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BASES ADMINISTRATIVAS SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE LOS EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN DEL SEA |
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numerales del 1 al 30
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1° Normativa aplicable y regulación de la licitación. |
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1.1. El llamado a licitación, la etapa de consultas, presentación de ofertas y de apertura y evaluación de éstas, la adjudicación, suscripción del contrato, las condiciones y la etapa de ejecución contractual, se regirán por las disposiciones contenidas en la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante “Ley de Compras”, y su Reglamento, aprobado por D.S. N°661 de 2004, del Ministerio de Hacienda, en adelante el “Reglamento”; y la Ley N°19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; por las Bases Administrativas y Bases Técnicas, sus correspondientes documentos anexos, sus eventuales modificaciones; y por las preguntas, respuestas y aclaraciones realizadas durante el proceso licitatorio en la plataforma de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl), en adelante e indistintamente el “Portal”.
1.2. Los documentos del proceso de licitación estarán constituidos por las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas, sus documentos Anexos y sus eventuales modificaciones, como, asimismo, por las preguntas, respuestas y aclaraciones realizadas. Todos estos documentos estarán a disposición de los interesados en forma gratuita en el
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Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, correspondiente a la plataforma transaccional Mercado Público.
1.3. La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, como, asimismo, la aceptación de las normas y condiciones que regulan el mecanismo de licitación, selección, adjudicación y ejecución contractual.
1.4. La propuesta será pública y el proceso licitatorio se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante “Chile Compra”, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº19.886, sobre la materia, según las condiciones, normas y políticas de uso del referido Portal.
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2° Documentos integrantes de la licitación. |
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2.1. Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados:
I.- BASES ADMINISTRATIVAS.
II.- BASES TÉCNICAS.
III.- ANEXOS.
IV.- LAS PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES REALIZADAS A TRAVÉS DEL SISTEMA ELECTRÓNICO MERCADO PÚBLICO.
2.2. Las Bases, sus modificaciones, aclaraciones y otros documentos integrantes de las mismas, estarán disponibles en forma gratuita en el Portal, no pudiendo cobrarse por ellas precio o estipendio alguno a los interesados en participar en el proceso de licitación.
2.3. El participante de la licitación deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en las bases y sus eventuales modificaciones, las cuales, junto con las eventuales preguntas, respuestas y aclaraciones que emita la entidad licitante, constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar y presentar su oferta.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato entre el SEA y el adjudicatario cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos
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señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases, como marco básico de la relación contractual.
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3° Objeto de la Licitación. |
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El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), requiere contar con las condiciones de climatización en las oficinas o espacios cerrados; que permitan su bienestar durante el desempeño de sus labores de los/as funcionarios/as del SEA.
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4° Comunicaciones y plazos. |
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4.1. Todas las comunicaciones que deban efectuarse por causa o motivo de esta licitación pública se harán por medio del Portal habilitado por Chile Compra.
4.2. Para los efectos de esta licitación, los plazos serán, por regla general, de días corridos, no interrumpiéndose durante los días feriados o festivos. Si un plazo vence o expira en un día sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado automáticamente hasta el primer día hábil siguiente después de las 15:00 hrs. Si por excepción se estableciere expresamente en las bases un plazo de días hábiles, no se contarán los días sábados, domingos o festivos.
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5° Participantes. |
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5.1. Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos especificados en estas bases administrativas y en las bases técnicas de esta licitación, para uno o varios de los productos requeridos.
5.2. Sin perjuicio de lo anterior, para la suscripción del servicio, el proveedor deberá estar inscrito en el Registro Electrónico Oficial de contratistas y proveedores de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, conforme con lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 19.886.
5.3. Requisitos mínimos para participar de la Oferta:
a)
No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.886.
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b)
No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los cinco años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973.
c)
No ser, ni haber sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente licitación, funcionario directivo del SEA, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación de este Servicio, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive); no integrar la nómina de personal del SEA, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por este servicio, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad); no ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas anteriormente singularizadas formen parte o sean beneficiarias finales; no ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en la que una o más de las personas singularizadas sean accionistas o beneficiarias finales; no ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas precedentemente sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales; no ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
d)
No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos y en el caso de ser persona jurídica no tener socio, accionista, miembro o partícipe, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida, con poder para influir en su administración.
Para acreditar el cumplimiento de los requisitos para ofertar establecidos en la presente cláusula, los postulantes deberán firmar la declaración jurada de requisitos para ofertar disponible en www.mercadopublico.cl.
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6° Antecedentes Básicos del Organismo Demandante, Encargado del proceso y contactos para esta Licitación. |
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6.1. Antecedentes Básicos del Organismo Demandante.
Razón Social
:
Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).
Unidad de Compra
:
Servicio de Evaluación Ambiental.
R.U.T.
:
72.443.600-5.
Dirección
:
Huérfanos N°670, piso 16°.
Comuna
:
Santiago.
Región en que se genera la adquisición
:
Metropolitana.
6.2. Encargado/a del proceso.
El/la Encargado/a del presente proceso de licitación será el/la funcionario/a del Departamento de Compras y Servicios Generales del Servicio de Evaluación Ambiental, que se indique a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. El/la Encargado/a del proceso tendrá la responsabilidad de publicar en el Portal los antecedentes y demás documentos de la presente licitación pública, como asimismo, la de aclarar y responder dentro de los plazos indicados las consultas que efectúen los proveedores; tomará conocimiento que los oferentes hayan ingresado sus ofertas en el Portal, y de la entrega de todos los antecedentes en conformidad a lo requerido en las presentes Bases.
6.3. Contactos para esta licitación.
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
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7° Calendario de la licitación. |
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7.1. Las etapas y plazos de la licitación son las que se detallan a continuación y que, además, serán publicadas en el Portal, con la debida antelación de a lo menos de 5 días corridos, según lo establecido en el inciso sexto del artículo 46 del Decreto Supremo N°661,
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que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
N° ETAPAS. PLAZOS.
1
Publicación del llamado.
Dentro de los 2 a 5 días siguientes a la total tramitación de la Resolución que aprueba las presentes Bases de Licitación.
2
Visita inspectiva obligatoria
El segundo día a partir de la publicación.
3
Consultas de los proveedores.
Desde el día de la publicación en el portal y hasta los 2 días siguientes.
4
Publicación de respuestas y aclaraciones.
A los 3 días siguientes al cierre de las consultas de los proveedores, lo que se formalizará por un acto administrativo evacuado por el jefe del Departamento de Compras y Servicios Generales de la División de Administración y Finanzas del SEA.
En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a 30, se podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 2 días.
En caso de que el plazo para la publicación de las respuestas finalice un día inhábil será prorrogado para el día siguiente hábil.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación, no requiriéndose un acto administrativo para tal efecto.
