Licitación ID: 1561-4-LE24
implementos y uniformes de VVPP y GGSS
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO, Dirección General
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Bastones antidisturbios 1 Unidad
Cod: 46151506
Adquisición y despacho de 60 bastones retractiles con portabastón de cuero. Modelo Carabineros de Chile.  

2
Fundas o cartucheras para armas 1 Unidad
Cod: 46101801
Adquisición y despacho de Implementos para vigilantes privados y guardias de seguridad: • 48 cartuchera para revólver 38 con balera de 6 tiros en sueleta negra. • 48 fundas para bastón retráctil • 48 cinturones de suela negra  

3
Uniformes de seguridad 1 Unidad
Cod: 53102706
Adquisición y despacho de uniformes para vigilantes privados y guardias de seguridad.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
implementos y uniformes de VVPP y GGSS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Adquisición y despacho de accesorios de seguridad para vigilantes privados y guardias de seguridad de la Dirección General del Crédito Prendario, por línea: Línea 1 • Adquisición y despacho de 60 bastones retractiles con portabastón de cuero. Modelo Carabineros de Chile. Línea 2 Adquisición y despacho de Implementos para vigilantes privados y guardias de seguridad: • 48 cartuchera para revólver 38 con balera de 6 tiros en sueleta negra. • 48 fundas para bastón retráctil en sueleta negra modelo institucional de Carabineros de Chile. • 48 cinturones de suela negra, hebilla de bronce 4 MM de espesor. Línea 3 Adquisición y despacho de uniformes para vigilantes privados y guardias de seguridad: Vigilantes privados: • 44 Gorras • 88 Camisas manga larga. • 88 Camisas manga corta. • 88 Pantalones de invierno. • 88 Pantalones de verano. • 44 Chaqueta corta. • 47 Corbatas negras. • 100 pares de calcetines negros. Guardias de Seguridad • 06 Pantalones de verano negro • 06 Pantalones de invierno negro • 12 Camisas manga larga negras • 03 chaquetas rojas
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO
Unidad de compra:
Dirección General
R.U.T.:
61.504.000-2
Dirección:
dicreprecepcion@custodium.com
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-04-2024 12:00:00
Fecha de Publicación: 26-03-2024 15:51:08
Fecha inicio de preguntas: 26-03-2024 16:01:00
Fecha final de preguntas: 04-04-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-04-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-04-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-04-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 18-04-2024 15:33:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Entrega de muestras 12-04-2024 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1 Declaración jurada simple
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 2: Plazo de Entrega Los oferentes en este anexo deberán indicar el plazo de despacho por cada línea que hubieran ofertado, los plazos a considerar serán en tramos de días hábiles. La oferta que no presente este anexo íntegramente completado, lo modifique en todo o parte o indique un plazo de entrega superior al máximo dispuesto, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
 
2.- Anexo N° 3: Experiencia del Oferente. En el presente anexo los oferentes a fin de demostrar su experiencia en provisión de bienes de similar naturaleza, entendiéndose por tales aquellos relacionados con la venta de implemos de seguridad y/o uniformes de seguridad privada. Para ello, los oferentes podrán informar hasta un máximo de 10 experiencias celebradas en los últimos 12 meses contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas; en caso de informar más de 10 experiencias sólo se considerarán las 10 primeras señaladas en el anexo. Para verificar la experiencia informada, los oferentes deberán adjuntar documentos que respalden la información proporcionada; para ello sólo se aceptarán uno cualquiera de los siguientes antecedentes: Si se trata de experiencias con organismos regidos por la Ley N° 19.886, se aceptarán órdenes de compras, en estado de aceptadas o recepción conforme, emitidas en el Sistema de Información de ChileCompra, así como el acto administrativo que aprueba el contrato entre mandante y proveedor de los bienes, totalmente tramitado; contratos debidamente suscritos entre las partes, y facturas que hayan sido aceptadas, en todos los casos por montos igual o superior a $ 2.000.000.