Bases administrativas, técnicas y del proceso licitatorio en general.
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Prohibiciones |
Queda prohibido al oferente realizar cualquier tipo de gestión o pagos directamente o a través de terceros, ajenos a las diligencias contempladas en el procedimiento regular de la licitación con el fin de adjudicarse la contratación de los bienes, obras, servicios u otros.
Se prohíbe al oferente la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en la Universidad y que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que dicha comunicación se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Queda prohibido en este procedimiento de contratación pública y posterior ejecución contractual, la intervención de las autoridades y los funcionarios de la Universidad que puedan tener interes en él, independientemente de su calidad jurídica.
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