5
Cierre recepción de ofertas.
10 días corridos desde la publicación en el Portal.
6
Apertura electrónica de ofertas.
El día y hora del cierre de la recepción de ofertas.
7
Plazo de evaluación de las ofertas.
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la Apertura electrónica.
8
Plazo de la adjudicación de la licitación.
Dentro de 7 días hábiles siguientes al Informe de Evaluación de la respectiva Comisión. Si por causas no imputables a este Servicio, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl.
9
Notificación a los proveedores.
Al día hábil siguiente a la Adjudicación de la licitación.
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10
Fecha de firma de contrato
El plazo para firmar el contrato será de 20 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación al proveedor adjudicado.
7.2. En caso de que la adjudicación no pueda realizarse dentro de los plazos establecidos, el SEA informará en el Sistema de Información las razones que justifican este incumplimiento y establecerá un nuevo plazo.
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8° Aceptación de las Bases. |
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Las bases administrativas, bases técnicas, anexos, preguntas, respuestas y aclaraciones que forman los documentos de licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y, para todos los efectos legales, se considerarán como parte integrante de la relación contractual que se establezca con el Servicio de Evaluación Ambiental.
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9° Consultas, respuestas y aclaraciones. |
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9.1. Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases, a través del foro de preguntas y respuestas, módulo que estará habilitado en el Portal, dentro del plazo indicado en el calendario de licitación.
9.2. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro del plazo señalado en el mencionado calendario.
9.3. Las consultas se responderán siempre que se formulen en forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso,que su respuesta no involucre información confidencial del Servicio de Evaluación Ambiental y que no correspondan a reclamos.
9.4. No se aceptarán, ni se responderán, consultas planteadas por un conducto diferente del señalado, o si han sido formuladas una vez vencido el plazo dispuesto para efectuar consultas.
9.5. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el Portal Mercado Público, el Servicio de Evaluación Ambiental podrá efectuar, por propia iniciativa, aclaraciones a las Bases, a objeto de precisar su sentido y alcance, es decir, con una finalidad de interpretación, pudiendo también complementar algún elemento de su contenido cuando, a juicio del Servicio de Evaluación Ambiental, no haya quedado suficientemente claro y ello
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dificulte la obtención de las ofertas. Tales aclaraciones serán entregadas en la misma forma y oportunidad que las respuestas de las consultas.
9.6. A los 3 días siguientes al cierre de las consultas de los proveedores, se dará respuesta formal mediante el acto administrativo pertinente, dictado por el jefe del Departamento de Compras y Servicios Generales, de la División de Administración y Finanzas del SEA.
9.7. Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación, ya que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas como parte integrante de estas Bases.
9.8. El SEA podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia de oficio o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los interesados, a través del foro de preguntas y respuestas, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
9.9. Las aclaraciones formarán parte integrante de las presentes bases, aun cuando el oferente no hubiese formulado consulta, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de ellas. El Servicio de Evaluación Ambiental SEA podrá efectuar toda aclaración o precisión a las bases que estime pertinentes.
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10° Instrucciones para la presentación de las ofertas. |
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10.1. Plazo y forma de presentación de las ofertas.
Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Las ofertas deberán presentarse íntegramente en idioma español, en formato electrónico a través del Portal Mercado Público, hasta día y hora que se indica en el calendario de licitación para el cierre de recepción de ofertas. No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, o después del día y hora dispuestos para este efecto.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 46, inciso octavo, del Reglamento.
Las ofertas no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.
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Las ofertas deben cumplir con las disposiciones contenidas en las presentes Bases de licitación y especialmente, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas.
Si el oferente tiene dificultades o dudas respecto del sistema de información, deberá contactarse con la mesa de ayuda del Portal para obtener la orientación precisa que le permita ingresar su oferta, pudiendo eventualmente acreditar a la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Los anexos deberán ser suscritos por los oferentes, por la persona natural o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.
Las ofertas presentadas por UTP y su evaluación deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Ley N°19.886 y a las recomendaciones de la Directiva N°22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
10.2. Forma y Contenido de las Ofertas.
10.2.1.- Identificación del Oferente.
En la sección “Datos del Oferente”, deben incluirse todos los datos solicitados en formato según Anexo N°1, formulario llamado “Datos del Oferente”. Dicho documento deberá ser ingresado en archivo digital al Portal al momento de ingresar su oferta. Este requisito será exigido a los oferentes no inscritos en el Registro Chile Proveedores.
En los Anexos que forman parte de la oferta se debe identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos Anexos, por otro. De existir discordancia entre los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual presenta su oferta, ésta no será evaluada, siendo descartada del proceso y declarada inadmisible.
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10.2.2.- Oferentes que tengan contratados trabajadores en situación de discapacidad.
Respecto a la evaluación del criterio de sustentabilidad e integridad, contemplado en el literal d) del numeral 15.2.1. de estas bases administrativas, en relación con la acreditación de contratación de trabajadores en situación de discapacidad, se deberá ingresar al portal los siguientes documentos conjuntamente con su oferta:
1)
Copia del contrato de trabajo o prestación de servicios de trabajadores o prestadores en situación de discapacidad.
2)
Copia del documento que acredite la inscripción del trabajador o prestador de servicios en situación de discapacidad en el Registro Nacional de la Discapacidad o certificación de la COMPIN o comprobante de haber iniciado el último trámite.
La omisión de la documentación antes señalada no permitirá obtener el puntaje señalado en el N°15.2.1, de estas bases, singularizado en el criterio de evaluación “criterio de sustentabilidad e integridad”, bajo la letra B) denominado “Política de empleo y remuneraciones”.
10.2.3.- Oferta Económica.
Las ofertas económicas deberán ser ingresadas al Portal en forma digital, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en el calendario de licitación y en el Portal.
Debe incluir el precio total de la oferta, en moneda según indica la licitación, consignando por separado toda clase de tributos, impuestos o derechos que le afecten. El sólo hecho de presentar la oferta económica, implica la aceptación por parte del postulante de las bases y de las condiciones exigidas para contratar con el Servicio de Evaluación Ambiental.
El monto máximo que deberán considerar las ofertas, de acuerdo con el presupuesto disponible, es el siguiente: Presupuesto disponible Monto
Servicio de Mantención Preventiva y Correctiva de los Equipos de Climatización del SEA
$16.900.000 (dieciséis millones, novecientos mil pesos) impuestos incluidos.
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En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.
En caso de que por cualquier motivo existan diferencias entre la oferta económica indicada en el Portal y cualquier otro documento presentado con la oferta, se considerará aquella indicada en el Portal.
10.2.4.- Oferta Técnica.
