I.- BASES ADMINISTRATIVAS
1. LICITANTE:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Teatinos N° 40
Comuna : Santiago
Región : Metropolitana de Santiago.
2. ENCARGADO DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:
Nombre : Angélica Ríos Aburto.
Cargo : Encargada de Compras y Contrataciones
E-mail : angelica.rios@minagri.gob.cl.
Tipo de Adquisición : Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM
Tipo de Convocatoria : Abierta (LE)
Tipo de Adjudicación : Simple con emisión automática de orden de compra.
Moneda : Pesos
Etapas : Una Etapa
Línea de Producto : Una línea
Publicidad de las Ofertas : La Subsecretaría de Agricultura dispone en este acto, que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.
- SERVICIO SOLICITADO
3.1 Nombre de la adquisición : Servicio de higienización para las dependencias de la Subsecretaría de Agricultura.
3.2 Objetivo de la contratación : contar con un servicio de higienización para las dependencias de la Subsecretaría de Agricultura, que permita disponer de los servicios de instalación, reposición e higienización periódica en el edificio ministerial, ubicado en calle Teatinos N° 40, Santiago, contrato que tendrá una duración de 18 meses.
- NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por las siguientes normas:
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.
Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:
- Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
- Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
- Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Agricultura.
- Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
- Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
- La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.
- REQUISITOS PARA OFERTAR
5.1 Antecedentes Legales
Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:
a) Persona Jurídica
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia
iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).
- Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
b) Persona Natural
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.
ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
c) Personas Jurídicas Régimen simplificado:
Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Certificado de Estatuto Actualizado.
iv. Certificado de Vigencia.
v. Certificado de Anotaciones.
vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas del Estado, portal www.chileproveedores.cl, y que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Subsecretaría en los términos y condiciones que establezca el Servicio.
d) Unión Temporal de Proveedores (UTP):
En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 5 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.
Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.
Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración que, en caso de adjudicar, será requerida escritura pública al momento de la contratación, por tratarse de un servicio de más de 1.000 UTM.
Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.
En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.
La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.
Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 5, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.
Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.
Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:
-El Anexo N° 5 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que el o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.
- Debe constar la inscripción individual de proveedores de los integrantes de la Unión en Chileproveedores, al momento de la suscripción del contrato.
Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de la misma.
En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato.
5.2 Presentación de Anexos:
Quienes oferten, inscritos o no en Chileproveedores, debe suscribir la Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6 este último si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos.
Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
- PACTO DE INTEGRIDAD
Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, quien oferte acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.
3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes..
- PLAZOS DE LA LICITACIÓN
CRONOGRAMA:
a) Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.
b) Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.
c) Preguntas sobre las bases: estas se podrán realizar hasta las 18:00 horas del quinto día corrido, contados desde la fecha de publicación de las Bases de Licitación.
d) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 18:00 horas del día hábil siguiente al cierre del periodo para hacer consultas.
e) Visita a terreno: se realizará el quinto día corrido contado desde la publicación de las presentes bases de licitación a las 10:00 horas, contacto, Sr. Gabriel Sierra o quien lo reemplace en caso de ausencia, profesional de Apoyo del Departamento de Administración de la Subsecretaría de Agricultura. Dicha visita tiene carácter de obligatoria y se realizará en las dependencias del edificio ministerial, ubicadas en Teatinos 40, Santiago.
f) Fecha de Adjudicación: la adjudicación se realizará, en el plazo máximo que vence el décimo día hábil, contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas.
g) Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 2 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
h) Formalización del contrato: el contrato se entenderá formalizado con la emisión de la orden de compra y la suscripción del acuerdo entre las partes según lo establece el numeral 14 de las presentes bases de licitación. La Formalización del contrato debe llevarse a cabo durante los 5 días corridos siguientes a la fecha de la adjudicación.
i) Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.
- VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las propuestas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.
9. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
9.1 Comisión Evaluadora
Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la Subsecretaría de Agricultura.
La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las Bases de Licitación.
El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.
La Subsecretaría informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.
La comisión evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y sus debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del reglamento de la Ley N° 19.886.
En el marco de la Ley N° 20.730 los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la comisión evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada Ley de Lobby.
Quedará prohibido que el equipo integrante de la comisión conceda reuniones a terceros sobre materias vinculadas a la evaluación.
Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación de la licitación, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la evaluación en aquellas instancias previstas en las bases de licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.
Asimismo, en caso de ser necesario debido a la situación que acontece en el país por la pandemia de Coronavirus, la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros. De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.
