Licitación ID: 1561-5-LQ23
Arriendo de plataforma de remates electrónicos
Responsable de esta licitación: DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO, Dirección General
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de desarrollo de plataforma Web 1 Unidad
Cod: 43232408
Servicio de arriendo de plataforma de remates electrónicos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Arriendo de plataforma de remates electrónicos
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de arriendo de plataforma de remates electrónicos
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO
Unidad de compra:
Dirección General
R.U.T.:
61.504.000-2
Dirección:
dicreprecepcion@custodium.com
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-06-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 25-05-2023 10:40:47
Fecha inicio de preguntas: 25-05-2023 11:01:00
Fecha final de preguntas: 02-06-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-06-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-06-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-06-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 25-07-2023 17:51:28
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1: Declaración jurada simple. El oferente deberá adjuntar el anexo N° 1 Declaración jurada simple, en el evento que la información no se encuentre actualizada en el portal al momento de efectuar la oferta para la presente licitación; se entiende que los documentos y la información se encuentra actualizada si no sobrepasan los 30 días hábiles desde la presentación de la oferta. En el caso de las personas jurídicas, este anexo deberá ser firmado por el actual representante legal del oferente, situación que deberá ser acreditada y anexada con los demás documentos de la oferta. En el caso de Unión Temporal de Proveedores, cada uno de ellos debe presentar este documento.
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 2: Oferta económica Los oferentes deberán indicar en sus ofertas el monto total con IVA incluido: i. Costo Base de la Plataforma: Este criterio corresponde a los costos base por el uso de la plataforma electrónica, este valor no podrá alterarse debido a un aumento considerable en su uso o, por el contrario, no sea posible realizar eventos de dicha índole. ii. Valor Adicional: Debido al interés que pudiera despertar el uso de una plataforma digital, se considera un valor adicional por cada 100 participantes en línea por sobre los 300 participantes, sin importar la magnitud que DICREP requiera. En caso que el valor adicional este expresado en horas, se considerará un tiempo de 24 hrs. iii. Porcentaje de la Comisión por cada evento realizado: Por tratarse de subastas el valor correspondiente al uso de una plataforma se establecerá en un porcentaje respecto de la Comisión de DICREP ante de impuesto (neto).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de antecedentes administrativos Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente tabla: Oferente presenta todos los documentos solicitados Puntos SI 10 NO 0 Al oferente que no presente el anexo 2 solicitado en el punto 4 “Antecedentes para incluir en la oferta”, se le declarará inadmisible su oferta. Sin perjuicio de la anterior, habiéndose detectado errores u omisiones formales durante la evaluación (artículo 40 del Decreto Supremo N° 250, aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios), se le otorgará un plazo breve y fatal de 2 días hábiles, contados desde la fecha en que sean solicitados vía portal, para salvar errores u omisiones formales, y así poder seguir participando en la licitación. Sin perjuicio de mantener 0 (cero) puntos asignados. Lo solicitado solo será formal, pero no podrán modificar o desnaturalizar la oferta ya presentada. SE SOLICITARÁ POR FORO INVERSO DE MERCADOPUBLICO. 10%
2 Costo Base de la plataforma Este criterio corresponde a los costos base por el uso de la plataforma electrónica, este valor no podrá alterarse debido a un aumento considerable en su uso o por el contrario, no sea posible realizar eventos de dicha índole. Para la evaluación de este criterio se utilizará la siguiente tabla y se considerará el valor ofertado en el anexo N°3 en pesos chileno. PRECIO UF Puntaje Menor valor ofertado como costo base de la plataforma 25 2° menor valor ofertado como costo base de la plataforma 15 3° menor valor ofertado como costo base de la plataforma 10 4° menor valor ofertado como costo base de la plataforma 5 Si no indica que el monto ofertado es con o sin IVA, se considerara que el monto total del servicio es con IVA incluido. Si no presenta este anexo o no indica el valor de su oferta no será evaluada se declarará inadmisible. 25%
3 Valor Adicional Se considerará un valor adicional por cada 100 participantes en línea por sobre los 300 sin importar la magnitud que DICREP requiera. Para evaluar este criterio se utilizará la siguiente tabla, los valores a considerar serán lo ofertado por cada oferente en el anexo N°2. VALOR ADICIONAL UF Puntaje Menor Valor adicional ofertado por cada 100 participantes 20 2° Valor adicional ofertado por cada 100 participantes 10 3° Valor adicional ofertado por cada 100 participantes 7 4° Valor adicional ofertado por cada 100 participantes 1 Si no indica que el monto ofertado es con o sin IVA, se considerara que el monto total del servicio es con IVA incluido. Si no presenta este anexo o no indica el valor de su oferta no será evaluada se declarará inadmisible. 20%
