Licitación ID: 1593-11-LE23
Optimización base de facturación PR-019
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Consultores hidráulicos 1 Unidad
Cod: 83101505
Optimización del análisis de información proveniente de la base de facturación PR-019 – Año 2023  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Optimización base de facturación PR-019
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Superintendencia de Servicios Sanitarios requiere lograr la optimización del Reporte de Facturación Mensual, a través de alguna herramienta de automatización de procesos, que permita analizar la información proporcionada mensualmente por las empresas sanitarias en relación con su proceso mensual de facturación PR-019. El objetivo de dicha interfase es poder contar con información en detalle de la empresa, añomes y localidades, según las bases adjuntas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 9, Santiago
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-05-2023 12:00:00
Fecha de Publicación: 08-05-2023 10:45:34
Fecha inicio de preguntas: 08-05-2023 12:30:00
Fecha final de preguntas: 12-05-2023 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-05-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-05-2023 12:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-06-2023 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 27-06-2023 15:04:29
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Artículo 13° de las Bases Administrativas.-
Documentos Técnicos
1.- Artículo 13° de las Bases Administrativas.-
 
Documentos Económicos
1.- Artículo 13° de las Bases Administrativas.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Técnica Artículo 20° de las Bases Administrativas.- 70%
2 Evaluación Económica Artículo 20° de las Bases Administrativas.- 25%
3 Correcta Presentación de la Propuesta Artículo 20° de las Bases Administrativas.- 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Monto Total Estimado: 25000000
Justificación del monto estimado Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios 2023.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios 2023.
Tiempo del Contrato 120 Días
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Sergio José Ruz Ferrero
e-mail de responsable de pago: sruz@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Sergio José Ruz Ferrero
e-mail de responsable de contrato: sruz@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-23824000-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La Superintendencia de Servicios Sanitarios no acepta subcontrataciones. Esto es que la empresa adjudicada no puede transferir el contrato a terceros.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Fecha de vencimiento: 20-01-2024
Monto: 5 %
Descripción: Dado que el Plan de Desarrollo constituye el instrumento de planificación de largo plazo de las empresas sanitarias, cuya ejecución permite satisfacer en forma adecuada los requerimientos de demanda de servicios sanitarios, se hace necesario establecer una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de manera de garantizar que la revisión de su actualización se ejecute en forma oportuna conforme a los plazos definidos en la Ley. El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación realizada en el Portal, mediante carta dirigida al inspector fiscal que se designará y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 5% del valor total del contrato* expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente al del contrato más 60 días hábiles Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “OPTIMIZACIÓN DEL ANÁLISIS DE INFORMACIÓN PROVENIENTE DE LA BASE DE FACTURACION PR-019 – Año 2023” y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores (ID de la Licitación)” Correo electrónico en caso de remitirse garantía en soporte electrónico ofpartes@siss.cl Nota*: Para los efectos de lo precedentemente dispuesto, se considerará que el valor total de la propuesta que se adjudique, incluye el impuesto, arancel u otro gravamen que corresponda. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor adjudicado. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del proveedor adjudicado indicadas en las bases, éste deberá reponer previamente la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado.
Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “OPTIMIZACIÓN DEL ANÁLISIS DE INFORMACIÓN PROVENIENTE DE LA BASE DE FACTURACION PR-019 – Año 2023” y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores (ID de la Licitación)
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases Administrativas

ARTICULO 1:                   Antecedentes de la entidad licitante

Razón Social del organismo

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Unidad o área contratante

Unidad Comercial

R.U.T. del organismo

61.221.000-4

Dirección

Moneda N° 673, piso 7.

Comuna

Santiago.

ARTICULO 2:                   Antecedentes de la licitación

Nombre de la Adquisición

OPTIMIZACIÓN DEL ANÁLISIS DE INFORMACIÓN PROVENIENTE DE LA BASE DE FACTURACION PR-019

Objeto de la Licitación

Lograr la optimización del Reporte de Facturación Mensual, a través de alguna herramienta de automatización de procesos, que permita analizar la información proporcionada mensualmente por las empresas sanitarias en relación a su proceso mensual de facturación (PR-019).

El objetivo de dicha interfase es poder contar con información en detalle de la empresa, año/mes y localidades.

Tipo de Licitación

Pública

Moneda o unidad reajustable

Pesos

Presupuesto

un monto máximo que asciende a  25.000.000 millones de pesos

Subtítulo 22 del año 2023

Para esto efectos, el Presupuesto Oficial, incluye Impuestos.

Etapas del proceso de apertura

Dos

Tipo de Adjudicación

Simple

Re-adjudicación

Contrato

Requiere

Tiempo del Contrato

120 días corridos

Publicidad de las ofertas técnicas

Idioma

Español

Prohibición de subcontratación

SI

Funcionario encargado de la licitación

Sergio Ruz Ferrero

ARTICULO 3:                   DE LAS ETAPAS Y PLAZOS

Detalle

Fecha

Hora

Fecha de cierre de recepción de ofertas

Mínimo, 15 días corridos desde la publicación en el portal

La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl

Fecha de Acto de Apertura Técnica

La indicada en la publicación en el portal.

Fecha de Acto de Apertura Económica (referencial)

La indicada en la publicación en el portal.

Fecha Inicio de Preguntas

El día de la publicación.

Fecha final de Preguntas

El día hábil siguiente al de publicación.

Fecha de Publicación de Respuestas

El 3° día hábil siguiente al cierre de las preguntas.

OTROS PLAZOS

Tiempo estimado de evaluación de ofertas en días

10 días hábiles, contados desde el cierre de recepción de las ofertas.

Fecha estimada de Adjudicación

Al 15° día hábil siguiente al cierre de la Licitación.

Fecha estimada de firma del o los contratos correspondientes

Máximo 15° días hábiles contados de fecha de publicación de adjudicación de la Licitación

ARTICULO 4:                   De la publicación y tramitación a través del portal Mercado Público

El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “El Portal” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través de este, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.

ARTICULO 5:                   Requisitos mínimos para participar

1)             No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.

2)             No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

3)             No ser funcionario directivo de la Superintendencia; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

4)             Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.

A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

Unión temporal de proveedores (UTP):

Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:

1)             FORMULARIO N°1: sobre “Inhabilidades por condenas” debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

2)             FORMULARIO N°2: sobre “Conflictos de intereses y ratificación de lo obrado: debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores.

3)             FORMULARIO N°3 sobre “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores”: debe ser entregado por el apoderado UTP quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.

En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.

ARTICULO 6:                    Relación con empresas sanitarias

El oferente no podrá estar relacionado con una empresa sanitaria, en los términos que define el título XV de la Ley N° 18.045. Deberá acompañar con la oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N° 4 sobre “Relación con empresas sanitarias”, firmada por el representante legal de la persona jurídica respectiva.

En caso de tratarse de una empresa relacionada con una empresa sanitaria o una administradora de una concesión sanitaria la oferta será declarada inadmisible, asimismo si no adjunta el referido formulario.

ARTICULO 7:                    Cómputo de plazos del proceso de compra

Todos los plazos establecidos en las presentes Bases y los instrumentos que la complementen se entenderán que son de días corridos, salvo estipulación expresa en contrario.

En caso de que el vencimiento del plazo cayere en sábado, domingo o feriado, el último día del plazo se prorrogará para el día siguiente hábil. Si el plazo de cierre para la recepción de las ofertas venciere en un día inhábil, el plazo del cierre se prorrogará al día siguiente hábil.

De acuerdo con el artículo 25 inciso 7° del Reglamento de la Ley de Compras, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.

ARTICULO 8:                    Gastos

Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado.

ARTICULO 9:                    Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1)             El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2)             El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3)             El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4)             El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5)             El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6)             El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7)             El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8)             El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9)             El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

ARTICULO 10:                Consultas y aclaraciones a las bases

Durante el curso de la licitación, los oferentes solo podrán tener contacto con la SISS a través de solicitudes de aclaración realizadas a través de www.mercadopublico.cl y las instancias establecidas en las presentes bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

Recepción de consultas y solicitudes de aclaración.

Las consultas y solicitudes de aclaración que los oferentes deseen formular deberán ser realizadas sólo a través del Portal, hasta el día y hora señalado en Cronograma de la Licitación.

Respuestas a las consultas y aclaraciones.

La SISS responderá las consultas y realizará las correspondientes aclaraciones sólo a través de www.mercadopublico.cl.  Éstas se encontrarán a disposición de los oferentes a partir del día y hora señalados en el Cronograma de la Licitación.

Asimismo, la SISS podrá realizar las aclaraciones que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proveedores durante el proceso de Licitación.

Las respuestas que se entreguen y las aclaraciones que se hagan, que importen una modificación a las presentes Bases de Licitación se regirán por lo dispuesto en el artículo sobre Modificación de las Bases.

