Bases Técnicas |
1. ANTECEDENTES
1.1.- ANTECEDENTES GENERALES
Este estudio es licitado por la Subsecretaría de Previsión Social por encargo del Consejo Consultivo del Sistema de Pensiones (CCP), entidad creada por la ley N°20.255 de 2008.
Al Consejo Consultivo del Sistema de Pensiones le corresponde, entre sus funciones, asesorar a los Ministros del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda en materias relacionadas con el Sistema de Pensiones Solidarias, tales como modificaciones legales o reglamentarias de los parámetros asociados a los beneficios del Pilar Solidario, incluyendo los métodos, criterios y parámetros generales que incidan en el otorgamiento, revisión, suspensión y extinción de los beneficios.
Además, el Consejo debe emitir opinión fundada sobre el impacto de las modificaciones normativas al Sistema de Pensiones Solidarias en el mercado laboral, los incentivos al ahorro y efectos fiscales. Igualmente, debe elaborar un informe anual con su opinión acerca del funcionamiento de la normativa del sistema, dirigido a los ministros de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda, y a las autoridades del Congreso Nacional.
Con el fin de contar con insumos que aporten a este Consejo elementos de interés para cumplir con su labor, es que en esta oportunidad ha decidido encargar el estudio “ANÁLISIS CRÍTICO Y PROPUESTAS A LAS EXIGENCIAS ESTABLECIDAS PARA APLICAR REQUISITO DE FOCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE PENSIONES SOLIDARIAS”.
1.2 ANTECEDENTES ESPECÍFICOS Y JUSTIFICACIÓN
La reforma al sistema de pensiones del año 2008, materializada en la ley N°20.255, creó en Chile un sistema de pensiones solidarias (pilar solidario), a través del cual se buscaba garantizar que los individuos de la tercera edad o con invalidez, que pertenecieran al 60% más pobre de la población, tuvieran acceso a una pensión básica (PBS), si es que no tenían derecho a ninguna otra, o a un aporte solidario (APS), si es que los ahorros para su pensión eran insuficientes para alcanzar un nivel de pensión determinado.
Como se mencionó en el mensaje del proyecto de ley que creó el pilar solidario, el objetivo de este era lograr que las personas tuvieran ingresos más seguros durante su vejez, evitando una brusca caída en las condiciones de vida. Así, se aseguraría un grado razonable de protección y autonomía económica para el adulto mayor.
Dado que los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) van dirigidos al 60% más pobre de la población del país, se define un mecanismo de focalización que permite evaluar el nivel de pobreza de los postulantes . El mecanismo de focalización utiliza como unidad de análisis al grupo familiar, que de acuerdo al artículo 4 de la ley N°20.255, se entenderá compuesto por el eventual beneficiario y las personas que respecto a él tengan alguna de las siguientes condiciones:
a) Cónyuge o conviviente civil;
b) Hijos menores de 18 años;
c) Hijos menores de 24 años si se encuentran estudiando en cursos regulares de enseñanza básica, media, técnica o superior.
Sin embargo, es posible que el eventual beneficiario solicite excluir de su grupo familiar a las personas señaladas precedentemente, siempre y cuando estos no compartan con él un presupuesto familiar. Sin perjuicio de lo anterior, el eventual beneficiario podrá solicitar la inclusión dentro de su grupo familiar de las personas que respecto de él tengan, algunas de las siguientes calidades: la madre o padre de su(s) hijo(s), o a su(s) hijo(s) inválido(s) menor(es) de 65 años o a sus padres mayores de 65 años que no puedan acceder a los beneficios del pilar solidario por no cumplir el número de años mínimo de residencia, en todos los casos, siempre y cuando estos compartan con él un presupuesto familiar.
El motivo para que la definición del grupo familiar sea distinta al concepto de hogar utilizado en el otorgamiento de otros beneficios sociales administrados por el Ministerio de Desarrollo Social y de la Familia, responde a la lógica de que en el caso de pensiones se pretende asegurar la autonomía económica del adulto mayor.