4 Porcentaje de la Comisión por cada evento realizad Por tratarse de subastas de diferentes tipos de especies, el proveedor podrá cobrar una comisión por el uso de la plataforma durante cada remate, está monto será un porcentaje, calculado por sobre la Comisión de Martillo que DICREP cobra por cada lote adjudicado, antes de impuesto (neto). Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente tabla: Porcentaje Cobrado de la Comisión por evento Puntos Menor Porcentaje por cobrar ofertado 35 2° porcentaje a cobrar ofertado 20 3° porcentaje a cobrar ofertado 10 4° porcentaje a cobrar ofertado o superior 5 Si no indica que el monto ofertado es con o sin IVA, se considerara que el monto total del servicio es con IVA incluido. El oferente deberá adjuntar el anexo N°2 Oferta económica estableciendo el porcentaje respecto a la Comisión de DICREP que cobrará. Si no presenta este anexo o no indica el valor de su oferta, no será evaluada y se declarará inadmisible. 35%
5 Sello Empresa Mujer ChileCompra lanzó el Sello Empresa Mujer para identificar a empresas lideradas por mujeres que hacen negocios, la cual se suma a la Directiva N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2015, de enfoque de género en materia de compras públicas, de la Dirección de Compras y Contratación Pública. El fundamento del Sello Empresa Mujer corresponde al siguiente: “En ChileCompra y ChileProveedores queremos que a1 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 29 07 001 22 08 999
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El Monto referencial es 133.580.000 valor con IVA
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jefe S Departamento de Contabilidad
e-mail de responsable de pago: marcelo.salazar@dicrep.cl
Nombre de responsable de contrato: Jefea Departamento de Crédito
e-mail de responsable de contrato: Christian.barrueto@dicrep.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-29796574-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario deberá realizar la contratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Dirección General del Crédito Prendario
Fecha de vencimiento: 14-07-2023
Monto: 5 %
Descripción: La garantía deberá ser tomada a la vista, con el carácter de irrevocable y en forma nominativa en favor de la Dirección General del Crédito Prendario. Equivalente al 5% del monto total estimado para el proceso licitatorio. La garantía podrá entregarse para su custodia en: La Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago o enviada mediante correo electrónico a chriatian.barrueto@dicrep.cl (responsable del contrato) con copia a la oficina de compras compraspublicas@dicrep.cl La no presentación de la garantía en tiempo y forma será causal para readjudicar al siguiente oferente con mayor puntaje, o bien, declarar desierta la licitación.
Glosa: La glosa impresa en el documento deberá decir: "garantizar seriedad de la oferta en la licitación ID 1561-5-LQ23" Dicha glosa debe estar impresa en el mismo documento solicitado o bien, señalarlo en sobre o carta adjunta a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: El proveedor adjudicado recuperará su documento contra la entrega de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Las garantías de los oferentes no adjudicados podrán retirarse después de 10 días hábiles de notificada la Resolución de adjudicación en el portal mercadopublico.cl Este plazo se extenderá en 10 días hábiles en el caso de tener que readjudicar dicha licitación. Las garantías se retirarán en la misma dirección donde se entregaron. En caso de que las ofertas sean declaradas inadmisibles o desestimadas, la devolución de la presente garantía se efectuara de la misma manera indicada en este punto.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección General del Crédito Prendario
Fecha de vencimiento: 30-09-2025
Monto: 10 %
Descripción: Será una (1) Garantía. El proveedor adjudicado deberá entregar una garantía de fiel cumplimiento de contrato equivalente al 10% del monto total adjudicado con IVA incluido, con fecha de vencimiento de 60 días hábiles posteriores a contar del término del mes 24° de contratación. La garantía deberá ser tomada a la vista, con el carácter de irrevocable y en forma nominativa en favor de la Dirección General del Crédito Prendario. Una vez notificada la adjudicación de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl, el oferente tendrá 5 días hábiles para ingresar la garantía de fiel cumplimiento del contrato. La garantía podrá entregarse para su custodia en: La Dirección General de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en San Antonio N° 427, quinto piso, comuna de Santiago o enviada mediante correo electrónico a christian.barrueto@dicrep.cl (responsable del contrato) con copia a la oficina de compras compraspublicas@dicrep.cl. La no presentación de la garantía en tiempo y forma será causal para readjudicar al siguiente oferente con mayor puntaje, o bien, declarar desierta la licitación.