9.2 Criterios de Evaluación
Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:
CRITERIO
|
PORCENTAJE
|
Precio
|
35%
|
Plazo de habilitación / implementación
|
25%
|
Experiencia de quien oferte
|
10%
|
Tiempo de respuesta
|
15%
|
Inclusión laboral y/o género
|
10%
|
Cumplimiento de requisitos formales
|
5%
|
Total
|
100%
|
9.3 Metodología de Cálculo
Para calcular los porcentajes obtenidos por los oferentes en cada uno de los criterios de evaluación, se utilizará la siguiente metodología:
a) Precio (35%)
Se valorará el precio ofertado en el Anexo N° 1, valor que se mantendrá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato y que debe ser expresado en pesos chilenos.
El puntaje para este criterio se asignará con base a la siguiente fórmula:
Oferta de menor monto : 100 puntos
Segunda oferta con menor monto : 90 puntos
Tercera oferta con menor monto : 70 puntos
Siguientes ofertas : 50 puntos
b) Plazos de habilitación / implementación (25%)
Se valorará la oferta que otorgue el menor plazo para la instalación, habilitación o implementación de artefactos y puesta en marcha del servicio. Completar la información en el Anexo N° 2.
Se realizará dividiendo el menor plazo ofertado (días hábiles), por el plazo de la oferta i, multiplicando el resultado por el % asignado al criterio específico, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i
Xi = Plazo de la oferta i
Xmin = Oferta de menor plazo.
% = Porcentaje asignado al criterio específico, ingresado como número entero (Ej. 65% se ingresa como 65).
c) Experiencia de quien oferte (10%)
Se valorará la mayor cantidad de experiencias declaradas y acreditadas en la ejecución de servicios de similar o análoga naturaleza de la licitada, para ello el proponente debe llenar el Anexo N° 4. La asignación del puntaje será de acuerdo con lo siguiente:
- Más de 5 experiencias : 100 puntos
- Entre 3 y 5 experiencias : 70 puntos
- 1 o 2 experiencias : 30 puntos
- Sin experiencia o no acredita experiencia : 0 puntos
El puntaje obtenido se ponderará por el porcentaje del criterio de evaluación.
Sólo se validarán las experiencias que correspondan a la prestación de servicios de similar o análoga naturaleza de la licitada, como: entiéndase similar servicios de higienización a través de los productos, dispositivos y equipos como los solicitados en la licitación, instalados en edificios públicos o privados con flujo diario de personas.
La acreditación de las experiencias sólo podrá ser validada ante la presentación de cualquiera de los siguientes documentos:
- Certificados de los mandantes que indiquen obligatoriamente lo siguiente:
- Identificación del mandante
- Identificación del proveedor/oferente
- Nombre del servicio licitado y/o contratado
- Fecha de la prestación del servicio
- Firma del mandante.
- Copia de contratos de prestación de servicios, en que se consigne al menos lo siguiente:
- Identificación del mandante
- Identificación del proveedor/oferente
- Nombre del servicio licitado y/o contratado
- Fecha de la prestación del servicio
- Firma de las partes.
Para efectos de esta evaluación las facturas u órdenes de compra no serán documentos de acreditación de experiencia, pudiendo acompañarse como antecedente adicional o complementario a cualquiera de las certificaciones mencionadas en los numerales 1 y 2 precedentes.
d) Tiempo de respuesta (15%)
Se valorará la oferta que otorgue el menor plazo en responder ante requerimientos por fallas y/o reposición de artefactos o insumos, de conformidad a lo establecido en las bases técnicas según corresponda. Completar la información en el Anexo N° 2.
El puntaje se asignará de acuerdo con lo siguiente:
Criterio:
|
Puntaje
|
Menos de 24 horas (considerando horarios hábiles), contados desde el contacto formal de la Subsecretaría, a través de la contraparte técnica.
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100
|
Entre 24 y 48 horas (considerando horarios hábiles), contados desde el contacto formal de la Subsecretaría, a través de la contraparte técnica.
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70
|
Más 48 horas (considerando horarios hábiles), contados desde el contacto formal de la Subsecretaría, a través de la contraparte técnica.
|
50
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e) Inclusión laboral y/o género:
Se calculará a partir de los siguientes datos o parámetros de información, completa completar Anexo N° 5
Inclusión laboral y/o de género
|
Ítem
|
Materias y contenidos
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Medio de verificación
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Política de Inclusión Laboral y/o de género (5%)
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Trabajadores/as pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios
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El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y
2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.
Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país.
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Trabajadores/as en situación de discapacidad
|
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;
2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.
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Mujeres trabajadoras
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1- El oferente es una persona natural de género femenino.
2-El oferente es una microempresa* liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.
3-El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.
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Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:
1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).
2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.