Los oferentes interesados, deberán adjuntar en el Portal, antes del cierre de las ofertas, un archivo en formato Word, Excel, PDF o archivo compatible con sistema Microsoft Office, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio que ofrece, la que como mínimo debe considerar las Especificaciones Técnicas solicitadas por el Servicio de Evaluación Ambiental, de acuerdo con las Bases Técnicas.
10.3. Consultas y aclaraciones.
Los interesados podrán formular consultas y pedir aclaraciones sobre las Bases Administrativas y las Bases Técnicas, solamente a través del foro electrónico que se canalizará a través del sitio www.mercadopublico.cl, las respuestas a estas se colocarán en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, sin indicar el autor de las mismas.
Las respuestas y aclaraciones a las bases y especificaciones se efectuarán a través del mismo sitio Web, a través del foro de consultas que se responderán en la fecha publicada en el portal Mercado Público.
Las aclaraciones y respuestas formarán parte integrante de las presentes bases, aun cuando el oferente no hubiere formulado consulta alguna, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de ellas. El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), podrá efectuar toda aclaración o precisión a las bases que estime pertinentes.
10.4. Visita inspectiva obligatoria.
Será obligatoria para los proponentes asistir a la visita a terreno el día y en la hora señalada en el calendario de la licitación (anexo N°7). La visita se efectuará en las siguientes dependencias:
Horario:
▪ Dirección Ejecutiva del SEA, Huerfanos N° 670, comuna de Santiago, pisos 13, 14, 15 y 16 lado sur a las 10:00 hrs.
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Los costos involucrados en estas visitas deberán ser asumidos por los oferentes.
Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de ser rechazada por el Servicio de Evaluación Ambiental.
Si un oferente no se encuentra registrado en el acta de quienes acudieron a la visita inspectiva, su oferta será declarada inadmisible.
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11° Solicitud de Antecedentes omitidos en la presentación de la oferta. |
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Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes administrativos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del Sistema de Informaciones del Portal Mercado Público. El SEA no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma. Lo anterior, sin perjuicio del criterio de evaluación “Presentación oportuna de antecedentes”.
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12° De la Vigencia de las Ofertas. |
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12.1. Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 60 (sesenta) días corridos, a contar del acto de apertura de las ofertas. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto.
12.2. Si, dentro de este plazo, no es posible efectuar la adjudicación al oferente cuya oferta haya obtenido la mejor calificación en la evaluación, el Servicio de Evaluación Ambiental se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia por hasta 30 días corridos e informar en el Sistema de Información la respectiva justificación.
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13° Modificación de las Bases. |
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Las Bases Administrativas y las Bases Técnicas, podrán ser modificadas previa dictación de una resolución fundada totalmente tramitada, antes del cierre de la recepción de las
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ofertas, la cual será publicada en el Portal, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. Las consultas y aclaraciones se efectuarán en las fechas establecidas en el calendario de licitación.
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14° Apertura de las Ofertas. |
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14.1. La apertura electrónica de las ofertas se efectuará por el/la Encargado/a del proceso, el día y hora señalados en el calendario de licitación.
14.2. Solo se procederá evaluar las ofertas técnicas y económicas de los proponentes que se hayan presentado en tiempo y forma. Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del Portal, o aquellas que no se acompañen en tiempo y forma, serán declaradas inadmisibles.
Lo anterior, no obsta a que cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, invalide aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases.
14.3. Sólo serán evaluadas las ofertas de aquellos proveedores que hayan dado cumplimiento a lo requerido en el punto 10 y 11 de las presentes Bases Administrativas y la entrega de oferta técnica en un archivo en formato Word, Excel, PDF o archivo compatible con sistema Microsoft Office, que contenga la descripción detallada del servicio que ofrece, la que como mínimo debe considerar las Especificaciones Técnicas solicitadas por el Servicio de Evaluación Ambiental, de acuerdo a las Bases Técnicas, y la asistencia a la visita inspectiva obligatoria.
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15° Evaluación y Selección de las Ofertas. |
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15°
Evaluación y Selección de las Ofertas.
15.1. Comisión de Evaluación.
Las ofertas serán evaluadas y calificadas por una comisión de evaluación conformada por tres funcionarios/as de planta o a contrata, uno de la División Jurídica, y dos de la División de Administración y Finanzas, designados en el presente acto administrativo.
En caso de que alguno de los integrantes de la Comisión Evaluadora, se inhabilite para pertenecer a esta Comisión o no esté presente al momento de la evaluación, se asignará este rol a un funcionario de la misma División, a contrata o planta, que el Jefe de la
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respectiva División proponga, lo que se formalizará por un acto administrativo evacuado por el Jefe de la División de Administración y Finanzas del SEA.
De acuerdo al artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886, las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés. Son motivos de abstención los siguientes:
1. Tener interés en los términos indicados por el inciso tercero del artículo 44 de la ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.
2. Incurrir en alguno de los motivos de abstención a que se refiere el artículo 12 de la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos ue rigen los actos de los organismos de la Administración del Estado. En este caso, se considerará que existe un interés personal también cuando lo tenga el conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.
3. Haberse desempeñado en los últimos veinticuatro meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión.
Se entenderán también comprendidas dentro de esta causal aquellas entidades que formen parte de un mismo grupo empresarial, como matrices, filiales o coligadas, en los términos definidos en el artículo 96 de la ley N° 18.045, de Mercado de Valores.
4. Haber emitido opinión, por cualquier medio, sobre un procedimiento de contratación en curso y cuya resolución se encuentre pendiente.
5. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
Esta Comisión será la encargada de estudiar, analizar, ponderar y evaluar, las ofertas que los oferentes presenten, emitiendo un informe en el cual se deberá indicar las ofertas que deben declararse inadmisibles y su fundamento, el cuadro comparativo de evaluación de las ofertas admisibles y la sugerencia o propuesta de la adjudicación de la licitación al
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oferente que presente la oferta más conveniente, o bien la propuesta que la misma se declare desierta porque las ofertas no resultan convenientes a los intereses del Servicio de Evaluación Ambiental.
La Comisión Evaluadora estará sujeta a lo establecido en el número 7 del artículo 4° de la Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, la cual establece: “Son también sujetos pasivos de esta ley, aquellas autoridades y funcionarios que se indican a continuación: 7) […] se considerarán sujetos pasivos de esta ley los integrantes de las Comisiones Evaluadoras formadas en el marco de la ley Nº 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones.”
