Licitación ID: 1588-16-LE21
Impacto Emisiones de un Proyecto Zonas Saturadas
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE EVALUACION AMBIENTAL, Servicio de Evaluación Ambiental - Sea
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión de proyectos 1 Unidad
Cod: 80101604
El objetivo de la presente adquisición es proponer criterios que sean aplicables en el marco del SEIA, al momento de evaluar la significancia del impacto de emisiones atmosféricas (magnitud, duración y extensión) de contaminantes normados generados por pr  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Impacto Emisiones de un Proyecto Zonas Saturadas
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la presente adquisición es proponer criterios que sean aplicables en el marco del SEIA, al momento de evaluar la significancia del impacto de emisiones atmosféricas magnitud, duración y extensión de contaminantes normados generados por proyectos o actividades emplazados en zonas saturadas o en estado de saturación sobre el riesgo para la salud de la población. Estos contaminantes corresponden a los criterios de la normativa chilena. Consultoría en Evaluación Ambiental de Riesgo para la Salud de la Población
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE EVALUACION AMBIENTAL
Unidad de compra:
Servicio de Evaluación Ambiental - Sea
R.U.T.:
72.443.600-5
Dirección:
Miraflores 222, Piso 7° Lado sur
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-10-2021 15:30:00
Fecha de Publicación: 13-10-2021 0:38:42
Fecha inicio de preguntas: 13-10-2021 9:05:00
Fecha final de preguntas: 15-10-2021 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-10-2021 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-10-2021 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-10-2021 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 16-11-2021 10:25:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 10.1.- Plazo y forma de presentación de las ofertas. Las ofertas deberán presentarse íntegramente en idioma español, en formato electrónico a través del Portal, hasta el día y hora que se indica en calendario de licitación para el cierre de recepción de ofertas. No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, o después del día y hora dispuestos para este efecto. Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del Reglamento. Las ofertas no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable. Las ofertas deben cumplir con las presentes Bases de licitación y especialmente, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas. Si el oferente tiene dificultades o dudas respecto del sistema de ingreso de información, deberá contactarse con la mesa de ayuda del Portal para obtener la orientación precisa que le permita ingresar su oferta.
2.- 10.2.- Forma y Contenido de las Ofertas. 10.2.1.- Identificación del Oferente. En la sección “Datos del Oferente”, deben incluirse todos los datos solicitados en formato según Anexo N°1, formulario llamado “Datos del Oferente”. Dicho documento deberá ser ingresado en archivo digital al Portal al momento de ingresar su oferta. Este requisito será exigido a los oferentes no inscritos en el Registro Chile Proveedores. 10.2.2.- Declaración jurada simple. Los proponentes deberán presentar declaraciones juradas simples según lo dispuesto en el artículo 4°, incisos primero y sexto, de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, según Anexos N°s 2 y 3, firmada por el oferente, o su representante legal. Estas declaraciones juradas deberán ser adjuntadas en archivo digital al Portal, antes del cierre de recepción de las ofertas. 10.2.3.- Trabajadores con discapacidad. De acuerdo a lo señalado en estas bases respecto a la evaluación, “Trabajadores con discapacidad”, se deberá ingresar al portal: 1°.- Copia del contrato de trabajo o prestación de servicios de trabajadores o prestadores con discapacidad. 2°.- Copia del documento que acredite la inscripción del trabajador o prestador de servicios en el Registro Nacional de la Discapacidad o certificación de la COMPIN o comprobante de haber iniciado el último trámite. La omisión de la documentación antes señalada no permitirá acceder al puntaje señalado en el N° 15.2.1, de estas bases singularizado en el “criterio de sustentabilidad”, bajo la letra B) denominado “Política de empleo y remuneraciones”.
3.- 10.3.- Consultas y aclaraciones. Los interesados podrán formular consultas y pedir aclaraciones sobre las Bases Administrativas y las especificaciones técnicas, solamente a través del foro electrónico que se canalizará a través del sitio www.mercadopublico.cl, éstas se colocarán en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, sin indicar el autor de las mismas. Las respuestas y aclaraciones a las bases y especificaciones se efectuarán a través del mismo sitio Web, a través del foro de consultas que se responderán en la fecha publicada en el portal Mercado Público. Las aclaraciones y respuestas formarán parte integrante de las presentes bases, aun cuando el oferente no hubiere formulado consulta alguna, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de ellas. El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), podrá efectuar toda aclaración o precisión a las bases que estime pertinentes.
Documentos Técnicos
1.- 10.2.5.- Oferta Técnica. Los oferentes interesados, deberán adjuntar en el Portal, antes del cierre de las ofertas, un archivo en formato Word, Excel, PDF o archivo compatible con sistema Microsoft Office, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio que ofrece, la que como mínimo debe considerar las Especificaciones Técnicas solicitadas por el Servicio de Evaluación Ambiental. Además, se debe contemplar en la oferta Técnica lo siguiente: - La propuesta de trabajo propiamente tal. - Los plazos propuestos. - El currículum de la institución oferente y de los profesionales, si fuere el caso, incluyendo los documentos que acrediten su experiencia en el servicio requerido. - Los demás requisitos exigidos en las Bases Técnicas.
 
Documentos Económicos
1.- 10.2.4.- Oferta Económica. Las ofertas económicas deberán ser ingresadas al Portal en forma digital, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en el calendario de licitación y en el Portal. Debe incluir el precio total de la oferta, en moneda nacional, consignando por separado toda clase de tributos, impuestos o derechos que le afecten. El sólo hecho de presentar la oferta económica, implica la aceptación por parte del postulante de las bases y de las condiciones exigidas para contratar con el Servicio de Evaluación Ambiental. El monto máximo que deberán considerar las ofertas será un equivalente, en moneda nacional de hasta $15.000.000 (quince millones de pesos), impuestos incluidos. En caso de que por cualquier motivo existan diferencias entre la oferta económica indicada en el Portal y cualquier otro documento presentado con la oferta, se considerará aquella indicada en el Portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio de la Propuesta. Se evaluará en base a la oferta económica de las propuestas. Los aspectos económicos se evaluarán considerando la fórmula de (costo mínimo ofertado/costo de la oferta evaluada) * 100. (Anexo N° 6). 10%
2 Experiencia del proponente (Empresa o Coordinador/ La asignación de puntaje en este criterio se hará en función de las publicaciones científicas, estudios, y asesorías relacionadas en trabajo e investigación sobre ecosistemas marinos. (Anexo N° 8). 35%
3 Presentación oportuna de antecedentes Para evaluar este criterio se considerará cuadro adjunto. (letra f). 5%
4 Plazo. Se evaluará en base a la cantidad de horas de dedicación: (Anexo N° 7) 10%
5 Experiencia del Equipo. Se evaluará en base a la presentación de currículos de cada integrante del equipo, y sus respectivos medios de verificación. (Anexo N° 9 y N° 11). 35%
6 Criterio Sustentabilidad. Para evaluar este criterio se considerarán cuadro adjunto. (Anexo N° 10). 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La oferta debe venir detallada en sus condiciones comerciales especificando, para cada caso, el valor neto y el valor bruto impuestos incluidos y detallar que servicios son exentos. Debe incluir el precio total de la oferta, en pesos, consignando por s
Tiempo del Contrato 65 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Marcela Ojeda Castillo
e-mail de responsable de pago: marcela.ojeda@sea.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Paola Canales Alvarez
e-mail de responsable de contrato: pcanales@sea.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26164118-118
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. BASES ADMINISTRATIVAS CONSULTORÍA “EVALUACIÓN SIGNIFICATIVA DEL IMPACTO DE LAS EMISIONES DE UN PROYECTO O ACTIVIDAD EN ZONAS SATURADAS EN EL MARCO DEL SEIA”
De los numerales 1° al 30°
1° Normativa aplicable y regulación de la licitación.
