Licitación ID: 1532-14-LP24
CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSULINA
Responsable de esta licitación: CENTRO REFERENCIAL DE SALUD DR SALVADOR ALLENDE GOSSENS, Centro Referencia Salud Doctor Salvador Allende G.
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 6
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Insulina 1 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA GLARGINA ULTRALENTA 100UI/ML FRASCO AMPOLLA 10ML.  

2
Insulina 1 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA HUMANA ISOFANICA NPH 100UI/ML FRASCO AMPOLLA 10ML.  

3
Insulina 1 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA CRISTALINA 100UI/ML FRASCO AMPOLLA 10ML  

4
Insulina 1 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA ULTRA RAPIDA ASPARTA 100UI/ML FRASCO AMPÓLLA 10ML  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSULINA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El establecimiento tiene la necesidad de licitar el “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSULINA” solicitado en requerimiento N° 48, con fecha 17 de enero de 2024 por la unidad de farmacia, con el objeto que el o los proveedores adjudicados mantengan el stock que la mencionada unidad le solicite.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CENTRO REFERENCIAL DE SALUD DR SALVADOR ALLENDE GOSSENS
Unidad de compra:
Centro Referencia Salud Doctor Salvador Allende G.
R.U.T.:
61.933.400-0
Dirección:
Teniente Cruz 800 - PUDAHUEL
Comuna:
Pudahuel
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-02-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 13-02-2024 11:28:29
Fecha inicio de preguntas: 13-02-2024 15:00:00
Fecha final de preguntas: 20-02-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-02-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-02-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-02-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-03-2024 9:02:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar Formularios según Art. 22 Formulario 1,2,3.
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar Formularios según Art. 22 formulario 5,6,7,8,9
 
Documentos Económicos
1.- Adjuntar Formularios según Art. 22 formulario 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Autorización Sanitaria 5% Indicación del medicamento bioequivalente, Biosimilar o referente terapéutico, comprobable en la página web del ISP 25% Carta o certificado del laboratorio farmacéutico productor, titular o distribuidor, con el cumplimento de la implementación y mantención de un sistema de Farmacovigilancia. 10% 40%
2 Cumplimiento de los requisitos 100 cumple 0 no cumple 5%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 55%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 128868000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Constanza Valenzuela
e-mail de responsable de pago: constanzavalenzuela@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Carla Molina
e-mail de responsable de contrato: carla.molina@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-5743368-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: “Centro de Referencia de Salud Dr. Salvador Allende Gossens”, Rut: 61.933.400-0.
Fecha de vencimiento: 05-01-2026
Monto: 15 Unidad Tributaria Mensual
Descripción: Según Articulo N°33 de las Bases Administrativas
Glosa: Destinada a garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la Orden de Compra generada de la licitación “1532-14-LP24” por el “CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSULINA”
Forma y oportunidad de restitución: Una vez finalizado el servicio y/o convenio y posterior a los 90 días hábiles, la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser retirada por el oferente adjudicado en el Departamento de Finanzas del “CRS-SAG” -en caso de entregar garantía físicamente-, para lo cual deberá presentar poder simple timbrado por la Empresa, fotocopia de la cédula de identidad de la persona que retira y el Rut de la empresa. Y en el caso de garantías electrónicas, el Departamento de Finanzas la retendrá hasta su plazo de vencimiento. Lo anterior, siempre que no existan observaciones pendientes. Si al momento de entrar en vigencia el contrato, o aceptación de la orden de compra, la garantía no alcanzare a cubrir el periodo señalado por el oferente, la empresa deberá reemplazar esta garantía por otra que cumpla con este periodo o extender su vigencia, en un plazo no superior a 15 días hábiles contados desde la notificación de tal situación por parte del CRS-SAG. Además para la Prestación de Servicios, según artículo 11 de la ley 19.886 y en el artículo 22 N°6 del D.S. 250, del Ministerio de Hacienda, la garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista. En caso de que el instrumento de caución sea emitido en dólares ($US) o unidades de fomento (UF), este deberá considerar la conversión según el tipo de cambio vigente o el valor de la unidad de fomento, vigente a la fecha de emisión del instrumento de garantía. En el caso de renovar el servicio, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se deberá renovar bajo las mismas condiciones de la garantía original.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras causales de inadmisibilidad
Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente: a) Cuando el proveedor por cualquier medio de a conocer al CRS-SAG su oferta económica antes de la apertura de las ofertas; b) Cuando la información que entregue el oferente no conste en los documentos y/o campos dispuestos para tales efectos, producto de lo cual le sea imposible al CRS-SAG conocerlos; c) Cuando la información contenida en catálogos, acompañados a la licitación, sea contradictoria de la oferta; d) Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir, entendiendo por práctica corrupta ofrecer, dar, recibir, o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante el proceso de licitación. Por práctica fraudulenta se entiende la tergiversación de los hechos, con el fin de influenciar un proceso licitatorio, incluyendo prácticas colusorias entre oferentes, antes o después de la presentación de las ofertas, a fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos, y privando al CRS-SAG de los beneficios de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes o análisis objetivos. e) Cuando el oferente efectúe ofertas con formas de pago o modalidades de entrega no contempladas explícitamente en las bases. f) Que el oferente no cumpla con la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas por el CRS-SAG. g) Otras causales debidamente fundadas.
Resolución de Empates