15.2. Evaluación formal, técnica y económica.
La evaluación de la propuesta técnica y económica se realizará en una etapa y estará a cargo de la Comisión Evaluadora, que procederá a evaluar formal, técnica y económicamente. Sólo serán evaluadas las ofertas de aquellos proveedores que hayan dado cumplimiento a lo requerido en el punto 10 y 11 de las presentes Bases Administrativas y la entrega de oferta técnica en un archivo en formato Word, Excel, PDF o archivo compatible con sistema Microsoft Office, que contenga la descripción detallada del servicio que ofrece, la que como mínimo debe considerar las Especificaciones Técnicas y la asistencia a la visita inspectiva.
La Comisión de Evaluación, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá solicitar aclaraciones a los proveedores a través del foro del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando éstas no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
La propuesta técnica deberá describir y proponer, para cada uno de los objetivos y actividades, la forma en cómo será abordada, a objeto de poder evaluar técnicamente las propuestas.
Se requiere un puntaje promedio mínimo 65 puntos ponderados (números enteros) para adjudicar la propuesta.
15.2.1. Criterios de Evaluación.
Los criterios de evaluación de las ofertas, los puntajes y las ponderaciones que se asignarán a cada uno de ellos, serán los siguientes para cada producto ofertado:
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Criterio de evaluación Ponderación Observaciones
Precio de la propuesta
60%
Se evaluará en base a la oferta económica de las propuestas. Los aspectos económicos se evaluarán considerando la fórmula de (costo mínimo ofertado/precio de la oferta evaluada) *100.
La evaluación de este criterio se realizará en función de lo señalado en el Anexo N°2.
Experiencia de la empresa
20%
Se evaluará en base a la cantidad de contratos, el que será calculado sobre la base de la cantidad de contratos de “Servicios de Mantenciones Preventivas y Correctivas de equipos de Aire Acondicionado”.
Se considerarán únicamente los trabajos (contratos) efectuados en los últimos 36 meses.
La evaluación de este criterio se realizará en función de lo señalado en el Anexo N° 03, y los medios de verificación correspondientes.
Garantía de trabajo
10%
Se evaluará en base a la garantía ofertada por concepto de mantención preventiva y correctiva de los trabajos realizados, una vez estos hayan sido recibidos conforme mediante el correspondiente informe de la contraparte técnica del Servicio.
La evaluación de este criterio se realizará en función de lo señalado en el Anexo N° 04
Criterio
Sustentabilidad
5%
Para evaluar este criterio se considerará el cuadro de la letra e) de los criterios de evaluación.
La evaluación de este criterio se realizará en función de lo establecido en el Anexo N° 05
Presentación oportuna de antecedentes
5%
Para evaluar este criterio se considerará la letra f) de los criterios de evaluación.
a)
Precio de la Propuesta (60%)
La evaluación económica se realizará considerando la fórmula de (costo mínimo ofertado/precio de la oferta evaluada) *100, donde el puntaje máximo será de 100 puntos.
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Así, la propuesta de menor precio obtendrá el puntaje máximo indicado, y para el resto de las propuestas, se evaluará de la siguiente forma en cada servicio:
b)
Experiencia de la Empresa (20%)
El criterio experiencia será evaluado en base al número de contratos que informe y adjunte la empresa, el que será calculado sobre la base de la cantidad de contratos de “Servicios de Mantenciones Preventivas y Correctivas de equipos de Aire Acondicionado”, en otras empresas y/o Servicios Públicos, adjuntando contratos de servicios; órdenes de compra y/o certificados de acreditación de experiencia en los últimos 36 meses, las cuales serán requisito para poder ser evaluadas.
Las prórrogas de contratos para servicios prestados no serán consideradass para la evaluación, solo se considerará el contrato inicial.
El puntaje asignado se otorgará de acuerdo con la siguiente tabla:
Criterio de Evaluación.
Descripción del criterio de evaluación
Pond.
Criterio de Evaluación/Puntaje.
Experiencia
de la
Empresa.
Anexo N° 3
La asignación de puntaje en este criterio se hará
20%
Acredita más de 10 contratos: 100 puntos.
Acredita entre 5 y 9 contratos: 65 puntos. Criterio de Evaluación. Criterio de Evaluación u Observación. Ponderación. Puntaje.
Precio de la propuesta.
Se evaluará en base a la oferta económica de las propuestas señalada en el Anexo N°2.
60%
Aporte al puntaje final = (costo mínimo servicio ofertado/precio servicio de la oferta evaluada) *100.
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en función de la experiencia acreditada.
Acredita entre 1 a 4 contratos en el rubro:
25 puntos.
No acredita contratos: 0 puntos
c)
Garantía del Trabajo (10%)
Para este criterio se considerará una garantía en mantención preventiva no inferior a 3 meses y en mantención correctiva no inferior a 6 meses, una vez se hayan recibido conforme los trabajos ejecutados mediante la emisión del informe respectivo, donde el puntaje máximo será de 100 puntos. Así, la propuesta de mayor garantía tendrá el mayor puntaje, y para el resto de las propuestas, se evaluará de la siguiente forma:
Criterio de Evaluación. Criterio de Evaluación u Observación. Ponderación. Criterio de Evaluación/Puntaje.
Garantía del Trabajo.
Anexo N° 4
Se evaluará en base a la entrega de garantía de los trabajos de mantención preventiva y correctiva entregada en meses.
(10%)
Aporte al puntaje final = (garantía de la oferta evaluada /garantía mayor ofertada) *100.
d)
Criterios de sustentabilidad e integridad (5%).
El criterio Sustentabilidad se evaluará considerando el siguiente cuadro, presentado por el Oferente mediante Anexo N°5, “Criterios de Sustentabilidad e Integridad”:
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A) Impacto Medioambiental (2%) Marcar con una X, la opción que corresponda
Certificación Norma ISO 14001, vigente
SI ____
NO ____
Se cuenta con convenio de reciclaje (papel, latas y/o vidrio) con la empresa………….., vigente hasta………
SI ____
NO ____
Se cuenta con convenio de reciclaje de desechos tecnológicos (Computadores, impresoras, baterías, tóner y/o cartuchos de tinta), con la empresa……………., vigente hasta……..
SI ____
NO ____ Evaluación Puntaje
Tres condiciones.
100
Dos condiciones.
66
Una condición.
33
No presenta condiciones.
1
No presenta este anexo o medios de verificación.
0
B) Políticas de Empleo y Remuneraciones (2%) Marcar con una X, la opción que corresponda
Políticas de reajustabilidad de las remuneraciones. (Firmada y difundida al personal)
SI ____
NO ____
Política de capacitación laboral. (Firmada y difundida al personal)
SI ____
NO ____
Contratación de personas en situación de discapacidad acreditados mediante certificado de COMPIN, certificado de Registro Civil o Credencial de discapacidad.
SI ____
NO ____
Mayor cantidad de mujeres contratadas que hombres.
SI ____
NO ____ Evaluación Puntaje
Cuatro condiciones laborales y/o remuneraciones.
