Licitación ID: 1593-4-LE26
Servicio de traslado de pasajeros
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de taxi 1 Unidad
Cod: 78111804
Servicio de traslado de pasajeros. Contrato tipo suministro por periodo de 48 meses  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de traslado de pasajeros
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la licitación es cubrir eventuales necesidades de movilización y transporte de los funcionarios de la SISS en el cumplimiento de sus tareas administrativas y de fiscalización; cuando no exista disponibilidad de vehículos institucionales a Nivel Central Región Metropolitana. Contrato tipo suministro por un periodo de 48 meses
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 9
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-03-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 02-03-2026 12:45:36
Fecha inicio de preguntas: 02-03-2026 13:01:00
Fecha final de preguntas: 05-03-2026 15:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-03-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-03-2026 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-03-2026 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 26-03-2026 16:00:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1: FORMULARIO DATOS DEL OFERENTE. LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. A) DATOS DEL OFERENTE. Razón social o nombre persona natural RUT Dirección Ciudad Teléfono Nombre Representante legal (si procede) Rut Representante legal (si procede) Correo electrónico ● ¿Oferente corresponde a una Unión Temporal de Proveedores?: ______ (Indicar Sí o No) Se deja constancia que, en caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores, se deberá adjuntar obligatoriamente el Anexo N° 6, según lo establecido en el numeral 6 de estas Bases de licitación. B) DATOS DE CONTACTO DEL OFERENTE PARA EFECTOS DE LA LICITACIÓN. Nombre completo Rut Cargo Teléfono Celular (opcional) Correo electrónico Dirección , _________________________________________ NOTAS: 1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente. 2. Tratándose de una oferta UTP, los datos de contacto del oferente deberán ser referidos al apoderado de esta, no siendo necesario que los demás miembros de la UTP completen este anexo. ANEXO N°2: DECLARACIÓN JURADA DE INDEPENDENCIA DE LA OFERTA. (Declaración para ofertar) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública y contratación del “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”, declaro bajo juramento que: (En el espacio respectivo marcar con “X” solo una opción de acuerdo con la declaración efectuada) ___ Mi representada no forma parte de un mismo grupo empresarial y no está relacionada con las personas, señaladas en los términos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas”, de la Ley N° 18.045 del Mercado de Valores. ___ Mi representada sí forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con las personas, señaladas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas”, de la Ley N° 18.045, del Mercado de Valores, pero ninguno de los miembros del grupo empresarial o personas relacionadas, participa en el presente procedimiento licitatorio, ofertando respecto del mismo producto o servicio. ___ Mi representada sí forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con las personas, señaladas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas”, de la Ley N° 18.045, del Mercado de Valores, donde alguno de los miembros del grupo empresarial o personas relacionadas, participan en el presente procedimiento licitatorio, respecto del mismo producto o servicio, señalando además, que la oferta que presenta mi representada, fue preparada con total independencia del miembro del grupo empresarial o persona relacionada que participa del proceso , _______________________________________ NOTA: ● En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación.   ANEXO N°3: PROGRAMA DE INTEGRIDAD. (Anexo para ofertar) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública y contratación del “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS” declaro bajo juramento que: Mi representada ______ (SÍ/NO) posee un programa de integridad y que, éste es conocido por su personal, entendiendo por programa de integridad, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y, si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. A fin de comprobar su declaración se deberá adjuntar a la oferta, el referido programa de integridad. , ________________________________________________ NOTA: 1. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación. 2. Marcar con SI/NO el párrafo, según corresponda a su situación. ANEXO N°6: DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES. (ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. 1. Nombre de la Unión Temporal de Proveedores: _____________________________________ 2. Integrantes de la UTP: N° Nombre o Razón Social Rut Calidad 1 Apoderado UTP 2 Integrante UTP 3 Integrante UTP 4 Integrante UTP 5 Integrante UTP (Agregue tantas líneas como integrantes tenga la UTP) 3. Criterios Técnicos: Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la unión temporal determinarán los antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando, lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de sus integrantes. Criterio de evaluación Rut integrante UTP Razón social integrante UTP 4. Declaración de objeto, solidaridad y vigencia de la UTP: Mediante este documento declaro lo siguiente: 1. Ser parte de la Unión Temporal de Proveedores señalada en el numeral 2 de este documento, la que tiene por objeto presentar una propuesta formal, bajo la modalidad establecida en el artículo 180° del Reglamento de la Ley N°19.886, al proceso de licitación denominado “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”, publicado en www.mercadopublico.cl con el ID __________. 2. Asimismo, señalo que juntamente con todos los integrantes de esta UTP, seré solidariamente responsable de la presentación de la oferta, así como de las obligaciones que se contraigan en virtud de los contratos suscritos, en caso de resultar adjudicado, en esta licitación. 3. Finalmente, señalo que la vigencia de la UTP, no será inferior a la vigencia del contrato que derive de la adjudicación de esta licitación, incluyendo renovaciones, incrementos de plazos y prórrogas que procedan. 5. Otorgamiento de poder para representación de la UTP: Mediante el presente documento, vengo en conferir poder de representación, al integrante de la UTP que actúa como su apoderado en el proceso licitatorio, según lo señalado en el numeral 2 de este anexo, para que en mi nombre y representación, suscriba y presente todos los documentos y anexos que sean requeridos para la presentación de la oferta, de acuerdo con lo dispuesto en las bases de licitación, especialmente, a lo referido en la “Declaración jurada online” y los anexos técnicos y económicos que componen la oferta. , _________________________________________ NOTAS: 1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente y ser coincidentes con el instrumento de constitución de la UTP, exigido en el artículo 180° del Reglamento de la Ley N°19.886. 2. Cada uno de los miembros de la UTP, incluyendo el apoderado, deberán completar, firmar y adjuntar correctamente, este anexo a la oferta que se presente. Esta información deberá ser concordante entre sí. Luego, se deberán presentar tantos anexos como integrantes tenga la UTP. 3. En caso de que faltare alguna declaración o ésta no se encuentre completada y firmada correctamente o la información contenida en las diferentes declaraciones, no sea concordante entre sí, conllevará a que la oferta de la UTP sea declarada inadmisible, sin perjuicio de la aplicación del artículo 56° del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede y, sólo en el caso de aplicación de los numerales 9.3 y 9.4 de las bases de licitación.   ANEXO N°7: DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR. (Deudas Vigentes con Trabajadores) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N°, del mismo domicilio, declaro que mi representada: (En el espacio en blanco, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda): “____ registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años”. Asimismo, declaro que, por este acto, vengo en ratificar todo lo obrado por el proveedor a quién represento y cuya oferta fue adjudicada en esta licitación, sea que se trate de actuaciones efectuadas por personas con o sin poder de representación suficiente. , _________________________________________ NOTAS: 1. Este anexo sólo se requiere del proveedor que resulte adjudicado y deberá ser presentado al momento de la contratación (numeral 7 de las bases), 2. Consideraciones para la presentación de este anexo como documento para contratar: - Todos los datos solicitados deben ser completados correctamente. Asimismo, este anexo deberá ser firmado exclusivamente, por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado con el debido poder para tal actuación, o bien, persona natural, según proceda. - En caso de que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de sus integrantes deberá presentar este anexo completado correctamente y firmado. 3. Este anexo no será válido, en caso de no cumplir con lo dispuesto en el punto 2 de estas notas, siendo este documento, uno de los requisitos dispuestos en el numeral 7 de estas bases para la celebración del contrato. Por lo tanto, su no presentación el plazo dispuesto para ello, conllevará a la “Readjudicación” de la licitación.
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°4A: OFERTA TÉCNICA “NÓMINA DE VEHÍCULOS QUE COMPONEN LA FLOTA DEL PROVEEDOR”. (Anexo para ofertar) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. 1. DATOS DE LA OFERTA. Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP) Fecha 2. NÓMINA DE VEHÍCULOS QUE COMPONEN LA FLOTA DEL PROVEEDOR. N° MARCA MODELO AÑO PATENTE 1 2 3 4 5 6 7 Nota: Solo se evaluarán aquellos vehículos con 4 o menos años de antigüedad (año 2022 en adelante). Aquellos vehículos que tengan una mayor antigüedad a la señalada, no serán evaluados. _________________________________________ NOTAS: 1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso licitatorio en particular. 2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo. 3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP con poder suficiente. 4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”. ANEXO N°4B: OFERTA TÉCNICA “EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR”. (Anexo para ofertar) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. 1. DATOS DE LA OFERTA. Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP) Fecha 2. EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR. Nombre de la Institución. Duración del servicio o contrato. Orden de compra (ID). Observación o información para complementar. Nota 1: Agregar cuantas líneas sean necesarias para completar su oferta. Nota 2: Las órdenes de compra deben estar en estado “Recepción conforme”. Estas no deben tener una antigüedad mayor a 3 años, desde la fecha de aprobación de estas bases de licitación. _________________________________________ NOTAS: 1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso licitatorio en particular. 2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo. 3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP con poder suficiente. 4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”. ANEXO N°4C: OFERTA TÉCNICA “PLATAFORMA TECNOLÓGICA OFRECIDA”. (Anexo para ofertar) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. 1. DATOS DE LA OFERTA. Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP) Fecha 2. PLATAFORMA TECNOLÓGICA OFRECIDA. PLATAFORMA TECNOLÓGICA OFERTADA. LINK DE ACCESO A PLATAFORMA DE PRUEBA Y DATOS (Usuario/password). Proporciona una dirección web, nombre de usuario y password para prueba. El proveedor debe proporcionar un link de acceso a su plataforma para realizar las pruebas correspondientes a lo solicitado en el numeral 3.3 de las bases técnicas. _________________________________________ NOTAS: 1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso licitatorio en particular. 2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo. 3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP con poder suficiente. 4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”. ANEXO N°4D: OFERTA TÉCNICA “TIEMPO DE ESPERA ENTRE LA LLEGADA DEL VEHÍCULO Y LA BAJADA DE BANDERA.” (Anexo para ofertar) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. 1. DATOS DE LA OFERTA. Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP) Fecha 2. TIEMPO DE ESPERA ENTRE LA LLEGADA DEL VEHÍCULO Y LA BAJADA DE BANDERA. Minutos de espera ofertado por el proveedor entre la llegada del móvil y la bajada de bandera. ____ Minutos _________________________________________ NOTAS: 1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan, según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso en particular. 2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo, cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo. 3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP. 4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”. ANEXO N°4E: OFERTA TÉCNICA “SUSTENTABILIDAD”. (Anexo para ofertar) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. 1. DATOS DE LA OFERTA. Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP) Fecha 2. SUSTENTABILIDAD. Proveedor debe indicar la información relacionada con los vehículos pertenecientes a su flota, que sean híbridos o eléctricos. N° MARCA MODELO AÑO PATENTE 1 2 3 4 5 Nota: Agregar las líneas que sean necesarias para completar su oferta. Solo se evaluarán aquellos vehículos con 4º menos años de antigüedad (año 2022 en adelante). Los vehículos más antigüos no serán evaluados. _________________________________________ NOTAS: 1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso en particular. 2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo, cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo. 3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP. 4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°5: OFERTA ECONÓMICA. (Anexo para ofertar) LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”. 1. DATOS DE LA OFERTA. Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP) Fecha 2. OFERTA ECONÓMICA. Factor Precio Valor cada 200 metros o 60 segundos A) Valor ponderado según numeral 9.6.1, letra H) B) Servicio Negativo Precio ponderado final a) Valor ponderado + b) Valor del servicio negativo _________________________________________ NOTAS: 1. Todos los datos que sean solicitados deberán ser completados debidamente por el oferente según su oferta. 2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten este anexo, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. 3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP. 4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos económicos”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Económico Cláusula 9.6.1 de la base administrativa 50%
2 Criterio Técnico Cláusula 9.6.1 de la base administrativa 40%
3 Criterio Administrativo Cláusula 9.6.1 de la base administrativa 5%
4 Criterio Programas de Integridad Cláusula 9.6.1 de la base administrativa 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto SISS
Monto Total Estimado: 14000000
Justificación del monto estimado Presupuesto SISS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto SISS
Tiempo del Contrato 48 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Eduardo Céspedes
e-mail de responsable de pago: ecespedes@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Toro
e-mail de responsable de contrato: claudio.toro@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-23824150-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia de Servicios Sanitarios; RUT: 61.221.000-4
Fecha de vencimiento: 17-07-2030
Monto: 5 %
Descripción: Según cláusula 8.2.1 de la base administrativa
Glosa: “Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación denominada SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS, las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores y las multas o sanciones. (ID de la Licitación).”
Forma y oportunidad de restitución: Según cláusula 8.2.2 de la base administrativa
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Según cláusula 9.10 de la base administrativa
Base administrativa

BASES ADMINISTRATIVAS

PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO “TRASLADO DE PASAJEROS”.

