REQUERIMIENTOS TÉCNICOS |
El estereomicroscopio apocromático ZEISS Stemi 508 trino o equipo equivalente para gemología:
Características
Estereomicroscopio Zeiss Stemi 508 o equivalente con puerto de documentación.
Optica Greenough apocromática o equivalente para una imagen libre de aberraciones.
Zoom 8:1 con zoom continuo o con 10 posiciones.
Distribución de luz variable 50/50 entre oculares y cámara.
Distancia de trabajo 92 mm sin lente suplementario.
Aumento 6.3 a 50x sin lente adicional y con oculares de 10x.
Opcionalmente objetivos adicionales para mayor magnificación.
Base de iluminación y columna de enfoque integrados.
Columna de 250 mm con sistema de enfoque mecánico, rango de movimiento.
Superficie antiestática.
Iluminación transmitida LED con control de intensidad, para observación de muestras.
Iluminación incidente anillo de luces LED segmentable.
Iluminación incidente vertical con fuente de luz fría y externa.
Cámara Axiocam 208 color.
Plazo de Entrega. - El oferente deberá señalar el plazo de entrega del microscopio estereoscópico que deberá quedar funcionando, con un máximo plazo de 50 días corridos. Esto deberá señalarlo en el espacio indicado en el Anexo N° 2. En caso de que el oferente no envíe el plazo de entrega en su oferta, se le asignará según lo establecido en la tabla para la evaluación de este criterio y se considerará el plazo máximo de 50 días corridos.
Plazo de Garantía. - El plazo de garantía no podrá ser inferior a 3 meses. Esto deberá señalarlo en el espacio indicado en el Anexo N° 2. En caso de que el oferente no envíe el plazo de entrega en su oferta, se le asignará según lo establecido en la tabla para la evaluación de este criterio y se considerará el plazo mínimo de 3 meses.
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COMISIÓN EVALUADORA. - |
COMISIÓN EVALUADORA. -
Para efectos del proceso de evaluación se constituirá una Comisión Evaluadora de DICREP, a la que le corresponderá redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos en las que se consignarán las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos, para entregar una propuesta al Director General sobre la adjudicación, o bien, cuando corresponda declarar desierto el procedimiento.
Los miembros de la Comisión Evaluadora y los referentes técnicos no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes al momento de la evaluación y deberán evaluar las propuestas para la adjudicación por parte del Jefe Superior del Servicio.
La vigencia de la Comisión será desde la fecha en que se apruebe la presente resolución y hasta 2 días después de aceptada la orden de compra o después de la fecha de la resolución que declara desierta o revoca la presente licitación, según corresponda.
La Comisión Evaluadora de la Dirección General estará integrada por:
• Jefe del Departamento de Tasaciones o quien lo subrogue.
• Encargado de la Oficina de Planificación y Control de Gestión o a quien designe.
• Funcionario del Departamento Administrativo.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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ACEPTACIÓN DE LAS BASES.- |
El solo hecho de la presentación de la oferta significa el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes Bases y de los antecedentes que la acompañan.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES. - |
Si uno o más proveedores están empatados en el puntaje total, se adjudicará al mejor puntaje en el criterio PRECIO.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio PLAZO DE ENTREGA.
Si persiste el empate, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio GARANTÍA.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor puntaje en el criterio CUMPLIMIENTO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS.
Por último, si persiste el empate, se adjudicará al proveedor que primero ingresó su oferta al portal.
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CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN. - |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato, rechaza la orden de compra, no presenta la garantía de fiel cumplimiento o, no se inscribe en ChileProveedores y o estando inscrito en el registro se encuentra inhábil en los plazos que se establecen en las presentes bases, DICREP podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, siempre que DICREP lo estime adecuado a sus intereses y en el evento que no se haya dado inicio a la ejecución de esta contratación.
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ENTREGA DE LOS EQUIPOS. - |
El microscopio estereoscópico de la presente licitación deberá ser entregado en el Departamento de Tasaciones ubicado en San Pablo N°1130 (tercer piso), todo previa coordinación al correo electrónico adquisiciones@Dicrep.cl. Los plazos por cumplir deberán ser los ofertados por el proveedor adjudicado y comenzarán a regir una vez enviada la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl
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FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD DE SERVICIO. - |
El pago se efectuará contra la presentación de la respectiva factura junto al certificado de pagos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de los trabajadores que prestaron el servicio en la respectiva contratación, todo esto previo V° B° del Jefe del Departamento de tasaciones, dentro de los 30 días corridos desde la emisión de la respectiva factura.
