Licitación ID: 1593-3-LP21
Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2021
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
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Productos o servicios
1
Control y detección de la contaminación de aguas superficiales 1 Unidad
Cod: 77121701
Muestreo y Análisis de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y Establecimientos Industriales (EI), Control Directo de Aguas Residuales – Año 2021.-  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2021
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Que, la Superintendencia de Servicios Sanitarios requiere contratar el servicio de Muestreo y Análisis de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y Establecimientos Industriales (EI), Control Directo de Aguas Residuales – Año 2021.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Miraflores 130 piso 10
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-02-2021 12:00:00
Fecha de Publicación: 22-01-2021 10:44:58
Fecha inicio de preguntas: 22-01-2021 15:00:00
Fecha final de preguntas: 27-01-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-01-2021 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-02-2021 12:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-02-2021 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 12-03-2021 14:50:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Artículo 19° de las Bases Administrativas.-
Documentos Técnicos
1.- Artículo 20° de las Bases Administrativas.-
 
Documentos Económicos
1.- Artículo 21° de las Bases Administrativas.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Técnica Artículo 26° de las Bases Administrativas.- 70%
2 Correcta presentación de la oferta Artículo 26° de las Bases Administrativas.- 10%
3 Evaluación Económica Artículo 26° de las Bases Administrativas.- 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios para el año 2021.-
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carmen Fuentes Oróstica
e-mail de responsable de pago: cfuentes@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Carmen Fuentes Oróstica
e-mail de responsable de contrato: cfuentes@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23824000-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La Superintendencia de Servicios Sanitarios no acepta subcontrataciones. Esto es que la empresa adjudicada no puede transferir el contrato a terceros.-
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Fecha de vencimiento: 29-04-2022
Monto: 10 %
Descripción: El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el portal de www.mercadopublico.cl, mediante carta dirigida a Jefe División de Fiscalización y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 10% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente al del contrato más 4 meses Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2021” y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.” Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización. Esta garantía se devolverá después de liquidado el contrato. En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización.
Glosa: “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2021” y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores” para la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía se devolverá después de liquidado el contrato.-
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Administrativas
1. ANTECEDENTES GENERALES ARTICULO 1: Identificación del Servicio. Las presentes Bases Administrativas, se refieren a la licitación pública con adjudicación múltiple para el servicio de “Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2021”. • PTAS: corresponde a la abreviación de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas • EI: corresponde a la abreviación de los Establecimientos Industriales. Los servicios que se contratarán se encuentran especificados en las Bases Técnicas de la licitación. ARTICULO 2: De la publicación y tramitación a través del portal Mercado Público. El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el portal de compras” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles gratuitamente en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema www.mercadopublico.cl –acreditada por la Dirección de Compras Públicas–, esto es, que todas o algunas de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, la SISS podrá ejecutar el proceso o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Para ello, se deberá poner oportunamente en conocimiento de los oferentes la posibilidad de recibir en formato papel las ofertas técnicas y económicas, y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del proceso de contratación, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto, especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación. Lo anterior, con pleno respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases y teniendo presente lo más conveniente para la SISS. ARTICULO 3: Contratante El contratante es la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante la SISS, y será coordinado e inspeccionado a través de su Área de Aguas Servidas y Riles, en adelante ADAR. ARTICULO 4: Tipo de contrato El contrato a que se refieren estas Bases Administrativas será a suma alzada o precios unitarios en pesos sin reajuste. ARTICULO 5: Etapa de la licitación La presente licitación se realizará en dos etapas, la apertura de la oferta técnica y luego de la oferta económica, a través del sistema de información Mercado Público. La oferta será declarada inadmisible en caso que el oferente presente los antecedentes de la oferta técnica y económica en forma conjunta. ARTICULO 6: Presupuesto El trabajo que se contrata se financiará a través de fondos provenientes del Subtítulo 22 por un monto referencial que asciende a 65.000.000 (IVA incluido), del Presupuesto SISS Año 2021. ARTICULO 7: Requisitos para presentarse a la licitación Las personas que participen deberán cumplir con los requisitos específicos indicados a continuación: 1. Laboratorios de Ensayo de Aguas Residuales con acreditación vigente del INN, como mínimo en los siguientes parámetros para análisis aguas residuales: Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO5), Sólidos Suspendidos Totales (SST), Sólidos Sedimentables (SSED), Nitrógeno Total Kjeldhal (NKT), Nitrito, Nitrato, Fósforo (P), Coliformes fecales (CF), Aceites y Grasas (AyG), Poder Espumógeno (PE) y SAAM. La acreditación se refiere a la serie de normas NCh 2313, relativas a métodos de análisis para aguas residuales. Para el muestreo deben dar estricto cumplimiento a la NCh 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y su respectivo Manual Operativo de la NCh 411/10- 2005, aprobado mediante Resolución SISS N° 3.744 del 24 de noviembre de 2010, 2. Entidades de Muestreo de Aguas Residuales, que den estricto cumplimiento a la NCh 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y su respectivo Manual Operativo de la NCh 411/10- 2005, aprobado mediante Resolución SISS N° 3.744 del 24 de noviembre de 2010, y además que envíen las muestras para su análisis a Laboratorios de Ensayo de aguas residuales con acreditación vigente del INN de acuerdo a los requisitos señalados en el numeral anterior y artículo N°8 sobre inhabilidades. ARTICULO 8: Inhabilidades Con la finalidad de acreditar que los oferentes no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso 2°, de la ley N° 19.886, deberán acompañar conjuntamente con su oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°10, firmado por el representante legal de la persona jurídica. Además, para acreditar que el oferente no se encuentra relacionado con una empresa sanitaria o una administradora de una concesión sanitaria, en los términos que define el título XV de la Ley N° 18.045, se deberá acompañar conjuntamente con la oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°11, firmada por el representante legal. Por otra parte, aquellos laboratorios o entidades de muestreo que se encuentren ejecutando algún programa de monitoreo (muestreo y análisis) de autocontrol de PTAS en alguna empresa sanitaria, deberá declararlo en el FORMULARIO N° 1, indicando que se encuentra vigente, y de acuerdo a esto en caso de ser este proponente adjudicado, en su programa de controles directos SISS no se incluirán PTAS a cargo de esa empresa sanitaria. ARTICULO 9: Idioma El idioma oficial de la presente licitación es en español. ARTICULO 10: Computo de plazos Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles (lunes a viernes). En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. ARTICULO 11: Gastos Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado. ARTICULO 12: Documentos que integran la licitación. Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican: a. Bases Administrativas y Bases Técnicas, con sus correspondientes anexos. b. Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la SISS, a través de la resolución correspondiente. c. Serie de Preguntas y Respuestas. d. Aclaraciones. e. Las Propuestas Técnica y Económica del oferente seleccionado, deben incluir todos los formularios solicitados. f. Otros antecedentes o documentos indicados en las Bases Administrativas y/o Técnicas. g. Las resoluciones que dicte la SISS sobre la materia de esta licitación. ARTICULO 13: Aceptación de los términos de las Bases La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa. ARTICULO 14: Confidencialidad y reserva de los antecedentes. A fin de guardar estricta reserva de todos los antecedentes, datos, estadísticas, políticas o criterios propios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, los oferentes deberán adjuntar a su oferta el FORMULARIO N°6. ARTICULO 15: Interpretación de las bases. La SISS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. ARTICULO 16: Aclaraciones y modificaciones a las bases. Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta Pública, podrán ser solicitadas a través de www.mercadopublico.cl hasta la fecha definida a través del Portal. La SISS responderá estas consultas mediante documento único denominado "Serie de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones", el que será enviado a los participantes a través del portal www.mercadopublico.cl . Sin perjuicio de lo anterior, la SISS se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las Aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación y con anterioridad a la Apertura de las Ofertas. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. La SISS podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 24 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas. 2. PROPUESTA ARTICULO 17: Presentación de la propuesta Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas y en los horarios indicados en el portal de Chilecompra. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, en este caso, se entenderá como válida la última oferta presentada por el proveedor. Cada una de las ofertas, deberán cumplir íntegramente con lo exigido en estas bases, siendo evaluadas individualmente. Serán rechazadas las propuestas que no contengan todos los antecedentes solicitados, que estén condicionadas y/o que contengan enmiendas o irregularidades que alteren la claridad de la propuesta, todo esto a juicio de la Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión). ARTICULO 18: Contenido de las propuestas La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con hojas numeradas e índice. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación. ARTICULO 19: Antecedentes administrativos Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda: - Identificación según FORMULARIO N°5 - Copia cédula de identidad del representante. - Copia simple del RUT de la empresa. - Organigrama con la estructura organizacional del personal propuesto para el servicio, indicando el nombre y cargo de cada uno. - Currículum resumido (FORMULARIO N° 3) del personal propuesto para el servicio. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. - Declaración jurada, según FORMULARIO N°6, suscrita por el oferente. - Declaración jurada, según FORMULARIO N°10, suscrita por el oferente. - Declaración jurada, según FORMULARIO N°11, suscrita por el oferente. ARTICULO 20: Oferta técnica. Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes ofertados, en todos sus aspectos esenciales y las regiones ofertadas. A. Equipo propuesto para la ejecución del trabajo. A.1. Antecedentes generales: Equipo de profesionales y técnicos que se desempeñarán en el proyecto, indicando nombres completos, nivel profesional, relación contractual con el oferente y cargo que desarrollará. Se deberá indicar el nombre, teléfono fijo, teléfono móvil y correo electrónico del profesional que coordinará la ejecución del servicio con la Superintendencia. En la eventualidad de que el proponente subcontrate el servicio de monitoreo, deberá explicitarlo en su propuesta e identificar el personal subcontratado (FORMULARIO Nº2). A.2. Experiencia de los integrantes del equipo: Curriculum Vitae detallado de cada uno de los integrantes que se desempeñará en el proyecto (FORMULARIO Nº3) con la experiencia relevante al servicio a realizar. En el caso de los muestreadores, precisar su experiencia en esta actividad. A.3. Experiencia del oferente: Experiencia en proyectos similares al presente (FORMULARIO Nº1) desarrollada en los últimos 5 años, diferenciando las actividades realizadas en el sector público y privado, detallando los principales clientes. A.4. Carta Compromiso: Este documento deberá ser firmado por cada profesional que sea ofertado, comprometiendo su participación en el proyecto (FORMULARIO Nº4). La SISS podrá exigir la participación activa en el proyecto de la totalidad del equipo propuesto en la oferta, según la materia que se trate, además, de la participación en las reuniones de trabajo periódicas. Sólo se aceptará el reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, en casos de fuerza mayor. A.5. Declaración jurada simple (FORMULARIO N° 8) que certifique que el equipo de profesionales que participará en el proyecto: a) Al momento de postular no es funcionario público. Para estos efectos se considera como funcionario público a los profesionales de planta y contrata, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.653. b) Si presta servicios a honorarios en alguna institución pública, deberá informar la institución en la cual presta los servicios, el monto y duración del contrato, las tareas contratadas y el tiempo que dedica a esta actividad. c) No tiene juicios pendientes con algún Organismo de la Administración del Estado. A.6. Certificados de acreditación vigente de ensayos de aguas residuales otorgados por el INN, según lo requerido en el Art. 7 de estas bases. Para el caso de entidades de muestreo se debe entregar dicha documentación correspondiente al laboratorio de ensayo de aguas residuales que subcontrata. B. Propuesta de metodología para el desarrollo del trabajo El oferente planteará un esquema con una propuesta sobre el desarrollo del proyecto, abarcando, al menos los siguientes aspectos, los cuales se encuentran descritos en las bases técnicas de la licitación: a) Programación de los controles directos. b) Ejecución de los controles directos. c) Generación y entrega de resultados, según plazos establecidos en Bases Técnicas. d) Antecedentes que requerirá. e) Requerimientos de apoyo de la contraparte técnica de la SISS. f) Alcance y grado de detalle que abarcará el trabajo del oferente. C. Equipamiento técnico disponible En el Formulario N° 12 de estas bases, se deberá indicar el equipamiento de terreno (muestreadores automáticos, caudalímetros, vehículos, etc.), con el cual se proporcionará el