Licitación ID: 1575-7-LE21
Servicio Mantención Calderas y Aire Acondicionado
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, Junji - VI Región
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Calefacción central 1 Unidad
Cod: 83101903
Servicios de Mantención Preventiva y Correctiva de Calderas y Aire Acondicionado de Jardines Infantiles de la Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins Vía Contrato de Suministro  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio Mantención Calderas y Aire Acondicionado
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, requiere la Contratación de los “Servicios de Mantención Preventiva y Correctiva de Calderas y Aire Acondicionado de Jardines Infantiles de la Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins” Vía Contrato de Suministro, por un periodo de 24 meses, o hasta el consumo de los recursos asignados disponibles, lo primero que ocurra. La presente licitación tiene por objeto la contratación de los servicios técnicos especializados que aseguren el servicio continuo de tanto de las calderas como aires acondicionados, proporcionando una temperatura ambiente adecuada p0ara el desarrollo de actividades de los niños, niñas y funcionarios de los diferentes Jardines Infantiles de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, lo que favorecerá su aprendizaje, bienestar y desarrollo integral.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Unidad de compra:
Junji - VI Región
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
ESTADO N° 531, RANCAGUA
Comuna:
Rancagua
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-04-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 25-03-2021 10:02:00
Fecha inicio de preguntas: 25-03-2021 10:10:00
Fecha final de preguntas: 30-03-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 31-03-2021 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-04-2021 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-04-2021 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 16-04-2021 11:14:56
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 8. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR La propuesta técnica, económica, anexos y documentos adicionales establecidos en las presentes bases, se subirán al portal [http://www.mercadopublico.cl]. 8.1. Identificación del Oferente (Anexo N°1) Consiste en una carta de identificación del oferente, que contenga el nombre o razón social, Rut del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico y nombre completo del representante legal y Rut del representante legal. (Este requisito sólo será exigido para los oferentes no inscritos en el registro de Chile proveedores). Dicho documento deberá ser ingresado en archivo digital como ANEXO N°1, en formato de documento [.pdf], Word [.doc], u otro archivo compatible, según corresponda al portal www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta, completando sólo la Carta de Identificación que corresponda a su tipo de personería. 8.2. Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo N°2) Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N°19.886 y los artículos 8° y 10° de la Ley N°20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos: a) Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores. b) Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°15.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas. c) En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N°250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N°1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N°250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Compras Públicas. Para dar cumplimiento a lo anterior, se encuentra en formato tipo en el ANEXO N°2 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], word [.doc] u otro archivo compatible. En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y sus modificaciones posteriores. Unión Temporal de Proveedores: La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, las integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI frente al servicio o bien a contratar los servicios que se refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan el servicio o bien a contratar. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las ofertas, la Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP), deberá cumplir con las siguientes reglas especiales: A. Presentar el ANEXO N° 1 en que cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. B. Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de proveedores deberán presentar la declaración jurada simple de persona natural y/o jurada. C. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la UTP, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiere excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una UTP, deberá cumplir con las siguientes reglas especiales: A. Presentar copia de la escritura pública, a través de la cual se formaliza la UTP. B. La UTP comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la JUNJI podrá exigir a cualquier de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. C. Cada una de las ofertas integrantes de la Unión, deberán presentar todos los documentos requeridos para contratar del numeral 24 y 25 de las presentes bases. D. Cada proveedor de la UTP deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, al momento de contratar, de no encontrarse inscrito, dispondrá de un plazo máximo de 3 días hábiles, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante. En caso que un proveedor de la Unión Temporal de Proveedores seleccionada no se encuentre inscrito y no se inscriba en el Registro de Chileproveedores en el plazo indicado, se procederá a adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses del Servicio. E. La vigencia de la UTP, deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. 8.6. CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS DE LA JUNJI (ANEXO N°6) El proveedor declara conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para estos efectos, en señal de conocimiento y de conformidad, el proveedor deberá presentar el ANEXO N°6 “Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la JUNJI”. Esto, considerando el principio de eficiencia que debe inspirar el procedimiento de compras públicas, de acuerdo con el inciso final del artículo 6 de la Ley N° 19.886, en que se estima suficiente, para ese propósito, exigir una declaración jurada en que los oferentes expresen que no se encuentran afectos al mencionado impedimento, haciéndose, de este modo, responsables de la veracidad de lo manifestado en dicho documento.
