Licitación ID: 1593-10-LP23
Muestreo y Análisis de PTAS y EI Control Directo de Aguas Residuales – Año 2023
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
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Productos o servicios
1
Toma muestras de agua 1 Unidad
Cod: 41104007
Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2023  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Muestreo y Análisis de PTAS y EI Control Directo de Aguas Residuales – Año 2023
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Superintendencia de Servicios Sanitario requiere contratar el servicio de monitoreo para el control de la calidad de los efluentes provenientes de Plantas de tratamiento de aguas servidas concesionadas y establecimientos industriales que descargan sus Riles al sistema de alcantarillado público, según bases adjuntas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 9, Santiago
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-05-2023 12:00:00
Fecha de Publicación: 13-04-2023 13:32:42
Fecha inicio de preguntas: 13-04-2023 15:05:00
Fecha final de preguntas: 17-04-2023 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-04-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-05-2023 12:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-05-2023 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 17-05-2023 17:13:06
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Artículo N° 13 de las Bases Administrativas.-
Documentos Técnicos
1.- Artículo N° 13 de las Bases Administrativas.-
 
Documentos Económicos
1.- Artículo N° 13 de las Bases Administrativas.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica Artículo 20 de las Bases Administrativas 75%
2 Oferta Económica Artículo 20 de las Bases Administrativas 20%
3 Antecedentes administrativos y correcta presentaci Artículo 20 de las Bases Administrativas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Monto Total Estimado: 90000000
Justificación del monto estimado Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios 2023.-
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto de la Superintendencia de Servicios Sanitarios para el año 2023, Subtitulo 22, Ítem 11, Asignación 001, Estudios e Investigaciones. Para estos efectos, el presupuesto Oficial, incluye impuestos. No se aceptarán propuestas por un monto superi
Tiempo del Contrato 7 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carmen Gloria Fuentes Oróstica
e-mail de responsable de pago: cfuentes@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Carmen Gloria Fuentes Oróstica
e-mail de responsable de contrato: cfuentes@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23824000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Fecha de vencimiento: 11-03-2024
Monto: 10 %
Descripción: Artículo 35 de las Bases Administrativas
Glosa: “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2023 y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores”.
Forma y oportunidad de restitución: Artículo 35 de las Bases Administrativas
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Administrativas

ARTICULO 1:                    Antecedentes de la entidad licitante

Razón Social del organismo

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Unidad o área contratante

Unidad de Aguas Servidas y Riles

R.U.T. del organismo

61.221.000-4

Dirección

Moneda N° 673, piso 7.

Comuna

Santiago

Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante e indistintamente la SISS

ARTICULO 2:                    Antecedentes de la licitación

Nombre de la Adquisición

Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2023

Objeto de la Licitación

Contratar el servicio de monitoreo para el control de la calidad de los efluentes provenientes de Plantas de tratamiento de aguas servidas concesionadas y establecimientos industriales que descargan sus Riles al sistema de alcantarillado público.

Tipo de Licitación

Pública

Moneda o unidad reajustable

Pesos

Presupuesto

Monto máximo que asciende a 90.000.000 (noventa millones de pesos), IVA incluido.

Presupuesto de la Superintendencia de Servicios Sanitarios para el año 2023, Subtitulo 22, Ítem 11, Asignación 001, Estudios e Investigaciones.

Para estos efectos, el presupuesto Oficial, incluye impuestos.

No se aceptarán propuestas por un monto superior al indicado.

Etapas del proceso de apertura

Dos

Tipo de Adjudicación

Múltiple

Re-adjudicación

Contrato

Tiempo del Contrato

Hasta el día 31 de diciembre de 2023.

Publicidad de las ofertas técnicas

Idioma

Español

Prohibición de subcontratación

No

Funcionario encargado de la licitación

Carmen Gloria Fuentes Oróstica

ARTICULO 3:                    DE LAS ETAPAS Y PLAZOS

Detalle

Fecha

Hora

Fecha de cierre de recepción de ofertas

Mínimo 20 días corridos desde la publicación en el portal.

La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl

Fecha de Acto de Apertura Técnica

La indicada en la publicación en el portal.

Fecha de Acto de Apertura Económica (referencial)

La indicada en la publicación en el portal.

Fecha Inicio de Preguntas

El día de la publicación.

Fecha final de Preguntas

Al tercer día corrido siguiente al de la publicación.

Fecha de Publicación de Respuestas

El segundo día hábil siguiente al cierre de las preguntas.

OTROS PLAZOS

Tiempo estimado de evaluación de ofertas en días

10 días hábiles, contados desde el cierre de la recepción de las ofertas.

Fecha estimada de Adjudicación

Al vigésimo día hábil siguiente al cierre de la licitación.

Fecha estimada de firma del o los contratos correspondientes

Máximo 20 días hábiles contados de fecha de publicación de adjudicación de la Licitación.

ARTICULO 4:                    De la publicación y tramitación a través del portal Mercado Público

El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “El Portal” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través de este, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.

ARTICULO 5:                    Requisitos mínimos para participar

1)    No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N°19.886.

2)    No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

3)    No ser funcionario directivo de la Superintendencia; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

4)    Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.

A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

Unión temporal de proveedores (UTP):

Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:

1)    FORMULARIO N°1: sobre “Inhabilidades por condenas” debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

2)    FORMULARIO N°2: sobre “Conflictos de intereses y ratificación de lo obrado: debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores.

3)    FORMULARIO N°3 sobre “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores”: debe ser entregado por el apoderado UTP quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.

En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.

ARTICULO 6:                    Relación con empresas sanitarias

El oferente no podrá estar relacionado con una empresa sanitaria, en los términos que define el título XV de la Ley N°18.045. Deberá acompañar con la oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°10 sobre “Relación con empresas sanitarias”, firmada por el representante legal de la persona jurídica respectiva.

En caso de tratarse de una empresa relacionada con una empresa sanitaria o una administradora de una concesión sanitaria la oferta será declarada inadmisible, asimismo si no adjunta el referido formulario.

ARTICULO 7:                    Cómputo de plazos del proceso de compra

Todos los plazos establecidos en las presentes Bases y los instrumentos que la complementen se entenderán que son de días corridos, salvo estipulación expresa en contrario.

En caso de que el vencimiento del plazo cayere en sábado, domingo o feriado, el último día del plazo se prorrogará para el día siguiente hábil. Si el plazo de cierre para la recepción de las ofertas venciere en un día inhábil, el plazo del cierre se prorrogará al día siguiente hábil.

De acuerdo con el artículo 25 inciso 7° del Reglamento de la Ley de Compras, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.

ARTICULO 8:                    Gastos

Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado.

ARTICULO 9:                    Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1)    El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2)    El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3)    El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

4)    El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

5)    El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6)    El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7)    El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8)    El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9)    El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

ARTICULO 10:                Consultas y aclaraciones a las bases

Durante el curso de la licitación, los oferentes solo podrán tener contacto con la SISS a través de solicitudes de aclaración realizadas a través de www.mercadopublico.cl y las instancias establecidas en las presentes bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

Recepción de consultas y solicitudes de aclaración.

Las consultas y solicitudes de aclaración que los oferentes deseen formular deberán ser realizadas sólo a través del Portal, hasta el día y hora señalado en el Cronograma de la Licitación.


Respuestas a las consultas y aclaraciones.

La SISS responderá las consultas y realizará las correspondientes aclaraciones sólo a través de www.mercadopublico.cl.  Éstas se encontrarán a disposición de los oferentes a partir del día y hora señalados en el Cronograma de la Licitación.

Asimismo, la SISS podrá realizar las aclaraciones que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proveedores durante el proceso de Licitación.

Las respuestas que se entreguen y las aclaraciones que se hagan, que importen una modificación a las presentes Bases de Licitación se regirán por lo dispuesto en el artículo sobre Modificación de las Bases.