1.1.- La convocatoria a licitación, la etapa de consultas, presentación de ofertas y de apertura y evaluación de éstas, la adjudicación, suscripción, condiciones y ejecución de los contratos, se regirán por las disposiciones de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante “Ley de Compras”, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en adelante el “Reglamento”; la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; por las Bases Administrativas y Bases Técnicas, sus correspondientes documentos anexos, sus modificaciones; y por las preguntas, respuestas y aclaraciones realizadas durante la licitación en el Portal de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl), en adelante e indistintamente el “Portal”. 1.2.- Los documentos del proceso de licitación estarán constituidos por las presentes Bases Administrativas y Técnicas, sus documentos Anexos y sus modificaciones, como, asimismo, por las preguntas, respuestas y aclaraciones realizadas. Todos estos documentos estarán a disposición de los interesados en forma gratuita en el sistema de información de Compras y Contrataciones Públicas. 1.3.- La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, como, asimismo, la aceptación de las normas y condiciones que regulan el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, las que reglamentan la ejecución del contrato, sin necesidad de declaración expresa. 1.4.- La propuesta será pública y el proceso se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.886, sobre la materia, según las condiciones, normas y políticas de uso del Portal.
2° Documentos de la licitación.
2.1.- Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados: I. BASES ADMINISTRATIVAS. II. BASES TÉCNICAS. III. ANEXOS. IV. LAS PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES REALIAZADAS TRAVÉS DEL SISTEMA ELECTRÓNICO MERCADO PÚBLICO. 2.2.- Las Bases, sus modificaciones, aclaraciones y otros documentos integrantes de las mismas, estarán disponibles en forma gratuita en el Portal, no pudiendo cobrarse por ellas precio o estipendio alguno a los interesados en participar en el proceso de licitación. 2.3.- El participante de la licitación deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en las bases y sus modificaciones, las cuales, junto con las eventuales preguntas, respuestas y aclaraciones que emita la entidad licitante, constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar su oferta.
3° Objeto de la Licitación.
El objetivo de la presente adquisición es proponer criterios que sean aplicables en el marco del SEIA, al momento de evaluar la significancia del impacto de emisiones atmosféricas (magnitud, duración y extensión) de contaminantes normados generados por proyectos o actividades emplazados en zonas saturadas o en estado de saturación sobre el riesgo para la salud de la población. Estos contaminantes corresponden a los criterios de la normativa chilena.
4° Comunicaciones y plazos.
4.1.- Todas las comunicaciones que deban efectuarse por causa o motivo de esta licitación pública, se harán por medio del Portal habilitado por Chile Compra. 4.2.- Para los efectos de esta licitación, los plazos serán, por regla general, de días corridos, no interrumpiéndose durante los días feriados o festivos. Si un plazo vence o expira en día sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado automáticamente hasta el primer día hábil siguiente después de las 15.00 hrs. Si por excepción se estableciere expresamente en las bases un plazo de días hábiles, no se contarán los días sábados, domingos o festivos.
5° Participantes.
5.1.- Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos especificados en estas bases administrativas y en las bases técnicas de esta licitación. 5.2.- Sin perjuicio de lo anterior, para la suscripción del contrato con el oferente, éste deberá estar inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas y proveedores de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, conforme con lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 19.886. 5.3.- No podrán contratar: a. Las personas que, al momento de presentar sus ofertas, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. Quedarán también excluidos los oferentes que se encuentren en la situación descrita en el inciso sexto del artículo 4° de la Ley 19.886. Para acreditar lo anterior los postulantes deberán presentar declaración jurada simple firmada por el representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N° 2 de las presentes Bases y deberá ser adjuntada en anexo al Portal antes del cierre de recepción de las ofertas. b. Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 56 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. c. Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del Servicio o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 56 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
6° Antecedentes Básicos del Organismo Demandante, Encargado del proceso y contactos para esta Licitación.
6.1.- Antecedentes Básicos del Organismo Demandante. Razón Social : Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Unidad de Compra : Servicio de Evaluación Ambiental. R.U.T. : 72.443.600-5. Dirección : Miraflores 222 piso 7°. Comuna : Santiago. Región en que se genera la adquisición : Metropolitana. 6.2.- Encargado/a del proceso. El/la Encargado/a del presente proceso de licitación será el/la funcionario/a del Departamento de Compras y Servicios Generales del Servicio de Evaluación Ambiental, que se indique a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. El/la Encargado/a del proceso tendrá la responsabilidad de publicar en el Portal los antecedentes y demás documentos de la presente licitación pública, como asimismo, la de aclarar y responder dentro de los plazos indicados las consultas que efectúen los proveedores; tomará conocimiento que los oferentes hayan ingresado sus ofertas en el Portal, y de la entrega de todos los antecedentes en conformidad a lo requerido en las presentes Bases. 6.3.- Contactos para esta licitación. Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
7° Calendario de la licitación.
Las etapas y plazos de la licitación son las que se detallan a continuación y que, además, serán publicadas en el Portal, con la debida antelación de a lo menos de 10 días corridos, según lo establecido en el artículo 25 del Decreto Supremo N° 250, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. N° ETAPAS. PLAZOS. 1 Publicación del llamado. Dentro de los 2 días siguientes a la total tramitación de la Resolución que aprueba las presentes Bases de Licitación. 2 Consultas de los proveedores. Desde el día de la publicación en el portal y hasta los 2 días siguientes, a las 18:00 horas. 3 Publicación de respuestas y aclaraciones. A los 2 días siguientes al cierre de las consultas de los proveedores, a las 18.00 horas. 4 Cierre recepción de ofertas. 10 días corridos desde la publicación en el Portal, a las 15:30 horas. 5 Apertura electrónica de ofertas. El día del cierre de la recepción de ofertas, a las 16:30 horas. 6 Plazo de evaluación de las ofertas. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la Apertura electrónica. 7 Plazo de la adjudicación de la licitación. Dentro de 5 días siguientes al Informe de Evaluación de la respectiva Comisión. 8 Notificación a los proveedores. Al día hábil siguiente a la Adjudicación de la licitación. 9 Plazo de suscripción del Contrato. Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación al proveedor adjudicado. En caso de que la adjudicación no pueda realizarse dentro del plazo establecido, el SEA informará en el Sistema de Información las razones que justifican este incumplimiento y establecerá un nuevo plazo.
8° Aceptación de las Bases.
Las bases administrativas, bases técnicas, anexos, preguntas, respuestas y aclaraciones que forman los documentos de licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y, para todos los efectos legales, se considerarán como parte integrante de la relación contractual que se establezca con el Servicio de Evaluación Ambiental.
9° Consultas, respuestas y aclaraciones.
Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases, a través del foro o módulo que estará habilitado en el Portal, dentro del plazo indicado en el calendario de licitación. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro del plazo señalado en el mencionado calendario. Las consultas se responderán siempre que se formulen en forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial del Servicio de Evaluación Ambiental. No se aceptarán, ni se responderán, consultas planteadas por un conducto diferente del señalado, o una vez vencido el plazo dispuesto para efectuar consultas. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el Portal, el Servicio de Evaluación Ambiental podrá efectuar, por propia iniciativa, aclaraciones a las Bases, a objeto de precisar su sentido y alcance, es decir, con una finalidad de interpretación, pudiendo también complementar algún elemento de su contenido cuando, a juicio del Servicio de Evaluación Ambiental, no haya quedado suficientemente claro y ello dificulte la obtención de buenas ofertas. Tales aclaraciones serán entregadas en la misma forma y oportunidad que las respuestas de las consultas. Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas como parte integrante de estas Bases. Las aclaraciones formarán parte integrante de las presentes bases, aun cuando el oferente no hubiere formulado consulta alguna, por lo que los proponentess no podrán elegar desconocimiento de ellas. El Servicio de Evaluación Ambiental podrá efectuar toda aclaración o precisión a las bases que estime pertinentes.