Documentos Técnicos
1.- 8.4. EXPERIENCIA EN EL RUBRO ANEXO N°4 Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, el ANEXO N°4 en el sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc] u otro archivo compatible, en el cual el oferente deberá acreditar experiencia en dichos servicios o relacionados con estos, en la ejecución de contratos de mantención, reparación o mejoramiento en trabajos ejecutados o en ejecución de los últimos 6 años hasta la fecha de cierre, los contratos deberán ser respaldados por alguno de los siguientes documentos:  Certificados emitidos por el mandante el cual deberá ir firmado y/o timbrado, NO se aceptarán Certificados emitidos por el postulante en favor propio.  Ordenes de compras en estado “Recepción Conforme”  Contratos  Acta de Recepción Provisoria o Final Para facilitar la evaluación se solicita a los oferentes, que los certificados sean enumerados según la secuencia en los cuales fue registrado en el anexo. 8.5. GARANTIA POST MANTENCIÓN (ANEXO N°6) Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, el ANEXO N°5 GARANTIA POST MANTENCIÓN en el sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc] u otro archivo compatible, en el cual deberá indicar la cantidad de días ofertados post mantención realizada en los diferentes jardines infantiles.
 
Documentos Económicos
1.- 8.3. OFERTA ECONOMICA (ANEXO N°3) Las ofertas económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas [http://www.mercadopublico.cl], según formato tipo establecido en Anexo N°3 “ITEMIZADO”, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho sistema de información y en el cronograma respectivo, las propuestas deberán indicar el valor unitario neto por servicio y producto, los impuestos, utilidades y gastos generales deberán ser incorporados al valor final de la propuesta. Cabe señalar que el valor que deberá ingresar el oferente en el sitio Web www.mercadopublico.cl corresponde a $1. El contratista será el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio ofertado, debiendo considerar la modalidad de la contratación conforme las especificaciones entregadas en las respectivas especificaciones técnicas. De acuerdo a lo anterior el proveedor deberá considerar todos los gastos que demande la prestación de los servicios ofertados, hasta el término del contrato, incluyendo los respectivos impuestos. Antes del cierre de la recepción de las Ofertas en el portal del mercado público se podrán hacer las modificaciones o se podrá corregir la oferta económica, una vez cerrado el proceso de recepción de ofertas, el valor final de la oferta no puede ser modificado, alterado, ni corregido, pues implica una afectación al principio de igualdad de los oferentes que traerá como consecuencia ser declarado Inadmisible. Los oferentes deben tener presente lo siguiente al momento de la presentación del ANEXO N°3 ITEMIZADO:  Los interesados deben ofertar en todas las partidas, en la situación de no ofertar en todos los Ítems, su oferta será declarada Inadmisible.  En el caso que el formato se encuentre incompleto o modificado no será considerado para su evaluación, quedando su oferta inadmisible.  Los valores ofertados deben considerar la Mano de Obra Vendida, Gastos Generales y Utilidades.  Considerar los precios en pesos chilenos.  La oferta debe tener una vigencia de 60 días hábiles contados desde el cierre de recepción de ofertas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Se asignará 10 puntos a la oferta más económica en precio, resultado de la suma de los valores ponderados de las partidas consideradas en itemizado del Anexo N°3 y al resto se le asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente formula: Puntos (2 decimales) = Precio oferta menor x10 Precio Oferta 40%
2 Experiencia en el rubro La experiencia en el rubro será evaluada, con los contratos u obras señaladas en el Anexo N°4 y debidamente respaldadas, mediante un documento según lo indicado en el punto 8.4 de las Bases Administrativas, en los últimos seis años. Sólo se considerará contratos por un monto mínimo de $3.000.000.- con IVA incluido., cada uno. Para facilitar la evaluación se solicita a los oferentes, que los certificados sean enumerados según la secuencia en los cuales fue registrado en el anexo. Contratos terminados Puntaje Más de 10 contratos Certificados 10 Entre 5 y 10 contratos certificados 6 Inferior a 5 contratos Certificados 3 No presenta Certificados de Experiencia 0 35%
3 Garantía Post-Mantención El criterio de garantía post-mantención, corresponde al tiempo que el oferente garantizará los trabajos ejecutados, se evaluarán de la siguiente forma: Contratos terminados Puntaje Desde 6 o superior meses de garantía 10 Desde 3 Meses de garantía e Inferior a 6 meses de Garantía 6 Desde 1 mes de garantía e Inferior a 3 meses de garantía 2 Menor a 1 mes de garantía 0 20%
