1.-
ACEPTACIÓN DE LAS BASES
Las presentes Bases Administrativas y Técnicas, además de los Anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete, aclare o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su notificación en el Sistema de Información y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Adicionalmente, con respecto a los antecedentes técnicos, se considerará valida y obligatoria para el proponente, cualquier indicación o detalle que aparezca indistintamente en las Bases Administrativas o Especificaciones técnicas.
En dicho caso, se entenderá que el proponente ha tomado conocimiento de las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas y demás antecedentes que regulan este proceso y que acepta las condiciones en ellos establecidas, por el solo hecho de formular una oferta.
En el caso de discrepancia entre los antecedentes de la licitación, prevalecerán de acuerdo a la prioridad señalada a continuación:
Prelación administrativa:
1. Bases Administrativas
2. Aclaraciones Foro
3. Ficha Portal
Prelación técnica:
1. Aclaraciones Foro
2. Especificaciones Técnicas
7. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR
La propuesta técnica, económica, anexos y documentos adicionales establecidos en las presentes bases, se subirán al portal [http://www.mercadopublico.cl].
8.1. Identificación del Oferente (Anexo N°1)
Consiste en una carta de identificación del oferente, que contenga el nombre o razón social, Rut del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico y nombre completo del representante legal y Rut del representante legal. (Este requisito sólo será exigido para los oferentes no inscritos en el registro de Chile proveedores). Dicho documento deberá ser ingresado en archivo digital como ANEXO N°1, en formato de documento [.pdf], Word [.doc], u otro archivo compatible, según corresponda al portal www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta, completando sólo la Carta de Identificación que corresponda a su tipo de personería.
Unión Temporal de Proveedores:
La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, las integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI frente al servicio o bien a contratar los servicios que se refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan el servicio o bien a contratar.
Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
Para la presentación de las ofertas, la Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP), deberá cumplir con las siguientes reglas especiales:
A. Presentar el ANEXO N° 1 en que cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.
B. Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de proveedores deberán presentar la declaración jurada simple de persona natural y/o jurada.
C. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la UTP, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiere excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.
En caso de serles adjudicada la presente licitación a una UTP, deberá cumplir con las siguientes reglas especiales:
A. Presentar copia de la escritura pública, a través de la cual se formaliza la UTP.
B. La UTP comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la JUNJI podrá exigir a cualquier de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
C. Cada una de las ofertas integrantes de la Unión, deberán presentar todos los documentos requeridos para contratar.
D. Cada proveedor de la UTP deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, al momento de contratar, de no encontrarse inscrito, dispondrá de un plazo máximo de 3 días hábiles, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante. En caso que un proveedor de la Unión Temporal de Proveedores seleccionada no se encuentre inscrito y no se inscriba en el Registro de Chileproveedores en el plazo indicado, se procederá a adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses del Servicio.
E. La vigencia de la UTP, deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación.
En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y sus modificaciones posteriores.
8.2. DECLARACION JURADA SIMPLE DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO (ANEXO N°2)
Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile.
No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N°19.886 y los artículos 8° y 10° de la Ley N°20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos:
a) Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores.
b) Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°15.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas.
c) En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N°250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N°1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N°250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Compras Públicas.
Para dar cumplimiento a lo anterior, se encuentra en formato tipo en el ANEXO N°2 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], word [.doc] u otro archivo compatible.
8.4. CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS DE LA JUNJI (ANEXO N°4)
El proveedor declara conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas.
A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
Para estos efectos, en señal de conocimiento y de conformidad, el proveedor deberá presentar el ANEXO N°4 “Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la JUNJI”. Esto, considerando el principio de eficiencia que debe inspirar el procedimiento de compras públicas, de acuerdo con el inciso final del artículo 6 de la Ley N° 19.886, en que se estima suficiente, para ese propósito, exigir una declaración jurada en que los oferentes expresen que no se encuentran afectos al mencionado impedimento, haciéndose, de este modo, responsables de la veracidad de lo manifestado en dicho documento.
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