En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las consultas, aclaraciones y modificaciones mencionadas.

ARTICULO 11:                Modificación de bases

La SISS podrá modificar las presentes Bases Administrativas y Técnicas antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el portal y, en caso de ser necesario, otorgar un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.

                                                                                                                                                    I.     DE LAS PROPUESTAS

ARTICULO 12:                Presentación de la propuesta

Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de éstas y en los horarios indicados en el Portal, las que deberán cumplir íntegramente con lo exigido en estas Bases.

Los proveedores podrán presentar oferta para una o más regiones licitadas.

En caso de presentar más de una oferta, sólo se entenderá como válida la última presentada por el proveedor, la que reemplazará toda oferta anterior.

ARTICULO 13:                Contenido de las propuestas

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl , en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

 

Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.

Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.

El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.

La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con páginas numeradas e índice.

1.  Garantía de Seriedad Oferta

No se requiere.

2.  Antecedentes administrativos

Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda:

1)    Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.

2)    Tratándose de una UTP deberá adjuntar los Formularios N°1, N°2 y N°3 especificados en el artículo sobre “Requisitos mínimos para participar”.

3)    Formulario N°10 Sobre “Relación con empresas sanitarias”.

4)    Formulario N°12 Sobre “Individualización del oferente”.

Tratándose de personas jurídicas, si al momento de ofertar no se encuentre inscrito en el Portal o sus datos no se encuentren actualizados, deberá adjuntar la escritura o certificado donde conste el representante legal de la empresa.

5)    Certificado de Antecedentes laborales y previsionales (F-30), tratándose de las UTP el certificado deberá ser acompañado por cada miembro de esta.

  1. Oferta técnica

3.  Oferta técnica

Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales y las regiones ofertadas.

3.1      Equipo propuesto para la ejecución del trabajo

3.1.1. Equipo asignado al proyecto: Equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto, con indicación de nombres completos, nivel profesional, función o cargo que desarrollará y relación contractual con el oferente, además, de indicar el número de coordinadores, muestreadores y analistas, tanto titulares como suplentes, que contará para el servicio. Asimismo, se debe indicar el nombre, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico del profesional que coordinará la ejecución del servicio con la Superintendencia (FORMULARIO Nº6).

3.2. Experiencia de los integrantes del equipo: Currículum Vitae detallado de cada uno de los integrantes que se desempeñará en el proyecto (FORMULARIO Nº7) con la experiencia relevante al servicio a realizar, adjuntando documentos de respaldo, los que forman parte de la oferta técnica, acarreando, por tanto, que su falta de presentación tenga como consecuencia la declaración de inadmisibilidad técnica. Se considerará como relevante, sólo aquella experiencia obtenida en proyectos de similar naturaleza.

3.3. Experiencia del oferente: Experiencia desarrollada en los últimos 10 años en proyectos similares al presente (FORMULARIO Nº5), diferenciando las actividades realizadas en el sector público y privado, detallando los principales clientes y adjuntando documentos que respalden el contrato, los que forman parte de la oferta técnica, acarreando, por tanto, que su falta de presentación tenga como consecuencia la declaración de inadmisibilidad técnica. Los proyectos deben corresponder a contratos de control de calidad de aguas residuales (aguas servidas y/o Riles).

3.4. Carta Compromiso: Este documento deberá ser firmado por el representante legal, en representación de cada profesional que sea ofertado, comprometiendo su participación en el proyecto (FORMULARIO Nº8). Se exigirá la activa participación en el proyecto y en las reuniones de trabajo periódicas, de la totalidad del equipo profesional propuesto en la oferta, según la materia que se trate. Sólo se aceptará el reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, en casos de fuerza mayor. En caso de que un miembro del equipo incluido en la oferta, una vez adjudicada, no se presente a cumplir las labores comprometidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la adjudicación, se procederá a dejar la oferta sin efecto.

4.  Oferta Económica

Deberá presentarse electrónicamente a través del Portal en la oportunidad establecida en el cronograma de la licitación publicado en el portal, de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total ofertado a valor neto, es decir, sin contemplar impuestos.

La oferta económica se deberá expresar tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel o gravamen que el oferente deba pagar, de acuerdo con los FORMULARIOS N° 9.1, N°9.2 y N°9.3, denominados oferta económica.  El proponente deberá completar cada una de las hojas y subir al portal el archivo en formato Excel y PDF. Las instrucciones de llenado son las que se detallan en dichos formularios. 

Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.

                                                                                                               II.      APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

ARTICULO 14:                Apertura de la oferta

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el Portal, en dos actos.

ARTICULO 15:                Admisibilidad de las ofertas

Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo sobre “Contenido de las propuestas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la licitación y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.

La SISS declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la SISS de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886.

Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de un análisis de admisibilidad y en el evento que sean declaradas admisibles, de una posterior evaluación. Se deja expresa constancia que las declaraciones de admisibilidad, al tenor de antecedentes fundados, podrán ser modificadas, de lo cual se deberá dejar constancia a través del acto administrativo que se dicte al efecto. La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos:

De la admisibilidad administrativa.

Se verificará que el oferente adjunte de forma separada la oferta económica y técnica, de lo contrario, su propuesta será declarada inadmisible.

Así también, en esta instancia se verificará, que cumpla con lo dispuesto en el artículo sobre “Requisitos mínimos para participar”, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible.

De la admisibilidad técnica. Se verificará que el proponente haya ingresado al portal su oferta técnica. En caso de no adjuntarse al Sistema de Información, o en caso de que lo informado se encuentre incompleto, la oferta será declarada inadmisible.

De la admisibilidad económica. Se verificará que el proponente haya ingresado al portal www.mercadopublico.cl su oferta económica, mediante la publicación en el Portal Mercado Público de los Formularios N°9.1, N°9.2 y N°9.3, denominado Oferta Económica.

También en esta etapa se revisará que la propuesta no exceda el presupuesto máximo disponible, señalado en las bases, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible.

Otras causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente:

-  Que la oferta no sea expresada en pesos chilenos (CLP) o en la unidad licitada;

-  Cuando el oferente, antes de la apertura de las ofertas, por cualquier medio de a conocer a la SISS su oferta económica;

-  Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir en la presente licitación, entendiendo por práctica corrupta ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante el proceso licitatorio; y por práctica fraudulenta: tergiversación de los hechos, con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo practicas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de las ofertas), a fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos y privando a la SISS de los beneficios de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes objetivos;

-  Cuando el oferente efectúe ofertas con formas de pago no contempladas explícitamente en estas Bases;

-  Cuando el oferente presente antecedentes falsos, para efectos de evaluación de la oferta.

-  Cuando el oferente no subsane los errores formales, aclaraciones o no acompañe antecedentes omitidos, requeridos a través del Portal Mercado Público, en el plazo y forma solicitado, y

-  Por las demás causales establecidas expresamente en las presentes Bases.

Los documentos solicitados por la SISS deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en el cronograma de la licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la SISS podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.

ARTICULO 16:                Comisión evaluadora

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

1)    Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.

2)    Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.

3)    Aceptar donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la SISS la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.

ARTICULO 17:                Aclaraciones solicitadas a los oferentes

La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de estos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del Portal.

ARTICULO 18:                Subsanación de errores u omisiones formales

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la SISS, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

ARTICULO 19:                Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

La SISS tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la SISS, la que se informará a través del Portal. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

ARTICULO 20:                Criterios de evaluación de las propuestas

Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo con lo dispuesto en las Bases Administrativas y Técnicas, considerando los siguientes criterios, subcriterios y puntajes.