servicio ofertado a la Superintendencia. IMPORTANTE: El equipamiento técnico disponible corresponde al destinado exclusivamente a prestar servicios a la SISS en esta licitación y no al equipamiento total con el que cuenta el laboratorio o la entidad de muestreo. D. Programa de trabajo y cantidades de trabajo ofertadas Se deberá presentar como programa de trabajo los plazos asociados a los recursos ofertados, considerando la entrega de los respectivos informes y plazos para sus correcciones, a partir de las observaciones que formule la SISS. El detalle de entrega de informes se especifica en el artículo 37 de las presentes bases. E. Serie de “Preguntas y Respuestas” A que se refiere el artículo 16 de las presentes Bases. F. Detalle de otra información que el oferente considere relevante. ARTICULO 21: Oferta Económica Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total ofertado. En la “Propuesta Económica”, se incluirá la oferta económica, la que debe contener el detalle de los precios unitarios, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el proponente deba pagar, por concepto de monitoreo para cada una de las 16 regiones y para cada uno de los 3 tipos de monitoreos, de acuerdo al Formulario 7.1. , además de los precios unitarios por la ejecución de análisis para cada uno de los parámetros indicados en el Formulario N° 7.2 de las Bases Administrativas, que deberá estar firmado por el Representante Legal. Para el caso de los Establecimientos Industriales, la oferta económica debe contener el detalle de los precios unitarios, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el proponente deba pagar, por concepto de monitoreo para cada una de las 16 regiones del país y para cada uno de los 5 tipos de monitoreo, como son: Puntual y Compuesta menor de 4, 8, 12 y 24 hrs. conforme se presenta en el FORMULARIO 7.3. La oferta económica se deberá expresar tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar, de acuerdo a los FORMULARIOS N°7.1, 7.2 Y 7.3. Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. 3. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ARTICULO 22: Apertura de la oferta. La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en dos actos. Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas. ARTICULO 23: Comisión evaluadora La Superintendencia de Servicios Sanitarios designará, por Resolución, a los profesionales que constituirán dicha Comisión. ARTICULO 24: Aclaraciones solicitadas a los oferentes La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. ARTICULO 25: Errores u omisiones detectados durante la evaluación La SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal de www.mercadopublico.cl. La SISS podrá permitir la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán presentar los antecedentes omitidos o hacer las rectificaciones que sean procedentes para salvar errores u omisiones formales dentro de 48 horas siguientes al requerimiento efectuado por la SISS, el que se informará a través del portal de www.mercadopublico.cl. ARTICULO 26: Criterios de evaluación de las propuestas Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases y en las Especificaciones Técnicas, en consideración al interés público comprometido, procediendo a emitir un informe de adjudicación que recomendará la adjudicación de la oferta más conveniente para los intereses de la institución, considerando los siguientes parámetros: Criterio Porcentaje a) Oferta Técnica 70% b) Oferta Económica 20% c) Antecedentes Administrativos y correcta presentación de la propuesta 10% a) Evaluación de la propuesta técnica: La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla, Criterio Sub-Criterio Fórmula de Cálculo Oferta Técnica 70% de la calificación total Requerimiento Técnico 40% de la oferta técnica Puntaje Descripción 100 Excelente: Cumple con lo solicitado, aporta funcionalidad adicional. 90 Bueno: Cumple con lo solicitado 60 Insuficiente: Cumple en forma parcial con lo solicitado. 30 Deficiente: No cumple con lo solicitado. 0 No presenta información. Experiencia del equipo asignado 30% de la oferta técnica Puntaje Número de proyectos en promedio del equipo relacionados con la licitación 100 Más de 5 proyectos 70 Entre 3 y 5 proyectos 50 Entre 1 y 2 proyectos 0 No informa o no se puede demostrar. Equipamiento y recursos para la prestación del servicio 30% de la oferta técnica puntaje Equipos y Recursos 100 80 70 0 Personal muestreador por región ofertada (20%) ≥1 ≥0,5 y <1 ≥0,2 y <0,5 < 0,2 Vehículos por región ofertada (20%) ≥1 ≥0,5 y <1 ≥0,2 y <0,5 < 0,2 Muestreadores automáticos y Caudalímetros área velocidad por región ofertada (20%) ≥3 ≥1 y <3 ≥0,5 y <1 < 0,5 Variedad de caudalímetros (20%) ≥3 2 1 0 Cumple con el resto de Recursos mínimos necesarios (numeral 3.3 Bases Técnicas) (20%) si si si no Nota: El proveedor que sea adjudicado deberá tener como mínimo 70 puntos en su evaluación final del cumplimiento de los Requerimientos Técnicos. En la evaluación del factor Equipamiento y recursos para la prestación del servicio, para obtener el puntaje se ponderará según el porcentaje de cada subfactor por el puntaje obtenido. Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9. b) Evaluación de la propuesta económica: La oferta económica será evaluada asignando 100 puntos a la oferta de menor valor, y las siguientes ofertas obtendrán un puntaje menor, proporcional a la diferencia entre el precio de la oferta económica en evaluación, respecto de la oferta de precio menor. Aquellas opciones descalificadas por no cumplir con el puntaje técnico ponderado mínimo no serán consideradas en la evaluación económica. Cada propuesta se evaluará económicamente calculando el cuociente entre la oferta mínima y el valor propuesto por el proponente multiplicado por 100, de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje Económico Ponderado = 0,2 * Puntaje Económico c) Evaluación antecedentes administrativos y correcta presentación de la oferta Está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por la SISS. Este criterio representa un máximo de 100 puntos, y se obtendrá presentando la documentación requerida tanto en las bases administrativas, como en las bases técnicas La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a lo siguiente: Criterio Puntaje Descripción Correcta presentación de la oferta 10% de la calificación total 100 La SISS no requiere antecedentes o certificaciones adicionales. 50 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente los presente dentro del plazo. 0 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo. d) Evaluación Final y Adjudicación de la Propuesta La evaluación final de la propuesta considera los aspectos técnicos, administrativos y económicos, a los que se asignará una ponderación de 70%, 10% y 20%, respectivamente, que se aplicará sobre los puntajes finales obtenidos por separado en sus correspondientes evaluaciones. Puntaje final = (Puntaje Evaluación Técnica*0,7 + Puntaje Evaluación Administrativa*0,1 + Puntaje Evaluación Económica * 0,2) / 100 La Superintendencia de Servicios Sanitarios se reserva el derecho de adjudicar a uno o más proponentes para la entrega del servicio requerido, utilizando para ello los resultados finales obtenidos ARTICULO 27: Mecanismo de solución en caso de empates. En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el criterio oferta técnica, si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje en el criterio oferta económica y en caso de mantenerse el empate se adjudicará según los sub-Criterios de mayor puntaje, de acuerdo al siguiente orden: I. Requerimiento Técnico. II. Equipamiento y recursos para la prestación del servicio. III. Experiencia del equipo asignado. ARTICULO 28: Adjudicación La Adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del Acta de Evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora. ARTICULO 29: Readjudicación. La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original. ARTICULO 30: Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción. La SISS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación. Además, la SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses. En todo caso, las declaraciones de la SISS se efectuarán siempre mediante resolución fundada. ARTICULO 31: Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación. Se comunicará el resultado de la Propuesta de la correspondiente Resolución a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de 3 días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al Inspector Fiscal señalado en la resolución de adjudicación. Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. 4. CONTRATO Y GARANTÍAS ARTICULO 32: Del Contrato Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato los documentos indicados en el Artículo 12 de las presentes bases. El oferente que resulte adjudicado deberá entregar los siguientes documentos: a) Certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio. b) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio. ARTICULO 33: Perfeccionamiento y vigencia del contrato El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios con la SISS dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si notificado el adjudicatario de la tramitación de la resolución de adjudicación, no suscribiere el contrato dentro del plazo que se indica, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación. Dicha situación no le dará derecho al adjudicatario a solicitar indemnización alguna. ARTICULO 34: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el portal de www.mercadopublico.cl, mediante carta dirigida a Jefe División de Fiscalización y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos: Monto 10% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos Plazo de Vigencia Equivalente al del contrato más 4 meses Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “Muestreo y Análisis de PTAS y EI, Control Directo de Aguas Residuales – Año 2021” y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.” Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización. Esta garantía se devolverá después de liquidado el contrato. En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 4 meses. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización. ARTICULO 35: De la Ejecución y plazo del Servicio El servicio se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación. Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un día sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente. La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario por el retraso involucrado. ARTICULO 36: Modificación de los servicios contratados. Los servicios sólo podrán ser variados durante su ejecución por el adjudicatario, con aprobación previa de la SISS o por la SISS. Las variaciones sólo podrán corresponder a materias relacionadas con el trabajo contratado, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados. En caso que las variaciones representen un aumento de los servicios, el monto de éstos deberá ser igual a los del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato. En los nuevos servicios, se establecerá su monto de común acuerdo. Dicho aumento no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado. Cualquiera modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos será objeto de una nueva Resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original. Para estos efectos, el adjudicatario deberá constituir una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en iguales términos y condiciones que las señaladas en el artículo 34. La garantía originalmente constituida se devolverá al adjudicatario dentro de diez días hábiles contados desde la resolución que aprueba la modificación del contrato. 5. INFORMES ARTICULO 37: Informes de avance y finales Los informes se deberán entregar de acuerdo a lo especificado en las Bases Técnicas. 6. PAGOS ARTICULO 38: Modalidad de pago Los pagos se harán efectivos, solo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato o la resolución de adjudicación, según sea el caso. La SISS realizará pagos mensuales en relación al trabajo realizado correspondiente al valor obtenido de la multiplicación entre los respectivos precios unitarios y el número de servicios efectuados a la fecha de facturación (monitoreos y análisis). No obstante, se deberá considerar lo señalado en el artículo 40 de Multas y Sanciones. La facturación podrá ser mensual y deberá realizarse sólo una vez que todos los certificados de análisis del mes de facturación hayan sido emitidos en forma digital, se obliga a que se entreguen en esa ocasión debidamente firmados por los responsables del laboratorio. Estos deberán ser enviados a la Superintendencia a más tardar al día 15 del mes posterior a la realización del control, fecha desde la cual comenzarán a regir las multas indicadas en el Art. 40. Para proceder al pago, es previo y necesario que el Inspector Fiscal vise y apruebe el o los informes respectivos, siempre y cuando la SISS no haya suspendido la ejecución del contrato. Una vez aprobados los informes y ejecutado el servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o Boleta de Servicios, conjuntamente con un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha del pago. Visados y aprobados los informes y la boleta o factura, se realizará el pago dentro de treinta días corridos. 7. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS. ARTICULO 39: Administración y fiscalización de su cumplimiento Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades: a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. c) Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los servicios e informes requeridos. e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio. ARTICULO 40: Multas y otras sanciones En función de la gravedad de la infracción cometida por el adjudicatario, la SISS podrá aplicar las siguientes sanciones: Cada día de atraso en la entrega del servicio significará una multa de 6 UF por día. A partir del segundo, atraso la SISS, adicional a la multa, podrá solicitar un cambio del o los recursos dispuestos por el adjudicatario. Con todo, se tolerará un máximo de tres atrasos, en consecuencia, el cuarto atraso dará derecho a la SISS a poner término al contrato. Las multas se evaluarán en cada estado de pago y por lo tanto, se establecerá una evaluación concordante con la periodicidad de pagos acordada. En caso que los servicios entregados, dentro o fuera de los plazos definidos, no cumplan con lo requerido en las especificaciones, el tiempo que se requiera por parte del adjudicatario para las correcciones se considerará como tiempo de atraso en la entrega y aplicarán las mismas condiciones y consideraciones señaladas precedentemente. El valor total acumulado de las multas no podrá exceder el 10% del valor del contrato, incluyendo sus modificaciones. En caso de excederse del 10% señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato. ARTICULO 41: Responsabilidad del adjudicatario El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios que entregue, de modo que cualquier error que signifique perjuicio para la SISS, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la empresa adjudicataria los representantes legales asumirán esta responsabilidad, la que se entenderá en su más amplia acepción. ARTICULO 42: Término anticipado del contrato Podrá ponerse término anticipado al contrato en los siguientes casos: a) Por acuerdo entre las partes. La SISS y el Adjudicatario podrán poner término anticipado al contrato de común acuerdo. En este caso no corresponderá pagar indemnización. b) Por incumplimiento grave por parte del proveedor, de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, entendiéndose por éstas aquellas que inciden en la prosecución de la contratación, como el atraso en la observancia de los plazos fijados para ejecutar el objeto principal del contrato, la inobservancia de las especificaciones técnicas, que los informes entregados no cumplan con los estándares requeridos y/o lo señalado por el adjudicatario en su oferta, etc. c) Por infracción a las reglas de la subcontratación. En especial, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 20.123, referido a la simulación de contratos de trabajo a través de terceros. d) Por decisión de la SISS. La SISS pondrá término anticipado al contrato, cuando por razones de servicio así lo aconsejen. El aviso de término anticipado, se efectuará por carta certificada. En este caso, la SISS pagará al Adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde: I : Monto a pagar por indemnización Nf : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior Np : Número de días de plazo total de la etapa M : Monto a pagar por la etapa completa Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores. e) Por las demás causales establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento. ARTICULO 43: Procedimiento en caso de incumplimiento En caso de verificarse un incumplimiento grave por parte del proveedor de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, dará lugar a la evaluación de los antecedentes por el inspector fiscal de la contratación, quien determinará la necesidad de la apertura de un procedimiento breve y sumario para la eventual aplicación de una sanción. En dicho procedimiento, se dará traslado al proveedor quien será notificado de la apertura del proceso mediante carta certificada y tendrá 5 días hábiles para presentar por escrito sus descargos. Las sanciones dispuestas para estos efectos podrán ser la aplicación de multa, el cobro de la garantía de fiel cumplimiento o el término anticipado del contrato. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos. ARTICULO 44: Prórroga de la competencia En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
Bases Técnicas
Introducción La Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante SISS, de conformidad al artículo 2 de la Ley 18.902, Ley que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios, es un organismo estatal y le corresponde la fiscalización de los prestadores de servicios sanitarios, del cumplimiento de las normas relativas a servicios sanitarios y el control de los residuos líquidos industriales que se encuentren vinculados a las prestaciones o servicios de las empresas sanitarias, todo ello en el ámbito urbano. Producto de esta obligación impuesta por el Estado de Chile, la SISS ha definido la ejecución de monitoreos paralelos al autocontrol, para determinar la calidad del efluente de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de las empresas concesionarias del servicio sanitario público o de Establecimientos Industriales (EI) que descarguen a la red de alcantarillado público, en adelante Controles Directos SISS, a objeto de evaluar el cumplimiento de la Norma de Emisión aplicable en el sector mediante la validación del autocontrol, para ello, se requiere contratar a una o varias Entidades de Muestreo o Laboratorios de Ensayo en el área Físico-Química y microbiológica para aguas y aguas residuales, acreditados por el Instituto Nacional de Normalización, en adelante INN y que presten los servicios de muestreo y análisis a PTAS, conforme lo establecen las siguientes Bases Técnicas y Administrativas. Considerando que la ejecución de los controles directos es una herramienta clave en el rol fiscalizador de la SISS, y que a partir de los resultados obtenidos se pueden llegar a iniciar procedimientos de sanción a las empresas sanitarias o a los Establecimientos Industriales, en cumplimiento de las facultades fiscalizadores establecidas en la legislación vigente del Estado Chileno, el servicio contratado debe responder a los más altos estándares de calidad existentes en esta materia, considerando el muestreo y análisis. 2 Objetivos de la Licitación 2.1 Objetivo general El objetivo de la presente licitación pública con adjudicación múltiple, es contratar el servicio de monitoreo de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y eventualmente de Establecimientos Industriales (EI), que descarguen al sistema de alcantarillado público, a través del muestreo y análisis de las aguas residuales tratadas de una parte importante de las PTAS del país, además de los EI, a uno o más laboratorios acreditados por el INN y/o entidades de muestreo que se desempeñen bajo lo establecido en la NCh 411 y su manual operativo SISS. Este servicio debe poseer una calidad que asegure confiabilidad, responsabilidad e idoneidad técnica, permitiendo evaluar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, para la emisión de aguas residuales, logrando reforzar de esta manera los procedimientos de aplicación de las facultades fiscalizadoras que la ley otorga a la SISS. 2.2 Objetivos específicos Los objetivos específicos para la prestación del servicio de muestreo y análisis de aguas residuales, de las PTAS que serán controladas y EI, son los siguientes: • Muestrear las descargas de aguas servidas tratadas de PTAS y de EI dando estricto cumplimiento a la Nch 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y su manual operativo SISS. • Analizar parámetros físicos, químicos y bacteriológicos asociados a cada una de las descargas controladas, de acuerdo a la normativa aplicable, resoluciones de monitoreo de las PTAS y EI, y/o solicitudes explícitas de la División de Fiscalización de la SISS. • Emitir certificados de análisis, suscritos por un laboratorio acreditado para tales efectos por el INN. • Elaborar un Informe de terreno, por cada PTAS y EI muestreada de acuerdo al formato del manual operativo SISS de la NCH 411/10. • Presentar mensualmente (día 15 del mes) balance de Controles Directos realizados, incluidos los fallidos, en planillas Excel, que se adjuntarán a las facturas remitidas, que deberán contener al menos la región de la PTAS o del EI, nombre de la empresa, nombre de la PTAS o del EI, causa de la falla si la hubiere, Temperatura de la primera muestra al final del muestreo, fecha y hora de inicio de análisis del parámetro Coliformes fecales, fecha y hora de inicio de análisis del parámetro DBO5 y observaciones de terreno importantes. • Presentar la información de los monitoreos mensualmente (resultados de todos los análisis, para cada planta, con las respectivas fechas) en archivo Excel. • Muestrear eventualmente descargas de Establecimientos Industriales que dispongan las aguas residuales al sistema de alcantarillado de concesionarias sanitarias, cumpliendo los mismos estándares normativos usados en muestreo de las aguas servidas domésticas y demás requisitos, tales como, procedimientos de análisis, informes de muestreo y análisis, emisión de certificados respectivos, entre otros, de acuerdo a lo señalado anteriormente para los muestreos y análisis de PTAS. 3. Requisitos del Servicio 3.1. Normativas y metodologías requeridas El desarrollo del trabajo por parte del proponente deberá tener estricta observancia de las siguientes normas y/o documentos normativos. • NCh 411/10 – 2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras”. • Manual Operativo SISS de la NCh 411/10- 2005, aprobado mediante Resolución SISS N° 3.744 del 24 de noviembre de 2010 (disponible en sitio web de la SISS http://www.siss.gob.cl/577/w3-article-8519.html) • Serie NCh 2313 “Aguas Residuales – Métodos de Análisis”. • NCH 3205 – 2011 “Medidores de caudal de aguas residuales – requisitos” • “Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales y superficiales” establecida por el D.S. 90/00 MINSEGPRES. • Norma la NCH 3373 “Calidad analítica – análisis de aguas residuales”. • “Norma de Emisión que regula las descargas de residuos industriales líquidos a los sistemas de alcantarillado público” establecida por el D.S. MOP N°609/98. • Oficio Ord. SISS N°2475/2016 que remite estudio: “Instrucciones complementarias referidas al control del D.S. MOP N°609 (Anexo a las presentes bases). 3.2. De la Preservación, Transporte y Almacenamiento de las Muestras • El transporte de las muestras a laboratorio para análisis, debe asegurar ante todo evento el Cumplimiento Estricto de la totalidad de la normativa de preservación, transporte y almacenamiento de las muestras, establecidos en la NCh 411/10-2005. IMPORTANTE: Para verificar el cumplimiento del requisito de temperatura durante el transporte de las muestras, se deberá realizar medición continua de ésta, con un capturador de datos, de acuerdo a lo señalado en el Numeral 6.3 del Manual Operativo SISS de la Norma de muestreo de aguas residuales por lo menos entre las regiones de Atacama y Arica y Parinacota. • Es imprescindible la identificación y registros de las muestras, tal como se señala en la NCh 411/10-2005. La SISS auditará permanentemente esta situación, pudiendo rechazar resultados en caso de incumplimiento, con el consecuente no pago del muestreo realizado. Esta auditoría incluye la correcta aplicación de los procedimientos y metodologías para el muestreo, la recepción y análisis de las muestras y demás normativas y metodologías requeridas. 3.3. Recursos mínimos necesarios Para cada servicio solicitado, el contratista deberá contar como mínimo con los siguientes recursos materiales y de personal, que para efectos de la presente licitación, pondrá a disposición de la SISS. a) Uno o más profesionales y/o técnicos, con experiencia demostrable en muestreo de aguas residuales. De acuerdo a lo recomendado en el capítulo 4 del Manual Operativo SISS de la NCh 411/10- 2005. Se deja expresa constancia que él o las personas, no tendrán relación laboral ni de dependencia alguna con esta SISS, sea en forma directa o subsidiaria, toda vez que ésta se entiende que es directa con el contratista a través de un contrato de trabajo regido por el Código del Trabajo. Cabe consignar, que el contratista deberá considerar el reemplazo del o las personas contratadas por otras que cumplan los mismos requisitos, cuando éstas hagan uso de vacaciones, licencias médicas, permisos o cualquier otra causa que pueda afectar la ejecución del programa de trabajo de la SISS. Se deberá indicar el personal que considerará el proponente, el cual tendrá participación directa durante la etapa de desarrollo del servicio, según se indica en el Formulario N°2 adjunto a las Bases Administrativas. En este formulario se deberá incluir el personal que sea subcontratado por el o los proponentes. b) Uno o más vehículos con capacidad para transportar, además, del personal de terreno, los materiales, instrumentos y herramientas necesarias para la prestación del servicio. El o los vehículos utilizados podrán ser de propiedad de terceros, siempre y cuando permitan el transporte de materiales e instrumentos para el muestreo de aguas residuales. c) Uno o más caudalímetros del tipo Área/Velocidad u otro tipo confiable de acuerdo a la NCH 3205-2011, calibrados de acuerdo al programa de mantención indicado por el fabricante y que de cumplimiento a la NCH 3205-2011 y que cumplan con los requisitos técnicos establecidos en la NCh 411/10-2005, Muestreo de Aguas Residuales y su manual operativo SISS. d) Cinco o más muestreadores automáticos, calibrados de acuerdo al programa de mantención indicado por el fabricante y que permitan la mantención de las muestras de acuerdo a lo establecido en la NCh N°411/10-2005, Muestreo de Aguas Residuales y su manual operativo SISS. e) Uno o más equipos de muestreo automático con sistema de refrigeración. En casos justificados por la SISS, para garantizar el cumplimiento de las exigencias normativas, en lo que respecta a que la refrigeración de las muestras puntuales se mantenga durante todo el monitoreo, para las regiones de Atacama, Antofagasta, Tarapacá y Arica y Parinacota, la SISS exigirá un equipo de muestreo automático con sistema de refrigeración. f) Contar con sistemas de medición continua de temperatura con capturador de datos, tanto para el trasporte de las muestras como durante toda la ejecución del monitoreo. g) Instrumental de medición para análisis de campo: pH-metro, termómetro, conductividad, colorímetro, entre otros. h) Uniforme para los técnicos de terreno. Este deberá contar, a lo menos con un guardapolvo o delantal con el logo de la entidad contratada para la prestación del servicio, además de elementos de protección personal como son guantes, casco, zapatos de seguridad, y todo lo que se indica en anexo B Aspectos de seguridad en el muestreo de Aguas Residuales de la Norma NCh 411/10. i) Todos los materiales que conciernen a la preparación y envasado de muestras de aguas residuales, de acuerdo a los requisitos señalados en la NCh 411/10-2005 Muestreo de Aguas Residuales y su manual operativo SISS. j) Laboratorio acreditado, según lo indicado en el Art. 7 de las Bases Administrativas. Cabe señalar que las normas de análisis consideradas en la acreditación, deben corresponder a las normas vigentes oficiales a la fecha de la resolución SISS que aprueba las bases de esta licitación. k) En caso que el proponente no cuente con todos los procedimientos de análisis de aguas residuales acreditados, este deberá demostrar la existencia de una relación contractual o convenio entre su representada y uno o más laboratorios acreditados en dichos parámetros, considerando las restricciones señaladas en el Art. 7 de las Bases Administrativas. l) Equipo de telefonía móvil y/o cámara fotográfica digital. m) Equipo navegador satelital o GPS, para la captura en terreno de las coordenadas UTM de todos los puntos de muestreo a controlar, entregando el dato en coordenadas en sistema WGS 84. El detalle del equipamiento técnico disponible para la prestación del servicio a la SISS debe ser declarado en el Formulario N° 12 adjunto a las Bases Administrativas, individualizado por servicio a que postula. 4. Descripción del servicio 4.1. Generalidades 4.1.1 Balance mensual de los Controles Directos El adjudicado deberá entregar junto con la factura mensual un balance de los Controles Directos exitosamente efectuados, es decir con el monitoreo y análisis de la calidad del efluentes, así como los Controles Directos fallidos, en que no fue posible realizar el monitoreo. Esto con el objeto de llevar un control sobre la ejecución de la programación y sobre el presupuesto disponible para el servicio. 4.1.2 Plazos para la prestación del servicio Desde la celebración del contrato y hasta el 31.12.2021 es el periodo máximo considerado para efectuar los muestreos requeridos por la SISS. 4.1.3 Muestreo Considerando la dispersión geográfica de los puntos de control de interés para la Superintendencia, el o los proponentes adjudicados deberán presentar una propuesta de calendarización para la realización de la actividad de monitoreo en terreno, agrupándolos por zonas a su conveniencia. Por lo tanto, una vez que la SISS entregue el listado de PTAS a monitorear y de Establecimientos Industriales, el adjudicado deberá enviar una propuesta de programación mensual al Inspector Fiscal del contrato y a una contraparte en la oficina regional SISS, para su aprobación. La Superintendencia podrá requerir modificaciones a dicha propuesta, considerando aspectos tales como la oportunidad del monitoreo por efectos de la estacionalidad, entre otros. 