100
Tres condiciones laborales y/o remuneraciones.
75
Dos condiciones laborales y/o remuneraciones.
50
Una condición laboral y/o remuneracional.
25
No presenta condiciones.
1
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B) Políticas de Empleo y Remuneraciones (2%) Marcar con una X, la opción que corresponda
No presenta este anexo o medios de verificación.
0
C) Programa o acciones de Integridad (1%) Marcar con una X, la opción que corresponda
Existencia de Programa de Integridad conocido por el personal (debe adjuntarlo y acompañar medio de difusión)
SI ____
NO ____
Capacitación en materias de integridad (certificaciones de quién las tenga al interior de la organización)
SI ____
NO ____
Política o procedimientos que aborden riesgos de integridad o códigos de ética conocido (s) por el personal (debe adjuntarlo y acompañar medio de difusión)
SI ____
NO ____
Acciones de concientización para la mantención de estándares éticos y de transparencia (adjuntar lista de asistencia y temas tratados)
SI ____
NO ____ Evaluación Puntaje
Cuatro
100
Tres condiciones
75
Dos condiciones
50
Una condición
25
No presenta.
1
No presenta este anexo o medios de verificación.
0
Las condiciones en el ámbito de Integridad que debe demostrar el proveedor, corresponden a acciones que ha desarrollado en su empresa que promuevan una cultura organizacional que valore la integridad, la ética y la transparencia en todos los niveles de la organización. Esto puede incluir reconocer y recompensar comportamientos éticos, así como establecer canales de comunicación seguros para informar sobre posibles violaciones de integridad.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
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Para la evaluación de este criterio, se deben acompañar los medios de verificación que acrediten cada condición. Para ello, es importante que se acompañen documentos debidamente firmados por la empresa oferente o por el tercero acreditador o prestador de un servicio (por ejemplo, un convenio de reciclaje). En los reglamentos y/o políticas que corresponda se debe acompañar, además, el medio de prueba de su difusión o concientización al interior de la organización (correos internos con la difusión de la política, documentos firmados por los colaboradores con la recepción de los documentos difundidos al interior de la organización).
La no presentación del Anexo N°5 o de los medios de verificación respectivos, se evaluará con puntaje cero.
e)
Presentación oportuna de antecedentes (5%).
En este criterio se evaluará según el siguiente cuadro: Presentación de antecedentes Puntaje
Presenta la totalidad de los antecedentes antes del cierre de las ofertas.
100 puntos.
No presenta la totalidad de los antecedentes antes del cierre de las ofertas, pero subsana dentro de plazo otorgado para ello en foro inverso.
50 puntos.
No presenta la totalidad de los antecedentes, requeridos en el foro inverso, dentro del plazo otorgado para subsanar errores u omisiones formales.
0 puntos.
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de esta y acompañando todos los antecedentes requeridos en la cláusula 10° “Instrucciones para la Presentación de las Ofertas” antes del cierre de presentación de oferta obtendrá 100 puntos.
Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en la cláusula 11° Solicitud de Antecedentes omitidos en la presentación de la oferta, resultando subsanadas correctamente en el plazo indicado, obtendrá 50 puntos asignados al criterio.
Por último, si el oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o no adjunta las certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo
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hace fuera del plazo indicado, de acuerdo a lo requerido en el foro inverso, obtendrá 0 puntos en este criterio.
La responsabilidad de revisar y responder adecuada y oportunamente las solicitudes de antecedentes omitidos o aclaraciones disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes. Cabe indicar que no se puede corregir o complementar lo que se respondió en primera instancia a través de dicho sistema de aclaraciones.
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16° Resolución de empates. |
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16.1. En caso de existir un empate en la evaluación de las propuestas, es decir, que una vez considerados cada uno de los criterios de evaluación dos o más oferentes obtengan el mismo puntaje final, se utilizarán los siguientes criterios de desempate, en el siguiente orden:
a)
Se adjudicará al oferente para cuya representación legal se haya designado a una mujer o bien que en su constitución exista una participación social predominantemente femenina (igual o superior a un 50%).
b)
Si no es posible aplicar el criterio de desempate anteriormente enunciado se adjudicará al oferente que obtenga el mejor precio de la propuesta.
16.2. De mantenerse el empate, el desempate se determinará por quien haya obtenido el mayor puntaje en los criterios “Criterio de sustentabilidad e integridad” y “Presentación oportuna de antecedentes”, en el estricto orden señalado.
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17° De la adjudicación. |
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17.1. La Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, previa evaluación de todas las ofertas aceptadas solo adjudicará la licitación si alguna de las ofertas evaluadas obtiene en la evaluación un puntaje igual o superior a 65 puntos promedio (número entero), considerando para ello todos los criterios de evaluación, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes Bases de Licitación y que cumplan con los requerimientos mínimos de las bases técnicas.
17.2. El Servicio de Evaluación Ambiental no estará obligado a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor precio. Mediante resolución fundada, en conformidad al
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artículo 9° de la ley N°19.886, podrá considerar inadmisibles las ofertas cuando éstas no reúnan los requisitos establecidos en estas bases administrativas, bases técnicas, anexos, modificaciones a las bases y preguntas, respuestas y aclaraciones, pudiendo declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la Institución.
17.3 La Adjudicación se materializará a través de una Resolución del Servicio de Evaluación Ambiental, previa recepción del informe de la Comisión de Evaluación.
17.4 En el caso de que el SEA no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes Bases de licitación, aquélla informará a través del Sistema http://www.mercadopublico.cl dicho cambio, justificando la imposibilidad de cumplir con el plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 58, del Reglamento de la Ley N°19.886.
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18° De la notificación de la adjudicación. |
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El Servicio de Evaluación Ambiental publicará la resolución de adjudicación de la licitación en el Portal en la fecha indicada en el calendario de la licitación. La resolución de adjudicación de la licitación se entenderá notificada luego de transcurridas 24 horas, contadas desde la publicación de esta Resolución en el Portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.
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19° Suscripción del Contrato. |
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19.1.- Formalización de la contratación, se suscribirá un contrato por escritura privada, mediante el cual el adjudicatario se comprometerá a la entrega de los servicios especificados en la oferta adjudicada, sin perjuicio de los demás documentos y antecedentes que se incorporen en el proceso de contratación.
Dicho contrato regirá por un periodo desde la fecha de adjudicación y hasta el 31 de diciembre del 2026; para el caso de la mantención preventiva serán 4 veces al año, los que se definirán con el oferente y para el caso de la correctiva, deberá calzar con la primera mantención preventiva. Su firma se realizará en las oficinas del Departamento de Compras
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y Servicios Generales del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicadas en calle Huérfanos #670, piso 16 de la ciudad y comuna de Santiago o en su defecto de la forma establecida en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El plazo para firmar el contrato será de 20 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación al proveedor, plazo en el cual, además, deberá presentar condiciones laborales, y los antecedentes requeridos en el punto 19.2 de estas bases.