En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las consultas, aclaraciones y modificaciones mencionadas.

ARTICULO 11:                Modificación de bases

La SISS podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el portal y, en caso de ser necesario, otorgar un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.

                                                                                                                                             I.            DE LAS PROPUESTAS

ARTICULO 12:                Presentación de la propuesta

Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de estas y en los horarios indicados en el Portal, las que deberán cumplir íntegramente con lo exigido en estas Bases.

En caso de presentar más de una oferta, se entenderá como válida la última presentada por el proveedor, la que reemplazará toda oferta anterior.

ARTICULO 13:                Contenido de las propuestas

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl , en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

 

Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.

Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.

El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.

La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con páginas numeradas e índice.

 

  1. Garantía de Seriedad Oferta

No se requiere.

  1. Antecedentes administrativos

Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda:

1)             Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.

2)             Tratándose de una UTP deberá adjuntar los Formularios N° 1, 2 y 3 especificados en el artículo sobre “Requisitos mínimos para participar”.

3)             Tratándose de personas jurídicas: Formulario N° 4 Sobre “Relación con empresas sanitarias”.

4)             Formulario N° 12 Sobre “Individualización del oferente”.

Tratándose de personas jurídicas, si al momento de ofertar no se encuentre inscrito en el Portal o sus datos no se encuentren actualizados, deberá adjuntar la escritura o certificado donde conste el representante legal de la empresa.

5)             Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, tratándose de las UTP el certificado deberá ser acompañado por cada miembro de esta.

  1. Oferta técnica

Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.

Esta se compone de:

  1. Cumplimiento de los Requerimientos Técnicos

Se entenderá por “Requerimientos Técnicos”, todo el contenido solicitado en las Bases Técnicas. El documento de la oferta deberá contener, al menos:

 

  1. Descripción del servicio: actividades a desarrollar y productos a entregar. Siguiendo la estructura del Punto 5 de las Bases Técnicas.
  2. Un cronograma de trabajo
  3. Metodología
  4. Propuesta de plataforma o interfaz. (vista de la optimización del proceso)

  1. Experiencia del Equipo Técnico:

  1. Proyectos similares del Equipo Técnico desarrollados en los últimos 5 años, sin contar al Jefe de Proyecto. Deberá adjuntar el Formulario N° 5 y la documentación que lo acredite, a saber: contratos, resoluciones asociadas, facturas, órdenes de compra, declaración jurada del mandante o cualquier otro medio de verificación o documento que respalde el contrato.
  2. Miembros del Equipo Técnico propuesto, sin contar al Jefe de Proyecto: Deberá adjuntar el Formulario N° 7, los correspondientes certificados de título profesional en concordancia con lo descrito en el Punto 4.1 de las Bases Técnicas.
  3. Formulario N° 8, donde comprometa y especifique a los miembros del Equipo Técnico y al Jefe de Proyecto, en concordancia con lo descrito en el Punto 4.1 de las Bases Técnicas.

  1. III.- La Experiencia del Jefe de Proyecto

  1. Proyectos similares desarrollados en los últimos 5 años, en que el Jefe de Proyecto pueda acreditar su participación en la Dirección, Gerencia, Coordinación General o Responsabilidad superior en el desarrollo de este: Deberá adjuntar el Formulario N° 10 y la documentación necesaria para acreditar dicha relación y su realización, a saber: contratos, resoluciones asociadas, facturas, órdenes de compra, declaración jurada del mandante o cualquier otro medio de verificación o documento que respalde el contrato.
  2. Profesión del Jefe de Proyecto propuesto: Deberá adjuntar el Formulario N° 10, el correspondiente certificado de título profesional en concordancia con lo descrito en el Punto 4.1 de las Bases Técnicas.
  3. Formulario N° 8, donde comprometa y especifique a los miembros del Equipo Técnico y al Jefe de Proyecto, en concordancia con lo descrito en el Punto 4.1 de las Bases Técnicas.

               

  1. Oferta Económica

Deberá presentarse electrónicamente a través del Portal en la oportunidad establecida en el cronograma de la licitación, de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total ofertado a valor neto, es decir, sin contemplar impuestos.

La oferta económica se deberá expresar tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar, de acuerdo con el FORMULARIO N°9, denominado oferta económica.

Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.

                                                                                                       II.APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

ARTICULO 14:                Apertura de la oferta

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el Portal, en dos actos

ARTICULO 15:                Admisibilidad de las ofertas

Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo sobre “Contenido de las propuestas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la licitación y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.

La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886.

Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de un análisis de admisibilidad y, en el evento que sean declaradas admisibles, de una posterior evaluación. Se deja expresa constancia que las declaraciones de admisibilidad, al tenor de antecedentes fundados, podrán ser modificadas, de lo cual se deberá dejar constancia a través del acto administrativo que se dicte al efecto. La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos:

De la admisibilidad administrativa.

Se verificará que, tratándose de una licitación en dos etapas, el oferente adjunte de forma separada la oferta económica y técnica, de lo contrario, su propuesta será declarada inadmisible.

Así también, en esta instancia se verificará, que cumpla con lo dispuesto en el artículo sobre “Requisitos mínimos para participar”, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible.

De la admisibilidad técnica. Se verificará que el proponente haya ingresado al portal su oferta técnica. En caso de no adjuntarse al Sistema de Información, o en caso de que lo informado se encuentre incompleto, la oferta será declarada inadmisible.

De la admisibilidad económica. Se verificará que el proponente haya ingresado al portal www.mercadopublico.cl su oferta económica, mediante la publicación en el Portal Mercado Público del Formulario N°9, denominado Oferta Económica. También en esta etapa se revisará que la propuesta no exceda el presupuesto máximo disponible, señalado en las bases, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible.

Otras causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente:

-         Que la oferta no sea expresada en pesos chilenos (CLP) o en la unidad licitada;

-         Cuando el oferente, antes de la apertura de las ofertas, por cualquier medio de a conocer a la SISS su oferta económica;

-         Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir en la presente licitación, entendiendo por práctica corrupta ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante el proceso licitatorio; y por práctica fraudulenta: tergiversación de los hechos, con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo practicas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de las ofertas), a fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos, y privando a la SISS de los beneficios de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes objetivos;

-         Cuando el oferente efectúe ofertas con formas de pago no contempladas explícitamente en estas Bases;

-         Cuando el oferente presente antecedentes falsos, para efectos de evaluación de la oferta.

-         Cuando el oferente no subsane los errores formales, aclaraciones o no acompañe antecedentes omitidos, requeridos a través del Portal Mercado Público, en el plazo y forma solicitado, y

-         Por las demás causales establecidas expresamente en las presentes Bases.

Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en el cronograma de la licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.

ARTICULO 16:                Comisión evaluadora

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

1)             Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.

2)             Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.

3)             Aceptar donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.

ARTICULO 17:                Aclaraciones solicitadas a los oferentes

La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de estos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del Portal.

ARTICULO 18:                Subsanación de errores u omisiones formales

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 72 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

ARTICULO 19:                Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 72 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Portal. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

ARTICULO 20:                Criterios de evaluación de las propuestas

Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo con lo dispuesto en las Bases Administrativas y Técnicas, considerando los siguientes criterios, subcriterios y puntajes:

Criterio

Ponderación

Oferta Técnica

(70)%

Oferta Económica

(25)%

Correcta presentación de la propuesta

(5)%

Sub-Criterios que componen la oferta técnica y su ponderación.

Sub-Criterio Técnico

% de la oferta técnica

Cumplimiento del requerimiento técnico

60%

Experiencia del oferente

20%

Experiencia del Jefe Proyecto

20%

ARTICULO 21:                Evaluación de las Ofertas

1)        Evaluación de la propuesta técnica:

La evaluación de la oferta técnica se realizará en atención a los siguientes subcriterios.

1.1  Cumplimiento de los Requerimientos Técnicos

Se entenderá por “Requerimientos Técnicos”, todo el contenido solicitado en las Bases Técnicas.

Específicamente, se entenderán como las prestaciones mínimas exigibles, aquellas descritas en el Punto 5 de las Bases Técnicas: “DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: ACTIVIDADES A DESARROLLAR Y PRODUCTOS A ENTREGAR.

1.2  Experiencia del Equipo Técnico

La experiencia del “Equipo Técnico” será medida en el número total de “Proyectos Similares”, en que los miembros del “Equipo Técnico” puedan acreditar su participación. (Sin contar al Jefe de Proyecto)

Se entenderán por “Proyectos Similares”, aquellos cuyos objetivos y/o productos guarden relación con lo descrito en la Bases Técnicas de la presente licitación. Debiendo contar con la documentación necesaria para acreditar dicha relación.

Se consideran aquellos proyectos que hayan sido desarrollados en los últimos 5 años, contados desde la fecha de la apertura de la oferta técnica.