4.1.4 Entrega de resultados El balance de los Controles Directos de las campañas de monitoreo de un mes en particular, así como los informes de terreno y de análisis firmados, deberán ser entregado a la SISS en formato digital, en un plazo no superior a 15 días después del mes de realización del control directo, o bien a requerimiento de la SISS en caso de controles por denuncia o cuando se especifique su urgencia. A continuación en la Tabla N° 1 se presenta un resumen de los productos entregables y los plazos de cumplimiento. Tabla N° 1: Resumen de los productos entregables y los plazos comprometidos. Producto Contenido/Formato Plazo Informe de terreno (para cada fuente emisora visitada, monitoreada o no). Incluye el reporte de equipo muestreador automático 1. Información de terreno, resultados de análisis de terreno (pH, T°, etc.) y caudales / Planilla Excel. 2. El reporte del equipo muestreador automático puede ser fotográfico. 3. Reporte de la medición de temperatura en el equipo de monitoreo y durante el transporte, medida por lo menos cada 1 hora. DENTRO DE LOS 15 DÍAS DEL MES SIGUIENTE DE REALIZADO EL CONTROL. Certificado de análisis (para cada fuente emisora monitoreada) Resultados del laboratorio (PDF) en pendrive, optativo por e-mail Balance mensual de Controles Directos 1. Listado de Controles Directos exitosos y fallidos de la campaña de monitoreo del mes/ Planilla Excel.. 2. Listado de controles directos realizados (puede estar incluido en anterior), donde se indique la Temperatura de la primera muestra al final del muestreo para el caso de las muestras compuestas, las fecha y horas de inicio de análisis del parámetro Coliformes fecales, fecha y hora de inicio de análisis del parámetro DBO5, para cada uno de los muestreos realizados. Los Controles Directos extras solicitados por denuncias por manejo irregular de descargas, deberán ser ejecutados con una mayor celeridad, por lo que tendrán un plazo en lo posible de entrega no superior a 8 días hábiles desde ejecutado el monitoreo, el cual deberá ser realizado en un plazo máximo en lo posible de 3 días hábiles desde su aprobación por escrito. 4.2 Descripción del Servicio de Control directo. 4.2.1 Alcance Geográfico Se ha estimado que el servicio requerido considera para el año 2021 ejecutar un número máximo de Controles SISS del orden de los 50 a 70 mensuales en promedio. Se considera la ejecución de éstos con una distribución temporal homogénea durante el año, a excepción del período de lluvias, donde su número podría disminuir, por problemas de dilución. Los Controles SISS serán programados por la SISS en las 300 PTAS en operación actualmente. La distribución geográfica de las PTAS autorizadas por SISS y sujetas a fiscalización por parte de este organismo, se presenta según Región y de norte a sur del país en el siguiente gráfico: En el caso del muestreo de Establecimientos Industriales, se podrán programar un número aproximado de 20 controles en el año, pudiendo variar este valor en caso de emergencias. 4.2.2 Muestreo El programa de monitoreo, consiste en el muestreo aleatorio de 50 a 70 plantas en el mes, las que serán informadas por el inspector fiscal con la debida anticipación al adjudicado, para su programación. Cabe señalar que esta Superintendencia podrá requerir el muestreo de otras PTAS, con el objeto de controlar actividades sujetas a denuncias o irregularidades en el tratamiento de las aguas servidas. IMPORTANTE: Caso especial, esta superintendencia podrá solicitar para algunas PTAS en el año, la ejecución de un muestreo compuesto constituido por muestras puntuales extraídas simultáneamente desde la superficie e interior del flujo de aguas servidas tratadas. Para el caso de los EI, también se podrán requerir muestreos puntuales. 4.2.3 Ejecución del monitoreo: El programa de monitoreo podrá ser ejecutado de manera continua, permitiendo al proponente generar economías de escala por concepto de traslado a las diferentes regiones. El Adjudicado procederá a la ejecución del monitoreo, con los siguientes alcances:  Se deberá dar estricto cumplimiento a la NCh 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y su Manual operativo SISS.  Medición de caudal con equipo portátil que considere totalizador, previa calibración en campo. Durante el monitoreo se deberá registrar e informar volumen acumulado (m3), caudal promedio cada 1 hora y caudal puntual correspondiente al momento de toma de muestra. La medición de caudal con equipo móvil debe ser validado con el dispositivo de medición de la propia PTAS, el que teóricamente cumple con los requerimientos técnicos de calibración pertinentes. IMPORTANTE: En caso de existir diferencias significativas entre ambos métodos de medición, es decir, diferencias de un 5% o la que corresponda según el equipo utilizado, de acuerdo a la NCH 3205 -2011, se debe informar el resultado de ambos y confeccionar la muestra compuesta con los valores del medidor de la PTAS. En caso de existir dificultades insoslayables en la instalación y/o operación del medidor portátil, deberá usarse el medidor de la PTAS.  Los medidores de caudal deben estar verificados cada 6 meses y calibrados una vez por año, los certificados le serán requeridos en cualquier momento, esto incluye el terreno. • Para PTAS con monitoreo de 24 horas, se debe comenzar a cualquier hora del día. Durante este período se deberán recolectar muestras puntuales cada 1 hora, las que al final del período se ponderarán proporcional al caudal, obteniendo sólo una muestra compuesta a las que se le analizaran los parámetros requeridos, con excepción de coliformes fecales, pH y T° (cuando se requieran), los cuales son puntuales. Ante todo, se deben cumplir con los tiempos máximos establecidos en la NCh 411/10, desde la toma de muestra hasta la ejecución del análisis. • Si corresponde a la realización de un muestreo de 24 horas, la muestra compuesta debe confeccionarse en terreno. • Sólo a requerimiento de la empresa sanitaria, el laboratorio deberá entregar una alícuota o contra muestra con el volumen necesario y a partir de la muestra compuesta, la que deberá confeccionarse en terreno, para la realización de los análisis respectivos por parte del laboratorio de la empresa sanitaria. De ocurrir esta situación, el laboratorio deberá informar a la SISS en el informe de terreno. • Para PTAS en que se aplica Norma de Riego, se requiere la recolección de 3 muestras puntuales de coliformes fecales en el efluente y al menos 1 de ellas en hora peak de caudal. Para el caso de las muestras puntuales del efluente se debe medir PH y de existir desinfección por cloro, se deberá medir cloro libre residual. • En todas las situaciones, se deberá obtener al menos 2 fotografías del punto de monitoreo, donde se aprecie claramente el aspecto visual del efluente y las condiciones técnicas de monitoreo. Además, se deberá dejar constancia escrita de observaciones durante el monitoreo, relacionadas con cambios en la calidad visual de la descarga, en el caudal de descarga, en general, toda información que entregue antecedentes respecto a la descarga y alteraciones estructurales y/u operativas en la cámara de contacto. Respecto a la información que se debe registrar en terreno, se deberá dar estricto cumplimiento a NCh 411/10-2005 “Muestreo de aguas residuales – Recolección y manejo de muestras” y al Manual Operativo SISS de la NCh 411/10- 2005. • Para el caso de Muestreos Fallidos, se considera un control como Fallido cuando el establecimiento industrial o PTAS sometido al Control Directo, no pueda ser objeto del mismo (por problemas de acceso a las instalaciones o que no se esté realizando la descarga), o que se haya realizado el monitoreo, pero las muestras no puedan ser enviadas al laboratorio a tiempo para cumplir con los requisitos de la norma NCh 411/10 Of. 2005 (accidentes, factores climáticos, etc.). En este caso, La SISS no cancelará los controles fallidos. 