3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa, acompañado con una nómina resumen de la empresa que indique N° de mujeres contratadas, N° total de personas contratadas.
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*Entiéndase para el concepto de “Microempresa”, lo siguiente: “Entidad que ejerce una actividad económica donde sus ventas anuales son inferiores a UF 2.400 y el número de trabajadores es de 1 a 9 personas”. La verificación del tamaño de la empresa se realizará en el registro de proveedores del estado.
**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.
***Se entenderá cumplido el requisito si el oferente al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.
Asignación de puntaje:
Subcriterio
|
Ítem
|
Puntaje
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Política de Inclusión Laboral y/o de género
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Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género.
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100
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Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género.
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50
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No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género.
|
0
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f) Cumplimiento de Requisitos Formales
Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.
Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:
1) Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.
2) Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
3) Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.
La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación de quien oferta, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.
Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)
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Puntaje
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Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.
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100
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicional a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.
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50
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.
|
50
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No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y/o no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.
|
0
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9.4 Puntaje Mínimo de Adjudicación
Se adjudicará la licitación el proveedor que obtenga el mayor puntaje ponderado a los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 60%.
En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en el numeral 14 de las presentes bases.
9.5 Mecanismo para dirimir Empates
En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
- En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “precio”.
- En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Plazo de habilitación / implementación”.
- De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el máximo puntaje ponderado en la evaluación del criterio del criterio “inclusión laboral y/o género”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Tiempo de respuesta”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Experiencia de quien oferta”.
- De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el criterio de “cumplimiento de requisitos formales”.
- En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.
9.6 Aclaraciones y/o Consultas a Las Bases De Licitación
Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.
La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.
10. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.
Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, y ante la omisión o rectificación de antecedentes y errores, se solicitará durante el proceso de evaluación la rectificación de documentación en términos formales, mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.
Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.
La Subsecretaría no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas.
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Quien participe debe ingresar su oferta técnica y económica a través de los Anexos adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.
En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral precedente.
12. COSTOS
.
Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de que su oferta no sea rechazada, desestimada o no considerada por la Subsecretaría.
13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.
Serán rechazadas en el Acto de apertura de ofertas, aquellas propuestas que:
- Excedan el presupuesto máximo disponible.
- No presenten el Anexo, para UTP, si procede. (Anexo 6)
- No presenten Anexo 1.
- No asistir a la visita a terreno obligatoria
14. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.
Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores
Notificación: la Subsecretaría informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.
Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En consecuencia, cualquier incumplimiento del proveedor adjudicado, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.
Declaración de Desierta: la Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la ley 19.886.
Consultas y reclamos: Quien/es tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.
15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN
La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.
16. CONTRATO
La Subsecretaría suscribirá con el adjudicatario un contrato que establecerá las siguientes clausulas:
Si el oferente adjudicado no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.
16.1. Inicio del servicio y plazo del contrato:
El inicio del contrato estará sujeto a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y se extenderá por 18 meses.
16.2. Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato
Quien se adjudique la presente licitación pública debe entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N° 20.238.
Dicha garantía podrá ser cualquier documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta bancaria, vale vista, póliza de garantía o certificado de fianza, siempre que cumpla con las disposiciones establecidas en el artículo 68 del Reglamento de la Ley 19.886.
La garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato debe tener la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de contrato denominado Servicio de Higienización para las Dependencias de la Subsecretaría de Agricultura”.
En caso de tratarse de un vale vista u otro instrumento que no permita escribir la glosa, el oferente debe acompañar un acta que dé cuenta que el vale vista o instrumento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, ha sido emitido para el proceso de licitación pública de que se trata, debiendo indicar el ID de la Licitación y la descripción de este, así como la individualización detallada del instrumento bancario.
La garantía podrá ser cobrada a favor de la Subsecretaría de Agricultura cuando el proveedor incurra en alguno de los siguientes incumplimientos de contrato:
I. Si el monto de las multas cobradas al adjudicado sobrepasa el 3% del valor del contrato.
- Si en el desarrollo del contrato, el adjudicado acumula más de tres multas
- Si el adjudicatario acumula 10 días sin atender el llamado de emergencias, sin justificación o causa de fuerza mayor.
- Si el proveedor incurre en incumplimiento grave del contrato o cuando el proveedor no ejecute los servicios comprometidos, sin causa o argumento alguno o a sus respectivas bases administrativas, técnicas o anexos.
16.3. Forma de pago
Mensualmente una vez recibido conforme el servicio por parte de la Subsecretaría, el proveedor debe emitir la factura, según corresponda, de acuerdo con el detalle de la Orden de Compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La factura debe ser emitida de la siguiente forma:
La factura debe ser emitida de la siguiente forma:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura.
