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9.2. Unión Temporal de Proveedores. La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar.
En relación con las Uniones Temporales de Proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N°250, del Ministerio de Hacienda el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N°1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Compras Públicas. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes: a) Presentar el ANEXO N°2, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. b) Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica ANEXO N°1, la Identificación del oferente ANEXO N°2 y ANEXO N°3 Clausula de Proveedores de Bienes y Servicios de la JUNJI. c) Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: a. La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizarse por escritura pública (iguales o mayores a 1000 UTM) o por instrumento público o privado (menores a 1000 UTM) la que deberá acompañarse para la firma del contrato. b. La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de
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sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. c. Cada uno de los oferentes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el punto N°27 sobre requisitos para contratar. d. Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público en el plazo indicado en las presentes bases. e. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación.
9.4. Identificación del oferente. Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según ANEXO N°2, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del Representante Legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl], al momento de ingresar su oferta. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, que hayan ingresado la documentación al portal [https://www.mercadopublico.cl]. 9.5. Cláusula de Proveedores de Bienes y Servicios de la JUNJI Los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°3, en la cual declaran conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa (http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas. Esta declaración jurada deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta.
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A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. 9.6. Plazo de entrega del material El oferente deberá indicar según ANEXO N°4, el plazo de entrega de material en días hábiles desde publicada la orden de compra de la plataforma www.mercadopublico.cl.
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