Licitación ID: 1593-27-LP19
REVISIÓN PLANES DESARROLLO ESSAL S.A.
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Consultores hidráulicos 1 Unidad
Cod: 83101505
QUE SE REQUIERE LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “REVISIÓN DE PLANES DE DESARROLLO DE ESSAL S.A., SEGÚN BASES ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REVISIÓN PLANES DESARROLLO ESSAL S.A.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
QUE SE REQUIERE LA CONTRATACIÓN DENOMINADA “REVISIÓN DE PLANES DE DESARROLLO DE ESSAL S.A.”, SEGÚN BASES ADJUNTAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 7
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-10-2019 15:10:00
Fecha de Publicación: 01-10-2019 13:39:32
Fecha inicio de preguntas: 01-10-2019 15:30:00
Fecha final de preguntas: 09-10-2019 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-10-2019 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-10-2019 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-10-2019 16:20:00
Fecha de Adjudicación: 21-11-2019 11:47:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 19-11-2019
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales
Se refiere al formulario F 30 de la Dirección del Trabajo o bien emitidos por Entidades o Instituciones Competentes, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (D.S. N°319/06 del Ministerio del Trabajo).
2.- Entregar Antecedentes Administrativos
ARTÍCULO 19° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
Documentos Técnicos
1.- ARTÍCULO 20° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
 
Documentos Económicos
1.- ARTÍCULO 21° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
Observaciones LOS ANTECEDENTES SOLICITADOS DEBEN SER INGRESADOS A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO.
Inscritos en Chileproveedores 0
En relación a la Inscripción en ChileProveedores ENCONTRARSE INSCRITOS EN CHILEPROVEEDORES, DE ACUERDO AL INSTRUCTIVO PRESIDENCIAL N° 8 DEL 02-12-2006, SOBRE TRANSPARENCIA ACTIVA Y PUBLICIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. Y LA CIRCULAR N° 09 DEL 06/03/07,DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN ECONÓMICA ARTÍCULOS 26° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 10%
2 EVALUACIÓN TÉCNICA ARTÍCULOS 26° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 85%
3 ANTEC. ADM. Y CORRECTA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ARTÍCULOS 26° DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRESUPUESTO SISS 2019 Y 2020
Tiempo del Contrato 275 Días
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIA ARTEAGA MUÑOZ
e-mail de responsable de pago: carteaga@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: CLAUDIA ARTEAGA MUÑOZ
e-mail de responsable de contrato: carteaga@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-23824127-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS NO ACEPTA SUBCONTRATACIONES. ESTO ES QUE LA EMPRESA ADJUDICADA NO PUEDE TRANSFERIR EL CONTRATO A TERCEROS.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Fecha de vencimiento: 18-11-2019
Monto: 1 %
Descripción: El oferente deberá constituir una garantía por la seriedad de la oferta, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. Esta garantía deberá entregarse en Oficina de Partes de la SISS a más tardar el día de cierre de la presentación de las ofertas, mediante carta dirigida al Superintendente de Servicios Sanitarios y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto en pesos chilenos 1% del presupuesto disponible ($600.000, seiscientos mil pesos) Plazo de Vigencia Equivalente al de la fecha de presentación de la oferta más 1 mes Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Rut. 61.221.000-4 Glosa Garantiza la seriedad de la oferta presentada a la licitación: “Revisión de Planes de Desarrollo de ESSAL S.A.” La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, o de la adjudicación. Sin embargo, en el caso de los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas admisibles, la garantía se devolverá una vez celebrado el contrato o aceptada la orden de compra por el adjudicatario. Al adjudicatario se le devolverá una vez constituida la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Cuando se trate de compras públicas mayores a 2.000 UTM que requieran de garantía de seriedad de la oferta, podrá utilizarse la póliza de seguro electrónica dispuesta en el portal www.mercadopublico.cl dentro de las opciones de garantías.
Glosa: Garantiza la seriedad de la oferta presentada a la licitación: “Revisión de Planes de Desarrollo de ESSAL S.A.”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, o de la adjudicación. Sin embargo, en el caso de los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas admisibles, la garantía se devolverá una vez celebrado el contrato o aceptada la orden de compra por el adjudicatario. Al adjudicatario se le devolverá una vez constituida la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Fecha de vencimiento: 31-10-2020
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el Portal www.mercadopublico.cl, mediante carta dirigida al Superintendente de Servicios Sanitarios y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente a la vigencia del contrato más 4 meses Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios RUT 61.221.000-4 Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Revisión de Planes de Desarrollo ESSAL S.A. y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.” Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización. Esta garantía se devolverá después de cumplidos 60 días hábiles de culminado el contrato, de acuerdo a lo dispuesto al artículo 11 de la Ley N° 19.886. En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 20 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización.
