1.7.1 Consultas y dudas |
1.7.1 Consultas y dudas
Durante la publicación de la licitación, las consultas y dudas que se tengan al respecto sólo se aceptarán durante el período que se establece en las mismas bases de licitación, a través de la opción FORO del portal mercadopublico.cl.
NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS O DUDAS FUERA DEL FORO, NI FUERA DE PLAZO.
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1.7.2 Aceptación de las bases |
Por la sola presentación de su propuesta el oferente acepta todas las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, como el de ejecución de la contratación, principalmente las obligaciones contempladas en las presentes bases de licitación.
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1.7.3 Modificación de las bases |
El Servicio podrá modificar las presentes bases y sus anexos, durante el proceso de licitación, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. En caso que la modificación ocurriera dentro de los dos últimos días para presentar las ofertas, se debe ampliar el plazo en 3 (tres) días para que los oferentes actualicen sus propuestas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl Estas modificaciones formarán parte integral de las bases vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.
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1.8.1 Comisión evaluadora |
Para efectos del proceso de evaluación se constituirá una Comisión Evaluadora de DICREP, a la que le corresponderá resolver en una única instancia la licitación, redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos en las que se consignarán las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes al momento de la evaluación, y deberán evaluar las propuestas para la adjudicación por parte del Jefe Superior del Servicio.
La vigencia de la comisión será desde la fecha en que se apruebe la presente resolución y hasta 2 (dos) días después de aceptada la orden de compra o después de la fecha de la resolución que declara desierta o revoca la presente licitación, según corresponda.
La Comisión Evaluadora estará integrada por miembros designados para tales efectos, los cuales pueden ser nombrados por este acto administrativo o en otro distinto, debiendo ser publicado en el portal www.mercadopúblico.cl
En caso de que alguno de los integrantes de la Comisión Evaluadora se encuentre incapacitado/a de ejercer sus funciones en la presente licitación pública, por razones fundadas y por acto administrativo, este integrante será reemplazado debiendo cumplir con las obligaciones que demanda la Ley de Lobby, N.º 20.730. Esta designación será sancionada por acto administrativo, el cual se deberá subir a www.mercadopublico.cl
Se deberá designar al Presidente la comisión evaluadora, quien levantará el informe final que deberá incluir lo señalado en el artículo 40 bis, del D.S 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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1.8.2 Resolución de empates |
En caso de empates se aplicará la siguiente tabla de prelación:
a) En caso de empate, se adjudicará al mejor porcentaje en el criterio PRECIO.
b) En caso de empate, se adjudicará al mejor porcentaje en el criterio PLAZO DE ENTREGA.
c) Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio de INCLUSIÓN CON ENFOQUE DE GÉNERO.
d) Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.
Por último, si persiste el empate, se seleccionará la oferta que primero se subió al portal.
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1.8.3 Requisitos legales para contratar al proveedor adjudicado |
Para determinar qué documentación debe aportar el proveedor adjudicado, se debe determinar si se encuentra hábil o no al momento de ofertar. Para ello debemos distinguir entre:
1.8.3.1 Persona Natural
1.8.3.1.1 No se encuentra hábil en Chile Proveedores
Debe adjuntar la siguiente información:
• Boletín laboral y previsional de la Dirección del Trabajo
• certificado de antecedentes del registro civil
1.8.3.1.2 Se encuentra hábil en Chile Proveedores
No debe acompañar la información indicada en el punto precedente, ya que ésta se encuentra en el sistema de información
1.8.3.2 Persona Jurídica
1.8.3.2.1 No se encuentra hábil en Chile Proveedores
Debe adjuntar la siguiente información:
• Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
• Certificado de Procedimiento Concursal/Quiebra de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
• Certificado de Vigencia del poder del Representante Legal.
• Certificado de Vigencia de la Sociedad
• Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto
1.8.3.2.2 Se encuentra hábil en Chile Proveedores
No debe acompañar la información indicada en el punto precedente, ya que ésta se encuentra en el sistema de información
1.8.3.3 OBSERVACIONES
1.8.3.3.1 Inscritos en Chileproveedores
A fin de aceptar la orden de compra, el adjudicatario deberá encontrarse HÁBIL en el Registro Electrónico de Chile Proveedores.
En el evento de no encontrarse HÁBIL en dicho registro, dispondrá de un plazo fatal de 5 días hábiles para inscribirse contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopúblico.cl.
La misma obligación se aplicará a cada proveedor de la UNIÓN TEMPORAL.
1.8.3.3.2 Unión temporal de proveedores (Art. 67° bis del Reglamento de Compras)
Sin perjuicio del resto de disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal debe materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar documento público o privado que formalice entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generan con DICREP y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
La vigencia de esa unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
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1.8.4 Subcontratación |
Se prohíbe la subcontratación
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1.8.5 Adjudicación |
La licitación se evaluará y adjudicará, con todas las ofertas que cumplan con todos los requisitos de las bases.
La formalización de la adjudicación se realizará mediante la emisión y aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado por línea.
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1.8.6 Cláusula de readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en un plazo de 48 horas y/o rechaza la orden de compra, o al momento de aceptar la orden de compra no se encuentra hábil en el Registro de proveedores de Mercado Público, DICREP podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, siempre que DICREP lo estime adecuado a sus intereses y en el evento que no se haya
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1.9.1 Contrato |
De conformidad con lo establecido en el artículo 63, del Reglamento de la Ley de Compras, las adquisiciones superiores a 1000 UTM podrán formalizarse mediante la aceptación de la orden de compra. En razón de lo anterior, se deberá emitir la orden de compra y el proveedor deberá aceptarla para formar el consentimiento de la contratación.
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1.9.2 Vigencia |
El servicio comenzará a partir del día hábil siguiente de la fecha de aceptación de la orden de compra por parte del proveedor vía portal de Mercado Público.
El contrato tendrá una duración de conformidad a la “Opción” ofertada en el anexo N° 2, en el plazo de entrega, extinguiéndose una vez entregada conforme el 100% de los productos.
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1.9.3 Contraparte técnica |
La Jefatura del Departamento de Crédito o subrogante legal, será responsable por la ejecución, seguimiento y gestión del respectivo contrato, manteniendo el contacto con el proveedor adjudicado durante toda su vigencia y, a su vez, el proveedor adjudicado deberá remitirse al funcionario ya mencionado.
Serán funciones de la contraparte técnica, entre otras las siguientes:
a) Supervisar y controlar el despacho de los insumos, la conformidad de estos con las presentes bases y los plazos estipulados.
b) Plantear al proveedor las observaciones y/o recomendaciones que estime pertinentes.
c) Atender y resolver situaciones coyunturales o emergentes no consideradas.
d) La comunicación entre la contraparte técnica y el proveedor se formalizará por escrito y/o por correo electrónico, según corresponda.
e) Informar al proveedor de los incumplimientos, de acuerdo al procedimiento de aplicación de multas y elaborar el informe respectivo para aplicación de ellas.
f) Emitir la conformidad de la adquisición y despacho de los bienes.
g) Solicitar al proveedor la emisión de la factura respectiva.
La forma de comunicación entre la Contraparte Técnica y el proveedor adjudicado deberá efectuarse única y exclusivamente por escrito y sobre temas que nacen de la presente licitación, tales como el control de la ejecución del contrato, cambio de trabajadores, entre otras.
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1.9.4 Forma de pago y conformidad del servicio |
El pago será realizado de acuerdo a la “Opción” de entrega de lo ofertado por el proveedor, considerando los pagos parciales proporcionales a la cantidad de rollos entregados por mes, y se efectuará contra la presentación de la orden de compra aceptada, más la factura respectiva dentro de los 30 días corridos desde la recepción del producto en DICREP.
La factura deberá ser remitida al correo electrónico dicreprecepcion@custodium.com, extendida a nombre de la Dirección General del Crédito Prendario, RUT N° 61.504.000-2, indicando en su glosa la descripción de los servicios y el número de la orden de compra respectiva. El pago de los servicios realizados será dentro de 30 días desde la recepción de la factura en la plataforma web del SII.