En cuanto al mecanismo de focalización, este ha cambiado en el tiempo. Así, durante los dos primeros años de vigencia del SPS se utilizó para estos efectos la Ficha de Protección Social. Luego, en el año 2010, se crea el Instrumento Técnico de Focalización (ITF). En líneas generales, el ITF determina una aproximación al ingreso per cápita del grupo familiar, ajustado por nivel de dependencia funcional y transformado en un puntaje, al que se denomina Puntaje de Focalización Previsional (PFP) (Resolución Exenta N°193 – noviembre 2017). El cálculo del PFP considera tres componentes principales:
1. Una estimación del potencial ingreso laboral que cada uno de los integrantes del grupo familiar podría recibir en el mercado laboral, según sus características observables, tales como sexo, nivel educacional, comuna de residencia, edad, entre otras. Esta estimación se denomina Capacidad Generadora de Ingresos (CGI).
2. Los ingresos laborales, de pensiones, de rentas de capital y otros ingresos efectivos que posea el grupo familiar, con excepción de aquellos provenientes del SPS.
3. Un índice de necesidades que contabiliza el número de personas que integran el grupo familiar, considerando economías de escala y el grado de dependencia funcional de cada uno de sus miembros.
Entonces, el principal producto del Instrumento Técnico de Focalización corresponde al PFP, que se expresa en un puntaje fijo que no cambia año a año. Así todas las personas que obtienen un puntaje menor o igual a 1.206 pertenecen al 60% más pobre de la población del país.
En cuanto a los cambios que ha sufrido el ITF, la Resolución Exenta N°701, del 25 de junio de 2014 de la Subsecretaría de Previsión Social, constituyó una mesa técnica cuyo objetivo fue revisar el Instrumento Técnico de Focalización, abordando los aspectos necesarios para el correcto análisis y obtención de resultados concluyentes e informando oportunamente sus resultados a la Subsecretaría y al Consejo Consultivo Previsional. Considerando algunas de las principales conclusiones de esta mesa técnica, el año 2017 se publica la Resolución Exenta N°193 de la Subsecretaría de Previsión Social, que modifica la fórmula de cálculo del Puntaje de Focalización Previsional, introduciendo cambios en el índice de necesidades y en los ingresos laborales. Desde esa fecha hasta ahora no ha habido otro grupo de modificaciones a la forma de cálculo del puntaje de focalización.
Adicionalmente, en 2015 la Comisión Asesora Presidencial sobre el Sistema de Pensiones (Comisión Bravo), señaló que el pilar solidario tiene 3 grandes desafíos; por un lado, actualizar los montos de los principales beneficios solidarios (pensión básica solidaria y aporte previsional solidario); analizar la cobertura del sistema, actualmente en 60%; y finalmente, revisar la estrategia de focalización vigente (Instrumento Técnico de Focalización).
El primer desafío fue abordado en diciembre del año 2019, por medio de la ley N°21.190, cuyo propósito fue aumentar los montos de los beneficios en hasta un 50% de los valores vigentes a noviembre de 2019.
En cuanto al segundo, transitar a un aumento de la cobertura, e inclusive, en algún momento, llegar a una pensión universal, si bien se considera una temática de especial relevancia y respecto de la cual, sin duda, hay que discutir, en el marco de las actuales condiciones económicas (contracción importante de la economía producto de la pandemia Covid-19, así como las restricciones presupuestarias que actualmente enfrenta el país) se estima que este debate debe ser postergado, razón por la cual no se incluye en el presente estudio.
Por último, el tercer desafío planteado por la Comisión Bravo apunta a revisar la estrategia de focalización vigente. De hecho, en su propuesta particular planteaba que el mecanismo de focalización del pilar solidario transitara desde el actual Instrumento Técnico de Focalización (enfocado en pruebas de ingresos) a un test de afluencia en el sentido de excluir de los beneficios a los potenciales beneficiarios más afluentes, según sus ingresos.
