Licitación ID: 1593-12-LE20
Contrastación de Equipos Portátiles de Terreno utilizados para Medición de Cloro Residual, con Método DPD, Titrimétrico Ferroso (FAS) del Manual de Ensayo para Agua Potable- 2020
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
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Productos o servicios
1
Ensayo y calibrado de equipos 1 Unidad
Cod: 81141504
Contrastación de Equipos Portátiles de Terreno utilizados para Medición de Cloro Residual, con Método DPD, Titrimétrico Ferroso (FAS) del Manual de Ensayo para Agua Potable - 2020.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Contrastación de Equipos Portátiles de Terreno utilizados para Medición de Cloro Residual, con Método DPD, Titrimétrico Ferroso (FAS) del Manual de Ensayo para Agua Potable- 2020
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Superintendencia de Servicios Sanitarios requiere llamar a licitación pública para contratar el servicio de Contrastación de Equipos Portátiles de Terreno utilizados para Medición de Cloro Residual, con Método DPD, Titrirnétrico Ferroso (FAS) del Manual de Ensayo para Agua Potable.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 9, Santiago
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-09-2020 16:00:00
Fecha de Publicación: 04-09-2020 12:14:23
Fecha inicio de preguntas: 04-09-2020 13:00:00
Fecha final de preguntas: 11-09-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-09-2020 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-09-2020 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-09-2020 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 13-10-2020 19:08:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Artículo 18 de las Bases Administrativas
Documentos Técnicos
1.- Artículo 19 de las Bases Administrativas
 
Documentos Económicos
1.- Artículo 20 de las Bases Administrativas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Correcta presentación de la oferta Artículo 25 de las Bases Administrativas 10%
2 Evaluación Técnica Artículo 25 de las Bases Administrativas 60%
3 Evaluación Económica Artículo 25 de las Bases Administrativas 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Monto Total Estimado: 5100000
Justificación del monto estimado Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios año 2020.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios año 2020.
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Cristian Cárdenas Oyarzún
e-mail de responsable de pago: ccardenas@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristian Cárdenas Oyarzún
e-mail de responsable de contrato: ccardenas@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-23824137-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La Superintendencia de Servicios Sanitarios no acepta subcontrataciones. Esto es que la empresa adjudicada no puede transferir el contrato a terceros.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Administrativas
1. ANTECEDENTES GENERALES ARTICULO 1: Identificación del Servicio. Las presentes Bases Administrativas, se refieren a la licitación para el servicio “Contrastación de Equipos Portátiles de Terreno utilizados para Medición de Cloro Residual, con Método DPD, Titrimétrico Ferroso (FAS) del Manual de Ensayo para Agua Potable- 2020”. Los servicios que se contratarán se encuentran especificados en las Bases Técnicas de la licitación. ARTICULO 2: De la publicación y tramitación a través del portal Mercado Público. El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el portal de compras” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles gratuitamente en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema www.mercadopublico.cl –acreditada por la Dirección de Compras Públicas–, esto es, que todas o algunas de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) podrá ejecutar el proceso o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Para ello, se deberá poner oportunamente en conocimiento de los oferentes la posibilidad de recibir en formato papel las ofertas técnicas y económicas, y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del proceso de contratación, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto, especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación. Lo anterior, con pleno respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases y teniendo presente lo más conveniente para la SISS. ARTICULO 3: Contratante El contratante es la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante la SISS, y será coordinado e inspeccionado por el Área Técnica de la División de Fiscalización. ARTICULO 4: Tipo de contrato El contrato a que se refieren estas Bases Administrativas será a precio unitario en pesos sin reajuste. ARTICULO 5: Etapa de la licitación La presente licitación se realizará en dos etapas, la apertura de la oferta técnica y luego de la oferta económica, a través del sistema de información Mercado Público. La oferta será declarara inadmisible en caso que el oferente presente los antecedentes de la oferta técnica y económica en forma conjunta. ARTICULO 6: Presupuesto El trabajo que se contrata se financiará a través de fondos provenientes del Subtítulo 22 por un monto máximo de $ 5.100.000, del Presupuesto SISS Año 2020. Se declararán inadmisibles aquellas ofertas que