10° Presentación de las ofertas
10.1.- Plazo y forma de presentación de las ofertas. Las ofertas deberán presentarse íntegramente en idioma español, en formato electrónico a través del Portal, hasta el día y hora que se indica en calendario de licitación para el cierre de recepción de ofertas. No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, o después del día y hora dispuestos para este efecto. Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del Reglamento. Las ofertas no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable. Las ofertas deben cumplir con las presentes Bases de licitación y especialmente, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas. Si el oferente tiene dificultades o dudas respecto del sistema de ingreso de información, deberá contactarse con la mesa de ayuda del Portal para obtener la orientación precisa que le permita ingresar su oferta. 10.2.- Forma y Contenido de las Ofertas. 10.2.1.- Identificación del Oferente. En la sección “Datos del Oferente”, deben incluirse todos los datos solicitados en formato según Anexo N°1, formulario llamado “Datos del Oferente”. Dicho documento deberá ser ingresado en archivo digital al Portal al momento de ingresar su oferta. Este requisito será exigido a los oferentes no inscritos en el Registro Chile Proveedores. 10.2.2.- Declaración jurada simple. Los proponentes deberán presentar declaraciones juradas simples según lo dispuesto en el artículo 4°, incisos primero y sexto, de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, según Anexos N°s 2 y 3, firmada por el oferente, o su representante legal. Estas declaraciones juradas deberán ser adjuntadas en archivo digital al Portal, antes del cierre de recepción de las ofertas. 10.2.3.- Trabajadores con discapacidad. De acuerdo a lo señalado en estas bases respecto a la evaluación, “Trabajadores con discapacidad”, se deberá ingresar al portal: 1°.- Copia del contrato de trabajo o prestación de servicios de trabajadores o prestadores con discapacidad. 2°.- Copia del documento que acredite la inscripción del trabajador o prestador de servicios en el Registro Nacional de la Discapacidad o certificación de la COMPIN o comprobante de haber iniciado el último trámite. La omisión de la documentación antes señalada no permitirá acceder al puntaje señalado en el N° 15.2.1, de estas bases singularizado en el “criterio de sustentabilidad”, bajo la letra B) denominado “Política de empleo y remuneraciones”. 10.2.4.- Oferta Económica. Las ofertas económicas deberán ser ingresadas al Portal en forma digital, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en el calendario de licitación y en el Portal. Debe incluir el precio total de la oferta, en moneda nacional, consignando por separado toda clase de tributos, impuestos o derechos que le afecten. El sólo hecho de presentar la oferta económica, implica la aceptación por parte del postulante de las bases y de las condiciones exigidas para contratar con el Servicio de Evaluación Ambiental. El monto máximo que deberán considerar las ofertas será un equivalente, en moneda nacional de hasta $15.000.000 (quince millones de pesos), impuestos incluidos. En caso de que por cualquier motivo existan diferencias entre la oferta económica indicada en el Portal y cualquier otro documento presentado con la oferta, se considerará aquella indicada en el Portal. 10.2.5.- Oferta Técnica. Los oferentes interesados, deberán adjuntar en el Portal, antes del cierre de las ofertas, un archivo en formato Word, Excel, PDF o archivo compatible con sistema Microsoft Office, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio que ofrece, la que como mínimo debe considerar las Especificaciones Técnicas solicitadas por el Servicio de Evaluación Ambiental. Además, se debe contemplar en la oferta Técnica lo siguiente: - La propuesta de trabajo propiamente tal. - Los plazos propuestos. - El currículum de la institución oferente y de los profesionales, si fuere el caso, incluyendo los documentos que acrediten su experiencia en el servicio requerido. - Los demás requisitos exigidos en las Bases Técnicas. 10.3.- Consultas y aclaraciones. Los interesados podrán formular consultas y pedir aclaraciones sobre las Bases Administrativas y las especificaciones técnicas, solamente a través del foro electrónico que se canalizará a través del sitio www.mercadopublico.cl, éstas se colocarán en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, sin indicar el autor de las mismas. Las respuestas y aclaraciones a las bases y especificaciones se efectuarán a través del mismo sitio Web, a través del foro de consultas que se responderán en la fecha publicada en el portal Mercado Público. Las aclaraciones y respuestas formarán parte integrante de las presentes bases, aun cuando el oferente no hubiere formulado consulta alguna, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de ellas. El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), podrá efectuar toda aclaración o precisión a las bases que estime pertinentes.
11° Antecedentes omitidos en la presentación de la oferta.
Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes administrativos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del Sistema de Informaciones del Portal Mercado Público.
12° De la Vigencia de las Ofertas.
Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 60 (sesenta) días corridos, a contar del acto de apertura de las ofertas. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. Si, dentro de este plazo, no se puede efectuar la adjudicación al oferente cuya oferta haya obtenido la mejor calificación en la evaluación, el Servicio de Evaluación Ambiental se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia por hasta 30 días corridos e informar en el Sistema de Información la respectiva justificación.
13° Modificación de las Bases.
Las Bases Administrativas y las Bases Técnicas, podrán ser modificadas previa dictación de una resolución fundada totalmente tramitada, antes del cierre de la recepción de las ofertas, para cuyo efecto se publicarán dichas modificaciones en el Portal, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. Las consultas y aclaraciones se efectuarán en las fechas establecidas en el calendario de licitación para tales efectos.
14° Apertura de las Ofertas.
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará por el/la Encargado/a del proceso, el día y hora señalados en el calendario de licitación. Solo se procederán evaluar ofertas técnicas y económicas de los proponentes que se hayan presentado en tiempo y forma. Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del Portal o aquellas que no se acompañen en tiempo y forma serán declaradas inadmisibles. Lo anterior no obsta a que cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, invalide aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases. Sólo serán evaluadas las ofertas de aquellos proveedores que hayan dado cumplimiento a lo requerido en los puntos 10° y 11° de las presentes Bases Administrativas y el numeral N° 4 de las Bases Técnicas.
15° Evaluación y Selección de las Ofertas.
15.1.- Comisión de Evaluación. Las ofertas serán evaluadas y calificadas por una comisión de evaluación conformada por cuatro funcionarios de planta o a contrata de la División de Evaluación Ambiental y Participación Ciudadana del Servicio de Evaluación Ambiental, designados en el presente acto administrativo. En caso de que alguno de los integrantes de la Comisión Evaluadora, se inhabilite para pertenecer a esta Comisión o no esté presente al momento de la evaluación, se asignará este rol a un funcionario de la misma División, a contrata o planta, que el Jefe de la respectiva División proponga, lo que será formalizará por un acto administrativo evacuado por la Jefa de la División de Administración y Finanzas del SEA. Esta Comisión será la encargada de estudiar, analizar, ponderar y evaluar, las ofertas que los oferentes presenten, emitiendo un informe en el cual se deberá indicar las ofertas que deben declararse inadmisibles y su fundamento, el cuadro comparativo de evaluación de las ofertas admisibles, y la sugerencia o propuesta de la adjudicación de la licitación al oferente que presente la oferta más conveniente, o bien la propuesta que la misma se declare desierta porque las ofertas no resultan convenientes a los intereses del Servicio de Evaluación Ambiental. La Comisión Evaluadora estará sujeta a lo establecido en el número 7 del artículo 4° de la Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, la cual establece: “Son también sujetos pasivos de esta ley, aquellas autoridades y funcionarios que se indican a continuación: 7) … se considerarán sujetos pasivos de esta ley los integrantes de las Comisiones Evaluadoras formadas en el marco de la ley Nº 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones.” 15.2.- Evaluación formal, técnica y económica. La evaluación de la propuesta técnica y económica se realizará en una etapa y estará a cargo de la Comisión Evaluadora, que procederá a evaluar formal, técnica y económicamente sólo las ofertas que hayan cumplido con lo establecido en los puntos 10° y 11° de las presentes Bases y el numeral 4 de las Bases Técnicas. La Comisión de Evaluación o el encargado del proceso de compras, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá solicitar aclaraciones a los proveedores a través del foro del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando éstas no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. La propuesta técnica deberá describir y proponer, para cada uno de los objetivos y actividades, la forma en cómo será abordada a objeto de poder evaluar técnicamente las propuestas. Se requiere un puntaje promedio mínimo de las votaciones de 70 puntos ponderados para calificar la propuesta. Para cada aspecto específico (ítem o sub-ítem) los proponentes pueden acceder al siguiente puntaje: - Experiencia Técnica: Todos los criterios, factores y sub-factores serán evaluados con un puntaje entre 0-100. - Oferta Económica: Los aspectos económicos se evaluarán considerando la fórmula de (precio mínimo ofertado/precio de la oferta evaluada)*100, donde el puntaje máximo será de 100 puntos.
16° Resolución de empates.
En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, el Servicio de Evaluación Ambiental procederá a adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio de ““EXPERIENCIA DEL PROPONENTE”. Si aplicado este criterio aún continuara el empate, el Servicio de Evaluación Ambiental procederá a adjudicar la adquisición al oferente que haya obtenido el mejor puntaje según el criterio “EXPERIENCIA DEL EQUIPO”, siguiendo con el criterio “PLAZO”, y luego con el criterio “PRECIO DE LA PROPUESTA”. De persistir el empate, el criterio a considerar será “CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD”, y finalmente “PRESENTACION OPORTUNA DE ANTECEDENTES”.
