Licitación ID: 1576-13-LP25
ARRIENDO DE MODULOS HERMETICOS PARA LA CONTINGENCIA JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA COSTANERA JUNJI REGION DEL BIO BIO
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 33
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Productos o servicios
1
Arriendo de viviendas 1 Unidad
Cod: 80131501
ARRIENDO E INSTALACIÓN DE MODULOS HERMETICOS, PARA LA CONTINGENCIA JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA COSTANERA,JUNJI REGION DEL BIO BIO, ID 1576-13-LP25  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE MODULOS HERMETICOS PARA LA CONTINGENCIA JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA COSTANERA JUNJI REGION DEL BIO BIO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ARRIENDO DE MODULOS HERMETICOS, PARA LA CONTINGENCIA JARDIN INFANTIL Y SALA CUNA COSTANERA, JUNJI REGION DEL BIO BIO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junji - VIII Región
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-05-2025 20:00:00
Fecha de Publicación: 14-04-2025 17:43:00
Fecha inicio de preguntas: 14-04-2025 18:31:00
Fecha final de preguntas: 18-04-2025 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-04-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-05-2025 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-05-2025 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-05-2025 11:37:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Reunión Informativa (OBLIGATORIA) El día 17 de abril de 2025 a las 10:00 horas en calle Rancagua 219, Pedro Valdivia Bajo, Concepción. 17-04-2025 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS 1576-13-LP25 ADMINISTRATIVOS
2.- REX 646 LLAMADO LIC PUBLICA CONTRATACIÓN DE ARRIENDO E INSTALCIÓN DE MODULOS HERMETICOS, PARA LA CONTINGENCIA JI Y SC COSTANERA SUR 1576-13-LP25
3.- REX 690 APRUEBA RESPUESTAS DE LICITACIÓN PÚBLICA ID 1576-13-LP25 DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES.
4.- REX 696 APRUEBA MODIFICACION RESOLUCIÓN EXENTA N°690 DE FECHA 23.04.2025 QUE APRUEBA RESPUESTAS DE LICITACIÓN PÚBLICA ID 1576-13-LP25
Documentos Técnicos
1.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
 
