Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Bases Técnicas |
1.1. Antecedentes generales:
Dentro de los objetivos del programa de gobierno se encuentra como meta mejorar los estándares laborales dentro del concepto de trabajo decente que desarrolla la OIT, lo que significa, entre otros aspectos, la seguridad en el lugar de trabajo.
a. La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Chile comenzó a avanzar en materias de seguridad y salud en el trabajo, concretamente al ratificar el año 2011 el Convenio N° 187 (C187) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo, comprometiéndose a promover la mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo con el fin de prevenir las lesiones, enfermedades y muertes ocasionadas por el trabajo mediante el desarrollo de una política, un sistema y un programa nacional, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores, debiendo para ello adoptar las medidas para conseguir de forma progresiva un medio ambiente de trabajo seguro y saludable, las que deberán ser examinadas periódicamente, la que incluyera entre otras materias:
1. La legislación, los convenios colectivos, y cualquier otro instrumento pertinente en materia de seguridad y salud en el trabajo.
2. Mecanismos para garantizar la observancia de la legislación nacional, incluidos los sistemas de inspección.
3. Promover la cooperación entre la parte empleadora, los trabajadores y sus representantes, la prevención en los lugares de trabajo.
b. El Proceso de elaboración de la Política Nacional del año 2016
En cumplimiento de este compromiso internacional, Chile comenzó la elaboración de una Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo en el año 2016, teniendo como ejes centrales:
1. El diálogo social tripartito. Este método de consulta promovió una actitud de cooperación entre los agentes económicos y sociales, en la que participaron las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores, y representantes de los organismos públicos relacionados con los temas de seguridad y salud en el trabajo, además participaron representantes de organismos administradores de la ley N° 16.744, representantes de universidades y centros de formación en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST).
2. La participación de los actores regionales. El Ministerio del Trabajo y Previsión Social realizó 32 talleres de consulta regional, 2 por región, donde participaron 1.128 personas.
c. Necesidad de revisar y actualizar la Política Nacional
Como se señaló el Convenio N° 187 establece explícitamente que todo Miembro, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, deberá examinar periódicamente las medidas adoptadas para promover la mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo con el fin de prevenir las lesiones, enfermedades y muertes ocasionadas por el trabajo mediante el desarrollo de una política, un sistema y un programa nacionales.
Si bien el inicio de la revisión correspondía que fuera realizada en el mes de septiembre 2020, por motivos de covid-19 fue prorrogada esta revisión para el año 2022, conforme al D.S. N° 47, de 2021, iniciándose finalmente este proceso el 22 de noviembre del 2022 con la reunión del Comité Técnico del Comité de Ministros/as para la Seguridad y Salud en el Trabajo y la reunión del Comité de Ministros para la Seguridad y Salud en el Trabajo, celebrada el 12 de enero de 2023, en virtud del cual los y las ministras miembros de este Comité comprometieron sus esfuerzos en impulsar la revisión y actualización de la Política Nacional de SST.
d. El Convenio N° 155 de la OIT sobre seguridad y salud de los trabajadores/as, de 1981
El citado convenio dispone que con el objeto de prevenir accidentes y daños a la salud que sean consecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo, el Estado deberá poner en práctica una política pública coherente en materia de seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo.
Aunque este convenio aún no se encuentra ratificado por Chile, cabe señalar con fecha 10 de junio de 2022 la Conferencia Internacional del Trabajo aprobó una resolución para añadir el principio de un entorno de trabajo seguro y saludable: nuevo principio y derecho fundamental en el trabajo.
Con esta declaración, este nuevo principio internacional pasa a ser la quinta categoría de principios, con la misma fuerza normativa que la libertad sindical y el derecho a la negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo.