17° De la adjudicación.
La Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, previa evaluación de todas las ofertas aceptadas solo adjudicará la licitación si alguna de las ofertas evaluadas obtiene en la evaluación un puntaje igual o superior a 70 puntos promedio, considerando para ello todos los criterios de evaluación, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes Bases de Licitación y que cumplan con los requerimientos mínimos de las bases técnicas. El Servicio de Evaluación Ambiental no estará obligado a adjudicar el contrato al proponente cuya oferta económica sea la de menor precio. Mediante resolución fundada, podrá considerar inadmisibles las ofertas cuando éstas no reúnan los requisitos establecidos en estas bases administrativas, bases técnicas, anexos, modificaciones a las bases y preguntas, respuestas y aclaraciones, pudiendo declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la Institución. La Adjudicación se materializará a través de una Resolución del Servicio de Evaluación Ambiental, previa recepción del informe de la Comisión de Evaluación. No obstante, las fechas indicadas en el calendario de la presente licitación, el SEA se reserva el derecho de establecer e informar un nuevo plazo de adjudicación, cuando existan razones justificadas.
18° De la notificación de la adjudicación.
El Servicio de Evaluación Ambiental publicará la resolución de adjudicación de la licitación en el Portal en la fecha indicada en el calendario de la licitación. La resolución de adjudicación de la licitación se entenderá notificada luego de transcurridas 24 horas, contadas desde la publicación de esta Resolución en el Portal www.mercadopublico.cl.
19° Del contrato.
19.1.- Suscripción del contrato y vigencia. Se suscribirá un contrato por escritura privada, que compromete la entrega de los servicios especificados en la oferta adjudicada, sin perjuicio de los demás documentos y antecedentes que se incorporen en el proceso de contratación. Dicho contrato regirá por un periodo de sesenta y cinco días, a partir de la total tramitación de la resolución que apruebe la adjudicación, para la adquisición de la consultoría “Evaluación significancia del impacto de la emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”, y su firma se realizará en las oficinas del Departamento de Compras y Servicios Generales del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicadas en calle Miraflores 222, piso 7, lado sur, de la ciudad y comuna de Santiago o en su defecto de la forma establecida en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El plazo para firmar el contrato será de 20 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación al proveedor, plazo en el cual, además, deberá presentar las condiciones laborales, y los antecedentes requeridos en el punto 19.2 de estas bases. De no entregar el contrato firmado dentro de este plazo, el Servicio de Evaluación Ambiental podrá dejar sin efecto dicha adjudicación y adjudicar la licitación al postulante que hubiere ocupado el segundo lugar en la evaluación, y así sucesivamente, o declarar desierta la licitación, sin derecho a indemnización alguna. El contrato podrá incorporar como anexos la oferta técnica del proveedor adjudicado y otros documentos en se entregan las condiciones técnicas del servicio, las cuales regirán en todo aquello que no se contraponga a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas ni a los intereses del SEA. 19.2.- Antecedentes Legales para poder ser contratado. Estos documentos serán exigibles al oferente adjudicado antes de la suscripción del contrato. Persona Natural: - Fotocopia de la cédula de identidad vigente. - Certificado de deuda de la persona, emitido por la Tesorería General de la República, o en su defecto, el respectivo Certificado de Chile Proveedores. - Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo, o en su defecto, el respectivo Certificado Chile Proveedores. - Declaración Jurada al tenor de lo señalado del artículo 4°, inciso 2°, de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, según Anexo 4. - En el evento que el oferente adjudicado declare que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados incluyen a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años. Persona Jurídica: - Fotocopia del Rol Único Tributario de la persona jurídica, o en su defecto, el respectivo Certificado de Chile Proveedores. - Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal del oferente. - Certificado de deuda de la persona jurídica, emitido por Tesorería General de la República, o en su defecto, el respectivo Certificado de Chile Proveedores. - Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo, o en su defecto, el respectivo Certificado de Chile Proveedores. - Fotocopia autorizada del original, de los documentos públicos u oficiales, que acrediten la constitución legal de la persona jurídica (por ejemplo, fotocopia autorizada del original de la escritura pública de constitución de estatutos de una sociedad, o empresa individual de responsabilidad limitada, o del decreto ministerial, municipal o universitario) y fotocopia autorizada del original de cada una de las modificaciones de la persona jurídica, cuando éstas existan. - Fotocopia autorizada del original, de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente, con anotaciones marginales completas, emitidas por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, y sus modificaciones, cuando éstas existan. - Fotocopia de la publicación en el Diario Oficial, del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica, o de sus modificaciones, cuando éstas existan. - Certificado original de vigencia de la sociedad emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, o de la entidad que corresponda, el cual no podrá tener una vigencia superior de seis meses. - Fotocopia autorizada notarial del original, de la escritura o documento legal en que conste el mandato o poderes de quien comparece como representante legal de la persona jurídica. - Certificado original de vigencia del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces o de la entidad que corresponda, que acredite la vigencia del mandato de quien comparece como representante legal, con una antigüedad no superior a seis meses. - Declaración Jurada al tenor de lo señalado del artículo 4°, inciso 2°, de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, según Anexo 4. - Declaración jurada que acredite que no se encuentra afecto a la pena de prohibición para contratar con los organismos del Estado, establecida en el Artículo 10 de la Ley N° 20.393, según Anexo N°5. En el evento que el oferente adjudicado declare que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden o incluyen a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años. Para suscribir el contrato definitivo, los documentos que acrediten la constitución, las eventuales modificaciones, la inscripción en extracto de la constitución y de las modificaciones, de la sociedad o compañía adjudicataria, sea en los libros notariales o en los competentes registros conservatorios, como asimismo, los documentos en que consten los poderes de quien contrate en nombre y representación de esta compañía, y su vigencia, deberán ser presentados en fotocopia autorizada del original, con una vigencia no superior a seis meses, contados desde la fecha de suscripción del respectivo contrato. Observaciones a los Antecedentes Legales. 1.- Los oferentes que no se encuentren inscritos en Chileproveedores, deberán acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y de remuneraciones mediante los certificados otorgados por los organismos competentes al momento de contratar. 2.- Todos los proveedores (inscritos o no) deben cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases y en sus documentos anexos, que forman parte integrante de las mismas. 3.- En materia de antecedentes legales exigidos para ofertar bastará con que los oferentes acompañen fotocopias simples de los instrumentos públicos o privados que acrediten la existencia y constitución legal de la persona jurídica, y de sus modificaciones, si las hubiere. En el caso de las sociedades comerciales y de las empresas individuales de responsabilidad limitada, deberán acompañar, además, fotocopias simples del original de la inscripción en extracto de la persona jurídica en el competente Registro de Comercio. Los documentos podrán presentarse en algún formato electrónico. En el caso de los proveedores inscritos en Chileproveedores, este requisito de antecedentes legales necesarios para ofertar se entenderá cumplido con los documentos legales que hayan sido subidos al portal www.chileproveedores.cl 4.- En materia de antecedentes legales exigidos para contratar: Si el oferente es una persona jurídica, antes de suscribir el respectivo contrato, deberá presentar fotocopias autorizadas del original de los documentos que acrediten la constitución o existencia de la persona jurídica, y sus modificaciones, cuando éstas existan. Estos documentos y los certificados que emita el Conservador de Bienes Raíces competente deberán tener una antigüedad no superior a seis meses, contados hacia atrás, desde la fecha de la resolución que adjudica el contrato. 5.- Si un oferente formula o presenta su oferta a través de un mandatario, el respectivo mandato o poder de representación, deberá constar por escritura pública.
20° Presupuesto y Modalidad de pago.
