Licitación ID: 1593-35-LE22
Informe Diario de Noticias
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS, Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Servicios relacionados con la televisión 1 Unidad
Cod: 83121701
Contratación denominada “Servicio de Informe Diario de Noticias”, según bases adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Informe Diario de Noticias
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Superintendencia de Servicios Sanitarios requiere contratar el servicio de Informe Diario de Noticias, según bases adjuntas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 7
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-09-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 01-09-2022 13:38:48
Fecha inicio de preguntas: 01-09-2022 15:30:00
Fecha final de preguntas: 06-09-2022 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-09-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-09-2022 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-09-2022 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 19-10-2022 8:22:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Obligación de presentar una muestra del servicio ofertado (Artículo 6 Bases Técnicas) 14-09-2022 8:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Artículo 12 de las bases administrativas.-
Documentos Técnicos
1.- Artículo 12 de las bases administrativas.-
 
Documentos Económicos
1.- Artículo 12 de las bases administrativas.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Observaciones LOS ANTECEDENTES SOLICITADOS DEBEN SER INGRESADOS A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO.
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
En relación a la Inscripción en ChileProveedores ENCONTRARSE INSCRITOS EN CHILEPROVEEDORES, DE ACUERDO AL INSTRUCTIVO PRESIDENCIAL N° 8 DEL 02-12-2006, SOBRE TRANSPARENCIA ACTIVA Y PUBLICIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. Y LA CIRCULAR N° 09 DEL 06/03/07, DEL MINISTERIO DEL INTERIO
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica Artículo 19 de las bases administrativas.- 20%
2 Correcta presentación de la oferta Artículo 19 de las bases administrativas.- 10%
3 Evaluación Técnica Artículo 19 de las bases administrativas.- 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios.-
Tiempo del Contrato 37 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Nicolás Andrés Urquiza Zurich
e-mail de responsable de pago: nurquiza@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Nicolás Andrés Urquiza Zurich
e-mail de responsable de contrato: nurquiza@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-23824000-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La Superintendencia de Servicios Sanitarios no acepta subcontrataciones. Esto es que la empresa adjudicada no puede transferir el contrato a terceros.-
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Administrativas

ARTÍCULO 1: ANTECEDENTES DE LA ENTIDAD LICITANTE

Razón Social del organismo

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Unidad o área contratante

Unidad de Comunicaciones

R.U.T. del organismo

61.221.000-4

Dirección

Moneda N° 673, piso 7.

Comuna

Santiago

ARTÍCULO 2: ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN

Nombre de la Adquisición

SERVICIO DE INFORME DIARIO DE NOTICIAS

Objeto de la Licitación

Contar con un servicio de monitoreo de medios y análisis de inteligencia informativa.

Tipo de Licitación

Pública

Moneda o unidad reajustable

Pesos

Presupuesto

$10.500.000 anuales, imputado al subtítulo 22, ítem 07, asignación 001, servicios de publicidad. Desde 2023 al 2025 se imputará el mismo ítem en caso de existir disponibilidad presupuestaria.

Etapas del proceso de apertura

Una

Tipo de Adjudicación

Simple

Re-adjudicación

Contrato

Requiere

Tiempo del Contrato

37 meses

Publicidad de las ofertas técnicas

Idioma

Español

Prohibición de subcontratación

SI

ARTÍCULO 3: DE LAS ETAPAS Y PLAZOS

 

Detalle

Fecha

Hora

Fecha de cierre de recepción de ofertas

Mínimo, 10 días hábiles corridos desde la publicación en el portal.

La indicada en el sistema www.mercadopublico.cl

Fecha de Acto de Apertura Técnica

La indicada en la publicación en el portal.

Fecha de Acto de Apertura Económica (referencial)

La indicada en la publicación en el portal.

Fecha Inicio de Preguntas

El día de la publicación.

Fecha final de Preguntas

El tercer día hábil siguiente al de publicación.

Fecha de Publicación de Respuestas

El segundo día hábil siguiente al cierre de las preguntas.

OTROS PLAZOS

Tiempo estimado de evaluación de ofertas en días

10 días hábiles, contados desde el cierre de recepción de las ofertas.

Fecha estimada de Adjudicación

Al vigésimo día hábil siguiente al cierre de la Licitación.

Fecha estimada de firma del o los contratos correspondientes

Máximo 15 días hábiles contados de fecha de publicación de adjudicación de la Licitación

ARTÍCULO 4: DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO

El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “El Portal” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través de este, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.

ARTÍCULO 5: REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR

1)      No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.

2)      No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

3)      No ser funcionario directivo de la Superintendencia; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

4)      Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.

Unión temporal de proveedores (UTP):

Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:

1)             FORMULARIO N° 1: sobre “Inhabilidades por condenas” debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

2)             FORMULARIO N° 2: sobre “Conflictos de intereses y ratificación de lo obrado: debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores.

3)             FORMULARIO N°3 sobre “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores”: debe ser entregado por el apoderado UTP quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.

A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.

ARTÍCULO 6: CÓMPUTO DE PLAZOS DEL PROCESO DE COMPRA

Todos los plazos establecidos en las presentes Bases y los instrumentos que la complementen se entenderán que son de días corridos, salvo estipulación expresa en contrario.

En caso de que el vencimiento del plazo cayere en sábado, domingo o feriado, el último día del plazo se prorrogará para el día siguiente hábil. Si el plazo de cierre para la recepción de las ofertas venciere en un día inhábil, el plazo del cierre se prorrogará al día siguiente hábil.

De acuerdo con el artículo 25 inciso 7° del Reglamento de la Ley de Compras, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.

ARTÍCULO  7: GASTOS

Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado.