Criterio

Ponderación

Oferta Técnica

75%

Oferta Económica

20%

Correcta presentación de la propuesta

 5%

Subcriterio Técnico

% de la oferta técnica

Experiencia del oferente

30%

Experiencia del equipo

40%

Equipamiento y recursos para la prestación del servicio

30%

ARTICULO 21:                Evaluación de las Ofertas

La evaluación se realizará considerando los siguientes criterios:

1)   Evaluación de la propuesta técnica:

La evaluación de la oferta técnica se realizará en atención a los siguientes subcriterios:

Experiencia del oferente:

Puntaje

Número de proyectos relacionados con la licitación

100

Más de 5 proyectos

70

Entre 3 y 5 proyectos

50

Entre 1 y 2 proyectos

0

No informa, no se acredita o no se puede demostrar

Los proyectos deben corresponder a contratos de control de calidad de aguas residuales (aguas servidas y/o Riles), tomando en consideración la información remitida en el Formulario N° 5.

La experiencia del oferente deberá ser acreditada (contratos, certificados u otros), información que se deberá adjuntar a la oferta, la que forman parte de la oferta técnica, acarreando, por tanto, que su falta de presentación tenga como consecuencia la declaración de inadmisibilidad técnica y podrá ser verificada por la Comisión Evaluadora.

Experiencia del equipo:

Puntaje

Número de proyectos en promedio del equipo relacionados con la licitación

100

Más de 5 proyectos

70

Entre 3 y 5 proyectos

50

Entre 1 y 2 proyectos

0

No informa, no se acredita o no se puede demostrar

El objetivo es evaluar la experiencia del personal de terreno y de laboratorio que se asignará al cumplimiento del contrato con la SISS. Se tomará en consideración la información remitida en los Formularios N°7.

La experiencia que se incluya en el Formulario N°7, deberá ser acreditada por medio de certificados de estudios o capacitación, o contratos de trabajo, o boletas de honorarios, u otro documento similar, la que forman parte de la oferta técnica, acarreando, por tanto, que su falta de presentación tenga como consecuencia la declaración de inadmisibilidad técnica. Esta información se deberá adjuntar a la oferta y podrá ser verificada por la Comisión Evaluadora.

Equipamiento y recursos para la prestación del servicio:

Puntaje

Equipos y Recursos

100

80

70

0

Personal muestreador por región ofertada (20%)

≥1

≥0,5 y <1

≥0,2 y <0,5

< 0,2

Vehículos por región ofertada (20%)

≥1

≥0,5 y <1

≥0,2 y <0,5

< 0,2

Muestreadores automáticos y Caudalímetros área velocidad por región ofertada (20%

≥3

≥1 y <3

≥0,5 y <1

< 0,5

Variedad de caudalímetros (20%)

≥3

2

1

0

Cumple con el resto de Recursos mínimos necesarios (numeral 3.3 Bases Técnicas) (20%)

si

--

--

no

En la evaluación del factor Equipamiento y recursos para la prestación del servicio, para obtener el puntaje total se ponderará según el porcentaje de cada subfactor por el puntaje obtenido. Se tomará en consideración la información remitida en el Formulario N°13.

El puntaje mínimo exigido en la oferta técnica para pasar a la etapa de evaluación económica es de 70 puntos. Los oferentes que no cumplan este requisito serán declarados inadmisibles.

Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4 y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9.

2)   Evaluación de la propuesta económica:

Para efectos de la posterior la evaluación de la oferta económica, se considerará el valor neto contenidos en los Formularios N°9.1, N°9.2 y N°9.3, luego, para determinar el puntaje se aplicará la siguiente fórmula:

Cuadro de texto: (Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) X 100

3)    Evaluación de antecedentes administrativos y correcta presentación de la oferta

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la Ley N°19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al artículo 40, inciso 1°, del mismo cuerpo reglamentario, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio.

Descripción

Puntaje

Cumple con la presentación completa de antecedentes

100

Acompaña los antecedentes y/o salvar errores u omisiones formales solicitados por la SISS, conforme al artículo 40° del reglamento.

0


4)   Evaluación final de las ofertas

La evaluación final de la propuesta considera los aspectos técnicos, económicos y administrativos, a los que se asignará una ponderación de 75%, 20% y 5% respectivamente, que se aplicará sobre los puntajes finales obtenidos por separado en sus correspondientes evaluaciones.

Puntaje final = (Puntaje Evaluación Técnica*0,75 + Puntaje Evaluación Administrativa*0,05 + Puntaje Evaluación Económica * 0,2) / 100

ARTICULO 22:                Mecanismo de solución en caso de empates

En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el criterio oferta técnica, en el caso de mantenerse el empate, se adjudicará según los sub-Criterios de mayor puntaje, de acuerdo al siguiente orden: Requerimiento Técnico; Equipamiento y recursos para la prestación del servicio; Experiencia del equipo asignado y así sucesivamente.

ARTICULO 23:                Adjudicación

La Adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del informe final de la Comisión Evaluadora.

La adjudicación del presente proceso licitatorio, será múltiple, según lo establecido en las Bases Técnicas, pudiéndose adjudicar la totalidad a un solo oferente o a un oferente distinto, conforme sea el resultado de la evaluación de las ofertas presentadas. En este sentido, la Superintendencia de Servicios Sanitarios se reserva el derecho de adjudicar la licitación por cada región licitada, mediante resolución fundada, al oferente que obtenga el mayor puntaje, por aplicación de los criterios de evaluación y ponderaciones establecidas en estas Bases Administrativas. Si la adjudicación no se realizase dentro del plazo estimado señalado en el cronograma de la licitación, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento, debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite.

La adjudicación de la o las propuestas, se efectuará mediante resolución exenta de la SISS, la que se publicará en el Portal, una vez que se encuentre debidamente tramitada, para posteriormente realizar la suscripción del contrato respectivo.

La SISS se reserva la facultad de declarar desierta la presente licitación pública, en caso que ninguna de las ofertas sea conveniente para sus intereses, ya sea declarando desierta la licitación en su totalidad o en algunas de las líneas licitadas según corresponda.

ARTICULO 24:                Readjudicación

La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N°19.886.

Si un adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, rechace la orden de compra cuando ésta formalice la relación contractual o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la SISS podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 7°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

ARTICULO 25:                Declaración de Deserción

La SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, en caso de que ninguna de las ofertas sea conveniente para sus intereses, ya sea declarando desierta la licitación parcial o total.

La declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.

ARTICULO 26:                Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación

Se comunicará el resultado de la Licitación a todos los oferentes a través de la publicación en el Portal.

Los oferentes podrán hacer consultas en relación con la adjudicación y declaración de deserción en el plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de la notificación de la Resolución de adjudicación. Dichas consultas deberán dirigirse al encargado de la licitación señalado en el Portal.

Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del Portal, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.

                                                                                                                                       III.      CONTRATO Y GARANTÍAS

ARTICULO 27:                Documentos integrantes de la relación contractual

La relación contractual que se genere entre la SISS y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

1)    Bases de licitación y sus Formularios.

2)    Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.

3)    Oferta.

4)    Contrato definitivo suscrito entre las partes, si corresponde.

5)    Orden de compra.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.

ARTICULO 28:                Antecedentes legales para ser contratado

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto de los adjudicatarios y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la SISS podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato.

Inscripción en el Registro de Proveedores

En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

FORMULARIO Declaración Jurada para Contratar

Todos los Formularios deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

ARTICULO 29:                Validez de la oferta.

Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.

Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados no serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.

ARTICULO 30:                Del Contrato

Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato, los documentos indicados en el artículo sobre Documentos integrantes de la relación contractual de las presentes bases.

ARTICULO 31:                Perfeccionamiento y vigencia del contrato

El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios con la SISS dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Si por cualquier causa que no sea imputable a la SISS, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.

Para suscribir el contrato, el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores y acompañar cuando corresponda, la garantía de fiel cumplimiento, dentro de los plazos establecidos para ello, de lo contrario, se entenderá como desistimiento de la oferta.

Por necesidades del servicio y la relevancia del objeto de la contratación, el plazo de vigencia del contrato se extenderá desde la celebración del contrato al 31 de diciembre de 2023.