Glosa: Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Revisión de Planes de Desarrollo ESSAL S.A. y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.”, para la SISS.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía se devolverá después de cumplidos 60 días hábiles de culminado el contrato, de acuerdo a lo dispuesto al artículo 11 de la Ley N° 19.886.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS
1. ANTECEDENTES GENERALES ARTICULO 1: Identificación del proyecto Las presentes bases administrativas (en adelante, “Bases Administrativas"), se refieren a la licitación para la “Revisión de Planes de Desarrollo de ESSAL S.A.” Los servicios que se contratarán se encuentran especificados en las bases técnicas de la licitación (en adelante, “Bases Técnicas”, y conjuntamente con las Bases Administrativas, “las Bases”). ARTICULO 2: De la publicación y tramitación a través del Portal Mercado Público El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública (en adelante e indistintamente, “Portal”, “Portal de Compras”, “Sistema” o “www.mercadopublico.cl”). El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho Portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles gratuitamente en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema www.mercadopublico.cl –acreditada por la Dirección de Compras Públicas–, esto es, que todas o algunas de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, la SISS podrá ejecutar el proceso o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Para ello, se deberá poner oportunamente en conocimiento de los oferentes la posibilidad de recibir en formato papel las ofertas técnicas y económicas, y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del proceso de contratación, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto, especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación. Lo anterior, con pleno respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases y teniendo presente lo más conveniente para la SISS. ARTICULO 3: Contratante El contratante es la Superintendencia de Servicios Sanitarios (también, “SISS” o “Superintendencia”) y será coordinado e inspeccionado a través de su División de Concesiones. ARTICULO 4: Tipo de contrato El contrato a que se refieren estas Bases Administrativas será a suma alzada en pesos sin reajuste. ARTICULO 5: Etapa de la Licitación La presente licitación se realizará en dos etapas, la apertura de la oferta técnica y luego de la oferta económica, a través del Sistema de información Mercado Público. La oferta será declarada inadmisible en caso que el oferente presente los antecedentes de la oferta técnica y económica en forma conjunta. ARTICULO 6: Presupuesto El trabajo que se contrata se financiará a través de fondos sectoriales por un monto máximo de de $60.000.000 (sesenta millones de pesos): - Subtítulo 22, ítem 11, asignación 001 por un monto máximo que asciende a la suma de diez millones de pesos: $10.000.000 del Presupuesto SISS Año 2019. - Subtítulo 22, ítem 11, asignación 001 por un monto máximo que asciende a la suma de cincuenta millones de pesos: $50.000.000 del Presupuesto SISS Año 2020. ARTICULO 7: Requisitos para presentarse a la licitación Podrán participar personas naturales y jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores (en adelante, “UTP”), sean chilenas o extranjeras, que estén inscritos en www.mercadopublico.cl y que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. En el caso particular de las UTP, éstas deberán adjuntar a su oferta el documento público que da cuenta del acuerdo para participar de esa forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Los oferentes no inscritos en www.chileproveedores.cl, deberán acreditar, en su oportunidad, su habilidad para contratar con el Estado, como requisito para celebrar el contrato definitivo y dentro del plazo establecido en estas Bases, con la inscripción vigente en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración. ARTICULO 8: Inhabilidades Con la finalidad de acreditar que los oferentes no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso 6°, de la Ley N° 19.886, deberán acompañar conjuntamente con su oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°8, firmados por el representante legal de la persona jurídica respectiva o por el oferente persona natural. Cuando el oferente sea una UTP, aquél deberá presentar una declaración jurada por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso. Además, para acreditar que el oferente no se encuentra relacionado con una empresa sanitaria o una administradora de una concesión sanitaria, en los términos que define el título XV de la Ley N° 18.045 , se deberá acompañar conjuntamente con la oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°11, firmada por el representante legal de la persona jurídica respectiva o por el oferente persona natural. Asimismo, son inhábiles para participar aquellas personas que tengan contratos vigentes o hayan participado en la elaboración de los planes de desarrollo considerados en este Estudio. ARTICULO 9: Idioma El idioma oficial de la presente licitación y el contrato que se adjudique será el español. ARTICULO 10: Computo de plazos Todos los plazos del presente proceso de licitación y el contrato que se adjudique son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. Para estos efectos, se entenderá por “días hábiles” todos los días con excepción de los sábados, domingos y festivos. En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. ARTICULO 11: Gastos Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado. ARTICULO 12: Documentos que integran la licitación. Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican: a. Bases Administrativas y Bases Técnicas, con sus correspondientes anexos. b. Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la SISS, a través de la resolución correspondiente. c. Serie de Preguntas y Respuestas, si las hubieran. d. Aclaraciones, si las hubieran. e. Las Propuestas Técnica y Económica del oferente seleccionado, que debe incluir todos los formularios solicitados. f. Otros antecedentes o documentos indicados en las Bases Administrativas y/o Técnicas. g. Las resoluciones que dicte la SISS sobre la materia de esta licitación. ARTICULO 13: Aceptación de los términos de las Bases. La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa. ARTICULO 14: Confidencialidad y reserva de los antecedentes. A fin de guardar estricta reserva de todos los antecedentes, datos, estadísticas, políticas o criterios propios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, los oferentes deberán adjuntar a su oferta el FORMULARIO N°6. ARTICULO 15: Interpretación de las Bases La SISS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. ARTICULO 16: Aclaraciones y modificaciones a las Bases Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta Pública, podrán ser solicitadas a través de www.mercadopublico.cl hasta la fecha definida a través del Portal. La SISS responderá estas consultas mediante documento único denominado "Serie de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones", el que será enviado a los participantes a través del Portal www.mercadopublico.cl . Sin perjuicio de lo anterior, la SISS se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las Aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación y con anterioridad a la Apertura de las Ofertas. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el Portal www.mercadopublico.cl. La SISS podrá modificar, complementar o aclarar las Bases, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 24 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas. 2. PROPUESTA ARTICULO 17: Presentación de la Propuesta Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas y en los horarios indicados en el Portal. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, en este caso, se entenderá como válida la última oferta presentada por el proveedor. Cada una de las ofertas, deberán cumplir íntegramente con lo exigido en las Bases, siendo evaluadas individualmente. Serán rechazadas las propuestas que no contengan todos los antecedentes solicitados, que estén condicionadas y/o que contengan enmiendas o irregularidades que alteren la claridad de la propuesta, todo esto a juicio de la comisión de evaluación (en adelante, la “Comisión Evaluadora”). ARTICULO 18: Contenido de las propuestas La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con hojas numeradas e índice. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, podrá ser condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación. ARTICULO 19: Antecedentes administrativos Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda: Oferente Persona Natural - Identificación según FORMULARIO N°9 - Copia simple de cédula de identidad - Declaración jurada, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente. - Currículum resumido (FORMULARIO N°3) de la persona natural y de las personas del equipo propuesto. - Declaración Jurada, según FORMULARIO N° 10 o N°12 Oferente no es persona Natural - Identificación según FORMULARIO N°5 - Copia cédula de identidad del representante. - Copia simple del RUT de la empresa. - Organigrama general con la estructura organizacional de la planta superior permanente del oferente, nombre y currículum resumido (FORMULARIO N° 3) de las personas que ocupan los cargos de jefatura de las distintas unidades de la organización, funciones principales de cada unidad. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. - Declaración jurada, según FORMULARIO N°10 o N° 12, suscrita por el oferente. Cuando el oferente sea una UTP, aquél deberá presentar un formulario por cada integrante de la UTP, suscritos por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso. ARTICULO 20: Oferta técnica Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes ofertados, en todos sus aspectos esenciales. A. Equipo propuesto para la ejecución del trabajo A.1. Antecedentes generales: Equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto, con indicación de nombres completos, nivel profesional, relación contractual con el oferente, y tiempo de dedicación al Servicio expresado en número de horas comprometidas con el proyecto (totales y por día) (FORMULARIO Nº2). No se aceptaran las propuestas que incluyan profesionales “por definir”. A.2. Es deseable que, dentro del equipo, al menos, se cuente con ingenieros civiles hidráulicos y profesionales con conocimientos en materia de plantas de tratamiento de agua potable, sistemas de tratamiento de aguas servidas, sistemas geográficos e hidrología. A.3. Experiencia de los integrantes del equipo: Currículum Vitae detallado de cada uno de los integrantes que se desempeñará en el proyecto (FORMULARIO Nº3) con la experiencia relevante al servicio a realizar. A.4. Experiencia del oferente: Experiencia en proyectos similares al presente (FORMULARIO Nº1) desarrollada en los últimos 5 años, diferenciando las actividades realizadas en el sector público y privado y detallando los principales clientes. A.5. Carta Compromiso: Este documento deberá ser firmado por cada profesional que sea ofertado, comprometiendo su participación en el proyecto (FORMULARIO Nº4). Se exigirá la participación activa en el proyecto y en las reuniones de trabajo periódicas, de la totalidad del equipo profesional propuesto en la oferta, según la materia que se trate. Sólo se aceptará el reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, en casos de fuerza mayor. En caso que un recurso ofertado sea adjudicado y no se presente a cumplir las obligaciones labores comprometidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la adjudicación, se procederá a cobrar la boleta de garantía de seriedad de la oferta. A.6. Declaración jurada simple que certifique que el equipo de profesionales que participará en el proyecto (FORMULARIO Nº8):   i. Al momento de postular no es funcionario público. Para estos efectos se considera como funcionario público a los profesionales de planta y contrata, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.653. ii. Si presta servicios a honorarios en alguna institución pública, deberá informar la institución en la cual presta los servicios, el monto y duración del contrato, las tareas contratadas y el tiempo que dedica a esta actividad. iii. No tiene juicios pendientes con algún Organismo de la Administración del Estado. B. Propuesta de metodología para el desarrollo del trabajo El oferente planteará un esquema con una propuesta sobre el desarrollo del proyecto, abarcando, al menos los siguientes aspectos: a) Antecedentes que requerirá. b) Requerimientos de apoyo de la contraparte técnica de la SISS. c) Alcance y grado de detalle que abarcará el trabajo del oferente. Los oferentes no deberán repetir textualmente en su propuesta metodológica lo ya descrito en las Bases Técnicas. C. Programa de trabajo y cantidades de trabajo ofertadas Se deberá presentar como programa de trabajo los plazos asociados a los recursos ofertados, considerando la entrega de los respectivos informes y plazos para sus correcciones, a partir de las observaciones que formule la SISS. El detalle de entrega de informes se especifica en el artículo 38 de las presentes bases. D. Serie de “Preguntas y Respuestas” A que se refiere el artículo 16 de las Bases Administrativas. E. Detalle de otra información que el oferente considere relevante ARTICULO 21: Oferta Económica Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total ofertado a valor neto, es decir, que no deben contener el IVA, pues el propio Portal agrega el impuesto. La oferta económica se deberá expresar tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar, de acuerdo al FORMULARIO N°7. Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. 3. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ARTICULO 22: Apertura de la oferta La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el Portal www.mercadopublico.cl, en dos actos. Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas. ARTICULO 23: Comisión Evaluadora La Superintendencia de Servicios Sanitarios designará, por Resolución, a los profesionales que constituirán la Comisión Evaluadora. ARTICULO 24: Aclaraciones solicitadas a los oferentes La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 25: Errores u omisiones detectados durante la evaluación La SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. La SISS podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán presentar los antecedentes omitidos o hacer las rectificaciones que sean procedentes para salvar errores u omisiones formales dentro de los 5 días siguientes al requerimiento efectuado por la SISS, el que se informará a través del Portal de www.mercadopublico.cl. ARTICULO 26: Criterios de Evaluación de las Propuestas Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación. La Comisión Evaluadora analizará las ofertas presentadas de acuerdo a lo dispuesto en las Bases Administrativas y en las Bases Técnicas, en consideración al interés público comprometido, procediendo a emitir un informe de adjudicación que recomendará la adjudicación de la oferta más conveniente para los intereses de la institución, considerando los siguientes parámetros: Criterio Porcentaje a) Oferta Técnica 85% b) Oferta Económica 10% c) Antecedentes Administrativos y correcta presentación de la propuesta. 5%   a) Evaluación de la Propuesta Técnica: La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla: Criterio Sub-Criterio Fórmula de Cálculo Oferta Técnica 85% de la calificación total Requerimiento Técnico 60 % de la oferta técnica Puntaje Descripción 100 Excelente: Cumple con lo solicitado. Total comprensión del Estudio, y además aporta funcionalidad adicional. 80 Bueno: Cumple con lo solicitado. Total comprensión del Estudio. 50 Suficiente: Cumple con lo solicitado 30 Insuficiente: Cumple en forma parcial con lo solicitado. 