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Teatinos N° 40, Santiago.
Giro : Servicio Público
Glosa : Mes del servicio prestado / ID de la orden de compra.
La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.
El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com . La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.
La Subsecretaría de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.
Es responsabilidad del proveedor adjudicado incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).
16.4. Factoring
En caso de que el proveedor ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.
Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Tratándose de cesión electrónica el proveedor debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.
16.5. Incumplimientos y Multas
La Subsecretaría estará facultada para aplicar multas cada vez que el adjudicatario no proporcione los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta, póliza contratada o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa y serán pagadas por el proveedor en los términos que establezca la resolución que las aplique.
A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la prestación de los servicios contratados:
N°
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Incumplimiento
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Multa
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1
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No respetar los plazos de entrega ofertados para la habilitación.
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UF 2 por cada día hábil de atraso en la habilitación, por causas imputables al adjudicatario, con un tope de UF 20.
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2
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No respetar los plazos ofertados para la reposición de los insumos.
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UF 1 por cada día hábil de atraso en la entrega de los insumos, con un tope de UF 50.
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3
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No respetar los tiempos de respuestas ofertados, para fallas y/o reposición de artefactos.
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UF 1 por cada día hábil de atraso en la entrega de los insumos, con un tope de UF 50.
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4
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No reponer un artefacto que presente fallas, en los plazos requeridos
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UF 2 por evento, con un tope de 10 eventos.
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5
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Servicios calificados como insatisfactorios, cualquiera sea de estos:
- Material o insumos de baja calidad.
- No dar cumplimiento a los términos de la propuesta técnica adjudicada.
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UF 2 por evento, con un tope de 10 eventos.
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6
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No informar oportunamente la subcontratación del servicio, esto es, con al menos 5 días hábiles anteriores a la fecha de formalizarse la subcontratación.
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UF 5 por cada día hábil en que no se informe de la subcontratación para la aprobación de la contraparte técnica.
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7
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No cumplir con los servicios adicionales o su periodicidad propuestos en su oferta
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UF 1 por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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8
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No dar respuesta oportuna (48 horas hábiles), ante la solicitud de documentos administrativos, tales como Facturas, Notas de crédito, leyes sociales, entre otras
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UF 2 por evento, con un tope de 5 eventos.
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La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor que posea la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.
Las multas y el comportamiento general del proveedor serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.
Procedimiento de cobro de multas:
Una vez producido el incumplimiento, la Subsecretaría notificará formalmente el incumplimiento mediante el acto administrativo correspondiente otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir del envío de la notificación para que el proveedor formule sus descargos en el plazo mencionado.
La Subsecretaría contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para otorgar respuesta al proveedor y formalizar el cobro de la multa respectiva, si así procediese, para instruir la forma de pago de la misma.
En resumen, los plazos del proceso de cobro de multas son los siguientes:
Notificación al proveedor
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Respuesta - Descargos
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Respuesta formal – Notificación de Multa.
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3 días hábiles – Correo Certificado.
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5 días hábiles para responder a la Subsecretaría.
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10 días hábiles a partir de los descargos del proveedor o cumplido el plazo para responder.
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16.6. Término anticipado del servicio contratado
La Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la ley N° 19.886, en el artículo 77 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Cuando el proveedor incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, haber formalizado más de dos multas durante la vigencia del contrato.
- Si el proveedor registra incumplimiento del pago de remuneraciones de sus trabajadores.
- Estado de notoria insolvencia del contratante.
- Si el proveedor perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
- Si el proveedor supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.
- No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Subsecretaría en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.
En este caso, la Subsecretaría debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte del proveedor, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.
16.7. Supervisión del contrato
La Subsecretaría de Agricultura ejercerá la supervisión integral del desarrollo del servicio contratado, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un funcionario del Departamento de Administración y Operaciones de la Subsecretaría.
Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:
a) Supervisar y controlar la entrega de los servicios contratados.
b) Revisión de las pólizas y confirmación del cumplimiento de las mismas
c) Otorgar la recepción conforme y orden de pago de las facturas.
d) Informar sobre la procedencia de la aplicación de multas ante eventuales incumplimientos por parte del proveedor.
e) Otorgar su opinión técnica en caso de solicitarse ajustes o modificaciones a la contratación
16.7 Subcontratación
La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% de la totalidad del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.
El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.
La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, de conformidad con lo que se dispone en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.
17. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Tanto el proveedor como la Subsecretaría están exentos de responsabilidad en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales, debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.
El proveedor que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.
La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.
En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo el proveedor también extender las garantías vigentes, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.