ARTICULO 32:                Coordinador del Contrato

El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada a la SISS.

En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:

1)    Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

2)    Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

3)    Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.

ARTICULO 33:                Comportamiento ético del Adjudicatario

El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

ARTICULO 34:                Confidencialidad y reserva de los antecedentes

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.

El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.

El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la SISS entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.

ARTICULO 35:                Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato

Cada adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada.

La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación realizada en el Portal, mediante carta dirigida al Jefe de la División Fiscalización entregada en la Oficina de Partes de la SISS y deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Monto

10 % del valor total del contrato expresado en pesos chilenos

Plazo de Vigencia

Equivalente al del contrato más 60 días hábiles

Beneficiario

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Glosa

“Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2023 y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores” (ID Licitación).

Correo electrónico en caso de remitirse garantía en soporte electrónico

ofpartes@siss.cl

Nota*: Para los efectos de lo precedentemente dispuesto, se considerará que el valor total de la propuesta que se adjudique incluye el impuesto, arancel u otro gravamen que corresponda.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor adjudicado.

En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del proveedor adjudicado indicadas en las bases, éste deberá reponer previamente la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza.

La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado.

ARTICULO 36:                De la Ejecución y plazo del Servicio

El servicio se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación.

Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente.

La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario por el retraso involucrado.

ARTICULO 37:                Informes

Los informes se deberán entregar de acuerdo con lo especificado en las Bases Técnicas.

ARTICULO 38:                Modificación del contrato

El contrato podrá ser modificado de común acuerdo de las partes, a requerimiento de la SISS o del adjudicado. La modificación del contrato procederá por motivos fundados, a través de acto administrativo y solo podrá corresponder a materias relacionadas con el objeto del contrato, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados.

En caso de que las modificaciones representen un aumento de los servicios, este no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado.

Para estos efectos, el adjudicatario deberá constituir una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato por el monto total del contrato, incluida la modificación, o bien, ampliar la existente. La garantía deberá cumplir con los términos y condiciones que las señaladas en el artículo sobre Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. En caso de constituir una nueva garantía, la originalmente constituida se devolverá al adjudicatario dentro de diez días hábiles contados desde la resolución que aprueba la modificación del contrato.

                                                                                                                                                                     IV.   PAGOS

ARTICULO 39:                Del Pago

Los pagos se harán efectivos sólo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato.

El servicio ejecutado se pagará mediante estados de pagos por estado de avance mensuales, correspondiente al valor obtenido de la multiplicación entre los respectivos precios unitarios y el número de servicios efectuados a la fecha de facturación (monitoreos y análisis).

El proveedor sólo podrá facturar los servicios efectivamente prestados y recibidos conforme por la SISS, una vez que el Inspector Fiscal autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los productos. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y la autorización expresa de facturar por parte de éste.

Recibido conforme el bien o servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o boleta de servicios, conjuntamente con el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo (F30-1), el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha de los mismos. Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante.

En caso de no tener trabajadores dependientes a la fecha de pago, el proveedor o proveedores deberá presentar la declaración jurada denominada “INEXISTENCIA DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES POR FALTA DE TRABAJADORES DEPENDIENTES SOMETIDOS AL RÉGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO.”

El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.

El pago de los servicios será en pesos chilenos, a través de transferencia electrónica efectuada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios o la Tesorería General de la República, según corresponda.

Cabe señalar, que cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.

La emisión del Documento Tributario Electrónico debe ser enviado según las indicaciones del SII. Si el proveedor ocupa la plataforma de facturación gratuito del SII, el proveedor adjudicado debe dar revisión del campo 801 ingresando el ID exacto de la orden de compra emitida en relación con la licitación.

En caso de que el proveedor adjudicado utilice sistema de facturación particular, al momento de emitir la factura, debe enviar ésta en formato XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, indicando también en el campo 801 el ID exacto de la orden de compra emitida en relación con la licitación.

Para más información revisar el “Instructivo para la Emisión de Facturas y otros Documentos Tributarios Electrónicos, en los computadores de los contribuyentes” desde la página del Servicio de Impuestos Internos.

La recepción conforme deberá ser acreditada por la SISS.

ARTICULO 40:                Anticipos y reajustes

El valor convenido para el contrato se considerará invariable y no reajustable. No se contemplan anticipos.

                                                                                 V.      EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS

ARTICULO 41:                Administración y fiscalización de su cumplimiento

Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades:

1)    Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.

2)    Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.

3)    Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar.

4)    Certificar la recepción a entera satisfacción de la SISS, de los bienes o servicios requeridos.

5)    En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.

ARTICULO 42:                Sanciones por incumplimiento contractual

La Superintendencia podrá aplicar las siguientes sanciones según la naturaleza del incumplimiento:

1)   Deficiencia en la calidad de los servicios entregados

a)    Amonestación: la amonestación procederá ante una falta menor al contrato por parte del oferente. Se dejará constancia por escrito y el documento será firmado por ambas partes. La amonestación no estará afecta a sanciones pecuniarias, salvo que se acumulen más de dos amonestaciones en el periodo de un mes, en cuyo caso se aplicará una multa menos grave.

b)    Multa: El rango de la multa será determinado por el Inspector Fiscal del contrato, mediante resolución fundada y en mérito de los antecedentes que haya recabado, de entre las siguientes opciones:

b.1 Incumplimiento leve: Importa una sanción de multa de 0,5% del valor neto total del mes afectado, la cual se aplicará por incumplimiento o falta de diligencia de las obligaciones contraídas que no implique riesgos a las personas o daño a los bienes de la SISS o a su imagen.

b.2 Incumplimiento menos grave: Importa una sanción de multa de 1% del valor neto total del mes afectado la cual se aplicará por incumplimientos que impliquen riesgo a las personas o bienes de la SISS, pero que sea susceptible de corrección.

b.3 Incumplimiento grave: Importa una sanción de multa de 2% del valor neto total del mes afectado. Entendiéndose por incumplimiento grave aquellos incumplimientos del contrato que afecten directamente la operatividad de la Superintendencia, es decir, impiden que los funcionarios puedan desarrollar sus funciones en forma normal. Son incumplimientos graves, sin que se trate de una enumeración taxativa, los siguientes:

  • A partir del cuarto retraso en la prestación del servicio requerido.
  • La no entrega de la prestación requerida, por causa imputable al proveedor o la entrega parcializada, de acuerdo con lo estipulado en las bases de licitación o en el contrato suscrito con el adjudicatario.
  • La entrega de prestaciones que no den cumplimiento a los requerimientos técnicos especificados en las bases técnicas de la licitación o lo señalado por el adjudicatario en su oferta.
  • Aquellas que inciden en la prosecución de la contratación.

El incumplimiento grave importa el término anticipado del contrato según dispone el artículo sobre Termino Anticipado del Contrato de las presentes bases.

2)    Atraso en la entrega del servicio

El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos asociados en la prestación del servicio, de conformidad a las presentes bases. Sin perjuicio de lo anterior, se establece que esta entidad podrá aceptar un retraso en la entrega de los informes de hasta 2 días hábiles, previa autorización por escrito, en circunstancias fundadas y antes del vencimiento del plazo de entrega estipulado.

Monto de la multa de cada servicio = días de atraso * valor neto del servicio con atraso * 0,005.

Donde:  0< días de atraso en la entrega<=20

Para ambos casos el valor total acumulado de las multas no podrá exceder el 10% del valor del contrato, incluyendo sus modificaciones. En caso de excederse del 10% señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato.

ARTICULO 43:                Cobro de las multas

La multa producirá sus efectos una vez a firme la resolución que aplica la sanción. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa.

El monto de las multas será rebajado del pago que la Superintendencia deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Superintendencia para la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.