Considerando que este último desafío no ha sido abordado integralmente, es que se ha decidido encargar este estudio, cuyo objetivo es revisar y analizar de manera crítica el requisito de focalización para los beneficios del SPS, con el fin de evaluar los alcances, características, pertinencia y desempeño de este, y proponer modificaciones, en su caso.
La elaboración de este estudio debe incorporar la perspectiva de género tanto en el análisis como en la presentación de sus resultados.
El adjudicatario deberá resguardar la absoluta confidencialidad sobre los antecedentes entregados por la Subsecretaría de Previsión Social u otros, en el marco del estudio, como también de los resultados e informes que se obtengan como consecuencia del contrato a que da origen esta licitación. Además, se deberá comprometer a usar la información proporcionada con el fin exclusivo de dar cumplimiento a los requerimientos establecidos, y no hacer traspasos totales o parciales de la información a terceros ajenos al contrato.
BIBLIOGRAFÍA MÍNIMA A CONSULTAR
El estudio deberá considerar en su elaboración, a lo menos, los siguientes estudios generales:
• Informe de la Comisión Asesora Presidencial 2006 (Comisión Marcel) .
• Informe de la Comisión Asesora Presidencial 2014-2015 (Comisión Bravo) .
• Informes del Consejo Consultivo Previsional , en particular:
“Análisis del desempeño del Sistema de Pensiones Solidarias a diez años de su implementación”, Centro UC Encuestas y Estudios Longitudinales, Marzo 2019.
• Mensaje del proyecto de Ley que creaba el Sistema de Pensiones Solidarias .
• Informes elaborados por instituciones públicas:
Superintendencia de Pensiones: Compendio de Normas del Sistema de Pensiones, libro III, capítulo V .
• “The targeting effectiveness of social transfers”, Devereux S, Masset E, Sabates-Wheeler R, Samson M, Rivas A, and te Lintelo D (2017).
• “Proxy means tests for targeting social programs: Simulations and speculation”, Grosh M, and Baker J (1995).
• “Targeting of social transfers: a review for DFID”, Slater R and Farrington J (2009).
• “Targeting methods for social programs”, Legovini A (1999)
• “Targeting outcomes redux”, Coady D, Grosh M, and Hoddinott J (2004)
• “Effective targeting of social programmes: an overview of issues”, White H (2017)
• “Selecting a targeting method to identify BPL households in India”, Alkire S and Seth S (2013)
• “Multidimensional targeting: identifying beneficiaries of conditional cash transfer programs”, Azevedo, V and Robles, M (2013)
2. OBJETIVOS
2.1 OBJETIVO GENERAL DEL ESTUDIO
Realizar un estudio que revise y analice de manera crítica las exigencias establecidas para aplicar el requisito de focalización que permite asignar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias. En concreto, se solicita revisar el concepto de grupo familiar a que alude el artículo 4 de la ley N°20.255 y el Instrumento Técnico de Focalización a que se refiere el artículo 32 de la precitada ley, estudiando la literatura teórica de los mecanismos de focalización y las experiencias internacionales en programas sociales que busquen aliviar la pobreza, con el fin de evaluar los alcances, características, pertinencia y desempeño del instrumento y su unidad de análisis, proponiendo modificaciones, de estimarse pertinente. Cualquier modificación que se proponga debe de estar debidamente fundamentada y enmarcarse en el cumplimiento de los objetivos del Sistema de Pensiones Solidarias.
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
OBJETIVO 1
Sistematizar los marcos teóricos de los tipos de mecanismos de focalización que puedan ser utilizados en programas sociales que apunten a aliviar la pobreza tanto de la población de adultos mayores como de la población en general, mencionando sus objetivos, principales elementos y criterios de evaluación de cada uno de ellos. A este respecto, se deben considerar los modelos de focalización teóricos que tengan mayor relevancia en la literatura.