De no entregar el contrato firmado dentro de este plazo, el Servicio de Evaluación Ambiental podrá dejar sin efecto dicha adjudicación y adjudicar la licitación al postulante que hubiere ocupado el segundo lugar en la evaluación, y así sucesivamente, o declarar desierta la licitación, sin derecho a indemnización alguna.
El contrato podrá incorporar como anexos la oferta técnica del proveedor adjudicado y otros documentos en se entregan las condiciones técnicas del servicio, las cuales regirán en todo aquello que no se contraponga a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas ni a los intereses del SEA.
19.2.- Antecedentes Legales para poder ser contratado, el oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores, al momento de celebrar el respectivo contrato con el SEA. Adicionalmente, deberá presentar: antes de la suscripción del contrato los siguientes documentos:
Persona Natural:
- Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente.
- Certificado de deuda tributaria de la persona, emitido por la Tesorería General de la República, o en su defecto, el respectivo Certificado del Registro de Proveedores.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo, o en su defecto, el respectivo Certificado del Registro de Proveedores.
Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar los pagos que se generen durante la ejecución contractual. Asimismo, esta declaración deberá renovarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de esta. En el evento que el oferente adjudicado declare que si registra saldos insolutos de
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remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
Persona Jurídica:
- Fotocopia del Rol Único Tributario de la persona jurídica, o en su defecto, el respectivo Certificado del Registro de Proveedores.
- Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal del oferente. - Certificado de deuda de la persona jurídica, emitido por Tesorería General de la República, o en su defecto, el respectivo Certificado del Registro de Proveedores.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo, o en su defecto, el respectivo Certificado del Registro de Proveedores
- Certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no superior a 6 meses, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
- Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 6 meses, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
- En el evento que el oferente adjudicado declare que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden o incluyen a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años.
Para suscribir el contrato definitivo, los documentos que acrediten la constitución, las eventuales modificaciones, la inscripción en extracto de la constitución y de las
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modificaciones, de la sociedad o compañía adjudicataria, sea en los libros notariales o en los competentes registros conservatorios, como asimismo, los documentos en que consten los poderes de quien contrate en nombre y representación de esta compañía, y su vigencia, deberán ser presentados en fotocopia autorizada del original, con una vigencia no superior a seis meses, contados desde la fecha de suscripción del respectivo contrato.
Uniones Temporales de Proveedores (UTP):
- Las UTP deben regirse por lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras, tanto para su constitución, para la celebración del contrato y ejecución del mismo.
- Cada integrante de la UTP deber· presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
- El apoderado de la UTP debe corresponder a un integrante de la misma, ya sea persona natural o jurídica. Aquel integrante que se designe como mandatario de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Ley N°19.886. En el caso que el apoderado sea una persona jurídica, ésta deberá actuar a través de su representante legal para ejercer sus facultades.
- Al momento de la suscripción del contrato, la UTP deberá informar quién de sus integrantes será el emisor del documento tributario de cobro.
Observaciones a los Antecedentes Legales.
1.- Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado y/o, en definitiva, cualquier impedimento que implique la no suscripción del contrato en los plazos establecidos en estas bases, se considerará que desiste de la adjudicación, salvo que el incumplimiento de lo señalado en el plazo establecido no fuese imputable al adjudicatario, facultando a la entidad licitante para readjudicar la licitación.
2.- Todos los proveedores deben cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases y en sus documentos anexos, que forman parte integrante de las mismas.
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3.- En el caso de los proveedores inscritos en el Registro de Proveedores, se entenderán acompañados los documentos legales que hayan sido subidos al portal https://www.chilecompra.cl/registro-de-proveedores/
4.- Si el oferente es una persona jurídica los documentos y los certificados que emita el Conservador de Bienes Raíces competente deberán tener una antigüedad no superior a seis meses, contados hacia atrás, desde la fecha de la resolución que adjudica el contrato.
5.- Si un oferente formula o presenta su oferta a través de un mandatario, el respectivo mandato o poder de representación, deberá constar por escritura pública.
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20° Modificación y Término anticipado del contrato. |
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20.1. Modificación del contrato.
Las partes de común acuerdo, mediante resolución fundada debidamente tramitada, podrán modificar el contrato. La fecha de entrega de los productos y/o servicios y con ello la cláusula referente al respectivo pago, se podrán modificar siempre y cuando, de existir retrasos en la entrega de dichos productos y/o servicios, estos no se deban a causas imputables al proveedor.
La modificación del contrato no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza, objeto o elementos esenciales, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo. Asimismo, si fuere procedente, deberá contarse con el certificado de disponibilidad presupuestaria. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente consensuadas.
20.2. Aumento o disminución.
El Servicio de Evaluación Ambiental, en casos fundados y por razones de buen servicio, podrá modificar los requerimientos contractuales, ampliándolos o disminuyéndolos de acuerdo con las necesidades institucionales y disponibilidades presupuestarias, hasta en un 30% del valor total del contrato, debiendo realizarse los correspondientes ajustes de precios. Estas modificaciones no podrán alterar la esencia de las prestaciones contratadas. Las modificaciones o ajustes serán solicitados por la contraparte técnica.
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Estas modificaciones o ampliaciones deberán aprobarse por acto administrativo totalmente tramitado. Según sea el caso, se deberá contar con la respectiva autorización presupuestaria previa para el aumento, o bien rebajarse el menor gasto que irrogará la disminución.
20.3. Término anticipado del contrato y procedimiento para aplicación de dicha medida.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 bis, de la Ley Nº19.886, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental SEA podrá poner término anticipado al contrato por una o más de las causales que se indican a continuación:
a)
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
b)
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad. Se considerarán situaciones de incumplimiento grave:
b.1.) Si el proveedor no destina recursos materiales o humanos suficientes para el normal desarrollo del servicio, en términos que se haga difícil o imposible la ejecución de lo pactado dentro del plazo estipulado, lo que será evaluado por la contraparte técnica del SEA.
b.2.) Si el proveedor no inicia el trabajo oportunamente o lo paraliza sin causa justificada.
b.3.) Si el proveedor no acata las instrucciones que imparta el Servicio de Evaluación Ambiental, en conformidad con las facultades que le otorgan las Bases Técnicas y Administrativas.
b.4.) Si las multas a que se refiere la cláusula N°22 sobrepasan el 30% del monto total del contrato.
b.5.) Los demás casos contemplados en las Bases Técnicas de esta licitación.
c)
Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Este numeral es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación
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de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.
d)
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e)
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f)
Si se disuelve la empresa adjudicada, o la UTP adjudicada o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada.
g)
En caso de incumplimiento de la cláusula N°27 “Confidencialidad” de estas bases de licitación.
h)
Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.
i)
La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose, a consecuencia de ello, en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes.
j)
Si se impusiere al proveedor la medida de inhabilitación para contratar con el Estado, en los términos previsto en la ley N°21.595 de Delitos Económicos. Esta causal de término anticipado de convenio marco también será aplicable a los proveedores personas jurídicas, sociedades, corporaciones o fundaciones que mantengan entre sus socios, accionistas, miembros o partícipes con poder de influir en la administración a personas naturales condenadas a la medida de inhabilitación de contratar con el Estado de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la ley N°21.595.