Para su cuantificación, cada proyecto debe ser incluido y especificado en el Formulario N° 5, debiendo contar con la documentación necesaria para acreditar su realización, a saber: contratos, resoluciones asociadas, facturas, órdenes de compra, declaración jurada del mandante o cualquier otro medio de verificación o documento que respalde el contrato.

El oferente debe acreditar las profesiones de los miembros del Equipo Técnico propuesto, (sin contar al Jefe de Proyecto) completando el Formulario N° 7 adjuntando los correspondientes certificados de título profesional en concordancia con lo descrito en el Punto 4.1 de las Bases Técnicas.

El oferente debe comprometer y especificar en el Formulario N° 10 a los miembros del Equipo Técnico y al Jefe de Proyecto, en concordancia con lo descrito en el Punto 4.1 de las Bases Técnicas.

Toda la información anterior forma parte de la oferta técnica y podrá ser verificada por la Comisión Evaluadora.

Número de proyectos relacionados con la licitación

Puntaje

Más de 5 proyectos

100

Entre 3 y 5 proyectos

70

Entre 1 y 2 proyectos

50

No informa, no es clara o no se puede demostrar

0

En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos.

1.3  Experiencia del Jefe de Proyecto

La experiencia del “Jefe de Proyecto”, será medida en el número total de proyectos similares, en que el “Jefe de Proyecto” pueda acreditar su participación en la Dirección, Gerencia, Coordinación General o Responsabilidad superior en el desarrollo del mismo.

Se entenderán por “Proyectos Similares”, aquellos cuyos objetivos y/o productos guarden relación con lo descrito en las Bases Técnicas de la presente licitación, que fueran desarrollados para alguna institución pública o privada. Debiendo contar con la documentación necesaria para acreditar dicha experiencia.

Se considerarán, aquellos desarrollados en los últimos 5 años, contados desde la fecha de la apertura de la oferta técnica.

Para su cuantificación, cada proyecto debe ser incluido y especificado en el Formulario N° 6, debiendo contar con la documentación necesaria para acreditar su realización, a saber: contratos, resoluciones asociadas, facturas, órdenes de compra, declaración jurada del mandante o cualquier otro medio de verificación o documento que respalde el contrato.

El oferente debe acreditar la profesión del “Jefe de Proyecto” propuesto, (sin contar al Equipo Técnico) completando el Formulario N°10 adjuntando el correspondiente certificado de título profesional en concordancia con lo descrito en el Punto 4.1 de las Bases Técnicas.

El oferente debe comprometer y especificar en el Formulario N°8 a los miembros del Equipo Técnico y al Jefe de Proyecto, en concordancia con lo descrito en el Punto 4.1 de las Bases Técnicas.

Toda la información anterior forma parte de la oferta técnica y podrá ser verificada por la Comisión Evaluadora.

Número de proyectos relacionados con la licitación

Puntaje

Más de 5 proyectos

100

Entre 3 y 5 proyectos

70

Entre 1 y 2 proyectos

50

No informa, no es clara o no se puede demostrar

0

En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos.

Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9.

2)        Evaluación de la propuesta económica:

Para efectos de la evaluación de la oferta económica, se considerará el valor neto contenido en el Formulario N°9 . Luego, para determinar el puntaje se aplicará la siguiente fórmula:

Cuadro de texto: Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) X 100

3)        Evaluación de antecedentes administrativos y correcta presentación de la oferta

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al artículo 40, inciso 1°, del mismo cuerpo reglamentario, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio.

Descripción

Puntaje

Cumple con la presentación completa de antecedentes

100 puntos

Acompaña los antecedentes y/o salvar errores u omisiones formales solicitados por la SISS, conforme al artículo 40° del reglamento.

0 puntos

4)      Evaluación final de las ofertas

El servicio se adjudicará al proponente que obtenga el Puntaje Final máximo correspondiente:

Puntaje Final= (25%) ×Puntaje Económico + (70%) ×Puntaje Técnico + (5%) ×Correcta presentación oferta.

*Puntaje Técnico, considera que los proponentes seleccionados realicen una presentación de la plataforma o interfaz propuesta ante el grupo revisor de esta Superintendencia.

ARTICULO 22:                Mecanismo de solución en caso de empates

En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el ítem Requerimientos Técnicos, si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje en el ítem  Experiencia del Jefe de Proyecto y finalmente en la Experiencia del Equipo Técnico, en ese orden.

Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores mencionados, se seleccionará a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.

ARTICULO 23:                Adjudicación

La Adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del informe final de la Comisión Evaluadora.

La adjudicación de la licitación pública se hará, mediante resolución fundada, al oferente que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con la suma de todas las ponderaciones indicadas en el artículo sobre “evaluación de las ofertas”. Si la adjudicación no se realizase dentro del plazo estimado señalado en el cronograma de la licitación, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento, debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite.

La adjudicación de la propuesta se efectuará mediante resolución exenta de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la que publicará en El Portal, una vez que se encuentre debidamente tramitada, para posteriormente realizar la suscripción del contrato respectivo.

La Superintendencia se reserva la facultad de declarar desierta la presente Licitación Pública, en caso de que ninguna de las ofertas sea conveniente para sus intereses.

ARTICULO 24:                Readjudicación

La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886.

Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, rechace la orden de compra cuando ésta formalice la relación contractual, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 7°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

ARTICULO 25:                Declaración de Deserción

La SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses.

La declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.

ARTICULO 26:                Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación

Se comunicará el resultado de la Licitación a todos los oferentes a través de la publicación en el Portal.

Los oferentes podrán hacer consultas en relación con la adjudicación y declaración de deserción en el plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de la notificación de la Resolución de adjudicación. Dichas consultas deberán dirigirse al encargado de la licitación señalado en el Portal.

Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del Portal, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.

                                                                                                                                                        III.CONTRATO

ARTICULO 27:                Documentos integrantes de la relación contractual

La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

1)             Bases de licitación y sus Formularios.

2)             Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.

3)             Oferta.

4)             Contrato definitivo suscrito entre las partes, si corresponde.

5)             Orden de compra.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.

ARTICULO 28:                Antecedentes legales para ser contratado

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato.

Inscripción en el Registro de Proveedores

En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Si el oferente es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Formulario N°15 Declaración Jurada para Contratar

Todos los Formularios deben ser firmados por la persona natural respectiva.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Fotocopia de su cédula de identidad.

Si el oferente no es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

FORMULARIO N°15 Declaración Jurada para Contratar

Todos los Formularios deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

ARTICULO 29:                Validez de la oferta.

Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.

Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados no serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.

ARTICULO 30:                Del Contrato

Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato los documentos indicados en el artículo sobre Documentos integrantes de la relación contractual de las presentes bases.

ARTICULO 31:                Perfeccionamiento y vigencia del contrato

El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios con la SISS dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.

Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores y acompañar, cuando corresponda, la garantía de fiel cumplimiento dentro de los plazos establecidos para ello, de lo contrario, se entenderá como desistimiento de la oferta.

El plazo de vigencia del contrato será de 120 días corridos desde la fecha de la resolución que aprueba el contrato.

ARTICULO 32:                Coordinador del Contrato

El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador.

En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:

1)             Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

2)             Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

3)             Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.

ARTICULO 33:                Comportamiento ético del Adjudicatario

El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

ARTICULO 34:                Confidencialidad y reserva de los antecedentes

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.

El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.

El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.

ARTICULO 35:                De la Ejecución y plazo del Servicio

El servicio se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación.

Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente.

La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario por el retraso involucrado.

ARTICULO 36:                Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato  

Dado que el Plan de Desarrollo constituye el instrumento de planificación de largo plazo de las empresas sanitarias, cuya ejecución permite satisfacer en forma adecuada los requerimientos de demanda de servicios sanitarios, se hace necesario establecer una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de manera de garantizar que la revisión de su actualización se ejecute en forma oportuna conforme a los plazos definidos en la Ley.

El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada.

La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación realizada en el Portal, mediante carta dirigida al inspector fiscal que se designará y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Monto

5% del valor total del contrato* expresado en pesos chilenos

Plazo de Vigencia

Equivalente al del contrato más 60 días hábiles

Beneficiario

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Glosa

“Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “OPTIMIZACIÓN DEL ANÁLISIS DE INFORMACIÓN PROVENIENTE DE LA BASE DE FACTURACION PR-019 – Año 2023 y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores (ID de la Licitación)”

Correo electrónico en caso de remitirse garantía en soporte electrónico

ofpartes@siss.cl

Nota*: Para los efectos de lo precedentemente dispuesto, se considerará que el valor total de la propuesta que se adjudique, incluye el impuesto, arancel u otro gravamen que corresponda.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Será responsabilidad del proveedor adjudicado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor adjudicado.

En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del proveedor adjudicado indicadas en las bases, éste deberá reponer previamente la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza.