TAREAS VINCULADAS AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO 1:
a) Describir lo que es un mecanismo de focalización, señalando: i) los elementos a considerar en su diseño; ii) los pasos a seguir en un proceso de focalización; iii) los criterios de evaluación de estos (en términos de precisión de la elegibilidad de la población objetivo, en términos de costos o de costo efectividad, entre otros).
b) Identificar los principales tipos de mecanismos de focalización encontrados en la literatura, tales como test de medios, proxy de test de medios, categórico, geográfico, basado en la comunidad, autofocalización, y multienfoques. Para cada uno de dichos mecanismos se deberá identificar los objetivos que persiguen; sus ventajas y desventajas, así como los programas sociales en los que se podrían aplicar.
c) Elaborar un informe descriptivo y de fácil lectura que contenga los principales hallazgos de la revisión teórica de los mecanismos de focalización.
OBJETIVO 2
Realizar un registro bibliográfico sobre las experiencias nacionales e internacionales de mecanismos de focalización utilizados en programas sociales que busquen aliviar la pobreza tanto de la población de adultos mayores como de la población en general, analizando los principios y fundamentos de estos, sus procesos de implementación, las fuentes de información, entre otros elementos que sean pertinentes.
TAREAS VINCULADAS AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO 2:
a) Definir con el Consejo Consultivo Previsional una lista de 6 países que se considerarán en la revisión y sistematización bibliográfica. Con todo, de los países revisados al menos 2 deben pertenecer a Sudamérica, y otros 2 a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos.
b) Realizar una revisión bibliográfica de experiencias nacionales e internacionales (considerar los 6 países seleccionados en el punto anterior) en la utilización de instrumentos de focalización, incluyendo, al menos, un análisis de los siguientes elementos:
• Objetivos, principios y fundamentos
• Tipo de programa utilizado (asignación de beneficios escolares, de ayudas sociales, de pensiones no contributivas, entre otros)
• Unidad de análisis (grupo familiar, personas, hogar, entre otros)
• Variable(s) de análisis (ingreso total, ingreso per cápita, entre otros)
• Procesos de implementación
• Fuentes de información (datos auto reportados, registros administrativos)
• Contexto social
c) Elaborar un informe que contenga un análisis crítico y cualitativo de las experiencias de mecanismos de focalización encontradas, destacando sus ventajas y desventajas, aciertos y desaciertos, y cuán bien logrado está el objetivo de focalización, en cada caso.
OBJETIVO 3
Sistematizar los antecedentes, fundamentos y consideraciones de la definición de grupo familiar utilizado por la ley N°20.255 para efectos de focalizar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias.
TAREAS VINCULADAS AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO 3:
a) Describir los objetivos, principios y fundamentos en los que se basaron para la definición de grupo familiar consagrada en la ley N°20.255, destacando las ventajas y desventajas asociadas a la utilización de esta definición.
b) Hacer un análisis comparativo del concepto de grupo de análisis utilizado para la asignación de otros beneficios sociales entregados en el país, identificando teóricamente las ventajas y desventajas de cada uno en relación con distintos beneficios sociales, y semejanzas y diferencias entre estos y el grupo familiar.
c) Elaborar un informe comparativo del concepto de grupo familiar a la hora de asignar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, formulando un análisis crítico del mismo.
OBJETIVO 4
Sistematizar los antecedentes, fundamentación, fórmulas, modificaciones y proceso de implementación del grupo familiar y del Instrumento Técnico de Focalización del Sistema de Pensiones Solidarias, desde su creación en 2010 a la fecha.