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En todo caso, el Servicio de Evaluación Ambiental, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, en los casos de terminación del contrato por causa imputable al proveedor (casos contemplados en las letras b), c), e), j), h) e i) precedentes).
El término anticipado del contrato definitivo se decretará mediante resolución fundada de la directora ejecutiva del SEA, que se publicará en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el SEA proceder al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la de la letra a), procederá el siguiente procedimiento:
i.
Detectada una situación que el término anticipado del contrato (por alguna causal distinta de la establecida en la letra a), el administrador del respectivo contrato, designado por el SEA, notificará al proveedor adjudicado, mediante el correo electrónico que indique en el contrato, o en su defecto, personalmente o a través de carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
ii.
A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para acompañar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición, mediante correo electrónico dirigido al administrador del contrato, o bien, a través de la Oficina de Partes del SEA.
iii.
Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada del SEA, la que deberá ser notificada al proveedor del modo indicado en el numeral i).
iv.
Si el adjudicatario ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SEA podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La
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indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado de la misma forma indicada en el numeral i).
v.
Recurso de Reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada, en la forma dispuesta en el numeral i), para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El SEA tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución del recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva medida.
vi.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado.
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21° Presupuesto y forma de pago |
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21.1. Presupuesto.
Para esta licitación pública el Servicio de Evaluación Ambiental cuenta con un presupuesto máximo estimado de:
Presupuesto disponible Monto
Servicio de Mantención Preventiva y Correctiva de los Equipos de Climatización del SEA
$16.900.000 (dieciséis millones, novecientos mil pesos) impuestos incluidos.
Los que deberán imputarse a las partidas correspondientes del presupuesto vigente del SEA.
En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.
21.2. Modalidad de pago
Para este servicio se ha estimado un monto máximo disponible anual de hasta $16.900.000 (dieciséis millones, novecientos mil pesos) impuestos incluido. En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.
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La oferta debe venir detallada en sus condiciones comerciales especificando, para cada caso, el valor neto y el valor bruto (impuestos incluidos) y detallar que servicios son exentos. Debe incluir el precio total de la oferta, en dólares, consignando por separado toda clase de tributos, impuestos o derechos que le afecten.
La forma de pago será en cuatro cuotas iguales, correspondiendo a cada vez que se realice el trabajo correspondiente.
Una vez recibido en conformidad la documentación para el pago, las facturas deberán ser enviadas por el proveedor en formato XML a la siguiente casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com, para su recepción electrónica.
El Servicio procederá a efectuar el pago que corresponda, dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación de la factura respectiva.
La factura deberá ser extendida a:
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Nombre: Servicio de Evaluación Ambiental
-
RUT: 72.443.600-5
-
Giro: Servicio público
-
Domicilio: Huérfanos N°670, piso 16°, Santiago, Región Metropolitana.
En el caso que la empresa que celebre el respectivo contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Servicio de Evaluación Ambiental SEA exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato y hacer efectiva las multas señaladas en las presentes bases, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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22° Multas y Procedimiento de Cobro. |
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22.1. En el caso que el proveedor contratado no cumpla con la entrega de los productos y/o servicios convenidos en las presentes bases, o con el nivel de calidad que satisfaga las exigencias contenidas en las bases técnicas, sin causa justificada, a consideración del Servicio de Evaluación Ambiental, éste quedará facultado para cobrar la siguiente multa:
- El Servicio de Evaluación Ambiental quedará facultado para cobrar una multa por cada día de atraso en la ejecución de los trabajos, equivalente al 0,3% del monto total del contrato. A contar de los 10 días de atraso, la multa diaria corresponderá al 1% del monto total del contrato
22.3. Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato con impuestos incluidos. En caso de que se supere el 10%, se configurará una causal de término anticipado del contrato.
22.3. Las multas se aplicarán siempre que el impedimento no haya sido como consecuencia de caso fortuito o de fuerza mayor.
22.4. Estas multas se aplicarán conforme al siguiente procedimiento:
i.
Corresponderá a la Contraparte Técnica calificar si corresponde aplicar una multa al proveedor, lo cual se notificará por carta certificada, o personalmente, para que, dentro del quinto día hábil después de notificado, el proveedor formule sus descargos.
ii.
Vencido el plazo antes señalado, con o sin los descargos del proveedor, el Servicio de Evaluación Ambiental resolverá, por medio de resolución fundada, previo informe de la contraparte técnica.
iii.
Una vez notificado el proveedor de la resolución, éste tendrá un plazo de 5 días para interponer un recurso de reposición ante la misma autoridad administrativa.
iv.
En caso de darse por acreditado el incumplimiento señalado en los puntos anteriores, y optarse por sancionar al proveedor con multa, el mandante, mediante resolución fundada, aplicará el porcentaje correspondiente a la multa, haciéndola efectiva en el estado de pago más próximo a la fecha de detección de la infracción.
Con todo, las multas antes referidas, no podrán superar el 10% del monto total del contrato, en caso de hacerlo, se pondrá término anticipado al mismo.
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23° Supervisión administrativa del servicio y contraparte técnica |
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23.1. Supervisión administrativa del servicio.
La supervisión administrativa del servicio estará a cargo del Departamento de Compras y Servicios Generales de la División Administración y Finanzas del Servicio de Evaluación Ambiental.
23.2. Contraparte Técnica.
La contraparte técnica del contrato estará a cargo de la Encargada de Unidad de Servicios Generales del Departamento de Compras y Servicios Generales de la División de Administración y Finanzas del Servicio de Evaluación Ambiental. No obstante, la jefatura de dicha División podrá cambiar la contraparte técnica si lo estima conveniente, quien tendrá las funciones y atribuciones que se dispongan en las presentes bases, siendo principalmente las siguientes:
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Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el cumplimiento de sus objetivos y plazos establecidos.
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Proporcionar la información necesaria para la prestación a la entidad que se adjudique el servicio.
