Licitación ID: 1590-41-LE23
CONTRATACIÓN DE SEGUROS PARA VEHICULOS
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT, Subsecretaría de Agricultura
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Productos o servicios
1
Seguro de automóviles o camiones 1 Global
Cod: 84131503
Seguros para Vehículos Subsecretaria Agricultura  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACIÓN DE SEGUROS PARA VEHICULOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación de seguros para los vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Unidad de compra:
Subsecretaría de Agricultura
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
Teatinos 40 Piso 5
Comuna:
Alhué
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-12-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 12-12-2023 19:01:52
Fecha inicio de preguntas: 12-12-2023 21:00:00
Fecha final de preguntas: 18-12-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-12-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-12-2023 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-12-2023 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 28-12-2023 16:53:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Editables
Documentos Técnicos
1.- Anexos Editables
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Editables
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Inclusión Laboral y/o género Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género), anexo 6 10%
2 Precio Se valorará el precio ofertado en el Anexo N° 1, valor que se mantendrá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato y que debe ser expresado en Unidades de Fomento. 40%
3 Propuesta Técnica El criterio estara compuesto por los Subcriterios: Concesionarios 25%, Clasificación de Riesgo de la Compañía de Seguros 10% y Servicios Adicionales 10%. 45%
4 Cumplimiento requisitos formales Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 400
Justificación del monto estimado Presupuesto máximo disponible para la contratación 400 Unidades de Fomento
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: compras@minagri.gob.cl
e-mail de responsable de pago: compras@minagri.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Rodrigo Zuñiga
e-mail de responsable de contrato: rodrigo.zuniga@minagri.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23935000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

I.-         BASES ADMINISTRATIVAS

1.         LICITANTE:

Razón Social                                      : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                                                    : 61.301.000-9

Dirección                                            : Teatinos N° 40

Comuna                                              : Santiago

Región                                                : Metropolitana de Santiago.

2.         ENCARGADO DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:

Nombre                                              : Karen Zuñiga Caneo

Cargo                                                 : Encargada de Compras y Contrataciones

E-mail                                                 : karen.zuniga@minagri.gob.cl.

Tipo de Adquisición                           : Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM

Tipo de Convocatoria                        : Abierta (LE)

Tipo de Adjudicación                         : Simple con emisión automática de orden de compra.

Moneda                                              : Unidad de Fomento

Etapas                                                : Una Etapa

Línea de Producto                             : Una línea

Publicidad de las Ofertas                  : La Subsecretaría de Agricultura dispone en este acto, que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.

  1. SERVICIO SOLICITADO

3.1         Nombre de la adquisición   : Contratación de seguros para los vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura.


3.2         Objetivo de la contratación : contar con un seguro automotriz para el parque de vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura, a lo largo del país desde Arica y Parinacota a Punta Arenas, con una cobertura total, sin deducible.

  1. NORMATIVA

La presente licitación pública se rige por las siguientes normas:

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.

Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:

  • Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  • Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
  • Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Agricultura.
  • Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
  • Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
  • La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.

  1. REQUISITOS PARA OFERTAR

5.1          Antecedentes Legales

Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:

a)    Persona Jurídica

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

   ii.   Fotocopia simple de RUT de la Empresa

  iii.   Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia

  iv.   Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).

  1. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)

b)    Persona Natural

 

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.

   ii.   Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

    iii.  Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)


c)    Personas Jurídicas Régimen simplificado:

Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:

    i.   Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

   ii.   Fotocopia simple de RUT de la Empresa

 iii.   Certificado de Estatuto Actualizado.

 iv.   Certificado de Vigencia.

   v.   Certificado de Anotaciones.

   vi.    Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)

Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas del Estado, portal www.chileproveedores.cl, y que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.

Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Subsecretaría en los términos y condiciones que establezca el Servicio.

d)    Unión Temporal de Proveedores (UTP):

 

En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 7 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.

Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.

Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración que, en caso de adjudicar, será requerida escritura pública al momento de la contratación, por tratarse de un servicio de más de 1.000 UTM.

Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.


En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.

La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.

Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.

Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 7, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.

Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.

Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:

 -El Anexo N° 7 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.

- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que el o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.

- Deberá constar la inscripción individual de proveedores de los integrantes de la Unión en Chileproveedores, al momento de la suscripción del contrato.

Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de la misma.  

En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato.


5.2          Presentación de Anexos:

Quienes oferten, inscritos o no en Chileproveedores, debe suscribir la Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, el N° 1 como obligatorio y todos los demás si corresponde, según la naturaleza de quien oferte.

Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

  1. PACTO DE INTEGRIDAD

 

Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, quien oferte acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, quien oferte se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.

3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.


5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.

6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.

7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. PLAZOS DE LA LICITACIÓN

CRONOGRAMA:

a)    Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.

b)    Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.

c)    Preguntas sobre las bases: estas se podrán realizar hasta las 18:00 horas del cuarto día corrido, contados desde la fecha de publicación de las Bases de Licitación.

d)    Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 18:00 horas del día hábil siguiente al cierre del periodo para hacer consultas.

e)    Plazo de Evaluación: 3 días hábiles.

f)             Fecha de Adjudicación: la adjudicación se realizará, en el plazo máximo que vence el décimo día hábil, contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas.

g)    Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 2 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.

h)    Formalización del contrato: el contrato se entenderá formalizado con la emisión de la orden de compra y la suscripción del acuerdo entre las partes según lo establece el numeral 14 de las presentes bases de licitación. La Formalización del contrato debe llevarse a cabo durante los 5 días corridos siguientes a la fecha de la adjudicación.


i)      Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.

  1. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:

Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.

9.         EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

9.1 Comisión Evaluadora

Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la Subsecretaría de Agricultura.

La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 8.2 de las Bases de Licitación.

El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.

La Subsecretaría informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.

La comisión evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y sus debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del reglamento de la Ley N° 19.886.

En el marco de la Ley N° 20.730 los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la comisión evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada Ley de Lobby.

Quedará prohibido que el equipo integrante de la comisión conceda reuniones a terceros sobre materias vinculadas a la evaluación.

Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación de la licitación, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la evaluación en aquellas instancias previstas en las bases de licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.

La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.

Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros. De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.

9.2 Criterios de Evaluación

Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:


CRITERIO DE EVALUACIÓN

PORCENTAJE

1.- Precio

40%

2.- Propuesta Técnica:

2.1 Concesionarios 25%

2.2 Clasificación de riesgo de la compañía de seguros 10%

2.3 Servicios adicionales 10%

45%

3.- Inclusión laboral y/o género

10%

4.- Cumplimiento de Requisitos Formales

5%

TOTAL

100%

9.3 Metodología de Cálculo

Para calcular los porcentajes obtenidos por los oferentes en cada uno de los criterios de evaluación, se utilizará la siguiente metodología:

a)    Precio (40%)

Se valorará el precio ofertado en el Anexo N° 1, valor que se mantendrá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato y que debe  ser expresado en Unidades de Fomento.

La nota de este criterio se asignará de acuerdo con lo siguiente:

Oferta de menor monto                                 : 100 puntos

Segunda oferta con menor monto                :   90 puntos

Tercera oferta con menor monto                  :   70 puntos

Siguientes ofertas                                          :   50 puntos

b)    Concesionarios (25%):

Quienes oferten deben indicar la nómina de los Concesionarios Autorizados, representantes de las marcas de los vehículos detallados en el numeral 3.4 de las Bases Técnicas.

Quienes oferten deben completar el Anexo N° 2, con la información de los Concesionarios Autorizados por cada Región, entendiéndose por ello a representantes de las marcas de los vehículos detallados en el numeral 3.4 de las Bases Técnicas. La metodología de cálculo para este criterio es la siguiente:

Dónde:

Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i

Xi = Valor de la oferta i

Xmax = Valor de la oferta de mayor N° de concesionarios por región (promedio nacional).

% = Porcentaje asignado al criterio específico, ingresado como número entero.

c)    Clasificación de riesgo de la compañía de seguros (10%)

Este criterio considera la clasificación de riesgo en la que se encuentre la compañía de seguros que oferta, de acuerdo con la última actualización disponible en la web de la Comisión para el Mercado Financiero.

