Licitación ID: 1469-73-LE21
Provisión e Instalación Red de Gases Laboratorio
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE TALCA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Instalación de conductos 1 Unidad
Cod: 72101606
Provisión e Instalación Red de Gases de Laboratorio para Edificio Centro de laboratorios  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Provisión e Instalación Red de Gases Laboratorio
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratar la Provisión e instalación de Red de Gases de Laboratorio para el Edificio Centro de Laboratorios, Ubicado en Avenida Lircay 3340, Talca
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Universidad de Talca
R.U.T.:
70.885.500-6
Dirección:
2 Norte 685
Comuna:
Talca
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-04-2021 18:30:00
Fecha de Publicación: 12-04-2021 19:04:04
Fecha inicio de preguntas: 12-04-2021 19:06:00
Fecha final de preguntas: 19-04-2021 19:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-04-2021 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-04-2021 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-04-2021 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 27-05-2021 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 25 Días
Visita a terreno voluntaria 19-04-2021 10:00:00
Entrega de garantía de seriedad de la oferta 26-04-2021 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Presentar ofertas por sistema Mercado Público Obligatorio Documentos Administrativos La Oferta Administrativa deberá contener, debidamente cumplimentados, los siguientes archivos, según numeral 4 de las bases administrativas: a) Anexo Nº 1.- Presentación del Oferente b) Anexo Nº2.-Declaración Jurada simple, sobre conocimiento de los documentos de la licitación. c) Anexo N°3.- Declaración Jurada simple sobre inhabilidades, que acrediten que los postulantes no se encuentran afectos a las inhabilidades previstas en la Ley N° 19.886, y respecto de otros aspectos relevantes. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un anexo por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores, suscritos por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante. d) Anexo Nº4.- Antecedentes Laborales y Previsionales Certificado de Antecedentes laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo. En caso de constitución de Unión Temporal de Proveedores, se adjuntarán los certificados de cada uno de los proveedores unidos en dicha constitución. e) Anexo Nº5.- Antecedentes Legales e.1) En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica: e.1.1)- Copia de Escritura de Constitución e.1.2)- Copia del Rol Único Tributario e.1.3)- Copia del certificado de Vigencia En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la citada ley, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cly www.registroempresas.cl administrados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y fotocopia del rol único tributario. e.2) De tratarse de una persona natural, deberá presentar: e.2.1) Certificado digital de Inicio de Actividades otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, o bien el formulario 4415 de Inscripción al Rut y aviso de Inicio de Actividades. En el caso que el oferente no cuente con cualquiera de los documentos anteriormente señalados, podrá presentar la Cartola Tributaria emitida por el SII, donde se indique la fecha de Inicio de Actividades. e.2.2) Fotocopia cédula de identidad, por ambos lados. e.3)De tratarse de una constitución de Unión Temporal de Proveedores - Junto con los antecedentes legales para poder ofertar descritos en las letras e.1) y e.2) de cada uno de los proveedores que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda, el representante de la unión temporal deberá adjuntar al momento de ofertar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Los proveedores sin bienes o servicios contratados en Chileproveedores, deberán entregar los antecedentes según lo indicado en las bases. El hecho de estar inscrito en el portal Chileproveedores no otorgará ninguna puntuación especial al momento de evaluar las propuestas o decidir la adjudicación de la licitación.
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica debe ajustarse a lo establecido en las bases técnicas, las que se entienden conocidas por el oferente, por el sólo hecho de presentar oferta, y deberá contener los siguientes archivos: La falta o inexistencia en el proceso de apertura de ofertas, de a lo menos 01 (uno) de los documentos a evaluar en este ítem, dejará al proponente fuera de evaluación y su oferta será considerada inadmisible. f) Anexo Nº6.- Oferta Técnica -El oferente debe presentar una descripción detallada de las características del equipamiento ofertado y de los sistemas en general (marca, modelo, especificaciones y todo elemento técnico relevante que permita asegurar el cumplimiento de lo solicitado). En caso de modificar alguna especificación respecto de la descripción solicitada, ésta debe considerar una mejora técnica y estética sobre la especificación inicial y por ningún motivo debe ser inferior a ella. No se permitirán elementos de distintas dimensiones a las señaladas en especificaciones y fichas. De incluir alguna modificación, se debe destacar las ventajas de su inclusión. En el caso que la Universidad haya especificado marcas, el oferente podrá ofertar dicha marca o de similares características y calidad. - Además, se deberá incluir catálogos y folletos de los bienes ofertados. g) Anexo Nº7.- Garantías - El oferente debe presentar una carta de garantía, para el periodo de provisión e instalación, por los productos contratados. En ella se establecerá que aquellos productos que presenten deterioro, deficiencias en su uso o aplicación, que no respondan a lo ofertado en calidad, vencidos, o que lleguen a las dependencias con evidencias de uso o sin los sellos de garantía, serán repuestos sin costo para la Universidad. El documento debe detallar los plazos de respuesta frente a requerimientos de productos, frente a fallas o desperfectos.
 
2.- Se consulta una visita a terreno voluntaria para el día lunes 19 de abril de 2021 a las 10:00 horas. Dada la condición de pandemia que afecta al país, se ha determinado que los interesados en participar de esta licitación, deben enviar un mail de confirmación a la Srta. Tatiana Schukkert Preisig correo: tschukkert@utalca.cl, profesional del Departamento de Desarrollo Infraestructura encargada de la visita a Terreno, a más tardar tres días hábiles antes de la fecha fijada para la visita. El lugar de encuentro con los oferentes será en el acceso de la obra, ubicado a un costado de la Escuela de Enfermería, Edificio Prosperidad 2, en el Campus Talca, de la Universidad de Talca, Dirección: Avenida Lircay N°3340. Los asistentes serán distribuidos en grupos pequeños desde las 10:30 horas. Para esto se solicitará estricta puntualidad a los participantes, se requiere que estén protegidos con mascarilla, de acuerdo con lo aconsejado por el Ministerio de Salud. Cabe señalar que se adjuntaran fotografías del lugar y que, además, cualquier duda al respecto, se podrá pedir su aclaración durante el periodo de Consultas estipulado en el Calendario de Actividades de la presente licitación.
 