Artículo 38°: Mecanismo de Resolución de Empates. En caso de producirse un empate entre uno o más oferentes en el puntaje total, la comisión encargada de la evaluación, considerará como mecanismo de desempate la calificación más alta obtenida en el ítem de mayor ponderación establecido en el Art. 36°. En caso de mantenerse el empate, se aplicará la mayor calificación de ítem que le siga en ponderación y así sucesivamente. En caso que persista el empate, después de haber utilizado los criterios de desempate en el orden antes expuesto, se estará a la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Artículo 44°: Mecanismo Consultas o Reclamos. El proponente que desee efectuar alguna consulta o reclamo sobre el proceso de adjudicación, deberá hacer a través del link “Reclamos” del Sistema de Información, caso en el que se dará respuesta en el plazo de 48 horas hábiles, salvo que la materia amerita un estudio más minucioso evento en el que se ampliará el plazo antes citado en otras 48 horas.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

ARTICULO N° 34

1.- Aclaración y Complementación de Antecedentes

El CRS-SAG, de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. El plazo que tendrán los oferentes, en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por el CRS-SAG, no podrá ser superior a 24 horas, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del CRS-SAG.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
OTRAS FACULTADES
Artículo 40°: Facultad de Re-adjudicación. El CRS-SAG podrá Re-adjudicar la licitación, siempre que no hayan transcurrido más de 60 días de la adjudicación original, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta (en caso de solicitarse) en los siguientes casos: 1. Si algún contrato no se firma dentro del plazo estipulado, o no aceptar la orden de compra, por causas atribuibles al adjudicatario. 2. Si algún adjudicatario no entrega el documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo establecido. 3. Si el adjudicatario desiste de su oferta. 4. Si algún adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto incisos 1° y 6° de la ley 19.886, o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o se le sobreviene una inhabilidad. 5. Otras razones debidamente fundadas. 6. El adjudicatario, no acredita encontrarse inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, de la dirección de compras y contratación pública, previo a la suscripción del contrato, pasado los 10 días hábiles indicados para su inscripción. El CRS-SAG determinará si efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose en cualquier caso la respectiva resolución.
OTRAS FACULTADES

Artículo 41°: Facultad de Declarar Desierta. La comisión evaluadora, para la evaluación de cada licitación verificará los antecedentes presentados por los oferentes e informará al Director, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases. En caso de no presentarse oferentes o cuando las ofertas no resultan convenientes para los intereses del establecimiento podrá declarar desierta la licitación, fundándose en razones objetivas y no discriminatorias:

a)    Las ofertas no resultasen convenientes a los intereses del CRS-SAG.

b)    Las ofertas no se ajustaren al precio estimado por el CRS-SAG para este proceso de licitación.

c)    El adjudicatario rechaza la adjudicación.

d)    El adjudicatario no suscribe y/o no entrega el respectivo contrato y/o no acepta la orden de compra establecidos en las presentes bases y/o no entrega en tiempo y forma la garantía de fiel cumplimiento.

e)    El adjudicatario, no acredita encontrarse inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, de la dirección de compras y contratación pública, previo a la suscripción del contrato, pasado los 10 días hábiles indicados para su inscripción.

f)     El adjudicatario, infringe la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la administración del estado, en los términos contemplados en el Artículo 4° dela referida ley.