La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado.

ARTICULO 37:                Informes de avance y finales

Los informes se deberán entregar de acuerdo con lo especificado en las Bases Técnicas.

ARTICULO 38:                Modificación del contrato

El contrato podrá ser modificado de común acuerdo de las partes, a requerimiento de la SISS o del adjudicado. La modificación del contrato procederá por motivos fundados, a través de acto administrativo y solo podrá corresponder a materias relacionadas con el objeto del contrato, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados.

En caso de que las modificaciones representen un aumento de los servicios, este no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado.

IV.PAGOS

ARTICULO 39:                Del Pago

Los pagos se harán efectivos solo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato.

Los pagos se realizarán de acuerdo a la siguiente tabla. No obstante, se deberá considerar lo señalado en el artículo sobre Sanciones por Incumplimiento Contractual.

INFORME

% de PAGO

1

30%

2

30%

3

40%

El proveedor solo podrá facturar los servicios efectivamente prestados y recibidos conforme por la SISS, una vez que el Inspector Fiscal autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los productos. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y la autorización expresa de facturar por parte de éste.

Recibido conforme el bien o servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o boleta de servicios, conjuntamente con el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo (F30), el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha de los mismos. Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante.

En caso de no tener trabajadores dependientes a la fecha de pago, el proveedor o proveedores deberá presentar la declaración jurada denominada Formulario N°11: “INEXISTENCIA DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES POR FALTA DE TRABAJADORES DEPENDIENTES SOMETIDOS AL RÉGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO.”

El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.

El pago de los servicios será en pesos chilenos, a través de transferencia electrónica efectuada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios o la Tesorería General de la República, según corresponda.

Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.

La emisión del Documento Tributario Electrónico debe ser enviado según las indicaciones del SII. Si el proveedor ocupa la plataforma de facturación gratuito del SII, el proveedor adjudicado debe dar revisión del campo 801 ingresando el ID exacto de la orden de compra emitida en relación con la licitación.

En caso de que el proveedor adjudicado utilice sistema de facturación particular, al momento de emitir la factura, debe enviar está en formato XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, indicando también en el campo 801 el ID exacto de la orden de compra emitida en relación con la licitación.

Para más información revisar el “Instructivo para la Emisión de Facturas y otros Documentos Tributarios Electrónicos, en los computadores de los contribuyentes” desde la página del Servicio de Impuestos Internos.

La recepción conforme deberá ser acreditada por la entidad que hubiere efectuado el requerimiento.

                                                                     V.EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS

ARTICULO 40:                Administración y fiscalización de su cumplimiento

Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades:

1)             Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.

2)             Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.

3)             Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar.

4)             Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los bienes o servicios requeridos.

5)             En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.

ARTICULO 41:                Sanciones por incumplimiento contractual

La Superintendencia aplicará las siguientes sanciones según la naturaleza del incumplimiento:

1)      Deficiencia en la calidad de los servicios entregados

a)                  Amonestación: la amonestación procederá ante una falta menor al contrato por parte del oferente. Se dejará constancia por escrito y el documento será firmado por ambas partes. La amonestación no estará afecta a sanciones pecuniarias, salvo que se acumulen más de dos amonestaciones en el periodo de un mes, en cuyo caso se aplicará una multa menos grave.

b)                  Multa: El rango de la multa será determinado por el Inspector Fiscal del contrato, mediante resolución fundada y en mérito de los antecedentes que haya recabado, de entre las siguientes opciones:

b.1 Incumplimiento leve: Importa una sanción de multa de 0,5% del valor neto total del contrato, la cual se aplicará por incumplimiento o falta de diligencia de las obligaciones contraídas que no implique riesgos a las personas o daño a los bienes de la SISS o a su imagen.

b.2 Incumplimiento menos grave: Importa una sanción de multa de 1% del valor neto total del contrato la cual se aplicará por incumplimientos que impliquen riesgo a las personas o bienes de la SISS, pero que sea susceptible de corrección.

b.3 Incumplimiento grave: Importa una sanción de multa de 2% del valor neto total del contrato. Entendiéndose por incumplimiento grave aquellos incumplimientos del contrato que afecten directamente la operatividad de la Superintendencia, es decir, impiden que los funcionarios puedan desarrollar sus funciones en forma normal. Son incumplimientos graves, sin que se trate de una enumeración taxativa, los siguientes:

  • A partir del cuarto retraso en la prestación de servicio requerido.
  • La no entrega de la prestación del bien o servicio requerido, por causa imputable al proveedor o la entrega parcializada, de acuerdo con lo estipulado en las bases de licitación o en el contrato suscrito con el adjudicatario.
  • La entrega de los bienes o servicios que no den cumplimiento a los requerimientos técnicos especificados en las bases técnicas de la licitación o lo señalado por el adjudicatario en su oferta.
  • Aquellas que inciden en la prosecución de la contratación.

El incumplimiento grave importa el término anticipado del contrato según dispone el artículo sobre Termino Anticipado del Contrato de las presentes bases.

2)      Atraso en la entrega del bien o servicio

El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos asociados en la prestación del servicio, de conformidad a las presentes bases.

Cuadro de texto: Monto de la multa de cada servicio = días de atraso * valor neto del servicio con atraso * 0,005. Donde: 0< días de atraso en la entrega<=20

Para ambos casos el valor total acumulado de las multas no podrá exceder el 10% del valor neto del contrato, incluyendo sus modificaciones. En caso de excederse del 10% señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato.

ARTICULO 42:                Cobro de las multas

La multa producirá sus efectos una vez a firme la resolución que aplica la sanción. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa.

El monto de las multas será rebajado del pago que la Superintendencia deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Superintendencia para la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, cuando se hubiese solicitado.

ARTICULO 43:                Cesión de contrato y Subcontratación

El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo acuerdo complementario que se celebre con la institución contratante.

La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan ante esta situación.

Por su parte, el proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado.

ARTICULO 44:                Responsabilidades y obligaciones del adjudicatario

1)      El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes a los usuarios designados de la entidad licitante, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado.

2)      Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.

3)      El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.

4)      Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario. La Entidad licitante deberá dejar constancia de las reuniones en un acta, con referencia a los temas tratados, personal y funcionarios asistentes y fecha de la misma. Estas Actas estarán referidas siempre al resguardo del correcto desarrollo del contrato, según lo descrito también en el punto 3.2 letra e) de las Bases Técnicas, y se distinguen de las reuniones de coordinación entre el consultor y el Equipo de Trabajo Interno, según lo detallado en el Punto 3.2 letra f), de las mismas Bases Técnicas.

5)      Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.

6)      Entregar oportunamente informes solicitados por la entidad licitante.

7)      Todas las obligaciones establecidas en las bases técnicas.

ARTICULO 45:                Término anticipado del contrato

La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1)                  Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP, aplica para cualquiera de sus integrantes. En este caso no procederá el término anticipado si se mejoran las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. También aplicará esta medida en caso de disolución del oferente adjudicado o fallecimiento del contratante en el caso de persona natural.

2)                  Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo sobre Sanciones por incumplimiento contractual.

3)                  Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del “Pacto de integridad" contenido en estas bases. Cabe señalar que en el caso que los antecedentes den cuenta de una posible afectación a la libre competencia, el organismo licitante pondrá dichos antecedentes en conocimiento de la Fiscalía Nacional Económica.

4)                  Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución de la licitación, y propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a)                  Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b)                  Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.

c)                  Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

5)                  No entrega o no renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo sobre Garantía de Fiel Cumplimiento, cuando se haya solicitado.

6)                  La comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.

7)                  La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación al resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y las entidades compradoras, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

8)                  Rechazo, o no aceptación en los plazos establecidos en las presentes bases de licitación, por tercera vez de una orden de compra emitida por el comprador, fuera de los casos permitidos en las bases de licitación.

9)                  En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):

a)       Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b)      De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c)       Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d)      Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e)       Disolución de la UTP.

10)              En el caso de infracción de lo dispuesto en el artículo sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”

11)              En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días hábiles.

12)              En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10 % del valor total contratado.

13)              Por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, de conformidad con el artículo relativo a Sanciones por Incumplimiento Contractual.

14)              Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

15)              Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

16)              Entrega de documentación que contenga hechos carentes de veracidad, con la intención de obtener algún beneficio en el ámbito de la licitación, o bien, lograr alguna ventaja en comparación con el resto de los proveedores adjudicados.

17)              Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

18)              Por decisión unilateral de la SISS, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

En todos los casos señalados, a excepción del numeral 17 y 18, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el artículo referido a Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

Indemnización

La SISS pagará al adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde:

I              : Monto a pagar por indemnización

Nf            : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior

Np           : Número de días de plazo total de la etapa

M            : Monto a pagar por la etapa completa

Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores.