Documentos Económicos
1.- La Oferta Económica deberá presentarse sólo a través del Portal Mercado Público y deberá incluir los siguientes antecedentes, debidamente firmados: h) Anexo N°8.- Oferta Económica, indicando precio. El valor debe expresarse en valor neto, sin IVA, de acuerdo a formato adjunto. i) Anexo N°9.- Presupuesto detallado. El oferente deberá presentar un presupuesto detallado de acuerdo al itemizado adjunto. Los oferentes deberán contemplar el llenado de los ítems según lo indicado en el anexo, no permitiéndose omitir, modificar o alterar parámetros del presupuesto detallado. Los oferentes deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidad como cantidades independientes y no como una suma única. Los oferentes deberán tener en consideración que en aquellas ocasiones en que se hace referencia a marcas específicas, debe entenderse que se admite, en todo caso, bienes o productos equivalentes de otras marcas o genéricos, debiendo entenderse expresamente agregada a la marca sugerida la frase "o equivalente".
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- En relación a la Inscripción en ChileProveedores
- Al momento de presentar la propuesta NO es requisito que el oferente esté inscrito en el portal ChileProveedores.
- En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro Electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, antes de la suscripción del contrato.
- En el caso de tratarse de una unión temporal de proveedores, cada miembro asociado a ella deberá inscribirse en forma individual, con el fin de suscribir el contrato.
- En relacion a las inhabilidades
- Los adjudicatarios ya sean personas naturales o jurídicas NO deben haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
- 1.- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica).
- 2.- Encontrarse condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del decreto ley N°211, de 1973.
- 3.- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales previstos en el Código Penal,
- 4.- Finalmente declaro estar en pleno conocimiento que ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación,
- puede suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del
- artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que a
- aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anonimas abiertas
- en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4° inciso sexto de la ley N°19.886).
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: En relacion a la inscripcion en Chileproveedores
- I18n entry not found: Al momento de presentar la propuesta NO es requisito que el oferente esté inscrito en el portal ChileProveedores.
- I18n entry not found: En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro Electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, antes de la suscripción del contrato.
- I18n entry not found: En el caso de tratarse de una unión temporal de proveedores, cada miembro asociado a ella deberá inscribirse en forma individual, con el fin de suscribir el contrato.
- I18n entry not found: En relacion a las Inhabilidades
- I18n entry not found: Los adjudicatarios ya sean personas naturales o jurídicas NO deben haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
- I18n entry not found: 1.- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica).
- I18n entry not found: 2.- Encontrarse condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del decreto ley N°211, de 1973.
- I18n entry not found: 3.- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales previstos en el Código Penal,
- I18n entry not found: 4.- Finalmente declaro estar en pleno conocimiento que ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación,
- I18n entry not found: puede suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del
- I18n entry not found: artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que a
- I18n entry not found: aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10%
- I18n entry not found: o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4° inciso sexto de la ley N°19.886).
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Para efectos de determinar la nota de este criterio se evaluarán cada uno de los Subcriterios solicitados en los Anexos N° 6 y N°7, a saber: Subcriterio 1: Cumplimiento Especificaciones Solicitadas 40% Se evaluará este ítem en relación al cumplimiento de las especificaciones de los materiales solicitados y la oferta del contratista respecto de la calidad y de los productos ofertados así como de la descripción de los mismos: Nota 7,0: Detalla procedencia, marca y descripción técnica. Nota 1,0: No especifica o no detalla uno o más de los antecedentes solicitados. Subcriterio 2 :Garantías y Reemplazo de Productos solicitados 60% Asimismo, se evaluará la garantía y reemplazo de los productos defectuosos o que hayan presentado problemas en su uso o manipulación, como también aquellos productos que llegaron dañados a la obra dentro de la Universidad o que producto del despacho y flete hayan resultado dañados. Nota 7,0: Considera garantía y plazo de reposición o reemplazo en menos de 72 horas (considerando días hábiles). Nota 4,0: Considera garantía y plazo de reposición o reemplazo en más de 72 horas (considerando días hábiles). Nota 1,0: No considera garantía y/o no señala plazo de reemplazo. Para calcular la nota final de este criterio se utilizará la siguiente fórmula: Nota final Oferta Técnica = (Nota Subcriterio1 * 0,4+ Nota Subcriterio2 *0,6) 30%
2 Precio Se comparará el precio final de las ofertas, comparando el precio de cada oferta por el precio menor ofrecido, mediante la siguiente metodología: Nota (i) = (precio mínimo ofrecido /precio de la oferta (i))*7,0 De acuerdo a lo anterior, las calificaciones a considerar para cada uno de los criterios de evaluación se calcularán utilizando la escala de notas de 1,0 a 7,0, siendo siete la más alta y uno la más baja. La nota final será considerada hasta el segundo decimal. La calificación final de la propuesta para cada oferente será obtenido aplicando las ponderaciones asignadas a cada criterio en la siguiente fórmula: Nota Final Oferta = (N1*0,40)+(N2*0,25)+(N3*0,30))+(N4*0,05) Dónde: N1= Nota factor precio N2= Nota factor Plazo de Entrega N3= Nota factor Calidad Técnica del Servicio N4= Nota factor Cumplimiento de Requisitos Formales Cabe señalar, que ningún oferente podrá adjudicarse la presente licitación cuando su propuesta no haya alcanzado la nota final ponderada de 4,0 (cuatro coma cero). Según lo establecido en artículo 40 del reglamento de Ley N°19.886 la Universidad de Talca, podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que o los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Subsanación de errores u omisiones formales Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopúblico.cl. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopúblico.cl.La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos La Universidad tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopúblico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación La Universidad declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. La Universidad podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. 40%
3 Plazo de Entrega Para efectos de determinar la nota se considerará el plazo de entrega de la provisión e instalación: Nota: (Menor plazo de entrega e instalación ofrecido [en días] / Plazo de entrega e instalación ofrecido [en días] (i))*7,0. El oferente que presente un plazo de ejecución (entrega e instalación) superior a los 70 días corridos, será evaluado con nota mínima en este criterio, es decir, un 1 (uno), por lo tanto, no se aplicará fórmula anterior. 25%
4 Cumplimiento de los requisitos Se evaluará la presentación conforme de los antecedentes requeridos por Bases administrativas y sus posteriores aclaraciones. Nota 7,0: La totalidad de los antecedentes administrativos son presentados en el plazo de recepción de ofertas. Nota 1,0: Uno o más de los antecedentes administrativos se presentan fuera del plazo de recepción de ofertas, a requerimiento del mandante. Según lo establecido en artículo 40 del reglamento de Ley N° 19.886. De acuerdo a lo anterior se establece que la Universidad de Talca, podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuestario
Monto Total Estimado: 34747090
Justificación del monto estimado Conforme a servicio de similar naturaleza
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Se formalizará contrato
Tiempo del Contrato 70 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricia Samur Piraces
e-mail de responsable de pago: psamur@utalca.cl
Nombre de responsable de contrato: Director General de Aseguramiento de la Calidad y
e-mail de responsable de contrato: jtroncoso@utalca.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-71-2200157-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Universidad de Talca
Fecha de vencimiento: 23-08-2021
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán entregar una garantía de seriedad de la oferta, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y a primer requerimiento, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, mencionándose a modo de ejemplo los siguientes tipos de garantías, sin perjuicio de otros que pudieran existir en el mercado:Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Depósito a la Vista o Póliza de Seguro Electrónica, entre otras, a favor de la Universidad de Talca. En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta: “Provisión e Instalación, Red de Gases de Laboratorio para Edificio Centro de Laboratorios, Universidad de Talca”.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de acuerdo a las condiciones establecidas en el apartado “Devolución de Garantía por Seriedad de la Oferta”, del numeral 9 de las presentes bases.
    Otras Garantías
Beneficiario: Universidad de Talca
Fecha de vencimiento: 17-08-2022
Monto: 10 %
Descripción: Los adjudicatarios deberán entregar una garantía post-venta, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista, a primer requerimiento, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, mencionándose a modo de ejemplo los siguientes tipos de garantías, sin perjuicio de otros que pudieran existir en el mercado: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de fianza, Depósito a la Vista, entre otras, a favor de la Universidad de Talca. En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.
Glosa: Para garantizar el servicio postventa de la licitación:"Provisión e Instalación, Red de Gases de Laboratorio para Edificio Centro de Laboratorios, Universidad de Talca”.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de acuerdo a las condiciones establecidas en el apartado denominado “Devolución de Garantía de Post-venta”, del numeral 9 de las presentes bases.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
9.- Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas

Generalidades

Las presentes Bases Administrativas, regirán el proceso licitatorio público denominado: “Provisión e Instalación, Red de Gases de Laboratorio                   para Edificio Centro de Laboratorios, Universidad de Talca”

El Mandante

Actuará como Mandante la Universidad de Talca, a través de la Dirección General de Aseguramiento de Calidad y Planificación.

Modalidad de la Propuesta

La contratación de la ejecución de la obra se hará por el sistema de suma alzada, sin reajustes de ningún tipo durante el periodo, entendiéndose que los valores serán netos (sin I.V.A), expresados en moneda nacional.