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Revisar y aprobar la entrega de los informes en forma previa al pago.
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Solicitar a la autoridad competente la aplicación de multas en caso de incumplimiento.
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Evaluar al proveedor al término del servicio.
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24° Evaluación de proveedores. |
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24.1. Al término del servicio, la contraparte técnica del Servicio de Evaluación Ambiental deberá evaluar el comportamiento que haya tenido el proveedor contratado. Esta evaluación será ingresada al portal Mercado Público por la Unidad de Adquisiciones, en forma previa al pago.
24.2. Los proveedores que no tengan un buen comportamiento durante el periodo adjudicado en el servicio de postventa, serán mal evaluados por su contraparte técnica del SEA, lo que se tendrá en consideración en las evaluaciones de sus futuras postulaciones a licitaciones del Servicio de Evaluación Ambiental.
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25° Prohibición de cesión de derechos. |
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El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nazcan del desarrollo de la presente licitación.
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26° Cesión de contrato y Subcontratación. |
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26.1. El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el SEA. Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.
26.2. El proveedor no podrá subcontratar totalmente los servicios licitados. Previa autorización del SEA, el proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado. El proveedor contratado será el único responsable ante el SEA de que todos los productos y servicios considerados en esta licitación sean entregados de acuerdo a lo solicitado.
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27° Confidencialidad. |
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27.1. El oferente seleccionado deberá guardar confidencialidad respecto de los antecedentes e información que se sometan a su consideración, así como de todos los antecedentes e información producida, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento del Servicio de Evaluación Ambiental.
27.2. El Adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, o consultores.
27.3. El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el SEA el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes. La divulgación, por cualquier
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medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, facultará al SEA para entablar en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.
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28° Acuerdos Operativos. |
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Las presentes bases contemplan la posibilidad que el proveedor y la contraparte técnica del Servicio, puedan establecer, de común acuerdo, uno o más acuerdos operativos, los cuales tendrán por finalidad definir plazos para el cumplimiento de etapas específicas contenidas y acordar fechas específicas para etapas o hitos relevantes de orden administrativo, operativo y/o técnico que se encuentren dentro del marco contractual.
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29° Propiedad Intelectual y Tratamiento de Datos. |
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29.1. Todos los productos susceptibles de protección bajo las normas de propiedad intelectual corresponderán al Servicio siendo por ende propiedad del Estado de Chile, en especial; los productos, análisis, estudios secundarios derivados de la ejecución del trabajo solicitado, pasarán a propiedad del Estado de Chile. Su utilización deberá ser autorizada por el Servicio de Evaluación Ambiental.
29.2. Toda la información asociada a este servicio deberá ser entregada al SEA, junto con sus respectivas referencias bibliográficas, si las hubiere.
29.3. Además, el/la proveedor/a deberá renunciar expresamente a cualquier pretensión de derechos de propiedad intelectual sobre todo o de una parte de lo que desarrolle, que pudiere existir o derivarse de esta contratación.
29.4. En lo que respecta al tratamiento de datos personales que el contratista deba o pueda llegar a tratar a causa de los trabajos encomendados, lo hará bajo las instrucciones de la contraparte técnica, guardando las debidas reservas y quedándole expresamente prohibido su utilización total o parcial para fines distintos.
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30° Resolución de Conflictos. |
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En la eventualidad que en el curso del servicio se produjeran discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la prestación de los servicios de esta consultoría, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando el tema en controversia, aparezca mencionado primero en la lista indicada a continuación:
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Bases de Licitación.
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Propuesta Técnica.
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Contrato.
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BASES TECNICAS SERVICIO DE MANTENCIÓN PREVENTIVA Y CORRECTIVA DE LOS EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN DEL SEA |
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nuemrales del 1 al 4
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1. JUSTIFICACIÓN |
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El Servicio de Evaluación Ambiental, requiere para el buen desarrollo de sus actividades diarias la mantención preventiva y correctiva de los equipos de climatización de las dependencias de SEA, ubicadas en la calle Huérfanos N°670, pisos 13,14,15 y 16 sur. Este servicio contribuirá a asegurar un mejor rendimiento de la climatización, mejorando el bienestar de los funcionarios/as, permitiéndoles realizar su trabajo en óptimas condiciones físico-ambientales.
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2. OBJETIVO GENERAL |
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El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), requiere contar con las condiciones de climatización en las oficinas o espacios cerrados; que permitan su bienestar durante el desempeño de sus labores de los/as funcionarios/as del SEA.
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3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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3.1. Mantención Preventiva:
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Se realizará mantención preventiva a todos los equipos de aire acondicionados de los pisos 13,14,15 y 16 sur, según detalle en la tabla (anexo N° 6 Especificaciones Técnicas):
Piso
Unidad
Equipos
Marca
13
22
VRV
LG
14
22
VRV
LG
15
22
VRV
LG
16 SUR
11
VRV
LG
3.2 Consideraciones
•
Mantención preventiva:
•
Lavado de filtro
•
Reapriete eléctrico
•
Limpieza general
•
Lubricación de bujes y rodamientos del motor.
•
Revisión del sistema eléctrico
•
Limpieza y revisión de desagües.
•
Limpieza de motor
3.3 Toma de parámetros:
•
Temperatura de Inyección.
•
Temperatura de extracción (retorno).
•
Consumo eléctrico compresor/es.
•
Consumo eléctrico ventilador/es unidad interior.
•
Consumo eléctrico ventilador/es unidad exterior.
•
Voltaje de trabajo
•
Presión de Alta
•
Presión de baja.
3.4 Mantención Correctiva: a considerar:
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•
Cambio de rodamiento (28)
•
Cambio Motores de ventiladores (2)
•
Cambio de Termostatos (2)
•
Otros
3.5 Detalle de equipos por piso (mantención correctiva):
Piso
Unidad
Equipos
Descripción
13
04
VRV
Cambio de rodamientos (ventiladores)
14
15
VRV
Cambio de rodamientos (ventiladores)
14
02
VRV
Suministro e instalación de termostatos
14
01
VRV
Tapón de bandeja de desagüe
15
07
VRV
Cambio de rodamientos (ventiladores)
15
02
VRV
Suministro e instalación de Motores ventiladores
16 SUR
02
VRV
Cambio de rodamientos (ventiladores)
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4. VIGENCIA DEL SERVICIO |
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La vigencia del servicio será desde la fecha de adjudicación y hasta el 31 de diciembre, debiendo ejecutarse trabajos de mantención preventiva durante cuatro (4) veces en el año, cuyas fechas de ejecución serán definidos por el Servicio en conjunto con el oferente, y para el caso de la mantención correctiva, ésta deberá calzar con la primera mantención preventiva.
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