2.- ANEXOS TÉCNICOS 1576-13-LP25
 
3.- PLANOS DEFINITIVOS CONTINGENCIA_
 
4.- Acta Reunión Informativa Obligatoria Arriendo de Modulos Costanera Sur
 
Documentos Económicos
1.- CDP N36 Suministro Arriendo de Contenedores Herméticos Contingencia de JI Costanera Sur 24_03
2.- ANEXO ECONOMICO 1576-13-LP25
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA EN EL RUBRO VER PUNTO N°18 DE BASES ADMINISTRATIVAS 30%
2 PRECIO DE LA OFERTA VER PUNTO N°18 DE BASES ADMINISTRATIVAS 45%
3 CUMPLIMIENTO DE ASPECTOS FORMALES VER PUNTO N°18 DE BASES ADMINISTRATIVAS 5%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD VER PUNTO N°18 DE BASES ADMINISTRATIVAS 10%
5 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL VER PUNTO N°18 DE BASES ADMINISTRATIVAS 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Monto Total Estimado: 78000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Evelyn Aburto
e-mail de responsable de pago: eaburto@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: ALICIA TAPIA ORTIZ
e-mail de responsable de contrato: avtapia@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2125547-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de vencimiento: 27-12-2027
Monto: 5 %
Descripción: VER PUNTO N°25 DE BASES ADMINISTRATIVAS
Glosa: VER PUNTO N°25 DE BASES ADMINISTRATIVAS
Forma y oportunidad de restitución: VER PUNTO N°25 DE BASES ADMINISTRATIVAS
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
16. DE LA APERTURA Y ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La apertura de las ofertas de esta licitación, ingresadas al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, se hará en el día señalado en el cronograma y plazos de licitación contenidos en el punto N°6 de estas bases. Serán declaradas ofertas inadmisibles aquellas que omitan antecedentes o datos, de forma total o parcial, requeridos para ofertar, y que no se hubieran subsanados, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas de esta licitación. La Junta Nacional de Jardines Infantiles aceptará sólo una (1) Oferta Técnica y Económica por cada oferente. En caso de que un proponente presente más de una Oferta Técnica y Económica, la Junta Nacional de Jardines Infantiles aceptará sólo la primera en orden cronológico, conforme al registro del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. SE DECLARARÁN INADMISIBLES AQUELLAS OFERTAS QUE NO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS PRESENTES BASES ADMINISTRATIVAS Y/O TÉCNICAS, EN LOS SIGUIENTES CASOS: a. No presente Anexos N°7-G, Anexo N°8-H, Anexo N°9-I y Anexo N°10-J solicitados en numeral 12 en formato entregado por JUNJI o presente dichos anexos sin datos o información. a. No oferte la totalidad de los elementos especificados en Anexo Económico N°7-G o presente dicho anexo modificando, agrupando, suprimiendo y/o alterando algún ítem indicado. b. No da respuesta a foro realizado (en los casos que se aplique foro). c. Si se verifica la falsedad de la información entregada en Anexo N°10-J. d. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. e. Por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de la Ley 19.886. f. Por determinarse que se trata de ofertas riesgosas o temerarias en conformidad al artículo 61 del Reglamento de la Ley N°19.886 g. Si se determina que el oferente haya empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir; entendiendo por práctica corrupta el ofrecer, recibir o solicitar cualquier acción con la finalidad de influenciar en algún funcionario público durante el proceso de adquisición o contratación y por prácticas fraudulentas, la tergiversación de hechos, con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo prácticas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de ofertas) a fin de establecer precios a ofertar, impidiendo una competencia libre y abierta h. Cuando las ofertas económicas sean mayores al 20% del valor referencial indicado por JUNJI. i. Cuando se determine que se trata de ofertas riesgosas o temerarias según lo establecido en punto 12.14 de las presentes bases administrativas, salvo que el servicio decida aceptar la oferta y solicitar un aumento de la Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento del contrato, lo que será facultativo para JUNJI y en atención a los intereses del servicio.
DE LA ADJUDICACIÓN
La presente Licitación Pública se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos en las presentes bases, la que se materializará a través de una Resolución del Director/a Regional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Región del Biobío, basado en el informe de la comisión de evaluación de la propuesta, según lo dispuesto en el artículo 58 y siguientes del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que será notificado mediante la publicación en el portal www.mercadopublico.cl. La notificación de la resolución de adjudicación se entiende realizada 24 horas trascurridas desde que la JUNJI efectúe su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La notificación de la resolución de adjudicación se entiende realizada 24 horas trascurridas desde que la JUNJI efectúe su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. En caso de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles no realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma contenido en el punto Nº6 de estas bases, se estará conforme a lo señalado en los artículos 58 y siguientes del decreto N° 661 de fecha 12 de diciembre de 2024 del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicio”, que establece que “cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad”. El Servicio no estará obligado a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor; asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas, cuando no reúnan los requisitos establecidos en estas Bases Administrativas y/o Técnicas y declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la Institución. La entidad licitante declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución. La entidad licitante se deberá ajustar a lo señalado en los artículos 58, párrafos 6 y 7 del Decreto 661, que establece que “La Entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases”; “No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades”, respectivamente. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
REQUISITO PARA CONTRATAR
La Junta Nacional de Jardines Infantiles exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar: 1) No encontrarse afecto a la prohibición prevista en los artículos 8º y 10º de la Ley Nº 20.393 y 4º de la Ley Nº 19.886, lo cual se verificará con la Dirección de Compras y Contratación Pública, al tenor de lo establecido por el inciso final del artículo 10º de la referida ley. 2) Entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y previsionales, según lo establecido en el punto Nº25 de estas Bases Administrativas. 3) Deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chileproveedores). 4) No deberá tener multas registradas en el certificado de antecedentes laborales y previsionales F-30, el cual deberá entregarse y estar vigente al momento de la contratación. En el caso de registrarse multas, estás deberán subsanarse con anterioridad a la suscripción del contrato. Los antecedentes requeridos en los literales a), b) y c) precedentemente indicados no serán exigidos al adjudicatario que se encontrare registrado oficialmente en ChileProveedores [http://www.chileproveedores.cl] (Registro Avanzado o Contratación), y cuya documentación publicada en dicho registro sea la correspondiente y suficiente para la suscripción del contrato respectivo.
CONSECUENCIA DE LA OMISIÓN DE LOS ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA CONTRATAR
La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá dejar sin efecto el Acto Administrativo adjudicatorio y disponer la re-adjudicación de esta licitación al siguiente proponente mejor calificado, o declarar desierta la licitación si las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses de este órgano de la Administración del Estado, si concurre alguno de los siguientes casos: a) Si el adjudicatario omitiere los antecedentes contemplados en el punto anterior. b) Si el adjudicatario no suscribiere el contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo contemplado en el punto Nº 6 de estas Bases Administrativas.
ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES
En cada estado de pago presentado el contratista deberá acreditar mediante certificado el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte de la Empresa adjudicada para con sus trabajadores. Este deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinadas al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará a la Junta Nacional de Jardines Infantiles para poner término al contrato en forma anticipada, hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y sociales y se podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso. La inspección técnica del servicio podrá requerir al contratista y/o proveedor, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, los certificados que acrediten el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales (Formularios F-30 y F30-1 u otros), inclusive, si es que no se presenta un estado de pago en el mes respectivo, igual facultad podrá ejercerse respecto de los certificados de Inhabilidad para trabajar con menores de los conductores y asistentes, los que podrán ser solicitados al proveedor, en cualquier momento durante la ejecución del contrato.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara, que por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en las bases de la licitación y además documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer sobornos, regalos, premios ,dádivas o pagos , cualquiera fuese su tipo de naturaleza y /o monto, a ningún funcionario público en relación a su oferta, con el proceso de licitación pública , ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se derivan de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 1.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objetivo influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 1.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia precisión y vigencia de la misma. 1.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbre y transparencia en el presente proceso licitatorio. 1.5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrales y él o los contratos que de ellos derivase. 1.6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones prevista en estas bases de la licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables. 1.7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que se aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y / o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas individuales que también procediesen y / o fueren determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.