En caso que los trabajos sean no afectos o exentos de I.V.A, el oferente deberá indicar claramente en la oferta económica tal condición, considerando el valor ofertado como valor final.

Se deberá considerar cualquier modificación o aclaración efectuada por el mandante durante el periodo permitido para tales efectos, los que se realizaran única y exclusivamente a través del portal Mercado Público, por lo que será de exclusiva responsabilidad del oferente mantenerse oportuna e íntegramente informado del proceso licitatorio a través de este medio.

De los participantes del proceso

Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley 19.886, de Bases sobre  Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), ni la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de la personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delito de cohecho.  

De los requisitos para contratar

Podrán contratar en el presente proceso licitatorio aquellas personas naturales o jurídicas, que no tengan causal de inhabilidad conforme con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley Nº19.886.

La acreditación, mediante declaración jurada simple contenida en Anexo N° 3, de no estar afecto a las inhabilidades previstas en el artículo 4, inciso 1° y 6° de la ley N°19.886, establece que no podrán contratar quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años contados desde la presentación de la oferta. Asimismo, se debe considerar que ningún órgano de la Administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios, con los funcionarios directivos de la Universidad, ni las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni las sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni las sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni las sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

La acreditación mediante declaración jurada simple contenida en Anexo N°3, en el caso de personas jurídicas, indica que tampoco podrán contratar aquellas que tengan prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos que indica la ley N° 20.393. (Declaración exigible solo tratándose de oferentes personas jurídicas), ni encontrarse condenado por el tribunal de Defensa de la libre competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del decreto ley N° 211, de 1973.

El adjudicado, al momento de contratar con la Universidad deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Inspección del Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 6, inciso final, de la ley N°20.981.

Los participantes tendrán la obligación de estar atentos al proceso licitatorio a través del Portal Mercado Público, ya que es allí donde la Universidad informará de todas las actuaciones, requerimientos u otros.

Otros Antecedentes para ser Contratado

En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde que la resolución que aprueba el acta de adjudicación y adjudica la presente licitación, sea publicada en la plataforma de Mercado Público.

Unión Temporal de Proveedores

Podrán participar dos o más proveedores que se unen para efecto de participar en el proceso de contratación, denominado "Unión Temporal de Proveedores", debiendo establecer en el documento que formalice la unión, a lo menos la solidaridad entre las partes, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Universidad de Talca, y el nombramiento de un representante legal común con poderes suficientes para efectuar todo acto legal.

Por tratarse de una contratación inferior a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, sin que sea necesario constituir una sociedad. Este documento formará parte de los antecedentes legales para poder ofertar.

En el caso que el adjudicatario resulte ser una unión temporal de proveedores, debe encontrarse hábil para contratar con el Estado, lo que deberá ser verificado en el sistema, emitiéndose o presentando el certificado de estado de inscripción en el registro Chile Proveedores correspondiente. Cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores. Esta inscripción solo será exigible en el caso que la oferta sea adjudicada a una unión temporal de proveedores.

Al momento de la presentación de las ofertas y salvo indicación contraria o explícita, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

 Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

 La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, sumado a sesenta (60) días corridos adicionales.

Documentos integrantes

La relación contractual que se genere entre la Universidad de Talca y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

-          Ley N°19.886 de Compras Públicas y su reglamento.

-          Bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

-          Planos generales y de detalle del proyecto.

-          Las consultas, respuestas y las aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las bases.

-          Las modificaciones a las bases, si las hubiese.

-          Las ofertas administrativas, técnicas y económicas.

-          El contrato.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerara parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico y ante cualquier discrepancia de estos, prevalecerá ese orden de precedencia.

Modificaciones a las Bases

Se podrá modificar los documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia, al detectar algún error u omisión, o también en atención a alguna consulta realizada por algún oferente, durante el proceso de la propuesta y hasta la entrega de respuesta y aclaraciones, informando debidamente de ello a todos los oferentes a través del portal Mercado Público.

Dichas modificaciones serán formalizadas mediante el respectivo acto administrativo.

Será responsabilidad de los oferentes informarse de estas modificaciones a través del Portal Mercado Público.

Conocimiento y Aceptación de las Bases

El sólo hecho de participar, en cualquier forma, en la presente Licitación Pública, implicará el conocimiento y aceptación íntegra y obligatoria de todos los procedimientos, requisitos y términos de las Bases Administrativas, de las Especificaciones Técnicas y del proceso licitatorio en general.

Idioma

Español

Cómputo de los plazos

Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.

En caso que el plazo expire en sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.

Horario de funcionamiento de la institución

La jornada de trabajo general de la Universidad es de lunes a jueves en la mañana desde las 08:10 horas hasta las 13:10 horas y la tarde desde las 14:30 horas hasta las 18:40 horas y el viernes en jornada única desde 08:10 horas hasta las 15:30 horas. Es importante precisar que estos horarios podrían sufrir variaciones, fruto de caso fortuito o fuerza mayor, las que serán oportunamente informadas a través de la página web de la Universidad.

Por la contingencia de COVID-19 la Universidad está operando temporalmente por sistema de teletrabajo, por lo tanto, no se aplicará el horario descrito anteriormente.

Soporte de los documentos      

Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por la ley de compras y su reglamento.

Obligación de Reserva y Confidencialidad

Los oferentes y adjudicatarios deberán guardar estricta reserva y confidencialidad respecto de toda información que no sea de dominio público referida a la Licitación efectuada en conformidad a las presentes Bases.

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los bienes o servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

El adjudicatario, así como su personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los bienes o servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.

El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Universidad de Talca el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la Universidad de Talca entable en su contra las acciones judiciales que correspondan.

Prohibiciones

Queda prohibido realizar cualquier tipo de gestión o pagos directamente o a través de terceros, ajenos a las diligencias contempladas en el procedimiento regular de la licitación con el fin de adjudicarse la contratación de los bienes, obras, servicios u otros.

Las autoridades y funcionarios de la Universidad así como los contratados a honorarios en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación, regidos por la ley N° 19.886 y su reglamento, deberán abstenerse de participar en los procedimientos de contratación regulados por dichos cuerpos normativos, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, N° 6, de la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Serie de Consultas y Respuestas

Las consultas respecto de la Licitación, se deberán hacer solamente a través del Portal MercadoPúblico, desde la fecha de publicación de las bases señalado en el numeral 3 de las presentes bases. Las consultas deberán ser planteadas en forma concreta y precisa, y deben ser pertinentes al proceso licitatorio. Las respuestas a las consultas se publicarán en el portal MercadoPúblico en la fecha señalada en el numeral 3 de las presentes bases.

Cierre de la Licitación

El cierre de la propuesta, en el portal MercadoPúblico, será en la fecha señalada en el numeral 3 de las presentes bases.

Garantía de Seriedad de la Oferta

Los oferentes de la presente Licitación, deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante alguno de los siguientes documentos u otros que aseguren su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que sean a la vista e irrevocables,  pagadera a primer requerimiento: Boleta de garantía bancaria, Vale vista, Certificado de fianza, Depósito a la Vista o Póliza de Seguro Electrónica a favor de organismos públicos, a nombre de la Universidad de Talca, por la suma de $ 300.000.- (Trescientos mil pesos chilenos)y cuyo vencimiento será con un plazo de vencimiento no inferior a 90 días corridos, contados de la fecha de cierre de recepción de ofertas.

La glosa del documento debe indicar que garantiza la Seriedad de la Oferta de: “Provisión e Instalación, Red de Gases de Laboratorio para Edificio Centro de Laboratorios, Universidad de Talca”.