Los convenios fundamentales asociados a esta quinta categoría de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo son el Convenio 155 sobre seguridad y salud en el trabajo y el Convenio N° 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, por lo que la observancia de ambos instrumentos internacionales ha pasado a ser obligatoria para nuestro país.
e. El Convenio N° 176 sobre seguridad y salud de minería
En igual sentido, el Gobierno del Presidente Boric ha comprometido el inicio del proceso de consultas para la ratificación del Convenio N° 176 de la OIT sobre seguridad y salud en las minas de conformidad al Convenio N° 144 de la OIT sobre la consulta tripartita, por considerarlo un tratado internacional trascendental para el fortalecimiento de los derechos de las y los trabajadores mineros, especialmente en relación con el derecho a la consulta y participación en las medidas de seguridad y salud aplicables a los riesgos presentes en esta industria.
El artículo 3 del convenio establece que todo Miembro que ratifique este instrumento y previa consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, deberá formular, aplicar y revisar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en las minas, en especial en lo que atañe a las medidas destinadas a hacer efectivas las disposiciones del convenio.
f. Diálogo social tripartito y regional para la revisión y actualización de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y para la elaboración de la Política Nacional de Seguridad y Salud de Minería
En este contexto, el Gobierno de Chile, a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y con el acuerdo del Comité de Ministros(as) para la Seguridad y Salud en el Trabajo, ha estimado oportuno utilizar la instancia de la revisión y actualización de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ya señalada, para impulsar las bases preparatorias de elaboración de una Política Nacional en Seguridad y Salud de Minería.
Por tanto, para concluir el proceso de elaboración, revisión y actualización de estas dos Políticas, se hace necesario contar con un trabajo de apoyo para el caracterización, análisis, sistematización y consolidación del trabajo que resulte de las distintas instancias de diálogo social tripartito y que se proyecta constituir en cada una de las regiones del país.
1.2. Programa del despliegue de los diálogos regionales para la revisión y actualización de la PNSST y elaboración de la PNSS de Minería
Para efectos de la revisión y actualización de la PNSST y elaboración de la PNSS de Minería, se ha diseñado un despliegue regional, que se espera provea de insumos relevantes para la confección de informes nacionales consolidados que den cuenta de propuestas para la actualización de la actual PNSST y la elaboración para una PNSS de Minería.
Este proceso será desarrollado en las siguientes fases regionales:
a) Fase I. Talleres Regionales (1) de consulta inicial. Revisión y actualización de la PNSST y elaboración de la PNSS de Minería
• Objetivo del Taller:
Consultar a actores (as) regionales tripartitos y representativos (as) de las 16 regiones sobre lo que consideran debiera ser actualizado en la nueva PNSST.
Consultar a actores (as) regionales tripartitos y representativos (as) de las 7 regiones del sector minero (Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana y O’Higgins), sobre los contenidos para la elaboración de una Política Nacional de Seguridad y Salud en el sector minero, en el marco de la ratificación del Convenio N° 176.
• Trabajo de Taller:
Se realizará 1 taller por región, cuya duración será de medio día. En las regiones mineras, se realizarán 2 talleres sucesivos, de medio día cada uno. En un taller se trabajará sobre la “Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo”, y en el otro Taller sobre la “Política Nacional de Seguridad y Salud de Minería”.
En cada taller se hará un trabajo inicial en plenario, para dar a conocer a los participantes sobre el contenido y marco del proceso de revisión de la PNSST y de la PNSS de Minería, así como de la metodología de consulta que se utilizará en los talleres, diseñada por el Comité Técnico para la PNSST.
Los talleres se organizarán en base a 5 grupos de trabajo que representen armónicamente a organizaciones de empleadores, trabajadores (as) y Estado.
Cada grupo de trabajo contará con una persona que tendrá el rol de facilitadora y que será designada por el equipo regional encargado de organizar el dialogo social, siendo estos grupos los que deberán debatir y consensuar las respuestas a las consultas que se les formularán.
También, cada grupo contará con un secretario (a) que recogerá la información conforme lo establezca el “Manual para la implementación de los talleres tripartitos regionales para la PNSST y PNSS de Minería”.
En la primera etapa de los talleres, el consultor deberá confeccionar 23 informes regionales, número que se replica para la segunda fase respecto de estos mismos informes los que deberán ser corregidos, complementados o ajustados en caso de que corresponda. Se suman a estos informes regionales, dos informes nacionales que consolidarán toda la información regional recogida tanto en el primer como segundo taller.
La primera fase de talleres regionales se realizará de manera presencial en los meses de abril-mayo de 2023, en las fechas y lugares que se indican (estás fechas podrían sufrir algunas variaciones por cuestiones de coordinación, pero siempre se desarrollarán antes del 30.05.2023):
Fase III. Taller Regional 1. PNSST
(Mañana)
08:30-12:45 PNSS Minería
(Tarde)
14:45 – 17:30 Fecha
1. Taller en Rancagua X X 13-4-23
2. Taller en Talca X 13-4-23
3. Taller en Iquique X X 17-4-23
4. Taller en Antofagasta X X 20-4-23
5. Taller en Chillán X 24-4-23
6. Taller en Copiapó X X 25-4-23
7. Taller en Santiago X X 26-4-23
8. Taller en La Serena X X 4-5-23
9. Taller en Concepción X 4-5-23
10. Taller en Puerto Montt X 9-5-23
11. Taller en Valparaíso X X 9-5-23
12. Taller en Punta Arenas X 11-5-23
13. Taller en Coyhaique X 16-5-23
14. Taller en Valdivia X 18-5-23
15. Taller en Temuco X 23-5-23
16. Taller en Arica X 26-5-23
b) Fase II. Taller Regional (2). Consulta regional de revisión y actualización de la PNSST y elaboración de la PNSS de Minería
• Objetivo del Taller:
Los informes regionales debidamente analizados, sistematizados y consolidados deberán ser informados a los actores regionales con el fin de recoger sus observaciones finales a este texto final.
• Trabajo de Taller
Esta segunda etapa será desarrollada en forma virtual, correspondiendo una videoconferencia por la plataforma Zoom por región y a dos en aquellas regiones donde corresponda la formulación de la PNSS de Minería. Se realizará un plenario con todas las personas que participaron en la primera etapa de los talleres regionales.
En esta oportunidad, corresponderá informar de los resultados de la primera consulta regional, a través de los informes elaborados por la consultora, junto a las presentaciones dinámicas que deba acompañar, para proceder a manifestar su acuerdo o no con el contenido del informe o bien, recoger las observaciones que se formulen.
Cada taller tendrá una duración de dos horas y se realizarán en el mes de julio de 2023, en las fechas y lugares que se indican (estás fechas podrían sufrir algunas variaciones por cuestiones de coordinación, pero siempre se desarrollarán antes del 26.07 y 09.08.2023 en el caso de minería):
Taller Regional 2 (Virtual) Fecha
1. Taller Iquique 5-7-23
2.Taller Antofagasta 6-7-23
3. Taller Temuco 6-7-23
4.Taller Copiapó 10-7-23
5. Taller Valdivia 10-7-23
6.Taller La Serena 12-7-23
7. Taller Puerto Montt 12-7-23
8.Taller Valparaíso 13-7-23
9. Taller Coyhaique 13-7-23
10.Taller Santiago 17-7-23
11. Taller Punta Arenas 17-7-23
12.Taller Rancagua 19-7-23
13. Taller Arica 20-7-23
14. Taller Talca 24-7-23
15. Taller Chillán 26-7-23
16. Taller Concepción 27-7-23
II. OBJETIVOS
2.1. Objetivo general de los informes y la respectiva presentación dinámica.
A la consultora le corresponderá analizar, sistematizar, consolidar y caracterizar el trabajo que resulte de las distintas instancias de diálogo social tripartito y regional que se ejecutará durante los talleres regionales, para la revisión y actualización de la PNSST y para la elaboración de la PNSS de Minería. Por tanto, se espera que:
- La consultora confeccione los informes de la PNSST y la PNSS de Minería regionales y nacionales conforme a su metodología propuesta, aceptada por la Contraparte Técnica, conforme a las presentes bases.
- La consultora debe caracterizar a los participantes de los talleres regionales, distinguiendo, la edad, género, región en la que reside, representación (trabajadores/empleadores/Estado), sector económico de la empresa a la que pertenece, tamaño de la empresa en la que se desempeña y la pertenencia a algún pueblo originario.
- La consultora confeccione presentaciones dinámicas de los informes regionales y nacional, con las correcciones y ajustes que correspondan.
2.2. Objetivos específicos de los informes:
2.2.1. Objetivo específico N° 1:
Realizar los informes regionales preliminares en los que se analicen, sistematicen y consoliden los contenidos que resulten de los distintos talleres regionales, tanto para la revisión y actualización de la PNSST como para la PNSS de Minería, que se desarrollarán en la primera fase, según el calendario contenido en las presentes bases. Además, estos informes deberán caracterizar a los participantes de dichos talleres.
2.2.2. Objetivo específico N° 2:
Realizar los informes regionales finales en los que se corrija, ajuste o complemente el análisis, la sistematización y consolidación de los contenidos que resulten de los informes regionales, tanto para la revisión y actualización de la PNSST como para la PNSS de Minería, que se desarrollarán en la segunda fase, según el calendario contenido en la presente base. Además, estos informes deberán caracterizar a los participantes de dichos talleres.
2.2.3. Objetivo específico Nº3:
Sistematizar dos informes nacionales para la revisión y actualización de la PNSST y para la elaboración de la PNSS de Minería, que consoliden los contenidos de los informes regionales finales. Para ello, deberá considerar los 16 informes regionales finales correspondientes a la PNSST y los 7 informes regionales finales de la PNSS de Minería.
2.2.4. Objetivo específico Nº4:
Desarrollar una presentación dinámica y gráfica de cada uno de los informes regionales y nacionales, que arroje los resultados cuantitativos y cualitativos más relevantes del taller, con el objeto de ser presentado a los participantes de la segunda ronda de talleres regionales.
III. PRODUCTOS ESPERADOS Y PLAZOS ESTABLECIDOS
3.1. Productos esperados
Producto N°1:
Primera parte. Plan de trabajo y Carta Gantt (acordada en acta de inicio de contrato)
Segunda parte. Informes regionales para la revisión y actualización de la PNSST y para la elaboración de la PNSS de Minería, ambos de la primera etapa de los talleres regionales (Taller 1).
La consultora deberá sistematizar y analizar la información documental, emanada de los diálogos sociales tripartitos y regionales para la revisión y actualización de la PNSST y la elaboración de la PNSS de Minería que se encontrará contenida en el repositorio llegándole a su correo la clave acceso. En relación a las fechas indicadas en el calendario para la realización de los talleres, la información se encontrará disponibles cumplidos los 5 días hábiles contados desde la realización del taller. Con todo, la Subsecretaría contará con la totalidad de la información cumplido el quinto día hábil posterior de realizado el último taller de la primera etapa.
El contenido principal de este repositorio contendrá la siguiente información:
1. Ficha de inscripción de los participantes a cada uno de los talleres. En total serán 16 talleres para la PNSST y 7 para la PNSS de Minería. En total serán un máximo de 1.150 instrumentos que estarán en el repositorio en formato digital.
2. Cuestionario individual para la revisión y actualización de la PNSST. Corresponde a un cuestionario que responderán los participantes en forma individual. Serán en total 800 instrumentos. El formato será en PDF. La consultora deberá analizar solo las preguntas 1, 2 y 3 cuando en ellas se hayan incluido nuevos principios, objetivos y ámbitos de acción.
3. Informe del trabajo de taller de la PNSST y de la PNSS de Minería. En total serán 115 informes, los que estarán disponibles en formato Word.
El informe deberá tener una estructura o índice, que por lo menos incluya los siguientes contenidos:
I. Caracterización de los talleres:
Fecha y lugar o modalidad de realización.
Autoridades participantes.
Equipos regionales y nacionales intervinientes.
Lista de asistentes.
Descripción de las mesas de trabajo y su composición.
