Licitación ID: 1488-28-LQ22
PPTA 50-22 MANTENCION PREVENTIVA Y REPARATIVA EQUIPOS SERVICIO ESTERILIZACION
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA, HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - OPERACIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y REPARATIVA DE EQUIPOS SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN MARCA: MATACHANA. (Periodicidad TRIMESTRAL + todas las reparativas necesarias + kits de mantención, según corresponda)  

2
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
REPUESTOS VARIOS MARCA: MATACHANA  

3
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y REPARATIVA DE EQUIPOS SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN MARCA: 3M. (Periodicidad TRIMESTRAL + todas las reparativas necesarias + kits de mantención, según corresponda)  

4
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y REPARATIVA DE EQUIPOS SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN MARCA: MIELE. (Periodicidad TRIMESTRAL + todas las reparativas necesarias + kits de mantención, según corresponda)  

5
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y REPARATIVA DE EQUIPOS SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN MARCA: CHOYANG. (Periodicidad SEMESTRAL + 20 mantenciones reparativas que no incluyen repuestos + kits de mantención, según corresponda)  

6
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y REPARATIVA DE EQUIPOS SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN MARCA: TUTNAUER. (Periodicidad SEMESTRAL + 20 mantenciones reparativas que no incluyen repuestos + kits de mantención, según corresponda)  

7
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
REPUESTOS VARIOS MARCA: TUTNAUER.  

8
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y REPARATIVA DE EQUIPOS DEL SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN MARCA: STERRAD. (Periodicidad SEMESTRAL + todas las reparativas necesarias + kits de mantención, según corresponda)  

9
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y REPARATIVA DE EQUIPOS DEL SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN MARCA: STEELCO. (Periodicidad SEMESTRAL + todas las reparativas necesarias + kits de mantención, según corresponda)  

10
Esterilizadores o autoclaves de vapor 24 Mes
Cod: 42281508
REPUESTOS VARIOS MARCA: STEELCO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 50-22 MANTENCION PREVENTIVA Y REPARATIVA EQUIPOS SERVICIO ESTERILIZACION
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO DE EQUIPOS DEL SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN DEL HOSPITAL” para el Hospital, en adelante; “el servicio”, con una vigencia de veinticuatro (24) meses, con el objetivo de mantener en buenas condiciones y siempre funcionando el equipamiento del servicio de Esterilización del Hospital, en la medida que se requieran las mantenciones necesarias para su adecuado funcionamiento, acorde a las condiciones definidas en estas bases, con equipamiento y personal necesario para realizar los trabajos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Unidad de compra:
HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - OPERACIONES
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115, Operaciones
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-04-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 11-04-2022 15:18:00
Fecha inicio de preguntas: 11-04-2022 15:31:00
Fecha final de preguntas: 25-04-2022 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-04-2022 10:40:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-04-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-04-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 13-06-2022 17:28:17
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.-  Anexo Nº 2, declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. 4 Ley Nº 19.886 e Inhabilidades Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393.
Documentos Técnicos
1.-  Anexo Nº 3 Nómina de clientes para evaluar la cantidad de contratos similares a los trabajos mencionados en las bases técnicas, realizados en el sector público o privado del área de la salud en los últimos cinco (5) años, indicando nombre de la institución, Nº de ID del contrato con empresas públicas, periodo de vigencia, nombre de contacto, indicando teléfono y/o correo electrónico.
 
2.-  Anexo Nº 5, Dotación de Personal que se dispondrá para la ejecución del servicio, adjuntar certificados de título, Curriculum resumidos, Certificado de experiencia o Finiquito, según punto 3.1 de las Bases técnicas.
 
3.-  Anexo Nº 6, Dotación de implementos, mínimos que se dispondrá para la ejecución del servicio, de acuerdo a lo requerido en Bases Técnicas.
 
4.-  Anexo N° 7, Listado de equipos del servicio.
 