superen el presupuesto máximo fijado para la licitación. ARTICULO 7: Requisitos para presentarse a la licitación Podrán participar personas naturales y jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, que estén inscritos en www.mercadopublico.cl y que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras. En el caso particular de las UTP, éstas deberán adjuntar a su oferta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esa forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del servicio adjudicado. Los oferentes no inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado, como requisito para celebrar el servicio adjudicado definitivo y dentro del plazo establecido en estas Bases, con la inscripción vigente en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración. ARTICULO 8: Inhabilidades Con la finalidad de acreditar que los oferentes no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso 2°, de la ley N° 19.886, deberán acompañar conjuntamente con su oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°10, firmados por el representante legal de la persona jurídica respectiva o por el oferente persona natural. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquél deberá presentar una declaración jurada por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, sea el caso. ARTICULO 9: Idioma Para todos los efectos, el idioma oficial de la licitación y el subsecuente servicio será el español. ARTICULO 10: Cómputo de plazos. Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles (lunes a viernes). En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. ARTICULO 11: Gastos. Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado. ARTICULO 12: Documentos que integran la licitación. Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican: a. Bases Administrativas y Bases Técnicas, con sus correspondientes anexos. b. Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la SISS, a través de la resolución correspondiente. c. Serie de Preguntas y Respuestas. d. Aclaraciones. e. Las Propuestas Técnica y Económica del oferente seleccionado, que debe incluir todos los formularios solicitados. f. Otros antecedentes o documentos indicados en las Bases Administrativas y/o Técnicas. g. Las resoluciones que dicte la SISS sobre la materia de esta licitación. ARTICULO 13: Aceptación de los términos de las Bases. La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa. ARTICULO 14: Interpretación de las bases. La SISS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. ARTICULO 15: Aclaraciones y modificaciones a las bases. Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta Pública, podrán ser solicitadas a través de www.mercadopublico.cl hasta la fecha definida a través del Portal. La SISS responderá estas consultas mediante documento único denominado "Serie de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones", el que será enviado a los participantes a través del portal www.mercadopublico.cl . Sin perjuicio de lo anterior, la SISS se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las Aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación y con anterioridad a la Apertura de las Ofertas. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. La SISS podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 24 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas. 2. PROPUESTA ARTICULO 16: Presentación de la propuesta Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas y en los horarios indicados en el portal de www.mercadopublico.cl. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, en este caso, se entenderá como válida la última oferta presentada por el proveedor. Cada una de las ofertas, deberán cumplir íntegramente con lo exigido en estas bases, siendo evaluadas individualmente. Serán rechazadas las propuestas que no contengan todos los antecedentes solicitados, que estén condicionadas y/o que contengan enmiendas o irregularidades que alteren la claridad de la propuesta, todo esto a juicio de la Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión). ARTICULO 17: Contenido de las propuestas La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con hojas numeradas e índice. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación. ARTICULO 18: Antecedentes administrativos Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda: Oferente Persona Natural - Identificación según FORMULARIO N°9 - Copia simple de cédula de identidad - Declaración jurada, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. Oferente no es persona Natural - Identificación según FORMULARIO N°5 - Copia cédula de identidad del representante. - Copia simple del RUT de la empresa. - Organigrama general con la estructura organizacional de la planta superior permanente del oferente, nombre y currículum resumido (FORMULARIO N° 3) de las personas que ocupan los cargos de jefatura de las distintas unidades de la organización, funciones principales de cada unidad. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. - Declaración jurada, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente. Cuando el oferente sea una UTP, aquél deberá presentar un formulario por cada integrante de la UTP, suscritos por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante según, sea el caso. ARTICULO 19: Oferta técnica. Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes ofertados, en todos sus aspectos esenciales. A. Equipo propuesto para la ejecución del trabajo. A.1. Antecedentes generales: Equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto, con indicación de nombres completos, nivel profesional, relación contractual con el oferente, y tiempo de dedicación al Servicio expresado en número de horas comprometidas con el proyecto (totales y por día) (FORMULARIO Nº2). A.2. Experiencia de los integrantes del equipo: Curriculum Vitae detallado de cada uno de los integrantes que se desempeñará en el proyecto (FORMULARIO Nº3) con la experiencia relevante al servicio a realizar. A.3. Experiencia del oferente: Experiencia en proyectos similares al presente (FORMULARIO Nº1) desarrollada en los últimos 5 años, diferenciando las actividades realizadas en el sector público y privado y detallando los principales clientes. A.4. Carta Compromiso: Este documento deberá ser firmado por cada profesional que sea ofertado, comprometiendo su participación en el proyecto (FORMULARIO Nº4). Se exigirá la participación activa en el proyecto y en las reuniones de trabajo periódicas, de la totalidad del equipo profesional propuesto en la oferta, según la materia que se trate. Sólo se aceptará el reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, en casos de fuerza mayor. En caso que un recurso ofertado sea adjudicado y no se presente a cumplir las labores comprometidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la adjudicación se procederá a dejar la oferta sin efecto. A.5. Declaración jurada simple (FORMULARIO N° 8) que certifique que el equipo de profesionales que participará en el proyecto: i. Al momento de postular no es funcionario público. Para estos efectos se considera como funcionario público a los profesionales de planta y contrata, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.653. ii. Si presta servicios a honorarios en alguna institución pública, deberá informar la institución en la cual presta los servicios, el monto y duración del servicio, las tareas contratadas y el tiempo que dedica a esta actividad. iii. No tiene juicios pendientes con algún Organismo de la Administración del Estado. B. Propuesta de metodología para el desarrollo del trabajo El oferente planteará un esquema con una propuesta sobre el desarrollo del proyecto, abarcando, al menos los siguientes aspectos: a) Antecedentes que requerirá. b) Requerimientos de apoyo de la contraparte técnica de la SISS. c) Alcance y grado de detalle que abarcará el trabajo del oferente. C. Programa de trabajo y cantidades de trabajo ofertadas Se deberá presentar como programa de trabajo los plazos asociados a los recursos ofertados, considerando la entrega de los respectivos informes y plazos para sus correcciones, a partir de las observaciones que formule la SISS. El detalle de entrega de informes se especifica en el artículo 35 de las presentes bases. D. Serie de “Preguntas y Respuestas” A que se refiere el artículo 15 de las presentes Bases. E. Detalle de otra información que el oferente considere relevante. ARTICULO 20: Oferta Económica. Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total ofertado considerando impuestos. La oferta económica se deberá expresar tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar, de acuerdo al FORMULARIO N°7. Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del servicio y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. 3. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ARTICULO 21: Apertura de la oferta. La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en dos actos. Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas. ARTICULO 22: Comisión evaluadora. La Superintendencia de Servicios Sanitarios designará, por Resolución, a los profesionales que constituirán dicha Comisión. ARTICULO 23: Aclaraciones solicitadas a los oferentes La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del servicio. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 24: Errores u omisiones detectados durante la evaluación La SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal de ChileCompra. La SISS podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán presentar los antecedentes omitidos o hacer las rectificaciones que sean procedentes para salvar errores u omisiones formales dentro de 48 horas siguientes al requerimiento efectuado por la SISS, el que se informará a través del portal de www.mercadopublico.cl. ARTICULO 25: Criterios de evaluación de las propuestas Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases y en las Especificaciones Técnicas, en consideración al interés público comprometido, procediendo a emitir un informe de adjudicación que recomendará la adjudicación de la oferta más conveniente para los intereses de la institución, considerando los siguientes parámetros: Criterio Porcentaje a) Oferta Técnica 60% b) Oferta Económica 30% c) Antecedentes Administrativos y correcta presentación de la propuesta 10% a) Evaluación de la propuesta técnica: La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla, Criterio Sub-Criterio Fórmula de Cálculo Oferta Técnica 60 % de la calificación total Requerimiento Técnico 40% de la oferta técnica Puntaje Descripción 100 Excelente: Cumple con lo solicitado, aporta funcionalidad adicional. 