1.-
La propuesta técnica, económica, anexos y documentos adicionales establecidos en las presentes
bases, se subirán al portal [http://www.mercadopublico.cl].
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de las
presentes Bases, lo que, para estos efectos, se encontrarán disponibles, en el Portal Mercado Publico.
En caso de que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
8.1. Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del
Estado (Anexo N°1)
Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o
extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos
en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá
para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile.
No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N°19.886 y los artículos 8° y
10 de la Ley N°20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos:
a. Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas
antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos
concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores previos a la oferta
o el contrato (art. 4 Ley 19.886).
b. Quienes hayan sido condenados por delitos establecidos en la Ley N° 20.393 que “Establece la
responsabilidad penal de las personas jurídicas”.
c. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición
de contratar con el Estado (art. 36, letra d), del DL 211).
d. El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora
(art. 4° de la Ley 19.886).
e. Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a ellos
por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley
N°15.575,Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni
sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas,
ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que
representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores
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de cualquiera de las sociedades antes dichas.
f. En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos
establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N°250, el que fue agregado conforme a lo
establecido en el Decreto N°1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N°250, de2004,
que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Compras Públicas.
Para dar cumplimiento a lo anterior, se encuentra en formato tipo el ANEXO N°1 de las presentes Bases
Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras y
Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], word
[.doc] u otro archivo compatible.
8.2. Identificación del Oferente (ANEXO N°2)
Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación del oferente, que contenga el nombre o
razón social, Rut del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico y nombre completo del
representante legal y RUT del representante legal. (Este requisito sólo será exigido para los oferentes no
inscritos en el registro de Chile proveedores). Dicho documento deberá ser ingresado en archivo digital
como ANEXO N°2, en formato de documento [.pdf], Word [.doc], u otro archivo compatible, según
corresponda al portal www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta, completando sólo la
Carta de Identificación que corresponda a su tipo de personería.
Este requisito no será exigidoa los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado
Público, que hayan ingresado la documentación al portal [http://www.mercadopublico.cl].
Unión Temporal de Proveedores:
La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal
efecto, las integrantes deberán autorizar a un representante o apoderado común para que ejerza a su
nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente
a la JUNJI frente al servicio o bien a contratar los servicios que se refieren las presentes bases de
licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las
obligaciones que surjan el servicio o bien a contratar.
En relación con las Uniones Temporales de Proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos
establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N°250, del Ministerio de Hacienda el que fue agregado
conforme a lo establecido en el Decreto N°1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N°250, de
2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre
Compras Públicas.
Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la
presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a
cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
Para la presentación de las ofertas, la Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP), deberá
cumplir con las siguientes reglas especiales:
a. Presentar el ANEXO N°1 en que cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades
suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.
b. Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de proveedores deberán presentar la
declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica, y la identificación del oferente
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(ANEXO N°2).
c. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la UTP, determinarán qué
antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando
lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato
que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la
Unión sea inhábil y ésta decidiere excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta,
se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la
evaluación.
En caso de serles adjudicada la presente licitación a una UTP, deberá cumplir con las siguientes reglas
especiales:
a. Presentar instrumento público o privado mediante la cual han formalizado su unión, el que
deberá contener a lo menos, el pacto de solidaridad entre las partes que la componen, respecto
de todas las obligaciones que se generen con la Junta Nacional de Jardines Infantiles, en
consecuencia, ésta podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento
total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea sus naturales. Asimismo, el instrumento
deberá contemplar el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes para ofertar y contratar.
b. En el caso de la participación de personas jurídicas en la UTP, la escritura debe estar firmada por
los integrantes con poder suficiente para ello, según sus respectivos estatutos.
c. Cada una de las ofertas integrantes de la Unión, deberán presentar todos los documentos
requeridos para contratar del numeral 25 de las presentes bases.
d. Cada proveedor de la UTP deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores al
momento de contratar, de no encontrarse inscrito, dispondrá de un plazo máximo de 3 días
hábiles, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para
efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante. En caso de que
un proveedor de la Unión Temporal de Proveedores seleccionada no se encuentre inscrito y no
se inscriba en el Registro de Chileproveedores en el plazo indicado, se procederá a adjudicar a la
segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo con los
intereses del Servicio.
e. La vigencia de la UTP deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de
la presente licitación, incluyendo sus eventuales modificaciones, ampliaciones y garantías. En
caso de que la UTP se disuelva durante el plazo de ejecución del acuerdo de voluntades, la Junta
Nacional de Jardines Infantiles, podrá poner término anticipado al mismo
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2.-
Los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°3, en la
cual declaran conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos
de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en
portal de transparencia activa
(http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucio
nal/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a
la eventual vulneración de aquellas.
Esta declaración jurada deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación
Pública [mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta.
A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas
que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al
Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
8.6. Plazo de entrega del material
El oferente deberá indicar según ANEXO N°4, el plazo de entrega de material en días hábiles desde
publicada la orden de compra de la plataforma www.mercadopublico.cl.
Dicho plazo de entrega, en las unidades educativas, oficinas o central de abastecimiento, será el
señalado en la oferta del proveedor adjudicado, el cual deberá estar dentro del rango de 1 a 20 días
hábiles, según lo establecido por la Institución.
La presentación de un plazo de entrega superior al indicado en el párrafo anterior ameritará que la
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oferta sea evaluada con nota 0.
El proveedor adjudicado se entenderá por notificado en un plazo máximo de 24 horas, subida la
orden de compra. Desde el día hábil siguiente de la notificación comenzarán a regir los plazos de
entrega.
8.7. Plazo de Garantía
El oferente deberá presentar en su Anexo N°4 el plazo de garantía por falla del producto, el cual,
deberá cumplir con el mínimo establecido por Ley, que corresponde a 6 meses.
8.8. Programa de Integridad
El oferente deberá acreditar que dispone herramientas relacionadas al cumplimiento de un programa
de integridad el cual ha sido dado a conocer al personal de la empresa. Para lo cual deben incorporar
en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, los antecedentes señalados en el Anexo N°5
según corresponda, para tal efecto.
A su vez, aquellos oferentes que no cuenten con personal y realicen la declaración contenida en el
Anexo N°6, será evaluados con puntaje 10.
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