0 Deficiente: No cumple con lo solicitado. No presenta información. Nota: El proveedor que sea adjudicado deberá tener como mínimo 60 puntos en su evaluación del cumplimiento de los requerimientos técnicos Experiencia del equipo en proyectos relacionados 40% de la oferta técnica Puntaje Años promedio de experiencia del equipo en proyectos relacionados 100 Más de 10 años promedio 80 Mayor 8 y hasta 10 años promedio 60 Mayor a 6 y hasta 8 años promedio 40 Mayor a 4 y hasta 6 años promedio 20 Entre 2 y hasta 4 años promedio 10 Menor a 2 años 0 No informa Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9. b) Evaluación de la propuesta económica: Criterio Puntaje Oferta Económica 10% de la calificación total Precio Mínimo Ofertado / (Precio máximo de la Oferta) X 100 c) Evaluación antecedentes administrativos y correcta presentación de la oferta Está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por la SISS. Este criterio representa un máximo de 100 puntos, y se obtendrá presentando la documentación requerida tanto en las bases administrativas, como en las bases técnicas. La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a lo siguiente: Criterio Puntaje Descripción Correcta presentación de la oferta 5% de la calificación total 100 La SISS no requiere antecedentes o certificaciones adicionales. 50 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente los presente dentro del plazo. 0 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo. ARTICULO 27: Mecanismo de solución en caso de empates En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”, si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje en sub-criterio “Requerimiento Técnico” y luego “Experiencia del equipo en proyectos relacionados”, así sucesivamente con los criterios “Oferta económica” y “Correcta presentación de la oferta”, en ese orden. ARTICULO 28: Adjudicación La adjudicación se hará por resolución de la SISS, sobre la base del acta de evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora. ARTICULO 29: Readjudicación La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la Ley N° 19.886. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6° de la ley 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 20 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. ARTICULO 30: Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción. La SISS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases. Además, la SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no cumplen con los requisitos mínimos exigidos. En todo caso, las declaraciones de la SISS se efectuarán siempre mediante resolución fundada. ARTICULO 31: Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación. Se comunicará el resultado de la Propuesta de la correspondiente Resolución a todos los oferentes a través de la publicación en el Portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de 3 días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el Portal www.mercadopublico.cl de la resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al Inspector Fiscal señalado en la resolución de adjudicación. Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. 4. CONTRATO Y GARANTÍAS ARTICULO 32: Del contrato Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato los documentos indicados en el Artículo 12 de las presentes bases. El oferente que resulte adjudicado deberá entregar los siguientes documentos: a) Informe comercial, emitido por una empresa especializada del ramo que acredite que no tiene documentos protestados o deudas morosas con el Sistema financiero. Este certificado no deberá tener una antigüedad superior a 10 días a la fecha de presentación. b) Certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio. c) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio. ARTICULO 33: Perfeccionamiento y vigencia del contrato El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios con la SISS dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si notificado el adjudicatario de la tramitación de la resolución de adjudicación, no suscribiere el contrato dentro del plazo que se indica, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación. Dicha situación no le dará derecho al adjudicatario a solicitar indemnización alguna. ARTICULO 34: Garantía de seriedad de la oferta El oferente deberá constituir una garantía por la seriedad de la oferta, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. Esta garantía deberá entregarse en Oficina de Partes de la SISS a más tardar el día de cierre de la presentación de las ofertas, mediante carta dirigida al Superintendente de Servicios Sanitarios y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto en pesos chilenos 1% del presupuesto disponible ($600.000, seiscientos mil pesos) Plazo de Vigencia Equivalente al de la fecha de presentación de la oferta más 1 mes Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Rut. 61.221.000-4 Glosa Garantiza la seriedad de la oferta presentada a la licitación: “Revisión de Planes de Desarrollo de ESSAL S.A.” La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, o de la adjudicación. Sin embargo, en el caso de los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas admisibles, la garantía se devolverá una vez celebrado el contrato o aceptada la orden de compra por el adjudicatario. Al adjudicatario se le devolverá una vez constituida la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Cuando se trate de compras públicas mayores a 2.000 UTM que requieran de garantía de seriedad de la oferta, podrá utilizarse la póliza de seguro electrónica dispuesta en el portal www.mercadopublico.cl dentro de las opciones de garantías. ARTICULO 35: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el Portal www.mercadopublico.cl, mediante carta dirigida al Superintendente de Servicios Sanitarios y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente a la vigencia del contrato más 4 meses Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios RUT 61.221.000-4 Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Revisión de Planes de Desarrollo ESSAL S.A. y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.” Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización. Esta garantía se devolverá después de cumplidos 60 días hábiles de culminado el contrato, de acuerdo a lo dispuesto al artículo 11 de la Ley N° 19.886. En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 20 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización. ARTICULO 36: De la Ejecución del Contrato y Plazo del Servicio El contrato se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación. Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un día sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente. La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario por el retraso involucrado. ARTICULO 37: Modificación del contrato Los servicios sólo podrán ser modificados durante su ejecución de manera unilateral por la SISS o por acuerdo entre las partes. Las modificaciones sólo podrán corresponder a materias relacionadas con el trabajo contratado, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados. En caso que las variaciones representen un aumento de los servicios, el monto de éstos deberá ser igual a los del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato. En los nuevos servicios, se establecerá su monto de común acuerdo. En cualquier caso, el valor del aumento del contrato no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado. Cualquiera modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos será objeto de una nueva Resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original. Para estos efectos, el adjudicatario deberá constituir una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en iguales términos y condiciones que las señaladas en el artículo 35. La garantía originalmente constituida se devolverá al adjudicatario dentro de diez días hábiles contados desde la resolución que aprueba la modificación del contrato. 5. INFORMES ARTICULO 38: Informes de Avance y Finales Los informes se deberán entregar de acuerdo a lo especificado en las Bases Técnicas. 