Para asignar el puntaje se utilizará la siguiente escala:


Tramos

Puntaje

Clasifica al Oferente en Categoría AAA, AA, AA+, A o A+

100

Clasifica al Oferente en Categoría BBB, BB, BB+, B o B+

70

Clasifica al Oferente en Categoría CCC, CC o C

20

Cualquier otra clasificación distinta a las anteriores

0

AAA: La más alta calificación de una compañía, fiable y estable.

AA: Compañías de gran calidad, muy estables y de bajo riesgo.

A: Compañías a las que la situación económica puede afectar a la financiación.

BBB: Compañías de nivel medio que se encuentran en buena situación en el momento de ser calificadas. Inversiones de riesgo o especulativas.

BB: Muy propensas a los cambios económicos

B: La situación financiera sufre variaciones notables.

CCC: Vulnerable en el momento y muy dependiente de la situación económica

CC: Muy vulnerable, alto nivel especulativo.

C: Extremadamente vulnerable con riesgo de impagos

Para verificar la clasificación de riesgo del oferente, esta Subsecretaría revisará las nóminas de Clasificación de Riesgos que se encuentran publicadas en la página web disponible por la Comisión para el Mercado Financiero, para dichos efectos, considerando la información del mes anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas o último mes que se encuentre disponible.

d)    Servicios Adicionales (10%):

Los oferentes deberán indicar qué servicios adicionales incorporarán a la póliza, de acuerdo con lo señalado en el Anexo N° 1, serán considerados Servicios Adicionales relevantes para la contratación, por ejemplo:

1.- Call Center 24 horas

2.- Grúas

3.- Servicios de asistencia en ruta (no consideradas en las especificaciones técnicas)

5.- Ejecutivos administrador de las pólizas.

6.- Otros (como, por ejemplo, aumento del monto asegurado de las coberturas, etc.)

Se entiende como coberturas adicionales, aquellas coberturas que no se encuentren incluidas en las bases técnicas y agreguen valor a la póliza ofertada, para la Subsecretaría de Agricultura.

La fórmula de cálculo será la siguiente:

Tramos

Puntaje

La oferta agrega más de cuatro coberturas adicionales.

100

La oferta agrega cuatro coberturas o servicios adicionales.

80

La oferta agrega tres coberturas o servicios adicionales.

60

La oferta agrega dos coberturas o servicios adicionales.

40

La oferta agrega una cobertura o servicio adicional.

20

La oferta no agrega coberturas o servicios adicionales o no informa.

0

Para estos efectos quien oferte debe completar el ítem “Adicionales” del Anexo N° 1. En caso de no presentar la información requerida en dicho anexo se le asignará 0 puntos para este criterio.


Se entenderá servicio adicional, aquel que agregue valor a la prestación contratada y que no se interprete como parte de los servicios contratados o una duplicidad con otro servicio adicional propuesto o que es parte de la base de servicios que se establecen en las presentes bases.

e)    Inclusión (10%)

Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).

El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 6:

 

Factores de inclusión

Materias y contenidos

Medio de verificación

Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y

2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.

Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país, debidamente legalizados.

Trabajadores en situación de discapacidad

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;

2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.

Mujeres trabajadoras

1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.

2-Quien oferta es una microempresa* liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.

3-Quien oferte  demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.

4-Quien oferta considera al menos una mujer como integrante del equipo de trabajo permanente para la Subsecretaría.

Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:

1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).

2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.

3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa.

4. Propuesta técnica.

*Entiéndase para el concepto de “Microempresa”, lo siguiente: “Entidad que ejerce una actividad económica donde sus ventas anuales son inferiores a UF 2.400 y el número de trabajadores es de 1 a 9 personas”. La verificación del tamaño de la empresa se realizará en el registro de proveedores del estado.


**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.

***Se entenderá cumplido el requisito si el oferente al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.

Asignación de puntaje:

Subcriterio

Ítem

Puntaje

Política de Inclusión Laboral y/o de género

Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género.

100

Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género.

50

No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género o no lo acredita debidamente.

0

f)     Cumplimiento de Requisitos Formales

Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.

Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:

1)    Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.

2)    Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.

3)    Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.

La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación de quien oferta, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.

Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)

Puntaje

Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.

100

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicional a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.

50

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.

50

No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y/o no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.

0


9.4 Puntaje Mínimo de Adjudicación

Se adjudicará la licitación el proveedor que obtenga el mayor puntaje ponderado a los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 60%.