20.1. Presupuesto. Para esta licitación pública el Servicio de Evaluación Ambiental cuenta con un presupuesto máximo estimado de $15.000.000.- (quince millones de pesos), impuesto al valor agregado incluidos, los que deberán imputarse a las partidas correspondientes del presupuesto vigente del SEA. La oferta debe venir detallada en sus condiciones comerciales especificando, para cada caso, el valor neto y el valor bruto (impuestos incluidos) y detallar que servicios son exentos. Debe incluir el precio total de la oferta, en pesos, consignando por separado toda clase de tributos, impuestos o derechos que le afecten. 20.2. Modalidad de pago. El SEA pagará los servicios contratados, considerando el monto ofertado por el proveedor adjudicado en su propuesta económica y se dividirá en 3 cuotas asociada a los siguientes hitos: Hito Entregable Pago Hito 1. contra entrega y aprobación del primer informe de avance de la consultoría. 40% del monto adjudicado. Hito 2. contra entrega y aprobación del segundo y tercer informe de avance de la consultoría. 30% del monto adjudicado. Hito 3. contra entrega y aprobación del informe final de la consultoría. 30% del monto adjudicado. El Servicio autorizará y efectuará el pago de la cuota al cumplimiento del hito respectivo, previa conformidad señalada por escrito de la Contraparte Técnica del SEA de todos los productos y servicios correspondientes, respaldados con los informes que acrediten el cumplimiento de las Bases Técnicas. Estos informes son los expresados en la sección “Productos esperados” del numeral 5, de los requerimientos técnicos específicos señalados en las Bases Técnicas de la presente licitación. El pago será efectuado dentro de 30 días contados desde la presentación de la factura respectiva, la cual debe ser enviada una vez aprobado por la contraparte técnica, tal como se indica precedentemente. Una vez recibido en conformidad la documentación para el pago, las facturas deberán ser enviadas por el proveedor en formato XML a la siguiente casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com, para su recepción electrónica. El Servicio procederá a efectuar el pago que corresponda, dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación de la factura respectiva. La factura deberá ser extendida a: Nombre: Servicio de Evaluación Ambiental RUT: 72.443.600-5 Giro: Servicio público Domicilio: Miraflores 222, piso 7, Santiago, Región Metropolitana. En el caso que la empresa que celebre el respectivo contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El Servicio de Evaluación Ambiental SEA exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato y hacer efectiva las multas señaladas en las presentes bases, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
21° Multas y Procedimiento de Cobro.
21.1. Multas. Si el proveedor contratado no cumple con la entrega de los productos y/o servicios convenidos, con un nivel de diligencia media que satisfaga las exigencias de la contraparte técnica del SEA y en el plazo acordado (que no podrá exceder de 20 días hábiles luego del término de la auditoría respectiva), sin causa justificada, a consideración del Servicio de Evaluación Ambiental, éste quedará facultado para cobrar una multa ascendiente al 1% (uno por ciento) diario del monto total del hito respectivo, con un tope de 20 días corridos, sin perjuicio de su derecho de poner término anticipado al contrato después de los 20 días indicados. Las multas se harán efectivas en el estado de pago más próximo a la fecha de detección de la infracción. Las multas se aplicarán siempre que el impedimento no haya sido como consecuencia de caso fortuito o de fuerza mayor. 21.2 Procedimiento de aplicación de multas. Corresponderá a la contraparte técnica del contrato calificar si corresponde aplicar una multa al proveedor, lo cual se notificará al proveedor por carta certificada, o personalmente, para que, dentro de quinto día hábil, formule sus descargos. Vencido el plazo, con o sin los descargos del proveedor, resolverá la autoridad administrativa, por resolución fundada, previo informe de la contraparte técnica. Una vez notificado el proveedor de la resolución tendrá un plazo de 5 días para interponer un recurso de reposición ante la misma autoridad administrativa. En caso de darse por acreditado el incumplimiento y optarse por sancionar al proveedor con multa, el mandante, mediante resolución fundada, aplicará el porcentaje correspondiente a la multa haciéndola efectiva en el estado de pago pendiente a la fecha de detección de la infracción o en la boleta de garantía si procediere.
22° Modificación y Término anticipado del contrato.
22.1.- Modificación del contrato. Las partes de común acuerdo, mediante resolución fundada debidamente tramitada, podrán modificar la fecha de entrega de los productos y/o servicios y con ello la del respectivo pago, siempre y cuando los retrasos en la entrega de dichos servicios no se deban a causas imputables al proveedor. 22.2.- Ampliación de Plazo. Las partes de común acuerdo podrán ampliar el plazo del contrato celebrado objeto de la presente licitación, bajo la siguiente condición: a. Que el adjudicado fundamente su solicitud de manera escrita, la cual será analizada, aprobada o rechazada por la contraparte técnica del Servicio de Evaluación Ambiental. En los casos que el aumento del plazo de vigencia del contrato sea requerido por el SEA, y siempre que dicho aumento no signifique un cambio en los servicios contratados, esta ampliación no otorgará para el adquirente derecho alguno para modificar el valor de los servicios contratados, entendiéndose, por lo tanto, que la modificación mencionada sólo se refiere a cambios en las fechas de entrega de los productos, servicio o informes que el adjudicado se ha obligado. En el caso que fuere el adjudicado quien requiera un plazo mayor al estipulado en el contrato para la entrega de los servicios contratados, deberá por escrito, y dentro del plazo 30 días anteriores al término del contrato solicitarlo a su contraparte técnica del Servicio de Evaluación Ambiental. 22.3.- Aumento o disminución. El Servicio de Evaluación Ambiental, en casos fundados y por razones de buen servicio, podrá modificar los requerimientos contractuales, ampliándolos o disminuyéndolos de acuerdo con las necesidades institucionales y disponibilidades presupuestarias, hasta en un 30% del valor total del contrato, debiendo realizarse los correspondientes ajustes de precios. Estas modificaciones no podrán alterar la esencia de las prestaciones contratadas. Las modificaciones o ajustes serán solicitados por la contraparte técnica. Estas modificaciones o ampliaciones deberán aprobarse por acto administrativo totalmente tramitado. Según sea el caso, se deberá contar con la respectiva autorización presupuestaria previa para el aumento o bien rebajarse el menor gasto que irrogará la disminución. 22.4.-Renovación. Las partes de común acuerdo, mediante resolución fundada debidamente tramitada, podrán establecer una renovación al contrato, en las condiciones establecidas en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 19.886, y al tenor de las condiciones y plazos contemplados en los artículos 68 y 70 del citado reglamento. 22.5.- Término anticipado del contrato. De acuerdo a lo previsto en el artículo 13, de la Ley Nº 19.886, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental SEA, podrá poner término anticipado al contrato por las siguientes causales: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se considerarán situaciones de incumplimiento grave: b.1.) Si el proveedor no destina recursos materiales o humanos suficientes para el normal desarrollo del servicio, en términos que se haga difícil o imposible la ejecución de lo pactado dentro del plazo estipulado, lo que será evaluado por la contraparte técnica del SEA. b.2.) Si el proveedor no inicia el trabajo oportunamente o lo paraliza sin causa justificada. b.3.) Si el proveedor no acata las instrucciones que imparta el Servicio de Evaluación Ambiental, en conformidad con las facultades que le otorgan las Bases Técnicas y Administrativas. b.4.) Si las multas a que se refiere la cláusula anterior sobrepasan el 30% del monto total del contrato. b.5.) Los demás casos contemplados en las Bases Técnicas de esta licitación. c) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Por el cumplimiento de la condición resolutoria expresada en el apartado N° 21 de las presentes Bases. El término anticipado del contrato definitivo se decretará mediante resolución fundada del Director Ejecutivo del SEA, que se publicará en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
23° Supervisión administrativa del contrato y contraparte técnica.
23.1.- Supervisión administrativa del contrato. La supervisión administrativa del contrato estará a cargo del Departamento de Compras y Servicios Generales de la División Administración y Finanzas del Servicio de Evaluación Ambiental. 23.2.- Contraparte Técnica. La contraparte técnica del contrato corresponde al Jefe y tres profesionales del Departamento de Estudios y Desarrollo de la División de Evaluación Ambiental y Participación Ciudadana del Servicio de Evaluación Ambiental, quien tendrá las funciones y atribuciones que se dispongan en las presentes bases y en el contrato, siendo principalmente las siguientes: - Supervisar y controlar el desarrollo del contrato, velando por el cumplimiento de sus objetivos y plazos establecidos. - Proporcionar la información necesaria para la prestación a la entidad que se adjudique el contrato. - Revisar y aprobar la entrega de los informes y/o documentación en forma previa al pago. - Solicitar a la autoridad competente la aplicación de multas en caso de incumplimiento. - Evaluar al proveedor al término del contrato y remitir dicha información a la División de Administración de Administración del Servicio de Evaluación Ambiental. - Proporcionar por los medios más idóneos al proveedor la Política General de Seguridad de Información del SEA.
