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PORCENTAJE MÍNIMO PARA ADJUDICAR |
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Para garantizar un alto estándar de calidad en las propuestas, estas bases de la licitación especifican que solo se considerarán para adjudicación aquellas ofertas que alcancen un mínimo del 60% del puntaje total, sumando todos los criterios de evaluación.
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13. PRESENTACIÓN ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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En conformidad al artículo 56 del reglamento, en caso de errores u omisiones detectados durante la evaluación, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” del portal de compras públicas, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá, en primer lugar, considerando la Oferta Económica más conveniente, en segundo lugar el mayor puntaje obtenido en plazo de ejecución evaluaciones, en tercer lugar el mayor puntaje obtenido ccantidad de profesionales ofertados, en cuarto lugar el mayor puntaje obtenido en la experiencia del o los oferente, en quinto lugar el mayor puntaje obtenido en Programa de Integridad y por último, en sexto lugar el mayor puntaje obtenido en cumplimiento requisitos formales. De mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
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EN EL CASO QUE EXISTA UNA SOLA OFERTA A EVALUAR |
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Se procederá a evaluar bajo los mismos criterios de evaluación y de ese modo ver si es conveniente con los intereses del SLEP del Aconcagua, de ser así la oferta podrá ser considerada como oferta viable a proponer y recomendar en el Informe de Evaluación, en caso contrario será declarada inadmisible. De los resultados obtenidos, se elaborará un informe de evaluación y recomendación de adjudicación, el cual será enviado a la Dirección Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública del Aconcagua o quien la subrogue o reemplace quién finalmente resolverá.
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ADJUDICACIÓN |
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La contratación que se realice mediante esta licitación será adjudicada por resolución exenta firmada por la Dirección Ejecutiva del servicio local o quien la subrogue o reemplace, debidamente fundada, lo que será debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes mediante www.mercadopublico.cl, de conformidad a lo que establece el reglamento de compras públicas, entendiéndose como notificada luego de transcurridas veinticuatro (24) horas desde que dicho acto se publique en el portal. Para estos efectos se publicarán los antecedentes del proceso de evaluación, cuadro comparativo, cuadro de adjudicación, acta de apertura, resolución exenta de adjudicación y declaración jurada de ausencia de conflicto de intereses.
La adjudicación procederá en el plazo establecido en el numeral 3.2 “Cronograma de licitación”.
Se declararán inadmisible las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando estas no resulten convenientes a los intereses de la entidad licitante. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.
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REVOCACIÓN |
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El SLEP del Aconcagua se reserva el derecho de revocar en cualquier momento, hasta antes de la adjudicación de la propuesta, el presente llamado a licitación, por razones de oportunidad y conveniencia, basados en el interés de la entidad o de la seguridad pública o por no contar con disponibilidad presupuestaria para continuar con el proceso, mediante resolución fundada debidamente tramitada, la que deberá publicarse en el Portal. Si el llamado fuere revocado, los oferentes podrán reclamar por los medios establecidos en la normativa vigente.
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READJUDICACIÓN |
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Si el respectivo adjudicatario desistiere firmar el contrato o de aceptar la orden de compra (dentro del plazo establecido en las presente bases), o no entrega los antecedentes legales para contratar establecidos en las presentes bases y/o la garantía de fiel cumplimiento de contrato, o esté inhábil para contratar en los términos que establece la Ley 19.886 y su respectivo reglamento al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra, según corresponda, el Servicio Local de Educación Pública del Aconcagua, podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente resolución.
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OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS. |
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El SLEP podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trate de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras ofertas propuestas o de los precios del mercado.
Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
La comisión evaluadora podrá solicitar a través del sistema de información a él o los oferentes los antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta.
La cual deberá ser adjuntada al portal en un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la solicitud de los antecedentes. En caso de ser adjudicada la oferta, el oferente deberá realizar aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto resultante entre la diferencia del precio ofertado y el precio ofertado por el proveedor que sigue en la calificación económica.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
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Para la solución de conflictos que pudieran originarse durante la vigencia del contrato, o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tengan su fuente en la presente licitación, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de acuerdo con el domicilio de la entidad licitante (San Felipe) y las leyes vigentes.
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