En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en el numeral 14 de las presentes bases.

9.5 Mecanismo para dirimir empates

En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

  1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “precio”.

  1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “propuesta técnica”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “concesionarios”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “servicios adicionales”.

  1. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el máximo puntaje ponderado en la evaluación del criterio del criterio “inclusión laboral y/o género”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “clasificación de riesgo de la compañía de seguros”.

  1. De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el criterio de “cumplimiento de requisitos formales”.

  1. En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.

9.6 Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación

Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl

La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.


10.  ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN

La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.

Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, y ante la omisión o rectificación de antecedentes y errores, se solicitará durante el proceso de evaluación la rectificación de documentación en términos formales, mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.

Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.

La Subsecretaría no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas.

11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Quien participe debe ingresar su oferta técnica y económica a través de los Anexos adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.

En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral precedente.

12. COSTOS

.

Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de que su oferta no sea rechazada, desestimada o no considerada por la Subsecretaría.

13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a quienes oferten a reclamar indemnización alguna por este motivo.

Serán rechazadas en el Acto de apertura de ofertas, aquellas propuestas que:

  • Excedan el presupuesto máximo disponible.

  • No presenten el Anexo N° 7, para UTP, si procede.

  • No presenten Anexo N° 1.

  • Oferten seguros con deducible.

14.  DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.

Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.

Notificación: la Subsecretaría informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.

Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En consecuencia, cualquier incumplimiento del proveedor adjudicado, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.

Declaración de Desierta: la Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la ley 19.886.

Consultas y reclamos: Quien/es tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.

15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN

La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.

16. CONTRATO

La Subsecretaría suscribirá con el adjudicatario un contrato que establecerá las siguientes clausulas:

Si el oferente adjudicado no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Subsecretaría, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.

16.1 Inicio del servicio y plazo del contrato:

El contrato comenzará a regir a partir de su total tramitación administrativa y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024.


La vigencia de las pólizas de seguros será de 12 meses a partir de las 00:00 del 1° enero de 2024 y hasta las 23:59 del 31 de diciembre de 2024.

Los servicios requeridos corresponden al aseguramiento de 20 vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura, los que se asegurarán desde el 01 de enero (00:00) del año 2024 hasta las 23:59 del 31 de diciembre de 2024.

Se deja establecido que durante la vigencia de la relación contractual la Subsecretaría de Agricultura podrá solicitar las bajas o incorporaciones que se requieran y el proveedor adjudicado reducirá los precios o, en su caso, aceptará las incorporaciones manteniendo las condiciones de asegurabilidad propuestas del vehículo que se trate.

En caso de existir diferencias por pagar por concepto de endoso, la Subsecretaría aprobará el presupuesto enviado por la aseguradora y emitirá la respectiva Orden de Compra, para proceder al pago.

       16.2 Forma de pago

 

El pago se realizará en una cuota, una vez recibidas conforme las pólizas de todos los vehículos de la Subsecretaría, quien se adjudique debe emitir la factura, según corresponda, de acuerdo con el detalle de la orden de compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La factura debe ser emitida de la siguiente forma:

Razón Social              : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                            : 61.301.000-9

Dirección                    : Teatinos N° 40

Giro                             : Servicio Público

Glosa                          : identificación de la orden de compra y póliza

Como el valor de la contratación será en unidad de fomento, se establece que el pago se realizará en pesos chilenos, considerando, para la conversión de la Unidad de Fomento, el valor de ésta para el día de la emisión de la factura.

La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.

El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.

La Subsecretaría de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.

Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).


16.3 Factoring

En caso de que quien se adjudique ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.

Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

Tratándose de cesión electrónica el proveedor debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.

16.4 Incumplimientos y Multas

La Subsecretaría estará facultada para aplicar multas cada vez que el adjudicatario no proporcione los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta, póliza contratada o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa y serán pagadas por el proveedor en los términos que establezca la resolución que las aplique.

A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la prestación de los servicios contratados:


Incumplimiento

Multa

Atraso en la entrega de las pólizas contratadas

1 UF por día hábil de atraso, con un tope de 10 días hábiles.

Atraso en el plazo de liquidación de siniestros, de acuerdo con lo que establece la normativa vigente.