ARTÍCULO 8: PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1)      El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2)      El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3)      El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4)      El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5)      El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6)      El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7)      El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8)      El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9)      El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

ARTÍCULO 9: CONSULTAS Y ACLARACIONES A LAS BASES

Durante el curso de la licitación, los oferentes solo podrán tener contacto con la SISS a través de solicitudes de aclaración realizadas a través de www.mercadopublico.cl y las instancias establecidas en las presentes bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

Recepción de consultas y solicitudes de aclaración.

Las consultas y solicitudes de aclaración que los oferentes deseen formular deberán ser realizadas sólo a través del Portal, hasta el día y hora señalado en Cronograma de la Licitación.

Respuestas a las consultas y aclaraciones.

La SISS responderá las consultas y realizará las correspondientes aclaraciones sólo a través de www.mercadopublico.cl.  Éstas se encontrarán a disposición de los oferentes a partir del día y hora señalados en el Cronograma de la Licitación.

Asimismo, la SISS podrá realizar las aclaraciones que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proveedores durante el proceso de Licitación.

Las respuestas que se entreguen y las aclaraciones que se hagan, que importen una modificación a las presentes Bases de Licitación se regirán por lo dispuesto en el artículo sobre Modificación de las Bases.

En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las consultas, aclaraciones y modificaciones mencionadas.

ARTÍCULO  10: MODIFICACIÓN DE BASES

La SISS podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el portal y, en caso de ser necesario, otorgar un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.

I.         DE LAS PROPUESTAS

ARTÍCULO 11: PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de estas y en los horarios indicados en el Portal, las que deberán cumplir íntegramente con lo exigido en estas Bases.

En caso de presentar más de una oferta en el plazo estipulado en las presentes Bases, se entenderá como válida la última presentada por el proveedor, la que reemplazará toda oferta anterior.

ARTÍCULO 12: CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

 

Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.

Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.

El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.

La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con páginas numeradas e índice.

  1. Antecedentes administrativos

Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda:

1)      Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.

2)      Tratándose de una UTP deberá adjuntar los Formularios N° 1, 2 y 3 especificados en el artículo sobre “Requisitos mínimos para participar”.

3)      Formulario N° 10 “Individualización del oferente”

Tratándose de personas jurídicas, si al momento de ofertar no se encuentre inscrito en el Portal o sus datos no se encuentren actualizados, deberá adjuntar la escritura o certificado donde conste el representante legal de la empresa.

4)      Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales

  1. Oferta técnica

Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.

Formulario N°

Descripción

5

Experiencia del oferente: En la evaluación de la experiencia del oferente, se considerarán los proyectos relevantes para el ámbito del estudio a contratar, en los últimos 10 años. El puntaje máximo se considerará a partir del contrato más antiguo.

Se otorgará mayor puntaje en la evaluación al oferente que tenga experiencia en estudios similares y asociados al sector sanitario.

La experiencia del oferente deberá ser acreditada mediante contratos y/o, certificados, información que se deberá adjuntar a la oferta y podrá ser verificada por la Comisión Evaluadora.

6

Equipo de profesionales: Equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto, con indicación de nombres completos, nivel profesional, relación contractual con el oferente.

7

Experiencia equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto: Se deberá incluir curriculum vitae detallado de los integrantes del equipo propuesto. La experiencia que se incluya en el Formulario N° 7 deberá ser acreditada por medio de certificados de estudios o capacitación, o contratos de trabajo, o boletas de honorarios, u otro documento similar. Esta información que se deberá adjuntar a la oferta y podrá ser verificada por la Comisión Evaluadora.  La experiencia se obtendrá sumando la extensión en meses de los medios de prueba que se adjunten para cada integrante del equipo.

10

Planteamiento técnico: Cada oferente debe entregar documento que contenga el requerimiento técnico que ha de cumplir en sujeción a lo descrito en las bases técnicas de la presente licitación además de, adjuntar el formulario señalado.

No aplica

Propuesta Metodológica de acuerdo con lo indicado en Bases Técnicas.

  1. Oferta Económica

Deberá presentarse electrónicamente a través del Portal en la oportunidad establecida en el cronograma de la licitación, de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total ofertado a valor neto, es decir, sin contemplar impuestos.

La oferta económica se deberá expresar tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar, de acuerdo con el FORMULARIO N° 9, denominado oferta económica.

Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.

II.      APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

ARTÍCULO 13: APERTURA DE LA OFERTA

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el Portal, en un acto.

ARTÍCULO 14: ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo sobre “Contenido de las propuestas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la licitación y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.

La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886.

Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de un análisis de admisibilidad y, en el evento que sean declaradas admisibles, de una posterior evaluación. Se deja expresa constancia que las declaraciones de admisibilidad, al tenor de antecedentes fundados, podrán ser modificadas, de lo cual se deberá dejar constancia a través del acto administrativo que se dicte al efecto. La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos:

De la admisibilidad administrativa.

Se verificará que, tratándose de una licitación en dos etapas, el oferente adjunte de forma separada la oferta económica y técnica, de lo contrario, su propuesta será declarada inadmisible.

Así también, en esta instancia se verificará, que cumpla con lo dispuesto en el artículo sobre “Requisitos mínimos para participar”, en caso contrario, su oferta será declarada inadmisible.

De la admisibilidad técnica. Se verificará que el proponente haya ingresado al portal su oferta técnica. En caso de no adjuntarse al Sistema de Información, o en caso de que lo informado se encuentre incompleto, la oferta será declarada inadmisible.

De la admisibilidad económica. Se verificará que el proponente haya ingresado al portal www.mercadopublico.cl su oferta económica, mediante la publicación en el Portal Mercado Público del Formulario N° 9, denominado Oferta Económica. También en esta etapa se revisará que la propuesta no exceda el presupuesto máximo disponible, señalado en las bases, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible.

