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INHABILIDADES PARA PRESENTAR OFERTAS |
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No podrán participar en la presente licitación ni celebrar contrato con el SLEP del Aconcagua, aquellos oferentes que se encuentren afectos a algunas de las inhabilidades establecidas en el ordenamiento jurídico.
1. No podrán participar en la presente licitación ni celebrar el contrato con la entidad licitante aquellos oferentes que hayan sido condenado por prácticas antisindicales o infracciones a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los 2 años anteriores al momento de presentar su oferta.
2. No debe encontrarse afecto a la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración impuesta por sentencia ejecutoriada del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto con fuerza de ley N° 1 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211 de 1973.
3. No encontrarse afecto a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
4. No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
5. No integrar la nómina de personal del Servicio Local de Educación Pública del Aconcagua, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el servicio indicado, ni estar unido a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
6. No corresponder a una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los numerales 5 y 11 formen parte o sean beneficiarias finales.
7. No corresponder a una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los numerales 5 y 11 sean accionistas o beneficiarias finales.
8. No corresponder a una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los sub numerales 5 y 11 sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
9. No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
10. No corresponder a personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del Servicio Local de Educación Pública del Aconcagua, indicados en el numeral 5.
11. No encontrarse inhabilitado conforme al inciso tercero del artículo 35 quáter de la ley N°19.886, incorporado a ese texto legal por su similar N° 21.634.
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RESPUESTAS A LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Se responderán solo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubiere sido presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, y dentro del plazo señalado. Las respuestas a las consultas y las aclaraciones estarán a disposición de los oferentes a más tardar en el plazo señalado en el precitado “Cronograma de la Licitación”. Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte de las presentes bases de licitación.
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MODIFICACIONES Y/O ACLARACIONES |
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El Servicio Local, por cualquier causa y antes que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá indicar aclaraciones o enmiendas, ya sea de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún oferente. Las enmiendas, aclaraciones o modificaciones, en caso de existir, serán publicadas en el portal de mercado público y se entenderán como conocidas y de carácter obligatorias para todos oferentes.
El acto administrativo o resolución aprobatoria que contenga las enmiendas, aclaraciones y/o modificaciones, deberá notificarse a todos los oferentes mediante una publicación en el portal de www.mercadopublico.cl, y se concederá un plazo prudencial para que los proveedores puedan conocer y adecuar su oferta a tales aclaraciones o enmiendas.
El Servicio Local prorrogará en 3 días el plazo para la presentación de las ofertas si el nivel de enmiendas, aclaraciones y/o modificaciones lo amerita, cuando estas recaigan en cuestiones de fondo o alteren en su esencia las condiciones de la adquisición de la cual se trata, especialmente ante una modificación en los criterios de evaluación y/o certificados obligatorios.
En caso de cualquier otra modificación que diga relación con aspectos formales tales como errores numéricos o de tipeo, el plazo para presentación de ofertas se prorrogará en 1 día.
En todos los casos, es de exclusiva responsabilidad del oferente la revisión del portal de Mercado Público, con el objeto de informarse sobre lo expuesto precedentemente y atender toda modificación solicitada por el Servicio Local de Educación Pública del Aconcagua.
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DE LA VIGENCIA DE LA PROPUESTA. |
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Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 90 días corridos, a contar del acto de apertura de las ofertas. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante todo el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá, en primer lugar, considerando la Oferta Económica más conveniente, en segundo lugar el mayor puntaje obtenido en Antigüedad de los vehículos, en tercer lugar experiencia en el rubro licitado, en cuarto lugar el mayor puntaje obtenido en el comportamiento contractual anterior, en quinto lugar el mayor puntaje obtenido en Programa de Integridad y por último, en sexto lugar el mayor puntaje obtenido en cumplimiento requisitos formales. De mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
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REVOCACIÓN |
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El SLEP del Aconcagua se reserva el derecho de revocar en cualquier momento, hasta antes de la adjudicación de la propuesta, el presente llamado a licitación, por razones de oportunidad y conveniencia, basados en el interés de la entidad o de la seguridad pública o por no contar con disponibilidad presupuestaria para continuar con el proceso, mediante resolución fundada debidamente tramitada, la que deberá publicarse en el Portal. Si el llamado fuere revocado, los oferentes podrán reclamar por los medios establecidos en la normativa vigente.
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READJUDICACIÓN |
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Si el respectivo adjudicatario desistiere firmar el contrato o de aceptar la orden de compra (dentro del plazo establecido en las presente bases), o no entrega los antecedentes legales para contratar establecidos en las presentes bases y/o la garantía de fiel cumplimiento de contrato, o esté inhábil para contratar en los términos que establece la Ley 19.886 y su respectivo reglamento al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra, según corresponda, el Servicio Local de Educación Pública del Aconcagua, podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente resolución.
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