24° Evaluación de proveedores.
Al término del contrato, la contraparte técnica del Servicio de Evaluación Ambiental deberá evaluar el comportamiento que haya tenido el proveedor contratado. Esta evaluación será ingresada al portal Mercado Público por la Unidad de Compras en forma previa al pago. Los proveedores que no tengan un buen comportamiento durante el contrato y/o en el servicio de postventa serán mal evaluados por su contraparte técnica del SEA, lo que se tendrá en consideración en las evaluaciones de sus futuras postulaciones a licitaciones del Servicio de Evaluación Ambiental.
25° Prohibición de cesión de derechos.
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nazcan del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo.
26° Subcontratación.
El proveedor no podrá subcontratar totalmente los servicios licitados. Previa autorización del SEA, el proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado. El proveedor contratado será el único responsable ante el SEA de que todos los productos y servicios considerados en esta licitación sean entregados de acuerdo a lo solicitado.
27° Confidencialidad.
El oferente seleccionado deberá guardar confidencialidad respecto de los antecedentes e información que se sometan a su consideración, así como de todos los antecedentes e información producida, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento del Servicio de Evaluación Ambiental. Las obligaciones de confidencialidad serán detalladas en el contrato que suscribirán ambas partes, las que en todo caso deberán conformarse de acuerdo a lo establecido en la Política General de Seguridad de la Información del SEA. Toda la información asociada a esta consultoría deberá ser entregada al SEA, junto con sus respectivas referencias bibliográficas. Finalmente, el consultor deberá renunciar expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad intelectual sobre todo o de una parte de lo que desarrolle, que pudiere existir o derivarse de esta contratación.
28° Acuerdos Operativos.
Las presentes bases contemplan la posibilidad que el proveedor y la contraparte técnica del Servicio, puedan establecer de común acuerdo uno o más acuerdos operativos, los cuales tendrán por finalidad definir plazos para el cumplimiento de etapas específicas contenidas en el contrato, acordar fechas específicas para etapas o hitos relevantes contenidos en el contrato y en general aspectos de orden administrativo, operativo y/o técnico que se encuentren dentro del marco contractual.
29° Propiedad Intelectual y Tratamiento de Datos.
Todos los productos susceptibles de protección bajo las normas de propiedad intelectual corresponderán al Servicio siendo por ende propiedad del Estado de Chile, en especial; los productos, análisis, estudios secundarios derivados de la ejecución del trabajo solicitado, pasarán a propiedad del Estado de Chile. Su utilización deberá ser autorizada por el Servicio de Evaluación Ambiental. Toda la información asociada a esta consultoría deberá ser entregada al SEA, junto con sus respectivas referencias bibliográficas, si las hubiere. Además, el consultor y/o consultora deberá renunciar expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad intelectual sobre todo o de una parte de lo que desarrolle, que pudiere existir o derivarse de esta contratación. En lo que respecta al tratamiento de datos personales que el contratista deba o pueda llegar a tratar a causa de los trabajos encomendados, lo hará bajo las instrucciones de la contraparte técnica, guardando las debidas reservas y quedándole expresamente prohibido su utilización total o parcial para fines distintos del contrato. En el contrato que suscriban las partes se detallarán todas aquellas materias relacionadas con propiedad intelectual y confidencialidad.
30° Resolución de Conflictos.
En la eventualidad que en el curso del estudio se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios de esta consultoría, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando el tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación: - Bases de Licitación. - Propuesta Técnica. - Contrato.
II. BASES TÉCNICAS. Consultoría “Evaluación significativa del Impacto de las emisiones de un proyecto o actividad en zonas saturadas en el marco del SEIA”
Del numeral 1° al 6°
1. Introducción
La Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente preceptúa que “es función del Estado dictar normas para regular la presencia de contaminantes en el medio ambiente, de manera de prevenir que éstos puedan significar o presentar, por sus niveles, concentraciones y periodos, un riesgo para la vida o salud de las personas”. Estas normas, denominadas “Normas Primarias de Calidad Ambiental” , aplicables de manera general en todo el territorio de la República, definen los niveles que originen situaciones de emergencia a nivel nacional respecto de contaminantes específicos. Actualmente se encuentran normados los siguientes contaminantes emitidos a la atmosfera; material particulado grueso respirable (MP10) , material particulado fino respirable (MP2,5) , dióxido de azufre (SO2) , monóxido de carbono (CO) , ozono troposférico (O3) , dióxido de nitrógeno (NO2) y plomo (Pb) en el aire . Estas normas, además, procuran ser parámetro para definir las zonas saturadas, correspondientes a “aquellas zonas geográficas en que uno o más normas de calidad se encuentren sobrepasadas” . A partir de esta directriz e institucionalidad ambiental vigente, se registran a lo largo del territorio nacional las siguientes zonas saturadas: • Comuna de San Pablo y por la macrozona centro-norte de la Región de los Lagos , saturada por MP2,5 • Provincia de Quillota y las comunas de Catemu, Panquehue y Llaillay de la Provincia de San Felipe de Aconcagua , saturada por MP10, • Región Metropolitana de Santiago , saturada por MP10, MP2,5 y O3, • la ciudad de Coyhaique y su zona circundante13, saturada por MP2,5, • Valle central de la Provincia de Curicó14, saturada por MP2,5, • Concepción Metropolitano , saturada por MP2,5, • comuna de Los Ángeles , saturada por MP10 y MP2,5, • comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví , saturadas por MP2,5, • comuna de Valdivia , saturada por MP10 y MP2,5, • comunas de Temuco y Padre Las Casas , saturadas por MP2,5, • comunas de Chillán y Chillán Viejo , saturadas por MP10 y MP2,5, • comuna de Osorno ; saturada por MP10 y MP2,5, • comunas de Talca y Maule , saturada por MP10, • Valle central de la provincia del Curicó, Región del Maule, saturada por MP2,5 • ciudad de Calama y su área circundante , saturada por MP10, • localidad de Andacollo y sectores aledaños , saturadas por MP10, • Valle central de la región del Libertador General Bernardo O´Higgins , saturada por MP10 y MP2,5, • zona circundante a la ciudad de Tocopilla26, región de Antofagasta, saturada por MP10, • zona circundante a la Fundición de Potrerillos , ubicada en la comuna de Diego de Almagro, región de Atacama, saturada por MP y SO2, • zona circundante a la Fundición Caletones , región del Libertador General Bernardo O´Higgins, saturadas por MP y SO2, • zona circundante al complejo industrial Ventanas , región de Valparaíso, saturada por MP y SO2, • zona circundante a la Fundición Hernán Videla Lira , región de Atacama, saturada por SO2. • La saturación de zonas geográficas está mencionada en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental31 (en adelante RSEIA), específicamente en el literal h) del artículo 3° de ingreso de proyecto al sistema, que estipula: “proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas 13 D.S. N°15/2016 del Ministerio del Medio Ambiente. 