90 Suficiente: Cumple con lo solicitado 60 Insuficiente: Cumple en forma parcial con lo solicitado. 30 Deficiente: No cumple con lo solicitado. 0 No presenta información. Nota: El proveedor que sea adjudicado deberá tener como mínimo 90 puntos en su evaluación del cumplimiento de los requerimientos técnicos Experiencia del oferente 40% de la oferta técnica Puntaje Número de proyectos relacionados con la licitación 100 Más de 5 proyectos 70 Entre 3 y 5 proyectos 50 Entre 1 y 2 proyectos 0 No informa o no se puede demostrar. Experiencia del equipo 20% de la oferta técnica Puntaje Años promedio de experiencia del equipo. 100 Más de 15 años promedio 70 Entre 11 y hasta 15 años promedio 50 Entre 06 y hasta 10 años promedio 35 Entre 01 y hasta 05 años promedio 0 No informa Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9. b) Evaluación de la propuesta económica: Criterio Puntaje Oferta Económica 30% de la calificación total (Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) X 100 c) Evaluación antecedentes administrativos y correcta presentación de la oferta Está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por la SISS. Este criterio representa un máximo de 100 puntos, y se obtendrá presentando la documentación requerida tanto en las bases administrativas, como en las bases técnicas. La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a lo siguiente: Criterio Puntaje Descripción Correcta presentación de la oferta 10% de la calificación total 100 La SISS no requiere antecedentes o certificaciones adicionales. 50 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente los presente dentro del plazo. 0 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo. ARTICULO 26: Mecanismo de solución en caso de empates. En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el ítem Experiencia del Oferente; si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje en el ítem Experiencia del equipo, así sucesivamente con los ítems de mayor puntaje que son Requerimientos Técnicos, en ese orden. ARTICULO 27: Adjudicación La Adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del Acta de Evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora. ARTICULO 28: Readjudicación. La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886. Si el adjudicatario se desistiere en aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el servicio adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. ARTICULO 29: Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción. La SISS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación. Además, la SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses. En todo caso, las declaraciones de la SISS se efectuarán siempre mediante resolución fundada. ARTICULO 30: Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación. Se comunicará el resultado de la Propuesta de la correspondiente Resolución a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de 3 días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al Inspector Fiscal señalado en la resolución de adjudicación. Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. 4. CONTRATO ARTICULO 31: De la Orden de Compra De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por el Servicio y aceptación de ésta por parte del Proveedor. Las presentes bases, sus aclaraciones, la oferta del adjudicatario y las disposiciones aplicables de la Ley N° 19.886 y su Reglamento, se entienden formar parte de la relación contractual que se formalice con el adjudicatario. Transcurrido el plazo de 48 horas a partir de la emisión de la Orden de Compra, sin que medie aceptación del adjudicatario, La SISS podrá dejarla sin efecto, para volver a adjudicarla a la siguiente oferta mejor evaluada. ARTICULO 32: Lugar y fecha de entrega de los productos La entrega de los productos debe realizarse dentro del plazo ofertado, previa Coordinación con el Inspector Fiscal, en la Superintendencia de Servicios Sanitarios, ubicada en Calle Moneda N°673, piso 9, Santiago. Cualquier cambio de fecha o lugar será avisado al proveedor correspondientemente por el Inspector Fiscal. ARTICULO 33: De la Ejecución y plazo del Servicio El servicio se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación. Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un día sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente. La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario por el retraso involucrado. 5. INFORMES ARTICULO 34: Informes de avance y finales Los informes se deberán entregar de acuerdo a lo especificado en las Bases Técnicas. 6. Pagos ARTICULO 35: Modalidad de pago Los pagos se harán efectivos, sólo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la resolución de adjudicación, según sea el caso. N° Pago N° Lote 1 1 2 2 3 3 4 4 De acuerdo al cuadro anterior, los pagos se realizarán por lotes, es decir por cantidad de equipos contrastados, estos porcentajes serán variables ya que dependerán de la cantidad de equipos disponibles en esta Superintendencia para su entrega. Para proceder al pago, es previo y necesario que el Inspector Fiscal vise y apruebe el o los informes respectivos, siempre y cuando la SISS no haya suspendido la ejecución del servicio. Una vez aprobados los informes y ejecutado el servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o Boleta de Servicios, conjuntamente con un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha del pago. Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante. En caso de no tener trabajadores dependientes a la fecha de pago, el proveedor o proveedores deberá presentar una declaración jurada mediante la cual acredite dicha circunstancia. Visados y aprobados los informes y la boleta o factura, se realizará el pago dentro de treinta días corridos. ARTICULO 36: Anticipos y reajustes El valor convenido para el servicio adjudicado se considerará invariable y no reajustable. La Superintendencia se reserva el derecho de pagar de manera anticipada una parte del valor del servicio. Este pago será cursado previa recepción de una garantía por igual monto al anticipo efectuado. La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por la SISS de los bienes o servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo. 7. Ejecución y cumplimiento de los servicios contratados. ARTICULO 37: Administración y fiscalización de su cumplimiento Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio adjudicado, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades: a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del servicio. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del servicio. c) Revisar y aprobar el pago de los servicios. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los servicios e informes requeridos. e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del servicio. ARTICULO 38: Multas y otras sanciones Cada día de atraso en la entrega del servicio significará una multa de 1 UF por día. A partir del segundo atraso la SISS, adicional a la multa, podrá solicitar un cambio del o los recursos dispuestos por el adjudicatario. Con todo, se tolerará un máximo de tres atrasos, en consecuencia, el cuarto atraso dará derecho a la SISS a poner término al servicio. Las multas se evaluarán en cada estado de pago y por lo tanto, se establecerá una evaluación concordante con la periodicidad de pagos acordada. En caso que los servicios entregados, dentro o fuera de los plazos definidos, no cumplan con lo requerido en las especificaciones, el tiempo que se requiera por parte del adjudicatario para las correcciones se considerará como tiempo de atraso en la entrega y aplicarán las mismas condiciones y consideraciones señaladas precedentemente. El valor total acumulado de las multas no podrá exceder el 10% del valor del valor adjudicado por este servicio, incluyendo sus modificaciones. En caso de excederse del 10% señalado, la SISS podrá poner término anticipado al servicio. ARTICULO 39: Responsabilidad del adjudicatario El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios que entregue, de modo que cualquier error que signifique perjuicio para la SISS, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la empresa adjudicataria los representantes legales asumirán esta responsabilidad, la que se entenderá en su más amplia acepción. ARTICULO 40: Término anticipado del servicio adjudicado. Causales: a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al servicio adjudicado. b) Por incumplimiento grave por parte del proveedor, de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases, que importe una vulneración a los elementos esenciales del servicio, aquellas que inciden en la prosecución de la contratación, como el atraso en la observancia de los plazos fijados para ejecutar el objeto principal de este servicio, la inobservancia de las especificaciones técnicas, que los informes entregados no cumplan con los estándares requeridos y/o lo señalado por el adjudicatario en su oferta, etcétera. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del servicio adjudicado. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del servicio, con un máximo de seis meses. f) Por infracción a las reglas de la subcontratación. En especial, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 20.123. g) Por decisión unilateral de la SISS. La SISS pondrá término anticipado al servicio adjudicado, cuando razones de servicio así lo aconsejen. h) En el caso de UTP, son causales de termino anticipado del servicio las siguientes: h.1.) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. h.2) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. h.3) Ocultar información relevante para ejecutar el servicio, que afecte a cualquiera de sus miembros; h.4) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el servicio con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados; h.5) Disolución de la UTP. i) Por las demás causales establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento. Indemnizaciones Las causales señaladas en los literales a), b), c), e), f) y h) no darán derecho a indemnización alguna para el adjudicatario. Tratándose de la causal prevista en el literal g), la SISS pagará al adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del servicio, donde: I : Monto a pagar por indemnización Nf : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior Np : Número de días de plazo total de la etapa M : Monto a pagar por la etapa completa Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que adjudica el servicio y sus modificaciones posteriores. Notificación de término anticipado Se notificará mediante carta certificada a la dirección que el adjudicatario señale al presentar su oferta. ARTICULO 41: Procedimiento en caso de incumplimiento Detectado un incumplimiento por parte de la Superintendencia o del inspector fiscal, este le notificará al adjudicatario, personalmente o al correo electrónico que señale en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la sanción aplicable. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de dos días hábiles para efectuar sus descargos, por escrito ante el inspector fiscal, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa o el término anticipado del servicio adjudicado. Si el adjudicatario presentó descargos en tiempo y forma, la Superintendencia los rechazará o acogerá, total o parcialmente, lo que se determinará por resolución o acto administrativo, el cual deberá ser notificado personalmente o por carta certificada. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la sanción respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley N° 19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. ARTICULO 42: Prórroga de la competencia La multa producirá sus efectos una vez a firme la resolución que aplica la sanción. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas será rebajado del pago que la Superintendencia deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. ARTICULO 43: Prórroga de la competencia En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
Bases Técnicas
1. Introducción La Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante SISS, es un organismo estatal con competencia fiscalizadora, entre otras funciones, en todo lo que respecta a la prestación de los servicios de producción y distribución de agua potable así como en la recolección y tratamiento de las aguas servidas. Uno de los principales procesos de fiscalización corresponde al de la calidad del agua potable para lo cual esta Superintendencia ha dictado diversas instrucciones que abarcan todos los aspectos de la norma NCh 409. Entre dichas instrucciones está el Oficio N° 2560 del 07.09.2009 y otras instrucciones complementarias. Para verificar el correcto cumplimiento de la norma de calidad del agua en los servicios de agua potable concesionados del país, en lo que se refiere a cloro residual, esta SISS ejecuta controles directamente en terreno, para lo cual requiere que los equipos portátiles que dispone tengan la debida certificación de un laboratorio acreditado, mediante la contrastación de dichos equipos contra el método estándar FAS definido en el Manual de Ensayo para Agua Potable- 2007 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios. 2. Objetivo El objetivo de este servicio es certificar 30 equipos comparadores de cloro, certificación de un laboratorio acreditado mediante la contratación de dichos equipos contra el Procedimiento para Contrastación de Equipos Portátiles de Terreno utilizados para Medición de Cloro Residual, con Método DPD, Titrimétrico Ferroso (FAS) del Manual de Ensayo para Agua Potable- 2007 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios. 3. Descripción general del proceso que se licita. El adjudicatario de la presente licitación deberá ejecutar la labor de contrastación de 30 equipos comparadores de cloro portátiles contra el método estándar FAS que se detalla en el capítulo 7 del Manual de Ensayo para Agua Potable- 2007 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y que se adjunta al presente documento (Anexo 1). El certificado de calibración deberá indicar la fecha de vigencia. Para el efecto anterior se deberán ejecutar las siguientes actividades • Retiro desde las oficinas de la SISS de los 30 equipos portátiles de medición de cloro residual. Lo anterior se realizará conforme a acta de entrega de estos equipos por parte de la SISS. Lo anterior se realizará en al menos dos etapas, dependiendo de la disponibilidad de equipos para enviar a contrastar. • Efectuar la labor de contrastación de cada uno de los equipos conforme al procedimiento señalado anteriormente. • Elaborar por cada equipo el informe y los registros a que se refiere el punto 6 del Anexo 1 adjunto (Formato de Registro FR – PT 01- 2077). • Entrega de los equipos en las oficinas de la SISS, quien verificará que estos contengan la certificación requerida, junto con el Informe y los registros que se señalan en el punto anterior. • El proponente debe contar con los reactivos DPD y los estándares de verificación, ambos productos para la ejecución del servicio. 4. Plazos El plazo para la ejecución de este servicio será de 10 días hábiles para cada lote de equipos enviados a contrastación. Este servicio comenzará a partir de la fecha de adjudicación de la presente licitación. 5. Precio del Servicio El servicio será pagado de acuerdo a lo indicado en el artículo 35 de las Bases Administrativas de la presente licitación. 6. Requisitos del Proponente para la ejecución de los trabajos solicitados. El proponente debe ser un laboratorio de ensayo que cuente con las instalaciones y equipamiento necesario para ejecutar el Procedimiento para Contrastación de Equipos Portátiles de Terreno utilizados para Medición de Cloro Residual, con Método DPD. Titrimétrico Ferroso (FAS) del Manual de Ensayo para Agua Potable- 2007 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.