6. PAGOS ARTICULO 39: Modalidad de pago Los pagos se harán efectivos, sólo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato. Para proceder al pago, es previo y necesario que el Inspector Fiscal vise y apruebe el o los informes respectivos, siempre y cuando la SISS no haya suspendido la ejecución del contrato. Una vez aprobados los informes y ejecutado el servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o boleta de servicios, conjuntamente con un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha del pago. Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante. En caso de no tener trabajadores dependientes a la fecha de pago, el proveedor o proveedores deberá presentar una declaración jurada mediante la cual acredite dicha circunstancia. Visados y aprobados los informes y la boleta o factura, se realizará el pago dentro de treinta días corridos. Los porcentajes a pagar, una vez aprobados los respetivos informes, son los que a continuación se indican: Informe Pago (%) Informe Etapa 1 16,7% Informe Etapa 2 28,3% Informe Etapa 3 35% Informe Etapa 4 20% ARTICULO 40: Anticipos No se contemplarán pagos anticipados. 7. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ARTICULO 41: Administración y Fiscalización de su cumplimiento Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades: a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. c) Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los servicios e informes requeridos. e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio. ARTICULO 42: Multas y otras sanciones Cada día de atraso en la entrega de los informes podrá aplicar una multa de 0,5 UF. A partir del segundo atraso la SISS, adicional a la multa, podrá solicitar un cambio del o los recursos dispuestos por el adjudicatario. Con todo, se tolerará un máximo de tres atrasos, en consecuencia, el cuarto atraso dará derecho a la SISS a poner término al contrato. Las multas se evaluarán en cada estado de pago y por lo tanto, se establecerá una evaluación concordante con la periodicidad de pagos acordada. En caso que los servicios entregados, dentro o fuera de los plazos definidos, no cumplan con lo requerido en las especificaciones, el tiempo que se requiera por parte del adjudicatario para las correcciones se considerará como tiempo de atraso en la entrega y aplicarán las mismas condiciones y consideraciones señaladas precedentemente. El valor total acumulado de las multas no podrá exceder el 10% del valor del contrato, incluyendo sus modificaciones. En caso de excederse del 10% señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato. ARTICULO 43: Responsabilidad del adjudicatario El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios que entregue, de modo que cualquier error que signifique perjuicio para la SISS, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la empresa adjudicataria los representantes legales asumirán esta responsabilidad, la que se entenderá en su más amplia acepción. ARTICULO 44: Término anticipado del contrato Causales: a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al contrato. b) Por incumplimiento grave por parte del proveedor, de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, aquellas que inciden en la prosecución de la contratación, como el atraso en la observancia de los plazos fijados para ejecutar el objeto principal del contrato, la inobservancia de las especificaciones técnicas, que los informes entregados no cumplan con los estándares requeridos y/o lo señalado por el adjudicatario en su oferta, etcétera. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Por infracción a las reglas de la subcontratación. En especial, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 20.123, referido a la simulación de contratos de trabajo a través de terceros. g) Por decisión unilateral de la SISS. La SISS pondrá término anticipado al contrato, cuando razones de servicio así lo aconsejen. h) En el caso de UTP, son causales de termino anticipado del contrato las siguientes: h.1.) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. h.2) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. h.3) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros; h.4) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados; h.5) Disolución de la UTP. i) Por las demás causales establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento. Indemnizaciones Las causales señaladas en los literales a), b), c), e), f) y h) no darán derecho a indemnización alguna para el adjudicatario. Tratándose de la causal prevista en el literal g), la SISS pagará al adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde: I : Monto a pagar por indemnización Nf : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior Np : Número de días de plazo total de la etapa M : Monto a pagar por la etapa completa Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores. Cobro de la Garantía De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto las de los literales a), d) y g) además del término anticipado del contrato, procederá el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Notificación de término anticipado Se notificará mediante carta certificada a la dirección que el adjudicatario señale al presentar su oferta. ARTICULO 45: Procedimiento en caso de Incumplimiento Detectado un incumplimiento por parte de la Superintendencia o del inspector fiscal, este le notificará al adjudicatario, personalmente o al correo electrónico que señale en su oferta, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la sanción aplicable. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de dos días hábiles para efectuar sus descargos, por escrito ante el inspector fiscal del contrato, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa o el término anticipado del contrato Si el adjudicatario presentó descargos en tiempo y forma, la Superintendencia los rechazará o acogerá, total o parcialmente, lo que se determinará por resolución o acto administrativo, el cual deberá ser notificado personalmente o por carta certificada. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la sanción respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley N° 19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. ARTICULO 46: Cobro de las multas La multa producirá sus efectos una vez a firme la resolución que aplica la sanción. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas será rebajado del pago que la Superintendencia deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Superintendencia para la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. ARTICULO 47: Prórroga de la competencia En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
BASES TÉCNICAS
1. INTRODUCCIÓN En lo referente al régimen de concesiones establecido en la legislación sanitaria chilena, los Planes de Desarrollo (en adelante, “PD”), deben servir como instrumento de planificación que permita al prestador reponer, extender y ampliar sus instalaciones oportunamente, para satisfacer en forma adecuada los requerimientos de demanda. Por otra parte, los PD establecen los compromisos del prestador para dichos requerimientos de demanda y que serán fiscalizados por esta Superintendencia. Los PD de todas las concesiones se actualizan cada 5 años, y antes de finalizar este periodo se elabora un nuevo estudio de prefactibilidad en base a una proyección de demanda para un período de 15 años, un programa de inversiones y un cronograma de obras para el período de 15 años considerado. 