5.-  Certificado de representante de la marca o servicio técnico autorizado de la marca. Este certificado es evaluado según los factores de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.-  Anexo N°1, Carta Oferta del servicio, conteniendo precios unitarios netos. (Requisito de admisibilidad).
2.-  Documento de garantía por seriedad de la Oferta (Requisito de admisibilidad), según lo estipulado en el punto n° 8 siguiente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 A) FACTOR ECONÓMICO 45 PUNTOS VER PUNTO 10.7 FACTORES DE EVALUACIÓN (PÁG N°10). 45%
2 B) FACTOR CERTIFICACIÓN 30 PUNTOS VER PUNTO 10.7 FACTORES DE EVALUACIÓN (PÁG N°10). 30%
3 C) FACTOR EXPERIENCIA 20 PUNTOS VER PUNTO 10.7 FACTORES DE EVALUACIÓN (PÁG N°10). 20%
4 D) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR VER PUNTO 10.7 FACTORES DE EVALUACIÓN (PÁG N°10). 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 264289956
Justificación del monto estimado 2.1. El presupuesto estimado referencial para este convenio es de 264.289.956, IVA incluido, con una duración de veinticuatro 24 meses
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: REVISAR PUNTO 2 DEL ÍTEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS.
Observaciones La prestación de los servicios solicitados se financiará con cargo al presupuesto del Hospital en la cuenta presupuestaria N° 22.06.005.001 denominado “Mantenimiento Preventivo de Equipos de Producción”, y repuestos a la cuenta presupuestaria Nº 22.04.01
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: EDGARDO GUEVARA PÉREZ
e-mail de responsable de contrato: edgardo.guevara@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556948-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Para la presente Propuesta se prohíbe la subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 05-09-2022
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: 8.1 De acuerdo a lo prescrito en el artículo 11 de la Ley Nº 19.886, los Oferentes deberán entregar un Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta, Requisito de Admisibilidad, que podrá ser vale Vista, Póliza de seguro electrónica, u otro documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, por un monto de $200.000.-, con fecha de vencimiento no inferior a ciento veinte (120) días corridos contados desde el cierre electrónico de la licitación. 8.3 Para el caso de los oferentes que caucionen la seriedad de la oferta con Vale Vista, la glosa, el nombre, número e ID de la propuesta pública, no será exigible debido a que por formato de las instituciones emisoras, no es posible incorporar la información requerida por el licitante, sin embargo, deberá identificar claramente el Rut del Hospital como beneficiario. 8.4 El documento de garantía por seriedad de la oferta debe entregarse en sobre cerrado caratulado en oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del décimo (10mo) día corrido posterior a la publicación o bien entregarlo a la Comisión designada para la revisión de estos antecedentes, que se reunirá extraordinariamente y sólo para estos efectos, en Oficina de Subdepartamento de Licitaciones del Hospital, el mismo décimo (10mo) día corrido siguiente al de la publicación a las 15:00 horas. Se solicita a los oferentes cumplir con la identificación del sobre, con el objeto de advertir a los medios de transporte, siempre que se use, o al personal que recibirá el documento, indicando claramente en el exterior lo siguiente: • HOSPITAL DOCTOR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA. • DIRECCIÓN: MANUEL MONTT Nº 115 TEMUCO 1º PISO (OFICINA DE PARTES). • PROPUESTA PÚBLICA Nº 50-22 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO DE EQUIPOS DEL SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN DEL HOSPITAL””. • NOMBRE DEL OFERENTE: 8.5 La presentación del documento de garantía por seriedad de la oferta es un requisito de admisibilidad de la oferta, por lo que debe entregarse impostergablemente en la oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del décimo (10mo) día corrido posterior a la publicación. El no presentar este documento dejará automáticamente fuera de Bases al Oferente respectivo, quedando inadmisible la oferta. 8.6 Para los casos de oferentes que utilizarán la caución de garantía de Póliza de Seguro Electrónica, sólo deberán ingresarla al Portal Mercado Público al momento de ingresar su oferta, no será necesario el envío del documento en soporte papel.
Glosa: 8.2 El documento debe indicar como glosa: • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Seriedad de la Oferta. • Nombre de la propuesta: Propuesta pública nº 50-22 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO DE EQUIPOS DEL SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN DEL HOSPITAL”. • ID portal mercado público: • Rut del Establecimiento: 61.602.232-6. • Fecha de vencimiento:
Forma y oportunidad de restitución: 8.7 Una vez adjudicada la propuesta, se hará devolución íntegra, en un plazo de diez (10) días hábiles, del Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta a las Entidades cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 30-09-2024
Monto: 5 %
Descripción: 5.1. Al adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no es parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 5.3. El documento de Garantía por fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser enviado a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de Adjudicación y/o posteriores al envió del contrato por parte del hospital, junto con el Anexo Garantías, totalmente completo y firmado, en Oficina de Partes, 1er. piso del Hospital. 5.4. La no entrega del Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior de las presentes Bases Administrativas, se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Hospital para adjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado, si lo hubiere (Artículo N° 71 del Decreto N° 250/04). 5.6. Si el monto total estimado de la Garantía, no supera los $ 200.000.-, entonces se desestimará su exigencia. 5.7. El Adjudicatario faculta al Hospital y en tal sentido le otorga amplio, total e irrevocable mandato, para que, en el caso de una interrupción parcial o total imputable al Proveedor, establecida por resolución fundada, y previo emplazamiento a esta última para que dé continuidad a la prestación, contrate los servicios de otra Empresa, cuyo costo se deducirá del monto facturado con el fin de mantener la continuidad del servicio 5.8. Dada la situación sanitaria actual y en virtud de la Directiva N° 34, se sugiere presentar documentos electrónicos para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Glosa: 5.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: • Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena. • Rut: 61.602.232-6 • Nombre y Número de Propuesta: • Número ID Portal: • Fecha de Vencimiento: dd/mm/aa • Monto en Moneda Nacional (peso chileno): • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 5.5. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez terminado el período de vigencia correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