II. Caracterización de los representantes de trabajadores (as), empleadores y Estado, (edad, sexo y género, formación educacional, actividad económica a la que pertenece).
III. Resultados actividades diálogos sociales por cada grupo de cada región por cada una de las consultas contenidas en los instrumentos desarrollados en los talleres.
IV. Conclusiones o resumen de la información por región.
Los formularios que se usarán en los talleres se adjuntan en Anexo 10, los que pueden presentar variaciones, que en caso de ocurrir en ningún caso serán sustanciales.
La fecha máxima de entrega de este producto será el 22.06.2023.
Producto N°2: Informes regionales ajustados y complementados e informes nacionales consolidados para la revisión y actualización de la PNSST y para la elaboración de la PNSS de Minería, ambos de la segunda etapa de los talleres regionales (Taller 2).
A partir de los informes regionales finales, la consultora deberá entregar 2 informes nacionales:
El primero de ellos, para la revisión y actualización de la PNSST. La fecha máxima de entrega de este producto será el 26.07.2023.
El segundo, para la elaboración de la PNSS de Minería. La fecha máxima de entrega de este producto será el 09.08.2023.
Para cada informe nacional deberá confeccionar una presentación dinámica y gráfica de datos de la información recabada, en formato de fácil utilización de sistemas operativos computacionales.
Para efectos de confeccionar estos informes nacionales, la consultora deberá complementar, corregir o ajustar los informes regionales preliminares del taller N°1 conforme a la información documental y las grabaciones emanada de los diálogos sociales tripartitos y regionales correspondientes a la segunda etapa de la revisión y actualización de la PNSST y la elaboración de la PNSS de Minería, que será realizada por videoconferencia en la plataforma de zoom.
Toda la información que deberá considerar la consultora para la confección de los informes finales se encontrará contenida en el repositorio llegándole a su correo la clave acceso. En relación a las fechas indicadas en el calendario para la realización de los talleres, la información se encontrará disponibles cumplidos los 5 días hábiles contados desde la realización del taller. Con todo, la Subsecretaría contará con la totalidad de la información cumplido el quinto día hábil posterior de realizado el último taller de la segunda etapa.
El contenido principal de esta segunda etapa contendrá la siguiente información:
1. Ficha con datos individuales de los participantes a cada uno de los talleres. En total serán 16 talleres para la PNSST y 7 para la PNSS de Minería. En total serán un máximo de 1.150 instrumentos que estarán en el repositorio en formato digital en formato “form”. Si bien se espera que los participantes sean los mismos a los de la primera etapa, la consultora deberá verificar si ello se corresponde o hay reemplazos o ausencias.
2. Informe del trabajo de taller de la PNSST y de la PNSS de Minería. En total serán 23 informes, los que estarán disponibles en formato Word.
3. Grabaciones de los plenarios del segundo taller de la PNSST y de la PNSS de Minería, que servirán de complemento o consulta en caso de que el consultor lo estime pertinente. En total serán 23 grabaciones de un máximo de 2 horas cada una.
Para la elaboración de los informes nacionales, la consultora deberá considerar:
1. Dos acápites para la PNSST.
a.- El primer acápite contendrá los consolidados de los 16 informes corregidos, ajustados o complementados de cada una de las regiones del país.
b.- El segundo acápite contendrá el informe nacional consolidado.
2. Dos acápites para la PNSS de Minería.
a.- El primer acápite contendrá los consolidados de los 7 informes corregidos, ajustados o complementados de cada una de las regiones del país en que se realizó el taller.
b.- El segundo acápite contendrá el informe nacional consolidado.
En ambos informes deberá mantener la estructura o índice requerido en el Producto N° 1 debiendo incorporar una introducción que contenga:
1. Los antecedentes para la formulación de la PNSST y PNSS de Minería.
2. Resumen de la metodología utilizada.
Los formularios que se usarán en los talleres se adjuntan en Anexo 10.
Será responsabilidad de la Subsecretaria subir oportunamente al repositorio los documentos, registros y formularios completados en los talleres de la etapa 2.