ARTICULO 44:                Cesión de contrato y Subcontratación

No podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y en especial, los establecidos en el respectivo acuerdo complementario que se celebre con la SISS.

La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan ante esta situación.

Por su parte, el proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado.

ARTICULO 45:                Responsabilidades y obligaciones del adjudicatario

1)    El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes al Inspector Fiscal, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado.

2)    Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.

3)    El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la SISS en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual.

4)    Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario. La SISS deberá dejar constancia de las reuniones en un acta, con referencia a los temas tratados, personal y funcionarios asistentes y fecha de la misma.

5)    Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por la SISS en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.

6)    Entregar oportunamente informes solicitados por la entidad licitante.

7)    Todas las obligaciones establecidas en las bases técnicas.

ARTICULO 46:                Término anticipado del contrato

La SISS está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1)         Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP, aplica para cualquiera de sus integrantes. En este caso no procederá el término anticipado si se mejoran las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. También aplicará esta medida en caso de disolución del oferente adjudicado.

2)         Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo sobre Sanciones por incumplimiento contractual.

3)         Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del “Pacto de integridad" contenido en estas bases. Cabe señalar que en el caso que los antecedentes den cuenta de una posible afectación a la libre competencia, el organismo licitante pondrá dichos antecedentes en conocimiento de la Fiscalía Nacional Económica.

4)         Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución de la licitación y propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a)    Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la SISS, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la SISS.

b)    Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.

c)    Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la SISS.

5)         No entrega o no renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo sobre Garantía de Fiel Cumplimiento, cuando se haya solicitado.

6)         La comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.

7)         La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación al resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la SISS, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

8)         Rechazo, o no aceptación en los plazos establecidos en las presentes bases de licitación, por tercera vez de una orden de compra emitida por el comprador, fuera de los casos permitidos en las bases de licitación.

9)         En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):

a)    Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b)    De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c)    Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d)    Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e)    Disolución de la UTP.

10)     En el caso de infracción de lo dispuesto en el artículo sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”

11)     En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, supere los 20 días hábiles.

12)     En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10 % del valor total contratado.

13)     Por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, de conformidad con el artículo relativo a Sanciones por Incumplimiento Contractual.

14)     Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

15)     Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

16)     Entrega de documentación que contenga hechos carentes de veracidad, con la intención de obtener algún beneficio en el ámbito de la licitación, o bien, lograr alguna ventaja en comparación con el resto de los proveedores adjudicados.

17)     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

18)     Por decisión unilateral de la SISS, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

En todos los casos señalados, a excepción del numeral 17 y 18, además, del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el artículo referido a Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos.

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la SISS concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, la SISS y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

 

Indemnización

La SISS pagará al adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde:

I     : Monto a pagar por indemnización

Nf  : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior

Diagrama, Esquemático Descripción generada automáticamenteNp  : Número de días de plazo total de la etapa

M  : Monto a pagar por la etapa completa

Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores.

ARTICULO 47:                Procedimiento en caso de incumplimiento

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación y la causal 17 y 18 del artículo sobre Termino anticipado del Contrato, la SISS notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.

Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la SISS.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la SISS tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la SISS, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.

El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La SISS tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas de equipos que no sean de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.

ARTICULO 48:                Propiedad de la Información

La SISS será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.

El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la SISS. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la SISS o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.

ARTICULO 49:                Tratamiento de datos personales por mandato

En caso de que se encomiende al adjudicatario el tratamiento de datos personales por cuenta de la SISS, ésta deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Sin embargo, deberá tenerse en consideración lo dispuesto en el artículo 10° de la referida ley, en cuanto a que no pueden ser objeto de tratamiento los datos sensibles, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares, según procediera.

En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al adjudicatario (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue la SISS (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros.

ARTICULO 50:                Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y normas laborales

Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

La SISS se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.

En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.

La SISS deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente el formulario F30 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales) emitido por la Dirección del Trabajo que demuestre el total cumplimiento de sus obligaciones laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes de seguridad social, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.

ARTICULO 51:                Cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Al proveedor adjudicado le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por el órgano comprador, en los siguientes casos:

1)    No pago de multas dentro del plazo establecido en las bases.

2)    Incumplimiento grave del contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo N° 42.

3)    Atraso en la entrega, parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, superior a 10 días e inferior a 20 días hábiles.

4)    Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases.

ARTICULO 52:                Prórroga de la competencia

En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.


Bases Técnicas

1.  Introducción

La Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante SISS, de conformidad al artículo 2 de la Ley 18.902, Ley que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios, es un organismo estatal y le corresponde la fiscalización de los prestadores de servicios sanitarios, del cumplimiento de las normas relativas a servicios sanitarios y el control de los residuos líquidos industriales que se encuentren vinculados a las prestaciones o servicios de las empresas sanitarias, todo ello en el ámbito urbano.

Producto de esta obligación impuesta por el Estado de Chile, la SISS ha definido la ejecución de monitoreos paralelos al autocontrol, para determinar la calidad del efluente de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (en adelante e indistintamente PTAS) de las empresas concesionarias del servicio sanitario público o de Establecimientos Industriales (en adelante e indistintamente EI) que descarguen a la red de alcantarillado público, en adelante Controles Directos SISS.

Así las cosas, a objeto de evaluar el cumplimiento de la Norma de Emisión aplicable en el sector mediante la validación del autocontrol, se requiere contratar a una o varias Entidades de Muestreo o Laboratorios de Ensayo en el área Físico-Química y microbiológica para aguas y aguas residuales, acreditados por el Instituto Nacional de Normalización, en adelante INN y que presten los servicios de muestreo y análisis a PTAS, conforme lo establecen las siguientes Bases Técnicas y Administrativas.

Considerando que la ejecución de los controles directos es una herramienta clave en el rol fiscalizador de la SISS, y que a partir de los resultados obtenidos se pueden llegar a iniciar procedimientos de sanción a las empresas sanitarias o a los Establecimientos Industriales, en cumplimiento de las facultades fiscalizadores establecidas en la legislación vigente del Estado Chileno, el servicio contratado debe responder a los más altos estándares de calidad existentes en esta materia, considerando el muestreo y análisis.

2.  Objetivos de la Licitación

2.1 Objetivo general

El objetivo de la presente licitación pública con adjudicación múltiple, es contratar el servicio de monitoreo de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y eventualmente de Establecimientos Industriales (EI), que descarguen al sistema de alcantarillado público, a través del muestreo y análisis de las aguas residuales tratadas de una parte importante de las PTAS del país, además de los EI, a uno o más laboratorios acreditados por el INN y/o entidades de muestreo que se desempeñen bajo lo establecido en la NCh 411/10-2005 y su manual operativo SISS.

Este servicio debe poseer una calidad que asegure confiabilidad, responsabilidad e idoneidad técnica, permitiendo evaluar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, para la emisión de aguas residuales, logrando reforzar de esta manera los procedimientos de aplicación de las facultades fiscalizadoras que la ley otorga a la SISS.

2.2 Objetivos específicos

Los objetivos específicos para la prestación del servicio de muestreo y análisis de aguas residuales, de las PTAS y EI que serán controladas, son los siguientes:

  • Muestrear las descargas de aguas servidas tratadas de PTAS y de EI dando cumplimiento a la NCh 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y su manual operativo SISS.
  • Analizar parámetros físicos, químicos y bacteriológicos asociados a cada una de las descargas controladas, de acuerdo con la normativa aplicable, resoluciones de monitoreo de las PTAS y EI y/o solicitudes explícitas de la División de Fiscalización de la SISS.
  • Emitir informes de análisis, suscritos por un laboratorio acreditado para tales efectos por el INN.
  • Elaborar un Informe de terreno, por cada PTAS y EI muestreado, de acuerdo con el formato del manual operativo SISS de la NCh 411/10.
  • Presentar mensualmente planilla Excel con los Controles Directos realizados, que deberán contener al menos la región de la PTAS o del EI, nombre de la PTAS o del EI, se podrán informar en esta misma planilla los muestreos fallidos, indicando la causa de la falla.
  • Muestrear eventualmente descargas de Establecimientos Industriales que dispongan las aguas residuales al sistema de alcantarillado de concesionarias sanitarias, cumpliendo los mismos estándares normativos usados en muestreo de las PTAS.