4 Criterio de Evaluación Cumplimiento de los Requisi CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (5%) Se asignará el máximo de puntaje al oferente que cumpla con la entrega de todos los antecedentes formales dentro del plazo de recepción de ofertas. 10 Los antecedentes o certificados solicitados fueron presentados dentro del plazo extraordinario otorgado según las bases administrativas a petición de la comisión evaluadora. 5 No cumple con la entrega de todos los antecedentes formales, en los plazos establecidos. INADMISIBLE 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.06.001.002
Monto Total Estimado: 51489000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE CONSIDERA IVA INCLUIDO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIO HERNANDEZ PEÑALOZA
e-mail de responsable de pago: chernandezp@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: ARACELI MARTINEZ AVALOS
e-mail de responsable de contrato: amartinez@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2958349-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente no podrá ceder el contrato, ni total ni parcialmente a ninguna persona, natural o jurídica. Los documentos justificativos de los créditos, que emanen del contrato, podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. El adjudicatar
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES RUT 70.072.600-2
Fecha de vencimiento: 06-09-2023
Monto: 2600000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de obligaciones laborales y sociales, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor de $2.600.000.- (Dos millones seiscientos mil pesos), la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines, RUT Nº 70.072.600-2, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos chilenos y tomada por el propio oferente, con una vigencia mínima de 90 días hábiles, posteriores a la fecha de término del contrato, adjuntando el Certificado de Validez (emitido por el banco o Aseguradora). Se aceptarán como instrumentos válidos de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, boleta de garantía bancaria, vale vista o depósito a la vista, póliza de seguro electrónica, certificado de fianza a la vista (este deberá indicar ser pagadera a primer requerimiento), como cualquier otro instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el párrafo anterior. En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En consideración a la Contingencia COVID-19, se recomienda la presentación de documentos electrónicos por la seguridad de todos los implicados en los procesos, de los contrario, el documento deberá ser enviado por correo certificado o al correo electrónico de Oficina de Partes oficina_partesVI@junjired.cl, en caso de tratarse de Pólizas de Seguros y Certificados de Fianzas, o bien, entregado físicamente en los casos de Boleta en Garantía y Vale Vistas recibido en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles VI Región, ubicada en Estado Nº531 comuna de Rancagua, dentro del plazo de cuatro (04) días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación, en el siguiente horario: Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 horas. Viernes : De 08:30 hasta las 16:30 horas. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS “SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE CALDERAS Y AIRE ACONDICIONADO DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O´HIGGINS” VÍA CONTRATO DE SUMINISTRO, y las obligaciones que ordena el Artículo 11° de la Ley 19.886. Respecto del vale vista y las demás garantías, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el ANEXO N°7. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día de ese término, se concederán tres (03) días hábiles para la corrección del documento de garantía. La JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, sin pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. De la misma forma, si los servicios contratados superan el monto estimado indicado en inciso primero de este numeral, el adjudicatario deberá presentar una nueva boleta por la diferencia que corresponda o reemplazar la boleta original por una que cubra el total del monto contratado. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y previsionales hasta treinta (30) días hábiles, posteriores a la ejecución del contrato.
Glosa: EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS “SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE CALDERAS Y AIRE ACONDICIONADO DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O´HIGGINS” VÍA CONTRATO DE SUMINISTRO, y las obligaciones que ordena el Artículo 11° de la Ley 19.886
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada diez (10) días hábiles posteriores a la vigencia de dicho documento y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en Calle Estado Nº531, Comuna de Rancagua, previo visto bueno de la Unidad requirente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la JUNJI adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente mejor puntaje conforme al orden de prelación que se señala:

1°.       Puntaje de la variable Precio.

2°        Puntaje de la variable Experiencia.