Glosa: La glosa debe indicar: “Garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato adjudicado en la licitación ID 1561-5-LQ23”. Dicha glosa debe estar impresa en el mismo documento solicitado.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía se devolverá en un plazo de 61 hábiles después de terminado el contrato y una vez que se haya verificado, mediante certificado entregado, por la empresa, que ésta se encuentre al día en el pago de las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores, en especial el último mes del contrato. Lo anterior, salvo que la empresa no cumpla con las obligaciones que establecen las bases, la oferta correspondiente y/o el presente contrato, en cuyo caso DICREP queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. La garantía deberá ser retirada donde mismo se entregó.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Consultas y Dudas
Durante la publicación de la licitación, las consultas y dudas que se tengan al respecto sólo se aceptarán durante el período que se establece en las mismas bases de licitación, a través de la opción FORO del portal mercadopublico.cl. NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS O DUDAS FUERA DEL FORO, NI FUERA DE PLAZO.
Aceptación de las bases
Por la sola presentación de su propuesta el OFERENTE acepta todas las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, como el de ejecución de la contratación, principalmente las obligaciones contempladas en las presentes bases de licitación.
MODIFICACIÓN DE LAS BASES.-
El Servicio podrá modificar las presentes bases y sus anexos, durante el proceso de licitación, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. En caso que la modificación ocurriera dentro de los dos últimos días para presentar las ofertas, se debe ampliar el plazo en 3 (tres) días para que los oferentes actualicen sus propuestas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl Estas modificaciones formarán parte integral de las bases vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.
COMISIÓN EVALUADORA. -
Para efectos del proceso de evaluación, se constituirá una Comisión Evaluadora de DICREP, a la que le corresponderá resolver en una única instancia la licitación, redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos en las que se consignarán las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta. Los miembros de la Comisión Evaluadora y los referentes técnicos no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes al momento de la evaluación y deberán evaluar las propuestas para la adjudicación por parte del Jefe Superior del Servicio. La vigencia de la Comisión será desde la fecha en que se apruebe la presente resolución y hasta 2 días después de aceptada la orden de compra o después de la fecha de la resolución que declara desierta o revoca la presente licitación, según corresponda. La Comisión Evaluadora de la Dirección General estará integrada por: a) El Jefe del Departamento Administrativo o su subrogante legal. b) Encargado de la Oficina de Planificación y Control de Gestión. c) El Jefe del Departamento de Contabilidad o su subrogante legal. En caso de la ausencia de miembro titular de la comisión evaluadora, procederá el siguiente orden de subrogación: 1. Jefatura del Departamento de Auditoria o su subrogante legal. 2. Encargado de la Oficina de Gestión Estratégica. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes al momento de la evaluación, en caso que lo hubiere, lo reemplazará la Jefatura de la Oficina de Seguridad o su subrogante legal y deberá cumplirse con las obligaciones que demanda la Ley de Lobby, N.º 20.730. En el caso que exista alguna designación deberá constar a través de algún ordinario interno del servicio, el cual se deberá subir a www.mercadopublico.cl Presidirá la comisión evaluadora la Jefatura del Departamento Administrativo o su subrogante legal, quien levantará el informe final que deberá incluir lo señalado en el artículo 40 bis, del D.S 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La Comisión Evaluadora podrá contar, si así lo requiere, con el asesoramiento de uno de los miembros del subdepartamento de informático, debiendo ser solicitado al Jefe del Departamento Administrativo su subrogante legal, quien designará al asesor.