- (dos millones de pesos), IVA incluido. Solo en este anexo los oferentes podrán agregar una línea en la tabla para agregar experiencia, la que deberá estar acreditada según la documentación señalada, de lo contrario no se computará la experiencia adicionada. La oferta que no presente la referida información, de la forma indicada, será evaluada con 0 puntos o no se considerará la línea respectiva para el cálculo final de experiencias. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio contemplada en el numeral 6.2 de estas Bases Administrativas para requerir los antecedentes que sirven para acreditar la experiencia informada.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 4 Oferta económica Los oferentes deberán presentar y subir en el portal en la sección “Anexos Económicos” el Anexo N° 4 íntegramente completado en el formato indicado, debiendo señalar con claridad el precio, IVA incluido, de los servicios que se requieren. El valor deberá estar expresado en pesos chilenos y deberá incluir IVA, según la línea a la cual postula. En caso de discrepancia entre la información contenida en el Anexo N° 4 y lo informado por el Oferente en el Portal, primará la información en aquél contenida por sobre lo señalado en el Sistema de Información. Los proponentes deberán considerar en su oferta económica, todos los gastos, incluidos en el despacho de los implementos y uniformes de vigilantes privados y guardias de seguridad. La oferta que no presente el referido anexo íntegramente completado, que supere el monto máximo disponible, que modifique el anexo en todo o parte, que condicione la oferta o exprese el valor en una unidad monetaria diferente a la requerida, será declarada económicamente inadmisible quedando excluida del proceso de licitación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento requisitos formales Cumplimiento de requisitos formales 5%
2 Oferta económica Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula: {PMO/POE*100}*0,40 Dónde: PMO = Precio menor ofertado POE = Precio oferta en evaluación En caso de que el Anexo N° 4 o no se presente o presentándose éste no esté íntegramente completo respecto de las líneas ofertadas, o se modifique el mismo en todo o parte o se oferte en una unidad monetaria diversa, la oferta no será evaluada y se declarará inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. Los oferentes deberán indiciar en su oferta el valor unitario sin IVA, valor unitario con IVA incluido y valor total por línea de producto, tomando en consideración que el despacho debe necesariamente incluirse. Se evaluará el valor total con IVA declarado en el anexo N° 4 por cada línea. 40%
3 Plazo de despacho En el anexo N° 2 los oferentes deberán señalar el plazo de despacho o entrega de los bienes y accesorios, según la línea ofertada, teniendo un plazo máximo de 25 días hábiles, el que se contará desde la aceptación de la orden de compra. Para ello, el proveedor tendrá un plazo máximo de 48 horas desde su emisión para aceptarla, en caso de no aceptarse la orden de compra, la DICREP podrá solicitar el rechazo de la misma, entendiéndose rechazada luego de las 24 horas siguientes. En caso de que la oferta no adjunte este anexo íntegramente completado, lo modifique en todo o en parte o supere el plazo máximo de 25 días hábiles, se declarará inadmisible la oferta y será excluida del proceso de licitación 30%
4 Experiencia del oferente Se evaluarán las contrataciones y/o ventas celebradas en los últimos 12 meses contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, debiendo adjuntar los antecedentes que respalden la información proporcionada; Si se trata de experiencias con organismos regidos por la Ley N° 19.886, se aceptarán órdenes de compras, en estado de aceptadas o recepción conforme, emitidas en el Sistema de Información de ChileCompra, así como el acto administrativo que aprueba el contrato entre mandante y proveedor de los bienes, totalmente tramitado; si se trata de experiencias en organismos públicos o privados se aceptarán contratos debidamente suscritos entre las partes, y facturas que hayan sido aceptadas, en todos los casos por montos igual o superior a $ 2.000.000.- (dos millones de pesos), IVA incluido. 20%