ARTICULO 46:                Procedimiento en caso de incumplimiento

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación y la causal 17 y 18 del artículo sobre Termino anticipado del Contrato, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.


A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.

Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.

El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas de equipos que no sean de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.

ARTICULO 47:                Propiedad de la Información

La entidad licitante será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.

El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.

ARTICULO 48:                Tratamiento de datos personales por mandato

En caso de que se encomiende al adjudicatario el tratamiento de datos personales por cuenta de la entidad licitante, ésta deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Sin embargo, deberá tenerse en consideración lo dispuesto en el artículo 10° de la referida ley, en cuanto a que no pueden ser objeto de tratamiento los datos sensibles, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares, según procediera.

En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al adjudicatario (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue la entidad licitante (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros.

ARTICULO 49:                Acceso a sistemas

En caso de que el personal del proveedor adjudicado requiera acceso a los sistemas del órgano comprador para llevar a cabo las prestaciones contratadas, deberá previamente informar a través de su coordinador del contrato a la contraparte del órgano comprador, el nombre y RUT de las personas que accederán, el objeto de actividad, la fecha y lugar, y el tipo de sistemas, información o equipos que requerirá.

Solo podrán tener acceso a los sistemas aquellas personas autorizadas por la contraparte del órgano comprador, en los términos que ésta determine y se entenderá que existe prohibición de acceso a todo otro sistema, información y equipos que no estén comprendidos en la autorización.

Si el personal del proveedor adjudicado que recibe la autorización de acceso utiliza equipos propios, deberán individualizarse previamente.

ARTICULO 50:                Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y normas laborales

Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

La SISS se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.

En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.

La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente el formulario F30 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales) emitido por la Dirección del Trabajo que demuestre el total cumplimiento de sus obligaciones laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes de seguridad social, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.

ARTICULO 51:                Prórroga de la competencia

En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.

Bases Técnicas
  1. INTRODUCCIÓN

La Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante SISS, es un organismo estatal con competencia fiscalizadora que, entre otras funciones, le corresponde velar por la correcta facturación de las empresas sanitarias, referida a los cobros formulados a sus clientes en cuanto a los servicios que son prestados por estas empresas.

Producto de esta obligación, la SISS a partir de diciembre de 2002, se instruyó a los prestadores sanitarios para que comenzaran a remitir a esta Superintendencia, un Informe Mensual de la Facturación de cada uno de sus clientes facturados. Para ello, se elaboró un Protocolo de Intercambio de Información denominado PR-019 “Control de Facturación”, el cual fue remitido a las empresas sanitarias a través del Oficio SISS N°1.301/2002, el cual fue modificado por el Oficio SISS N°5.091/2012. Este Protocolo consta de 143 campos e incluye para cada cliente la información de sus antecedentes generales, metros cúbicos facturados y montos asociados.

A partir de la información proporcionada por este Protocolo, durante los años 2021 y 2022, la Unidad Comercial de esta Superintendencia elaboró un Reporte de Facturación Mensual que permitiera contar con información en detalle de la facturación mensual en 15 empresas (de un total de 41), cuyo objetivo principal fue poder obtener información oportuna y actualizada, de la facturación mensual.

Este Reporte de Facturación Mensual, está en un archivo Excel, donde es posible visualizar la información a través de 57 tablas que se construyen a partir de 57 campos de la Estructura de Información del PR-019. Por consiguiente, es posible colegir que cada campo origina una tabla de este Reporte y proporciona información solo a nivel de empresa (no por localidad). Estos 57 campos se han seleccionado ya que, en todos ellos es posible realizar operaciones aritméticas, que permiten que en cada tabla que se construye, se obtenga una clasificación del riesgo mes a mes, permitiendo así lograr focalizar las fiscalizaciones comerciales y validar, además, la información remitida a través de dicho Protocolo.

De este modo, los desafíos y objetivos planteados en las presentes bases de licitación se deben entender, como la continuación del trabajo desarrollado durante los años 2021 y 2022, a objeto que la información obtenida de este Reporte de Facturación Mensual pueda ser optimizada (automatizada), de manera que sea consultada y visualizada por cualquier usuario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).

Cabe agregar que al aumentar el grado de optimización (automatización) de este Reporte de Facturación Mensual, se obtendrán ahorros y mejoramiento de los tiempos asociados a los flujos de trabajo de dicho proceso, dado que, por el tamaño de las Bases de Datos Mensuales, actualmente no es posible inferir acerca de la información a nivel de localidades.

Se entenderá por esta optimización, como la aplicación de tecnologías para automatizar el proceso de negocio de todos los reportes en cuestión (que hoy se hacen de forma manual) considerando una plataforma que ayude a ejecutar y gestionar estos reportes, considerando el manejo de datos en grandes volúmenes y que, a su vez, el resultado pueda ser visible a través de gráficos, semáforos, etc., aplicando filtros según sea la necesidad.

2.1   Objetivo General

El objetivo de la presente licitación es contratar los servicios de un consultor o una consultora con experiencia o conocimiento en informática, con objeto de lograr la optimización del Reporte de Facturación Mensual, a través de alguna plataforma de automatización de procesos, que permita analizar la información proporcionada mensualmente por las empresas sanitarias en relación a su proceso mensual de facturación (PR-019). El objetivo de dicha aplicación es poder contar con información en detalle de la empresa, año/mes y localidades. Asimismo, y en caso de que la información enviada sea incorrecta o inexacta, se deberán informar los errores en la información procesada.

En resumen, con esta optimización será posible reducir tiempos y esfuerzos, por cuanto será posible contar con información mensual validada, minimizando fallas y controlando este proceso comercial a nivel de localidad.

Las empresas en las que se elaboró el Reporte de Facturación Mensual y que son las seleccionadas para la automatización de la información son:

Es posible acceder a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en la información del Protocolo PR-019, en el link https://www.siss.gob.cl/586/w3-propertyvalue-6332.html accediendo a Oficios y Formatos, en particular PR019001.

2.2   Objetivos Específicos

De acuerdo a las dimensiones del análisis requerido, el servicio a contratar debe responder a tres objetivos específicos referidos a: procesos, plataformas y personas (y de las relaciones posibles entre ellas):

PROCESOS: Se busca construir un proceso de revisión automatizado de los Reportes de Facturación Mensual en quince empresas sanitarias fiscalizadas por la SISS, de periodicidad mensual, tanto a nivel de empresa, región y localidad.

A través del análisis y control del proceso, el objetivo es el mejoramiento del flujo de trabajo, de manera de corregir oportunamente los errores, realizando los ajustes correspondientes. Esto permitirá contar con información para focalizar la fiscalización comercial de esta Superintendencia.

PLATAFORMAS: La implementación de los Reportes de Facturación Mensual en estas quince empresas, requiere el Diseño, Desarrollo, Pruebas e Implementación de una Plataforma Informática que permita el almacenamiento, disposición de los datos, procesamiento de éstos y de los informes de resultado del proceso. Se debe incluir la documentación necesaria de cada hito de desarrollo de esta plataforma, capacitación orientada al usuario final y otra orientada a su desarrollo y mantención.

PERSONAS: En el Diseño, Formulación y Ejecución de los Reportes de Facturación Mensual de cada empresa sanitaria, se requiere que el consultor mantenga una comunicación fluida y en coordinación estrecha con el Equipo de Trabajo Interno de la SISS, compuesto por funcionarios de la Unidad Comercial y Unidad de Proyectos Tecnológicos, todos vinculados al uso, diseño y desarrollo de sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora.

  1. ALCANCES DEL SERVICIO

3.1   El presente estudio se ha desarrollado con la finalidad de la Optimización del Análisis de Información proveniente de la base de Facturación PR-019, que tiene por objetivo lograr la automatización de este proceso en quince empresas sanitarias.  

Esta automatización de los Reportes de las quince empresas antes indicadas deberá considerar en su ejecución los siguientes aspectos:

  • La plataforma del proceso que permita la integración de sistemas y datos, interactuando con el usuario a través de un sistema informático.
  • La información se pueda acceder en un sitio web, intrasiss, nube informática, etc.
  • La información pueda ser desplegada por empresa, región, localidad, periodo, tabla, semaforización (riesgo) y gráficos.
  • Los Reportes deben ser dispuestos en archivo PDF para el usuario que solicite la información.
  • Las inconsistencias de la información procesada sean reportadas.

El producto consultado, deberá distinguir en el informe correspondiente, las dimensiones de análisis establecidas: procesos, plataformas y personas.

3.2   Para efectos de la presentación de los informes ante la SISS y de la plataforma (interfaz) requerida, el estudio consultado se deberá dividir de acuerdo con lo definido en el punto 5.3 de estas bases.