TAREAS VINCULADAS AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO 4:
a) Describir los objetivos, principios y fundamentos que se tuvieron en consideración para la creación del Instrumento Técnico de Focalización del Sistema de Pensiones Solidarias, considerando los componentes que interactúan (capacidad generadora de ingresos, umbral CASEN, índice de dependencia, ingresos laborales de adultos mayores, entre otros).
b) Describir el actual Instrumento Técnico de Focalización, incluyendo en ella la relativa al Puntaje de Focalización Previsional y sus componentes (capacidad generadora de ingresos, umbral CASEN, índice de dependencia, ingresos laborales de adultos mayores, entre otros).
c) Analizar las modificaciones realizadas a los parámetros del Instrumento Técnico de Focalización: umbral CASEN, índice de dependencia, ingresos laborales de adultos mayores, entre otros. A modo de ejemplo, considerar las siguientes:
• Resolución Exenta N°93 de 2013 de la Subsecretaría de Previsión Social que modifica la fórmula de cálculo del Puntaje de Focalización Previsional mediante cambios en el índice de necesidades.
• Resolución Exenta N°193 de 2017 de la Subsecretaría de Previsión Social que modifica la fórmula de cálculo del Puntaje de Focalización Previsional mediante cambios en el índice de necesidades e ingresos laborales.
• Resolución Exenta N°03 de 2020 de la Subsecretaría de Previsión Social que actualiza el valor del umbral CASEN para el cálculo del Puntaje de Focalización Previsional.
d) Describir la implementación práctica del Instrumento Técnico de Focalización, incluyendo referencias a sus componentes, unidad de análisis, fuentes de información, rezagos de esta, proceso de actualización de los datos, responsabilidades de las diversas instituciones involucradas en el proceso, entre otros. Se deben considerar, al menos, las siguientes actividades:
• Realizar reuniones con las instituciones involucradas en la implementación del Instrumento Técnico de Focalización , teniendo en cuenta las siguientes: Subsecretaría de Previsión Social, Superintendencia de Pensiones, Instituto de Previsión Social, Ministerio de Desarrollo Social y de la Familia, entre otros.
• Realizar un esquema que resuma la interacción de las instituciones en la implementación periódica del mecanismo de focalización.
• Identificar si existen nudos críticos en la interacción entre las instituciones responsables de la implementación del mecanismo de focalización, incluyendo un flujo de información.
e) Elaborar un informe de diagnóstico que exponga de manera crítica los antecedentes de la situación actual del Instrumento Técnico de Focalización, identificando sus principales componentes y cómo estos impactan en la elegibilidad para acceder a los beneficios.
OBJETIVO 5
Presentar propuestas y recomendaciones para enfrentar el desafío de mejorar las exigencias de focalización del Sistema de Pensiones Solidarias (unidad de análisis [grupo familiar] y el Instrumento Técnico de Focalización), basado en las revisiones de los mecanismos de focalización y las experiencias nacionales e internacionales.
TAREAS VINCULADAS AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO 5:
a) Dadas las tareas asociadas al cumplimiento de los objetivos 1, 2, 3 y 4, evaluar críticamente el desempeño actual del concepto de grupo familiar y del Instrumento Técnico de Focalización del Sistema de Pensiones Solidarias, en cuanto al cumplimiento de su objetivo y a los elementos de diseño.
b) Identificar y proponer modificaciones de corto, mediano y largo plazo, separadas en dos grupos diferentes:
• Que no impliquen cambios legales, y que se apliquen tanto a la información base (fuentes de información, periodicidad, entre otros) como a los procesos de diseño e implementación del Instrumento Técnico de Focalización, permitiendo mejorar el desempeño actual de los criterios de focalización.
• Que impliquen cambios legales, y que se apliquen tanto a la información base (fuentes de información, periodicidad, entre otros) como a los procesos de diseño e implementación del Instrumento Técnico de Focalización, permitiendo mejorar el desempeño actual de los criterios de focalización. Identificar las modificaciones institucionales y legales asociadas a la implementación de ellas.
c) Elaborar un informe que resuma las principales propuestas de modificaciones de corto, mediano y largo plazo tanto para la unidad de análisis de focalización (grupo familiar) como del Instrumento Técnico de Focalización, incorporando la evaluación del desempeño actual de éstos, así como los cambios regulatorios e institucionales si son requeridos.