1.      Antecedentes básicos de la entidad licitante

Razón Social del organismo

Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS)

Unidad de Compra

Unidad Adquisiciones y Logística

R.U.T. del organismo

61.221.000-4

Dirección

Moneda N° 673, piso 9

Comuna

Santiago

Región en que se genera la adquisición

Metropolitana

2.      Antecedentes Administrativos.

Nombre de la Adquisición

Servicio de traslado de pasajeros

Objeto de la Licitación

El objetivo de la licitación es cubrir eventuales necesidades de movilización y transporte de los funcionarios de la SISS en el cumplimiento de sus tareas administrativas y de fiscalización; cuando no exista disponibilidad de vehículos institucionales a Nivel Central (Región Metropolitana).

Tipo de Licitación

Pública.

Moneda o unidad reajustable

Pesos.

Presupuesto

El presupuesto máximo disponible por la totalidad del contrato asciende a $14.000.000.- (catorce millones de pesos), IVA incluido.

Imputado al subtitulo 22.08.007 correspondientes a los años 2026, 2027, 2028, 2029 y 2030.

Etapas del proceso de apertura

Una.

Tipo de Adjudicación

Simple.

Re-adjudicación

Sí.

Contrato

Requiere.

Tiempo del Contrato

48 meses.

Publicidad de las ofertas técnicas

Sí.

Idioma

Español.

¿Se permite la subcontratación?

Sí. El proveedor podrá subcontratar parcialmente con terceros, hasta el 30% del monto total del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado.

¿Se permite extensión automática del plazo de recepción de las ofertas si al momento del cierre hay dos o menos propuestas?

No.

3.      Etapas y Plazos.

Fecha de Publicación.

Dentro de los 5 días hábiles administrativos siguientes desde la total tramitación de la resolución que apruebe el llamado a la presente licitación pública, en el portal www.mercadopublico.cl.

Plazo para realizar consultas sobre la licitación.

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a través del sistema www.mercadopublico.cl, dentro de los 3 días hábiles administrativos siguientes desde la publicación del llamado en el Sistema de Información, en www.mercadopublico.cl.

Plazo para publicar respuestas a las consultas.

La SISS pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sitio www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, en el plazo de los 2 días hábiles administrativos siguientes al vencimiento del plazo para realizar consultas.

En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a:

        100, la SISS podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 5 días hábiles administrativos;

        500, la SISS podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 10 días hábiles administrativos;

        1000, la SISS podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 15 días hábiles administrativos.

En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de las respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación, sin necesidad de dictar un acto administrativo para tales efectos.

Fecha de cierre para presentar ofertas.

10 días corridos desde el momento de la publicación del llamado, a las 15:00 horas. En todo caso, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles, ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.

Fecha de Apertura de ofertas.

El mismo día en que se produzca el cierre de recepción de las ofertas, a las 15:30 horas en el portal www.mercadopublico.cl.

Fecha de Adjudicación.

Dentro de los 10 días hábiles administrativos siguientes a la fecha del acto de apertura de las ofertas, en el portal www.mercadopublico.cl.

Si por causas no imputables a la SISS, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, la SISS publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl en los términos indicados en el artículo 58° del Reglamento de la Ley 19.886.

Plazo para Firma de Contrato (si aplica).

Dentro de los 15 días hábiles administrativos siguientes, a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Consideraciones respecto de los plazos de la licitación.

Los plazos de días, establecidos en esta cláusula son de días hábiles administrativos, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos en Chile, sin considerar los feriados regionales.

La SISS podrá habilitar en el Sistema de Información la opción de extensión automática del plazo de recepción de las ofertas si, al momento del cierre, hay dos o menos propuestas.

En general, todos los plazos de días, establecidos en las presentes bases, serán de días hábiles administrativos, entendiéndose por estos, los días comprendidos entre lunes y viernes, ambos inclusive, con excepción de los festivos de carácter nacional, salvo aquellos plazos en los que expresamente se señale que se tratarán de días corridos.

4.      Instancia de preguntas y respuestas y Modificaciones a las bases.

4.1.         Preguntas y respuestas.

Los interesados en participar podrán formular consultas y solicitar aclaraciones respecto de las bases y sus anexos, dentro de los plazos señalados en la cláusula N° 3 “Etapas y plazos” de estas bases.

Las preguntas deberán formularse a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación. La SISS dispondrá las preguntas y sus respuestas para conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo mencionado.

Las respuestas del foro, se entenderán formar parte integral de las presentes Bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente, dictado por la autoridad competente. Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en el ID de la licitación, en los plazos dispuestos para ello de acuerdo con lo señalado en la cláusula N° 3, de estas Bases de licitación.

4.2.         Modificaciones a las bases.

La SISS podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el portal o en caso de ser necesario, otorgará un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.

5.       Requisitos Mínimos para Participar.

El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, en la Ley N° 20.393, en la Ley N° 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases de licitación.

En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.

Sin perjuicio de lo anterior, la SISS podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Si se detecta alguna inconsistencia en la información declara, la oferta será declarada inadmisible. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información, está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la SISS podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.

Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210° del Código Penal, que dispone: "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".

6.      Anexos e Instrucciones para la presentación de ofertas.

Presentar Ofertas por Sistema

Obligatorio.

Anexos Administrativos

        Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.

        Anexo N° 1: Formulario de datos del oferente.

        Anexo N° 2: Declaración jurada de independencia de la oferta. Las ofertas que no presenten esta declaración debidamente completada y firmada serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas, esto sin perjuicio de que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 56° del Reglamento de la Ley N° 19.886, si procede y sólo en el caso de que aplique lo establecido en los numerales 9.3 y 9.4 de estas Bases de licitación.

        Anexo N° 3: Programa de integridad.

        Copia del programa de integridad del oferente.

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA OFERTAS REALIZADAS POR UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP):

Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores, deberá presentarse adicionalmente a la documentación ya señalada y de forma obligatoria, lo siguiente:

        Anexo N° 6: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Cada uno de los integrantes de la UTP deberá presentar esta declaración (incluyendo el integrante UTP que ingresó la oferta en el Sistema de Información), cada una de las cuales deberá ser adjuntada en la oferta de la UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible, en su totalidad. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 56° del Reglamento de la Ley N° 19.886 y sólo en el caso de que aplique, lo establecido en los numerales 9.3 y 9.4 de estas Bases de licitación.

Los anexos y documentos referidos deberán ser ingresados a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos.

Anexos Técnicos

        Anexo N° 4: Oferta Técnica. En caso de que no se presente este anexo o habiéndose presentado este no se encuentra debidamente completado y firmado, la oferta será declarada inadmisible en su totalidad y no participará de la evaluación de ofertas.

                           Anexo N°4A: Nómina vehículos que componen la flota del proveedor.

                           Anexo N°4B: Experiencia del proveedor.

                           Anexo N°4C: Plataforma tecnológica ofrecida.

                           Anexo N°4D: Tiempo de espera ofertado por el proveedor, entre la llegada del vehículo y la bajada de bandera.

Los anexos y documentos referidos deben ser ingresados a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos.

Anexos Económicos

        Anexo N° 5: Oferta económica. En caso de no se presente este anexo o habiéndose presentado este no se encuentra debidamente completado y firmado, la oferta será declarada inadmisible en su totalidad y no participará de la evaluación de ofertas.

El anexo referido debe ser ingresado a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos.

6.1.         Observaciones.

Los anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, ya sea por sí mismo, en el caso de que sean personas naturales o por los representantes legales de éstos o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, en el caso de que sean personas jurídicas.

En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores[1], esta deberá contar con un apoderado, quien deberá ser un integrante de dicha UTP con poder suficiente para representarla, especialmente, respecto de la presentación y suscripción de los anexos técnicos y económicos.

De conformidad con lo previsto en el artículo 51° de la Ley N°19.886, la Unión Temporal de Proveedores se podrá constituir exclusivamente por empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas.

Cabe señalar que, dentro del contexto de propuestas realizadas por Uniones Temporales de Proveedores (UTP), la persona natural o jurídica, no podrá participar simultáneamente en esta licitación, por sí mismo y al mismo tiempo, como integrante de una UTP. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.

Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En los anexos que forman parte de la oferta se debe identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o UTP, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta, por otro. En caso de existir discordancia insalvable de identidad, la respectiva oferta será declarada inadmisible, sin perjuicio de la aplicación del artículo 56° del Reglamento de la Ley N° 19.886, si correspondiere y sólo en el caso de que aplique, lo establecido en los numerales 9.3 y 9.4 de estas Bases de licitación.

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115° del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl, haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso previo de todos los formularios y anexos requeridos, completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Asimismo, deberán verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados en estas bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

Se deberá comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, el despliegue automático del “Comprobante de Envío de la Oferta”, que entrega el Sistema, el cual puede ser impreso o guardado por el proponente, para su resguardo. En el comprobante ser visualizarán los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.

La obtención del “Comprobante de envío de la oferta”, acreditará únicamente, el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.

En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente toda la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo “Comprobante de envío de la oferta”.

6.2.         Veracidad de la oferta y comprobación de lo declarado.

Se deja expresa constancia que la SISS, comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles, que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.

Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad, contenido en el numeral 10.14 de estas Bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse al respecto. 

7.      Antecedentes legales para poder ser contratado.

Si el oferente es Persona Natural.

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Copia de la cédula de identidad.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Anexo N° 7: Declaración Jurada para Contratar.

Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación.

Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo, cuando este sea requerido en la Ley de Presupuesto del año en que se produzca el correspondiente llamado de licitación.

Acreditar ante el organismo contratante

Si el oferente no es Persona Natural.

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Copia de cédula de identidad del representante legal.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado, con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

Certificado de Vigencia de la Sociedad, con una antigüedad no superior a 60 días corridos desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

Anexo N° 7: Declaración Jurada para Contratar.

Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación.

Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, emitido por la Dirección del Trabajo, cuando este sea requerido en la Ley de Presupuesto del año en que se produzca el correspondiente llamado de licitación.

Acreditar ante el organismo contratante.

Sólo para adjudicatarios UTP:

     Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.

     Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de Unión temporal de proveedores, si procede, según lo dispuesto en el artículo 180° del Reglamento de la Ley N°19.886.

     La Unión temporal de proveedores deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N°20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño.

El incumplimiento de lo requerido en esta cláusula facultará a la SISS para readjudicar la licitación, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.10 de estas Bases de Licitación.

7.1.         Observaciones.

Todos los anexos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deberán ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales. En el caso de que la oferta adjudicada sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo que deberá constar en los documentos legales que se presenten y respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el 180° del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, indicados en esta cláusula, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores, dentro de los 10 días hábiles administrativos siguientes, desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información.

Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la Garantía de fiel cumplimiento del contrato, la que podrá ser entregada físicamente en los términos que se indican en las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo establecido en la Ley N° 19.799, sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y remitirse en la forma señalada en el numeral 8.2 de estas Bases de licitación.

En el caso de adjudicación a una UTP, la entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá realizarse dentro del plazo establecido en las presentes bases, además, se deberá disponibilizar en el Registro de Proveedores, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de Unión temporal de proveedores, en los casos en los que proceda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180° del Reglamento de la Ley N° 19.886. Se deberá indicar también, cuál de los integrantes de la UTP será quien emitirá las respectivas facturas o boletas, según la naturaleza del servicio contratado, para proceder con el pago de los servicios. Este documento es un antecedente indispensable para la elaboración del contrato.

Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°7, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus trabajadores actuales dentro de los últimos dos años. Lo anterior, es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan al contratista, para proceder a su contratación o la autorización del pago de la cuota correspondiente, durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada uno de sus integrantes.

Si el proveedor adjudicado no entrega o no acredita en el Registro de Proveedores, la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o, no hace entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o no se encuentra en estado “hábil” en dicho Registro al momento de suscribir el contrato; en definitiva, cualquier causal que implique la no suscripción del contrato, en los plazos establecidos en estas bases, se considerará que  se desiste de la adjudicación, salvo que el incumplimiento de lo señalado, no fuese imputable al adjudicatario, cobrándose así, la Garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere, y facultando a  la SISS para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en numeral N° 9.10 “Readjudicación” de estas bases.

7.2.         Inscripción en el Registro de Proveedores.

El proveedor deberá estar inscrito y en estado hábil, en el Registro de Proveedores al momento de presentar su oferta. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá cumplir con tales requisitos.

8.      Naturaleza y Monto de las Garantías.

8.1.         Garantía de Seriedad de la Oferta.

Dado el monto del proceso licitatorio, no se requiere.

8.2.         Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Se requiere la presentación de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento el contrato, en virtud del riesgo involucrado.

8.2.1.       Disposiciones para la presentación de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía, ya sea en soporte físico o electrónico, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 121° del Reglamento de la Ley N° 19.886. Como ejemplos de garantías, se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. No se aceptarán cheques como instrumento de garantía.

En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente:

        Debe excluir cláusula de arbitraje, en los términos del artículo 124° del Reglamento de la Ley N°19.886, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato.

        Debe establecer que se podrá hacer efectiva en caso de multas aplicadas al contratista.

        Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del proveedor.

Monto

5% del precio final neto, expresado en pesos chilenos.

Plazo de Vigencia

Equivalente a la vigencia del contrato más 60 días hábiles.

Beneficiario

Superintendencia de Servicios Sanitarios; RUT: 61.221.000-4

Glosa.

“Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación denominada SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS, las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores y las multas o sanciones. (ID de la Licitación).”

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita, en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

El adjudicatario podrá constituir la garantía en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en su conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar, tal como dispone el artículo 121°, inciso 5to, del del Reglamento de la Ley N°19.886.

La garantía podrá ser tomada por el adjudicatario por sí mismo o mediante un tercero a nombre éste; en este último caso, lo anterior deberá quedar explicitado por parte del tercero, en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo, que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución, dentro del plazo señalado precedentemente en esta cláusula. 

La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles administrativos luego del término de la vigencia del contrato.

Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la Garantía de fiel cumplimiento del contrato, al menos hasta 60 días hábiles administrativos luego de su terminación. Mientras se encuentre vigente, las reposiciones, así como las renovaciones de esta garantía, serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

La garantía deberá ser entregada en el domicilio de esta Superintedencia, dentro de los 10 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la adjudicación. Si esta fuera emitida en soporte de papel, deberá ser entregada de lunes a viernes, entre las 8:30 hrs y 14:00 hrs. Si la garantía fuera emitida en soporte electrónico, ésta deberá ser enviar a través del correo electrónico ofpartes@siss.gob.cl.

La garantía deberá entregarse de forma previa a la celebración del contrato.

8.2.2.       Ejecución, reposición y restitución de la Garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las reposiciones que procedan producto de la ejecución de esta caución, así como sus renovaciones serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario, indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, en un plazo de 10 días hábiles administrativos desde la notificación de cobro. 

En caso de no reponer la garantía, en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en el numeral 10.9.3 “Término anticipado de contrato” de estas bases.

La restitución de esta garantía se realizará sin la aplicación de reajustes ni intereses, una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, en los términos indicados en el numeral 8.2.1 de las presentes bases, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.

Finalmente, cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11° de la Ley N° 19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos desde el término del contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.

8.3.         Garantías por anticipo.

Estas Bases de licitación no proceden los anticipos.

9.      Evaluación y adjudicación de las ofertas.

9.1.         Comisión evaluadora.

La apertura y evaluación de las ofertas será realizadas por una comisión constituida para tal efecto, compuesta por 3 funcionarios públicos, en los términos señalados en el artículo 54° del Reglamento de la Ley 19.886, designados por resolución o acto administrativo del Superintendente o quien tenga delegada la facultad para estos efectos y según lo establecido en estas Bases de licitación.

Consideraciones relativas a la Comisión Evaluadora:

 

La designación de la Comisión evaluadora se publicará oportunamente en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Sus integrantes se registrarán en el sistema de la Ley N° 20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

 

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

        Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por la Ley N°19.886 o su Reglamento.

        Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión.

        Aceptar donativos de parte de terceros. Entiéndase como terceros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios, corporaciones, entre otros.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 35° nonies de la Ley N° 19.886, la Comisión evaluadora deberá suscribir una declaración jurada respecto del procedimiento de contratación, en que declare expresamente, la ausencia de conflictos de intereses y se obligue a guardar confidencialidad sobre él.

Asimismo, toda persona contratada a honorarios, que participe de las funciones de calificación o evaluación en el presente proceso licitatorio, tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.

Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35° quinquies de la Ley N°19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación en comisiones evaluadoras o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada.

En virtud de los principios de Probidad administrativa y de Abstención,  la aplicación del artículo 15° del Reglamento de la Ley N°19.886, los artículos 62° y 6° de la Ley N°18.575 y en concordancia con el artículo 12° de la Ley N°19.880; en el evento que un conflicto de interés se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto, deberá abstenerse de participar en la Comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico, la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.

Cabe recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35° quinquies de la Ley N°19.886, dicho deber de abstención resulta aplicable tanto a autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica.

La Comisión evaluadora emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Superintendente o a quien corresponda, si la decisión si estuviera delegada, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes Bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.

Por su parte, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán resguardar la confidencialidad de las deliberaciones que surjan durante sus reuniones de evaluación y para ello, deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad o una declaración jurada que contenga un compromiso de confidencialidad en cuanto a las ofertas y antecedentes, que no tengan el carácter de públicos y a todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación.

9.1.1.       Procedimiento de evaluación de las ofertas

El procedimiento de evaluación, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, verificará lo siguiente:

        Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta, establecidas en las presentes bases.

        Que cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos, económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos.

Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión evaluadora que haya sido nombrada deberá:

        Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de éstas.

        Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.

        Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases.

        Proponer la inadmisibilidad de las ofertas presentadas por proveedores que sean integrantes de un mismo grupo empresarial o personas relacionadas y que no sea la oferta más conveniente.

        Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.

        Proponer la adjudicación.

Durante el proceso de evaluación la comisión podría requerir aclaraciones a los oferentes respecto de errores formales en sus respectivas propuestas o solicitar antecedentes omitidos, en los términos del artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886, y de acuerdo con lo descrito en las cláusulas Nos 9.3 y 9.4 de las presentes bases de licitación. Al ejercer esta facultad, la Comisión Evaluadora no podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación.

Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, la SISS podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.

9.2.         De la oferta y consideraciones generales

  1. El oferente deberá presentar una sola propuesta, entendiéndola como la presentación, por parte de éste, de los antecedentes requeridos en la cláusula N° 6, la que deberá estar debidamente caucionada, si procede, y que será evaluada según lo establecido en las presentes bases de licitación. Con todo, si el oferente ingresara más de una oferta sólo se aceptará la oferta ingresada en último lugar (según fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartándose las ofertas restantes, las que no participarán del proceso de evaluación de ofertas.
  2. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N° 6 de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
  3. La SISS declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la SISS de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, si procede, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 56°, del Reglamento de la Ley N° 19.886 y  si en la respectiva licitación se considera el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”.
  4. Los documentos solicitados por la SISS deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la numeral 3. de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas en caso de ser requerido por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la SISS podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor, a través de medios oficiales. Si existen discrepancias la oferta será declarada inadmisible. En el caso en que el proveedor esté inscrito y habilitado por el Registro de Proveedores, serán suficientes los antecedentes que se encuentren en dicho Registro, en la medida que se haya dado cumplimiento a las normas de actualización de documentos que establece el Registro de Proveedores.
  5. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas bases de licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.

9.3.         Subsanación de errores u omisiones formales

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, conforme a lo dispuesto en el artículo 56° del Reglamento de la Ley N° 19.886, la SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la SISS, la que se informará a través del Sistema de información de www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

 

9.4.         Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

La SISS, conforme a lo dispuesto en el artículo 56° del Reglamento de la Ley N° 19.886, tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente, y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la SISS, la que se realizará a través del Sistema de información de www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema, durante el período de evaluación, recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

9.5.         Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación.

La SISS declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en estas bases de licitación y, de aquellas ofertas que correspondan a personas relacionadas u oferentes que formen parte de un mismo grupo empresarial y que no sea la oferta más conveniente, lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N°19.886.  Sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que, salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las bases.

Para efectos de seleccionar la oferta más conveniente, se optará por aquella que cuente con el mayor puntaje total. En caso de existir dos o más ofertas con el mismo puntaje total, presentadas por proveedores pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, se determinará cuál es la oferta más conveniente, de acuerdo con los criterios de desempate indicados en el numeral 9.7 de las bases, según el orden de prelación de criterios ya establecidos.

La SISS podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.

9.6.         Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas

En primera instancia, se realizará la verificación del cumplimiento de los requerimientos mínimos de los servicios licitados a los que deben ajustarse las ofertas ingresadas por los interesados, de conformidad con lo dispuesto en estas bases de licitación para, posteriormente ser sometidas al proceso de evaluación, esto es, cuando éstas den cabal cumplimiento a los requerimientos mínimos, siendo declaradas admisibles.

Asimismo, se declararán inadmisibles las ofertas de los proveedores que, habiendo ofertado, pertenezcan a un mismo grupo empresarial o sean personas relacionadas, siendo evaluada solamente la oferta que se determine como la más conveniente, según lo dispuesto en la numeral 9.5 de las bases de licitación.

Aquellas propuestas que no cumplan a cabalidad con los requerimientos mínimos de los servicios licitados serán descartadas del proceso de evaluación y serán declaradas inadmisibles.

Se verificará que, tratándose de una licitación en dos etapas, el oferente adjunte, de forma separada la oferta económica y la oferta técnica, de lo contrario, su propuesta será declarada inadmisible.

9.6.1.       Criterios de evaluación

Sólo se evaluarán las ofertas que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación.

La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación, de acuerdo con las siguientes ponderaciones:

Clasificación criterio

Criterio de evaluación

Ponderación

Criterio técnico

Subcriterio

Ponderación

N° Vehículos flota

20%

Experiencia del Oferente

40%

Plataforma Tecnológica

10%

Tiempo de espera

20%

Sustentabilidad

10%

40%

Criterio Administrativo

Cumplimiento de requisitos formales

5%

Criterio Económico

Precio ponderado

50%

Criterio Programas de Integridad

Programas de integridad

5%

El puntaje final de la oferta se calculará de acuerdo con lo indicado en el numeral N° 9.6.2 de estas bases.

Serán declaradas inadmisibles las ofertas que en el criterio técnico obtengan un puntaje inferior a 70 puntos.

Serán declaradas inadmisibles las ofertas cuya oferta económica supere el presupuesto máximo disponible.

a.          Criterio Técnico: Número de vehículos que componen la flota vehicular (20%)

Este criterio considerará el número de vehículos que componen la flota del oferente, declarados en el Anexo N°4A. Los vehículos pertenecientes a la flota no podrán tener una antigüedad mayor a 4 años, respecto del año de la presente licitación y presentación de la oferta.

Para la evaluación de este subcriterio, se considerará la información declarada en el Anexo N°4A “Oferta técnica” cuya fórmula de cálculo para asignar el puntaje, será la siguiente:

(Cantidad de vehículos flota ofertado / Mayor cantidad de vehículos flota ofertados) X 100

En caso de que no se entregue la información solicitada en el Anexo N°4A “Oferta técnica”, o que ésta se presente en forma ilegible, incoherente o parcial, la oferta se declarará inadmisible.

b.          Criterio Técnico: Experiencia del Oferente (40%)

Este criterio de “Experiencia del Oferente”, considerará aquellas órdenes de compra en estado “Recepción Conforme” al momento de la postulación. Las órdenes de compra que adjunte no deben superar los 3 años de antigüedad. Es de exclusiva responsabilidad del proveedor adjuntar las órdenes de compra correspondientes, ya que serán evaluados aquellos archivos/medios de verificación que se adjunten en la plataforma.

