Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS |
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los incumplimientos por el o los atrasos en que incurra en la entrega del o de los informes mensuales que debe entregar dentro de los 5 días del mes siguiente, por cada día de atraso se le aplicará una multa equivalente al 1 % del valor total del contrato con un tope de 10 días hábiles.
Las multas no podrán sobrepasar del 1% del valor total del contrato. En la eventualidad que sobrepasen dicho monto, de dará por terminado el contrato, cobrándose adicionalmente la correspondiente boleta de garantía.
a) Monto Máximo por cobro de Multas
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total estimado del contrato, sin impuestos.
b) Procedimiento Aplicativo de Multas
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1.- La Contraparte Técnica informará mediante Memorándum a la contraparte administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de cumplimiento de contrato si procede, junto con los respaldos que lo acrediten.
2.- El Departamento de Abastecimiento tramitará la solicitud de la contraparte técnica y notificará al proveedor mediante una Carta Sencilla firmada por el SEREMI de Salud, Región de Los Ríos. sobre la aplicación y los hechos que la motivan la multa.
3.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito mediante carta dirigida a la SEREMI de Salud, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de SEREMI de Salud, Región de Los Ríos, ubicada en Calle Chacabuco N°700, comuna de Valdivia.
4.- Transcurrido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se procederá con la aplicación de la multa notificada a través de resolución fundada de la SEREMI, de Salud, Región de Los Ríos, la cual será notificada mediante carta de SEREMI. En dicha carta formalizará la resolución de la multa, se adjuntará la factura emitida por este concepto y los datos para realizar la transferencia de pago a SEREMI de Salud, Región de Los Ríos.
5.- Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la SEREMI de Salud, dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
6.- La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
7.- En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
8.- Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida a la SEREMI de Salud, Región de Los Ríos.
9.- La SEREMI, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
10.- En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la facturación del monto resuelto. Por otro lado, si la garantía de fiel cumplimiento del contrato es cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
11.- Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada.
Nota: En caso de que el proveedor no pague la multa en un plazo de 30 días hábiles se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y el monto se descontará de dicho valor, si procede.
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