3°        Puntaje Garantía Post-Mantención


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Toda consulta relacionada con el proceso de adjudicación, se recibirá en el correo institucional infocm.viregion@junjired.cl, a partir de la fecha de publicación de la adjudicación de la Licitación en el Portal www.mercadopublico.cl. La Institución dará respuesta a cada consulta dentro de un plazo no superior a los cinco días hábiles contados desde la fecha de la consulta respectiva. Lo anterior es sin prejuicio del sistema de reclamos y consultas de licitaciones habilitado en el portal www.mercadopublico.cl.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

No obstante que puede contratar con el Estado el proveedor que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Junta Nacional de Jardines Infantiles será facultada para solicitarle al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato, una declaración jurada que acredite que no ha incurrido en dicho incumplimiento; así como también, en cada estado de pago aquellos certificados de la Dirección del Trabajo y otros antecedentes que estime pertinentes, con la finalidad de verificar la observancia de las obligaciones laborales sociales. En este sentido, de ser detectada una falta a dicha obligaciones, asegurará el pago de las mismas la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato establecida en el punto N°24.2; como también, asegurará el pago de las mismas con los primeros estados de pago producto del contrato, los cuales deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

La JUNJI deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y presente los Certificados F 30-1 que demuestren el cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, en forma anticipada, y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y sociales, pudiendo llamarse a un nuevo proceso de compra en la que la empresa referida no podrá participar. Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en el artículo 4° de la Ley N°19.886.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Por otro lado, la JUNJI podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento de plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Asimismo, la JUNJI podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Las solicitudes que se hagan en tal sentido serán informadas a los demás oferentes a través del portal [http://www.mercadopublico.cl].

Para estos efectos se concederá un plazo de 48 horas, que se contaran desde la publicación del requerimiento en el portal www.mercadopublico.cl. La presentación de los antecedentes en la forma señalada, será considerada por la Comisión Evaluadora al momento de la Evaluación de las ofertas, asignando menor puntaje, en el criterio de evaluación “Formalidades”.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
READJUDICACION
De conformidad al artículo 41 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de declarar desierta la propuesta de acuerdo a disponibilidad presupuestaria.
MECANISMOS DE RECLAMACIÓN Y/O DENUNCIAS
a. Reclamos de proveedores a compradores Los proveedores del Estado podrán hacer reclamos respecto de los procesos de adquisiciones a través del portal www.chilecompra.cl, los que deberán contener la identificación del reclamante, la del reclamado, del proceso cuestionado, y los antecedentes en los que se funda dicho reclamo. La Dirección de Compras y Contratación Pública derivará dichos reclamos a los Organismos Públicos aludidos, para que respondan de manera completa y oportuna, a través de la Plataforma de Probidad Activa o de los medios electrónicos que dicha Dirección disponga. Los Organismos Públicos, serán los responsables de emitir respuestas satisfactorias y oportunas, a todos los reclamos que realicen en su contra, aún cuando quien lo realice no haya participado directamente en el proceso cuestionado, como asimismo, de enviar a la Dirección de Compras y Contratación Pública, copia de la respuesta enviada al reclamante a través de la Plataforma de Probidad Activa o de los medios que la Dirección de Compras disponga. Para estos efectos, se entenderá por respuesta oportuna aquella emitida dentro del plazo de dos días hábiles desde la recepción del respectivo reclamo por parte del Organismo Público; plazo que podrá ampliarse en caso de ser necesaria la recopilación de mayores antecedentes para responder; debiéndose igualmente, comunicar al reclamante el estado de su reclamo, a través de la mencionada Plataforma. En caso de disconformidad con la respuesta entregada, el proveedor podrá ingresar un nuevo reclamo a través de la Sección de Probidad Activa. De la misma forma, la Dirección de Compras y Contratación Pública, en caso de detectar respuestas incompletas, poco claras, o que no respondan directamente la materia del reclamo, catalogará dicho reclamo como insatisfactorio y lo derivará nuevamente al organismo público correspondiente, enviando un correo electrónico de aviso al Jefe de Servicio de dicha Institución. Este último tendrá nuevamente un plazo de dos días hábiles para entregar la correspondiente respuesta. La Dirección de Compras y Contratación Pública podrá derivar los reclamos a las instancias contraloras, fiscalizadoras o judiciales, atendido el motivo y gravedad del reclamo presentado. Todos aquellos reclamos que no hayan sido contestados por el organismo público en la Plataforma de Probidad Activa en los plazos señalados, serán difundidos en un listado de Instituciones con Reclamos Pendientes de Respuesta, el que será de conocimiento público a través de www.chilecompra.cl. Para todos los efectos, se deja expresa constancia que la Dirección de Compras y Contratación Pública no es ni será la responsable de los contenidos y alcances de las respuestas entregadas por los Organismos Públicos a los correspondientes reclamos. Asimismo, la existencia de la Plataforma de Probidad Activa no sustituye en modo alguno los mecanismos de impugnación jurisdiccionales y administrativos, establecidos tanto en el capítulo V de la Ley N° 19.886, como en el resto de los cuerpos normativos aplicables en la materia. b. Denuncias a Observatorio por procesos de compras La denuncia se realiza al Observatorio ChileCompra por una potencial irregularidad en las compras de un organismo o una presunta infracción a la actual normativa vigente por parte de algún funcionario público, entre otras situaciones. La denuncia es reservada, por tanto se mantendrá en absoluta reserva los datos personales. El Observatorio ChileCompra revisará lo expuesto, contactará a la entidad e informará al denunciante, indicando las acciones efectuadas, los resultados y si es necesario dar curso a otras acciones con organismos fiscalizadores. En caso que la materia denunciada sea un delito, ésta se derivará de manera inmediata al Ministerio Público.