De acuerdo con los principios escogidos para el desarrollo de la presente licitación:

a)    Todos los informes deberán ser precisos y concisos, deberán contener solo la información esencial para responder con éxito el encargo, cumpliendo con las especificaciones solicitadas.

b)    Se debe evitar toda documentación, pasos, procesos o trabajo adicional que no añadan valor al producto o mejoren los resultados del proyecto.

c)    Se valorará el uso de cuadros auto-explicativos, flujogramas, tablas, mapas conceptuales, y cualquier otro tipo de material gráfico que pueda resumir la información solicitada.

d)    El contenido de cada informe no debe superar las 30 páginas, debiendo enfocarse en los resultados o respuestas de las consultas solicitadas, pudiendo incorporar aquellos detalles que el consultor estime necesario en el capítulo de anexos.

e)    En el desarrollo de cada producto consultado, y para el cumplimiento de los objetivos planteados en la presente licitación, resulta fundamental el compromiso y la participación activa de todos involucrados y partes interesadas –usuarios, responsables y administradores– los que serán representados por un Equipo de Trabajo Interno , que estará integrado por profesionales de la SISS, vinculados al uso, diseño y desarrollo de sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora. Se trata principalmente de profesionales de la División de Fiscalización (DF) y de la Unidad de Proyectos Tecnológicos, quienes según las funciones específicas que cada uno de ellos cumple al interior de la SISS y de sus propias competencias.

f)     Se consideran reuniones de avance cada semana o cuando el Coordinador del proyecto (inspector fiscal) lo estime conveniente, para que el Consultor presente las actividades desarrolladas. (En relación al Art. 43 (numeral 4°) de las Bases Administrativas)

g)    A fin de corregir oportunamente posibles desviaciones entre el contenido de los informes y lo descrito en las presentes bases técnicas, el consultor deberá entregar al inspector fiscal una versión del estudio con anterioridad a que éste sea remitido formalmente a esta Superintendencia.

3.3   Se debe considerar que la SISS cuenta con Bases de Datos Oracle, donde contiene toda la información del protocolo PR019001. La Base de Datos cuenta con estandarización definida en un Manual.

Para la recepción de archivos cuenta con una plataforma desarrollada en Java llamada SINAR, donde las empresas sanitarias envían la información que solicita la SISS. Este portal solamente recibe la información en formato CSV, y el proceso de carga de éstos se realiza de forma manual.

  1. REQUISITOS DEL SERVICIO

4.1   Participantes

El equipo consultor debe contar con las capacidades técnicas necesarias para realizar los trabajos que se contratan, y responder en los tiempos adecuados a las tareas asignadas. Debe acreditar su experiencia en proyectos o labores similares, asimismo poseer conocimientos certificados en proyectos informáticos y relacionados.

El equipo consultor requerido, deberá estar conformado por, al menos, 3 profesionales con las siguientes características y conocimientos específicos.

  • Ingeniero Informático o profesional afín, especializado en el diseño y gestión de proyectos tecnológicos, con experiencia comprobable en la automatización de procesos informáticos, la formulación, ejecución e implementación de herramientas y sistemas tecnológicos. Dado su rol en el presente estudio, deberá contar con experiencia en gestión de equipos de trabajo.

  • Ingeniero Informático, Ingeniero de Datos, Analista Computacional Científico, Científico de Datos, Estadístico, Matemático o profesional afín, con experiencia comprobable en Data Management, Data Mining, o Análisis y procesamiento de grandes volúmenes de información o Big Data.

  • Ingeniero Informático, Ingeniero de Datos, Analista computacional científico, Científico de Datos, Estadístico, Matemático o Profesional afín, con experiencia comprobable en Data Management, Arquitectura de Datos, Lenguajes de Programación y Tecnología de soporte afín al proyecto.

4.2   Requisitos y recursos mínimos necesarios

El consultor deberá designar un jefe de Proyecto, quien será a la vez, el representante del consultor para toda coordinación y comunicación formal con la SISS. Deberá, por tanto, contar con la dedicación necesaria para cumplir con todas las actividades que el estudio demanda.

Cabe consignar que el consultor deberá considerar el reemplazo del o de las personas contratadas, por otras que cumplan los mismos requisitos, cuando éstas hagan uso de vacaciones, licencias médicas, permisos o cualquier otra causa que pueda afectar la ejecución del programa de trabajo propuesto.

Las actividades que nacen del proyecto deberán realizarse en dependencias fuera de la SISS. De acuerdo con lo anterior, todo equipo, dispositivo, material o elemento necesario para realizar los trabajos será de costo del consultor.

En general las reuniones y entrevistas se realizarán de manera remota, a través de videoconferencias. En caso de ser requerido, y previa coordinación con el Inspector Fiscal, se podrán realizar reuniones presenciales o visitas a la SISS.

Se debe considerar que la propuesta de los sistemas a utilizar: tanto para el desarrollo de la plataforma como la base de datos a utilizar debe ser presentada previamente al desarrollo de los 57 reportes.

  1. : ACTIVIDADES A DESARROLLAR Y PRODUCTOS A ENTREGAR

5.1   ETAPAS DEL PROCESO DE OPTIMIZACIÓN

ETAPA N°1: Procesamiento de la información

 

Tarea N°1: Presentar la propuesta de las herramientas a utilizar, tanto para desarrollar la plataforma como para la Base de Datos a utilizar.

Nota: la Base de Datos a utilizar deberá contener registros simulados para los años 2021 y 2022. 

Tarea N°2: para llevar a cabo el procesamiento de la información, que estará contenida dentro de la plataforma o interfaz requerida, se deberá seleccionar una de las quince empresas indicadas en el cuadro N°1 “Registros por mes”, la cual se denominará “Empresa-00”.

Tarea N°3: En dicho cuadro N°1 se han indicado los registros mensuales de cada una de estas quince empresas sólo para un campo, por lo que para los 57 campos que dan origen a las 57 tablas del Reporte de Facturación Mensual, el dimensionamiento se visualiza en el siguiente cuadro:

 

Tarea N°4: Una vez seleccionada la empresa que para efectos del presente estudio se denomina “Empresa-00”, se deberán proponer las tablas conforme al Anexo N°3 “Tablas y campos agregados”. Para ello, los valores contenidos en cada campo serán valores simulados, de los que se construirán las tablas que formarán parte del Reporte de Facturación Mensual de la “Empresa-00”. 

Tarea N°5: La información de cada una de estas tablas deberá ser analizada conforme a lo siguiente:

a)       El mes de inicio de este análisis corresponderá al mes de enero 2022, en donde cada uno de los 57 campos con información simulada de dicho mes, deberán ser contrastados (comparativo) ya sea con la información del mes inmediatamente anterior (diciembre 2021) o mismo mes año anterior (enero 2021) o promedio año anterior (promedio simple del año 2021). En Anexo N°1: “Tablas y campos con comparativo y riesgo”, se señala el comparativo para cada uno de los 57 campos.

b)      En los meses sucesivos a enero 2022 (mes de inicio del análisis), se debe seguir este mismo procedimiento hasta el mes de diciembre de 2022, por lo que se va a contar con un análisis comparativo de 12 meses en su totalidad (enero a diciembre 2022).

c)       Este análisis comparativo permitirá determinar el valor absoluto resultante (%), a objeto de realizar la clasificación de este valor en un nivel de riesgo alto, medio y bajo, y que a través de la herramienta de semaforización se visualice dicho porcentaje de riesgo, mediante los colores rojo, amarillo y verde.

  • Para ello hemos definido distintos tipos de Riesgo 1 (5-2%), 2 (10-5%) y 3 (3-1%) que deben ser aplicados a cada campo, conforme a lo señalado en el Anexo N°3: “Tablas y campos con comparativo y riesgo”.

d)      Se presentan a continuación tres ejemplos de 3 tablas del Reporte de Facturación Mensual con su respectivo comparativo y semáforo, para los meses enero, febrero y marzo año 2022:

  • Ejemplo 1: Tabla N°28 Diferencia entre los m3 contabilizados por el map gral y el total de remarcadores, que compara mismo mes año anterior.

  • Ejemplo 2: Tabla N°11. Clientes por tipo de documento: N° de clientes por tipo de documento, que compara con el promedio año anterior.

  • Ejemplo 3: Tabla 41. Monto total subsidiado (Pesos), que compara con el mes inmediatamente anterior.