14 D.S. N°53/2015 del Ministerio del Medio Ambiente. declaradas latentes o saturadas”. Por otro lado, el Título II del RSEIA, específicamente el artículo 5°, plantea la forma de evaluar el riesgo para la salud de la población, lo que configura los efectos, características y circunstancias (en adelante ECC) de la letra a) del artículo 11 de la Ley N°19.300. Respecto a esta evaluación, la letra a) del artículo 5° del RSEIA estipula lo siguiente: a. La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. En este literal se explicita que se evaluará “el aumento o disminución significativos, según corresponda, de las concentraciones por sobre los límites de las normas primarias de calidad ambiental nacionales vigentes”, por lo tanto, el RSEIA deja a entrever que existe un aumento (o disminución) que no es significativo en cuanto a las concentraciones que aporte un proyecto o actividad a una zona saturada. Este aumento, o disminución, indica que durante la tramitación ambiental de proyectos o actividades en el SEIA hay un grado de perjuicio para la salud de la población que no configura los ECC de la letra) del artículo 11° de la ley N°19.300. Complementariamente, la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental Riesgo para la Salud de la Población” (SEA, 2012) estipula lo antes descrito como aumento del “riesgo pre-existente” , lo cual refiere a que la zona donde se emplazará el proyecto o actividad se encuentra saturada por el o los mismos contaminantes que el proyecto emitirá. Se denomina como “pre-existente” ya que esta guía indica que para que exista un riesgo (impacto ) para la salud de las personas, se deben conjugar un peligro y la exposición de un receptor a dicho peligro, definiendo para ello peligro como “capacidad intrínseca de una sustancia, agente, objeto o situación de causar un efecto adverso sobre un receptor”. Este enunciado hace alusión directa a la definición de contaminación descrita en la Ley N°19.300 y bajo las cuales se configuran las “Normas Primarias de Calidad Ambiental”, cuyos preceptos comunes son “la protección de la salud de los efectos adversos de los contaminantes establecidos en dichas normas”. Por tanto, es consecuente expresar que cualquier zona saturada cuenta con un nivel de riesgo que presenta efectos adversos por sobre los limitados por la norma establecida. Sin embargo, en el marco del SEIA no se ha definido ningún lineamiento cualitativo ni cuantitativo respecto de cuál es el nivel que configure un aumento (o disminución) significativa del aporte de un proyecto respecto a una zona saturada, lo que se refleja en la diferencia de criterios aplicados en proyectos a lo largo del país en relación con la evaluación de proyectos. La Figura 1 presenta la recopilación de distintos proyectos evaluados y aprobados en zonas declaradas saturadas por MP10. a lo largo del país y su análisis de significancia de la letra a) del artículo 5 del RSEIA, presentando el aumento porcentual de las concentraciones en los receptores analizados respecto de la norma. Cabe indicar que los proyectos presentados ninguno indicó la presencia de ECC sobre el riesgo para la salud de la población. De esta figura se evidencia la diferencia de valores percibidos como tolerables o que no configuran un impacto significativo de las concentraciones respecto a cada zona saturada por MP10. Figura 1. Histograma evaluación del riesgo a la salud en zonas saturadas por MP10 Fuente:Elaboración propia en base a una muestra de proyectos presentados a evaluación y aprobados en el marco del SEIA Bajo los antecedentes expuestos, surgen una serie de interrogantes respecto a la evaluación del riesgo en zonas saturadas; ¿cuándo el incremento de las concentraciones de un proyecto es considerado como impacto significativo en una zona saturada?; ese incremento ¿deberá reconocer diferencias entre los niveles de superación de la norma a lo largo del país ?, en el caso de la saturación por gases, ¿qué parámetros se debiesen considerar?.
2. Objetivo General
Proponer criterios que sean aplicables en el marco del SEIA, al momento de evaluar la significancia del impacto de emisiones atmosféricas (magnitud, duración y extensión) de contaminantes normados generados por proyectos o actividades emplazados en zonas saturadas o en estado de saturación sobre el riesgo para la salud de la población. Estos contaminantes corresponden a los criterios de la normativa chilena .
3. Objetivos Específicos.
3.1. Estado del arte internacional: Revisar y analizar el estado del arte a nivel internacional respecto de criterios de evaluación de la significancia del efecto de contaminantes atmosféricos en zonas saturadas o en estado de saturación en el marco de la evaluación ambiental o tramitación de permisos ambientales de proyectos o actividades. 3.2. Estudios nacionales e internacionales de afectación a la salud: Revisar la información nacional e internacional de estudios toxicológicos, epidemiológicos y ensayos clínicos respecto a los efectos adversos de contaminantes criterio sobre la salud de las personas. Al respecto, identificar parámetros o variables que sean aplicables a la realidad nacional y al marco de evaluación del SEIA. 3.3. Diagnóstico de evaluación en el marco del SEIA: Identificar y analizar la forma actual de evaluación del denominado “riesgo pre-existente” y de los “aportes significativos” en las zonas saturadas o en estado de saturación del país en el marco del SEIA. 3.4. Aplicación en el marco del SEIA: En consideración del marco normativo actual, analizar las posibilidades de incluir criterios de evaluación de la significancia del impacto de los contaminantes atmosféricos normados en zonas saturadas, o en estado de saturación, que permitan agilizar la funcionalidad del SEIA, al mismo tiempo que, se complementan con los restantes instrumentos de gestión ambiental disponibles en la legislación chilena.
4. Metodologías y Actividades
A continuación, se presentan actividades por objetivo específico las que deberán ser consideradas como una base mínima para el desarrollo de la propuesta técnica. Estado del arte Internacional 4.1.1. Identificar y definir un listado de países (al menos revisar los países indicados en el artículo 11° del RSEIA) que cuenten con sistemas o agencias de evaluación de impacto ambiental de proyectos, y que incorporen criterios de evaluación ambiental de contaminantes en zonas que se encuentren sobrepasadas de los contaminantes criterios en base a su jurisprudencia. Incluir una breve reseña que indique el contexto general del país respecto al tema, donde al menos se estipule: i. Procedimiento administrativo que se utiliza. ii. Metodologías de evaluación ambiental bajo las cuales se aplican los criterios. Forma, momento, lugar, temporalidad y toda especificación que sea relevante. iii. Identificar como este criterio se relaciona con las normas ambientales del país analizado. iv. Tipologías de proyecto a las cuales se les realiza el análisis, en caso de que sea aplicable. v. Toda información que sea relevante y aplicable al contexto chileno. 4.1.2. Del punto 4.1.1 identificar el planteamiento base del criterio para definir si está enfocado en la salud pública, en base estadísticos o cualquier otro motivo. En base a la identificación, describir brevemente cómo se construyó el criterio y los requerimientos de información necesarios en este proceso. 4.1.3. Analizar la aplicabilidad de los criterios señalados y descritos en el punto 4.1.1 y 4.1.2, respectivamente, a la evaluación ambiental de proyectos en Chile en el marco del SEIA, distinguiendo (1) aquellos aspectos que se pueden replicar, adoptar y/o implementar en la actualidad al SEIA, y que, por lo anterior, pueden ser exigibles con el marco normativo nacional vigente, y (2) aquellos aspectos que son relevantes en la evaluación ambiental de proyectos, pero que no son exigibles a falta de un marco normativo asociado. 4.1.4. En base a los resultados obtenidos en el punto 4.1.3 se concertará una reunión con el equipo técnico del SEA para definir qué criterios son replicables en función a la construcción de los resultados esperados del objetivo específico N°3.4. Estudios nacionales e internacionales de afectación a la salud 4.2.1. Revisar y recopilar literatura referente a estudios nacionales en el ámbito de la toxicología, epidemiologia y ensayos clínicos respecto a los efectos sobre la salud de las personas de los contaminantes indicados en las normas primarias de calidad del aire vigentes a nivel nacional. Para este punto se podrá solicitar al Ministerio de Salud los resultados epidemiológicos indicados en las Normas Primarias de Calidad del Aire. 4.2.2. Revisar y recopilar literatura como estudios internacionales (al menos de los países indicados en el artículo 11° del RSEIA) en el ámbito de la toxicología, epidemiologia y ensayos clínicos respecto a los efectos sobre la salud de las personas de los contaminantes indicados en las normas primarias de calidad del aire vigentes a nivel nacional. Para este punto, se deben indicar y describir las diferencias a nivel nacional, ya sean etnográficas, demográficas, fisiológicas, entre otras, que sean relevantes para su aplicabilidad. 4.2.3. Respecto a la revisión del punto 4.2.1. y 4.2.2 identificar los parámetros o criterios aplicables a la evaluación de proyectos en el marco del SEIA, específicamente para proyectos que se emplacen en zonas saturadas. En este sentido, debe considerar al menos los siguientes criterios: i. Criterios de aumentos, estadísticamente significativos, en cuanto a la superación de los valores criterios de los contaminantes normados. ii. Consideraciones etnográficas, demográficas, fisiológicas, entre otras, que faciliten o dificulten la aplicabilidad a nivel nacional. 