La Garantía por Seriedad de la Oferta deberá ser entregada en sobre cerrado dirigido a Universidad de Talca, Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración, don Juan Mardones Villansen, Jefe del Departamento de Gestión de Compras. Este sobre además deberá estar caratulado indicando expresamente: “Provisión e Instalación, Red de Gases de Laboratorio Centro de Laboratorios, Universidad de Talcay Razón Social del oferente. Hora de cierre de recepción del sobre: hasta las 12:00 horas del día lunes 26 de abril de 2021

La entrega de este documento podrá efectuarse en cualquiera de estas direcciones:

-       En Talca, Oficina de Partes, ubicado en calle 2 Norte Nº 685 y en el horario: día lunes, miércoles o viernes de 9:00 a 12:00 hrs., teléfono de referencia 71-2200147.

En el caso de garantizarse la seriedad de la oferta con una Garantía  Electrónica, por la naturaleza del instrumento no se aplicará la regla anteriormente señalada, respecto a la entrega física. Deberá ser presentada por Mercado Público al momento de presentar la oferta.

Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta será rechazada por la Universidad por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.

Devolución de Garantía por Seriedad de la Oferta

Se hará devolución de la garantía de seriedad de la oferta a través del Departamento de Tesorería de la Universidad, quien para lo cual necesitara la autorización del Departamento de Gestión de Compras de la Universidad, cuyo teléfono de referencia 71-2418938 y correo electrónico es: rrojasr@utalca.cl.

La devolución de las garantías para los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación.

En el evento que proceda readjudicar al segundo mejor evaluado, el plazo de devolución de garantía de seriedad de la oferta se extenderá respecto de los oferentes no adjudicados, en diez días hábiles contados desde la notificación de la readjudicación, acorde con lo dispuesto por el artículo 43 del reglamento de la ley de compras públicas.

En el caso del oferente adjudicado, esta garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles.

En el caso de garantizarse la seriedad de la oferta con una Póliza de Seguro Electrónica, por la naturaleza del instrumento no se aplican las reglas, respecto a la devolución antes señalada, toda vez que, al contar la Póliza con una fecha de vencimiento, no requiere ser devuelta al proveedor.

Causales de cobro de la garantía de seriedad de la oferta

La Universidad podrá hacer efectiva la garantía descrita en cualquiera de los siguientes casos:

a) Si el oferente se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.

b) Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.

c) Si el proveedor no suscribe el contrato, dentro del plazo indicado.

d) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo señalado en estas Bases.

d) Si el Proveedor no entrega en forma oportuna la garantía de fiel cumplimiento de contrato (esto es antes de la suscripción del contrato).

Garantía de Post-venta

El adjudicatario deberá garantizar el servicio postventa, presentando una garantía que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y a primer requerimiento, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, mencionándose a modo de ejemplo los siguientes tipos de garantías, sin perjuicio de otros que pudieran existir en el mercado: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de fianza, Depósito a la vista, entre otras, a favor de organismos públicos a nombre de la Universidad de Talca, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato impuestos incluidos y su vencimiento será de 360 días después de la recepción final de los equipos.

La glosa del documento debe indicar que garantiza el servicio post-venta de la licitación: "Provisión e Instalación, Red de Gases de Laboratorio Centro de Laboratorios, Universidad de Talca.

En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.

Esta garantía deberá ser entregada 14 días corridos posteriores a la fecha de adjudicación, momento a partir del cual la Universidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, para hacer devolución de la Garantía por Seriedad de la Oferta, al oferente adjudicatario.

La Universidad está facultada dentro del tiempo que dura la garantía post-venta, a hacer uso de ella, en el caso de incumplimiento en lo señalado en la propuesta u oferta técnica. 

Esta garantía cubrirá la calidad de los equipos sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.Esta garantía deberá ser entregada antes  de la provisión e instalación.

En el caso de hacerse efectiva la garantía post-venta imputando su monto para hacer efectivas sanciones, el contratante afectado deberá reponer dentro de diez días hábiles esta garantía manteniendo siempre su monto y vigencia original.

Devolución de Garantía Post- Venta

La devolución de la garantía se efectuará 360 días después de la recepción final de los equipos y siempre que no se formulare ningún tipo de observación. El Jefe del Departamento de Desarrollo de Infraestructura o representante por el designado deberá determinar que el adjudicatario cumplió con la garantía post-venta ofertada para el equipo.

La devolución debe ser solicitada al e-mail j.valdes@utalca.cl, correspondiente al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, quien gestionará la devolución previo conformidad del Jefe del Departamento de Desarrollo de Infraestructura o representante por él designado, acerca del correcto cumplimiento por parte del proveedor adjudicado de todos los compromisos que derivan del contrato y, en caso de no existir observaciones, el Departamento de Gestión de Pago a Proveedores  autorizará la devolución, y solicitará al Departamento de Tesorería, perteneciente a la Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración de la Universidad, que proceda a su devolución.

Causales de Modificación de la Garantía

El contratista tendrá la obligación de mantener vigente la Garantía de post-venta, si hubiese alguna modificación de monto y plazo de este.

Causales de Cobro de la Garantía de Post-venta

La caución por garantía post-venta se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna por parte de la Universidad en los siguientes casos:

a)       Incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, como por ejemplo; en cuanto no cumplir con los reemplazos de acuerdo a las observaciones que aparezcan y que se necesiten realizar en el período de caución de la obra.

b)      De acuerdo a las condiciones indicadas en “Término Anticipado del Contrato” de las presentes bases, como por ejemplo; no cumplir con los reemplazos de acuerdo a las observaciones que aparezcan y que se necesiten realizar en el período de caución del servicio. Lo anterior, es salvo lo establecido por resciliación o mutuo acuerdo de las partes, y exigirlo el interés público o la seguridad nacional.-

c)       Las observaciones que aparezcan hasta la Recepción final o hasta el término de la garantía Post-Venta y no sean subsanadas por parte del contratista.

d)      Si el contratista desiste de dar inicio a los trabajos encomendados, o no da inicio a estos dentro del plazo de 10 (diez) días contados desde la fecha indicada como entrega de terreno, supuesto en el cual se entenderá que este desestima el contrato.

e)       Por otras causales establecidas en las bases de licitación como, por ejemplo; aquellas indicadas en el artículo 13 de la ley N° 19.886, y 77, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba su Reglamento. Lo anterior, es salvo lo establecido por resciliación o mutuo acuerdo de las partes, y exigirlo el interés público o la seguridad nacional.-

f)        Por daños a terceros.

Daños a Terceros

Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de las obras se causare a terceros, será de exclusiva responsabilidad del Contratista.

Apertura de la Propuesta

La apertura electrónica de las ofertas se realizará en un acto formal privado (sin oferentes), que se llevará a efecto el día señalado en el numeral 3 de las presentes bases, en las dependencias del Departamento de Gestión de Compras, ubicado en Calle Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex 1 Poniente) N° 1141, Talca, a través del Portal Mercado Público.

Por la contingencia de COVID-19 la Universidad está operando temporalmente por sistema de teletrabajo, por lo tanto, la reunión será realizada mediante videoconferencia vía zoom.

El Comité de Apertura estará integrado por los siguientes funcionarios de la Universidad de Talca:

-          Jefe del Departamento de Gestión de Compras o representante por el designado, quien estará a cargo de operar el sistema Mercado Público.

-          Jefe del Departamento de Desarrollo de Infraestructura o representante por el designado.

-          Representante de la Contraloría Interna, quien actúa como ministro de fe.