ETAPA N°2: Vistas del proceso general (interfase o plataforma)

Tarea N°1: Esta tarea consiste en el despliegue de la información en una interfaz o plataforma conforme a los siguientes parámetros, que permitirán realizar el ingreso a ésta, de acuerdo con el orden que a continuación se indica:

a)       Empresa: despliegue de cada una de las quince empresas a las que se puede acceder.

b)      Región: despliegue de cada una de las regiones asociadas a la ubicación de cada una de las quince empresas a las que se puede acceder.

c)       Localidad: despliegue de las localidades asociadas a cada empresa a las que se puede acceder.

d)      Intervalo de tiempo: despliegue de información de todo el periodo existente en la Base de Datos simulada (años 2021 y 2022). Que permita, además, escoger determinados períodos por el usuario. (mes, trimestre, semestre u año)

e)       Tipo de detalle de tabla: se despliegue la información de las 57 tablas con accesos separados conforme a: Antecedentes Generales (considera 25 campos del PR-019), Antecedentes asociados a m3 (considera 14 campos del PR-019) y Antecedentes de $-montos (considera 18 campos del PR-019), según Anexo N°3: “Tablas y campos agregados”.

f)        Se presenta a continuación un ejemplo de los parámetros de ingreso requeridos:

Interfaz de usuario gráfica, Aplicación Descripción generada automáticamente

Tarea N°2: Vista de las 57 tablas conforme a lo siguiente:

a)       Despliegue: la información de las 57 tablas debe ser vista mediante tres accesos separados conforme a Antecedentes Generales, Antecedentes asociados a m3 y Antecedentes de $-montos, pudiendo el usuario escoger el (los) periodo (s), del cual desea visualizar la información.

b)      Vista de cada Tabla: al momento de visualizar cada tabla, la información que debe mostrar como mínimo es la siguiente:

  • Resultado del procesamiento de la información de la Base de Datos simulada conforme a lo señalado en la Etapa N°1, para el periodo escogido por el usuario (opción entre enero a diciembre 2022)
  •  Usuario debe tener la opción de escoger intervalos de tiempo menores como ya se indicó anteriormente.
  • Comparativo: si el mes de análisis es por ejemplo el(los) dato (s) o valor(es) del campo de enero 2022, se deberá visualizar el dato contra el cual se está realizando la comparación, esto es el valor del mes inmediatamente anterior o mismo mes año anterior o promedio año anterior.
  • Resultado del comparativo: Debe mostrar el valor absoluto resultante y el porcentaje de la comparación realizada.  
  • Catalogación de Riesgo: el porcentaje resultante del comparativo realizado, debe ser catalogado conforme a un riesgo asignado a cada tabla.
  • Semáforos: este riesgo asignado (alto-medio-bajo), debe ser visualizado a través de los colores rojo, amarillo y verde respectivamente, de modo que se pueda visualizar de inmediato el riesgo de la tabla en consulta por el usuario.
  • Gráficos: se requiere que toda la vista de cada tabla pueda ser desplegada a través de distintos tipos de gráficos, teniendo en cuenta todas las variables antes señaladas y a elección del usuario (barras, tortas, regresión u otra)

ETAPA N°3: Reportes del proceso

Los reportes que a continuación se indican, deberán ser accesados desde la plataforma o interfaz informática.

             Tarea N°1

a)       Reporte de Facturación Mensual: se requiere que el usuario tenga la posibilidad para un determinado período, de visualizar y extraer el Reporte de Facturación Mensual, el cual debe tener como mínimo lo siguiente:

  • La(s) tabla(s) consultadas en el periodo que se ha requerido.
  • Indicación del riesgo de cada tabla(s) visualizada(s).
  • Incorporar los semáforos asociados al riesgo detectado.
  • Breve descripción de los datos visualizados en especial con respecto al riesgo detectado.

 Tarea N°2

b)      Reporte de riesgos: se requiere que el usuario tenga la posibilidad de extraer y visualizar en un Reporte, todas la(s) tabla(s) que registren los riesgos altos (rojos) por un periodo de al menos doce meses hacia atrás. Debe incluir una breve descripción de los datos visualizados.

Tarea N°3

c)       Ambos Informes deben tener la posibilidad de que, en la misma interfase o plataforma, puedan ser enviados al correo del usuario o ser impresos en la misma, en archivo PDF u otro similar.

Tarea N°4

d)      Reporte de Clasificación de Errores: se requiere la entrega de un Reporte que indique sí en alguno de los 57 campos del Protocolo PR-019, el valor o dato del campo está siendo registrado con errores, esto es, campos en blanco, campos en cero, campos vacíos y campos nulo; en Anexo N°4 “Tablas y campos validación de errores”, se señala la descripción de cada error. Este Reporte deberá ser de envío automático al correo electrónico de un usuario de la Unidad Comercial, en archivo PDF u otro similar.

Tarea N°5   

e)       Manual de Usuario: se deberá entregar un documento que permita a los usuarios que utilizan la interfase, conocer y hacer un uso adecuado de las funcionalidades que ésta permite. Este documento deberá entregarse al finalizar el trabajo requerido en las 15 empresas, esto es en el Informe N°3 de fecha 15.11.2021.

  1.  
  2.  
  3.  
  4.  
  5.  

5.1  

5.2   Listado de Empresas Sanitarias

Para dimensionar la extensión del servicio, a continuación, se incluye un listado de las 15 empresas sanitarias que requieren la optimización del análisis de la información proveniente del PR-019, indicando las regiones en las que prestan servicio:

5.3          Actividades a Desarrollar

El servicio de “Optimización del análisis de información proveniente de la base de facturación PR-019”, se deberá aplicar en las empresas sanitarias antes indicadas. En el caso de las sanitarias que se encuentren ubicadas en más de una región, se debe considerar este análisis de cada una de ellas en forma separada.

a)    Entrega Informe N°1:

Este primer informe deberá dar cuenta de la optimización del Reporte de Facturación Mensual para una Empresa Piloto, la cual ha sido escogida para iniciar este proyecto. La Base de Datos del PR-019 (en formato DUMP) con la información de esta empresa sanitaria, será entregada a quien resulte ser la empresa consultora adjudicada de esta licitación, ya que éstos son datos de carácter reservado y confidencial. En este informe se debe indicar la metodología aplicada en la revisión, análisis y validación de la información reportada por esta empresa sanitaria a través del protocolo de información PR019.  Para ello, se han señalado en el presente documento todas las Etapas con las respectivas tareas a ejecutar en este “piloto”, con el objeto de que una vez que éste cuente con la aprobación de esta SISS, sea replicado a las siguientes 14 empresas sanitarias.

Esta aprobación considera la presentación de la interfaz o plataforma propuesta en la empresa “piloto”, por parte de la empresa consultora adjudicada, de modo que el grupo revisor o inspector fiscal, puedan visualizar esta propuesta y verificar que ésta da cumplimiento a los requerimientos señalados en el presente documento, cuya finalidad es permitir la ejecución automática de todas las funcionalidades solicitadas. Una vez realizada esta exposición de la interfaz o plataforma propuesta, se realizará una evaluación de ésta por el grupo revisor y/o inspector fiscal para lo que se confeccionará una lista de chequeo, con el objeto de verificar que se cumpla con todos los aspectos requeridos.

Por consiguiente, una vez aprobado el informe N°1 y la interfaz o plataforma propuesta, el inspector fiscal otorgará la aprobación del pago respectivo.

Informática: documentación y capacitación tanto de la usabilidad del sistema, como el desarrollo de esta misma.

Plazo de ejecución: 45 días corridos a partir de la fecha de la Resolución SISS que aprueba el contrato.

b)    Entrega Informe N°2:

Este segundo informe deberá dar cuenta de la optimización del Reporte de Facturación Mensual para las siete empresas sanitarias (2 a 8) cuyas Bases de Datos del PR-019 (en formato DUMP) con la información de estas empresas sanitarias, serán entregadas a quien resulte ser la empresa consultora adjudicada de esta licitación, ya que éstos son datos de carácter reservado y confidencial. En este informe se debe seguir con la metodología ya aprobada y aplicada en el proyecto “piloto” para la revisión, análisis y validación de la información reportada por estas empresas sanitarias a través del protocolo de información PR019.  Para ello, se han señalado en el presente documento todas las Etapas con las respectivas tareas a ejecutar.

Asimismo, esta aprobación considera la exposición de la empresa consultora de la interfase o plataforma primeramente aprobada en la empresa “piloto”, replicada a las siete empresas señaladas de modo que el grupo revisor o inspector fiscal puedan visualizar las siete propuestas y así, verificar que éstas den cumplimiento a los requerimientos señalados en el presente documento, cuya finalidad es permitir la ejecución automática de todas las funcionalidades solicitadas. Una vez realizada esta exposición de la interfaz o plataforma propuesta, se realizará una evaluación de ésta por el grupo revisor y/o inspector fiscal para lo que se confeccionará una lista de chequeo, con el objeto de verificar que se cumpla con todos los aspectos requeridos.

Por consiguiente, una vez aprobado el informe N°2 y la interfaz o plataforma propuesta, el inspector fiscal dará la aprobación del pago respectivo.