1 UF por día hábil de atraso. Con un tope de 20 días hábiles.

Resolución negligente o tardía ante un siniestro, entendiéndose excesivo plazo (sobre 5 días hábiles) para la asignación de un taller, o contacto de respuesta sobre 24 horas, desde la comunicación formal de la Subsecretaría.

5 UF por evento. Con un tope de 10 días hábiles y 72 horas, respectivamente.

La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.

Las multas y el comportamiento general del proveedor serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.

Procedimiento de cobro de multas:

Una vez producido el incumplimiento la Subsecretaría lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente a quien preste el servicio, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.


Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880 y sus modificaciones.

Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.

16.5 Término anticipado del servicio contratado

-      Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

-      Cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:

a)    La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.

b)    Aplicación de más de tres (3) multas durante la vigencia del contrato de acuerdo a lo establecido en el numeral 16.3.1 de las presentes bases de licitación.

c)    Las demás causales establecidas por el Reglamento de la ley N° 19.886.

-      Si quien presta el servicio registra incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores, sin ofrecer un acuerdo de pago con sus trabajadores. En dicho caso la Subsecretaría activará el procedimiento de cobro de la garantía para pagar las deudas que corresponda.

-      Estado de notoria insolvencia de quien presta el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

-      Si quien presta el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.

-      Si quien presta el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.

-      No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Subsecretaría en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.

-      Y todas las otras causales previstas en el artículo 77 del mencionado Reglamento de la ley de compras.

En este caso, la Subsecretaría debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte del proveedor, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.


16.6 Supervisión del contrato

La Subsecretaría de Agricultura ejercerá la supervisión integral del desarrollo del servicio contratado, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un funcionario del Departamento de Administración de la Subsecretaría.

Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:

a)     Supervisar y controlar la entrega de los servicios contratados.

b)     Revisión de las pólizas y confirmación del cumplimiento de las mismas

c)     Otorgar la recepción conforme y orden de pago de las facturas.

d)     Informar al Departamento de Compras y Contrataciones, mediante memorándum, sobre la procedencia de la aplicación de las multas y/o sanciones que se estipulen en el contrato, según corresponda, explicitando claramente el motivo del incumplimiento y el cálculo de la penalidad.

16.7 Subcontratación

La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% de la totalidad del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.

El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.

La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, de conformidad con lo que se dispone en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.

17. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

Tanto el proveedor como la Subsecretaría están exentos de responsabilidad en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales, debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.

El proveedor que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.

La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo el proveedor también extender las garantías vigentes, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.


BASES TECNICAS

II.- BASES TÉCNICAS

CONTRATACIÓN DE SEGUROS PARA LOS VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA”.

  1. ANTECEDENTES:

 

El Ministerio de Agricultura, a través de la Subsecretaría de Agricultura llama a los proveedores del rubro, personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras constituidas en Chile e inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero, a presentar sus ofertas para el proceso de licitación denominado: “CONTRATACIÓN DE SEGUROS PARA LOS VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA”. 

  1. OBJETIVOS:

 

Asegurar la totalidad del parque de vehículos de la Subsecretaría de Agricultura, a través de un seguro óptimo e integral, sin deducible y con cobertura total, desde el 01 de enero al 31 de diciembre del año 2024.

 

Los vehículos corresponden a vehículos livianos destinados al transporte de pasajeros.

  1. ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO

 

  • Contratar un seguro general con cobertura total y sin deducible, para 20 vehículos Institucionales para todo el país.

 

  • Contar con un respaldo, ante un eventual siniestro en que estuviese involucrado alguno de los vehículos de propiedad de la Subsecretaría.