Para efecto de contabilizar los 30 días corridos, la emisión de la factura deberá considerar que DICREP otorgue la recepción conforme del equipo.
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MULTAS |
MULTAS.
La multa a aplicar al proveedor adjudicado se verificará previo informe del Jefe del Departamento de Tasaciones o quien lo subrogue y de acuerdo a la falta que se indican a continuación:
ítem Falta a Multar No Cumple con: Multa a aplicar
1 Por cada día hábil de atraso en la entrega final del microscopio estereoscópico Lo ofertado en Anexo N° 2. 1% sobre el valor del equipo, con IVA incluido/día hábil de atraso
Procedimiento para la aplicación de multas:
Cuando el Jefe del Departamento de Tasaciones o quien lo subrogue, verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, notificará al proveedor, mediante el envío de correo electrónico señalado en su oferta y/o ficha de ChileProveedores, indicando el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y la multa que resulta aplicable.
El proveedor podrá aceptar por escrito y pagar la multa una vez cumplido el acto administrativo, sin necesidad de seguir con el procedimiento señalado a continuación.
El proveedor podrá reclamar por escrito del incumplimiento notificado y de la aplicación de la multa, dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha de recepción de la notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar sus descargos.
El Director General resolverá los descargos a través de Resolución Fundada, la que será notificada al contratista, mediante el envío de copia de dicha Resolución, por carta certificada, al domicilio indicado por el adjudicatario.
En contra de esta Resolución, el adjudicatario podrá presentar Recurso de Reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el Recurso.
El Director General, resolverá el Recurso de Reposición a través de Resolución fundada, en la que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el Recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta Resolución será notificada al contratista mediante el envío de copia de la misma, por carta certificada, al domicilio indicado en el contrato.
En contra de la Resolución que resuelve el Recurso de Reposición presentado, no procederán más Recursos, por lo que la dictación de ésta producirá el efecto de terminar definitivamente el presente procedimiento especial de Reclamación, quedando firme la multa aplicada.
La extemporaneidad o la no presentación de antecedentes que funden las alegaciones contenidas en los descargos y/o en el Recurso de Reposición, facultan al Director General para rechazarlos de plano.
La aplicación de las multas se realizará administrativamente, se expresarán en pesos chilenos y se pagarán, descontando el monto del estado de pago correspondiente al mes siguiente a la notificación de la aplicación de la misma o a la notificación del rechazo del reclamo a su aplicación.
En el caso que sea aplicable una multa en el último mes de la duración del contrato, la respectiva factura no se pagará hasta que se agote la instancia de reclamo por multa, si corresponde.
No procederán estas multas si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditada por el proveedor adjudicado y con el V° B° del Administrador.
En caso de no entregar los equipos y superar los plazos máximos establecidos, DICREP podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento del mismo por parte de la empresa adjudicada, sin derecho a indemnización alguna en favor del proveedor.
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MODIFICACIÓN O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. - |
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Las demás que se establezcan en estas bases de licitación o en el contrato.
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PROCEDIMENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.- |
En caso de verificarse alguna de las circunstancias que hagan procedente el término anticipado, DICREP informará al proveedor, mediante correo electrónico informado por el proveedor en su oferta o ficha de ChileProveedores, su intención de poner término al contrato.
El proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles desde la notificación de la comunicación para despachar sus descargos a DICREP por escrito.
Transcurrido el plazo, sea que se hayan recibido o no los descargos, DICREP procederá -si así continúa estimándolo- a dictar el correspondiente acto administrativo que ponga término anticipado a la contratación, resolución que también debe ser notificada al proveedor para los fines que estime pertinente.
Este último acto podrá impugnarse de acuerdo a los recursos administrativos contemplados en la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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CONSULTAS Y DUDAS.- |
Durante la publicación de la licitación las consultas y dudas que se tengan al respecto sólo se aceptarán durante el período que se establece en las mismas bases de licitación, a través de la opción FORO del portal mercadopublico.cl. NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS O DUDAS FUERA DEL FORO, NI FUERA DE PLAZO
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