RESOLUCIÓN DE EMPATES. -
En caso de empates se aplicará la siguiente tabla de prelación: a. Si persiste el empate, prevalece el mejor porcentaje en el criterio PORCENTAJE DE LA COMISIÓN POR CADA EVENTO REALIZADO. b. Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio de COSTO BASE DE LA PLATAFORMA. c. Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio de VALOR ADIOCIONAL DE LA PLATAFORMA. d. Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio de INCLUSIÓN CON ENFOQUE DE GÉNERO. e. Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES. f. Por último, si persiste el empate, se seleccionará la oferta que primero se subió al portal
ADJUDICACIÓN Y CONTRAPARTE DE DICREP. -
La licitación se evaluará y adjudicará, con todas las ofertas que cumplan con todos los requisitos de las bases. El contrato de servicios del servicio se confeccionará y éste contendrá las condiciones establecidas en las presentes bases. La garantía de fiel cumplimiento de contrato se entregará según como se señala en las presentes bases. El Jefe del Departamento de Crédito o subrogante legal, será responsable por la ejecución, seguimiento y gestión del respectivo contrato, manteniendo el contacto con el proveedor adjudicado durante toda su vigencia y, a su vez, el proveedor adjudicado deberá remitirse a los funcionarios ya mencionados.
CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN. -
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, rechaza la orden de compra, no firma el contrato, no presenta la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido en las presentes bases, o no está hábil en ChileProveedores al momento de aceptar la OC, DICREP podrá dejar sin efecto la adjudicación y oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, siempre que DICREP lo estime adecuado a sus intereses y en el evento que no se haya dado inicio a la ejecución de los servicios.
INICIO DE SERVICIOS
El servicio comenzará una vez firmado el contrato por ambas partes y aprobado por resolución, en las fechas dispuestas en él mismo.
DURACIÓN DEL CONTRATO. -
El contrato tendrá una duración de 24 meses, considerando que el presupuesto es anual.
FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD DE SERVICIO. -
Una vez adjudicado la primera Orden de Compra corresponderá al costo base por el uso de la plataforma. Una vez, realizado cada evento el proveedor deberá presentar un informe al jefe de Departamento de Crédito o a quien este designe, con los antecedentes del servicio ejecutado y deberá establecer el cobro y el detalle de este, para que posteriormente la Oficina de Compra emita la Orden de Compra, previa autorización del Jefe Departamento de Crédito o quien este designe. La factura deberá ser remitida al correo electrónico dicreprecepcion@custodium.com, extendida a nombre de la Dirección General del Crédito Prendario, RUT N° 61.504.000-2, indicando en su glosa la descripción de los servicios y el número de la orden de compra respectiva. El pago de los servicios realizados será dentro de 30 días desde la recepción de la factura en la plataforma web del SII.
MULTAS A APLICAR. -
MULTAS A APLICAR. - La multa a aplicar al proveedor adjudicado se verificará previo informe del jefe Departamento de crédito o quien lo subrogue y de acuerdo a la falta que se indican a continuación: ítem Falta a multar Multa a aplicar 1 Una vez planificada la subasta, si el proveedor genera una modificación de la fecha establecida con un plazo menor a 10 días. Se considerará como falta, cada día hábil que la plataforma no se encuentre disponible y que genere el retraso en la operación. 20% expresado en pesos, de las sumatoria del monto mínimo de remate de las especies a subastar. 2 Durante la realización de una subasta: si no se da cumplimiento a la cantidad de horas de duración por motivos técnicos, Por cada hora en que el sistema no permita operar se aplicara la respectiva multa. 10 UF/ hora no disponible 3 Durante la realización de una subasta, si existe una intermitencia o interferencia del desarrollo normal de la plataforma, se aplicará las multas. Según la duración de la intermitencia o interfencia: • Entre 02 - 05 minutos/ 1 UF • Entre 06 - 10 minutos/ 2 UF • Entre 11 - 15 minutos/ 3 UF • Entre 16 - 20 minutos/ 4 UF • Entre 21 - 30 minutos/ 5 UF • Entre 31- 35 minutos/ 6 UF • Entre 36 - 40 minutos/ 7 UF • Entre 41 - 50 minutos/ 8 UF • Entre 51 - 59 minutos/ 9 UF En todo caso, la suma de las multas no podrán exceder más de 5 (cinco) multas en 3 (tres) meses, por configurarse causal de término anticipado.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.-