Para la evaluación de este criterio, se considerará la información declarada en el Anexo N°4B “Oferta técnica”. Los tramos y asignación de puntaje serán los siguientes:

Cantidad de órdenes de compra

Puntaje

Adjunta 5 o más órdenes de compra en estado “Recepción conforme”

100

Adjunta 4 órdenes de compra en estado “Recepción Conforme”

80

Adjunta 3 órdenes de compra en estado “Recepción Conforme”

60

Adjunta 2 órdenes de compra en estado “Recepción Conforme”

40

Adjunta 1 órden de compra en estado “Recepción Conforme”

20

No Adjunta órdenes de compra en estado “Recepción Conforme”

0

En caso de que no se entregue la información solicitada en el Anexo N°4B “Oferta técnica”, o que ésta se presente en forma ilegible, incoherente o parcial, la oferta se declarará inadmisible.

c.           Criterio Técnico: Plataforma Tecnológica (dedicada a la solicitud del servicio, seguimiento, control de gastos, entre otros) (10%)

Este criterio “Plataforma tecnológica”, implica presentar a la SISS, un sitio de pruebas de la plataforma, que considere la solicitud del servicio, la distancia recorrida, el trayecto, entre otras, el que será evaluado de acuerdo con el numeral 3.3 de las bases técnicas.

La plataforma tecnológica será utilizada por la SISS exclusivamente para realizar las respectivas solicitudes del servicio, seguimiento, control de gastos, creación de usuarios, entre otros, que generen valor agregado a la oferta.

La plataforma tecnológica deberá cumplir con todos los puntos señalados en el numeral 3.3 de las bases técnicas. Las ofertas que no cumplan con los requerimientos mínimos de la plataforma serán declaradas inadmisibles.

Para la evaluación de este subcriterio, se considerará la información declarada en el Anexo N°4C “Oferta técnica”.  Si la información declarada es ilegible, incoherente o parcial, se procederá con la inadmisibilidad de la oferta.

d.          Criterio Técnico: Tiempo de espera (10%)

El criterio “Tiempo de espera”, ofertado por el proveedor corresponde al tiempo que transcurre entre la llegada del móvil y la bajada de bandera. Este subcriterio será evaluado de la siguiente manera:

(Cantidad de minutos ofertado / Menor cantidad de minutos ofertados) X 100

Para la evaluación de este subcriterio se considerará la información declarada en el Anexo N°4D “Oferta técnica”. Si la información no se entrega, se presenta de forma ilegible, incoherente o parcial, procederá la inadmisibilidad de la oferta.

 

e.          Criterio Técnico: Sustentabilidad (5%)

Este criterio “Sustentabilidad”, dice relación con la cantidad de vehículos híbridos o eléctricos con los que cuenta la flota / cantidad de vehículos totales que componen la flota del proveedor. La fórmula de evaluación es la siguiente:

Cuadro de texto: (Cantidad de vehículos híbridos o eléctricos ofertado / Mayor cantidad de vehículos híbridos o eléctricos ofertados) X 100

Para la evaluación de este subcriterio se considerará la información declarada en el Anexo N°4E “Sustentabilidad”. Si la información no se entrega, se presenta de forma ilegible, incoherente o parcial, procederá la inadmisibilidad de la oferta.

f.            Criterio Administrativo: Cumplimiento de requisitos formales

El oferente cuya oferta cumpla con todos los requisitos formales de presentación y acompañe todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 puntos en este criterio de evaluación.

Si el oferente incurre en errores u omisiones formales u omite certificaciones o antecedentes, se deberá aplicar lo dispuesto en numerales 9.3 y 9.4 de estas bases de licitación, Si dichas omisiones se subsanan dentro del plazo establecido, la oferta obtendrá 50 puntos.

Por último, si el oferente no subsana correctamente los errores u omisiones formales, no acompaña certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta o lo hace fuera de plazo, , obtendrá 0 puntos en este criterio.

Descripción

Puntaje

El Oferente cumple con la presentación de todos los antecedentes.

100

El Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o no acompaña las certificaciones o los antecedentes requeridos, procede la aplicación de lo dispuesto en los numerales 9.3 y 9.4, por tanto, subsana correctamente dentro de plazo.

50

El Oferente no subsana los errores u omisiones formales no acompaña las certificaciones o antecedentes requeridos o subsana fuera de plazo

0

g.          Criterio Programas de Integridad

Se entenderá por Programa de integridad, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de ley, de regulaciones, códigos o procedimientos internos que puedan tener lugar dentro de organización, y que, a la vez promueva una cultura de cumplimiento.  

Este criterio busca verificar si el oferente cuenta con un programa de integridad y que éste, sea conocido por su personal. Esta información deberá ser declarada en el Anexo N°3.Si dicho anexo no se presente, se presenta con errores o no cuenta con firma; se entenderá que el oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su personal.

Del mismo modo, e entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo o cuando no acompañe al anexo, copia del programa de integridad en cuestión.

 

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntaje en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: 

 

CRITERIO 

PUNTAJE

Presenta el Anexo N°3, declarando que posee un programa de integridad

conocido por su personal y adjunta la copia. respectiva.

100

No presenta el Anexo N°3 o no lo completa y adjunta la copia del Programa de Integridad.

0

Presenta el Anexo N°3, declarando que posee un programa de integridad

conocido por su personal, pero no adjunta la copia respectiva.

0

No presenta el Anexo N°3 o no lo completa no adjunta la copia del Programa de Integridad.

0

h.          Criterio Económico: Precio ponderado según tramos

Los proveedores ofertarán sus precios (con todos los recargos) en el Anexo N°5.

Los oferentes pondrán optar por los tramos de cobro variable; el primero, porcada 60 segundos o, por el avance cada 200 metros, desde el valor mínimo al valor máximo, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N°41/2026 (vigente) de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Valor (mínimo a máximo)

Tramo

Ponderador

Valor ponderado

$150

1

100%

150

$160

2

80%

128

$170

3

60%

102

$180

4

40%

72

$190

5

20%

38

$200

6

5%

10

El ponderado final se obtendrá de la siguiente manera:

a)      Valor ponderado + b) Valor del servicio negativo

 La evaluación final de las ofertas se realizará de la siguiente manera:

b)      (Menor precio ponderado ofertado / precio ponderado ofertado) * 100

9.6.2.       Puntaje final de las ofertas.

Para obtener el puntaje total de la evaluación de cada oferente, se sumarán los puntajes ponderados finales de cada criterio.

Puntaje Final= 50% × Puntaje criterio económico + 40% × Puntaje criterio técnico + 5% × puntaje criterio administrativo + 5% × puntaje criterio programa de integridad.

9.7.         Mecanismo de resolución de empates.

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más ofertas que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de una, en condiciones de resultar adjudicadas, se optará por aquella que cuente con un mayor puntaje, de acuerdo con la siguiente orden de prelación), de los siguientes criterios/subcriterios:

Orden de prelación (*)

Criterio/Subcriterio de evaluación

Primer criterio de desempate

Criterio Técnico

Segundo criterio de desempate

Criterio Económico

Tercer criterio de desempate

Subcriterio técnico: Experiencia del Oferente

Finalmente, en caso de persistir el empate, se adjudicará la propuesta que ingresó primero en el Sistema de Información de www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas.

9.8.         Adjudicación.

 Este proceso licitatorio, se adjudicará a un oferente único que corresponderá a aquel que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, de acuerdo con las presentes bases y, en caso de empate, se haya aplicado lo dispuesto en el numeral 9.7 “Mecanismo de resolución de empates” en caso de proceder.

La adjudicación de la licitación se realizará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

De acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado una vez transcurridas 24 horas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

9.9.         Resolución de consultas respecto de la adjudicación.

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles administrativos desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Las SISS deberá dar respuesta a las consultas, dentro de los 5 días hábiles siguientes, luego del vencimiento del plazo para presentarlas.

Este plazo no afectará la vigencia de la contratación.

9.10.     Readjudicación.

La SISS podrá readjudicar la licitación cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:

  1. Se desiste de su oferta o se entiende el desistimiento de ésta según lo señalado en el último párrafo del numeral N°10.3 de las bases;
  2. No se inscribe en el Registro de Proveedores dentro de plazo, si procede;
  3. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado;
  4. No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la numeral 7 de las bases o no entregue la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según lo requerido en el numeral 8.2 de las bases, cuando proceda;
  5. Cuando el proveedor adjudicado no firma el contrato correspondiente o no acepte la orden de compra dentro de plazo de acuerdo a lo establecido en el numeral 10.3 de las bases.
  6. Si el producto o servicio adjudicado pierde su certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación;
  7. No cumple con las demás condiciones y requisitos para contratar, según lo establecido en las bases; 
  8. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.
  9. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica un incumplimiento del Pacto de Integridad.

En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y dentro del plazo de 40 días hábiles administrativos desde la publicación de la adjudicación original y readjudicar al oferente que le siga en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente.

La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la SISS se estime conveniente declarar desierta la licitación.

 

10.   Condiciones Contractuales y otras cláusulas.

10.1.     Documentos integrantes.

La relación contractual que se genere entre la SISS y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

  1. Ley N°19.886 y su Reglamento, así como sus modificaciones.
  2. Bases de licitación y sus anexos.
  3. Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere.
  4. Resolución de adjudicación.
  5. Oferta adjudicada.
  6. Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
  7. Órdenes de compra que sean emitidas durante la vigencia del contrato.

Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en especial respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro. Sin embargo, lo indicado en las bases de licitación, prevalecerá respecto de lo señalado en los demás documentos, con salvedad de la legislación indicada en la letra a) u otra que resulte aplicable a este proceso.

10.2.     Validez de la oferta.

Las ofertas tendrán una vigencia mínima del tiempo que transcurre entre su presentación hasta la suscripción del contrato correspondiente o la emisión y aceptación de la orden de compra que formaliza la contratación.   (Art.117° del Reglamento de la Ley N°19.886). Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración del nuevo contrato.

Las ofertas técnicas, así como los documentos asociados, NO serán de propiedad de la SISS. Solo la oferta técnica adjudicada, así como, todos los informes y reportes entregados con ocasión del contrato derivado de esta licitación pasarán a ser de propiedad de la SISS

10.3.     Formalización de la contratación.

Para formalizar la adquisición de bienes o servicios regidos por la Ley N° 19.886, se celebrará el contrato respectivo, que será de carácter obligatorio para compras iguales o superiores a 100 UTM, conforme al artículo 117° del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Previo a la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra, , el proveedor adjudicado deberá entregar todos los antecedentes requeridos, en el numeral 7 “Antecedentes legales para poder ser contratado”, y hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, (Arts. 121 y siguientes del Reglamento de la Ley N° 19.886/numeral 8.2 “Garantía de fiel cumplimiento de contrato”). Del mismo modo,

 adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores y en estado “Hábil” al momento de suscribirse el contrato de prestación de servicios.

El contrato deberá suscribirse dentro de los 15 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada y aprobada mediante el acto administrativo dictado por SISS; resolución que estará disponible en el Sistema de Información de www.mercadopublico.cl. Mismo plazo deberá observarse si la contratación se formaliza mediante el envío de la orden de compra, plazo en que el proveedor adjudicado deberá aceptar dicha orden de compra.

Si por cualquier causa que, sea imputable al adjudicatario, el contrato no se suscribe o no se acepta la orden de compra emitida por la SISS, dentro de los plazos establecidos para tal efecto, se entenderá el desistimiento de la oferta, pudiendo la SISS readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje o a los que le sigan sucesivamente, de conformidad con el numeral N° 9.10 “Readjudicación”.

10.4.     Modificación del contrato.

Las partes de común acuerdo, podrán modificar el o los contratos celebrados, por motivos fundados o en caso de que ello sea indispensable para la correcta satisfacción de las necesidades de la SISS.