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1.9.5 Multas |
1.9.5.1 Tipos de multa
Las multas a aplicar al proveedor adjudicado se verificarán previo informe de la contraparte técnica y de acuerdo a las faltas que se indican a continuación
ítem Falta a multar No cumple con: Multa a aplicar
1 Por cada día de atraso fuera de los plazos señalados por el proveedor adjudicado en el anexo N°2 Plazos señalados por el proveedor adjudicado en el anexo N° 2 2 UF por cada día de atraso en el plazo señalado por el proveedor adjudicado
En todo caso, la suma de las multas no podrá exceder más de tres (tres) multas, por configurarse causal de término anticipado.
1.9.5.2 Procedimiento para la aplicación de multas
Cuando el responsable del contrato verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, informará al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de Mercadopublico, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su correspondiente multa.
El proveedor podrá realizar descargos, por medio de carta certificada dirigida a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dirigido a la contraparte técnica, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día siguiente de su recepción en la oficina de correos que corresponda.
En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por el responsable del contrato, este último elaborará la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y la multa que resulta aplicable, siendo notificada al proveedor vía portal.
El proveedor podrá aceptar y pagar la multa una vez notificado el acto administrativo, sin necesidad de seguir con el procedimiento señalado a continuación.
En contra de esta resolución, el proveedor podrá presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el recurso.
El Director General resolverá el recurso de reposición a través de resolución fundada, en la que podrá acoger totalmente el recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta resolución será notificada al proveedor vía portal.
DICREP deberá informar al Registro de Proveedores la resolución que aplica multa o, si corresponde, la resolución que resuelve el recurso de reposición interpuesto en su contra, de acuerdo a lo señalado en el artículo 96 del Reglamento de la Ley de Compras Nº 19.886, contenido en el Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
En contra de la resolución que resuelve el recurso de reposición presentado no procederán más recursos.
El pago de las multas se hará por ventanilla, se expresará en pesos chilenos, y el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para pagarla a contar del término del plazo establecido para su impugnación, en caso de no interponer recurso alguno, o en caso contrario, desde la notificación que se pronuncia sobre la reposición. En de no cumplir con el pago de multas dentro del plazo señalado, el servicio no será recepcionado de manera conforme y DICREP rechazará el pago de la factura hasta que el proveedor no regularice el pago correspondiente.
De la misma forma, podrá poner término anticipado a la contratación del servicio y realizar toda acción judicial que estime conveniente a fin del resguardo de los recursos fiscales de la institución.
No procederán estas multas si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el proveedor adjudicado y con el V°B° del responsable del contrato. En caso de acumular más de tres (tres) multas, DICREP podrá poner término anticipado a la contratación del servicio por incumplimiento por parte de la empresa adjudicada, sin derecho a indemnización alguna en favor del proveedor.
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1.9.6 Modificación y término anticipado del contrato |
1.9.6.1 Causales
Causales de modificación o término anticipado del contrato:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, esto es la no entrega de los bienes en los plazos ofertados en el anexo N° 2, en concordancia con el punto 1.9.5.1 denominado tipos de multa
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, lo cual quedará acreditado con el inicio de un procedimiento regulado dentro de la Ley N° 27.720, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Las demás que se establezcan en estas bases de licitación.
En caso de verificarse alguna de las circunstancias, que hagan procedente el término anticipado, DICREP informará al proveedor, mediante correo electrónico informado por el proveedor en su oferta o ficha de ChileProveedores, su intención de poner término al contrato.
El proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles desde la notificación de la comunicación para despachar sus descargos a DICREP por escrito.
Transcurrido el plazo, sea que se hayan recibido o no los descargos, DICREP procederá -si así continúa estimándolo- a dictar el correspondiente acto administrativo que ponga término anticipado a la contratación, resolución que también debe ser notificada al proveedor para los fines que estime pertinente.