2. OBJETIVO Revisar, en forma exhaustiva y crítica, los PD presentados por la empresa ESSAL S.A., de modo que den cumplimiento a las formalidades requeridas referente a: entrega de información, resultados, conclusiones y compromisos de ejecución de obras e inversiones. Los Planes de Desarrollo (31) corresponden a las siguientes localidades: N° Región Localidades 1 Los Ríos Corral 2 Los Ríos Futrono 3 Los Ríos La Unión 4 Los Ríos Lago Ranco 5 Los Ríos Lanco 6 Los Ríos Los lagos 7 Los Ríos Máfil 8 Los Ríos Paillaco 9 Los Ríos Panguipulli 10 Los Ríos Rio Bueno 11 Los Ríos San José de la Mariquina 12 Los Lagos Achao 13 Los Lagos Alerce 14 Los Lagos Ancud 15 Los Lagos Calbuco 16 Los Lagos Castro 17 Los Lagos Corte Alto 18 Los Lagos Chonchi 19 Los Lagos Dalcahue 20 Los Lagos Fresia 21 Los Lagos Frutillar 22 Los Lagos Futaleufú 23 Los Lagos Los Muermos 24 Los Lagos Llanquihue 25 Los Lagos Maullín 26 Los Lagos Osorno 27 Los Lagos Puerto Montt 28 Los Lagos Purranque 29 Los Lagos Quellón 30 Los Lagos Rio Negro 31 Los Lagos San Pablo 3. ALCANCE DEL ESTUDIO Y REVISIÓN Tanto para el alcance como en la revisión de los estudios, deberá considerarse lo siguiente: 3.1. Alcance General Los nuevos PD propuestos se revisarán a fin de determinar si sus programas de inversiones y obras cumplen con el objetivo de ser instrumentos de planificación válidos y sean consistentes con el cumplimiento de la normativa vigente, considerando los antecedentes que han servido de base, los análisis respectivos, sus resultados y conclusiones, de acuerdo a lo indicado en Ord. SISS N° 2350 de fecha 29 de junio de 2018. Para ello, se requiere verificar que toda la información requerida en la Guía de Elaboración de Planes de Desarrollo vigente (en adelante también la “Guía”) haya sido incluida de acuerdo a los formatos y especificaciones indicados, y conforme a su revisión, detectar posibles omisiones, faltas de precisión o errores que presenten estos estudios. Todas las disconformidades serán recogidas en un Informe de Observaciones de cada PD. 3.2. Alcances específicos La revisión, considerando antecedentes a incluir según la Guía, comprenderá los siguientes temas, debiéndose revisar y analizar cada uno de ellos: 3.2.1. ACTIVIDADES PREVIAS Para la revisión del Estudio de actualización presentado por las empresas sanitarias, el consultor deberá realizar las siguientes actividades: • Revisar y analizar los protocolos oficiales de la SISS que se usan para validar información contenida en los PD: INFORMACIÓN PROTOCOLO Nueva Base de infraestructura (NBI) PR012001 Calidad agua cruda PR018002 Captaciones A.P. PR018001 Control de plantas de tratamiento de A.S. PR023001 Indicadores de calidad de servicio PR013001 Sectorización de redes PR035 Sistema de Facturación Clientes y Coberturas SIFAC II PR027001 Sistema de Información Geográfico SISS (shapes) Resoluciones de procesos de sanción (años: 2015-2019) Minutas Oficina Regional SISS Los Ríos y Los Lagos Informe anual de capacidad de plantas de tratamiento de AS Informes hidrológicos e hidrogeológicos disponibles Autocontrol de Planes de Desarrollo PR032001 Cronogramas de Obras Plan de Desarrollo PR047001 Registro de concesiones Plan de acción por cortes reiterados PR048001 Balance oferta demanda PR033001 Guía de Planes de emergencia para empresas sanitarias PR037001 Mantenimiento preventivo de redes de alcantarillado PR42001 Sistema de calidad de agua potable PR14001 • Planes de Desarrollo vigentes: Entre otros aspectos de interés que pueda proponer el consultor, sistematizar la información de catastro de infraestructura (NBI), de oferta de cada fuente de agua potable contenida en los PD y compararla con los antecedentes del PR18001; comparar proyección de demanda y producción del PD, por localidad o sistema, con los datos del SIFAC II de los últimos 5 años e identificar aquellas localidades en que la demanda real haya superado a la proyectada en el PD vigente. • Revisar las Actas de fiscalización y analizar la información relativa a problemas críticos de calidad de servicio e infraestructura en mal estado, entre otros aspectos. • Determinar a partir del protocolo de autocontrol de los PD (PR03201) la longitud total de red AP y AS efectivamente repuesta en los últimos 5 años. • Revisar la información contenida en el PR03201 y las Resoluciones de Procesos de Sanción por incumplimiento de PD, identificar las obras que fueron comprometidas en el PD vigente pero no ejecutadas en el período 2016-2018 para que sean incorporadas a los nuevos cronogramas. En términos generales, el objetivo es que el consultor pueda conocer la realidad de la empresa en profundidad y detecte inconsistencias, aspectos deficitarios o de riesgo a considerar en la posterior revisión de los nuevos PD. REVISIÓN PLANES DE DESARROLLO Se deberán desarrollar, al menos, las siguientes actividades para la revisión de los Planes de Desarrollo. 3.2.2. CATASTRO DE INFRAESTRUCTURA Revisar la Infraestructura informada por la empresa y contrastarla con lo indicado en la NBI 2018. Chequear que todas las obras informadas incluyan el código empleado en la NBI, en caso de encontrar inconsistencias deberá generar una minuta de observaciones al respecto. 3.2.3. DIAGNÓSTICO La empresa, junto al Catastro de Infraestructura, debe declarar el estado de la infraestructura, de acuerdo lo indicado en la Guía, información que debe ser respaldada por un Informe Técnico. El consultor deberá revisar exhaustivamente esta información, que sea fiel a lo que se encuentra en terreno, que cumpla con los estándares mínimos de la industria sanitaria, y que sea consistente con la información que puedan entregar las oficinas regionales. Lo anterior sólo se logrará con la visita a terreno del equipo consultor junto a profesionales de la Superintendencia. Para las conducciones principales, se deberá revisar la información entregada por la empresa de la tasa de rotura por año (tanto para los sistemas de agua potable como de aguas servidas), a lo menos de los últimos 5 años, las que vendrán informadas en un plano con formato shape, utilizando como base la NBI. Además, existen estudios recientes de diagnóstico de conducciones de agua potable, los que deberán incorporarse en el análisis, además de las propuestas realizadas por las empresas para su rehabilitación o reposición. Como producto del análisis de las actas de fiscalización efectuado en la etapa anterior y de lo informado por la concesionaria en su diagnóstico, se deberá levantar aquella infraestructura que se encuentre en mal estado y que deba ser repuesta. 3.2.4. PROYECCIÓN DE DEMANDA Analizar la estimación de la proyección de demanda presentada, comparándola con la facturación histórica informada en el SIFAC II (Sistema de Información de Facturación de la SISS que contiene información de consumos, producción y clientes) para los 5 últimos años al menos. Se deben revisar los coeficientes de consumo de agua potable utilizados, los cuales debe ser coincidente con lo establecido en la NCH N° 691/215. Revisar las demandas asociadas a cada sector de agua potable y alcantarillado y de sectores parciales (en caso que existan), efectuadas en el mismo formato de las demandas globales. Verificar que las pérdidas adoptadas en los PD correspondan a las pérdidas de la empresa del año 2018, que se mantengan constantes durante todo el periodo de previsión del Estudio, y que, a su vez, la demanda no disminuya, salvo que existan razones fundadas. Revisar que el coeficiente de recuperación de aguas servidas, y los caudales de infiltración y aguas lluvias hacia el sistema de alcantarillado estén debidamente respaldados, considerando los datos de facturación de aguas servidas, los caudales a la entrada de la PTAS de los últimos 3 años e información pluviométrica de cada localidad analizada. Para ello se consideran los caudales informados en el PR023001 tanto de la entrada a la PTAS como el bypass de la misma. En la proyección de demanda de aguas servidas, respecto de los colectores declarados por las empresas como unitarios, se deberá revisar la demanda asignada, es decir, la fracción de caudal que corresponde a aguas servidas y la fracción que corresponde a aguas lluvias. 