La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del respectivo contrato. En ningún caso, la modificación podrá alterar la naturaleza del objeto de éste, tampoco podrá alterar la aplicación de los principios de Estricta sujeción a las bases y de Igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del valor total del contrato, para lo que se deberá contar con la debida autorización presupuestaria, si fuere procedente.

Toda modificación al contrato deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito para tal efecto y entrará en vigor una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo.

En estos casos, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecuciónsi dicha caución fue exigida, la que deberá ajustarse a lo establecido en el numeral N° 8.2 “Garantía de fiel cumplimiento del contrato” de las bases de licitación.

En el caso de las contrataciones formalizadas mediante orden de compra (contrataciones inferiores a 100 UTM), el organismo contratante deberá emitir una nueva orden de compra que refleje la modificación de contrato en cuestión, a la que deberá adjuntarse el acto administrativo que aprueba dicha modificación de contrato.

10.5.     Vigencia y prórroga del contrato.

La vigencia del contrato se extenderá desde su aprobación mediante el acto administrativo correspondiente hasta 48 meses, sin perjuicio del plazo de ejecución de los servicios contratados que se establezca en el contrato conforme a la oferta adjudicada.

Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, la prestación de los servicios contratados, esto es, su implementación y operación, podrá comenzar a prestarse una vez suscrito el contrato entre las partes, y con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, todo lo anterior, previa entrega de la garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

No obstante, el pago de dichos servicios estará condicionado a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, en concordancia con el dictamen N°14.362, de fecha 2 de abril de 2008, la Contraloría General de la República que permite esta modalidad.

La SISS podrá prorrogar el contrato suscrito con el proveedor adjudicado, por el tiempo que tome   efectuar una nueva contratación para el mismo servicio.,

10.6.     Responsabilidades y obligaciones de las partes.

10.6.1.   Del adjudicatario

Será responsabilidad del adjudicatario:

a.    Mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.

b.    El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la SISS, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336, sobre Propiedad Intelectual.

c.     Velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los servicios encomendados, so pena de la medida que pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado.

  1. Las reuniones no mencionadas expresamente en las bases de licitación, que puedan solicitarse durante la ejecución del contrato, deberán serlo por la persona autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse.
  2. Responder y gestionar todos los requerimientos y/o consultas que surjan por parte de la SISS, en un plazo máximo de 2 días hábiles administrativos, desde su notificación de éstas.
  3. Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por la SISS, esto es, en los plazos que la SISS determine.
  4. Proveer los servicios que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos, según su oferta adjudicada y, cumpliendo con las especificaciones y requerimientos técnicos establecidos en estas bases de licitación.
  5. El proveedor será responsable, en forma exclusiva y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
  6. Acreditar a la mitad del período de vigencia del contrato y con un máximo de seis meses, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores, según lo indicado en el numeral N°10.18 “Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social”.
  7. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de prestación de servicios.

10.6.2.     De la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

  1. Verificar la concordancia entre el servicio adquirido y el servicio recibido.
  2. Efectuar la recepción conforme de los servicios entregados, verificando que estos cumplan con el estándar establecido en estas bases de licitación y en la oferta adjudicada, dentro de los plazos establecidos.
  3. Realizar los pagos oportunamente, según lo dispuesto en el numeral N° 10.12 “Facturación y pago”.
  4. Velar por la correcta ejecución del contrato de prestación de servicios, según corresponda.
  5. Aplicar las medidas que procedan ante incumplimientos, que eventualmente, puedan ocurrir, durante la vigencia del contrato, según lo dispuesto en los numerales N° 10.9 y 10.10 de las bases de licitación.
  6. Verificar a la mitad del período de vigencia del contrato y con un máximo de 6 meses, el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral N° 10.18 de estas bases de licitación, en cuanto a que el proveedor; no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, sin perjuicio de poder exigir lo señalado, en cualquier momento y mientras el contrato se encuentre vigente.
  7. Velar por el cumplimiento del deber de abstención de sus autoridades y/o funcionarios, independiente de su calidad jurídica, en lo que respecta a su intervención en el proceso de contratación y posterior ejecución contractual, conforme a lo señalado en el artículo 35° quinquies de la Ley N ° 19.886.
  8. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de prestación de servicios.

10.7.     Gastos e impuestos.

Todos los gastos que se generen  por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros, en razón del cumplimiento de obligaciones que ha contraído el oferente adjudicado, serán de su cargo exclusivo e y no podrán ser descontados  del presupuesto entregado por la SISS para la ejecución del contrato (por ejemplo como “gastos administrativos”).Sin perjuicio que la regulación específica de tales gastos o impuestos, disponga otra cosa.

10.8.     Prohibición de cesión de contrato y subcontratación.

El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, hasta el 30% del monto total del mismo, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado.

Los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste; la parte del contrato que será subcontratado, su importe y el nombre o razón social del subcontratista; quién a su vez, deberá estar “hábil” en el Registro de Proveedores.

No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:

  

  1. Si se trata de servicios especiales y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista.
  2. Si excede el 30% del monto total del contrato.
  3. Si afecta al subcontratista, presenta alguna inhabilidad en el Registro de Proveedores.
  4. Si el subcontratista presenta alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35° quáter de la Ley N°19.886.

  

El Proveedor principal deberá notificar por escrito a la SISS, de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior.

10.9.     Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor.

10.9.1.   Multas.

Al proveedor adjudicado se le aplicarán multas, por el o los atrasos en que incurra en la entrega o no prestación de los servicios, , de conformidad con las presentes bases de licitación.

Tipo de multa

Aplicación de la multa

Multas por atraso en la llegada del móvil.

Estas multas se aplicarán por cada 30 minutos transcurridos, desde la solicitud del móvil hasta el momento que debió llegar al punto de partida. Esta multa corresponderá a un 0,2% del valor del servicio con atraso, por cada 30 minutos de atraso transcurridos y así sucesivamente, con un tope de 2 horas transcurridas

Multas por deficiencias en la calidad de los servicios entregados.

a)       Amonestación: procederá ante una falta menor del contrato. Se dejará constancia escrita que   deberá ser firmada por ambas partes.

La amonestación no estará afecta a sanciones pecuniarias, salvo más de dos amonestaciones en un mes, aplicándose una multa menos grave.

b)      Multa: El rango de la multa será determinado mediante resolución fundada y en mérito de los antecedentes, de acuerdo con las siguientes opciones:

b.1 Incumplimiento leve: Importa una multa de 0,5% del valor total del contrato, la cual se aplicará por incumplimiento o falta de diligencia de las obligaciones contraídas que no implique riesgos a las personas o daño a los bienes de la SISS o a su imagen.

b.2 Incumplimiento menos grave: Importa una de multa de 1% del valor total del contrato, la cual se aplicará por incumplimientos que impliquen riesgo a las personas o bienes de la SISS, pero que sea susceptible de corrección.

b.3 Incumplimiento grave: Importa una de multa de 2% del valor total del contrato. Entendiéndose por incumplimiento grave, aquellos incumplimientos que afecten directamente la operatividad de la Superintendencia, es decir, impiden que los funcionarios puedan desarrollar sus funciones en forma normal.

Son incumplimientos graves, cuya enumeración no es taxativa, los siguientes:

        A partir del cuarto retraso en la prestación de servicio requerido.

        La no prestación del servicio requerido, por causa imputable al proveedor o la entrega parcializada, de acuerdo con lo estipulado en las bases de licitación o en el contrato suscrito con el adjudicatario.

        La entrega de los servicios que no den cumplimiento a los requerimientos técnicos especificados en las bases técnicas de la licitación o, lo señalado por el adjudicatario en su oferta.

        Aquellas que inciden en la prosecución de la contratación.

El incumplimiento grave importa el término anticipado del contrato según dispone el numeral 10.9.3 de estas bases de licitación.

Las multas anteriormente señaladas, serán aplicadas tantas veces como situaciones de incumplimiento, se produzcan, durante la vigencia del contrato. Con todo, las multas no podrán sobrepasar el 30% del valor del contrato. En caso de que se supere ese porcentaje, se dispondrá el término anticipado del contrato, de acuerdo con el numeral N°10.9.3, numero7) de estas bases de licitación.

También se dispondrá el término anticipado de contrato cuando se apliquen más de tres multas, totalmente tramitadas, en un período de seis meses consecutivos, contados desde la primera multa aplicada

Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles administrativos, desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que el proveedor no pague dentro de plazo, la SISS procederá al cobro de las multas, a través de la o las garantías de fiel cumplimiento del contrato que se encuentren vigentes, si las hubiera. haciéndose pagadera solo aquella parte que cubre el valor de la multa., la diferencia será restituida al adjudicatario. En este último caso, el proveedor adjudicado deberá reponer la o las garantías de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que fueron ejecutadas, por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que las que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la notificación del cobro.

Las multas serán cobradas en pesos chilenos.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la SISS de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

No procederá el cobro de multas, si el incumplimiento se origina por caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45° y 1547° del Código Civil o, a una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, lo que será calificado por la SISS, en base al estudio de los antecedentes presentados por el oferente y que acrediten la imposibilidad de cumplir.

10.9.2.   Cobro de las Garantías de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de Anticipos.

a.          Cobro de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Al adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si la hubiere, por incumplimientos imputables al proveedor, en los siguientes casos:

  1. Incumplimiento grave de las obligaciones emanadas de las presentes bases de licitación, sus anexos y del contrato, asumidas por adjudicatario, siempre que aquello no sea causal del término anticipado del contrato.
  1. Incumplimientos de las exigencias dispuestas para los servicios requeridos, según lo establecido en estas bases de licitación y lo señalado por la SISS, durante su ejecución., Especialmente, cuando éstas sean notorias y pongan en riesgo la continuidad de los servicios, salvo que se hubiese determinado una medida específica para un incumplimiento en particular.
  2. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o el respectivo contrato.
  3. Cuando por causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al contrato, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 10.9.33 “Término anticipado de contrato” por Resciliación o término de mutuo acuerdo” y las excepciones que ahí se establezcan respecto del cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Se deja constancia que el adjudicatario deberá restituir las garantías que fuesen cobradas, de acuerdo con lo señalado en el numeral 8.2.2 “Ejecución, reposición y restitución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato” de estas bases de licitación, de lo contrario corresponderá poner término anticipado de contrato.

b.          Cobro de garantía de anticipo.

La presente licitación no permite la procedencia de anticipos.

10.9.3.   Término Anticipado de Contrato.

La SISS está facultada para declarar administrativamente, el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

  1. Incumplimiento grave de las obligaciones, imputables a el proveedor, cuando se imputable a este. Se entenderá por incumplimiento grave; la no ejecución o la ejecución parcial de las obligaciones contractuales descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento, genere perjuicio a la SISS en el cumplimiento de sus funciones.
  2. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. A menos que mejore las cauciones entregadas o que las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N° 20.720, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas.
  3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación y mediante resolución fundada.
  4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  5. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
  1. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la SISS, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la SISS.
  2. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor, con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
  3. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la SISS.
  4. Inhabilidad sobreviniente en el Registro de Proveedores, alguno de los integrantes de la UTP y que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los términos adjudicados.
  5. Se constate que los integrantes de la UTP, constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, los antecedentes los antecedentes deberán ser remitidos a la fiscalía nacional Económica.
  6. Retiro de algún integrante de la UTP, que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  7. Cuando el número de integrantes de una UTP, sea inferior a dos y dicha circunstancia, ocurra durante la ejecución del contrato.
  8. Disolución de la UTP.
  1. La comprobación de que, al momento de presentar su oferta, el adjudicatario contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello, en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la SISS, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.
  2. En caso de que el total de las multas cursadas sobrepasen el 30% del valor total contratado o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de seis meses consecutivos.
  3. En caso de ser el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
  1. No renovación oportuna de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según lo establecido en el numeral 8.2 de las bases de licitación, si ésta se hubiese exigido.
  2.  Por incumplimiento del numeral N° 10.8 “Prohibición de cesión de contrato y subcontratación”.
  3. Incumplimiento de lo dispuesto en el numeral 10.14 “Pacto de integridad”.
  4. Incumplimiento de lo dispuesto en el numeral 10.16 “Confidencialidad”.
  5. Por alguna de las causales previstas en el artículo 13° bis de la ley N° 19.886 y en el artículo 130° de su Reglamento.