3.2. Exigencias para la entrega de los productos
El Adjudicatario presentará todos los informes correspondientes a los productos y sus versiones corregidas, en caso de haberlas, a la Contraparte Técnica designada por la Subsecretaría de Previsión Social. Para efectos del cómputo de plazos se considerará la fecha de entrega al correo de Oficina de Partes (oficinadepartes@previsionsocial.gob.cl), con copia a la contraparte designada por la Subsecretaría (archivo Word).
• La Consultora deberá entregar los informes editados, cumpliendo con las reglas editoriales mínimas generalmente aceptadas en Chile, como lo son las normas APA.
• Los informes deberán ser entregados en formato Word y PDF.
• Las fotografías, dibujos, diagramas, ilustraciones u otras similares, que se incorporen en los informes, deberán ser de propiedad del adjudicatario, encontrarse libre de derechos de autor o de Copyright, y que sean de libre circulación, indicando su fuente.
La Contraparte Técnica una vez que recepcione los productos y posterior revisión del cumplimiento de todos los requerimientos establecidos en las presentes bases técnicas, formulará sus observaciones o dará su aprobación por escrito.
Si en el transcurso del desarrollo de la consultoría, se requiere de una reunión con el equipo de consultores, la Comisión Técnica podrá solicitarla con al menos dos días de anticipación.
Una vez concluida la entrega de todos los productos, y dentro del periodo de vigencia del contrato, la consultora deberá realizar una exposición de lo realizado, la que será coordinada con la Subsecretaría de Previsión Social. La consultora, previo a la exposición, deberá entregar la presentación resumida en formato Power Point editable.
Las correcciones de cada producto deberán ser presentadas por el Adjudicatario en los plazos indicados en este numeral III debiendo ajustarse a los requerimientos de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría. En caso de incumplimiento de estas exigencias, se aplicará lo dispuesto en el Punto 20 de las bases administrativas.
Para dar curso a los pagos asociados a los productos, las correcciones de las observaciones que se formulen y la revisión de éstas por la Contraparte Técnica, requerirán que el proveedor adjudicado ingrese por Oficina de Partes la versión corregida del producto, lo que no conlleva por motivo alguno, a una modificación del plazo total para la presentación del Informe del Final, sin perjuicio de lo establecido en el punto 14.1 de las bases administrativas.
3.3. Responsabilidad del adjudicatario
i. El Adjudicatario asumirá la responsabilidad técnica total de los servicios profesionales prestados para la elaboración de este servicio.
ii. El Adjudicatario se obliga a considerar las observaciones que le formule la Contraparte Técnica.
iii. La reformulación de los documentos e informes que hayan sido observados por la Contraparte Técnica no eximen al Adjudicatario de la responsabilidad final y total sobre el servicio.
iv. En atención a que el Adjudicatario es el responsable absoluto del servicio, deberá garantizar la calidad de éste y responder por el trabajo realizado.
3.4. Plazo de la consultoría
No obstante que, desde la celebración del contrato hasta su finalización, la consultoría se desarrollará y entregará los productos en los siguientes plazos:
PRODUCTOS PLAZOS
I- Elaboración y entrega de informes regionales (1) de la PNSST y PNSS de Minería. 22 días corridos desde el plazo acordado en acta de inicio
(01.06. al 22.06.2023)
II- Elaboración y entrega del informe regional corregido (2) de la PNSS de Minería. Asimismo, se deberá elaborar y entregar el informe Nacional de la PNSS de Minería. 5 días corridos desde el plazo acordado en acta de inicio
(22 al 26.07.2023)
III- Elaboración y entrega del informe regional corregido (2) de la PNSST. Asimismo, se deberá elaborar y entregar el informe Nacional de la PNSST. 7 días corridos
(3 al 9.08.2023) desde el plazo acordado en acta de inicio
Lo señalado anteriormente, es sin perjuicio que los insumos para el punto II y III se encuentren disponibilizados antes en el repositorio, pudiendo la consultora acceder a ellos.
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