5 Criterio enfoque de genero ChileCompra lanzó el Sello Empresa Mujer para identificar a empresas lideradas por mujeres que hacen negocios con el Estado con fecha 24 de marzo de 2016, la cual se suma a la Directiva N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2015, de enfoque de género en materia de compras públicas, de la Dirección de Compras y Contratación Pública. El fundamento del Sello Empresa Mujer corresponde al siguiente: “En ChileCompra y ChileProveedores queremos que aún más mujeres sean proveedoras del Estado, porque sólo el 36% de las personas que hacen negocios en www.mercadopúblico.cl son mujeres, y éstas se llevan sólo el 26% de los montos transados. Para disminuir esta brecha, se creó el Sello Empresa Mujer, que identifica a las empresas lideradas por mujeres. Así los compradores públicos, podrán incluir este ítem como criterio en la evaluación de sus bases de licitación”. Aquellos oferentes que presenten el Sello Empresa Mujer obtendrán 5 (cinco) puntos, caso contrario, obtendrán 0 (cero) puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 2204013,2202002,2202002
Monto Total Estimado: 15665000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Marcelo Salazar
e-mail de responsable de pago: Marcelo.salazar@dicrep.cl
Nombre de responsable de contrato: Rodrigo Magaña
e-mail de responsable de contrato: rodrigo.magana@dicrep.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-29796541-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial de los servicios contratados, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado. Para ello deberá requerir autorización previa de la con
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Entrega de muestras
Los oferentes que estén interesados en participar en la tercera línea de productos “Adquisición y despacho de uniformes para vigilantes privados y guardias de seguridad” de las presentes bases, tendrán plazo para presentar las muestras requeridas, hasta la hora y fecha indicada en el numeral 2 de las presentes Bases Administrativas. A fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos (diseño, composición y calidad de la tela) del vestuario solicitado en las Bases Técnicas, numeral 2 Requerimientos Técnicos, Línea N° 3, los oferentes deberán hacer entrega de una ficha técnica (donde deberá señalar la composición de su tela y demás características relevantes en el cumplimiento de las especificaciones requeridas) y 1 muestra por cada una de las vestimentas requeridas. Dirección de entrega de muestras: San Pablo N° 1130, comuna de Santiago, en horario entre las 09:00 y las 17:00. La devolución de las muestras se realizará respecto de los oferentes que NO resulten adjudicados, dentro los 10 días hábiles posteriores a la adjudicación. Respecto al adjudicatario, estas prendas sólo serán devueltas una vez recibidas a conformidad la totalidad de las prendas adjudicadas, sirviendo la muestra como referente de control de calidad de lo ofertado y adjudicado. Los oferentes deberán tener en cuenta si la oferta que presentan es en alternativa a los colores, estilo o diseño del vestuario solicitado se rechazará la misma y quedará excluida del proceso de licitación, lo anterior considerando las disposiciones en la materia dispuestas en el Decreto N° 1.773 de 1994, aprueba reglamento del Decreto Ley N° 3.697, de 1981, sobre funcionamiento de vigilantes privados y deroga Decreto N° 315 de 1981.
Apertura de las ofertas:
La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del portal Mercado Público, por un encargado de la Oficina de Compras y Contrataciones de la DICREP. Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión Evaluadora el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de las mismas e informándole sobre las propuestas que hayan acompañado, en tiempo y forma, la garantía de seriedad de la oferta y los demás antecedentes requeridos en las presentes bases administrativas.
Aclaración y complementación de antecedentes
Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, la DICREP podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del portal Mercado Público. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contados desde la solicitud realizada en el portal. Del mismo modo, la DICREP podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Contactos
La DICREP no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones u otro expresamente previsto en estas bases.
