La Dirección de Obras Hidráulicas, se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma o errores, en este sentido si algún oferente omitió algún antecedente, éste le será solicitado, por única vez, a través del foro interno del Portal Mercado Público, debiendo adjuntarlo en un plazo no superior a 25 horas desde hecha la solicitud. Los antecedentes omitidos a solicitar podrán aclarar puntos obscuros, salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Se aplicará un 5% por cada antecedente faltante o aclaración que se solicitada. A su vez si un documento tuviese más de un error se descontará por cada corrección. El descuento se aplicará al puntaje obtenido en oferta técnica u oferta económica, dependiendo a que se refiera la observación o documento faltante. Los antecedentes legales para ofertar y Boleta de Seriedad de la Oferta, corresponden a oferta técnica.
Si la información se solicita y no se presenta, la oferta quedará rechazada, por no cumplir con los requisitos mínimos requeridos para proceder a la evaluación de la oferta.
Asimismo, la Dirección podrá rechazar cualquiera de las ofertas si así conviniera al interés fiscal. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización de ninguna índole.
Los resultados de esta oferta se comunicará a los participantes vía portal Mercado Público. La Dirección se reserva el derecho de rechazar fundadamente todas o cada una de las ofertas.
Al momento de adjudicarse la propuesta, el oferente deberá estar con su inscripción vigente en el portal de Chile Proveedores.
En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva.
De no inscribirse el proveedor adjudicado dentro de los 15 días señalados anteriormente, se dejará sin efecto la adjudicación y se readjudicará la licitación al segundo lugar, según la tabla de evaluación.
El oferente a quien se le haya adjudicado la licitación, no podrá ceder ni vender su derecho a terceros, quedando prohibido el subarrendamiento del objeto de la propuesta