Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL R.M.
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Fecha de vencimiento:
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31-03-2022
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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El adjudicatario, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la adjudicación, deberá presentar una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, que podrá consistir en una boleta de garantía bancaria con carácter de irrevocable pagadera a la vista, vale vista, certificado de fianza o póliza de seguros sin liquidador y de ejecución inmediata, o cualquier otro instrumento que asegure el pago de manera rápida y efectiva, tomada por el oferente a nombre de la Corporación, con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, garantizar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, así como para cubrir el pago de las multas que pudieran originarse durante la ejecución del contrato, en caso de ser procedente.
Esta caución deberá ser extendida en forma nominativa, a la vista o de ejecución inmediata, y con el carácter de irrevocable a nombre de la CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA, RUT: 70.786.200-9, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, en pesos chilenos o su equivalente en unidades reajustables y su vigencia debe comprender todo el período de ejecución del contrato y deberá exceder en a lo menos 90 días corridos la fecha de término del respectivo contrato u obra. La caución debe contener la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato adjudicado en el marco de la propuesta publica ID 1477-16-LE21”.
Si el adjudicatario no entregare la garantía de fiel cumplimiento de contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, se tendrá por desistido de su oferta, y la Corporación procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y adjudicará a la segunda oferta más ventajosa según lo consignado en el Acta de Evaluación, de conformidad con lo establecido en el Título N° 15 denominado Facultad de Readjudicación, de las presentes Bases.
En caso que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 5 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características, y con una vigencia que exceda en a lo menos 90 días contados desde el término de la extensión de la vigencia del contrato.
En caso de no pago de las multas ejecutadas en virtud de los incumplimientos contractuales, la Corporación quedará facultada para hacer efectiva esta garantía, de conformidad a lo estipulado en el Título N° 21 denominado De las Sanciones y Multas.
La Corporación podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato, cuando exista Término Anticipado de Contrato, imputable al adjudicatario, según se señala en el Título N° 22 de las presentes bases, denominado Causales de Término Anticipado de Contrato.
Debido a la contingencia actual por pandemia COVID-19 la respectiva garantía deberá ser enviada electrónicamente a la casilla oficinadepartes@cajmetro.cl en los plazos establecidos en la presente licitación, coordinándose su entrega física, en caso de corresponder, durante el proceso.
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Glosa:
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato adjudicado en el marco de la propuesta publica ID 1477-16-LE21”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato se restituirá una vez que transcurran los 90 días corridos contados desde la fecha de término de la garantía ofertada por las obras comprometidas en el respectivo contrato u obra y se encuentren cumplidas todas y cada una de las obligaciones emanadas del contrato.
Previo a la devolución, el oferente deberá remitir un correo electrónico a la casilla ntorres@cajmetro.cl solicitando dicha restitución para acordar los canales de entrega que correspondan con el Departamento de Finanzas, encargado de la custodia de este tipo de instrumentos.
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