Licitación ID: 1593-1-LP21
Control calidad del agua potable 2021 - febrero a mayo
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
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Productos o servicios
1
Control de calidad del agua 1 Unidad
Cod: 83101503
Requiere la contratación de servicios denominado "Control calidad del agua potable 2021 - Febrero a Mayo", según bases adjuntas.-  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Control calidad del agua potable 2021 - febrero a mayo
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Superintendencia de Servicios Sanitarios requiere la contratación del servicio denominado control calidad del agua potable 2021-febrero a mayo, según las bases adjuntas.-
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 9, Santiago
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-02-2021 12:00:00
Fecha de Publicación: 08-01-2021 9:01:50
Fecha inicio de preguntas: 08-01-2021 11:30:00
Fecha final de preguntas: 27-01-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-01-2021 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-02-2021 12:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-02-2021 18:00:00
Fecha de Adjudicación: 16-02-2021 13:08:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Artículo 19 de las bases administrativas.-
Documentos Técnicos
1.- Artículo 20 de las bases administrativas.-
 
Documentos Económicos
1.- Artículo 21 de las bases administrativas.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Correcta presentación de la oferta Artículo 26 de las bases administrativas. 5%
2 Evaluación Técnica Artículo 26 de las bases administrativas. 75%
3 Evaluación Económica Artículo 26 de las bases administrativas. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios año 2021.
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carmen Silva Bravo
e-mail de responsable de pago: csilva@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Carmen Silva Bravo
e-mail de responsable de contrato: csilva@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23824184-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La Superintendencia de Servicios Sanitarios no acepta subcontrataciones. Esto es que la empresa adjudicada no puede transferir el contrato a terceros.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Fecha de vencimiento: 30-11-2021
Monto: 10 %
Descripción: Los adjudicatarios deberán constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. También será admisible la garantía electrónica, en cuyo caso deberá ajustarse a lo previsto en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el portal de ChileCompra, mediante carta dirigida al Jefe de La División de Fiscalización de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 10% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente al del contrato más 4 meses Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada Control calidad del agua potable 2021- Febrero a Mayo y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.” Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización. Esta garantía se devolverá cumplidos 60 días hábiles después de culminado el contrato, de acuerdo a lo dispuesto al artículo 11 de la Ley N° 19.886. En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización.
Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada Control calidad del agua potable 2021 - Febrero a Mayo y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.-
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía se devolverá cumplidos 60 días hábiles después de culminado el contrato, de acuerdo a lo dispuesto al artículo 11 de la Ley N° 19.886.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Administrativas
1. ANTECEDENTES GENERALES ARTICULO 1: Identificación del proyecto. Las presentes Bases Administrativas, se refieren a la licitación pública con adjudicación múltiple denominada “CONTROL CALIDAD DEL AGUA POTABLE 2021- Febrero a Mayo”. Los servicios que se contratarán se encuentran especificados en las Bases Técnicas de la licitación. ARTICULO 2: De la publicación y tramitación a través del portal Mercado Público El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el portal de compras” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles gratuitamente en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema www.mercadopublico.cl –debidamente acreditada por la Dirección de Compras Públicas–, esto es, que todas o algunas de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, la SISS podrá ejecutar el proceso o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Para ello, se deberá poner oportunamente en conocimiento de los oferentes la posibilidad de recibir las ofertas técnicas y económicas a través del correo electrónico de la Oficina de Partes de la SISS (ofpartes@siss.gob.cl), y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del proceso de contratación, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto, especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación. Lo anterior, con pleno respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases y teniendo presente lo más conveniente para la SISS. ARTICULO 3: Contratante El contratante es la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante la SISS, y será coordinado e inspeccionado a través del Área Técnica de la División de Fiscalización. ARTICULO 4: Tipo de contrato El contrato a que se refieren estas Bases Administrativas será sobre la base de precios unitarios, sin reajustes. ARTICULO 5: Etapa de la Licitación La presente licitación se realizará en dos etapas, la apertura de la oferta técnica y luego de la oferta económica, a través del sistema de información Mercado Público. La oferta será declarada inadmisible en caso que el oferente presente los antecedentes de la oferta técnica y económica en forma conjunta. ARTICULO 6: Presupuesto El trabajo que se contrata se financiará a través de fondos provenientes del Subtítulo 22, por un valor referencial total, que comprende todos los grupos licitados de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos, IVA incluido), correspondiente al Presupuesto SISS Año 2021 ARTICULO 7: Requisitos para presentarse a la licitación Podrán participar laboratorios con acreditación en el INN, vigente durante todo el período de ejecución del contrato, según convenio INN-SISS, que estén inscritos en www.mercadopublico.cl y que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras. Los oferentes no inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado, como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro del plazo establecido en estas Bases, con la inscripción vigente en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración. ARTICULO 8: Inhabilidades Con