3.  Requisitos del Servicio

3.1. Normativas y metodologías requeridas

El desarrollo del trabajo por parte del proponente deberá tener estricta observancia de las siguientes normas y/o documentos normativos.

  • NCh 411/10 – 2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras”.
  • Manual Operativo SISS de la NCh 411/10- 2005, aprobado mediante Resolución SISS N° 3.744 del 24 de noviembre de 2010 (disponible en sitio web de la SISS: http://www.siss.gob.cl/577/w3-article-8519.html).
  • Serie NCh 2313 “Aguas Residuales – Métodos de Análisis”.
  • NCh 3205 – 2011 “Medidores de caudal de aguas residuales – requisitos”.
  • Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales y superficiales, establecida por el D.S. 90/00 MINSEGPRES.
  • Norma la NCh 3373 Calidad analítica – análisis de aguas residuales.
  • Norma de Emisión que regula las descargas de residuos industriales líquidos a los sistemas de alcantarillado público, establecida por el D.S. MOP N°609/98.
  • Oficio Ord. SISS N°2475/2016 que remite estudio: Instrucciones complementarias referidas al control del D.S. MOP N°609 (Anexo a las presentes bases).

3.2.  Preservación, Transporte y Almacenamiento de las Muestras

  • El transporte de las muestras a laboratorio para análisis, debe asegurar el cumplimiento de la totalidad de la normativa de preservación, transporte y almacenamiento de las muestras, establecidos en la NCh 411/10-2005.
  • Es importante la identificación y registros de las muestras, tal como se señala en la NCh 411/10-2005.

La SISS podrá revisar lo indicado anteriormente, pudiendo rechazar resultados en caso de incumplimiento, con el consecuente no pago del muestreo realizado. También incluye la correcta aplicación de los procedimientos y metodologías para el muestreo, la recepción y análisis de las muestras y demás normativas y metodologías requeridas.

3.3. Recursos mínimos necesarios

Para cada servicio solicitado, el contratista deberá contar como mínimo con los siguientes recursos materiales y de personal que, para efectos de la presente licitación, pondrá a disposición de la SISS.

a)    Uno o más profesionales y/o técnicos, con experiencia demostrable en muestreo de aguas residuales. De acuerdo con lo recomendado en el capítulo 4 del Manual Operativo SISS de la NCh 411/10- 2005.

Se deja expresa constancia que él o las personas, no tendrán relación laboral ni de dependencia alguna con esta SISS, sea en forma directa o subsidiaria, toda vez que ésta se entiende que es directa con el contratista a través de un contrato de trabajo regido por el Código del Trabajo.

Cabe consignar, que el contratista deberá considerar el reemplazo del o las personas contratadas por otras que cumplan los mismos requisitos, cuando éstas hagan uso de vacaciones, licencias médicas, permisos o cualquier otra causa que pueda afectar la ejecución del programa de trabajo de la SISS.

Se deberá indicar el personal que considerará el proponente, el cual tendrá participación directa durante la etapa de desarrollo del servicio, según se indica en el Formulario N°6 adjunto a las Bases Administrativas. En este formulario se deberá incluir el personal que sea subcontratado por el o los proponentes.

b)    Uno o más vehículos con capacidad para transportar, además, del personal de terreno, los materiales, instrumentos y herramientas necesarias para la prestación del servicio.

El o los vehículos utilizados podrán ser de propiedad de terceros, siempre y cuando permitan el transporte de materiales e instrumentos para el muestreo de aguas residuales.

c)    Uno o más caudalímetros del tipo Área/Velocidad u otro tipo de acuerdo con la NCh 3205-2011, calibrados de acuerdo al programa de mantención indicado por el fabricante, que cumplan con la NCh 3205-2011 y con los requisitos técnicos establecidos en la NCh 411/10-2005, Muestreo de Aguas Residuales y su manual operativo SISS.

d)    Cinco o más muestreadores automáticos, calibrados de acuerdo con el programa de mantención indicado por el fabricante, que permitan la mantención de las muestras de acuerdo a lo establecido en la NCh N°411/10-2005, Muestreo de Aguas Residuales y su manual operativo SISS.

e)    Uno o más equipos de muestreo automático con sistema de refrigeración. En casos justificados la SISS podrá requerir para garantizar el cumplimiento de las exigencias normativas, en lo que respecta a que la refrigeración de las muestras puntuales se mantenga durante todo el monitoreo, para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama,

f)     Contar con sistemas de medición de temperatura, tanto para el trasporte de las muestras, como durante toda la ejecución del monitoreo.

g)    Instrumental de medición para análisis de campo: pH-metro, termómetro, entre otros.

h)    Uniforme para los técnicos de terreno. Este deberá contar, a lo menos con un guardapolvo o delantal con el logo de la entidad contratada para la prestación del servicio, además, de elementos de protección personal como son guantes, casco, zapatos de seguridad y todo lo que se indica en el anexo B, Aspectos de seguridad en el muestreo de Aguas Residuales de la Norma NCh 411/10-2005.

i)      Todos los materiales que conciernen a la preparación y envasado de muestras de aguas residuales, de acuerdo con los requisitos señalados en la NCh 411/10-2005 Muestreo de Aguas Residuales y su manual operativo SISS.

j)      Laboratorio de Ensayo de Aguas Residuales con certificados de acreditación vigente del INN, como mínimo en los siguientes parámetros para análisis aguas residuales: Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO5), Sólidos Suspendidos Totales (SST), Sólidos Sedimentables (SSED), Nitrógeno Total Kjeldhal (NKT), Nitrito, Nitrato, Fósforo (P), Coliformes fecales (CF), Aceites y Grasas (AyG), Poder Espumógeno (PE) y SAAM.  La acreditación se refiere a la serie de normas NCh 2313, relativas a métodos de análisis para aguas residuales. Para el muestreo deben dar estricto cumplimiento a la NCh 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y su respectivo Manual Operativo de la NCh 411/10- 2005, aprobado mediante Resolución SISS N° 3.744 del 24 de noviembre de 2010.

Entidades de Muestreo de Aguas Residuales, que den estricto cumplimiento a la NCh 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y su respectivo Manual Operativo de la NCh 411/10- 2005, aprobado mediante Resolución SISS N° 3.744 del 24 de noviembre de 2010, además, que envíen las muestras para su análisis a Laboratorios de Ensayo de aguas residuales con acreditación vigente del INN.

k)     En el caso que el proponente no cuente con todos los procedimientos de análisis de aguas residuales acreditados, éste deberá demostrar la existencia de una relación contractual o convenio entre su representada y uno o más laboratorios acreditados en dichos parámetros.

l)      Equipo de telefonía móvil y/o cámara fotográfica digital.

m)  Equipo navegador satelital o GPS, para la captura en terreno de las coordenadas UTM de todos los puntos de muestreo a controlar, entregando el dato en coordenadas en sistema WGS 84.

El detalle del equipamiento técnico disponible para la prestación del servicio a la SISS debe ser declarado en el Formulario N°13 adjunto a las Bases Administrativas, individualizado por servicio a que postula.

4.  Descripción del servicio

4.1. Generalidades

4.1.1. Resumen mensual de los Controles Directos

El adjudicado deberá entregar una planilla Excel con los Controles Directos exitosamente efectuados, es decir, con el monitoreo y análisis de la calidad del efluente. Además, deberá informar los Controles Directos fallidos, en que no fue posible realizar el monitoreo. Esto con el objeto de llevar un control sobre la ejecución de la programación y sobre el presupuesto disponible para el servicio.