Este último acto podrá impugnarse de acuerdo a los recursos administrativos contemplados en la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
1.9.6.2 Procedimiento para el término anticipado del contrato
Cuando la contraparte técnica verifique la ocurrencia del incumplimiento tipificado precedentemente, informará al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de mercadopublico, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su decisión de dar por terminado anticipadamente el contrato.
El proveedor podrá realizar descargos por medio de carta certificada, dirigida a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dirigido a la contraparte técnica, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día siguiente de su recepción en la oficina de correos que corresponda.
En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por el responsable del contrato, este último elaborará la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y el termino anticipado del contrato, siendo notificada al proveedor vía portal.
El acto administrativo que da por terminado anticipadamente el contrato podrá impugnarse mediante los recurso administrativos contemplados en la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
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2 Bases Especificas, Requerimientos Técnicos y otras Clausulas |
2.1 Requerimiento
Las presentes especificaciones técnicas tienen relación con la continuidad en la implementación del sistema de pólizas planas en las unidades de crédito del país, considerando que estas etiquetas son utilizadas en las custodias de alhajas y objetos varios para individualizar cada lote dejado como garantía por nuestros usuarios, reemplazando a la tercera copia de las pólizas continúas.
2.2 Requerimientos técnicos
Cintas Autoadhesivas, cuyas dimensiones deben ser de 29mm x 30.4mm, compatibles a los Rotuladores Brother QL-800.
2.3 Cantidades requeridas
2.500 rollos de cintas autoadhesivas (total) compatibles a los Rotuladores Brother QL-800, distribuidas para despacho según punto IV. De la entrega del producto.
2.4 De la entrega del producto
La totalidad de rollos deberán ser entregados según se indica en la siguiente tabla, previa coordinación con el contacto señalado. Las cuales pueden ser entregadas de forma parcializada, según oferta planteada en el anexo n°2 “Plazo de Entrega”.
UNIDAD Total Total Pedido 1ra Entrega 2da Entrega Direccion Despacho Comuna Horario de Entrega Contacto Telefono
Iquique 150 75 75 Gorostiaga N° 651 Iquique 09:00 - 14:00 Maura Cortez 981989629
Antofagasta 150 75 75 Jose Santos Ossa N° 1981 Antofagasta 09:00 - 14:00 Gioconda Pasten 981989628
La Serena 150 75 75 Francisco de Aguirre Nº 480 La Serena 09:00 - 14:00 Susana Mundaca 982289640
Los Andes 100 50 50 Manuel Rodriguez Nº 486 Los Andes 09:00 - 14:00 Danilo Figueroa 981989625
Quillota 100 50 50 O´Higgins Nº 77 Quillota 09:00 - 14:00 Juan Figueroa 981989640
Quilpue 100 50 50 Freire Nº 1284 Quilpue 09:00 - 14:00 Enrique Vasquez 981893398
Viña del Mar 150 75 75 12 de Febrero Nº 144 Valparaiso 09:00 - 14:00 Omar Fernandez 981989639
Valparaiso 150 75 75 12 de Febrero Nº 144 Valparaiso 09:00 - 14:00 Carlos Gonzalez 981989641
San Diego 250 125 125 San Diego Nº 1426 Santiago 09:00 - 14:00 Hermogenes Alvarez 981989627
Matucana 250 125 125 Matucana Nº 33 Santiago 09:00 - 14:00 Leslie Figueroa 981989630
Matriz 250 125 125 San Pablo N° 1130 Santiago 09:00 - 14:00 Carlos Ugas 978784504
Puente Alto 100 50 50 Manuel Rodriguez Nº 053 Puente Alto 09:00 - 14:00 Victor Flores 975892979
Direccion General 200 100 100 San Antonio 427 Santiago 09:00 - 14:00 Jorge Herrera 967275657
Talca 100 50 50 Av. 2 Sur N° 1196 Talca 09:00 - 14:00 Patricio Rudolph 978876704
Concepción 150 75 75 Freire N° 171 Concepción 09:00 - 14:00 Henry Sandoval 981989636
Temuco 150 75 75 General Mackenna N° 280 Temuco 09:00 - 14:00 Manuel Bueno 981989635
2,500 1,250 1,250
2,500
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