la finalidad de acreditar que los oferentes no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso 2°, de la ley N° 19.886, deberán acompañar conjuntamente con su oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°10, firmados por el representante legal de la persona jurídica. Además, para acreditar que el oferente no se encuentra relacionado con una empresa sanitaria o una administradora de una concesión sanitaria, en los términos que define el título XV de la Ley N° 18.045 , se deberá acompañar conjuntamente con la oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°11, firmada por el representante legal de la persona jurídica respectiva. Asimismo, los oferentes no pueden postular a hacer controles a Grupos que incluyan a empresas sanitarias con las que tengan contratos vigentes, o hayan prestado servicios de muestreo o análisis de calidad de fuentes de abastecimiento, o de autocontrol de la calidad de agua potable, en los 6 meses previos a la publicación de las presentes bases. ARTICULO 9: Idioma El idioma oficial de la presenta licitación será el español. Del mismo modo, el idioma oficial del contrato adjudicado será el español. ARTICULO 10: Cómputo de plazos Todos los plazos contenidos en las presentes bases son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. Para estos efectos, serán días hábiles todos los días, con excepción de los sábados, domingos y festivos. En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. ARTICULO 11: Gastos Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado. ARTICULO 12: Documentos que integran la licitación Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican: a. Bases Administrativas y Bases Técnicas, con sus correspondientes anexos. b. Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la SISS, a través de la resolución correspondiente. c. Serie de Preguntas y Respuestas. d. Aclaraciones. e. Las Propuestas Técnica y Económica del o los oferentes seleccionados, que debe incluir todos los formularios solicitados. f. Otros antecedentes o documentos indicados en las Bases Administrativas y/o Técnicas. g. Las resoluciones que dicte la SISS sobre la materia de esta licitación. ARTICULO 13: Aceptación de los términos de las Bases La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa. ARTICULO 14: Confidencialidad y reserva de los antecedentes A fin de guardar estricta reserva de todos los antecedentes, datos, estadísticas, políticas o criterios propios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, los oferentes deberán adjuntar en los antecedentes administrativos de su oferta el FORMULARIO N°6. La no presentación de este formulario será causal para desestimar la oferta del respectivo proponente. ARTICULO 15: Interpretación de las Bases La SISS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. ARTICULO 16: Aclaraciones y modificaciones a las Bases Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta propuesta pública, podrán ser solicitadas a través de www.mercadopublico.cl hasta la fecha definida a través del Portal. La SISS responderá estas consultas mediante documento único denominado "Serie de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones", el que será enviado a los participantes a través del portal www.mercadopublico.cl . Sin perjuicio de lo anterior, la SISS se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las Aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación y con anterioridad a la Apertura de las Ofertas. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. La SISS podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta el día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas. 2. PROPUESTA ARTICULO 17: Presentación de la Propuesta Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas y en los horarios indicados en el portal de Chilecompra. Los proveedores podrán ofertar para uno o más Grupos licitados. La oferta para cada Grupo debe incluir todos los servicios de agua potable que lo conforman. Si se excluyen servicios, la oferta presentada para dicho Grupo no será evaluada por la comisión. Los proponentes deberán presentar oferta para todos los bloques de parámetros definidos en las bases técnicas, independiente de la cantidad de Grupos a las que postule. Si excluye algún bloque, su oferta no será considerada. Las especificaciones de cómo se deberá ejecutar la prestación del servicio se encuentran detalladas en el punto 6 de las bases técnicas. Asimismo, serán rechazadas las propuestas que no contengan todos los antecedentes solicitados, que estén condicionadas y/o que contengan enmiendas o irregularidades que alteren la claridad de la propuesta, todo esto a juicio de la Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión). ARTICULO 18: Contenido de las propuestas La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con hojas numeradas e índice. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación. ARTICULO 19: Antecedentes Administrativos Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes: - Identificación según FORMULARIO N°5 - Copia cédula de identidad del representante. - Copia simple del RUT de la empresa. - Currículum resumido (FORMULARIO N° 3) del personal propuesto para el servicio. - Declaración jurada simple, según FORMULARIO N°6, suscrita por el oferente. - Declaración jurada simple, según FORMULARIO N°9, suscrita por el oferente. - Declaración jurada simple, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente. - Declaración jurada simple, según FORMULARIO N°11, suscrita por el oferente. - Declaración de no funcionario público FORMULARIO N°13, según se requiere en el literal A5 de Artículo 20. ARTICULO 20: Planteamiento técnico Es aquel que, cumpliendo con las exigencias establecidas en las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de la prestación ofrecida, en todos sus aspectos esenciales. En el FORMULARIO N°8 A, deberá indicar los parámetros de la NCh409/1 que tiene acreditados o en proceso de acreditación ante el INN, según convenio INN-SISS, a fin de considerarlo al momento de evaluar los recursos ofertados. En el FORMULARIO N°8 B se debe indicar a que Grupos presentará ofertas, e ingresarlo junto con la oferta técnica, en formato Excel y pdf, este último formado por el representante legal. La presentación del planteamiento técnico será un requisito esencial para realizar la evaluación de la oferta económica. A. Equipo propuesto para la ejecución del trabajo. A.1. Antecedentes generales: Equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto, con indicación de nombres completos, relación contractual con el proponente, cargo en el servicio ofertado y tiempo de dedicación al contrato con la SISS, expresado en número de horas comprometidas con el proyecto (totales y por