Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Fecha de vencimiento:
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29-12-2023
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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En el caso que el oferente supere el valor de 100 UTM adjudicadas, sea por una o varias líneas (valor al día de la apertura de la Licitación), se solicitará caucionar a través de una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, equivalente al 5 % del valor total de la contratación, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines, RUT Nº 70.072.600-2, nominativa, pagadera a la vista, irrevocable, no endosable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 días hábiles, posteriores a la fecha de entrega y recepción conforme de la totalidad de las especies.
Dicha garantía deberá ser presentada en un plazo de 5 días hábiles desde la notificación, consistente en una boleta bancaria, vale vista, póliza de seguros de ejecución inmediata, depósito a la vista o certificado de fianza, como además, todo otro documento que asegure el cobro de la misma de mantera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, modificado por el Decreto Supremo N° 1410, de 2014, del Ministerio de Hacienda.
La glosa de la garantía debe indicar: “En garantía fiel y oportuno cumplimiento de Contrato de Licitación Pública ID: 1574-2-LE23”
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento
En el caso que se presente un certificado de fianza, este debe indicar que debe ser “pagadero al primer requerimiento”.
Dirección entrega de garantía: Calle Gregorio Cordovez n°535, La Serena.
Esta garantía deberá ser pagadera a la vista, tomada por el propio oferente o por un tercero, y tener el carácter de irrevocable.
Esta garantía cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en las bases administrativas y técnicas.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Proveedor deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
La JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Las partes prorrogan competencia a los tribunales de La Serena, fijando domicilio en dicha ciudad. El cobro de la garantía será compatible con esta última.
La restitución de la respectiva garantía la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en Calle Gregorio Cordovez n°535, La Serena, tras la solicitud formal por parte del Proveedor adjudicado previo visto bueno de la Oficina de Tesorería.
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Glosa:
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En garantía fiel y oportuno cumplimiento de Contrato de Licitación Pública ID: 1574-43-LE23
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Forma y oportunidad de restitución:
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La restitución de la respectiva garantía la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en Calle Gregorio Cordovez n°535, La Serena, tras la solicitud formal por parte del Proveedor adjudicado previo visto bueno de la Oficina de Tesorería.
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