Otras causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente:

-         Que la oferta no sea expresada en pesos chilenos (CLP) o en la unidad licitada;

-         Cuando el oferente, antes de la apertura de las ofertas, por cualquier medio de a conocer a la SISS su oferta económica;

-         Si se determina que cualquier oferente ha empleado prácticas corruptas o fraudulentas al competir en la presente licitación, entendiendo por práctica corrupta ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante el proceso licitatorio; y por práctica fraudulenta: tergiversación de los hechos, con el fin de influenciar un proceso de adquisición, incluyendo practicas colusorias entre oferentes (antes o después de la presentación de las ofertas), a fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales, no competitivos, y privando a la SISS de los beneficios de una competencia libre y abierta, todo lo cual deberá ser fundamentado a través de antecedentes objetivos;

-         Cuando el oferente efectúe ofertas con formas de pago no contempladas explícitamente en estas Bases;

-         Cuando el oferente presente antecedentes falsos, para efectos de evaluación de la oferta.

-         Cuando el oferente no subsane los errores formales, aclaraciones o no acompañe antecedentes omitidos, requeridos a través del Portal Mercado Público, en el plazo y forma solicitado.

-         Por las demás causales establecidas expresamente en las presentes Bases.

Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en el cronograma de la licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.

ARTÍCULO 15: COMISIÓN EVALUADORA

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

1)      Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.

2)      Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.

3)      Aceptar donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.

ARTÍCULO 16: ACLARACIONES SOLICITADAS A LOS OFERENTES

La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de estos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del Portal.

ARTÍCULO  17: SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

ARTÍCULO 18: SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS

La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Portal. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

ARTÍCULO 19: CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo con lo dispuesto en las Bases Administrativas y Técnicas, considerando los siguientes criterios, subcriterios y puntajes:

Criterio

Ponderación

Oferta Técnica

70%

Oferta Económica

20%

Correcta presentación de la propuesta

10%

Subcriterio

Ponderación

Cumplimiento del requerimiento técnico

40%

Muestra obligatoria del servicio ofertado

25%

Experiencia del oferente

20%

Competencia del oferente

15%

ARTÍCULO 20: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

1)      Evaluación de la propuesta técnica:

La evaluación de la oferta técnica se realizará en atención a los siguientes subcriterios.

1.1.             Cumplimiento del requerimiento técnico

Para la evaluación de este criterio se considerará el oferente debe al menos tener un mínimo de 80 puntos en su evaluación de cumplimiento en­ el requerimiento técnico.

Descripción

Puntaje

Excelente: Cumple con lo solicitado, aporta funcionalidad adicional (a lo menos 2 de las indicadas).

100

Suficiente: Cumple con lo solicitado

90

Insuficiente: Cumple en forma parcial con lo solicitado.

60

Deficiente: No cumple con lo solicitado o No presenta información o es poco clara

0

Se entenderá por “funcionalidad adicional” toda herramienta, función y/o servicio digital, complementario a los requerimientos solicitados, que vaya orientado a mejorar la calidad de la entrega del servicio ofrecido, como por ejemplo:

  • Alerta de notas de radio y TV con alturación de la mención (Debe incluir alturación con link que lleve directo al minuto en que hay una mención de la SISS o de categorías relacionadas y entregadas por la SISS).
  • Recorte de la nota de prensa tal como se publicó con página completa y recortada (debe venir lista, no dar opción de recorte a través de la plataforma online) en el medio en formato jpg, pdf y Word.
  • Acceso a noticias relacionadas, como complemento a cada nota de prensa.
  • Descarga de las noticias en formato XML (imprescindible del titular y de la nota completa).
  • Transcripción de prensa a audio (las noticias publicadas en un medio escrito se deben registrar en audio: escucharla).
  • Acceso a las portadas de los diarios de todo el país con actualización diaria a través de plataforma web de que disponga el proveedor.
  • Análisis de presencia mediática semanal y anual: con estadísticas de la presencia institucional.
  • Acceso a buscador histórico (dos años) de los temas solicitados.
  • Monitoreo de avisos publicitarios en prensa de Santiago y regiones, sin tener que solicitarlos cada vez.

1.2.             Muestra obligatoria del servicio ofertado

Este criterio será evaluado en base al cumplimiento a cabalidad del Artículo 6 de las Bases de Licitación de la presente documentación. El oferente deberá contar con un mínimo de 80 puntos en su evaluación de muestra obligatoria adicional del servicio ofertado.

Muestra obligatoria

Puntaje

Excelente: Cumple con todos los requerimientos solicitados.

100

Suficiente: Cumple parcialmente con los requerimientos solicitados (informe AM / informe PM) en el horario indicado y con monitoreo parcial de los medios solicitados.

80

Insuficiente: Cumple parcialmente con los requerimientos solicitados (informe AM / informe PM), pero en un horario distinto al indicado y sin todos los medios requeridos.

60

Deficiente: No entrega la muestra obligatoria solicitada.

0

No presenta información o es poco clara

0

1.3.              Experiencia del oferente

Para la evaluación de este criterio se considerará el N° de empresas privadas o instituciones públicas en las que han prestado servicios de igual características a las solicitadas a contar del año 2012.La experiencia del oferente deberá ser acreditada mediante contratos y/o, certificados, información que se deberá adjuntar a la oferta y podrá ser verificada por la Comisión Evaluadora

Experiencia del oferente

Puntaje

Más de 10 contratos

100

Más de 5 y hasta 10 contratos

70

Más de 1 y hasta 5 contratos

30

No cumple con lo solicitado o no presenta información

0

En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos.

1.4.             Competencia del oferente

Este criterio será evaluado en base a la cantidad de profesionales con título de periodista que cuenta la empresa, la que deberá ser acreditada (certificados de títulos y contratos de trabajo) y la información que se deberá adjuntar a la oferta y podrá ser verificada por la Comisión Evaluadora.