4.2.4. En base a los resultados obtenidos en el punto 4.2.3, concertar una reunión con el equipo técnico del SEA para definir qué criterios son replicables, para la construcción de los resultados esperados del objetivo específico N°3.4. Diagnóstico de evaluación en el marco del SEIA 4.3.1. Revisar los últimos dos años de evaluación ambiental en las zonas geográficas que se han declarados saturadas a lo largo de Chile . En base a lo anterior, recopilar los antecedes de las formas de evaluación de la componente aire, respecto al riesgo para la salud de la población, donde al menos al menos se estipule: i. Criterios utilizados para el descarte del impacto, diferenciando y agrupando los cualitativos de los cuantitativos. ii. Respecto a los criterios cuantitativos, indicar su forma de aplicación, bajo que argumento son aplicables y su replicabilidad a nivel nacional. iii. Respecto a los criterios cualitativos, indicar sus consideraciones y limitantes al momento de replicar a nivel nacional. 4.3.2. En base a la revisión generada en el punto 4.3.1, seleccionar criterios cuantitativos y cualitativos para ser revisados en conjunto con el equipo técnico del SEA. Para la selección se debe considerar al menos los siguientes criterios: i. Que sea posible replicar a nivel nacional, ii. Que consideré la variable de duración del proyecto en su análisis respecto a los efectos del contaminante. Los resultados obtenidos en este punto servirán para definir qué criterios son replicables en función a la construcción de los resultados esperados del objetivo específico N°3.4. Aplicación en el marco del SEIA 4.4.1. En base a los antecedentes recopilados, proponer un listado de criterios que serán analizados y consensuados con el equipo técnico del SEA. De esta selección, se escogerá un número reducido de potenciales criterios de significancia del impacto, considerando extensión, magnitud y duración, de las emisiones generadas por proyectos emplazados en zonas saturadas, que serán analizados según los siguientes puntos. 4.4.2. Considerando la normativa actual y vigente en Chile, realizar un diagnóstico respecto a las herramientas que actualmente posee el SEIA para atender a la incorporación de los criterios de evaluación escogidos. Describir qué medidas de gestión ambiental de esta evaluación se deberían implementar para agilizar la eficacia y eficiencia de las propuestas seleccionados. 4.4.3. Identificar, en base a las propuestas de criterios seleccionados, cuáles son los antecedentes técnicos y científicos (información ambiental) así como herramientas metodológicas y a su vez capacidades técnicas, que se requieren incorporar en el funcionamiento del SEIA para evaluar de manera más eficaz y eficiente el impacto a la salud de la población, en específico respecto a las emisiones de contaminantes en zonas saturadas, o en estado de saturación. 4.4.4. En base a los puntos 4.4.1, 4.4.2 y los antecedentes recopilados, presentar los criterios en la forma y fondo que debiesen ser presentados en el marco de la evaluación de proyectos del SEIA, definiendo para ello, al menos, los siguientes puntos de evaluación: i. Magnitud del impacto, ii. Temporalidad o duración del impacto, y iii. Consideración del nivel de saturación (diferenciación si es aplicable).
5. Productos esperados.
En la siguiente tabla se indican los productos esperados en relación a los objetivos y actividades, considerando los plazos de entrega para cada producto, una vez adjudicada la consultoría: Objetivo Actividades Productos Entrega Inicio consultoría • Reunión de inicio de equipo consultor y contraparte SEA. • Minuta de acuerdos respecto a la reunión de inicio donde se indiquen dudas, mejoras respecto a la propuesta metodológica. • Definir ruta de reuniones necesarias para cumplir con los plazos señalados en los puntos siguientes. Día 1 de la consultoría Ajustes metodológicos • Ajuste metodológico de la propuesta entregada en la cotización al servicio en base a reunión de inicio. • Informe con ajuste a la propuesta metodológica de acuerdo con lo conversado en reunión de inicio con la contraparte del SEA. Día 5 1. Estado del arte internacional. • Análisis de detalle según lo indicado en el punto 4.1 de la metodología. • Revisión bibliográfica. • Elaboración de informe de avance. • Presentación de resultados en reunión con contraparte SEA. • Primer informe de avance correspondiente al punto 4.1 de la metodología. Incluye resumen ejecutivo que indique, de forma concisa, lo planteado en el punto 4.1.3. • Anexo con bibliografía y documentación asociada. Día 20 2. Estudios nacionales e internacionales de afectación a la salud. • Análisis de detalle según lo indicado en el punto 4.2 de la metodología. • Revisión bibliográfica. • Elaboración de informe. • Presentación de resultados en reunión con contraparte SEA. • Tercer informe de avance correspondiente al punto 4.2 de la metodología. Incluye resumen ejecutivo que indique, de forma concisa, lo planteado en el punto 4.2.3. • Anexo con bibliografía y documentación asociada. Día 25 Objetivo Actividades Productos Entrega43 3. Diagnóstico de evaluación en el marco del SEIA. • Análisis de detalle según lo indicado en el punto 4.3 de la metodología. • Revisión bibliográfica. • Elaboración de informe de avance. • Presentación de resultados en reunión con contraparte SEA. • Segundo informe de avance correspondiente al punto 4.3 de la metodología. Incluye resumen ejecutivo que indique, de forma concisa, lo planteado en el punto 4.3.2. • Anexo con bibliografía y documentación asociada. Día 35 4. Aplicación en el marco del SEIA • Reunión de presentación de propuestas preliminares de criterios • Informe previo a la reunión donde se especifiquen los criterios escogidos y las razones de su elección, en formato de resumen ejecutivo. • Posterior a la reunión, minuta con acuerdos de los criterios seleccionados para su desarrollo en informe final. Día 40 • Elaboración de informe final versión revisión. • Presentación de resultados en reunión con contraparte SEA. • Informe final en versión revisión. Debe incluir como anexos los informes de avances. El desarrollo de este informe está en base al punto 4.4. de la metodología. Incluye resumen ejecutivo. • Anexo con informes preliminares, bibliografía y documentación asociada. • Presentación de los resultados en formato de revisión al equipo técnico del SEA. Día 55 Cierre de consultoría • Correcciones al informe final. • Presentación de resultados finales. • Informe final y anexos. • Presentación de resultados finales al equipo técnico del SEA. Día 65
6. Participantes
El consultor deberá corresponder a una institución con experiencia comprobable en trabajo e investigación sobre calidad del aire y riesgos a la salud de la población. En la propuesta se deberá detallar el rol y función de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo, así como su dedicación en horas a la consultoría. Se deberá incluir además un currículo de la institución o consultora. El equipo de trabajo deberá demostrar su experiencia presentando al menos ocho (8) publicaciones científicas, estudios técnicos, asesorías, entre otros documentos científico-técnicos, en materia de evaluación del efecto sobre la salud de la población de los contaminantes enmarcados en las normas primarias de calidad del aire, previamente desarrolladas, permitiendo el acceso a éstos. Se solicitará que, como mínimo, presenten documentos relacionados con el efecto sobre la salud de la población del material particulado (MP10 y MP2,5), dióxido de azufre (SO2) y ozono troposférico (O3). Además, deberá presentar un equipo de profesionales técnicos con conocimiento y experiencia comprobable en los ámbitos del proyecto, situación que deberá acreditada en sus respectivas hojas de vida profesional y educacional o currículum vitae. El equipo de trabajo debe considerar como mínimo la cantidad de tres profesionales con el siguiente perfil: Cantidad Profesionales Cargo Función 1 Coordinador del equipo Profesional con experiencia en las temáticas de calidad del aire y evaluación del efecto sobre la salud de contaminantes atmosféricos, que lidere las acciones, actuando como interlocutor con la contraparte técnica del SEA. Estará bajo su responsabilidad el consensuar y formalizar con la contraparte técnica del SEA, los ajustes administrativos y metodológicos, y hacer llegar los productos esperados 1 Investigador/profesional experto en calidad del aire. Profesional con experiencia en la elaboración y desarrollo de investigaciones, estudios, y/o asesorías, asociadas a calidad del aire en Chile, demostrable su experiencia en el manejo de los modelos de dispersión recomendados por el SEA . 1 Investigador/profesional experto en evaluación ambiental y sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA) respecto a la temática de salud de la población. Profesional con experiencia en la elaboración y desarrollo de investigaciones, estudios, y/o asesorías, asociadas a la evaluación ambiental de proyectos de inversión en el marco del SEIA respecto a la temática de evaluación del riesgo a la salud de la población.