4.1.2. Plazos para la prestación del servicio

Por necesidades del servicio, dada la importancia del objeto de la contratación, el plazo de ejecución del servicio será desde la celebración del contrato y hasta el 31.12.2023 que, es el período máximo considerado para efectuar los muestreos requeridos por la SISS y entrega de los informes correspondientes.

4.1.3. Muestreo

Considerando la dispersión geográfica de los puntos de control de interés para la Superintendencia, el o los proponentes adjudicados deberán presentar una propuesta de calendarización para la realización de la actividad de monitoreo en terreno, agrupándolos por zonas a su conveniencia. Por lo tanto, una vez que la SISS entregue el listado de PTAS a monitorear y de Establecimientos Industriales, el adjudicado deberá enviar una propuesta de programación mensual al Inspector Fiscal del contrato.

La Superintendencia podrá requerir modificaciones a dicha propuesta, considerando aspectos tales como la oportunidad del monitoreo por efectos de la estacionalidad, entre otros.

4.1.4. Entrega de resultados

Resumen mensual de los Controles Directos de las campañas de monitoreo, así como los informes de terreno y de análisis firmados, deberán ser entregados a la SISS en formato digital, en un plazo no superior a 20 días después del mes de realización del control directo o bien a requerimiento de la SISS en caso de controles por denuncia o cuando se indique su urgencia.

Los informes deberán ser ingresados al correo de Oficina de Partes de esta SISS, con copia a inspector fiscal designado. Se deberá especificar claramente el producto de entrega al que corresponde.

A continuación en la Tabla N° 1 se presenta un resumen de los productos entregables y los plazos de cumplimiento.

Tabla N° 1: Resumen de los productos entregables y los plazos comprometidos.

Producto

Contenido/Formato

Plazo

Informe de terreno

(para cada fuente emisora monitoreada).

Incluye el reporte del equipo muestreador automático

  1. Información de terreno, resultados de análisis de terreno (pH, T°, caudales, etc.) en pdf.
  2. El reporte del equipo muestreador automático puede ser fotográfico.
  3. Reporte de la medición de temperatura en el equipo de monitoreo y durante el transporte, medida por lo menos cada 1 hora.

DENTRO DE LOS 20 DÍAS

DEL MES SIGUIENTE DE REALIZADO EL CONTROL.

Informe de análisis

(para cada fuente emisora monitoreada)

Resultados del laboratorio en pdf.

Resumen mensual de Controles Directos

Listado de Controles Directos exitosos de la campaña de monitoreo del mes en Planilla Excel. Además, deberá informar los controles directos fallidos.

Notas:

Esta entidad podrá aceptar un retraso en la entrega de los informes de hasta 2 días hábiles, previa autorización. En los términos expresados en el artículo 42 de las Bases Administrativas.

En el caso de correcciones a los informes tanto de terreno como análisis, el plazo para realizar dichas correcciones será de 5 días hábiles. Estas correcciones, serán comunicadas vía correo electrónico por parte del inspector fiscal a la contraparte técnica designada. El documento que recoja las correcciones solicitadas deberá ser ingresado por correo electrónico dirigido al Inspector Fiscal.

Los Controles Directos Extras solicitados, los cuales se considerarán dentro del máximo mensual, deberán ser ejecutados con una mayor celeridad, los cuales deberán ser realizados en el plazo indicado por el Inspector Fiscal, lo cual se comunicará por correo electrónico a la contraparte técnica designada.

4.2 Descripción del Servicio de Control directo

4.2.1 Alcance Geográfico

El servicio requerido, considera ejecutar un máximo de 50 controles directos mensuales. Se considera la ejecución de éstos, con una distribución temporal homogénea durante el año, a excepción del período de lluvias, donde su número podría disminuir, por problemas de dilución. Así también, dentro de esto se consideran los controles directos extras referidos anteriormente.

Los Controles SISS serán programados por la SISS en las 301 PTAS en operación actualmente. La distribución geográfica de las PTAS autorizadas por SISS y sujetas a fiscalización por parte de este organismo, se presenta en el siguiente gráfico:

Gráfico, Gráfico de barras Descripción generada automáticamente

Cabe señalar que, para este año, se requiere controlar la totalidad de las 44 PTAS ubicadas en las regiones X, XI, XII y XIV.

En el caso del muestreo de Establecimientos Industriales, se podrán programar un máximo de 20 controles en el año.

4.2.2 Muestreo

El programa de monitoreo consiste en el muestreo aleatorio de un máximo de 50 controles directos al mes, los que serán informados por el Inspector Fiscal al adjudicado, para su programación.

Cabe señalar que esta Superintendencia podrá requerir el muestreo de otras PTAS o establecimientos industriales no considerados originalmente, con el objeto de controlar sus descargas.

En casos especiales, esta superintendencia podrá solicitar para algunas PTAS, la ejecución de un muestreo compuesto constituido por muestras puntuales, extraídas simultáneamente desde la superficie e interior del flujo de aguas servidas tratadas.  Para el caso de los establecimientos industriales, también se podrán requerir muestreos puntuales.

4.2.3 Ejecución del monitoreo:

El programa de monitoreo podrá ser ejecutado de manera continua, permitiendo al proponente generar economías de escala por concepto de traslado a las diferentes regiones.

El adjudicado procederá a la ejecución del monitoreo, con los siguientes alcances:

  • Se deberá dar cumplimiento a la NCh 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y su Manual operativo SISS.

  • Medición de caudal con equipo portátil que considere totalizador. Durante el monitoreo se deberá registrar e informar volumen acumulado (m3) y caudal puntual correspondiente al momento de toma de muestra.

  • Para PTAS con monitoreo de 24 horas, se debe comenzar a cualquier hora del día. Durante este período se deberán recolectar muestras puntuales cada 1 hora, las que al final del período se ponderarán proporcional al caudal, obteniendo sólo una muestra compuesta a las que se le analizarán los parámetros requeridos, con excepción de coliformes fecales, pH y T° (cuando se requieran), los cuales son puntuales. Se debe cumplir con los tiempos máximos establecidos en la NCh 411/10, desde la toma de muestra hasta la ejecución del análisis.

  • Si corresponde a la realización de un muestreo de 24 horas, la muestra compuesta debe confeccionarse en terreno.

  • Sólo a requerimiento de la empresa sanitaria, el laboratorio deberá entregar una alícuota o contra muestra con el volumen necesario y a partir de la muestra compuesta, la que deberá confeccionarse en terreno, para la realización de los análisis respectivos por parte del laboratorio de la empresa sanitaria. De ocurrir esta situación, el laboratorio deberá informar a la SISS en el informe de terreno.

  • Para PTAS en que se aplica Norma de Riego, se requiere la recolección de 3 muestras puntuales de coliformes fecales en el efluente. Para el caso de las muestras puntuales del efluente, se debe medir pH y de existir desinfección por cloro, se deberá medir cloro libre residual.

  • En todas las situaciones, se deberá obtener al menos 1 fotografía del punto de monitoreo, donde se aprecie claramente el aspecto visual del efluente y las condiciones técnicas de monitoreo. Además, se deberá dejar constancia escrita de observaciones durante el monitoreo, relacionadas con cambios en la calidad visual de la descarga, en el caudal de descarga, en general, toda información que entregue antecedentes respecto a la descarga y alteraciones estructurales y/u operativas en la cámara de contacto.

  • Para el caso de muestreos fallidos, la SISS no los pagará.  Cabe señalar, que se considera un control como fallido cuando el establecimiento industrial o PTAS sometido al Control Directo, no pueda ser objeto del mismo (por problemas de acceso a las instalaciones, que no se esté realizando la descarga, falla en el equipo, etc.), o que se haya realizado el monitoreo, pero las muestras no puedan ser enviadas al laboratorio a tiempo para cumplir con los requisitos de la norma NCh 411/10 Of. 2005 (accidentes, factores climáticos, etc.).