4.2.4 Análisis físico-químicos y bacteriológicos de las muestras. Los registros requeridos para el ingreso de muestras al laboratorio, se debe dar estricto cumplimiento a la NCh 411/10-2005 y al Manual Operativo SISS de la NCh 411/10- 2005. Una vez en el laboratorio, a las muestras compuestas proporcionales al caudal se les debe analizar según las metodologías estandarizadas en la serie de normas chilenas NCh 2313 “Aguas Residuales-Métodos de Análisis”. IMPORTANTE: En el caso de los coliformes fecales, el procedimiento y la expresión de resultados se deben realizar de acuerdo a lo señalado en la norma NCh 2313 parte 23 Of 95, Aguas Residuales – Métodos de Análisis Determinación de Coliformes Fecales en Medio A1. En casos calificados por la SISS, cuando se sospeche que existen elementos inhibitorios, se deberá realizar además el análisis con el Método NCh 2313 parte 22. Estos valores deben expresarse en NMP/100 ml, realizando las diluciones que correspondan, no se aceptarán expresiones en los resultados tales como “>” ó “<”. En caso que el laboratorio no posea la acreditación de un parámetro específico y requerido por la SISS, deberá externalizar el servicio con un laboratorio acreditado, indicando claramente esta situación en el respectivo Informe de Resultados. Un resumen del tipo de muestreo y sus características, se define en la Tabla N°4: Tabla N°4. Resumen referencial de tipo de análisis según cuerpo receptor Tipo de Disposición Parámetros a monitorear Tipo de muestreo Frecuencia de medición a) Cuerpo de agua fluvial, con desinfección por cloro. Aplica Tabla 1 y Tabla 2, DS 90 Aceites y Grasas, DBO5, Fósforo, Nitrógeno Total Kjeldahl, Poder Espumógeno, Sólidos Suspendidos Totales. Compuesto por 24 hrs. Proporcional al Q constituida por 24 muestras puntuales. Cada parámetro se mide solo una vez por cada muestra compuesta de 24 hrs. Coliformes Fecales, pH, Temperatura, cloro libre residual Puntual Para coliformes fecales y cloro libre residual: 3 veces durante las 24 hrs. Monitoreo: al menos una entre las 9:00 y 11:00 hrs y otra entre las 15:00 y 17:00 hrs. Para pH y T°: para cada muestra puntual que constituirá la compuesta. b) Cuerpo lacustre, con desinfección por cloro. Aplica Tabla 3, DS 90 Aceites y Grasas, DBO5, Fósforo, Nitrógeno Total Kjeldahl, Nitrito, Nitrato, pH, SAAM, Sólidos Sedimentables Sólidos Suspendidos Totales. Compuesto por 24 hrs. Proporcional al Q constituida por 24 muestras puntuales. Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta de 24 hrs. Coliformes Fecales, pH, Temperatura, cloro libre residual Puntual Para coliformes fecales y cloro libre residual: 3 veces durante las 24 hrs. Monitoreo: al menos una entre las 9:00 y 11:00 hrs y otra entre las 15:00 y 17:00 hrs. Para pH y T°: para cada muestra puntual que constituirá la compuesta c) Dentro Zona Protección Litoral, con desinfección por cloro. Aplica Tabla 4, DS 90 Aceites y Grasas, DBO5, Fósforo, Nitrógeno Total Kjeldahl, pH, SAAM, Sólidos Sedimentables Sólidos Suspendidos Totales. Compuesto por 24 hrs. Proporcional al Q constituida por 24 muestras puntuales. Compuesto por 24 hrs. Proporcional al Q constituida por 24 muestras puntuales. Coliformes fecales, pH, T°, cloro libre residual Puntual Para coliformes fecales y cloro libre residual: 3 veces durante las 24 hrs. Monitoreo: al menos una entre las 9:00 y 11:00 hrs. y otra entre las 15:00 y 17:00 hrs. Para pH y T°: para cada muestra puntual que constituirá la compuesta d) Fuera Zona de Protección Litoral. Aplica Tabla 5, DS 90. Aceite y Grasas, Sólidos sedimentables, Sólidos Suspendidos totales, Hidrocarburos totales, Hidrocarburos volátiles, SAAM, Compuesto por 24 hrs. Proporcional al Q constituida por 24 muestras puntuales. Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta de 24 hrs. pH, T°. Puntual Para cada muestra puntual que constituirá la compuesta e) Para Riego Coliformes fecales, PH, T°, Cloro libre residual Puntuales, en un periodo de medición de 12 horas. 3 veces al efluente y al menos 1 en hora peak de caudal. f) Para tratamiento sin desinfección por cloro Se mantiene el tipo y la frecuencia de muestreo y los parámetros compuestos y puntuales según lugar de disposición, pero se elimina la medición de los parámetros organoclorados y cloro libre residual. g) Para descarga de EI al sistema de alcantarillado Los parámetros se solicitarán según el CIIU del EI Compuesto por 8, 10 o 24 horas Proporcional al Q constituida por muestras puntuales tomadas cada 1 hora. Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta dependiendo de las horas contempladas. h) Para descarga de EI al sistema de alcantarillado duración menor de 4 horas Los parámetros se solicitarán según el CIIU del EI Muestra compuesta, constituida por 3 muestras puntuales, obtenidas manualmente Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta. i) Para descarga de EI al sistema de alcantarillado – fuentes móviles Los parámetros se solicitarán según el CIIU del EI Muestra compuesta constituida por 3 muestras puntuales, obtenidas manualmente. Cada parámetro se mide sólo una vez por cada muestra compuesta. Nota: En cada programa entregado por la SISS y frente a requerimientos específicos, se indicará los parámetros a controlar en cada PTAS o EI, por lo tanto, esta tabla es sólo referencial. 4.2.5 Ejecución del monitoreo en que aplica oficio Ord. SISS N°2475/2016. En aquellos establecimientos industriales que presentan descargas tipo batch (descargas discontinuas), descargas no gravitacional (supermercados generalmente), que se vierten en forma esporádica una o varias veces en el día sus Riles a los sistemas de alcantarillado, o en aquellos casos donde los Riles no se descargan directamente al alcantarillado sino que se evacuan mediante camiones que trasladan el Ril a una planta de tratamiento de aguas servidas, se deberán tomar las consideraciones que se indican en el oficio Ord. SISS N°2475 de fecha 1 de junio de 2016, para realizar la medición. Este documento se anexa a las presentes bases técnicas, para dar cumplimiento integral a la norma de emisión DS MOP N°609/98. 4.2.6 Informe de resultados El adjudicado debe enviar a la SISS los resultados de la totalidad de los parámetros evaluados, incluyendo tabla con caudales y volumen total de descarga durante el período de análisis. Este primer informe debe ser enviado en planilla Excel, y en formato previamente definido por la SISS. Por otro lado, deberá adjuntar el registro de terreno del equipo automático de muestreo utilizado para la muestra compuesta, el cual puede corresponder a un registro fotográfico. El adjudicado debe enviar a la SISS los certificados de resultados correspondientes, los que deben incluir como mínimo, la siguiente información, de acuerdo al Manual Operativo SISS de la NCh 411/10- 2005: • Identificación de la fuente emisora (nombre PTAS indicado por la SISS y Empresa Sanitaria). Para el caso del EI, indicar la Razón Social y la planta. • Dirección de la fuente emisora, incluyendo comuna y región. • Identificación del punto de muestreo (coordenadas UTM) • Naturaleza de la muestra (Ril, Agua servida, mezcla, otra matriz) • Tipo de muestreo (manual, automático, combinación de ellos) • Tipo de muestra (puntual, compuesta, procedimiento de composición) • Período de duración del monitoreo. • Fecha y hora de muestreo (inicio y término) • Resultados de mediciones en terreno: pH, Tº, etc. • Identificación de los equipos utilizados para mediciones de terreno, para recolección muestras y para medición de caudal. • Modalidad de medición de caudal. • Información de caudales (valores instantáneos y promedio del periodo, además de gráficas de comportamiento del caudal) • Observaciones de terreno (fotografías del lugar y detalle de eventos que afecten el incumplimiento de algún aspecto normativo) • Laboratorio responsable de los ensayos. • Responsable de Entrega y Recepción muestras. • Fecha y hora de entrega de muestras en el laboratorio. • Informe de resultados. • Fecha y hora de realización del análisis, tanto muestra compuesta y muestra puntual. • Lugar y hora de preparación de la muestra compuesta.