3.1.- Del Seguro:

a)    Daños materiales, robo, hurto o uso no autorizado (100% del valor comercial del vehículo, en caso de pérdida total).

b)    Daños materiales por riesgos de la naturaleza, incluyendo granizo.

c)    Daños materiales a causa de sismo o terremoto.

d)    Daños materiales a causa de huelga y terrorismo.

e)    Daños materiales a causa de actos maliciosos.

f)     Robo de Accesorios (UF 50 por cada vehículo, en cada siniestro).

g)    Daños a terceros causados por conductores dependientes hasta UF 500

h)    Daños materiales causados por conductores dependientes hasta UF 500

i)      Garaje de la marca del vehículo.

j)      Defensa penal ocasionada por conductores dependientes de la Subsecretaría, hasta UF 100.

k)    Constitución de fianza ocasionada por conductores dependientes de la Subsecretaría, hasta UF 100.

l)      Responsabilidad civil daño emergente, hasta UF 500

m)   Responsabilidad civil daño moral, hasta UF 500

n)    Responsabilidad civil lucro cesante, hasta UF 500

  • o)    Asistencia en viaje:
    • Para el vehículo: remolque del vehículo; transporte, depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado.
    • Para las personas: transporte de las personas lesionadas o fallecidas que viajan en el vehículo, en caso de un accidente de tránsito; estancia y desplazamiento por inmovilización o robo del vehículo.

  • Daños al vehículo durante viaje al extranjero y/o asistencia.

3.2.- De las condiciones del servicio / requerimientos obligatorios:

Los proveedores que presenten sus propuestas deben tener oficinas en todas las regiones del país, por lo que será necesario que incluyan la ubicación exacta de estas oficinas, dirección, teléfono, nombre de encargado regional.

Las propuestas de seguros generales no deben incluir ningún tipo de deducible.

3.3.- Endosos y/o traspaso de seguro por aumento o disminución de la materia asegurada:

Se establece que en caso de que se adquieran vehículos de reemplazo, el proveedor adjudicado debe endosar las pólizas de los vehículos que serán dados de baja, según corresponda, cotizando dicho valor referido sólo a la diferencia.

Además, el adjudicatario acepta que se podrá, por endoso en las respectivas pólizas, aumentar y/o disminuir el número de bienes asegurados, ya sea por la adquisición o donación de nuevos bienes o por la baja y/o enajenación de bienes ya asegurados. Estas modificaciones se informarán al proveedor adjudicado, mediante correo electrónico, debiendo este último gestionar oportunamente los endosos a fin de garantizar que la Subsecretaría cuente con la continuidad operativa de las pólizas. Por lo tanto la activación de los seguros debe realizarse desde la notificación de la solicitud, no obstante que administrativamente se tramite con posterioridad el envío de la póliza misma. Esto, tanto para el aumento como para la disminución de la materia asegurada. Adicionalmente, el oferente adjudicado debe respetar las tasas contratadas, por lo que su costo será directamente proporcional al valor de la prima contratada.

Para efectos de aumentar, endosar y/o disminuir la dotación de vehículos, quien se adjudique, en la operación del contrato debe presentar una cotización por el requerimiento, la que estará sujeta a la aprobación por parte de la Subsecretaría, quien determinará si a objeto de esta misma licitación contratará la diferencia de servicios que requiera, del mismo modo, quien preste el servicio debe restituir a la Subsecretaría los seguros no consumidos en su totalidad, pagando el valor de la disminución de pólizas.

3.4.- Materia Asegurada:

La materia para asegurar corresponde actualmente a 20 vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura, distribuidos a lo largo de todo Chile, según el siguiente detalle:

CIUDAD / UBICACIÓN

TIPO

MARCA

PATENTE

AÑO

MODELO

1

IQUIQUE

CAMIONETA

MAZDA

HR SP 47-4

2016

BT 50 2.2

2

ANTOFAGASTA

STATION WAGON

JEEP

GZ BJ 88-3

2015

COMPASS SPORT 4x4 AUTOMÁTICO

3

COPIAPÓ

CAMIONETA

MITSUBISHI

LZ KJ 71-1

2020

OUTLANDER CVT 2,0



4

LA SERENA

CAMIONETA

MAHINDRA

RL KD 48-6

2022

CAMIONETA PIK UP D CAB CEDE4P 4WD

5

QUILLOTA

STATION WAGON

NISSAN

GF CJ 69-K

2014

X-TRAIL S AT/CVT

6

RANCAGUA

STATION WAGON

NISSAN

PS BG 13-3

2021

QASHQAI MC SENCE MT 2.0 CC COLOR BLANCO PERLA

7

TALCA

STATION WAGON

NISSAN

DR PC 12-7

2012

X-TRAIL S CVT (XL802.1)

8

CONCEPCIÓN

STATION WAGON

TOYOTA

LF LP 34-5

2019

RAV 4 2.0 AUT

9

CONCEPCIÓN

CAMIONETA

CHEVROLET

DB KR 47-9

2011

D - MAX TH CC 3.0 4WD DAB ABS

10

CHILLAN

CAMIONETA

JMC

SP RY  19-4

2023

VIGUS WORK 4X4 LX 2.5 CC.