Cantidad de profesionales titulados de periodismo

Puntaje

5 titulados

100

4 titulados

70

3 titulados

50

2 titulados

35

1 titulados

0

Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9.

2)      Evaluación de la propuesta económica:

Para efectos de la posterior la evaluación de la oferta económica, se considerará el valor total ofertado con todos los impuestos (valores brutos) en el Formulario N° 9, luego, para determinar el puntaje se aplicará la siguiente fórmula:

Cuadro de texto: Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) X 100

3)      Evaluación de antecedentes administrativos y correcta presentación de la oferta

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al artículo 40, inciso 1°, del mismo cuerpo reglamentario, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio.

Descripción

Puntaje

Cumple con la presentación completa de antecedentes

100 puntos

Acompaña los antecedentes y/o salvar errores u omisiones formales solicitados por la SISS, conforme al artículo 40° del reglamento.

0 puntos

4)      Evaluación final de las ofertas

El servicio se adjudicará al proponente que obtenga el Puntaje Final máximo correspondiente:

Puntaje Final= (20%) ×Puntaje Económico + (70%) ×Puntaje Técnico + (10%) ×Correcta presentación oferta.

ARTÍCULO 21: MECANISMO DE SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATES

En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el ítem cumplimiento del requerimiento técnico, si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje en el ítem  años de experiencia en el rubro así sucesivamente con los ítems de mayor puntaje que son competencia del oferente y contratación de personas con capacidades diferentes, en ese orden.

ARTÍCULO 22: ADJUDICACIÓN

La Adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del informe final de la Comisión Evaluadora.

 

La adjudicación de la licitación pública se hará, mediante resolución fundada, al oferente que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con la suma de todas las ponderaciones indicadas en el artículo sobre “evaluación de las ofertas”. Si la adjudicación no se realizase dentro del plazo estimado señalado en el cronograma de la licitación, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento, debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite.

La adjudicación de la propuesta se efectuará mediante resolución exenta de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la que publicará en El Portal, una vez que se encuentre debidamente tramitada, para posteriormente realizar la suscripción del contrato respectivo.

La Superintendencia se reserva la facultad de declarar desierta la presente Licitación Pública, en caso que ninguna de las ofertas sea conveniente para sus intereses.

ARTÍCULO 23: READJUDICACIÓN

La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886.

Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, rechace la orden de compra cuando ésta formalice la relación contractual, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 7°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de Haga clic o pulse aquí para escribir texto.días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

ARTÍCULO 24: DECLARACIÓN DE DESERCIÓN

La SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses.

La declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.

ARTÍCULO 25: COMUNICACIÓN DE RESULTADOS DE LA LICITACIÓN Y CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN

Se comunicará el resultado de la Licitación a todos los oferentes a través de la publicación en el Portal.

Los oferentes podrán hacer consultas en relación con la adjudicación y declaración de deserción en el plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha de la notificación de la Resolución de adjudicación. Dichas consultas deberán dirigirse al encargado de la licitación señalado en el Portal.

Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del Portal, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.

III.               CONTRATO

ARTÍCULO 26: DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL

La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

1)      Bases de licitación y sus Formularios.

2)      Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.

3)      Oferta.

4)      Contrato definitivo suscrito entre las partes, si corresponde.

5)      Orden de compra.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.

ARTÍCULO 27: ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato.

Inscripción en el Registro de Proveedores

En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Si el oferente es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Formulario N°4 Declaración Jurada para Contratar

Todos los Formularios deben ser firmados por la persona natural respectiva.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Fotocopia de su cédula de identidad.

Si el oferente no es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

FORMULARIO N°4 Declaración Jurada para Contratar

Todos los Formularios deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

ARTÍCULO 28: VALIDEZ DE LA OFERTA.

Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.

Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados no serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.

ARTÍCULO 29: DEL CONTRATO

Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato los documentos indicados en el artículo sobre Documentos integrantes de la relación contractual de las presentes bases.

ARTÍCULO 30: PERFECCIONAMIENTO Y VIGENCIA DEL CONTRATO

El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios con la SISS dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.

Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos para ello, de lo contrario, se entenderá como desistimiento de la oferta.

El plazo de vigencia del contrato será de 37 meses desde la fecha de la resolución que aprueba el contrato.

ARTÍCULO 31: COORDINADOR DEL CONTRATO

El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al órgano comprador.

En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:

1)      Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

2)      Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

3)      Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.

ARTÍCULO 32: COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO

El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

ARTÍCULO 33: CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA DE LOS ANTECEDENTES

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.

El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.

El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.

ARTÍCULO 34: DE LA EJECUCIÓN Y PLAZO DEL SERVICIO

El servicio se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación.

Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente.

La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario por el retraso involucrado.

ARTÍCULO 35: PRODUCTOS

Los informes y/o productos se deberán entregar de acuerdo con lo especificado en las Bases Técnicas:

-             Dos informes de prensa con los recortes de noticias (escritas/online/radio/tv/RRSS) de los medios solicitados por la SISS a las 7 AM y entre 14 y 15 PM, respectivamente, durante los 365 días del año, incluyendo feriados y festivos.

-             Facilitar un buscador de noticias en su plataforma, que permita filtrar las noticias relevantes para la SISS, así como otras categorías que pueda requerir el contratante.

-             Análisis de Posicionamiento Mediático, a partir de las métricas que el solicitante tenga en su plataforma para ser entregado cuando la SISS lo solicite. Una vez finalizada la licitación pueden establecerse plazos fijos, ya sean semanales o mensuales.

ARTÍCULO 36: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

El contrato podrá ser modificado de común acuerdo de las partes, a requerimiento de la SISS o del adjudicado. La modificación del contrato procederá por motivos fundados, a través de acto administrativo y solo podrá corresponder a materias relacionadas con el objeto del contrato, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados.

En caso que las modificaciones representen un aumento de los servicios, este no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado.

IV.               PAGOS

ARTÍCULO 37: DEL PAGO

Los pagos se harán efectivos solo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato.

 La SISS realizará pagos mensuales en relación con el trabajo realizado y el cumplimiento de los plazos. Para ello se dividirá el costo total del adjudicado por el número de meses del proyecto y ello constituirá la cuota mensual a cancelar. No obstante, se deberá considerar lo señalado en el artículo sobre Sanciones por Incumplimiento Contractual.

El proveedor solo podrá facturar los servicios efectivamente prestados y recibidos conforme por la SISS, una vez que el Inspector Fiscal autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los productos. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y la autorización expresa de facturar por parte de éste.

Recibido conforme el bien o servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o boleta de servicios, conjuntamente con el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo (F30), el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha de los mismos. Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante.

En caso de no tener trabajadores dependientes a la fecha de pago, el proveedor o proveedores deberá presentar la declaración jurada denominada “INEXISTENCIA DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES POR FALTA DE TRABAJADORES DEPENDIENTES SOMETIDOS AL RÉGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO.”

El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.

El pago de los servicios será en pesos chilenos, a través de transferencia electrónica efectuada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios o la Tesorería General de la República, según corresponda.

Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.

La emisión del Documento Tributario Electrónico debe ser enviado según las indicaciones del SII. Si el proveedor ocupa la plataforma de facturación gratuito del SII, el proveedor adjudicado debe dar revisión del campo 801 ingresando el ID exacto de la orden de compra emitida en relación con la licitación.

En caso de que el proveedor adjudicado utilice sistema de facturación particular, al momento de emitir la factura, debe enviar esta en formato XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, indicando también en el campo 801 el ID exacto de la orden de compra emitida en relación con la licitación.

Para más información revisar el “Instructivo para la Emisión de Facturas y otros Documentos Tributarios Electrónicos, en los computadores de los contribuyentes” desde la página del Servicio de Impuestos Internos.

La recepción conforme deberá ser acreditada por la entidad que hubiere efectuado el requerimiento.

V.                  EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS

ARTÍCULO 38: ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE SU CUMPLIMIENTO

Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades:

1)      Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.

2)      Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.

3)      Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar.

4)      Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los bienes o servicios requeridos.

5)      En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.

ARTÍCULO 39: SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

La Superintendencia aplicará las siguientes sanciones según la naturaleza del incumplimiento:

1)      Deficiencia en la calidad de los servicios entregados

a)       Amonestación: la amonestación procederá ante una falta menor al contrato por parte del oferente. Se dejará constancia por escrito y el documento será firmado por ambas partes. La amonestación no estará afecta a sanciones pecuniarias, salvo que se acumulen más de dos amonestaciones en el periodo de un mes, en cuyo caso se aplicará una multa menos grave.

b)      Multa: El rango de la multa será determinado por el Inspector Fiscal del contrato, mediante resolución fundada y en mérito de los antecedentes que haya recabado, de entre las siguientes opciones:

b.1 Incumplimiento leve: Importa una sanción de multa de 0,5% del valor total del contrato, la cual se aplicará por incumplimiento o falta de diligencia de las obligaciones contraídas que no implique riesgos a las personas o daño a los bienes de la SISS o a su imagen.

b.2 Incumplimiento menos grave: Importa una sanción de multa de 1% del valor total del contrato la cual se aplicará por incumplimientos que impliquen riesgo a las personas o bienes de la SISS, pero que sea susceptible de corrección.

b.3 Incumplimiento grave: Importa una sanción de multa de 2% del valor total del contrato. Entendiéndose por incumplimiento grave aquellos incumplimientos del contrato que afecten directamente la operatividad de la Superintendencia, es decir, impiden que los funcionarios puedan desarrollar sus funciones en forma normal. Son incumplimientos graves, sin que se trate de una enumeración taxativa, los siguientes:

  • A partir del cuarto retraso en la prestación de servicio requerido.
  • La no entrega de la prestación del bien o servicio requerido, por causa imputable al proveedor o la entrega parcializada, de acuerdo con lo estipulado en las bases de licitación o en el contrato suscrito con el adjudicatario.
  • La entrega de los bienes o servicios que no den cumplimiento a los requerimientos técnicos especificados en las bases técnicas de la licitación o lo señalado por el adjudicatario en su oferta.
  • Aquellas que inciden en la prosecución de la contratación.

El incumplimiento grave importa el término anticipado del contrato según dispone el artículo sobre Termino Anticipado del Contrato de las presentes bases.

2)      Atraso en la entrega del bien o servicio

El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos asociados en la prestación del servicio, de conformidad a las presentes bases.

Cuadro de texto: Monto de la multa de cada servicio = días de atraso * valor neto del servicio con atraso * 0,005. Donde: 0< días de atraso en la entrega<=20

3)      Para ambos casos el valor total acumulado de las multas no podrá exceder el 10% del valor del contrato, incluyendo sus modificaciones. En caso de excederse del 10% señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato.

ARTÍCULO  40: COBRO DE LAS MULTAS

La multa producirá sus efectos una vez a firme la resolución que aplica la sanción. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa.

El monto de las multas será rebajado del pago que la Superintendencia deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

ARTÍCULO  41: CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN

El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo acuerdo complementario que se celebre con la institución contratante.

La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan ante esta situación.

Por su parte, el proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado.

ARTÍCULO 42: RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

1)      El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes a los usuarios designados de la entidad licitante, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado.

2)      Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.

3)      El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la entidad licitante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.

4)      Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario. La Entidad licitante deberá dejar constancia de las reuniones en un acta, con referencia a los temas tratados, personal y funcionarios asistentes y fecha de la misma.