día). Dentro del equipo se debe identificar al jefe de Laboratorio, Jefe del equipo de muestreadores y a los muestreadores titulares, quienes deberán permanecer durante el desarrollo de la totalidad del servicio contratado, justificando debida y oportunamente algún reemplazo que se deba ejecutar por causa de fuerza mayor. (FORMULARIO Nº2). A.2. Experiencia de los integrantes del equipo: Curriculum Vitae (FORMULARIO Nº3) detallado de cada uno de los integrantes que se desempeñará en el proyecto, y que se identificaron en el FORMULARIO Nº2, con la experiencia relevante en el servicio a realizar. En el caso de los muestreadores se debe precisar su experiencia en esa actividad y las capacitaciones realizadas sobre esta materia. A.3. Experiencia del oferente: Experiencia en proyectos de control de calidad de agua potable (FORMULARIO Nº1) desarrollada en los últimos 5 años, diferenciando las actividades realizadas en el sector público y privado, y detallando los principales clientes. A.4. Carta Compromiso: Este documento deberá ser firmado por cada profesional o técnico que sea ofertado, comprometiendo su participación en el proyecto (FORMULARIO Nº4). La SISS podrá exigir la participación activa en el proyecto, en las reuniones de trabajo periódicas, y en los controles de terreno, de la totalidad del equipo profesional y técnico propuesto en la oferta, según la materia que se trate. Sólo se aceptará el reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, en casos de fuerza mayor. En caso que un miembro del equipo, incluido en la oferta del adjudicado, no se presente a cumplir las labores comprometidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la adjudicación, la SISS podrá dejar sin efecto el contrato. A.5. Declaración jurada simple (FORMULARIO Nº13) que certifique que el equipo de profesionales y técnicos que participará en el proyecto: i. Al momento de postular no es funcionario público. Para estos efectos se considera como funcionario público a los profesionales de planta y contrata, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.653. ii. Si presta servicios a honorarios en alguna institución pública, deberá informar la institución en la cual presta los servicios, el monto y duración del contrato, las tareas contratadas y el tiempo que dedica a esta actividad. iii. No tiene juicios pendientes con algún Organismo de la Administración del Estado. B. Serie de “Preguntas y Respuestas” A que se refiere el Artículo 16 de las presentes Bases, firmada por el representante legal del proponente. La no presentación de este documento por parte del oferente, será causa para desestimar la propuesta. C. Detalle de otra información que el oferente considere relevante ARTICULO 21: Oferta Económica Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán a la suma de todos los grupos ofertados a valor neto, es decir, sin contemplar impuestos (sin IVA). Adicionalmente, en el plazo establecido en el calendario de la licitación, se deberá subir al portal Mercado Público el FORMULARIO N° 7, el que contendrá la oferta económica expresada tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar (con IVA). En el FORMULARIO N° 7 el proponente deberá completar cada una de las hojas que lo conforman y subir al portal el archivo Excel, y en formato pdf firmadas individualmente por el representante legal, en un solo archivo. Las instrucciones de llenado son las siguientes: En la hoja Grupos se debe especificar el valor asociado al muestreo de cada grupo al que postula, detallando por servicio que lo conforma, considerando las especificaciones del numeral 6.1 de las bases técnicas. En la hoja Laboratorio, detallar el valor de cada bloque de parámetros (sin exclusiones), teniendo en cuenta los requisitos definidos en el numeral 6.1 de las bases técnicas Se considerarán incluidos en la oferta económica todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. 3. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ARTICULO 22: Apertura de la oferta La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el portal www.chilecompras.cl, en dos actos. Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas. Los interesados se obligan a mantener vigentes sus ofertas por un plazo de 60 días corridos, a contar de la fecha de cierre de presentación de las ofertas. ARTICULO 23: Comisión evaluadora La Superintendencia de Servicios Sanitarios designará por Resolución, a los profesionales que constituirán dicha Comisión. Teniendo en cuenta lo establecido en la Res. Ex. Nº 237 B del 13 de abril de 2020 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que aprueba la directiva N°34 de recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia del virus COVID-19, esta Superintendencia establece que la Comisión podrán sesionar de manera remota, utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes (videoconferencias, correo electrónico, Webex u otras). Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple. ARTICULO 24: Aclaraciones solicitadas a los oferentes La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 25: Errores u omisiones detectados durante la evaluación La SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal de www.mercadopublico.cl La SISS podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán presentar los antecedentes omitidos o hacer las rectificaciones que sean procedentes para salvar errores u omisiones formales dentro de las 48 horas siguientes al requerimiento efectuado por la SISS, el que se informará a través del portal de www.mercadopublico.cl ARTICULO 26: Criterios de Evaluación de las Propuestas Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante una Minuta de Evaluación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases y en las Especificaciones Técnicas, en consideración al interés público comprometido, procediendo a emitir un informe de adjudicación que recomendará la adjudicación de cada uno de los grupos a la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, para los intereses de la institución, considerando los siguientes parámetros: Criterio Porcentaje a) Oferta Técnica 75% b) Oferta Económica 20% c) Correcta presentación de la oferta 5% La evaluación de la oferta técnica y de la correcta presentación de la oferta, se hace en conjunto para las dos componentes del proceso señaladas en el punto 6 de las bases técnicas, con respecto a todos los Grupos a los que postula el oferente, obteniendo para cada aspecto evaluado un solo puntaje. En el caso de la oferta económica, el puntaje se calcula individualmente para cada Grupo. La adjudicación se hace para cada Grupo al oferente que obtenga el mayor puntaje de todos los aspectos evaluados. a) Evaluación de la Propuesta Técnica: La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla, Criterio Sub-Criterio Fórmula de Cálculo Oferta Técnica, 75% de la calificación total Requerimiento Acreditación 20% de la oferta técnica Puntaje Descripción (A x 100)/14 A= Numero de parámetros que tiene acreditado el oferente ante el INN, de los señalados en el FORMULARIO N°8, esto corresponde a 14 parámetros 0 Deficiente: No cumple con lo solicitado. No presenta información. El puntaje final del Requerimiento Acreditación, corresponderá a la suma obtenida de los puntajes por parámetros acreditados (A) y de aquellos en proceso de acreditación (R). En Formulario N° 8 se indican los parámetros, y la información será validada en el sitio web del INN. Experiencia del oferente 20% de la oferta técnica Puntaje Número de proyectos que involucren muestreo y análisis de muestras de agua potable en laboratorio 100 Más de 5 proyectos 70 Entre 3 y 5 proyectos 50 Entre 1 y 2 proyectos 0 No informa o no se puede demostrar. Nota: Los proyectos deben corresponder a contratos de control de calidad de agua potable. Experiencia del equipo 30% de la oferta técnica Puntaje Años promedio de experiencia del equipo en muestreo y análisis de muestras en laboratorio. 100 Más de 5 años promedio 70 Entre 2 y hasta 4 años promedio 50 Entre 1 y hasta 2 años promedio 35 Menos de 1 año promedio 0 No informa Nota: El objetivo es evaluar la experiencia del personal de terreno y de laboratorio que se asignará al cumplimiento del contrato con la SISS Planteamiento Técnico: 30% de la oferta técnica Puntaje Criterio 100 Explica claramente cómo abordará la ejecución del contrato, y en particular la asignación del personal de muestreo, subcontratación de los análisis de parámetros no acreditados y cantidad de grupos a controlar por mes, cumpliendo con lo requerido en las Bases Técnicas. 50 No explica satisfactoriamente como abordará la ejecución del contrato. 0 No explica lo requerido/ No entrega el planteamiento técnico Nota: El objetivo es evaluar la comprensión del oferente respecto de la prestación que se está contratando. El Planteamiento Técnico que corresponda solo a la repetición de las bases técnicas se evaluará con 0 puntos. El puntaje mínimo exigido a la oferta técnica, para pasar a la etapa de evaluación económica es de 70 puntos. Los oferentes que no cumplan este requisito serán excluidos del proceso. Asimismo, serán excluidos los oferentes que no presenten el planteamiento técnico u obtengan cero puntos en este ítem. Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9. b) Evaluación de la propuesta económica: Criterio Puntaje Oferta Económica 20% de la calificación total Precio Mínimo Ofertado por el grupo RX-NN / Precio de la Oferta por el grupo RX-NN) X 100 c) Correcta presentación de la oferta: Correcta presentación de la oferta 5% Puntaje Documentos requeridos en la oferta 100 Presenta todo lo solicitado, no se requieren aclaraciones. 70 Se requiere aclaración por 1 formulario o documento. 0 Se requiere aclaración por 2 o más formularios o documentos. ARTICULO 27: Mecanismo de solución en caso de empates En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en la Oferta Técnica, si persiste, se privilegiará el ítem Experiencia del equipo, si este aún subsiste, el que haya obtenido mayor puntaje en el ítem Planteamiento Técnico, Requerimiento acreditación, y en Experiencia del oferente, en ese orden. ARTICULO 28: Adjudicación La Adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base de la Minuta de Adjudicación elaborada por la Comisión Evaluadora. Cada Grupo se adjudicará a un solo proponente, incluyendo las componentes Muestreo y Análisis. La SISS se reserva la facultad de adjudicar de manera total o parcial la licitación, pudiendo quedar Grupos sin adjudicar, en concordancia con las necesidades de fiscalización del servicio y el resguardo de los intereses del Estado. En caso de aplicar esta facultad, en el acta de adjudicación se dejará constancia de los fundamentos considerados. ARTICULO 29: Readjudicación La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original. ARTICULO 30: Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción. La SISS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación. Además, la SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses. En todo caso, las declaraciones de la SISS se efectuarán siempre mediante resolución fundada. ARTICULO 31: Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación. Se comunicará el resultado de la licitación a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de 3 días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al Inspector Fiscal señalado en la resolución de adjudicación. Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. 4. CONTRATO Y GARANTÍAS 1. ARTICULO 32: Del contrato Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato los documentos indicados en el Artículo 12 de las presentes bases. El oferente que resulte adjudicado deberá entregar los siguientes documentos: a) Certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio. b) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio. ARTICULO 33: Perfeccionamiento y vigencia del contrato Cada adjudicado deberá suscribir un contrato de suministro y servicios con la SISS, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la remisión del documento por parte del inspector fiscal, lo que será posterior a la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si notificado el adjudicatario de la tramitación de la resolución de adjudicación, no suscribiere el contrato dentro del plazo que se indica, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación. Dicha situación no le dará derecho al adjudicatario a solicitar indemnización alguna. ARTICULO 34: Garantía de seriedad de la oferta No se requiere ARTICULO 35: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato Los adjudicatarios deberán constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. También será admisible la garantía electrónica, en cuyo caso deberá ajustarse a lo previsto en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el portal de ChileCompra, mediante carta dirigida al Jefe de La División de Fiscalización de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 10% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente al del contrato más 4 meses Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada Control calidad del agua potable 2021- Febrero a Mayo y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.” Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización. Esta garantía se devolverá cumplidos 60 días hábiles después de culminado el contrato, de acuerdo a lo dispuesto al artículo 11 de la Ley N° 19.886. En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización. ARTICULO 36: De la ejecución del contrato y plazo del servicio El contrato se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación, considerando como máximo el 31.07.2021, para el cierre de los aspectos administrativos. La toma de muestras en terreno deberá finalizar el 31.05.2021, para todos los Grupos que se adjudique el proponente. Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un día sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente. La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución del monitoreo ya sea de servicios o grupos, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario. ARTICULO 37: Modificación del contrato Para cada contrato suscrito por la SISS, los servicios sólo podrán ser modificados durante su ejecución por mutuo acuerdo entre las partes o por la SISS de manera unilateral. Las modificaciones sólo podrán corresponder a materias relacionadas con el trabajo contratado, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados. En caso que las modificaciones representen un aumento de los servicios, el monto de éstos deberá ser igual a los del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato. En los nuevos servicios, se establecerá su monto de común acuerdo. Dicho aumento no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado. Cualquiera modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos, podrá ser realizada por una única vez, y será objeto de una nueva Resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original. En los casos que el incremento del valor contratado sea superior a 1,5 Unidades tributarias anuales (UTA), el adjudicatario deberá constituir una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el valor adicional, en iguales términos y condiciones que las señaladas en el Artículo 35. No se considera como modificación de contrato, los siguientes aspectos: • Aquellos muestreos que deban ser descontados, ya sea porque no se pudieron ejecutar o bien si fueron ejecutados, no se pueden aceptar como válidos por no cumplir con las exigencias aplicables a la preservación de muestras, conforme se detalla en las Bases Técnicas. 5. INFORMES ARTICULO 38: Informes de resultado Los informes se deberán entregar de acuerdo a los formatos y contenidos especificados en las Bases Técnicas. La fecha de entrega de los informes de los controles ejecutados, según los formatos definidos en el punto 8 de las bases técnicas, será 15 días después de finalizado el muestreo del Grupo o al día hábil siguiente si corresponde a sábado, domingo o festivo. La SISS podrá ampliar el plazo para la entrega de informes, previa solicitud del adjudicado, que deberá ser remitida a lo menos 24 horas antes al vencimiento del plazo original, por mail o carta dirigida al inspector fiscal del contrato, quien podrá fundadamente aceptar o rechazar la solicitud, la que será informada al adjudicado por las mismas vías. Esta ampliación de plazo, no se considera una modificación de contrato. 6. PAGOS ARTICULO 39: Modalidad de pago Los pagos se harán efectivos, sólo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato. El servicio ejecutado se pagará mediante estados de pagos mensuales, correspondientes al valor de los Grupos controlados (Muestreo y Análisis) en cada período. La emisión de facturas se hará posterior a la aprobación del respectivo estado de pago y del o los informes asociados, según se establece en las bases técnicas, siempre y cuando la SISS no haya suspendido la ejecución del contrato. Una vez aprobado el estado de pago por el inspector fiscal, el adjudicatario deberá presentar la factura o Boleta de Servicios, conjuntamente con un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha de emisión de la factura. En caso de no tener trabajadores dependientes a la fecha de pago, el proveedor o proveedores deberá presentar una declaración jurada mediante la cual acredite dicha circunstancia (Formulario N° 12), Visados y aprobados los informes y la boleta o factura, se realizará el pago dentro de treinta días corridos, a contar de la fecha de emisión del documento. 7. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ARTICULO 40: Administración y Fiscalización de su cumplimiento Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades: a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. c) Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los servicios e informes requeridos. e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio. ARTICULO 41: Incumplimiento grave Constituyen incumplimientos graves del contrato, que podrán dar lugar al término anticipado del mismo, los siguientes casos: • Cuando la información entregada por el adjudicatario no cumpla con los requerimientos técnicos establecidos en las Bases y el contrato y, no pueda ser utilizada para la gestión de la SISS. • Cuando el valor total acumulado de las multas exceda el 10% del valor del contrato, incluyendo sus modificaciones. • Cuando por segunda vez en los informes mensuales del adjudicatario, se detecte que no cumple con especificado en las bases técnicas y/o lo señalado en su oferta. Se prestará especial atención al cumplimiento de las siguientes condiciones: o Uno o más de los parámetros solicitados no fueron controlados en el período. o Control de calidad de los análisis. • En general, en todos aquellos casos que al no cumplir con las Bases de Licitación y el contrato, inciden en la prosecución de la contratación. ARTICULO 42: Multas y otras sanciones Cada día de atraso en la entrega de los informes significará una multa de una UF por día. Si en los informes mensuales se detectan las siguientes falencias, atribuibles a responsabilidad del adjudicado, se descontará por cada falta, en la facturación del mes correspondiente, el 1% del valor total del servicio de agua potable afectado: • No se cumplió con el número de muestras o días de control, en uno o más parámetros analizados para un servicio, • No se controlaron todos los parámetros requeridos, • No se realizaron los controles de calidad de los análisis. En caso que los servicios entregados, dentro o fuera de los plazos definidos, no cumplan con lo requerido en las especificaciones, la SISS podrá considerar el tiempo que se requiera por parte del adjudicatario para las correcciones, como tiempo de atraso en la entrega y aplicar las mismas condiciones y consideraciones señaladas precedentemente. ARTICULO 43: Responsabilidad del adjudicatario El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios que entregue, de modo que cualquier error que signifique perjuicio para la SISS, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la empresa adjudicataria los representantes legales asumirán esta responsabilidad, la que se entenderá en su más amplia acepción. ARTICULO 44: Término anticipado del contrato Causales: a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al contrato. b) Por incumplimiento grave por parte del proveedor, de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, aquellas que inciden en la prosecución de la contratación, como el atraso en la observancia de los plazos fijados para ejecutar el objeto principal del contrato, la inobservancia de las especificaciones técnicas, que los informes entregados no cumplan con los estándares requeridos y/o lo señalado por el adjudicatario en su oferta, etcétera. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Por infracción a las reglas de la subcontratación. En especial, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 20.123, referido a la simulación de contratos de trabajo a través de terceros. g) Por decisión unilateral de la SISS. La SISS pondrá término anticipado al contrato, cuando razones de servicio así lo aconsejen. h) Por las demás causales establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento. Indemnizaciones Las causales señaladas en los literales a), b), c), e), f) y h) no darán derecho a indemnización alguna para el adjudicatario. Tratándose de la causal prevista en el literal g), la SISS pagará al adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde: I : Monto a pagar por indemnización Nf : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior Np : Número de días de plazo total de la etapa M : Monto a pagar por la etapa completa Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores. Cobro de la Garantía De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto las de los literales a), d) y g) además del término anticipado del contrato, procederá el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Notificación de término anticipado Se notificará mediante carta certificada a la dirección que el adjudicatario señale al presentar su oferta. ARTICULO 45: Procedimiento en caso de incumplimiento Detectado un incumplimiento por parte de la Superintendencia o del inspector fiscal, este le notificará al adjudicatario, personalmente o al correo electrónico de él o la responsable individualizado (a) en el contrato, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la sanción aplicable. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de dos días hábiles para efectuar sus descargos, por escrito ante el inspector fiscal del contrato, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa o el término anticipado del contrato Si el adjudicatario presentó descargos en tiempo y forma, la Superintendencia los rechazará o acogerá, total o parcialmente, lo que se determinará por resolución o acto administrativo, el cual deberá ser notificado personalmente o por carta certificada. Las notificaciones se realizarán por carta certificada y al correo electrónico que informe en su oferta, la que se entenderán practicadas a contar del tercer día de su envío. Contra la resolución que aplique la sanción respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley N° 19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. ARTICULO 46: Cobro de las multas La multa producirá sus efectos una vez a firme la resolución que aplica la sanción. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas será rebajado del pago que la Superintendencia deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Superintendencia para la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. ARTICULO 47: Prórroga de la competencia En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
Bases Técnicas
1 Introducción El agua distribuida por los servicios públicos sanitarios debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma chilena NCh 409/1.Of 2005. Su control debe realizarse conforme a los procedimientos de inspección y muestreo detallados en la norma NCh 409/2.Of 2004, el instructivo Ord. SISS Nº 2560 del 07.08.2009, y su Anexo “Instrucciones de Operación para el Control de la Calidad del Agua Potable”. Tales condiciones de muestreo deben observarse para obtener un diagnóstico de la calidad del agua potable lo más fidedigno posible. 2 Objetivos del servicio El objetivo de la contratación es la de contar con información asociada a las características del agua potable, a través del análisis de parámetros específicos, que reflejen la calidad del servicio que reciben los clientes. En este contexto, se requiere contratar laboratorios acreditados según convenio INN-SISS para realizar campañas de muestreo y análisis de agua potable, sobre una muestra de servicios de abastecimiento, distribuidos a lo largo del país, según el detalle del Anexo 2 de las presentes bases técnicas. Los muestreos se deben realizar por personal del laboratorio contratado. Durante su ejecución, los fiscalizadores de la Superintendencia, podrán acompañar al laboratorio adjudicado durante la toma de muestras, su traslado, despacho o recepción en laboratorio, con la misión de verificar: • Idoneidad del personal del laboratorio contratado para tal efecto, • Estándares de calidad de los equipos en terreno, • Cumplimiento de las exigencias del Manual de Métodos SISS versión 2007 (http://www.siss.gob.cl/577/articles-9648_recurso_1.pdf), • Forma de despacho de las muestras al laboratorio, • Fiel cumplimiento del programa de muestreo mensual previamente definido. Todo lo anterior en concordancia con las exigencias establecidas en la normativa vigente. 3 Periodo de Muestreo La ejecución de los controles de todos los grupos licitados, que incluye el muestreo y análisis de parámetros a realizar en cada servicio que lo integra, se iniciará dentro del mes de febrero (no necesariamente el día 1 del mes) y finaliza el 31.05.2021. 4 Sobre el personal de muestreo En los FORMULARIOS N°2 y N° 3 de las Bases Administrativas, el oferente deberá identificar al personal con que cuenta para cumplir la función de muestreador titular, cuya experiencia será evaluada, según lo define el artículo 26 de dichas bases. Los oferentes deberán tener en cuenta, que para cada grupo deberán disponer de un muestreador titular y un suplente, que lo reemplace en caso que se requiera. 5 Planteamiento Técnico En el Planteamiento Técnico definido en el artículo 20 de las Bases Administrativas, el proponente deberá especificar: • Los grupos para los que presentará oferta • Debe considerar que si postula a un grupo, debe incluir todos los servicios que lo conforman. Se desestimarán de la evaluación los grupos que presenten exclusiones • El detalle de la forma en que realizará la asignación de personal de terreno • Identificar laboratorio con que abordará el análisis de parámetros que no tenga acreditados No es necesario que identifique los muestreadores suplentes que asignará a cada grupo, pero deberá tener en cuenta que un mismo muestreador, ya sea titular o suplente, no podrá ser asignado a dos grupos que se controlen en un mismo período, porque no podrá cubrirlos. Los muestreadores suplentes deben cumplir con los mismos requisitos impuestos a los muestreadores titulares. En caso que el laboratorio no posea la acreditación de un parámetro específico y requerido por la SISS, deberá externalizar el servicio con un laboratorio acreditado según convenio INN-SISS, indicando claramente esta situación dentro de su Planteamiento Técnico e identificando las opciones de que dispondrá. Posteriormente deberá consignarlo en el respectivo Informe de Resultados. El laboratorio a contratar no podrá tener relación contractual con la empresa sanitaria a la cual se le está realizando el control, debiendo cumplir con lo exigido en el Formulario N° 11 de las Bases Administrativas de esta licitación. Si durante el período de duración del contrato, se termina la vigencia de la acreditación del oferente según el convenio INN-SISS, deberá señalar en su planteamiento técnico el estado de la renovación al momento del cierre de la presentación de las ofertas, con los medios de respaldo que correspondan (carta del INN u otro) 6 Especificaciones de la prestación El control de cada grupo está conformado por dos procesos o componentes: la toma de muestras (Muestreo) y el análisis de los parámetros requeridos (Análisis) La adjudicación se hará según lo señalado en el art. 28 de las bases administrativas, donde la SISS definirá los grupos que le corresponden a cada laboratorio, que será responsable de ejecutar los dos procesos asociados. 6.1 Muestreo En cada uno de los servicios de agua potable que conforman un grupo, el programa de control se debe ejecutar de modo de dar cumplimiento a lo especificado en el Anexo N° 2 de las bases técnicas, que contiene la siguiente información detallada individualmente para cada uno: a. Número de días de control mínimo: corresponde a los días en que se debe realizar toma de muestras en terreno, y corresponde al mínimo necesario. El adjudicado podrá ejecutar el proceso en más días si lo requiere para ajustar de mejor forma el programa, pero no se admitirá reducirlo. b. Muestras por parámetro: Número total de muestras a tomar por cada Bloque de parámetros (ver punto 6.2 a continuación) c. El proceso incluye el transporte a laboratorio, teniendo en cuenta que las muestras deberán ser remitidas a diario para su análisis. d. La toma de muestras en terreno, tipo de envases y cadena de custodia y procedimientos analíticos para el ensayo de muestras físico químicas y bacteriológicas, deberán ceñirse a lo señalado en el Manual de Métodos para AP SISS Versión 2007 y las respectivas normas vigentes NCh 409 Parte 1 Requisitos y Parte 2 Muestreo. Al momento de formular la oferta económica para cada grupo, el costo del muestreo debe considerar el costo de todos los aspectos señalados previamente 6.2 Análisis Los parámetros a analizar se agruparán en Bloques, según se definen a continuación Tabla N°1. Parámetros a analizar Bloque Tipo Parámetro 1 Terreno Cloro libre residual PH Conductividad 2 Tipo II: Tablas 1-2 Arsénico Hierro Manganeso Nitratos 3 Tipo IV: Tabla 7 Olor Sabor Color verdadero 4 Tipo IV: Tabla 7 Cloruros Sulfatos Sólidos disueltos totales 5 Tipo I: Microbiología Coliformes totales Escherichia Coli 6 Tipo I Turbiedad 7 Reclamo Turbiedad Cloro libre residual Olor En su oferta económica, el proponente debe definir un valor para cada uno de los Bloques antes señalados, teniendo en cuenta los aspectos que se detallan a continuación: • Analizar una muestra de un determinado Bloque, implica análisis individuales de cada uno de los parámetros que lo conforman, dónde la toma de muestras en terreno, tipo de envases, cadena de custodia y procedimientos analíticos para el ensayo de muestras físico químicas, organolépticas y bacteriológicas, deberán ceñirse a lo señalado en el Manual de Métodos para AP SISS Versión 2007 y las respectivas normas vigentes NCh 409 Parte 1 Requisitos y Parte 2 Muestreo. • En todos los grupos se controlarán como mínimo los Bloques 1 y 2. • El Bloque Reclamo podrá ser requerido por la SISS cuando sea necesario, dentro del período de ejecución del muestreo de un Grupo • Los costos deben cubrir envases, preservantes, ejecución de análisis y la emisión de los informes, según los formatos señalados en el numeral 8 y anexos 3 y 4 de estas bases. • El valor ofertado por cada Bloque no debe considerar los costos de transporte de las muestras, por lo tanto, debería ser único, independiente del grupo del que procede. Los costos de transporte de muestras se deben incluir en la componente Muestreo. • Para que la oferta sea válida, debe considerar todos los bloques solicitados 6.3 Especificaciones técnicas de la toma de muestras y programación • Los muestreos en un servicio podrán iniciarse cualquier día del mes. • El plan de muestreo deberá realizarse de lunes a viernes (no incluye días festivos). • Todos los servicios que integran un grupo se deben controlar en un mismo período • El programa deberá desarrollarse en un número de días igual o mayor que los días de control mínimo definidos en el Anexo N° 2. • La toma de muestras en un servicio podrá ser realizada en días consecutivos. • En un mismo día no debe muestrearse más de una vez el mismo punto de control. • En cada servicio, una vez iniciado el muestreo, éste deberá realizarse en semanas consecutivas. No podrá dejar intervalos intermedios (ejemplo: semana 1 toma de muestras, semana 2 no programada, retomar en la semana 3, etc.). • El programa de muestreo para cada servicio, que señala las muestras a tomar por día, deberá ser preparado por el laboratorio y remitido al Inspector Fiscal del contrato para su aprobación, con copia a la Oficina SISS Regional, a lo menos 3 días antes del inicio del período de control, junto con los nombres del personal a cargo del muestreo. • Para el personal de terreno, se emitirá una carta de presentación por parte de la SISS. • Previo al inicio del muestreo, se deberá realizar una reunión de trabajo entre la OR SISS y el laboratorio, con el fin de generar las coordinaciones necesarias entre los muestreadores y los funcionarios de la OR y en definitiva todo lo que ayude al efectivo cumplimiento del objetivo planteado por esta SISS, antecedentes que podrán quedar registrados en Acta SISS. • Los puntos de muestreo corresponderán a clientes domiciliarios, obtenidos del catastro de puntos de control de la empresa sanitaria correspondiente. En caso que existan puntos que no cumplan con las exigencias, el laboratorio deberá definir en terreno los puntos faltantes, según los requisitos técnicos aplicables (Ord. SISS N° 2560/09 Instrucciones de muestreo de agua potable). La verificación y/o definición