11

TEMUCO

STATION WAGON

NISSAN

GY VR 51-K

2015

X TRAIL 2.5

12

TEMUCO

CAMIONETA

CHEVROLET

HR CT 95-4

2016

D-MAX II CC 2.5D 4WD DAB ABS

13

VALDIVIA

CAMIONETA

NISSAN

BY RG 78-K

2009

TERRANO DOBLE CABINA 2.5

14

PUERTO MONTT

STATION WAGON

SUZUKI

HC KC 51-2

2015

GRAND NÓMADE GLX 2.4

15

COYHAIQUE

CAMIONETA

MAZDA

HR SP 48-2

2016

BT 50 2.2

16

PTA. ARENAS

CAMIONETA

TOYOTA

JP FZ 80-3

2017

HILUX 2,4 TM 4X4

17

SANTIAGO (SEREMI RM)

STATION WAGON

SUZUKI

HC KC 50-4

2015

GRAND NÓMADE GLX 2.4

18

SANTIAGO

AUTOMÓVIL

HYUNDAI

RJ PS 34-3

2022

ELANTRA CN7 2,0 AUT

19

SANTIAGO

STATION WAGON

HYUNDAI

LB SF 56-5

2019

SANTA FE CRDI 5P 4X4 2,2

20

SANTIAGO

STATION WAGON

NISSAN

SR GF 62-3

2023

NEW X-TRAIL EXCLUSIVE CVT 4WD 2,5 CC.

 


3.5       Monto Asegurado:

Valor comercial de los vehículos.

  1. INICIO DE COBERTURA:

 

Las coberturas de las pólizas que mediante estas bases serán contratadas, comenzarán a regir a partir de las 00:00 del 01 de enero de 2024, hasta las 23:59 del 31 de diciembre del 2024, ambos días incluidos.

 

  1. ENTREGA DE LAS PÓLIZAS

 

La entrega física de las pólizas debe ser en el Edificio Ministerial, ubicado en calle Teatinos N° 40, piso 5, Santiago, dirigidas al Jefe del Departamento de Administración y Operaciones de la Subsecretaría, y en caso de ser electrónicas, deben ser remitidas al correo electrónico: compras@minagri.gob.cl. En ambos casos el plazo máximo de entrega es a los diez días hábiles contados desde el día de la notificación de la emisión de la respectiva orden de compra en el sistema de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl.

 

  1. PRESUPUESTO DISPONIBLE:

El presupuesto máximo disponible para la contratación es de UF 400 (cuatrocientos unidades de fomento), monto con todos los impuestos incluidos, para la totalidad de las pólizas referidas a los vehículos vigentes e incluidos en el listado del numeral 3.4 precedente. El pago se realizará en una sola cuota.

7. CONSIDERACIONES ESPECIALES

La factura debe ser emitida por quien proporcione el seguro (Compañía aseguradora), independiente si la coordinación es realizada por un intermediario reconocido como Corredor de Seguros y sea éste quien oferte en el portal.

En caso de que la oferta sea presentada a través de una Corredora de Seguros, ésta debe obligatoriamente acompañar a su oferta los Anexos N° 4 y N° 5 debidamente llenados y firmados, a fin de que pueda posteriormente formalizarse el pago al respectivo prestador del servicio. Se hace presente que dichos anexos son obligatorios y será exigible la formalidad de su presentación, pues deben considerarse al momento de la presentación de las ofertas documentos válidamente aprobados por las aseguradoras. Por lo anterior, deberán ser emitidos para la presente licitación y su fecha de emisión no puede ser anterior a la publicación de estas bases en el sistema de información, además de indicar expresamente el nombre de quien firma, su firma y timbre de la aseguradora.