10.11. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a) Mayor puntaje en factor económico, y de persistir el empate;
b) Mayor puntaje en factor certificación, y de persistir el empate;
c) Mayor puntaje en factor experiencia del oferente, y de persistir el empate;
d) Mayor puntaje en factor presentación antecedentes. 

10.12. Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.




Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

11.6.         Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán por la misma vía, a más tardar al quinto (5to) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl.



Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

10.1.         A partir de la Apertura y por sesenta (60) días corridos, las ofertas de la propuesta serán evaluadas por la comisión formada por funcionarios del Hospital y nombrado de acuerdo a lo establecido en el pto. N°6 del Ítem II del Procedimiento Licitatorio de estas Bases Administrativas. La Comisión de Evaluación de las Ofertas podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u comisiones no les confieran a éstos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información (Art. 40 inc.1 del Decreto N°250/04)”.

10.2.         La comisión de evaluación podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto N°250/04).

10.3.         La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar correcciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas, según lo señalado en los puntos N°10.1 y N°10.2 anteriores, (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas correcciones se solicitaran vía Portal Mercado Público en el icono destinado para ello, otorgándoles un plazo de 48 horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, prorrogables por única vez por otras 48 horas. Estas correcciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.

10.4.         Si el oferente no cumple con dicha rectificatoria en los plazos definidos para ello, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas.

10.5.         La comisión de evaluación podrá solicitar antecedentes complementarios a los oferentes, para una mejor evaluación, sin que esto signifique alteración a las ofertas presentadas, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes. Dichas aclaraciones NO serán sancionadas con un menor puntaje en el factor de evaluación de presentación de documentos.

10.6.         Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación.


6. DE LAS OBLIGACIONES
6.1. El Adjudicatario deberá cumplir con todas las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con el personal, en especial a la normativa laboral, previsional y tributaria. De acuerdo a lo anterior, el Adjudicatario debe cancelar a sus empleados las remuneraciones de acuerdo a la normativa vigente, las horas extraordinarias que correspondan de acuerdo a su programa de trabajo, así como todas aquellas asignaciones, bonificaciones y gratificaciones que signifiquen incentivo económico para que el desempeño del personal sea eficiente. 6.2. El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con el contrato y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo del mismo, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases. 6.3. El Adjudicatario se responsabiliza, en lo que corresponda, a prestar a todo evento sus servicios en forma continua, aún en caso de huelga de su personal y si ello no ocurriese, desde ya faculta al Hospital para que éste provea la continuidad del servicio, mediante la contratación del servicio a terceros, facturando a nombre del Adjudicatario los montos involucrados. 6.4. Misma facultad tendrá el Hospital en caso de suspensión del servicio o menoscabo evidente del mismo, por causas debidamente comprobadas imputables al Adjudicatario o sus dependientes. Además, se podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. 6.5. Cualquier daño o perjuicio que afecte a la salud del personal del Hospital, de los pacientes o de particulares, atribuible a falla humana del personal que realice las actividades de mantención, será responsabilidad del Adjudicatario, tendrá la sanción que corresponda dependiendo del resultado de la investigación simple, investigación sumaria o sumario administrativo, llegando incluso al término anticipado del contrato. 6.6. El Adjudicatario deberá prohibir que sus trabajadores, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios. 6.7. El Adjudicatario y su personal respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital tales como: áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y Servicios, medidas sanitarias de Infecciones Asociadas a Atención Sanitaria (IAAS), de seguridad u otros que se impongan. 6.8. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las especificaciones técnicas.
7. DE LAS PROHIBICIONES
Probidad (excepciones a la Libre Concurrencia) Art. 4°, inc. 6° (incorporado por la Ley N°20.088). Se prohíbe suscribir contratos con:  Los funcionarios directivos de la entidad.  Con personas unidas a dichos directivos por vínculos de parentesco (cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).  Con sociedades de personas de las que dichos directivos o tales parientes formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstos sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de dichas sociedades. 7.1. Existirá prohibición total respecto de ejecutar el trabajo contratado con  trabaja en el mismo establecimiento. 7.2. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que desempeña. 7.3. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. 7.4. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. 7.5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. 7.6. Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. 7.7. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del Hospital de Temuco o causando un gasto innecesario a la institución.
8. DE LAS MULTAS E INFRACCIONES
VER PÁG N°16, 17, 18 y 19 DE LAS BASES.
9. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
9.1. El Hospital, podrá poner término al contrato de prestación de servicios sin necesidad de requerimiento. Dicho término de contrato se materializará mediante Resolución fundada, la que se notificará dentro de las 24 horas siguientes a su dictación a través del Portal Mercado Público. 9.2. Cualquier incumplimiento grave de las obligaciones que establecen las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas y del Contrato suscrito en su oportunidad, respecto del Adjudicatario, que signifique una grave alteración al funcionamiento del Hospital. 9.3. El Hospital podrá poner término administrativamente y en forma anticipada al Contrato definitivo, mediante Resolución fundada, en los siguientes casos: a) No haber iniciado el Adjudicatario la prestación de los servicios correspondientes dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la Resolución de adjudicación y/o que aprueba el contrato. b) Paralización de actividades, entendiéndose por tal no solo la absoluta, sino también la relativa, en caso que el Adjudicatario no ejecuta las intervenciones de mantenimiento y reparación. c) Declaración de Quiebra del Adjudicatario, o de Insolvencia Económica. d) Incumplimiento reiterado de las obligaciones del Adjudicatario. e) Reclamos fundados por parte de los trabajadores del Adjudicatario respecto a deudas salariales, atraso en los pagos y falta de Contratos. f) De común acuerdo entre el Hospital y el Adjudicatario. g) El no haber reemplazado el Documento de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo a lo establecido en el punto N°5 ítem III de estas Bases. h) Otras causales de término de contrato establecidas en el Art. 13 de la Ley n°19.886, de Compras y Contratación Pública y en su Reglamento. i) Incumplimiento de las obligaciones laborales, de acuerdo a lo indicado en el punto N°6, ítem III de estas Bases. j) Cuando el o los equipos, producto de esta licitación, sea o sean retirados de funcionamiento por traslado o baja del equipo. k) Acumulación de las multas por un monto superior al 30% del valor total del contrato. 9.4. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto los indicados en las letras f) o j) del Punto N°9.3 anterior, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de terminación anticipada del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto n°250. El Director del Hospital, hará efectivo el Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato (punto número 5 Ítem III, de las Bases Administrativas) al momento de dictarse la resolución fundada que determine el término anticipado del contrato, solo si la causa por la cual da por terminado unilateralmente el contrato, es imputable al proveedor. Si el incumplimiento de las condiciones detalladas en este punto es dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la resolución que aprueba el contrato, el Hospital procederá, a dar término de contrato, dejar sin efecto adjudicación original y readjudicar al oferente siguiente mejor evaluado (si lo hubiere) (Art. 41 del Decreto n°250/04).
10. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
El Contrato definitivo será factible de modificarse cuando las necesidades públicas así lo requieran, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo N°13º, letra e), de la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.


Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto 250/04.

14. CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Contratista para el desarrollo y ejecución del Servicio, son confidenciales. Razón por la cual El Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital, a no ser que sea expresamente autorizado para ello. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este CONTRATO.
15. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley N°19.983. Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983.
18. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran.
19. NOTA FINAL
Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se suscriba con el Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive. Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes N° 18.575, N° 18.834 y N° 19.653.