Plazo de ejecución: 90 días corridos a partir de la fecha de la Resolución SISS que aprueba el contrato.

c)    Entrega Informe 3:

Este tercer informe deberá dar cuenta de la optimización del Reporte de Facturación Mensual para las siete empresas sanitarias (9 a 15) cuyas Bases de Datos del PR-019 (en formato DUMP) con la información de estas empresas sanitarias, serán entregadas a quien resulte ser la empresa consultora adjudicada de esta licitación, ya que éstos son datos de carácter reservado y confidencial. En este informe se debe seguir con la metodología ya aprobada y aplicada en el proyecto “piloto” para la revisión, análisis y validación de la información reportada por estas empresas sanitarias a través del protocolo de información PR019.  Para ello, se han señalado en el presente documento todas las Etapas con las respectivas tareas a ejecutar.

Asimismo, esta aprobación considera la exposición de la empresa consultora de la interfase o plataforma primeramente aprobada en la empresa “piloto”, replicada a las siete empresas señaladas, de modo que el grupo revisor o inspector fiscal puedan visualizar las siete propuestas y así, verificar que éstas den cumplimiento a los requerimientos señalados en el presente documento, cuya finalidad es permitir la ejecución automática de todas las funcionalidades solicitadas. Una vez realizada esta exposición de la interfaz o plataforma propuesta, se realizará una evaluación de ésta por el grupo revisor y/o inspector fiscal para lo que se confeccionará una lista de chequeo, con el objeto de verificar que se cumpla con todos los aspectos requeridos.

Por consiguiente, una vez aprobado el informe N°3 y la interfase o plataforma propuesta, el inspector fiscal dará la aprobación del pago respectivo.

Plazo de ejecución: 120 días corridos a partir de la fecha de la Resolución SISS que aprueba el contrato.

d)    El plazo para la corrección de las observaciones formuladas por la Superintendencia a los informes y plataforma o interfase mencionada será de 10 días corridos. Debe considerar la actualización de desarrollo, configuraciones y Manual de Uso de la etapa 2 y 3, así como la entrega de los instaladores del sistema.

e)    Consideraciones:

ü  Los informes 2 y 3, se pueden desarrollar en paralelo y ambos requieren la aprobación del informe 1 para concluir.

ü  El Informe 3, no requiere de la aprobación del Informe 2 para iniciar.

ü  El Informe 3, requiere la aprobación del Informe 1 y 2 para concluir.

Los informes deberán entregarse sólo en versión digital, en versiones PDF y Word, y acompañando del desarrollo de informático de la plataforma cuya ubicación será en un sitio web, intrasiss, nube informática, etc.

5.4             Actividades Asociadas

Una vez firmado el contrato entre la SISS y la empresa consultora, se deberá entregar un cronograma actualizado con las fechas de las actividades y plazos para el proceso de optimización requerido en las quince empresas.

En las actividades se debe considerar como parte integrante de su Propuesta Técnica, la ejecución de al menos cuatro reuniones con el equipo de la Unidad Comercial y la Unidad de Proyectos Tecnológicos, que actuará como contraparte técnica, para efectos del desarrollo del servicio, sin perjuicio de otras actividades adicionales que el consultor estime necesarias, las que estarán constituidas al menos por lo siguiente:

  • Reunión de inicio, una vez adjudicada la licitación.
  • Reuniones semanales con el equipo revisor.
  • Reunión y presentación al finalizar informe N°1. Contempla una presentación de la optimización del reporte de Facturación Mensual de la Empresa Piloto (interfase o plataforma).
  • Reunión y presentación al finalizar informe N°2. Contempla una presentación de la optimización del reporte de Facturación Mensual de siete empresas sanitarias (interfase o plataforma)
  • Reunión y presentación al finalizar informe N°3. Contempla una presentación de la optimización del reporte de Facturación Mensual de otras siete empresas sanitarias (interfase o plataforma)

Adicionalmente, se contempla una presentación con los resultados finales obtenidos en las optimizaciones en quince empresas sanitarias, una vez que se hayan aprobado los tres informes finales por parte de la SISS.

  1. METODOLOGIA DE TRABAJO

La metodología de trabajo consiste en realizar en la “Empresa-00”, la optimización del Reporte de Facturación Mensual y a través de una Base de Datos simulada presentar una plataforma o interfaz con la automatización de la información.

En esta empresa se deberá llevar a cabo lo señalado en el punto número 5 “DESCRIPCION DEL SERVICIO” conforme a lo siguiente:

Todas estas Etapas con sus respectivas tareas, deben ser realizadas en su totalidad en esta “Empresa-00” con el fin de que éstas puedan ser evaluadas por el inspector y/o grupo revisor, a objeto que esta metodología de trabajo sea posteriormente implementada en las restantes quince empresas sanitarias señaladas en el Punto 5.2 de las presentes Bases Técnicas.

  1. RECURSOS MÍNIMOS NECESARIOS

Para la ejecución del servicio solicitado, el adjudicado deberá contar como mínimo con los siguientes recursos de personal, que pondrá a disposición de la SISS.

a)            Un jefe de proyecto, de profesión ingeniero civil, informático, industrial u otra profesión afín, con experiencia de al menos 5 años demostrable en informática en servicios sanitarios, conocimientos en materia de herramientas y procesos informáticos.

b)            El oferente deberá proponer un staff de profesionales necesario para llevar a cabo la ejecución de las actividades indicadas en la presente licitación, dando cumplimiento al plazo establecido. Entre los cuales deberá considerar Ingenieros civil, informáticos, industriales o profesiones afines, con conocimiento en análisis, cumplimiento normativo y puesta en marcha, con experiencia de al menos 1 año.

Cabe consignar, que el consultor deberá considerar el reemplazo del o las personas contratadas, por otras que cumplan los mismos requisitos, cuando éstas hagan uso de vacaciones, licencias médicas, permisos o cualquier otra causa que pueda afectar la ejecución de la programación del trabajo.

Se deberá indicar el personal que considerará el proponente, el cual tendrá participación directa durante la etapa de desarrollo del servicio, según se indica en el Formulario N°6 que se adjunta a las bases administrativas.

  1. PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El plazo de ejecución y duración de la “Optimización del análisis de información proveniente de la base de facturación PR-019” será de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de aprobación del contrato, mediante resolución dictada por la Superintendencia.

No obstante, lo anterior, cabe señalar que los plazos para la ejecución de la optimización no podrán superar el 12 de octubre de 2023.

La SISS contará con un plazo de cinco (5) días corridos para hacer observaciones a los informes, teniendo la empresa diez (10) días corridos para considerar las observaciones y entregar un nuevo informe corregido.

  1. PROPUESTA METODOLÓGICA

Junto con los formularios solicitados en las Bases Administrativas, cada oferente deberá entregar una propuesta metodológica para un desarrollo propuesto en una “Empresa-00”, que deberá seleccionar del cuadro referido en el punto 5.1 de este documento, la que deberá cumplir con todos los requisitos formulados en las presentes Bases Técnicas.

Dicha propuesta deberá incluir al menos:

a)    Un cronograma de trabajo

b)    Forma en que abordará los aspectos señalados como parte de la descripción de la optimización. (Punto N°4)

c)    Metodología

d)    Para los proponentes seleccionados y de acuerdo al punto N°4 “Evaluación final de las ofertas”, de las respectivas Bases Administrativas, se requiere que se realice una presentación de la plataforma o interfaz propuesta ante el grupo revisor de esta Superintendencia. La evaluación de esta plataforma o interfaz propuesta será incorporada dentro del puntaje técnico (70%) del citado punto.

e)    Para llevar a cabo la metodología propuesta, forman parte de las presentes Bases Técnicas los siguientes Anexos:

  • Anexo N°1 “Tablas y campos con comparativo y riesgo”
  • Anexo N°2 “Tablas y campos validación de errores”
  • Anexo N°3 “Tablas y campos agregados”: Antecedentes Generales, M3 (metros cúbicos) y $-Montos.

  1. ACTIVIDADES ASOCIADAS AL BUEN DESARROLLO DEL SERVICIO

10.1                      Aspectos técnicos a considerar

El oferente deberá presentar en su oferta técnica una Estrategia General para abordar el estudio, considerando lo descrito en los puntos anteriores, y especificando al menos los siguientes aspectos:

a)           Antecedentes que requerirá de la SISS.

b)           Requerimientos de apoyo de la contraparte técnica de la SISS.

c)            Alcance y grado de detalle que abarcará el trabajo del oferente.

d)           Otra información que el oferente considere relevante.

Dicho documento, deberá ir acompañado de un Plan de Trabajo y una Carta Gantt, que detalle cada una de las actividades a realizar por el oferente, y los productos específicos que se asocian al desarrollo de cada actividad.

10.2                      Información proporcionada por la SISS a los proponentes

Con el objeto de facilitar el desarrollo de la consultoría a los proponentes, se entregarán los Anexos N°1 “Tablas y campos con comparativo y riesgo”, N°2 “Tablas y campos validación de errores” y N°3 “Tablas y campos agregados”; necesarios para la correcta presentación de esta licitación.