3.2.5. BALANCES OFERTA - DEMANDA Análisis y evaluación de los balances de oferta y demanda (en adelante BOD), de la infraestructura de los sistemas, conforme a sus esquemas, capacidades y demandas a nivel de componentes. En esto, se requiere revisar las características y capacidades presentadas en los PD, las que deben ser coincidentes con lo informado en la NBI 2018. Se deberá dar especial énfasis a que los PD reflejen la capacidad actual de las fuentes de agua potable, especialmente cuando hayan sido afectadas por fenómenos de sequía y que, para fuentes superficiales, los BOD se presenten en forma mensual. Para estas últimas, analizar la coherencia entre las capacidades empleadas en el PD con las establecidas en los informes hidrológicos e hidrogeológicos que acompañan a los PD. Para evaluar la capacidad real de las fuentes y la forma en que operan, se debe tener en consideración la información analizada del protocolo PR18001, y lo recopilado en terreno, ya sea a través de las oficinas regionales o las visitas programadas en el marco de revisión de los PD. En los BOD de fuentes, solo se podrán admitir aquellas que cuentan con derechos de agua o convenios de uso por al menos 5 años. No se deberán aceptar en el BOD, fuentes que no cuenten con derechos o con solicitudes en trámite de nuevos derechos, al menos que se estén trasladando derechos entre fuentes de la empresa. En los BOD de los sistemas de regulación para localidades con más de 200.000 habitantes abastecidos, se deberá analizar la propuesta de la empresa respecto del volumen de reserva del sistema de distribución equivalente a 4 h del caudal del día de máximo consumo previsto (NCH 691 of 2015). En los balances de impulsiones y conducciones de agua potable se debe revisar que las velocidades máximas admisibles sean las indicadas a continuación según materiales de las conducciones, salvo justificación en contrario, y que los balances presentados consideren el tramo más desfavorable. Asbesto-Cemento: 1,5 m/s PVC-HDPE: 2,0 m/s Acero: 2,5 m/s Además, se deberá revisar el perfil longitudinal de presiones de cada impulsión (geométrica y manométrica), para año “0”, “5” y “15” con y sin proyecto. En relación a la modelación hidráulica de la red de agua potable, se deberá analizar los siguientes antecedentes entregados por la empresa: Minuta explicativa para cada sistema modelado (localidad), que deberá contener, al menos, lo siguiente: • Metodología empleada en la calibración de los modelos desarrollados. • Metodología empleada para la condición de incendio en la red (movimientos de asignación del caudal de incendio en todos los grifos de la red). • Proyección de demanda de cada sector modelado (población, Qmedio, Qmáxh y Qmáxd). • Criterios empleados en la asignación de caudales en cada nodo. • Mediciones de presiones informadas en el PR013001 (año base). El modelo al año “0” debe ser coincidente con lo informado en el PR013001. • Resultados de modelamiento para los siguientes tres escenarios; Qmáxh, Qestático y Qincendio+Qmáxd (independientemente si estos cumplen con las presiones exigidas por la Norma NCH 691 of 2015). Lo anterior para los años “0”, “5” y “15” con y sin proyecto. La planilla de resultados de los modelos para cada escenario deberá contener a lo menos lo siguiente: • Identificación de los nodos de acuerdo al código asignado en el PR013001, en los casos que correspondan. • Cota de terreno, presión dinámica y caudales asignados a cada nodo. • Tuberías, se deberá indicar nodo inicial y final, caudal, velocidad y pérdida de carga en la tubería. • Planos de modelamiento para la condición Qmáxh, en donde se deben indicar los nodos, tuberías y bandas de presión cada 5 m, para el año “0” y “5” y “15” con y sin proyecto. • En los planos se debe verificar las bandas de presión entre 15 y 20 mca. Con respecto a la modelación de la red de aguas servidas, se debe revisar y analizar la siguiente información que debe ser adjuntada por la empresa: Minuta explicativa para cada sistema modelado (localidad), que deberá incluir, a lo menos, lo siguiente: • Metodología empleada en la calibración de los modelos desarrollados. • Proyección de demanda de cada sector modelado (población, Qmedio y Qmáxh). • Criterio empleado en la asignación de caudales en cada nodo. • Resultados del modelamiento, independientemente si estos cumplen con la Norma NCh1105 of 2009. Los análisis a realizar deberán ser para los años “0”, “5” y “15” con y sin proyecto. • Planos de modelamiento, en los cuales se deben destacar los tramos en donde la relación h/d es mayor a 0,7 y velocidades mayores a 3 m/s y menores a 0,6 m/s, para los años “0” y “5” con y sin proyecto. La planilla de resultados de los modelos para cada escenario deberá contener la cota de terreno y radier de cámara de salida y llegada, pendiente, caudal, velocidad, relación h/d, material y diámetro. Se deberá verificar que los sistemas de recolección y disposición de aguas servidas de las localidades balneario tengan capacidad para atender la demanda correspondiente al periodo punta. 3.2.6. PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS En el caso de las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), se requiere comparar los datos de cada PTAS con las capacidades contenidas en el "Informe Anual de Capacidad de PTAS" elaborado por la División de Fiscalización y también con la información entregada por la empresa en el protocolo PR23001 Control de PTAS. Evaluar por parte de un experto del Equipo Consultor, su estado, capacidad de tratamiento y los requerimientos de obras por mejoramientos y/o aumentos de capacidad necesarios de incluir en los nuevos PD conforme a las futuras demandas. 3.2.7. PROBLEMAS CRÍTICOS DE CALIDAD DE SERVICIO En este ámbito, conforme al diagnóstico de la SISS, considerando las actas de fiscalización y los procesos de sanción aplicados entre los años 2015 y 2019 en aquellas concesiones que presentan problemas críticos de calidad de servicio, se requiere verificar que el respectivo PD recoge las situaciones detectadas, tanto en el levantamiento del problema, como en la solución definida, la cual debiere corregirlo. Se deberá verificar las producciones reales de las fuentes, capacidades de la infraestructura y calidad del agua, entre otros aspectos, para cada una de las localidades. Además, se deberá verificar que las deficiencias de infraestructura detectadas por las Oficinas Regionales (“OR”) de la SISS en sus informes anuales, estén recogidas en la programación de obras correspondiente, como también aquellas identificadas en los mapas de riesgo. 3.2.8. REPOSICIÓN DE REDES Se requiere revisar que el diagnóstico de las redes de distribución y de recolección efectivamente se ajusta al procedimiento definido en el punto 2.2.2. de la Guía y que sea consistente con la información de cortes de suministro de agua potable, cortes de servicio de alcantarillado por obstrucciones y medición de presiones informados en el protocolo PR013001 Indicadores de calidad de servicio. La empresa deberá comprometer un porcentaje anual de reposición de redes a nivel de localidad, en caso que la metodología definida en la Guía arroje como resultado, valores insuficientes, el consultor deberá proponer un nivel adicional de reposición de redes que sea adecuado y acorde a la vida útil de la infraestructura, junto a un cronograma de reposición anual. 3.2.9. PROGRAMA DE INVERSIONES Y CRONOGRAMA DE OBRAS Revisar que estén programadas todas las obras requeridas para suplir los déficits detectados, tanto en los BOD, como en el resto de la información analizada de puntos anteriores y/u otra encontrada por el consultor, a fin de corregir los problemas de calidad de servicio y para reponer la infraestructura con diagnóstico – R y M. Verificar que las obras programadas por los BOD estén planificadas de tal manera que su ejecución asegure su puesta en operación el 1° de enero del año que se produce el déficit. Revisar que las obras que presentan incumplimientos al año “5” del plan de desarrollo vigente, estén incorporadas en los cronogramas de la actualización del estudio en el año “1”, e indicar que corresponden a una obra rezagada del plan de desarrollo del periodo anterior. Verificar que todas las glosas de los cronogramas sean suficientemente explícitas en su definición, sin ambigüedad o generalidad que signifique indefinición. Deberán incluir el mayor detalle y unidades físicas de las obras a ejecutar, no deberán aceptarse glosas del tipo “Mejoramiento Integral”. Deberán considerarse todas las etapas de la obra: estudio, adquisición de terreno, derechos de agua, estudio ambiental, etc. Las obras y/o estudios (inversiones) a ejecutar por la empresa, se deben considerar en solo un año calendario, o según hitos fiscalizables anuales. 