TÉRMINO ANTICIPADO
De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento del mismo. En este caso, se podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, procediéndose a pagar al oferente adjudicado los servicios efectivamente prestados y recibidos a satisfacción. Causales de término anticipado del contrato: 1) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. 3) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Por causa de interés público. 5) Por exigirlo la seguridad nacional. 6) Disolución de la empresa contratista y, en el caso que ésta no tuviese continuador legal, o muerte del contratista en el caso de persona natural. 7) No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo el cualquier momento. 8) Cuando el valor total de las multas cursadas, iguale o exceda al establecido para la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 9) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, excedan el 20% del valor total original del contrato. 10) En caso que anterior a la fecha de término de vigencia del contrato se haya ejecutado la totalidad del presupuesto dispuesto para el presente contrato. Se entenderá por incumplimiento grave cuando el proveedor adjudicado: i. Si por segunda vez, se le cursa multa por “Por abandono de actividades o presentarse en condiciones inadecuadas para la prestación de sus servicios como, por ejemplo, llegada en estado de intemperancia”; ii. Incurra por tercera vez en la causal de multa de “Comportamiento inadecuado, indecoroso o insolente de las Operarias/os y Supervisoras/es de la Empresa hacia funcionarias/os y usuarias/os, denunciado por escrito en su oportunidad”; y iii. Si es incapaz de responder operativamente a los requerimientos mínimos contemplados en las bases técnicas; iv) cuando la multa cursada, o la suma de ellas, excedan el 20% del valor total original del contrato. Lo anterior, es siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y siempre que dicho incumplimiento le genere a la Junta Nacional de Jardines Infantiles un perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. En los casos señalados anteriormente, si procediere, se podrá además hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y condiciones laborales, y se pagará al oferente adjudicado los servicios efectivamente entregados y recibidos a satisfacción. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Junta Nacional de Jardines Infantiles, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
SUBCONTRATACIÓN Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS
El oferente no podrá ceder el contrato, ni total ni parcialmente a ninguna persona, natural o jurídica. Los documentos justificativos de los créditos, que emanen del contrato, podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. El adjudicatario podrá, previa autorización expresa y escrita de la JUNJI, convenir con terceros la ejecución parcial del contrato. En todo caso, la obligación y la responsabilidad de su cumplimiento permanecerán en el contratante. Las labores que el contratista requiera subcontratar con terceros distintos a los señalados en su oferta, deberán ser notificadas a la JUNJI para su aceptación o rechazo. Para que proceda la subcontratación será necesario que la persona del subcontratista cumpla con los requisitos exigidos en las presentes bases Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 183- A y siguientes del código del trabajo, la JUNJI no intervendrá en forma alguna si existiere alguna diferencia, reclamo y/u otros entre el oferente y sus proveedores, por lo que éstos no podrán reclamar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles deudas no cumplidas por el oferente, situación que debe ser expresamente estipulada en los contratos o documentos que celebre o suscriba el oferente con terceros. Asimismo, el contratista se obliga a informar en forma previa y oportunamente por escrito a la JUNJI si hace cesión de créditos o facturas o usa factoring. La JUNJI solo estará obligada a cumplir con lo establecido en los respectivos contratos siempre que se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existieren obligaciones o multas pendientes del Contratista.