OBJETIVO 6
Respaldar los impactos que podrían tener en el Sistema de Pensiones Solidarias las modificaciones que se deriven de las propuestas que se formulen en el marco del desarrollo de los objetivos previos, (considerando error tipo I y tipo II , costos económicos, costos sociales, entre otros).
TAREAS VINCULADAS AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO 6:
a) Realizar una simulación del actual Instrumento Técnico de Focalización del Sistema de Pensiones Solidarias, utilizando los datos de la última encuesta de Caracterización Socioeconómica (CASEN) disponible y los datos (registros administrativos) de una muestra aleatoria innominada proporcionada por la Subsecretaría de Previsión Social. Esta última incluye las variables que hoy en día son consideradas en el cálculo del actual Instrumento Técnico de Focalización.
b) Evaluar (por medio de dicha simulación) las recomendaciones de modificaciones propuestas en el objetivo 5. En el caso de la muestra aleatoria innominada, se evaluará la factibilidad de agregar datos administrativos que hoy en día no son considerados en la estimación del actual Instrumento Técnico de Focalización.
c) Realizar un análisis de los resultados de las modificaciones propuestas y su posible impacto en el Sistema de Pensiones Solidarias, desde el punto de visto económico y social. Además, comparar los resultados obtenidos al utilizar la encuesta CASEN y la submuestra compuesta por registros administrativos.
d) Elaborar un informe que describa el proceso de simulación desarrollado, sus principales resultados y conclusiones derivadas de éste.
OBJETIVO 7
Elaborar un Informe Final con los diferentes capítulos desarrollados en el estudio, que contenga los comentarios y observaciones realizadas tanto por el Consejo Consultivo Previsional como por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría. Este informe debe incluir un Resumen Ejecutivo.
TAREAS VINCULADAS AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO 7:
a) A partir de cada uno de los productos entregados para el cumplimiento de los objetivos anteriores, elaborar un informe final que sea consistente en relato y redacción. Cada uno de los capítulos deberá contener una introducción, un desarrollo y conclusiones.
b) Realizar un resumen ejecutivo el cual se dividirá por secciones en función de los objetivos del estudio, destacando en cada una sus principales hallazgos y conclusiones.
3. PRODUCTOS ESPERADOS Y PLAZOS ESTABLECIDOS
El equipo consultor deberá sostener reuniones con el Consejo Consultivo Previsional y un representante de la Subsecretaría de Previsión Social, de manera periódica con el objeto de comunicar los resultados de avance del estudio, y analizar las recomendaciones y aprendizajes identificados en el proceso.
En un plazo máximo de 5 días hábiles después de la entrega de cada Producto, el oferente adjudicado debe contemplar y organizar reuniones con la contraparte técnica de la Subsecretaría y el Consejo Consultivo Previsional, para dar cuenta del estado de avance del proyecto, las dificultades en el desarrollo de las actividades y otros ámbitos que considere relevantes.
Si la Subsecretaría y/o el Consejo Consultivo Previsional consideran necesario, podrán solicitar al oferente adjudicado el aumento en la frecuencia de las reuniones de coordinación. Cada una de las reuniones debe ser documentada a través de un acta de reunión, la que debe incluir los temas tratados y los acuerdos operativos. Será de responsabilidad del oferente adjudicado, la elaboración de las actas de reunión, las que deberán enviarse en archivo electrónico a la contraparte técnica asignada, en un plazo de un día hábil desde la realización de cada sesión, las que serán visadas por la contraparte técnica de la Subsecretaría, en un plazo de 3 días hábiles desde la entrega del acta.
Cada uno de los productos y sus respectivas correcciones han de ser enviados en formato digital (incluyendo archivos en Word, Excel y PDF) al correo electrónico de la Oficina de partes de la Subsecretaría de Previsión Social (oficinadepartes@previsionsocial.gob.cl) y a la Contraparte Técnica definida previamente. Dichos productos deben ser enviados en horario laboral (8 a 17 horas), cualquier producto o corrección enviada después de las 17 horas se considerará como recibida el día hábil siguiente.