Por inhabilidad del proveedor para contratar con el Estado, en conformidad con el numeral 5 de estas bases.

De concurrir cualquiera de las causales aludidas, además del término anticipado del contrato, se procederá con el cobro de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si la hubiere. Lo anterior, no será aplicable a la causal del numeral 3, por no ser imputable al proveedor, ni a la causal del numeral 9, cuando no exista una garantía vigente que cobrar.

El procedimiento en caso del término anticipado del contrato, por incumplimientos, se realizará de acuerdo con lo establecido en el numeral 10.10 “Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos”.

El término anticipado del contrato, por alguna de las causales anteriormente señaladas, no permitirá indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la SISS, concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas, que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.

Resciliación o término de mutuo acuerdo.

Sin perjuicio de lo anterior, la SISS y el adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

10.10. Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos.

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de algún incumplimiento, contemplado en las presentes bases, la SISS notificará inmediatamente de ello al adjudicado, sea personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.

A contar de la notificación, , el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar por escrito sus descargos, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.

Vencido el plazo, sin que se hayan presentado descargos, la SISS dictará una resolución fundada, aplicando la medida correspondiente.

Si el proveedor presenta sus descargos dentro de plazo, la SISS contará con hasta 20 días hábiles administrativos desde la recepción, para rechazarlos o acogerlos, sea total o parcialmente. 

Sea que los descargos se acojan o rechacen, total o parcialmente, la SISS deberá dictar una resolución fundada., En el caso de rechazo de los descargos, deberá detallarse el contenido y las características de la medida. Esta resolución deberá notificarse al proveedor, personalmente o por carta certificada.

Recursos.

El proveedor adjudicado podrá impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.

La resolución que acoja el recurso podrá; modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

       Consideraciones respecto a las notificaciones.

Aun cuando la regla general en materia de notificaciones es que, éstas se realicen personalmente o por carta certificada, las partes pueden convenir en el acto de la celebración del contrato o durante su vigencia, que las notificaciones se realicen por medios electrónicos, debiendo constar expresamente y por escrito, la autorización del proveedor contratante.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.

la Ley N°21.180 de Transformación Digital del Estado, permite la notificación electrónica de los procedimientos administrativos, por tanto, las notificaciones del presente procedimiento se podrán realizar a través del módulo de gestión de contratos del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

 

       Procedencia de la responsabilidad.

El proveedor adjudicado será responsable de los incumplimientos directos le sean imputables o y no por aquellos originados por fuerza mayor o caso fortuito, o los que fueron ocasionados por causas imputables a la SISS o a terceros no vinculados con proveedor adjudicado.

10.11. Del Precio.

La SISS pagará al proveedor, los servicios efectivamente prestados y recepcionados conforme, de acuerdo con el precio indicado por el proveedor en su oferta económica, producto del cual resultó adjudicado de conformidad con lo indicado en el numeral 9.8 “Adjudicación” de las bases de licitación.”

Se dejará constancia que la oferta económica adjudicada, no estará sujeta a condiciones o reajustes de ningún tipo. De esta manera, se establece que salvo los impuestos que procedan, no corresponderá el pago de ningún otro tipo de cobro adicional que no se corresponda a los servicios efectivamente prestados y las bonificaciones que puedan otorgarse (oferta económica). Por lo tanto, para mayor claridad, todos los costos asociados a la prestación de los servicios encomendados y/o cualquier otro gasto en que deba incurrir el proveedor, para dar cabal cumplimiento a las responsabilidades y obligaciones contraídas al momento de participar de esta licitación, deberán ser asumidas exclusivamente por él y no podrán ser traspasados a la SISS, bajo ningún tipo de mecanismo.

10.12. Facturación y pago.

Los pagos se harán efectivos, una vez se haya dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato.

La SISS realizará pagos por factura emitida a contra entrega del servicio prestado y validado por parte del inspector fiscal.

El proveedor solo podrá facturar los servicios efectivamente prestados y recibidos conforme por la SISS, una vez que el Inspector fiscal autorice dicha facturación. en virtud de la recepción conforme de los productos. La SISS rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y la autorización expresa del Inspector fiscal.

Recibido conforme el servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o boleta de servicios, juntamente con el Certificado de cumplimiento de obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo, al mes que antecede a la fecha de los mismos.

Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante.

El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes desde la recepción conforme de la factura respectiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 133° del Reglamento de la Ley N°19.886.

Con todo, para proceder a los mencionados pagos, la SISS deberá registrar previamente, en el Sistema de Información, lo siguiente:

a) La fecha de cumplimiento de la prestación de servicios por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra.

b) La recepción conforme de los servicios prestados, por la jefatura de la unidad encargada de las adquisiciones de la SISS, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.

Si no hubiese conformidad con los servicios prestados, deberán registrarse las razones en que se funda la disconformidad y acompañar los documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso, no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de las medidas que correspondan.

El pago de los servicios será en pesos chilenos, a través de transferencia electrónica efectuada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios o la Tesorería General de la República, según corresponda.

Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.

La emisión del Documento Tributario Electrónico debe ser enviado según las indicaciones del SII. Si el proveedor ocupa la plataforma de facturación gratuita del SII, deberá dar revisión del campo 801, ingresando el ID exacto de la orden de compra emitida, en relación con la licitación.

En caso de que el proveedor adjudicado utilice un sistema de facturación particular, deberá, al momento de emitir la factura, enviarla en formato XML, a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, indicando también en el campo 801, el ID exacto de la orden de compra emitida, en relación con la licitación.

Para más información, se sugiere revisar el “Instructivo para la Emisión de Facturas y otros Documentos Tributarios Electrónicos, en los computadores de los contribuyentes” de la página del Servicio de Impuestos Internos.

10.12.1.Procedencia de anticipos y reajustes

La presente contratación no permite anticipos 

El valor convenido para el contrato se considerará invariable y no reajustable.

10.13. Coordinador del Contrato.

El adjudicatario deberá nombrar un Coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada a la SISS con el objeto de gestionar y controlar el correcto cumplimiento del servicio que se presta. Por su parte, la SISS designará a un Inspector fiscal o Administrador de contrato, que se vinculará directamente con el adjudicatario.

Las designaciones del Coordinador del contrato por parte del proveedor y el Administrador de contrato por parte de la SISS, deberán realizarse conjuntamente al momento de celebración del contrato.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:

  1. Informar oportunamente a la SISS de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato o de la prestación de los servicios, según corresponda.
  2. Representar al proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
  3. Coordinar las acciones pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.
  4. Las demás que le encomienden las bases y el contrato suscrito entre las partes.

Todo cambio posterior, deberá ser informado por el Coordinador del contrato al Administrar de contrato de la SISS, a más tardar, dentro de los 2 días hábiles administrativos siguientes de efectuado el cambio, mediante correo electrónico.

Por su parte, la SISS definirá un Administrador o Inspector fiscal de contrato, cuya función será:

  1. Efectuar la coordinación general del contrato.
  2. Generar los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes.
  3. Supervisar el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato.
  4. Las demás funciones que le encomienden las bases y el contrato suscrito entre las partes.

La vía formal de comunicación entre el adjudicatario y la SISS, será exclusivamente por medio de los correos electrónicos institucional/corporativo, por lo tanto, cualquier materia pertinente a la ejecución del contrato y de las prestaciones del servicio adjudicado, deberán ser efectuados por dicha vía, siendo inválido, cualquier otro medio de interacción, físico o virtual, salvo que así sea dispuesto expresamente en estas bases de licitación para situaciones particulares.

10.14. Pacto de Integridad

El oferente y posteriormente, el proveedor adjudicado, declaran que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, aceptan expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Ambas partes aceptan suministrar toda la información y documentación necesaria y exigida, de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. 1.      Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19°, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485° del Código del Trabajo.

Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar, dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios y que, deberá subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. 2.      No ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente, en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de el o los contratos que  se deriven.
  2. 3.      No intentar, ni efectuar acuerdos, realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma, la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
  3. 4.      Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar en el proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  4. 5.      Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
  5. 6.      El oferente manifiesta, garantiza, acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derive
  6. 7.      El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas, sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procedan y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  7. 8.      Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente acepta la prohibición  del artículo 35° ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación con  los otros participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante y que participen directa o indirectamente del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica,, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, en la forma establecida en las bases de licitación y que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes, a lo dispuesto en el Pacto de Integridad, que sea observado durante el transcurso del proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad, con posterioridad a la adjudicación y antes de la contratación, dará pie a que la adjudicación sea dejada sin efecto respecto del servicio adjudicado. En tal caso, corresponderá la readjudicación de la licitación, en atención a lo dispuesto en el numeral N°9.10 de las presentes bases de licitación.

En los dos casos anteriormente señalados, la SISS ejecutará la Garantía de seriedad de la oferta, si se hubiese exigido. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado incumpla el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato, en conformidad con lo establecido en los numerales 10.9.3 y 11, de estas bases de licitación.

10.15. Comportamiento ético del adjudicatario.

El adjudicatario de los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Dichos estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

10.16. Confidencialidad

El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y en general, cualquier información que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud del contrato.

El adjudicatario, así como su personal dependiente, que se haya vinculado con la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deberán guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el proceso licitatorio y el respectivo contrato.

El proveedor adjudicado deberá adoptar todas las medidas que aseguren la confidencialidad de la información, reservándose la SISS, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.

La divulgación por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes finalizado éste, podrá dar pie a que la SISS entable en su contra, las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.

Si durante la ejecución del contrato se detectan incumplimientos del proveedor contratado respecto de lo indicado en esta cláusula, se producirá el término anticipado del contrato, en conformidad con los numerales 12 y 10.9.3 de estas bases de licitación; lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse.

10.17. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social.

Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Lo anterior, es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente, durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá ser entregada por cada integrante de esta.

Para efectos de acreditar el cumplimiento de lo indicado en el párrafo precedente, el adjudicatario deberá entregar, a la mitad del período de vigencia del contrato, con un máximo de seis meses, el “Certificado de cumplimiento de obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo o en su defecto, una Declaración Jurada, en la que  se indique que “no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años” según el formato del Anexo N°7  “Declaración jurada para contratar”.

La SISS podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas, dentro del marco de lo permitido por la regulación nacional o internacional que sea aplicable.

En caso de que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, se establece que los primeros estados de pago, producto de esta licitación, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar posteriormente, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.

La SISS deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a terminar la relación contractual, en virtud de los numerales 4 y 10.9.3 “Término anticipado del contrato”, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

10.18. Normas laborales.

El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo, leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes, respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

En consecuencia, el adjudicatario será responsable en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa; del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

La SISS se reserva el derecho a exigir al proveedor, a simple requerimiento de su contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y el estado de cumplimiento. Con el propósito de hacer efectivos SISS, los derechos a ser informada y de retención de la SISS, consagrados en el artículo 183°-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria, derivada de las obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D° del mismo Código.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato no significará en caso alguno, que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por él, adquieran la calidad de funcionarios públicos, por tanto, no existe vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con la SISS.

10.19. Relación entre la SISS y el personal del proveedor.

 

Se deja expresamente establecido que la SISS no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y no asume ninguna obligación para con el personal que el proveedor destine o contrate para la provisión de los servicios licitados especialmente, aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del contratista, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.

En este sentido, se deja constancia, además, que la suscripción del contrato no significará en caso alguno, que el contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por él, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con la SISS.

El adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la SISS.

10.20. Propiedad de la Información.

La SISS será la titular de todos los datos correspondientes a transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos, archivos adjuntos, bases de datos y en general de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica, que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios, objeto de la presente licitación para la celebración del contrato.

El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin previa autorización escrita de la SISS. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la SISS o, al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.

10.21. Sometimiento a la legislación nacional.

El proveedor, por el sólo hecho de participar en este proceso, se someterá a la legislación chilena y a los siguientes cuerpos legales y reglamentos:

-         La Constitución Política de la República, en particular su artículo 19° N° 2, 3, 4 y 5.

-         Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada y su reglamento;

-         Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública;

-         Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

10.22. Acceso a sistemas.

En caso de que el personal del proveedor adjudicado requiera de acceso a los sistemas de la SISS, para llevar a cabo las prestaciones contratadas, deberá previamente informar a través del Coordinador del contrato a la contraparte de la SISS; indicando el nombre y RUT de las personas que accederán, el objeto de actividad, la fecha, lugar, el tipo de sistemas, información o equipos que requerirá.

Solo podrán tener acceso a los sistemas, aquellas personas autorizadas por la contraparte de la SISS, en los términos que ésta determine y se entenderá que existe prohibición de acceso, a todo otro sistema, información y equipos que no estén comprendidos en la autorización.

Si el personal del proveedor adjudicado que recibe la autorización de acceso utiliza equipos propios, éstos deberán ser individualizados previamente.

ANEXOS

ANEXO N°1: Formulario datos del oferente.

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

A) DATOS DEL OFERENTE.

Razón social o nombre persona natural

RUT

Dirección

Ciudad

Teléfono

Nombre Representante legal (si procede)

Rut Representante legal (si procede)

Correo electrónico

        ¿Oferente corresponde a una Unión Temporal de Proveedores?: ______ (Indicar Sí o No)

Se deja constancia que, en caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores, se deberá adjuntar obligatoriamente el Anexo N° 6, según lo establecido en el numeral 6 de estas Bases de licitación.

B) DATOS DE CONTACTO DEL OFERENTE PARA EFECTOS DE LA LICITACIÓN.

Nombre completo

Rut

Cargo

Teléfono

Celular (opcional)

Correo electrónico

Dirección

,

_________________________________________

NOTAS:

  1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente por el oferente.
  2. Tratándose de una oferta UTP, los datos de contacto del oferente deberán ser referidos al apoderado de esta, no siendo necesario que los demás miembros de la UTP completen este anexo.

ANEXO N°2: Declaración jurada de independencia de la oferta.

(Declaración para ofertar)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

 

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública y contratación del “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”, declaro bajo juramento que: 

 

(En el espacio respectivo marcar con “X” solo una opción de acuerdo con la declaración efectuada)

___ Mi representada no forma parte de un mismo grupo empresarial y no está relacionada con las personas, señaladas en los términos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas”, de la Ley N° 18.045 del Mercado de Valores.  

  

___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con las personas, señaladas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas”, de la Ley N° 18.045, del Mercado de Valores, pero ninguno de los miembros del grupo empresarial o personas relacionadas, participa en el presente procedimiento licitatorio, ofertando respecto del mismo producto o servicio.  

  

___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con las personas, señaladas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas”, de la Ley N° 18.045, del Mercado de Valores, donde alguno de los miembros del grupo empresarial o personas relacionadas, participan en el presente procedimiento licitatorio, respecto del mismo producto o servicio, señalando además, que la oferta que presenta mi representada, fue preparada con total independencia del miembro del grupo empresarial o  persona relacionada que participa del proceso

  

,  

 

 

_______________________________________ 

 

 

 

NOTA:  

     En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación. 


ANEXO N°3: Programa de integridad.

(Anexo para ofertar)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

 

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública y contratación del “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS declaro bajo juramento que: 

 

Mi representada ______ (SÍ/NO) posee un programa de integridad y que, éste es conocido por su personal, entendiendo por programa de integridad, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y, si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.  

 

A fin de comprobar su declaración se deberá adjuntar a la oferta, el referido programa de integridad.  

 

 

,  

 

________________________________________________ 

 

> 

 

 

NOTA:  

  1. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal o apoderado con poder suficiente para tal actuación. 
  2. Marcar con SI/NO el párrafo, según corresponda a su situación.  

ANEXO N°4A: Oferta técnica “NÓMINA DE VEHÍCULOS QUE COMPONEN LA FLOTA DEL PROVEEDOR”.

(Anexo para ofertar)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

  1. DATOS DE LA OFERTA.

Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP

RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP)

Fecha

  1. NÓMINA DE VEHÍCULOS QUE COMPONEN LA FLOTA DEL PROVEEDOR.

MARCA

MODELO

AÑO

PATENTE

1

2

3

4

5

6

7

Nota: Solo se evaluarán aquellos vehículos con 4 o menos años de antigüedad (año 2022 en adelante). Aquellos vehículos que tengan una mayor antigüedad a la señalada, no serán evaluados.

_________________________________________

NOTAS:

  1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso licitatorio en particular.
  2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo.
  3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP con poder suficiente.
  4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”.

ANEXO N°4B: Oferta técnica “EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR”.

(Anexo para ofertar)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

  1. DATOS DE LA OFERTA.

Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP

RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP)

Fecha

  1. EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR.

Nombre de la Institución.

Duración del servicio o contrato.

Orden de compra (ID).

Observación o información para complementar.

Nota 1:  Agregar cuantas líneas sean necesarias para completar su oferta.

Nota 2: Las órdenes de compra deben estar en estado “Recepción conforme”. Estas no deben tener una antigüedad mayor a 3 años, desde la fecha de aprobación de estas bases de licitación.

_________________________________________

NOTAS:

  1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso licitatorio en particular.
  2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo.
  3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP con poder suficiente.
  4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”.


ANEXO N°4C: Oferta técnica “PLATAFORMA TECNOLÓGICA OFRECIDA”.

(Anexo para ofertar)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

  1. DATOS DE LA OFERTA.

Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP

RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP)

Fecha

  1. PLATAFORMA TECNOLÓGICA OFRECIDA.

PLATAFORMA TECNOLÓGICA OFERTADA.

LINK DE ACCESO A PLATAFORMA DE PRUEBA Y DATOS (Usuario/password).

Proporciona una dirección web, nombre de usuario y password para prueba. El proveedor debe proporcionar un link de acceso a su plataforma para realizar las pruebas correspondientes a lo solicitado en el numeral 3.3 de las bases técnicas.

_________________________________________

NOTAS:

  1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso licitatorio en particular.
  2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo.
  3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP con poder suficiente.
  4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”.

ANEXO N°4D: Oferta técnica “TIEMPO DE ESPERA ENTRE LA LLEGADA DEL VEHÍCULO Y LA BAJADA DE BANDERA.”

(Anexo para ofertar)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

  1. DATOS DE LA OFERTA.

Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP

RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP)

Fecha

  1. TIEMPO DE ESPERA ENTRE LA LLEGADA DEL VEHÍCULO Y LA BAJADA DE BANDERA.

Minutos de espera ofertado por el proveedor entre la llegada del móvil y la bajada de bandera.

____ Minutos

_________________________________________

NOTAS:

  1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan, según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso en particular.
  2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo, cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo.
  3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP.
  4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”.

ANEXO N°4E: Oferta técnica “SUSTENTABILIDAD”.

(Anexo para ofertar)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

  1. DATOS DE LA OFERTA.

Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP

RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP)

Fecha

  1. SUSTENTABILIDAD.

Proveedor debe indicar la información relacionada con los vehículos pertenecientes a su flota, que sean híbridos o eléctricos.

MARCA

MODELO

AÑO

PATENTE

1

2

3

4

5

Nota: Agregar las líneas que sean necesarias para completar su oferta. Solo se evaluarán aquellos vehículos con 4º menos años de antigüedad (año 2022 en adelante). Los vehículos más antigüos no serán evaluados.

_________________________________________

NOTAS:

  1. El oferente deberá completar únicamente las secciones de este anexo que correspondan según los criterios de evaluación que se utilicen por parte de la entidad licitante en el proceso en particular.
  2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten el Anexo N° 4, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado. Del mismo modo, se declarará inadmisible la oferta que no complete alguna sección de este anexo, cuando ello sea requerido en virtud de los criterios de evaluación que sean utilizados por parte de la entidad licitante, entendiéndose que no se ha presentado debidamente el presente Anexo.
  3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP.
  4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos técnicos”.

ANEXO N°5: Oferta económica.

(Anexo para ofertar)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

  1. DATOS DE LA OFERTA.

Razón social oferente, nombre persona natural o nombre UTP

RUT del oferente (persona jurídica, persona natural o apoderado UTP)

Fecha

  1. OFERTA ECONÓMICA.

Factor

Precio

Valor cada 200 metros o 60 segundos

A)      Valor ponderado según numeral 9.6.1, letra H)

B)      Servicio Negativo

Precio ponderado final a) Valor ponderado + b) Valor del servicio negativo

_________________________________________

NOTAS:

  1. Todos los datos que sean solicitados deberán ser completados debidamente por el oferente según su oferta.
  2. Se declararán inadmisibles las ofertas que no presenten este anexo, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado.
  3. Se deberá presentar un único anexo, independiente si el oferente es persona natural, jurídica o UTP. En este último caso, el anexo deberá ser firmado por el apoderado de la UTP.
  4. Este anexo deberá ser ingresado en la sección “Anexos económicos”.

ANEXO N°6: Declaración para uniones temporales de proveedores.

(ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

1. Nombre de la Unión Temporal de Proveedores:

_____________________________________

2. Integrantes de la UTP:

Nombre o Razón Social

Rut

Calidad

1

Apoderado UTP

2

Integrante UTP

3

Integrante UTP

4

Integrante UTP

5

Integrante UTP

(Agregue tantas líneas como integrantes tenga la UTP)

3. Criterios Técnicos:

Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la unión temporal determinarán los antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando, lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de sus integrantes.

Criterio de evaluación

Rut integrante UTP

Razón social integrante UTP

4. Declaración de objeto, solidaridad y vigencia de la UTP:

Mediante este documento declaro lo siguiente:

  1. Ser parte de la Unión Temporal de Proveedores señalada en el numeral 2 de este documento, la que tiene por objeto presentar una propuesta formal, bajo la modalidad establecida en el artículo 180° del Reglamento de la Ley N°19.886, al proceso de licitación denominado “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”, publicado en www.mercadopublico.cl con el ID __________.

  1. Asimismo, señalo que juntamente con todos los integrantes de esta UTP, seré solidariamente responsable de la presentación de la oferta, así como de las obligaciones que se contraigan en virtud de los contratos suscritos, en caso de resultar adjudicado, en esta licitación.

  1. Finalmente, señalo que la vigencia de la UTP, no será inferior a la vigencia del contrato que derive de la adjudicación de esta licitación, incluyendo renovaciones, incrementos de plazos y prórrogas que procedan.

5. Otorgamiento de poder para representación de la UTP:

Mediante el presente documento, vengo en conferir poder de representación, al integrante de la UTP que actúa como su apoderado en el proceso licitatorio, según lo señalado en el numeral 2 de este anexo, para que en mi nombre y representación, suscriba y presente todos los documentos y anexos que sean requeridos para la presentación de la oferta, de acuerdo con lo dispuesto en las  bases de licitación, especialmente, a lo referido en la “Declaración jurada online” y los anexos técnicos y económicos que componen la oferta.

,

_________________________________________

NOTAS:

  1. Todos los datos solicitados deben ser completados debidamente y ser coincidentes con el instrumento de constitución de la UTP, exigido en el artículo 180° del Reglamento de la Ley N°19.886.
  2. Cada uno de los miembros de la UTP, incluyendo el apoderado, deberán completar, firmar y adjuntar correctamente, este anexo a la oferta que se presente. Esta información deberá ser concordante entre sí.  Luego, se deberán presentar tantos anexos como integrantes tenga la UTP.
  3. En caso de que faltare alguna declaración o ésta no se encuentre completada y firmada correctamente o la información contenida en las diferentes declaraciones, no sea concordante entre sí, conllevará a que la oferta de la UTP sea declarada inadmisible, sin perjuicio de la aplicación del artículo 56° del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede y, sólo en el caso de aplicación de los numerales 9.3 y 9.4 de las bases de licitación.

ANEXO N°7: Declaración jurada para contratar.

(Deudas Vigentes con Trabajadores)

LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N°, del mismo domicilio, declaro que mi representada:

(En el espacio en blanco, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda):

“____ registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años”.

Asimismo, declaro que, por este acto, vengo en ratificar todo lo obrado por el proveedor a quién represento y cuya oferta fue adjudicada en esta licitación, sea que se trate de actuaciones efectuadas por personas con o sin poder de representación suficiente.

,

_________________________________________

NOTAS:

  1. Este anexo sólo se requiere del proveedor que resulte adjudicado y deberá ser presentado al momento de la contratación (numeral 7 de las bases),

  1. Consideraciones para la presentación de este anexo como documento para contratar:

-  Todos los datos solicitados deben ser completados correctamente. Asimismo, este anexo deberá ser firmado exclusivamente, por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado con el debido poder para tal actuación, o bien, persona natural, según proceda.

-  En caso de que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de sus integrantes deberá presentar este anexo completado correctamente y firmado.

  1. Este anexo no será válido, en caso de no cumplir con lo dispuesto en el punto 2 de estas notas, siendo este documento, uno de los requisitos dispuestos en el numeral 7 de estas bases para la celebración del contrato. Por lo tanto, su no presentación el plazo dispuesto para ello, conllevará a la “Readjudicación” de la licitación.



[1] Unión Temporal de Proveedores (UTP): Las ofertas de las UTP y su evaluación deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 180 y siguientes del Reglamento de la ley N° 19.886 y, preferentemente, seguir las recomendaciones de la Directiva N° 22 de la Dirección ChileCompra disponible en https://www.chilecompra.cl/directivas-de-compra/.

Base Técnica

BASES TÉCNICAS.

LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE TRASLADO DE PASAJEROS”.

1.      EL SERVICIO LICITADO

La Superintendencia de Servicios Sanitarios, ahora en adelante, la SISS, necesita satisfacer la necesidad de traslado de sus funcionarios, por tanto, hace un llamado público y abierto -mediante Licitación Pública- a quienes puedan prestar el servicio de traslado de pasajeros en taxi ejecutivo o de turismo, bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios, por un periodo de 48 meses o hasta completar el monto máximo del contrato, según lo que ocurra primero.

El objeto de esta contratación apunta a satisfacer las eventuales necesidades de transporte y movilización de los funcionarios de la SISS, que deben desplazarse a distintas localidades de la Región Metropolitana, para realizar fiscalizaciones, gestiones u otros trabajos, en terreno, que les permitan cumplir con las funciones propias de su labor; en los casos en que estos traslados no puedan ser realizados por la flota propia.

2.      ALCANCE Y COBERTURA

El alcance de este contrato corresponde a requerimientos del Nivel Central de la SISS, ubicada en la Región Metropolitana. Su utilización será acotada exclusivamente, a la Región Metropolitana.

3.      ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO

La SISS requiere contratar el “Servicio de traslado de personas en taxi ejecutivo o de turismo, a distintas localidades de la Región Metropolitana, con cantidad variable de usuarios y bajo requerimiento específico o contra demanda puntual de la SISS.

El servicio de traslado de pasajeros solo podrá ser utilizado para la realización de gestiones de carácter institucional, relacionados con labores propias de la SISS y, siempre que cuente con la autorización del Inspector fiscal del contrato.

Para esta licitación pública se entenderá como “bajo la modalidad de contrato prestación de servicios” a la utilización ocasional, sin demanda fija ni mínima de consumo de dicho servicio ya que, se solicitará según la demanda o necesidad puntual de la SISS.

La SISS seleccionará la mejor oferta, de acuerdo con los criterios técnicos y económicos establecidos en estas bases.

El Servicio de traslado de personas en taxi ejecutivo o de turismo, comprende la utilización de   automóviles de cualquier color, los que se identifican por su placa patente; naranja con letras negras para el Taxi ejecutivo y placa patente naranja con letras blancas para los Taxi Turismo.

El servicio deberá estar disponible 24/7, la fijación del precio podrá ser establecido conforme a 2 modalidades de incremento, es decir, cada 200 mts. o cada 60 segundos.

En el caso de la Región Metropolitana, las tarifas son fijadas por la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones (SEREMITT), órgano que mediante la Resolución Exenta 41/2026, determinó para el periodo que inició el 12 de enero del 2026, el siguiente tarifario:

-        Bajada de Bandera: $2200

-        Cobro variable (c/60 seg o c/200 mts): Mínima: $150 y Máxima: $200

  • SOBRE EL COBRO VARIABLE:

El cobro variable de los servicios será mediante los valores indicados en el Anexo N°5. Sin embargo,  los

servicios adicionales que pudiesen requerirse, por ejemplo; TAG o cobro de peajes urbanos o interurbanos, entre otros análogos, o los cobros por acceso o estacionamiento en aeropuertos o similares, se deberán detallar en la respectiva boleta y posterior informe de rendición.

Las nuevas tarifas de Bajada de Bandera que fije la SEREMITT, para los periodos sucesivos, se aplicarán al contrato vigente con el adjudicado, sin embargo, la tarifa variable, se fijará de acuerdo con rango al que opte el proponente en su oferta y de acuerdo con la equivalencia que corresponda, a las futuras resoluciones de la SEREMITT.

  • SOBRE LAS SOLICITUDES DE MÓVILES:

La programación del servicio consistirá en la solicitud formal de la SISS, mediante llamado telefónico, correo electrónico, WhatsApp, aplicación o página web del adjudicado o el medio que defina en su oferta técnica, en donde se realizará la reserva y se indicará el itinerario del traslado a realizar

La solicitud deberá indicar, a lo menos la siguiente información:

-        Hora de solicitud de servicio.

-        Nombre completo o RUT del usuario del servicio.

-        Dirección y horario de recogida.

-        Dirección final del servicio.

-        Centro de costo SISS.

Eventualmente, la solicitud puede considerar paradas intermedias y/o retiro de pasajeros adicionales, todos debidamente identificados, hasta el máximo del vehículo.

Cada solicitud deberá generar un registro (ID) que acredite que esta ha sido recibida conforme, por parte del oferente adjudicatario, la que debe ser notificada al pasajero por escrito según la forma que se señale en la oferta técnica.

  • CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE TAXI EJECUTIVO O DE TURISMO.

Para los tiempos de espera, se aplicarán los cargos de acuerdo con el taxímetro por cada 60 segundos adicional, sin embargo, el oferente podrá ofertar un tiempo mayor de espera, el cuál será evaluado según el criterio definido en el numeral 9.6.1, letra d), de las bases administrativas.

Si transcurrido el tiempo de espera ofertado por el proveedor, desde la puesta en marcha del taxímetro en el punto de encuentro, el funcionario SISS, aún no aborda el taxi ejecutivo o de turismo; el conductor o central de contacto, deberá comunicarse a su número telefónico  y confirmar el uso del servicio; de no tener una respuesta afirmativa- que considera  el no responder-  se entenderá como “servicio negativo”, por lo que se deberá cancelar la reserva, considerando para estos efectos, un cobro fijo del monto que se oferte en el Anexo N°5.

Cabe señalar, que el conductor deberá reportar esta situación a la central de la empresa, para que esta última lo informe mediante correo electrónico al coordinador del contrato, de no realizar este acto, no se podrá hacer efectivo el cobro antes señalado.

Las reservas acordadas con el proveedor podrán ser canceladas sin costo para la SISS, salvo las que correspondan a “servicio negativo”, que se define en el punto anterior.

  • CARACTERÍSTICAS DE LOS VEHÍCULOS

Los vehículos deben ser taxis ejecutivos y de turismo, de acuerdo con lo establecido en las letras s) y t) del artículo 4°, punto 1, de la Resolución Exenta Nº 2862, de 02 de octubre de 2015, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

  • MODALIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La modalidad de prestación del servicio a contratar es SOLO A REQUERIMIENTO de la SISS, a través del

Inspector fiscal del contrato o del funcionario que esté autorizado por la institución para ello, siempre de manera previa y debidamente identificado.

Los tiempos establecidos corresponderán a la modalidad de solicitud programada o inmediata, según corresponda a cada caso en particular.

  • Tipos de Solicitud

Las solicitudes del servicio se efectuarán bajo dos modalidades: solicitud programada o solicitud inmediata.

1. SOLICITUD PROGRAMADA: Corresponde a la solicitud realizada con más de 120 minutos de anticipación al inicio de cada servicio.

2. SOLICITUD INMEDIATA: Corresponde a la solicitud realizada en un periodo de tiempo comprendido entre los 01 y 120 minutos de anticipación al inicio de cada servicio.

3. EJECUCIÓN DEL SERVICIO.

El servicio de traslado de funcionarios de la SISS, será formalizado con la celebración y firma del contrato entre ambas partes, para luego realizarse mediante la emisión de orden de compra que corresponda en el periodo multianual indicado en las bases administrativas.

3.1 Sobre el servicio.

El servicio de traslado comienza desde que el funcionario de la SISS aborda el vehículo y finaliza cuando desciende de éste.

3.2 Registro y pago.

Cada solicitud deberá generar un registro (ID) único que acredite que ésta ha sido recibida conforme por

parte de la empresa contratada.

Cada prestación generará un reporte del vehículo utilizado. Éste deberá ser entregado vía Boucher ovale de servicio, en papel o electrónico, registrando nombre del pasajero, lugar de salida, lugar de destino, costos de peajes por paso de autopista (en caso de utilizar) y monto final del servicio traslado.

La empresa deberá presentar un reporte o planilla que contenga todos los datos anteriormente individualizados, previo a la facturación. Una vez validados, en un plazo no superior de 5 días hábiles, se autorizará la emisión de la factura correspondiente.

El servicio se pagará en forma mensual y de acuerdo con la planilla resumen de los traslados realizados durante el período, previa recepción conforme por parte del Coordinador del contrato, en el plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura.

3.3 De la solución tecnológica ofrecida.

3.3.1. El proponente deberá ofrecer una solución tecnológica particular para la SISS o, la que esté explotando para su funcionamiento o con otros clientes.

Dicha tecnología, debe ser capaz de:

  • Hacer un seguimiento online de los servicios utilizados.
  • Generar Control gastos por centros de costos.
  • Administración usuarios y control de accesos.
  • Reportar por periodos, centros de costos, usuarios y otros criterios.
  • Prefectura para aprobar consumo mensual.
  • Otras funciones que generen valor agregado a la oferta.

3.3.2. Sitio de pruebas.

Cuando el proveedor oferta la solución tecnológica señalada en el punto anterior, debe entregar a la SISS:

-        Un sitio o plataforma de pruebas, donde se verificará el cumplimiento de las características antes señaladas, por lo que deberá proporcionar una dirección web, un nombre de usuario y password con acceso a crear, revisar y reportar con datos ficticios.

Estos requisitos mínimos deben ser declarados en el anexo N°4C, el que debe coincidir con el criterio de evaluación técnico indicado en el numeral 9.6.1 de las bases administrativas. La oferta del proveedor que no cumpla o no declare lo solicitado en el anexo, será declarada inadmisible.

3.4 Características de los vehículos y conductores prestadores del servicio.

Los móviles y conductores con los cuales el proveedor adjudicado prestará el servicio deberán cumplir

con toda la normativa vigente establecida por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que regula esta modalidad de transporte de pasajeros, privado y remunerado. Para lo que se considerará, los siguientes cuerpos normativos; el Decreto 212/92 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros; el Decreto 80/2004; la Resolución Exenta N° 2812/2015 y la Resolución Exenta Nº2862/2015, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

3.5. Coordinador y supervisor del contrato.

El adjudicatario deberá contar con un Coordinador del contrato o contacto único, que atienda todas las consultas, requerimientos administrativos, comerciales y de cumplimiento de contrato, sugerencias, reclamos, felicitaciones, entre otras.

Por su parte, la SISS dispondrá de un Administrador o Inspector fiscal único, para atender todas la consultas o requerimientos de la empresa.

Los contactos serán vía correo electrónico, salvo que la SISS estime conveniente otro medio.

4.      Entrega de los Servicios.

Plazo de entrega: Obedece a la particularidad de cada requerimiento (Solicitud programada o solicitud inmediata).

Los eventos de fuerza mayor o caso fortuito, se encuentran regulados en el numeral 10.9.1 de las presentes Bases.

4.1 Condiciones y Lugar de entrega (de la reportabilidad):

1. Forma de presentación: vía correo electrónico al Coordinador del contrato.

2. Responsable recepción: Jefe Unidad Adquisiciones y Logística o quien este designe.

5.      Coordinador del Contrato

Jefatura de la Unidad Adquisiciones y Logística.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.