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.- Cuando la contraparte técnica verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, informará al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de Mercadopublico, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su correspondiente multa. El proveedor podrá realizar descargos, por medio de carta certificada dirigida a la Contraparte técnica, y enviada a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día siguiente de su recepción en la oficina de correos que corresponda. En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por la contraparte técnica, esta última informará a la Jefatura del Departamento de Crédito para la elaboración de la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y la multa que resulta aplicable, siendo notificada al proveedor vía portal. El proveedor podrá aceptar y pagar la multa una vez notificado el acto administrativo, sin necesidad de seguir con el procedimiento señalado a continuación. En contra de esta resolución, el proveedor podrá presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el recurso. El Director General resolverá el recurso de reposición a través de resolución fundada, en la que podrá acoger totalmente el recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta resolución será notificada al proveedor vía portal. DICREP deberá informar al Registro de Proveedores la resolución que aplica multa o, si corresponde, la resolución que resuelve el recurso de reposición interpuesto en su contra, de acuerdo a lo señalado en el artículo 96 del Reglamento de la Ley de Compras Nº 19.886, contenido en el Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. En contra de la resolución que resuelve el recurso de reposición presentado no procederán más recursos. El pago de las multas se hará por ventanilla, se expresará en pesos chilenos, y el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para pagarla a contar del término del plazo establecido para su impugnación, en caso de no interponer recurso alguno, o en caso contrario, desde la notificación que se pronuncia sobre la reposición. En de no cumplir con el pago de multas dentro del plazo señalado, el servicio no será recepcionado de manera conforme y DICREP rechazará el pago de la factura hasta que el proveedor no regularice el pago correspondiente. De la misma forma, podrá poner término anticipado a la contratación del servicio y realizar toda acción judicial que estime conveniente a fin del resguardo de los recursos fiscales de la institución, incluyendo el cobro de la boleta de garantía situación que dará origen a que el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento en las mismas condiciones señaladas en el punto 8 de las presentes bases o bien se rechazará la factura hasta que el proveedor no regularice el pago de la multa. No procederán estas multas si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el proveedor adjudicado y con el V°B° de la contraparte técnica. En caso de acumular más de 5 (cinco) multas en 3 (tres) meses, DICREP podrá poner término anticipado a la contratación del servicio por incumplimiento por parte de la empresa adjudicada, sin derecho a indemnización alguna en favor del proveedor.
Modificación y término anticipado del contrato.
Causales de modificación o término anticipado del contrato: a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, como, por ejemplo, la renuncia unilateral por parte del proveedor adjudicado, la aplicación de más de cinco multas en tres meses seguidos. c. Estado de notoria insolvencia del contratante, lo cual quedará acreditado con el inicio de un procedimiento regulado dentro de la Ley Nº 27.720. d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e. Registrar y/o mantener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Las demás que se establezcan en estas bases de licitación.
PROCEDIMENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. -
Cuando la contraparte técnica verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, informará al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de mercadopublico, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su decisión de dar por terminado anticipadamente el contrato. El proveedor podrá realizar descargos por medio de carta certificada, dirigida a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día siguiente de su recepción en la oficina de correos que corresponda. En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por la contraparte técnica, esta última informará a la Jefatura del Departamento de Crédito para la elaboración de la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y el termino anticipado del contrato, siendo notificada al proveedor vía portal. El acto administrativo que da por terminado anticipadamente el contrato podrá impugnarse mediante los recurso administrativos contemplados en la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
CONSULTAS Y DUDAS. -
Durante la publicación de la licitación, las consultas y dudas que se tengan al respecto sólo se aceptarán durante el período que se establece en las mismas bases de licitación, a través de la opción FORO del portal mercadopublico.cl. NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS O DUDAS FUERA DEL FORO, NI FUERA DE PLAZO.
CERTIFICADOS. -
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario debe remitir a la contraparte técnica la Copia de la Inscripción, Certificado de Administración y Certificado de Vigencia de la empresa del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, o, si fuese el caso, los Estatutos Actualizados y Certificado de Vigencia del Registro de empresas en un día, con una vigencia no superior a 30 días corridos desde la emisión de estos antecedentes. Sin embargo, no será necesario remitir esta documentación en el caso de que esta conste en el portal y respeten el plazo señalado.