Comisión evaluadora
La evaluación de las ofertas presentadas será realizada por una Comisión de Evaluación, que estará formada por los siguientes integrantes: • El Encargado de la Oficina de Seguridad o quien lo subrogue o reemplace. • El Jefe del Departamento de Crédito o su subrogante legal. • La Encargada de la Oficina de Prevención de Riesgos o quien lo subrogue o reemplace. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, lo que se acreditará mediante la respectiva declaración jurada que suscriban. En caso de existir algún tipo de conflicto, esta situación deberá dar lugar a la abstención del miembro de participar en la Comisión y la DICREP deberá designar a otra persona en su reemplazo. Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones, con todas. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación. La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación en el cual deberá contener la siguiente información: - Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello. - Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido. - Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Criterios de desempate
En caso que al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente: 1) Se preferirá aquel oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio económico. 2) Si persiste el empate, se dirimirá prefiriendo al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en subcriterio de plazo de despacho En caso que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista se adjudicará al oferente que primero haya ingresado la oferta en el Sistema de Información, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
Coordinación de procesos de compra
La Oficina de Compras y Contratación de la Dirección General servirá de instancia de coordinación de los procesos de compra de bienes y servicios para efectos de dar cumplimiento a las regulaciones vigentes y los plazos fijados en el respectivo cronograma de licitación.
Adjudicación
La DICREP adjudicará la presente licitación a un solo proponente. Será seleccionada aquella propuesta que obtenga el mayor puntaje total, de acuerdo a lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación. El Oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado y se procederá a la adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, DICREP informará en el portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En caso que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compraspublicas@dicrep.cl, hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el portal Mercado Público
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La DICPREP se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas en los siguientes casos: a) Cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, que las modifique cambiando la calidad, color o características solicitadas en las bases técnicas, la condicione o contradiga en todo o en parte. b) La oferta que no acompañe la declaración jurada contenida en el Anexo N° 1, según corresponda, al momento de presentación de la oferta, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 7.4 de estas bases administrativas. c) La no presentación de la oferta económica (Anexo N° 4) o la propuesta por un monto superior al máximo contemplado para esta contratación por parte de la DICREP. d) La oferta que no haya presentado la muestra con la correspondiente ficha técnica, únicamente respecto de los oferentes que presenten propuestas en la Línea N° 3. e) Podrá también la DICREP declarar inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Servicio. Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
Readjudicación
La DICREP podrá readjudicar el proceso licitatorio al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente al resto de los proponentes, dentro de diez (10) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, de acuerdo al Acta de Evaluación informada en el Sistema de Información, cuando se produzcan algunas de las siguientes situaciones: a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b) Si el adjudicatario rechaza la orden de compra, en el plazo establecido en las presentes bases. c) No está hábil en ChileProveedores al momento de aceptar la orden de compra. d) En caso que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con el despacho de los implementos o uniformes.
Formalización de la contratación
Por tratarse de una adquisición de bienes estándares de simple y objetiva especificación superior a UTM 100 e inferior a UTM 1.000, y ésta se formalizará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 63 bis del D.S. N° 250, de 2004, de Hacienda, esto es mediante la emisión de la orden de compra por parte de la DICREP y la aceptación que de ellas se haga por el o los proveedores adjudicados.
Vigencia de la contratación
La contratación tendrá una vigencia de 75 días corridos desde la aceptación de la orden de compra por parte del Proveedor y no será renovable.
Cesión de la contratación
El Contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
Subcontratación
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial de los servicios contratados, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado. Para ello deberá requerir autorización previa de la contraparte técnica del contrato y no podrá superar el 30% del valor total contratado.