Una vez recibidas las ofertas a través del portal Mercado Público, el Comité procederá a abrir los archivos ingresados por cada uno de los Oferentes, revisando que en ellos se encuentre la documentación exigida y que cumpla con los requisitos previstos en los documentos de la Licitación.

En este contexto, la Universidad, a través del Jefe de Departamento de Gestión de Compras, se reserva el derecho de solicitar, en el período de evaluación, si a su juicio exclusivo fuese necesario, antecedentes que permitan aclarar determinadas propuestas, para lo cual el oferente dispondrá de dos días hábiles desde que se le haga la solicitud. Lo anterior conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del reglamento de la ley Nº 19.886.

Posteriormente, se generará un Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas, y paralelamente se levantará un Acta en la cual se dejará constancia de los principales antecedentes contenidos en las ofertas, del precio de cada oferta y de la completitud de las propuestas.

Finalmente, la referida acta de apertura será firmada por el Comité de Apertura y en ella se registrarán los alcances u observaciones que se originen.

Normas de Presentación de las Ofertas

Todos los antecedentes deben ceñirse a los formatos entregados en los anexos correspondientes a las presentes bases y ser enviados a través del portal www.mercadopúblico.cl, por lo tanto, no se recibirán ofertas en formato, lugar, fecha y hora distintos a los señalados en las presentes bases

El proponente deberá ingresar su oferta administrativa, oferta técnica y oferta económica, adjuntando los anexos y antecedentes solicitados en el número 4, “Instrucciones para la Presentación de Ofertas” de las presentes bases, en el portal www.mercadopúblico.cl, ambiente privado del proveedor en los módulos habilitados en el sistema para cada materia.

En este sentido, todos los antecedentes solicitados, deberán subirse al portal www.mercadopúblico.cl en archivos individuales (en cualquier formato: doc, pdf, ppt, tif, gif, jpg, etc.) los cuales estarán identificados con el nombre de lo que contienen, de tal forma que se pueda saber fácilmente a qué corresponde, y deberán presentarse en el mismo orden que se indica en el numeral 4 de las presentes bases.

Para presentar las ofertas no es obligatorio estar registrado en ChileProveedores, pero en el caso que el oferente se encuentre inscrito en dicho registro, deberá señalarlo expresamente, para efectos de considerar que los documentos se encuentren alojados en la bodega de documentos de esta plataforma, sin entregar ninguna calificación adicional.

El no cumplimiento de los requerimientos señalados en los números 4, 5 y 8 de las presentes bases (respecto de este último sólo en lo que dice relación con la garantía de seriedad de la oferta), dejará al proponente fuera de bases y por lo tanto, impedido de adjudicarse la licitación.

Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la ley N° 18.575, que consagra para la contratación pública el principio de libre concurrencia y lo ordenado en el artículo 13 de la ley N° 19.880, Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia de la propuesta de un oferente solo en la medida en que se constate que realmente la omisión tipificada cause desmedro a los derechos de la Universidad, reste transparencia al proceso o rompa el principio de igualdad de los licitantes, de manera tal que la conducta infractora privilegie a uno de ellos, en perjuicio de los demás, esto es, signifique una ventaja indebida a su favor.

En consecuencia, no operarán como causal para no evaluar una oferta presentada en esta licitación pública, aquellos errores que revisten un carácter formal y no constituyen un error esencial que afecte la validez de la oferta, especialmente si no guardan relación con aspectos objeto de evaluación.

En el caso que no se presenten ofertas o que el total de las ofertas fueran declaradas inadmisibles por no cumplimiento de Bases, se procederá a realizar un nuevo proceso de compras, conforme lo normado en la ley N° 19.886 y su Reglamento. La Universidad emitirá la resolución respectiva, la que será publicada en el portal Mercado Público.

Evaluación de las ofertas

El Director de Aseguramiento de Calidad y Planificación o representante por el designado,  procederá a confeccionar una propuesta de informe de evaluación conforme a los factores, ponderaciones y escala de notas señaladas en las presentes bases, el que será presentado al Comité de Evaluación y Adjudicación para su revisión, análisis y propuesta final, instancia de la que también es parte el citado directivo o su representante.

Sobre los Miembros de la Comisión Evaluadora del Comité de Evaluación y Adjudicación

El Departamento de Desarrollo de Infraestructura será el encargado de citar oportunamente a la reunión de este Comité.

La Universidad de Talca deja establecido que queda estrictamente prohibido que los miembros del Comité de Evaluación y Adjudicación del proceso licitatorio acepten cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o regalos de parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión. Todo esto bajo el marco legal de la ley N°20.730 y su reglamento, contenido en el decreto supremo N°71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado.

El Comité de Evaluación y Adjudicación estará integrado por:

-          Representante del Rector.

-          Vicerrector de Gestión Económica y Administración; o en su defecto el Director de Finanzas, o representante por este último designado.

-          Director General de Aseguramiento de Calidad  o representante por el designado.

-          Representante de la Contraloría Universitaria, quien actuará como ministro de fe.

Contenido mínimo del acta de Evaluación y Adjudicación

El informe o acta del Comité de Evaluación y Adjudicación, conforme lo normado en el artículo 40 bis del Reglamento de la ley N°19.886, deberá referirse a las siguientes materias:

 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante.

 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

Criterios de Desempate

En el caso de producirse empates entre los oferentes mejor evaluados, para efectos de adjudicar la licitación se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:

­       Segundo decimal en la nota final

­       Mayor nota de la oferta precio

­       Mayor nota de la oferta calidad técnica del servicio

Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.

Adjudicación

La Universidad dispondrá de un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la apertura de las ofertas, para adjudicar la licitación, de acuerdo a las propuestas y los factores consignados en el numeral 6 de estas bases.

Lo anterior, sin perjuicio de la facultad legal para declarar desierto el proceso o inadmisibles las ofertas.

En caso que la Universidad no pueda adjudicar dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades, deberá informar las razones de ello a través del portal Mercado Público e indicará un nuevo plazo para adjudicar a través del portal Mercado Público conforme lo establece el artículo 41 del reglamento de la ley Nº19.886.

Las ofertas, serán evaluadas de acuerdo a los factores y ponderaciones establecidas en el numeral 6 de las presentes bases.

Durante la etapa de evaluación, el Comité de Evaluación y de Adjudicación, podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes, con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial podrá requerir información de los contactos indicados por los propios oferentes.

El Comité de Evaluación y de Adjudicación emitirá un acta, en el que se contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando las calificaciones que hayan obtenido los respectivos oferentes, que culminará con una recomendación para la autoridad encargada de adoptar la decisión.

En tal contexto, la autoridad máxima de la institución ponderará la recomendación efectuada por el Comité de Evaluación y de Adjudicación y procederá conforme la normativa de compras públicas a dictar el acto administrativo correspondiente.

La Universidad adjudicará la licitación a un solo oferente, que presente la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y escala de calificaciones establecidas en las presentes bases.

Cuando el monto de la oferta económica proporcionada por un oferente sea inferior al 50% del valor informado por el proponente que siga su orden de prelación, el  Departamento de Infraestructura deberá informar que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, por lo que la Universidad podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras, adjudicar la presente licitación a esta propuesta mediante resolución fundada, que solicite al adjudicatario una ampliación del valor de la Garantía de Post-Venta, hasta por la diferencia del precio de la oferta que siga en el orden ya señalado.

La Universidad no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas Bases administrativas,  técnicas y anexos.

Asimismo, no podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con organismos de la Administración del Estado, como ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

Comunicación de Resultados

En el caso que la Universidad no pueda adjudicar dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades, por razones técnicas o de fuerza mayor, deberá informar las razones que justifican el incumplimiento  a través del portal Mercado Público e indicar un nuevo plazo para adjudicar conforme a lo establecido en el artículo 41 del reglamento de la ley N° 19.886.

Cumplimiento del Plazo de Adjudicación

En el caso que por razones técnicas o de fuerza mayor no se cumpla con la fecha señalada en las presentes bases para la adjudicación, la Universidad de Talca informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará el nuevo plazo para la adjudicación.

Celebración del Contrato

El Oferente que resulte seleccionado, deberá formalizar su oferta con la Universidad mediante la suscripción de un contrato, el cual deberá firmar dentro del plazo de 30 días corridos contados luego de transcurridas 24 horas desde que la Universidad publique en ese portal el acto administrativo que apruebe la adjudicación y haciendo entrega previamente de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

El contrato comenzará a regir desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, el que estará sujeto a las mismas formalidades que el que apruebe las presentes bases, bases técnicas, anexos y planos, debiendo verificarse la entrega de terreno, a más tardar, dentro de tercer día hábil siguiente a la total tramitación citada. El plazo de ejecución se computará desde la entrega de terreno para la ejecución de los trabajos, lo que constará en el acta respectiva.

Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento por razones de buen servicio que más adelante se describen.

En este evento, el Representante legal de la Universidad, podrá manifestar su voluntad de ponerle término mediante carta certificada con 30 días de anticipación.

Modificación del contrato

El Departamento de Infraestructura podrá modificar el contrato con el fin de llevar a un mejor término el servicio contratado, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la ley N° 19.886 y 77, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba su Reglamento.

Podrán introducirse modificaciones al contrato, de común acuerdo con el contratista, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante su ejecución, y que incidan en su normal desarrollo.

Las modificaciones introducidas podrán significar una variación en el precio del contrato, de hasta un 30% del precio total, I.V.A incluido.

La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

Causales para Declarar Desierta la Licitación

La Universidad podrá declarar desierta la licitación por las siguientes causales:

-    Que la oferta del proponente no resulte conveniente para los intereses de la Universidad.

-    Que no se presenten oferentes.

La existencia de la primera causal para declarar desierta la licitación será calificada exclusivamente por el Comité de Evaluación y Adjudicación, sin que ello dé derecho a reclamar indemnización alguna. Esta declaración deberá ser efectuada en un Acta del Comité de Evaluación y Adjudicación, que deberá ser publicada en el Portal MercadoPúblico. Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria

Por su parte, en el caso que no se presenten oferentes, una vez acreditado por el comité de apertura, a través del acta respectiva, la Universidad podrá proceder a efectuar un nuevo proceso de compras. Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria.

Finalmente, la Universidad a través del Comité de Evaluación y Adjudicación declarará inadmisibles las ofertas cuando no cumplan con las bases de licitación, por las siguientes causales:

- Que el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone la Universidad.

-    En el caso que la totalidad de las ofertas sea declarada inadmisible.

-    Si se hace efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, por las causas señaladas en las letras a) y b) del numeral 9 acápite “Causales cobro de la garantía de seriedad de la oferta” de las presentes bases administrativas.

Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria.

Nuevo proceso de compras

En caso de declararse desierto el proceso o las ofertas inadmisibles, la Universidad  procederá conforme lo normado en la ley N° 19.886 y su reglamento. La Universidad efectuará un nuevo proceso de compras en la fecha que determine la Dirección General de Aseguramiento de Calidad y Planificación.

Readjudicación

La Universidad podrá dejar sin efecto la adjudicación, dentro de los 60 días siguientes contados desde la publicación de la adjudicación original, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en calificaciones, y así sucesivamente, siempre que el oferente se encuentre hábil para contratar con el Estado al momento de adjudicar,  en los casos que se señalan a continuación, a menos que, de acuerdo a los intereses corporativos, se estime conveniente declarar desierta la licitación:

  1. Si al adjudicatario le sobreviene algunas de las inhabilidades previstas en la Ley N° 19.886 o en la ley N°20.393, en el período que media entre el cierre del plazo para la presentación de las ofertas y la adjudicación.
  1. En caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores y algunos de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad, la Unión Temporal de Proveedores deberá informar inmediatamente por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la Unión Temporal de Proveedores debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo indicado, o el integrante retirado es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

  1. Si el adjudicatario se desistiere de suscribir el contrato a que se refieren estas bases o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la celebración del referido documento, particularmente no hacer entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, la Universidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
  2. Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
  3. Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado en el plazo establecido en las Bases de Licitación (número 5.)
  1. Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia.

Forma de Pago

Se realizará estados de pagos por avance en el grado de la provisión y montaje de los equipos materia de esta licitación, visado  conforme por el ITO o representante por el designado para tales efectos, dentro de un plazo máximo de 30 días. Esto implica pasar por todas las etapas indicadas en el punto Entrega y Aceptación de los elementos a proveer e instalar.

El procedimiento para presentar y cobrar un estado de pago, será el siguiente:

1º El contratista deberá presentar el estado de pago al Inspector Técnico de la Obra (ITO), quién tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para comprobarlo, revisarlo y visarlo.

2° El estado de pago visado por el ITO, deberá ser presentado a la Unidad de Gestión  de Contratos, del Departamento Pago a Proveedores, quién tendrá un plazo de tres días hábiles para su comprobación y visación, informando dentro de este plazo por escrito (oficio o email) a la Dirección General de Aseguramiento de Calidad y Planificación, quien autorizará o rechazará el estado de pago.

Junto con el estado de pago visado por el ITO, el contratista deberá presentar los siguientes documentos:

1.- Factura.

2.- Guías de despacho por la provisión de los bienes.

3.- Carta Gantt por avance de la provisión y montaje de los elementos.

4.- Acta de recepción conforme de los bienes provistos y montados por parte del ITO. (Esto implica pasar por todas las etapas indicadas en el punto entrega y aceptación de los elementos instalados).

Se debe tener presente que en la presentación del último estado de pago además se deberá hacer entrega de la garantía técnica de los bienes provistos, y se realizará un acta de recepción final, a fin de verificar si el oferente cumplió con los plazos de entrega establecidos en la oferta. En esta instancia se observará si procede multa por atraso, las que se descontarán del estado de pago final o de la garantía de post-venta,  si fuese necesario.

El proveedor deberá respetar en la facturación o guía de despacho la misma descripción de cada artículo señalado en las bases técnicas de la presente licitación dada por el mandante.

Entrega y Aceptación de Productos o Bienes

La entrega de los equipos se deberá hacer en las dependencias del Campus Lircay Avda. Lircay S/N Talca.

Una vez recibido por el Inspector Técnico orepresentante por el designado para tal efecto, se procederá a realizar las pruebas de aceptación de los equipos.

Las pruebas de aceptación, estarán constituidas por:

  1. Inspección visual y validación de cada uno de los requerimientos técnicos establecidos.
  2. Inventario de los elementos recibidos.
  3. Verificación de la entrega de los manuales respectivos y garantías.
  4. Recepción conforme de los artículos, lo que implica verificar  cumplimiento de calidad, características y buen funcionamiento, en un plazo no superior a 15 días corridos, desde la fecha de la recepción.

Se devolverán el o los bienes si presentaran fallas para su reemplazo o reposición. Se considerará como atraso el período que tarden en ser repuestos, una vez establecida la fecha de la reposición por parte del oferente, situación que  será considerada para efectos de posibles multas estipuladas en estas bases.

El plazo máximo de reposición es de 15 días corridos  desde que se notifica el cambio o reposición de bienes al adjudicatario, comenzado las multas desde el día 16 en días corridos.

Plazo de Entrega y Ejecución

El plazo para la entrega e instalación de los elementos a instalar no podrá exceder del plazo indicado en la Oferta, que se contará en días corridos a contar de la fecha de entrega de terreno.

Multas

A continuación se detallan las infracciones que harán incurrir al contratista en multas y sus correspondientes montos.

a) Vencido el plazo de provisión e instalación, por cada día de atraso en su terminación, se aplicará una multa de 1/1000 (uno por mil) sobre el monto total del contrato, hasta un 6%.

b) Por atraso en el cumplimiento de observaciones exigidas en la Recepción Provisoria y las observaciones que aparezcan hasta la Recepción definitiva.  Monto: el 1/000 (uno por mil) del valor del Contrato por cada día de atraso, hasta un 6%.

c) El contratista deberá someterse a las órdenes e instrucciones del Inspector Técnico de la Obra, las que impartirá por escrito mediante el Libro de Obra u otro medio establecido en el contrato.  El incumplimiento de cada orden será sancionada con una multa diaria la que será aplicada administrativamente, durante el lapso en el cual no sea acatada hasta por un máximo de 15 días, de acuerdo al siguiente cuadro:  

COMPLEJIDAD

MONTO

ALTA

40 UF

MEDIANA

20 UF

BAJA

5 UF

 El ITO al momento de dejar constancia del incumplimiento de la instrucción deberá consignar el grado de complejidad que la inobservancia implica para el desarrollo del proyecto.

d)      Se aplicará una multa de 1 U.F, en el caso que la factura sea cedida a factoring y la comunicación no sea realizada en un plazo de 2 días hábiles a la Universidad, por  parte del proveedor.

La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la multa.

Con todo, el máximo importe que puede ser cobrado por concepto de multas, asciende a un máximo de 10 % del valor total del contrato.

Procedimiento de reclamo y aplicación de multas

Cualquier multa que se aplique, será informada a través de email o carta certificada al contratista, por parte del Departamento de Infraestructura.

Se podrá alegar como causal de exculpación o inaplicabilidad de la multa el acaecimiento de circunstancias constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, que señala: “Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”

El Jefe del Departamento de Infraestructura informara al Director de Aseguramiento de Calidad y Planificación sobre la aplicación de las multas en los casos en que se configurare algunas de las causales anteriormente indicadas. En la eventualidad de que existieren dudas respecto a la aplicación de la sanción para un caso en particular, se podrá solicitar un informe previo a la Dirección de Asuntos Jurídicos”.

La decisión sobre la aplicación de la multa será comunicada al adjudicatario infractor, por email o carta certificada.

El adjudicatario podrá impugnar la decisión que impone la multa, mediante un recurso de reposición, dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde la fecha de su comunicación personal o a contar del tercer día siguiente a la fecha de recepción de la carta certificada correspondiente al domicilio informado en la oferta. El recurso de reposición se interpondrá ante el Director de Aseguramiento de Calidad y Planificación.

Se entenderá también que la comunicación es personal si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario afectado informó en su oferta.

Para los efectos de impugnar la aplicación de las multas, el afectado deberá acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación o que aminoren su responsabilidad frente al incumplimiento, de conformidad con lo indicado precedentemente.

De la decisión del Director de Aseguramiento de Calidad y Planificación, podrá interponerse recurso jerárquico, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de lo resuelto, ante el Vicerrector de Gestión Económica y Administración, autoridad que resolverá dentro del quinto día y sin ulterior recurso.

Para todos los efectos se entiende que la comunicación es personal si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario informo en su oferta.

La Universidad podrá hacer efectivo el pago de las multas en el estado de pago, si el afectado no acredita el pago en conformidad con lo señalado en los párrafos precedentes.

Durante la vigencia del procedimiento y hasta el pago efectivo de la multa, la afectada deberá mantener vigente la Garantía de Post- Venta.

Termino Anticipado del contrato

La Universidad podrá poner término en forma anticipada al contrato por las siguientes causales:

a)       Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

b)      Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la Empresa.

c)       Quiebra o estado de notoria insolvencia de la Empresa, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

d)      Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.

e)       Por causa de interés público.

f)        Por exigirlo la seguridad nacional.

g)       Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando a la Universidad para poner término anticipado al contrato y cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, las siguientes acciones, cuya ocurrencia será siempre certificada por el ITO.

h)       Si el contratista no iniciare la provisión e instalación  dentro de diez días corridos contados desde la fecha del acta de entrega de terreno.

i)         Abandono de la provisión e instalación por más de diez días hábiles.

j)         Por falta de control del contratista de acuerdo con la programación de la provisión e instalación.

k)       Si el contratista no acatare en forma reiterada las órdenes e instrucciones del  ITO.

l)         Si el contratista empleare profesionales o subcontratistas en la instalación y provisión del servicio, sin haber obtenido la autorización correspondiente por parte del ITO.

m)    Si cede o transfiere en forma total o parcial los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en el contrato definitivo, sin las autorizaciones reguladas en las presentes bases.

n)      Si la suma total de las multas aplicadas excede en un 10% sobre el monto total del contrato, conforme a lo señalado en el acápite “Multas”

Sin perjuicio de lo anterior, serán además causales de término anticipado, respecto de la Unión Temporal de Proveedores:

  1. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  2. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de esta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  3. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  4. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unidad Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
  5. Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.

Las causales de término anticipado del contrato previamente establecidas son sin perjuicio de las establecidas en el artículo 77 del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de Compras Públicas.

Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Universidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

En caso de terminar anticipadamente el contrato, la Universidad procederá en los términos regulados en la ley N°19.886 y su reglamento, para continuar con la ejecución de la obra.

Cuando se ponga término anticipado a un contrato, se deberá efectuar un estado de pago final de acuerdo con el siguiente procedimiento:

       1.   El ITO junto con un Comité designado por Jefe del Departamento de Desarrollo de Infraestructura, deberán establecer el estado de avance de la obra y determinar el valor del avance de la obra aplicando el procedimiento para preparar y valorar un estado de pago.

  1. Al valor bruto determinado en el número 1 anterior, se le deberán descontar:

i)  El saldo del anticipo, si lo hubiere.

ii) Las multas.

iii) El 10% del valor del contrato sin terminar.

  1. Si el valor del estado de pago calculado en 1. (anterior), no cubre los descuentos indicados en el número 2 (anterior). La diferencia podrá ser cubierta con la garantía por fiel cumplimiento de contrato.

Este estado de pago se cancelará contra la presentación de la garantía por buena ejecución de la obra y de los demás requisitos exigidos para cancelar un estado de pago.

Procedimiento Para El Término Anticipado Del Contrato

Para proceder con el término anticipado del contrato, el Departamento de Desarrollo Infraestructura confeccionara un informe fundado donde se detalle los incumplimientos en el servicio por parte del proveedor.

Dicho informe será enviado al Director de Aseguramiento de Calidad y Planificación, quien resolverá dentro de un plazo de cinco días si los incumplimientos son causales del término del contrato. Para dichos efectos, podrá consultar a la Dirección de Asuntos Jurídicos, si lo estima pertinente.

Con el visto bueno del Director de Aseguramiento de Calidad y Planificacióny el informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos, si fuere solicitado, se gestionará la confección de una resolución universitaria que sancione el término anticipado del contrato, acto administrativo que será notificado personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada a la adjudicataria afectada.

Contra esta resolución, el proveedor podrá interponer un recurso de reposición y jerárquico en subsidio, ante el Director de Aseguramiento de Calidad y Planificación dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de lo resuelto o a contar del tercer día siguiente a la fecha de recepción de la carta certificada correspondiente al domicilio informado en la oferta, alegando otro todo tipo de circunstancias que, en su concepto, le liberen o aminoren su responsabilidad frente al incumplimiento.

Desestimada la reposición, se elevarán los antecedentes ante el Vicerrector de Gestión Económica y Administración, quien resolverá fundadamente dentro del quinto día y sin ulterior recurso. La resolución señalada será notificada personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada, a la adjudicataria afectada.

Para todos los efectos se entiende que la notificación es personal, si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario informó en su oferta.

A partir de la copia de la resolución universitaria que resuelva el término anticipado del contrato, el Departamento de Desarrollo Infraestructura procederá a la confección de la liquidación del contrato, la que previo visto bueno del Vicerrector de Gestión Económica y Administración, deberá ser sancionada mediante una resolución universitaria fundada y publicada en el Sistema de Información del Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a su total tramitación. Este acto administrativo también será notificado al proveedor.

Con todo, deberá remitirse a la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta casa de estudios, copia de la resolución que ordena el término anticipado del contrato así como de aquella que aprueba la liquidación del contrato, para conocimiento y fines pertinentes.

Finalmente, de ambos actos administrativos, deberá dejarse constancia en el libro de inspección del servicio.

Domicilio, Competencia y Legislación Aplicable

Para todos los efectos legales, las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Talca y se someterán expresamente a la legislación chilena y a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.

Normativa Supletoria

Sin perjuicio de lo señalado en las presentes Bases, el proceso licitatorio se regirá además, por lo prescrito en la ley Nº 19.886 y su Reglamento.

Derechos y Obligaciones

Los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente Licitación serán intransferibles.

Situaciones No Previstas

Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases será resuelta por la Universidad, quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales que procedan.

Procedimiento para Uso de Factoring

La Universidad de Talca autoriza a sus proveedores de bienes y servicios para ceder, mediante el uso de FACTORING, derechos a percibir el pago de facturas emitidas contra las órdenes de compra y contratos, siempre que se cumplan con las exigencias definidas en la ley N°19.983, en especial la oportunidad y formalidad de notificación, según se indica:

a) El proveedor o contratista debe informar con antelación y por escrito si efectuará o no cesión de los créditos contenidos en las facturas que emanen del Contrato u Orden de Compra, indicando el nombre de la o las empresas de factoring con las cuales operará en cada oportunidad en que efectúa la cesión de créditos contenidos en las facturas. En aquellos pagos acordados a 30 días se entenderá oportuna aquella información realizada al menos con 15 días de anticipación a la fecha de pago, mientras en los pagos acordados con plazos menores a 30 días, se entenderá oportuno aquel aviso realizado con al menos 10 días de anticipación a la fecha de pago. En cada carátula de Estado de Pago aprobada por la ITO el contratista deberá manifestar su intención de ceder el pago mediante el uso de FACTORING, para lo cual contará con una sección que le permita individualizar la empresa que utilizará para esta cesión.

b) La Universidad de Talca se reserva el derecho de reclamar contra el contenido de la factura, en el plazo máximo de 8 días a contados desde su presentación, para los efectos del número 2 del artículo 3° de la ley N°19.983. 

c) Toda cesión del crédito contenido en una factura debe ser notificada a la UNIVERSIDAD DE TALCA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la ley N°19.983, o en conformidad a lo establecido en los artículos 1.901 y siguientes del Código Civil, a objeto que pueda disponerse el pago al cesionario o ejercer, en su caso, los derechos que le otorga la Ley.

d) Además, la factura debe haber sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención "cedible", y en la misma debe constar el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con la información y formalidades que se indicarán en la respectiva orden de compra o contrato.

Para que proceda la cesión del crédito, se requiere:

a) Que la factura haya sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención “cedible", y

b) Que en la misma conste el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con indicación de la Unidad y el lugar de recibo, así como la fecha de la entrega de los bienes o de la prestación del servicio, además de estar dirigida a nombre la UNIVERSIDAD DE TALCA, Rol Único Tributario Nº70.885.500-6, estableciendo como domicilio o dirección de destino, la indicada en este contrato para el envío de las facturas.

Además, debe incluir la identificación del funcionario que recibe el bien o servicio, más la firma de este último.

En caso que en la copia de la factura no conste el recibo mencionado, sólo será cedible cuando se acompañe una copia de la guía o guías de despacho emitida o emitidas de conformidad a la ley, en las que conste el recibo correspondiente. Para estos efectos, el emisor de la guía o guías de despacho deberá extender una copia adicional a las que la ley exige, con la mención “cedible con su factura”.

La falta de oportunidad en la comunicación por parte de la Empresa, Proveedor o Contratista, según sea el caso, la hará responsable, ante la Universidad de Talca, de cualquier gasto, pagos, costo y costas que ello pudiera significar para la Universidad de Talca, sumas que serán descontadas del contrato u orden de compra, o de cualquiera garantía (Boleta Bancaria, retención o depósito) u obligación de pago que la Universidad de Talca tenga con el contratista o proveedor. Del mismo modo, dicha falta de comunicación constituirá causal de incumplimiento contractual calificado de grave, el cual será sancionado en la forma descrita en estas Bases y el contrato respectivo, dejándose constancia de ello en el historial de evaluación del contratista para futuras licitaciones, y servirá de base para el cobro de multas o boletas de garantías e incluso para la terminación del contrato sin derecho a indemnización de ninguna especie.

Cualquier situación que altere el sistema de pagos convenido entre las partes, o cualquier materia referente a la oportunidad de notificación legal sobre el cesionario del crédito, deberá estar coordinada previa y directamente con la Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración de la Universidad de Talca, a fin de permitir adoptar las medidas administrativas de control, de pago o de resguardo que sean procedentes, en cumplimiento de la Ley.

Respecto de la cesión de facturas electrónicas, ésta podrá efectuarse sólo si se ha dado cumplimiento previo de los requisitos que establece la Ley y su Reglamento, especialmente en lo referente a la inscripción de la transferencia del crédito mediante la incorporación de dichas operaciones en el Registro Electrónico de Cesión de Créditos, disponible en la Oficina Virtual del SII en Internet. La Universidad de Talca rechazará de plano la cesión de créditos contenidos en facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo dispuesto precedentemente, sin ulterior responsabilidad y sin perjuicio de las demás medidas que puedan aplicarse respecto de los proveedores o empresas contratistas que se aparten del procedimiento legal para la cesión de los créditos contenidos en estos instrumentos electrónicos.”

Estándares de Probidad

Los adjudicados que presenten los servicios en la Universidad de Talca deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato de bienes y servicios, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Situaciones No Previstas

Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases será resuelta por la Universidad, quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales que procedan.

10.- Selección de productos y/o servicios

El detalle de la ejecución del servicio se encuentra descrito en las bases técnicas de la presente licitación, en los siguientes términos:

Ítem

1

Código

72101606

Unidad

Servicios de construcción y mantenimiento/ Servicios de atención, mantenimiento y reparaciones de edificios/ revestimientos de techos, paredes o metalistería.

Descripción

Instalación de conductos

11.- Ingreso de Anexos

1.- Anexo Nº1: “Presentación del oferente”

2.- Anexo Nº2: “Declaración jurada simple”

3.- Anexo Nº3: “Declaración jurada sobre inhabilidades”

4.- Anexo Nº4: “Antecedentes Laborales y Previsionales””

5.- Anexo Nº5: “Antecedentes Legales para Poder Ofertar

6.- Anexo Nº6: “Oferta Técnica”

7.- Anexo Nº7: “Garantías”

8.- Anexo N°8: “Oferta económica”

9.- Anexo N°9:“ Presupuesto detallado”

10.- Anexo N° 10: “Arq_ Red de Gases de Laboratorio Centro de Laboratorios”

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.