Cada una de las presentaciones se realizará frente al Consejo Consultivo Previsional y un representante de la Subsecretaría de Previsión Social, los cuales realizarán las recomendaciones técnicas de corrección. La aprobación administrativa se realizará por parte de la jefa de la Dirección de Estudios Previsionales de la Subsecretaría de Previsión Social.
Los productos esperados para este estudio se detallan a continuación:
PRODUCTO 1: El adjudicatario deberá presentar un Plan de Trabajo con su Cronograma y/o Carta Gantt Preliminar, además de un avance del Marco Teórico – Metodológico y propuestas de entrevistas a realizar.
El marco Teórico - Metodológico deberá contener un avance del marco de referencia teórica, contemplando el propósito del estudio y su fundamentación; una propuesta metodológica y técnica a utilizar para abordar cada objetivo específico del estudio y la descripción de las fuentes a revisar. En el caso de las entrevistas , se debe especificar las instituciones u organizaciones a entrevistar, cantidad de entrevistas a realizar y cronograma de entrevistas, además del diseño de pautas que aplicarán.
Este producto deberá ser presentado en una reunión a gestionar dentro de los 2 días hábiles después de la total tramitación del contrato . En caso de existir observaciones por parte de los integrantes del Consejo Consultivo Previsional o la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, se deberán aplicar los ajustes definitivos al Plan de Trabajo y su Cronograma, enviando su versión definitiva dentro de los 7 días hábiles después de la total tramitación del contrato.
PRODUCTO 2: Informe y presentación en PowerPoint que contenga los objetivos 1 y 2. El informe será entregado 40 días corridos después de la total tramitación del contrato.
PRODUCTO 3: Informe y presentación en PowerPoint que contenga los objetivos 3 y 4. El informe será entregado 70 días corridos después de la total tramitación del contrato.
PRODUCTO 4: Informe y presentación en PowerPoint que contenga el objetivo 5. El informe será entregado 100 días corridos después de la total tramitación del contrato.
PRODUCTO 5: Informe y presentación en PowerPoint que contenga el objetivo 6. El informe será entregado 125 días corridos después de la total tramitación del contrato.
PRODUCTO 6: Informe y presentación en PowerPoint del Informe Final del estudio y su resumen ejecutivo (objetivo 7), el cual debe considerar la elaboración de un documento que contenga todos los contenidos relevantes desarrollados en los informes preliminares y sus principales conclusiones en un lenguaje sencillo. Este informe deberá incorporar todas las observaciones que la contraparte técnica y el Consejo Consultivo hayan levantado respecto a los productos anteriores. El informe será entregado 145 días corridos después de la total tramitación del contrato.
En el caso de las estimaciones a realizarse con bases de datos, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de las programaciones (por ejemplo: do files en caso de Stata) en este producto.
En la siguiente tabla se resumen los pagos asignados a la entrega de cada producto, sus respectivas actividades y plazos establecidos:
N° PRODUCTO DETALLE PLAZOS ESTABLECIDOS N°
PAGO
Producto 1 Plan de Trabajo y marco teórico metodológico preliminar: detalle de actividades, cronograma y Carta Gantt. 2 días hábiles luego de la total tramitación del contrato
PAGO N°1
30%
Plan de Trabajo y marco teórico metodológico definitivo. 7 días hábiles luego de la total tramitación del contrato
Producto 2 i. Informe descriptivo y de fácil lectura que contenga los principales hallazgos de la revisión teórica de los mecanismos de focalización. 40 días corridos contados desde la total tramitación del contrato
ii. Informe que contenga un análisis crítico y cualitativo de las experiencias de mecanismos de focalización utilizados en programas sociales que busquen aliviar pobreza, destacando sus ventajas y desventajas, aciertos y desaciertos, y cuán bien logran el objetivo de focalización.