3.2.10. TERRITORIOS OPERACIONALES Verificar que los Territorios Operacionales concuerdan con los señalados en los PD vigentes y que se incluyen las nuevas áreas incorporadas en el quinquenio a través de Ampliaciones de Territorio Operacional, si las hubiera. Revisar que, tanto planos en papel como los digitales (autocad, shape), cumplen con las especificaciones de la Guía. Validar la información geográfica entregada por la empresa en el marco de la Actualización de su PD y la información disponible en el Sistema de Información Geográfico SISS. En los planos, revisar que se incluyan las ampliaciones aprobadas (en el último quinquenio), indicando el N° del decreto y su fecha. Verificar que esté incorporado N° de decreto y fecha de aprobación de límite urbano empleado, como también indicar seccionales y planos intercomunales, en donde corresponda. 3.2.11. DERECHOS DE AGUA Verificar que se incluya correctamente toda la documentación correspondiente a los derechos de agua indicados en la respectiva FAT y utilizados en los balances oferta demanda. Respecto a nuevas fuentes que se incorporan al PD, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 159° del DS MOP N°1199/04, se deberá verificar que se acredite el uso o dominio de los derechos de agua que sean necesarios para la demanda de los primeros 5 años del PD. 4. ETAPAS DEL ESTUDIO Se desarrollarán las siguientes actividades: 1) Etapa 1: Revisión crítica de todos los antecedentes señalados en el punto “3.2.1 Actividades Previas” Elaborar un informe que incluya tablas comparativas, informe de las PTAS y conclusiones respecto de la información analizada, destacando deficiencias y aspectos relevantes a considerar especialmente en las siguientes etapas del estudio. 2) Etapa 2: Revisión de cada uno de los PD considerados, incluyendo lo detallado en desde el punto 3.2.2. en adelante. Las observaciones que se formulen se detallarán en un Informe correspondiente por cada PD. 3) Etapa 3: Conforme las respuestas de la empresa, elaborar un informe de resultados por los acogimientos y/o rechazos. De mantenerse algunas observaciones y/o agregar otras (por causa de respuestas), elaborar un nuevo Informe para reenvío a la empresa. 4) Etapa 4: Verificación en todos los PD que las observaciones hayan sido acogidas, presentando un Informe de resultados y análisis. El inicio del presente Estudio corresponderá a la fecha de la firma del contrato. Durante su ejecución, en caso de ser necesario, la Superintendencia solicitará informes de avance (está facultada para esto). Para cada una de las Etapas, se deberá entregar: A continuación se detallan el contenido de los Informes requeridos: • Informe N°1: Corresponde a la Etapa 1 relativa a las actividades previas. El plazo máximo para la entrega de este informe es de 30 días corridos desde el inicio del contrato. • Informe N°2: Corresponde a la Etapa 2 y contendrá todas las observaciones que emanen de la revisión de los PD de cada localidad. Se considera un informe por PD, poniendo fin a la Etapa 2 una vez se cuente con la totalidad de los informes. El plazo máximo para la entrega de este Informe es de 60 días corridos, a partir de la entrega de los PD por parte de la Superintendencia al consultor. • Informe N°3: Corresponde a la Etapa 3 y contendrá las nuevas observaciones, si las hubiere, y la certificación de aquellos PD que las acogieron y que están correctos. El plazo máximo para la entrega de este informe es de 45 días corridos, a partir de la entrega de los antecedentes corregidos por la empresa al consultor. Se dará por finalizada la Etapa 3 una vez se cuente con los informes para todas las localidades de la empresa. • Informe N°4: Corresponde a la Etapa 4 y señalará el resultado de la verificación de que fueron atendidas las segundas observaciones y la certificación de que los PD están correctos. El plazo máximo para la entrega de este informe es de 20 días corridos, a partir de la entrega de los antecedentes corregidos por la empresa. Se dará por finalizada la Etapa 4 una vez se cuente con los informes para todas las localidades. Solo para efectos estimativos, se considerará 15 días corridos para revisión por parte de la SISS de los informes del consultor y 30 días corridos para atención de observaciones que se deriven del Informe 2 y del Informe 3 por parte de la empresa sanitaria. 5. ENTREGA DE INFORMES Todos los Informes y documentos oficiales del servicio contratado se entenderán entregados por la empresa consultora mediante la recepción de estos en la Oficina de Partes de la SISS. La consultora entregará los Informes de acuerdo a las actividades definidas en estas bases, estarán impresos en tamaño carta y, además, deberán acompañar un respaldo en medio magnético incluyendo demás antecedentes complementarios, si hubiere. El término del Estudio quedará determinado por la aprobación conforme por parte de la SISS del Informe 4. 6. DE LA EJECUCIÓN Y DURACION DEL ESTUDIO La empresa consultora designará un representante quien se desempeñará como jefe de proyecto y será la única persona autorizada y contraparte válida para actuar ante la esta SISS y la División de Concesiones, debiendo estar disponible durante todo el desarrollo del estudio. Durante la ejecución del contrato, se exigirá la participación activa en el proyecto como en reuniones de trabajo periódicas, para la totalidad del equipo profesional propuesto en la oferta de la empresa consultora. No se aceptará el reemplazo de ninguno de los integrantes del equipo propuesto, excepto por causas de fuerza mayor justificadas y autorizadas expresamente por la SISS. El estudio se realizará de acuerdo a las actividades definidas en el numeral anterior, considerando un plazo máximo total de ejecución de 155 días corridos, sin contar el tiempo que la SISS y la concesionaria utilicen para la revisión y corrección, respectivamente. En el cronograma de actividades (Carta Gantt) a incluir en la propuesta técnica, el proponente definirá en días corridos los plazos de ejecución de cada una de las actividades asociadas, considerando la entrega de los informes definidos para el servicio. En la confección de este cronograma, a los plazos de ejecución debe agregarse los tiempos estimados de revisión y corrección, tanto por parte de la SISS como de la concesionaria. En la propuesta, la empresa consultora establecerá los plazos de entrega de los informes, los que serán tomados en cuenta para efectos de la eventual aplicación de lo establecido en el artículo 42 de las Bases Administrativas. 7. PLAZOS Los servicios a contratar por esta vía serán ejecutados durante los años 2019 y 2020. La fecha máxima del último informe de análisis a ser entregado por el adjudicatario será a más tardar al 1 de noviembre de 2020. Con todo, las partes quedarán obligadas, hasta el término del proyecto, según se define en el punto 5 de las presentes bases. Sin perjuicio del plazo establecido en estas bases, se contempla la ampliación del plazo de duración del contrato, solo en el evento de que, por razones totalmente ajenas a la empresa adjudicada, calificadas por la SISS, ésta no pueda cumplir con algunas obligaciones que las bases, y posteriormente el contrato, le imponen. Esta ampliación deberá ser solicitada por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios antes del vencimiento del plazo de término contrato. 8. VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA EN ESTUDIO La SISS programará visitas a las instalaciones de la empresa sanitaria y serán informadas oportunamente mediante correo electrónico al consultor, quien deberá asistir en conjunto con los funcionarios que se designen para tal efecto. 9. OTRAS CONSIDERACIONES Toda la información recolectada, procesada y sistematizada en el estudio debe ser debidamente respaldada en papel y archivos magnéticos en las oficinas Superintendencia de Servicios Sanitarios. SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.