5)      Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la entidad licitante en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.

6)      Entregar oportunamente informes solicitados por la entidad licitante.

7)      Todas las obligaciones establecidas en las bases técnicas.

ARTÍCULO 34: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1)      Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP, aplica para cualquiera de sus integrantes. En este caso no procederá el término anticipado si se mejoran las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. También aplicará esta medida en caso de disolución del oferente adjudicado o fallecimiento del contratante en el caso de persona natural.

2)      Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo sobre Sanciones por incumplimiento contractual.

3)      Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del “Pacto de integridad" contenido en estas bases. Cabe señalar que en el caso que los antecedentes den cuenta de una posible afectación a la libre competencia, el organismo licitante pondrá dichos antecedentes en conocimiento de la Fiscalía Nacional Económica.

4)      Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución de la licitación, y propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a)       Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b)      Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.

c)       Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

5)      La comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.

6)      La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación al resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y las entidades compradoras, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

7)      Rechazo, o no aceptación en los plazos establecidos en las presentes bases de licitación, por tercera vez de una orden de compra emitida por el comprador, fuera de los casos permitidos en las bases de licitación.

8)      En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):

a)       Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b)      De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c)       Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d)      Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e)       Disolución de la UTP.

9)      En el caso de infracción de lo dispuesto en el artículo sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”

10)  En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días hábiles.

11)  En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10 % del valor total contratado.

12)  Por incumplimiento grave de los acuerdos de nivel de servicio, de conformidad con el artículo relativo a Sanciones por Incumplimiento Contractual.

13)  Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

14)  Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

15)  Entrega de documentación que contenga hechos carentes de veracidad, con la intención de obtener algún beneficio en el ámbito de la licitación, o bien, lograr alguna ventaja en comparación con el resto de los proveedores adjudicados.

16)  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

17)  Por decisión unilateral de la SISS, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

En todos los casos señalados, a excepción del numeral 17 y 18, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el artículo referido a Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.

Indemnización

La SISS pagará al adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde:

Diagrama, Esquemático Descripción generada automáticamenteI              : Monto a pagar por indemnización

Nf            : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior

Np           : Número de días de plazo total de la etapa

M            : Monto a pagar por la etapa completa

Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores.

ARTÍCULO 35: PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación y la causal 17 y 18 del artículo sobre Termino anticipado del Contrato, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.


A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.

Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.

El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

Con todo, el adjudicatario será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por indisponibilidades de servicio en que se demuestre que fueron ocasionadas por fallas de equipos que no sean de su propiedad, por el propio usuario o por terceros no vinculados al adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario deberá adoptar medidas que ofrezcan continuidad operativa de sus servicios en caso de ocurrir las fallas recién mencionadas.

ARTÍCULO 36: PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN

La entidad licitante será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.

El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.

ARTÍCULO 37: TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES POR MANDATO

En caso de que se encomiende al adjudicatario el tratamiento de datos personales por cuenta de la entidad licitante, ésta deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Sin embargo, deberá tenerse en consideración lo dispuesto en el artículo 10° de la referida ley, en cuanto a que no pueden ser objeto de tratamiento los datos sensibles, salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares, según procediera.

En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al adjudicatario (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue la entidad licitante (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros.

ARTÍCULO 38: SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Y NORMAS LABORALES

Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

La SISS se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.

En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.

La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente el formulario F30 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales) emitido por la Dirección del Trabajo que demuestre el total cumplimiento de sus obligaciones laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes de seguridad social, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.

ARTÍCULO 39: PRÓRROGA DE LA COMPETENCIA

En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.


Bases Técnicas

ARTÍCULO 1: Identificación del servicio.

Las presentes Bases Técnicas se refieren a la licitación “Servicio de Informe Diario de Noticias”.

Se requiere licitar la contratación de Servicios de Inteligencia Informativa para la Superintendencia de Servicios Sanitarios (en adelante, la “SISS”), que incluya un monitoreo y seguimiento de los medios de comunicación social –prensa escrita, radio televisión, medios digitales y redes sociales- para lo cual se invita a las empresas especializadas en el rubro que presenten sus propuestas a través del portal www.mercadopublico.cl, según los criterios contenidos en las presentes bases.

ARTÍCULO 2: Empresas participantes

Podrán participar las empresas del rubro correspondiente o las personas naturales que desarrollen actividades en el mismo, que demuestren contar con la metodología y equipo profesional competente, situación que calificará la SISS al tenor de la documentación presentada en la propuesta, de acuerdo con las especificaciones técnicas y administrativas señaladas en las presentes bases.

ARTÍCULO 3: Objetivos

a)       Contar con un servicio de monitoreo de medios y análisis de inteligencia informativa durante todos los días del año, sin excepción.

b)      Generar una capacidad de análisis cuantitativo de las apariciones de la SISS en los medios, de sus stakeholders y contexto inmediato asociado.

c)       Desarrollar los criterios para conocer el comportamiento de los medios en torno a la gestión de la SISS y el sector sanitario.

ARTÍCULO 4: Forma de pago y precio del servicio

El servicio será pagado de acuerdo a lo indicado en el artículo 38 de las Bases Administrativas de la presente licitación y el precio se ajustará al presupuesto indicado en el artículo 2 de las Bases recién mencionadas.

ARTÍCULO 5: Productos y especificaciones técnicas

El servicio a contratar debe entregar a lo menos los siguientes productos y servicios:

a) El presente informe deberá ser enviado en 2 ocasiones diarias a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional de la SISS, considerando una primera entrega al equipo de periodistas (listado que se entregará una vez adjudicada la licitación antes de las 7:00 de la mañana, y un segundo informe definitivo, el cual será enviado utilizando el mismo método, pero con despacho a realizarse entre 14:00 y 15:00 de la tarde, con el fin de englobar medios que son publicados en esa franja horaria, como La Segunda, y los solicitados en el punto h) del presente Artículo.  Las propuestas que oferten una hora de entrega posterior serán declarados inadmisibles.

b) La distribución de este reporte de prensa se realizará de lunes a domingo, incluyendo festivos y compilará informaciones de fin de semana y festivos para el día hábil siguiente. El envío del primer informe a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional deberá realizarse antes de las 7:00 de la mañana y debe considerar también pedidos especiales que se hayan realizado con anterioridad. El envío del segundo informe se procederá acorde a la letra a) de las presentes bases técnicas de la licitación. Las propuestas que oferten una hora de entrega posterior serán declarados inadmisibles.

c) El producto debe permitir seleccionar, editar y enviar las noticias a destinatarios que determine el equipo de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

d) Se deberá entregar acceso a los recortes de prensa individualizados incluyendo transcripciones de texto, imágenes, audio y videos cuando corresponda, además de versiones descargables en PDF y la impresión directa de los recortes desde la plataforma del proveedor. Debe considerar también opción para enviar por correo electrónico.

e) Debe considerar categorías definidas con la SISS e incorporar informaciones ligadas a palabras claves definidas por la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Asimismo, debe contemplar más de un envío diario en caso de ser necesario y solicitado por la SISS.

f) El informe de noticias debe tener un diseño acorde con la imagen institucional del Servicio, definido en conjunto con la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional. Puede ajustarse según el requerimiento del organismo mientras el contrato siga vigente.

g) Este informe diario de noticias debe incluir el monitoreo de apariciones institucionales en medios de comunicación y noticias relativas al quehacer del Servicio, así como las siguientes categorías de interés, las cuales serán actualizadas según las necesidades de la institución:

  • Oficinas regionales de la SISS de Arica a Magallanes y la Antártica Chilena,
  • Ministerio de Obras Públicas,
  • Dirección General de Aguas,
  • Dirección de Obras Hidráulicas,
  • SEREMIS de Obras Públicas de Arica a Magallanes y la Antártica Chilena,
  • Oficina Nacional de Emergencias,
  • Servicio Nacional de Geología y Minería,
  • Ministerio de Medio Ambiente,
  • Ministerio de Ciencias, Tecnología, Conocimiento e Innovación,
  • Ministerio de Vivienda,
  • Ministerio de Desarrollo Social,
  • Ministerio del Interior,
  • Ministerio de Hacienda,
  • Ministerio de Salud,
  • Ministerio de Desarrollo Social,
  • Ministerio de Economía,
  • Gobiernos regionales,
  • Delegaciones Presidenciales,
  • Superintendencia del Medio Ambiente,
  • Servicio Civil,
  • Servicio Nacional del Consumidor,
  • Meteorología,
  • Desastres Naturales,
  • Servicios sanitarios,
  • Servicios Sanitarios Rurales,
  • Agua Potable Rural,
  • APR,
  • Infraestructura sanitaria,
  • Alcantarillado,
  • Alcantarilla,
  • Rebalse,
  • Estanque,
  • Embalse,
  • Lluvia,
  • Precipitaciones,
  • Sequía,
  • Subsidio,
  • Morosidad,
  • Escasez hídrica
  • Agua,
  • Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo,
  • Agencia Nacional del Agua (sujeto a cambios),
  • RILES,
  • Entre otros a definir una vez cerrada la licitación.

h) Los medios monitoreados para elaborar este informe deben considerar prensa escrita, noticieros y programas de radio y tv, además de medios de comunicación online, tanto nacionales como regionales (Debe adjuntar lista de base de medios de comunicación en cobertura en la oferta).

Obligatoriamente deben estar incluidos los siguientes medios:

Medios impresos/digital:

Diario Oficial, La Tercera, El Mercurio, Valor Futuro, Financiero, La Cuarta, La Segunda, Las Últimas Noticias, La Hora, Publimetro, Hoy x Hoy, Cambio 21, The Clinic, diarios y semanarios regionales y diarios electrónicos regionales.

Canales de TV:

Televisión Nacional de Chile, Canal 13, 13C, Chilevisión, Mega, MegaPlus, Red Televisión, Canal 24 horas, TV+, CNN Chile, Telecanal, Vía X, Zona Latina, vive! TV, además de canales de televisión de todas las regiones del país.

Radios:

Cooperativa, Biobío, Agricultura, ADN Chile, Pauta, Duna, Futuro, Universidad de Chile, Tele13Radio, Radio Zero, Universidad de Santiago, Carabineros, La Clave, El Conquistador, y las principales radioemisores de las capitales regionales.

Portales web de medios de prensa nacionales:

Emol, Latercera.com, Elmostrador.cl, Theclinic.cl, Lacuarta.com, Lun.com, Elperiodista.cl, Eldinamo.cl, Ellibero.cl, Elciudadano, Eldesconcierto.cl, Emisorpodcasting.cl, Radiobiobio.cl, Biobiotv.cl, Soychile.cl, Mivoz.cl, Pagina7.cl, Pauta.cl, entre otros a definir acorde a propuesta presentada por el proveedor. Revistas impresas y online: Capital, Vivienda y Decoración, MásDeco, Sábado, Paula.cl, Mujer, Arq, Revista EMB Construcción,y los principales medios electrónicos en regiones. Ideal contar con cobertura de la totalidad de los medios de comunicación de corto alcance a nivel comunal, provincial y regional.