de puntos debe ser realizada previo al inicio del programa de muestreo. La calidad del punto, así como su ubicación y la correcta distribución de éstos, podrá ser verificada por la SISS, durante el desarrollo del programa de muestreo. Eventualmente, se podrán incorporar clientes relevantes para el control, por ejemplo edificios públicos. • Con la información de los puntos de control utilizados, el laboratorio deberá generar un archivo de catastro, donde se incluya una foto de cada punto, junto con la dirección, y las coordenadas UTM (WSG 84 huso 19), el que será remitido junto a los informes del período. • En caso de resultados fuera de norma no se considera realizar remuestreos. • Los resultados fuera del límite normativo deberán ser informados vía correo electrónico al inspector fiscal, según el siguiente detalle:  Coliformes totales, se notifica al momento de tener el presuntivo, sin esperar confirmación  Cloro libre residual 4 UNT, cada vez que se presenten dichos resultados  Resto de los parámetros, con un máximo de 6 días hábiles posteriores a la fecha de toma de la muestra. • Adicionalmente, para muestras bacteriológicas con Coliformes totales positivos, se deberá determinar presencia/ausencia de Escherichia Coli (EC) 6.4 Equipos de terreno Equipo Medidor de pH La medición de pH, según normativa vigente, se debe realizar en terreno mediante un equipo potenciométrico, siguiendo las instrucciones del fabricante. Antes de comenzar las mediciones de pH, el correcto funcionamiento del equipo a utilizar deberá verificarse con buffers en el rango de trabajo, de acuerdo a las características propias de cada equipo. De ser necesario, se procederá a efectuar calibración o ajuste del instrumento, de acuerdo a las instrucciones del fabricante. Equipo de Medición de Cloro Residual La medición de Cloro Residual Libre en terreno, se debe realizar con un equipo comparador portátil, basado en el método de DPD (N,N - dietil - p - fenilendiamina), cuya operación y funcionamiento se realiza siguiendo las instrucciones del fabricante. Los equipos usados deben contar con Certificado de Contrastación FAS a que obliga la norma NCh 409/1, de un Laboratorio Acreditado para dicho método. En el caso de equipos nuevos, será válido para el primer semestre de uso, el Certificado de Contrastación FAS, emitido por el fabricante o distribuidor. En ambos casos se debe certificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Cap 7 del Manual de Métodos SISS versión 2007, de tales equipos. El personal de terreno deberá portar una copia del certificado, que podrá ser requerida por un fiscalizador SISS durante la verificación del proceso de muestreo. 6.5 Controles de Calidad del Proceso Se considera como mínimo la realización de los siguientes controles: a) Control de temperatura de transporte, mediante un sistema controlador. Estos pueden ser: muestras testigo del mismo material que los envases, con termómetro de máxima y mínima o sistema permanente de captura de datos. b) Control Blanco de Campo para muestras bacteriológicas, turbiedad, físico-químicas y organolépticas según protocolo. Protocolo Control blanco de Campo Este control realizado durante el proceso de muestreo, se usa para identificar alguna contaminación en el proceso, ya sea en los envases de la muestra o durante la recolección o transporte de las mismas. - Frecuencia de Control El Control Blanco de Campo, deberá realizarse en un servicio por cada Grupo adjudicado, al muestreo de turbiedad y al muestreo físico-químico. Los resultados de dicho control deben ser incluidos en el Informe final remitido a la SISS. - Procedimiento En el laboratorio dividir una muestra de agua para análisis grado reactivo según NCh 426/2, en dos partes A y B. Para el Control Blanco de Campo de parámetros Tipo 1: bacteriológico y turbiedad, usar agua clase 4 esterilizada, mientras que para el Control Blanco de Campo físico-químico, usar agua clase 1 o 2, respetando la exigencia del método de análisis del respectivo parámetro. o La parte A es retenida en el laboratorio y mantenida en refrigeración. o La parte B es transportada al terreno, para ser luego subdividida en el mismo lugar de muestreo en dos porciones b1 y b2. o La porción b1 es transferida a un envase bacteriológico o físico-químico según corresponda, bajo las condiciones de preservación pertinentes al parámetro, siendo el manejo posterior de este envase igual al de una muestra real. o La porción b2 es retenida dentro del envase original (B), sin ninguna manipulación en el terreno y retornada al laboratorio bajo las mismas condiciones de transporte de una muestra real. o Todas las porciones A, b1, b2, deben ser analizadas como muestra reales, para todos los parámetros definidos en Control Blanco de Campo. 6.6 Personal de muestreo • El personal responsable del muestreo deberá tener a lo menos un nivel profesional de 2 años de estudios técnicos, o un mínimo de 3 años desempeñándose en muestreo de agua potable. • Para llevar a cabo la actividad, el muestreador deberá cumplir con todas las exigencias señaladas en el Instructivo Toma de Muestras Bacteriológicas y Cloro Libre Residual de la Anexo N° 1. • Uniforme para los técnicos de terreno, que permita identificarlos como del laboratorio adjudicado. • Los resultados finales se deberán informar en el formato indicado en anexos N° 3 y N° 4. 7 Contraparte técnica El adjudicado deberá designar una contraparte técnica y un suplente, que será responsable de la comunicación con la SISS y de responder a los requerimientos de esta Superintendencia. 8 Informes del Estudio Los informes mensuales deben ser vía correo electrónico la Oficina de Partes SISS (ofpartes@siss.gob.cl). • Estos informes están integrados por: • Informes de análisis en formato PDF en conformidad al archivo indicado en Anexo N° 3. • El catastro de los puntos de control utilizados en cada servicio. • El archivo Excel con los resultados en el formato definido en el Anexo N° 4. La fecha de entrega de los informes, es la definida en el artículo 38 de las Bases Administrativas, establecida en 15 días después de finalizado el muestreo del Grupo o al día hábil siguiente si corresponde a sábado, domingo o festivo. En el caso de los análisis que se realizan en laboratorio, el informe en PDF de éstos debe estar firmado por el responsable de laboratorio, ser claramente legibles, incluir la fecha y hora de ingreso a laboratorio, y la fecha y hora de inicio de análisis. Para la creación del archivo Excel, el adjudicado deberá designar un responsable para esta tarea, el que podrá participar de una capacitación por videoconferencia realizada por la SISS. Sin perjuicio de ello, la SISS designará una contraparte técnica para resolver las dudas que se generen en el proceso.