4.2.4 Análisis físico-químicos y bacteriológicos de las muestras.

Los registros requeridos para el ingreso de muestras al laboratorio, deben dar estricto cumplimiento a la NCh 411/10-2005 y al Manual Operativo SISS de la NCh 411/10-2005.

Una vez en el laboratorio, las muestras compuestas proporcionales al caudal se les debe analizar según las metodologías estandarizadas en la serie de normas chilenas NCh 2313 “Aguas Residuales-Métodos de Análisis”.

En el caso de los coliformes fecales, el procedimiento y la expresión de resultados se deben realizar de acuerdo con lo señalado en la norma NCh 2313 parte 22. Estos valores deben expresarse en NMP/100 ml, realizando las diluciones que correspondan, no se aceptarán expresiones en los resultados tales como “>” ó “<”.

En caso que el laboratorio no posea la acreditación de un parámetro específico y requerido por la SISS, deberá externalizar el servicio con un laboratorio acreditado, indicando claramente esta situación en el respectivo Informe de Resultados.

Un resumen del tipo de muestreo y sus características, se define en la Tabla N°4:

Tabla N°4. Resumen referencial de tipo de análisis según cuerpo receptor

Tipo de Disposición

Parámetros a monitorear

Tipo de muestreo

Frecuencia de medición

a) Cuerpo de agua fluvial, con desinfección por cloro.

Aplica Tabla 1 o Tabla 2 del DS N°90/00

Aceites y Grasas, DBO5, Fósforo, Nitrógeno Total Kjeldahl, Poder Espumógeno, Sólidos Suspendidos Totales.

Compuesto por 24 hrs.

Proporcional al caudal, constituida por 24 muestras puntuales.

Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta de 24 hrs.

Coliformes Fecales, pH, Temperatura, cloro libre residual

Puntual

Para coliformes fecales y cloro libre residual: 3 veces durante las 24 hrs.

Para pH y T°: Se debe medir para cada muestra de coliformes fecales, además, para cada muestra puntual que constituirá la compuesta.

b) Cuerpo lacustre, con desinfección por cloro.

Aplica Tabla 3 del DS N°90/00

Aceites y Grasas, DBO5, Fósforo, Nitrógeno Total, pH, SAAM, Sólidos Sedimentables Sólidos Suspendidos Totales.

Compuesto por 24 hrs.

Proporcional al caudal, constituida por 24 muestras puntuales.

Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta de 24 hrs.

Coliformes Fecales, pH, Temperatura, cloro libre residual

Puntual

Para coliformes fecales y cloro libre residual: 3 veces durante las 24 hrs.

Para pH y T°: Se debe medir para cada muestra de coliformes fecales, además, para cada muestra puntual que constituirá la compuesta.

c) Dentro Zona Protección Litoral, con desinfección por cloro.

Aplica Tabla 4 del DS N°90/00

Aceites y Grasas, DBO5, Fósforo, Nitrógeno Total Kjeldahl, pH, SAAM, Sólidos Sedimentables Sólidos Suspendidos Totales.

Compuesto por 24 hrs.

Proporcional al caudal, constituida por 24 muestras puntuales.

Compuesto por 24 hrs.

Proporcional al

Caudal, constituida por 24 muestras puntuales.

Coliformes fecales, pH, T°, cloro libre residual

Puntual

Para coliformes fecales y cloro libre residual: 3 veces durante las 24 hrs.

Para pH y T°: Se debe medir para cada muestra de coliformes fecales, además, para cada muestra puntual que constituirá la compuesta

d) Fuera Zona de Protección Litoral.

Aplica Tabla 5 del DS N°90/00

Aceite y Grasas, Sólidos sedimentables, Sólidos Suspendidos totales, Hidrocarburos totales, Hidrocarburos volátiles, SAAM,

Compuesto por 24 hrs.

Proporcional al caudal, constituida por 24 muestras puntuales.

Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta de 24 hrs.

pH, T°.

Puntual

Para cada muestra puntual que constituirá la compuesta

e) Para Riego

Coliformes fecales, PH, T°, Cloro libre residual

Puntuales, en un periodo de medición de 12 horas.

3 veces al efluente.

f) Para tratamiento sin desinfección por cloro

Se mantiene el tipo y la frecuencia de muestreo y los parámetros compuestos y puntuales según lugar de disposición, pero se elimina la medición de los parámetros organoclorados y cloro libre residual.

g) Para descarga de EI al sistema de alcantarillado

Los parámetros se solicitarán según el CIIU del EI

Compuesto por 8, 10 o 24 horas

Proporcional al caudal constituida por muestras puntuales tomadas cada 1 hora.

Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta dependiendo de las horas contempladas.

h) Para descarga de EI al sistema de alcantarillado duración menor de 4 horas

Los parámetros se solicitarán según el CIIU del EI

Muestra compuesta,

constituida por 3 muestras puntuales, obtenidas manualmente

Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta.

i) Para descarga de EI al sistema de alcantarillado – fuentes móviles

Los parámetros se solicitarán según el CIIU del EI

Muestra compuesta constituida por 3 muestras puntuales, obtenidas manualmente.

Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta.

Nota: En cada programa entregado por la SISS y frente a requerimientos específicos, se indicará los parámetros a controlar en cada PTAS o EI, por lo tanto, esta tabla es sólo referencial.

4.2.5 Ejecución del monitoreo en que aplica oficio Ord. SISS N°2475/2016.

En aquellos establecimientos industriales que presentan descargas tipo batch (descargas discontinuas), descargas no gravitacional (supermercados generalmente), que se vierten en forma esporádica una o varias veces en el día sus Riles a los sistemas de alcantarillado o en aquellos casos donde los Riles no se descargan directamente al alcantarillado, sino que se evacuan mediante camiones que trasladan el Ril a una planta de tratamiento de aguas servidas, se deberán tomar las consideraciones que se indican en el oficio Ord. SISS N°2475 de fecha 1 de junio de 2016, para realizar la medición. Este documento se anexa a las presentes bases técnicas, para dar cumplimiento integral a la norma de emisión DS MOP N°609/98.

4.2.6 Informe de resultados

El adjudicado debe enviar a la SISS los informes de resultados correspondientes, los que deben incluir como mínimo, la siguiente información, de acuerdo con el Manual Operativo SISS de la NCh 411/10- 2005:

  • Identificación de la fuente emisora (nombre PTAS indicado por la SISS y Empresa Sanitaria). Para el caso del EI, indicar la Razón Social y la planta.
    • Dirección de la fuente emisora, incluyendo comuna y región.
    • Identificación del punto de muestreo (coordenadas UTM)
    • Naturaleza de la muestra (Ril, Aguas servidas, mezcla, otra matriz)
    • Tipo de muestreo (manual, automático, combinación de ellos)
    • Tipo de muestra (puntual, compuesta, procedimiento de composición).
    • Período de duración del monitoreo.
    • Fecha y hora de muestreo (inicio y término).
    • Resultados de mediciones en terreno: pH, Tº, etc.
    • Identificación de los equipos utilizados para mediciones de terreno, para recolección de muestras y para medición de caudal.
      • Modalidad de medición de caudal.
      • Información de caudales (valores instantáneos y promedio del periodo, además de gráficas de comportamiento del caudal).
      • Observaciones de terreno (fotografías del lugar y detalle de eventos que afecten el incumplimiento de algún aspecto normativo).
        • Laboratorio responsable de los ensayos.
        • Responsable de Entrega y Recepción muestras.
        • Fecha y hora de entrega de muestras en el laboratorio.
        • Informe de resultados.
        • Fecha y hora de realización del análisis, tanto muestra compuesta y muestra puntual.
        • Lugar y hora de preparación de la muestra compuesta.