Las ofertas que no incluyan la cobertura de estos medios serán declaradas inadmisibles.

i) El monitoreo de los medios de comunicación anteriormente mencionados debe realizarse los 7 días de la semana y las 24 horas del día, durante los 365 días del año.

j) El oferente deberá contar con sistema de alertas, mediante el cual enviará notificaciones a los correos de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional de la SISS durante las 24 horas del día de los 365 días del año, según listado de palabras claves que serán proporcionadas por la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional una vez cerrada la licitación, y que deberán ser agregados al informe de prensa entregado al día hábil siguiente. Las ofertas que no incluyan este servicio serán declaradas inadmisibles.

k) Servicios complementarios:

  • Un buscador de noticias que permita filtrar las noticias relevantes para la SISS, que facilite la búsqueda y detección de noticias relevantes para la institución, a través de filtros como fecha, medios de comunicación, temática, entre otros. Los filtros pueden cambiar según el requerimiento de la SISS.

  • La entrega de un análisis de Posicionamiento Mediático, construido a partir de las métricas que la compañía solicitante disponga y que incluya gráficos donde se exponga la cantidad de veces que la SISS fue mencionada, desglosada por tipo de medio, y otros factores a definir en conjunto una vez finalizada la licitación.

Del informe de prensa:

El reporte de prensa debe ser de máxima calidad, ya que la edición que realizará la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional sólo será de contenido (cambio de orden o eliminación de informaciones). Por lo anterior el reporte deberá ser revisado por un/a trabajador/a del proveedor antes de ser enviado a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional. Las notas deben venir siempre con sus imágenes, videos o audios bien asignados, los links de acceso y la transcripción 100% legible (sin errores de código) y los títulos escritos sólo con mayúscula inicial (o las que correspondan).

Atender solicitudes de seguimiento de prensa escrita y online y grabación audiovisual de cualquier evento que la SISS requiera, como por ejemplo, fechas especiales: Día del Consumidor, Día del Agua, problemas de calidad y continuidad de servicios sanitarios, catástrofes naturales o antrópicas que afecten la continuidad o calidad de los servicios sanitarios, obras de seguridad e informaciones relevantes asociadas con la situación de escasez hídrica que afecta al país, entre otras que serán solicitadas de acuerdo a la contingencia y que deben ser agregadas en el informe inmediatamente siguiente.

Solicitudes especiales: Disponer de herramientas cuantitativas para la elaboración de informes que permitan analizar los siguientes factores: menciones de las oficinas regionales que integran la SISS, mención a las principales actividades y/o eventos asociados a la SISS, ranking de los principales actores definidos en conjunto con el Servicio, ranking de los principales medios que otorgan cobertura, criterios de registros (positivo, negativo y neutro) de las notas incorporadas en el informe, valorización publicitaria. Estos factores deberían reflejarse en gráficos que permitan ver detalle de cada noticia.

ARTÍCULO 6: MUESTRA OBLIGATORIA DEL SERVICIO OFERTADO

Los oferentes tendrán la obligación de presentar una muestra del servicio ofertado, enviando un boletín electrónico correspondiente al día 14 de septiembre de 2022. Los productos corresponden a los requerimientos del informe de monitoreo matutino y vespertino explicitados en los puntos a) y b) del Artículo 5.

Los boletines deberán ajustarse a los requerimientos contenidos en las presentes Bases Técnicas y deberán ser enviados a los correos comunicacionesinternas@siss.gob.cl y comunicaciones@siss.gob.cl.

ARTÍCULO 7: OTRAS CONSIDERACIONES

Para el desarrollo del servicio, esta Superintendencia designará una contraparte técnica. Al inicio del servicio se deberá considerar una reunión inicial a efectos de discutir en detalle la metodología a aplicar.

II. PLAZOS Y ENTREGAS

Para el desarrollo del trabajo se han considerado 36 meses desde la resolución que aprueba la presente contratación.

Se consideran las siguientes entregas durante el proceso, contadas a partir de la fecha de aprobación del contrato:

-         Dos informes de prensa con los recortes de noticias (escritas/online/radio/tv/RRSS) de los medios solicitados por la SISS a las 7 AM y entre 14 y 15 PM, respectivamente, durante los 365 días del año, incluyendo feriados y festivos.

-         Facilitar un buscador de noticias en su plataforma, que permita filtrar las noticias relevantes para la SISS, así como otras categorías que pueda requerir el contratante.

-         Análisis de Posicionamiento Mediático, a partir de las métricas que el solicitante tenga en su plataforma para ser entregado cuando la SISS lo solicite. Una vez finalizada la licitación pueden establecerse plazos fijos, ya sean semanales o mensuales.

La contraparte de la SISS podrá hacer observaciones o solicitar correcciones a los informes, las que deberán ser subsanadas por el consultor durante los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud u observación de la SISS.

III. REQUISITOS DEL CONSULTOR PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO

En la evaluación de la experiencia del oferente, se considerarán los servicios relevantes para el ámbito del servicio a contratar.

El oferente deberá contar con una persona en su equipo que tenga capacidades diferentes, según lo estipulado en el punto 1.4 del Artículo 20 de las Bases Administrativas del presente proceso de licitación.

Se otorgará mayor puntaje en la evaluación al oferente que tenga experiencia en servicios similares y asociados al sector sanitario.

IV. PROPUESTA METODOLÓGICA

Cada postulante deberá entregar una propuesta metodológica para el desarrollo del servicio, que deberá cumplir con todos los requisitos planteados en las presentes Bases Técnicas.

Dicha propuesta deberá incluir:

  • Un cronograma de trabajo
  • Metodología
  • Forma en que abordará los aspectos señalados como parte de la descripción del servicio.
  • Listado completo de medios de comunicación de todo tipo incluidos en su oferta.

  • Se hace énfasis que dicha propuesta no debe consistir en repetir el contenido de las Bases Técnicas, sino que su objetivo es que el proponente demuestre los conocimientos y experiencia que tiene en el tema, y evidencie su comprensión del proceso que se requiere analizar.