Sanciones por incumplimiento y su procedimiento de aplicación
La DICREP aplicará multas en caso que el Proveedor incurra en alguna de las siguientes situaciones, las que, en todo caso, no podrán exceder en su conjunto un total de tres (3) multas por Proveedor; en caso de excederse este límite, se entenderá que el proveedor ha incurrido en incumplimiento grave y la DICREP pondrá término al servicio de manera anticipada. Para los efectos de cálculo del monto de la multa, se estará a la fecha del pago efectivo de la misma por parte del Proveedor. Procederá la multa: a) Por cada día de atraso en la entrega de los implementos y vestuario, la DICREP aplicará una multa equivalente a U.F. 0,5 (cero, cinco Unidades de Fomento), por día hábil de atraso. b) Entrega de implementos y uniformes diferentes a los ofertados y adjudicados, con falla, defectuosos y/o usados, la DICREP aplicará una multa de UF 0,2 (cero dos Unidad de Fomento), por evento. c) Demora en la entrega de implementos o vestuarios devueltos por ser defectuoso dentro del plazo de duración de la garantía exigida, excediendo el plazo de 2 días hábiles para la entrega del implemento o prenda, la DICREP aplicará una multa equivalente a UF 0,2 (cero dos Unidad de Fomento), por cada día hábil de atraso. d) Si el Proveedor hace entregas parciales de los productos, la DICREP aplicará una multa de U.F. 2 (dos Unidades de Fomento), por cada evento. Para aplicar una multa, DICREP deberá notificar de ello al adjudicatario acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Proveedor señale en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva. Una vez notificado, el Proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para formular sus descargos ante el Jefe del Departamento Jurídico, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de la DICREP. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso que el Contratista se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley N°19.880 sobre procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. El pago de las multas se hará por ventanilla, se expresará en pesos chilenos, y el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para pagarla a contar del término del plazo establecido para su impugnación, en caso de no interponer recurso alguno, o en caso contrario, desde la notificación que se pronuncia sobre la reposición. En el caso de no cumplir con el pago de multas dentro del plazo señalado, el servicio no será recepcionado de manera conforme y DICREP rechazará la factura hasta que el adjudicatario no regularice el pago correspondiente. De la misma forma, podrá poner término anticipado a la contratación del servicio y realizar toda acción judicial que estime conveniente a fin del resguardo de los recursos fiscales de la institución o bien se rechazará la factura hasta que el proveedor no regularice el pago de la multa. Eximente de responsabilidad: La sanción no se aplicará bajo la concurrencia de los siguientes requisitos copulativos: a. Comunicación por escrito del adjudicatario a la Contraparte Técnica, indicando los hechos que configurarían el caso fortuito o fuerza mayor alegado y adjuntando los antecedentes de respaldo correspondientes. b. Calificación conforme por parte de DICREP, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados. Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del adjudicatario en los mismos casos. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del servicio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en las presentes Bases y de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Para el pago de la respectiva multa el Proveedor tendrá un plazo de 10 días hábiles desde que se allanare a su aplicación o desde notificado la resolución que recaiga sobre el último recurso deducido. De no verificarse dicho pago, la Contraparte Técnica no dará la conformidad del servicio para proceder al pago de los mismos rechazando la factura correspondiente.
Término anticipado
La DICREP pondrá término al contrato mediante un acto administrativo fundado, sin indemnización alguna al Contratista, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias: a) Por acuerdo de las partes. b) Si se dictare resolución de liquidación en contra del Proveedor en un Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización o si el Contratista cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento del servicio adjudicado. c) Si se disolviere la entidad del adjudicatario, tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de proveedores. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado por la DICREP, de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se considerarán situaciones de incumplimiento grave, entre otras, las siguientes: i. Superar el límite de multas establecido en el Punto 9.5. de las presentes Bases Administrativas. ii. Toda conducta u omisión imputable del Proveedor, que impida o perturbe gravemente el otorgamiento oportuno y eficiente de los servicios contratados, de modo que afecte el normal desarrollo de las funciones de la DICREP. iii. En caso de cesión del contrato por parte del Contratista. iv. Incumplimiento de la prohibición de subcontratar más del 30% del monto total del servicio, impuestos incluidos. En caso que el término de la contratación se produzca a requerimiento del Servicio, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización de perjuicios. Procedimiento para el término anticipado: En caso de verificarse alguna de las circunstancias que hagan procedente el término anticipado, DICREP informará al proveedor, mediante correo electrónico informado por el proveedor en el contrato o ficha de ChileProveedores, su intención de poner término al servicio. El Proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles desde la notificación de la comunicación para despachar sus descargos a DICREP por escrito, debiendo ingresarlos por el mismo medio electrónico. Transcurrido el plazo, sea que se hayan recibido o no los descargos, DICREP procederá -si así continúa estimándolo- a dictar el correspondiente acto administrativo que ponga término anticipado a la contratación, resolución que también debe ser notificada al Proveedor para los fines que estime pertinente. Este último acto podrá impugnarse de acuerdo a los recursos administrativos contemplados en la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
Se realizará un único pago, al proveedor adjudicado por línea, será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. La factura sólo podrá ser emitida una vez que la contraparte técnica de esta Institución haya emitido la recepción conforme de los bienes y deberá ser remitida al correo electrónico dicreprecepcion@custodium.com, extendida a nombre de la Dirección General del Crédito Prendario, RUT N° 61.504.000-2, indicando en su glosa la descripción de los bienes y el número de la orden de compra respectiva. El pago de los servicios realizados será dentro de 30 días desde la recepción de la factura en la plataforma web del SII. Las facturas no se pagarán en caso que habiendo un procedimiento de aplicación de multa afinado, no se haya realizado el pago de la respectiva sanción por parte del Proveedor.