Producto 3 i. Informe comparativo del grupo familiar a la hora de asignar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, formulando un análisis crítico del mismo. 70 días corridos contados desde la total tramitación del contrato
ii. Informe de diagnóstico que exponga de manera crítica los antecedentes de la situación actual del Instrumento Técnico de Focalización, identificando sus principales componentes y cómo estos impactan en la elegibilidad para acceder a los beneficios.
Producto 4 Informe que resuma las principales propuestas de modificaciones de corto, mediano y largo plazo tanto para la unidad de análisis de focalización (grupo familiar) como del Instrumento Técnico de Focalización, incorporando la evaluación del desempeño actual de éstos, así como los cambios regulatorios e institucionales si es que son requeridos. 100 días corridos contados desde la total tramitación del contrato
PAGO N°2
50%
Producto 5 Informe del proceso de simulación, incorporando una descripción de este, los principales resultados obtenidos y un análisis que se derive de éste. 125 días corridos desde la total tramitación del contrato
Producto 6 Informe Final. 145 días corridos desde la total tramitación del contrato
PAGO N°3
20%
4. REQUISITOS DEL CONSULTOR O DEL JEFE DE PROYECTO DE LA EMPRESA CONSULTORA
Las temáticas y áreas de interés para este estudio son el conocimiento y experiencia en análisis económico y legal del sistema de pensiones solidarias, de la seguridad social y en focalización de programas sociales.
La adjudicación de este estudio será mediante licitación pública, y los postulantes podrán ser personas naturales o jurídicas, que cumplan con los siguientes requisitos :
• El equipo debe contar con al menos tres profesionales (incluyendo al Jefe de Proyecto), uno de los cuales debe ser experto en políticas públicas y otro, con título profesional o grado académico en Economía.
• Los tres profesionales, incluyendo al jefe del proyecto, deben contar con magíster o doctorado y experiencia en algún área relacionada a las temáticas abordadas en el estudio.
5. RECEPCIÓN DE LOS INFORMES
El Adjudicatario presentará todos los informes correspondientes a los productos y sus versiones corregidas, en caso de haberlas, a la Contraparte Técnica designada por la Subsecretaría de Previsión Social. Para efectos del cómputo de plazos se considerará la fecha de entrega al correo electrónico de la Oficina de partes de la Subsecretaría de Previsión Social (oficinadepartes@previsionsocial.gob.cl) y a la Contraparte Técnica.
La Contraparte Técnica presentará las observaciones, aprobaciones y/o cualquier documento, directamente al Adjudicatario.
Las correcciones de cada producto deberán ser presentadas por el oferente adjudicado 5 días hábiles después de entregadas las observaciones por parte de la Subsecretaría, luego de lo cual operará lo dispuesto en el Punto 20 de las bases administrativas.
Para dar curso a los pagos asociados a los productos, las correcciones de las observaciones que se formulen y la revisión de éstas por la Contraparte Técnica, requerirán que el proveedor adjudicado envíe la versión corregida del producto al correo electrónico de la Oficina de partes de la Subsecretaría de Previsión Social (oficinadepartes@previsionsocial.gob.cl) y a la Contraparte Técnica, lo que no conlleva por motivo alguno, a una modificación del plazo total para la presentación del Informe Final, salvo lo establecido en el punto 14.1 de las bases administrativas.
6. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
(i) El Adjudicatario asumirá la responsabilidad técnica total de los servicios profesionales prestados para la elaboración de este Estudio.
(ii) El Adjudicatario se obliga a considerar las observaciones que le formule la Contraparte Técnica.
(iii) La reformulación de los documentos e informes que hayan sido observados por la Contraparte Técnica no eximen al Adjudicatario de la responsabilidad final y total sobre el Estudio.
(iv) En atención a que el Adjudicatario es el responsable absoluto del Estudio, deberá garantizar la calidad de éste y responder por el trabajo realizado.
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