CONTRAPARTE TÉCNICA
La DICREP nombrará como Contraparte Técnica encargada de coordinar, verificar y dar aprobación del servicio conforme al servicio prestado, al Encargado de la Oficina de Seguridad o quien lo reemplace o sea designado para estos efectos, quien tendrá las siguientes funciones: a) Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios y el cumplimiento de los plazos estipulados, entre otros. b) Recibir conforme la ejecución de los servicios, extendido el respectivo certificado de conformidad para los pagos. c) Evacuar los informes que sean necesarios respecto a requerimientos asociados con aspectos técnicos del servicio. d) Validar las facturas y solicitar el pago. e) Requerir la aplicación de multas en los casos de incumplimiento contractual. f) Requerir la modificación del contrato si corresponde, debiendo acompañar un informe. g) Requerir el término anticipado del contrato de verificarse alguna de las causales dispuestas para ello, acompañando el respectivo informe técnico al respecto. h) Todas aquellas que sean necesaria para la correcta ejecución del servicio. A su turno, el o los proveedores, deberán nombrar a un encargado de contrato, quien actuará como enlace con el proveedor debiendo responder los requerimientos y consultas de la contraparte técnica de DICREP.
RESPONSABILIDAD CIVIL, CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
El Proveedor será responsable de cualquier daño que se produzca en los bienes de la DICREP por acto propio o hecho o culpa de sus dependientes, con ocasión de la ejecución del servicio. Asimismo, será el único responsable y deberá responder de todo daño, de cualquier naturaleza, que con motivo de los servicios que se contratan se cause a terceros. El Proveedor deberá ejecutar correcta y oportunamente los servicios adjudicados de acuerdo a las reglas y criterios de la presente licitación y documentos asociados; y responder de la idoneidad, suficiencia y calidad de los implementos, accesorios, materiales y vestuarios ofrecidos y adjudicados. Será responsable de culpa leve por todas las actividades que desarrolle, y de todos los perjuicios causados por alguna clase incumplimiento contractual a la DICREP, ya sea por perjuicios directos o indirectos. Corresponderá al proveedor demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias de lugar y tiempo, entendiéndose siempre que la estricta observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por si sola para exonerarse de responsabilidad. El concepto de caso fortuito o fuerza mayor se entenderá como el imprevisto imposible de resistir, tal como lo define el artículo 45 del Código Civil, y que no acarrea responsabilidad en el incumplimiento de una obligación contractual ni obliga, por lo tanto, a indemnizar perjuicios. En todo caso, la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no liberará al Contratista de la obligación de tomar todas las medidas adecuadas para evitar o reducir sus consecuencias, debiendo cumplir con fidelidad y diligencia las instrucciones que al respecto le haya dado la contraparte técnica.
INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN.
El contrato, así como las Bases Administrativas y Técnicas que lo rigen se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución del servicio, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica, aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario o en el contrato
JURISDICCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de desacuerdo, las partes propenderán a resolverlo de mutuo acuerdo, en el plazo que las mismas estimen. En caso que esto no fuera posible, someterán las controversias a los tribunales ordinarios de justicia que fueran competentes. Para todos los efectos legales las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, sometiéndose a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia.