Licitación ID: 1593-42-LE21
Diagnóstico del uso actual y construcción de una propuesta para la correcta formulación de mejoras en los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Consultores hidráulicos 1 Unidad
Cod: 83101505
Diagnóstico del uso actual y construcción de una propuesta para la correcta formulación de mejoras en los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Diagnóstico del uso actual y construcción de una propuesta para la correcta formulación de mejoras en los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Que, considerando los Principios Estratégicos, Operacionales y Líneas de Acción de la Estrategia de Transformación Digital del Estado de Chile, disponer de un diagnóstico del uso actual de los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS, así como de una metodología para la correcta formulación de mejoras a los mismos, según bases adjuntas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
R.U.T.:
61.221.000-4
Dirección:
Moneda N° 673, Piso 7
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-07-2021 12:00:00
Fecha de Publicación: 02-07-2021 9:59:26
Fecha inicio de preguntas: 02-07-2021 12:00:00
Fecha final de preguntas: 09-07-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-07-2021 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-07-2021 12:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-07-2021 18:00:00
Fecha de Adjudicación: 10-08-2021 16:07:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales
Se refiere al formulario F 30 de la Dirección del Trabajo o bien emitidos por Entidades o Instituciones Competentes, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (D.S. N°319/06 del Ministerio del Trabajo).
2.- Entregar Antecedentes Administrativos
Artículo 18° de las Bases Administrativas.-
Documentos Técnicos
1.- Artículo 18° de las Bases Administrativas.-
 
Documentos Económicos
1.- Artículo 18° de las Bases Administrativas.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
Observaciones LOS ANTECEDENTES SOLICITADOS DEBEN SER INGRESADOS A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO.
Inscritos en Chileproveedores 0
En relación a la Inscripción en ChileProveedores ENCONTRARSE INSCRITOS EN CHILEPROVEEDORES, DE ACUERDO AL INSTRUCTIVO PRESIDENCIAL N° 8 DEL 02-12-2006, SOBRE TRANSPARENCIA ACTIVA Y PUBLICIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. Y LA CIRCULAR N° 09 DEL 06/03/07,DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Correcta presentación de la oferta Artículo 23° de las Bases Administrativas.- 5%
2 Evaluación Económica Artículo 23° de las Bases Administrativas.- 25%
3 Evaluación Técnica Artículo 23° de las Bases Administrativas.- 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Superintendencia de Servicios Sanitarios
Monto Total Estimado: 35000000
Justificación del monto estimado Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios 2021.-
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto Superintendencia de Servicios Sanitarios 2021.-
Tiempo del Contrato 120 Días
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Pablo Carrasco Milla
e-mail de responsable de pago: pcarrasco@siss.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Pablo Carrasco Milla
e-mail de responsable de contrato: pcarrasco@siss.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-23824000-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La Superintendencia de Servicios Sanitarios no acepta subcontrataciones. Esto es que la empresa adjudicada no puede transferir el contrato a terceros.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Administrativas

1       ANTECEDENTES GENERALES

 

ARTÍCULO 1: Identificación del servicio

Las presentes Bases Administrativas, se refieren a la licitación para contratar el servicio de DIAGNÓSTICO DEL USO ACTUAL Y CONSTRUCCIÓN DE UNA PROPUESTA PARA LA CORRECTA FORMULACIÓN DE MEJORAS EN LOS SISTEMAS Y HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS DE APOYO EN LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS (SISS)”.

 

El detalle de los servicios que se contratarán está especificado en las Bases Técnicas de la licitación.

 

ARTÍCULO 2: De la publicación y tramitación a través del portal Mercado Público

El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el portal de compras” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través de este, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles gratuitamente en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.

 

En caso de indisponibilidad técnica del Sistema www.mercadopublico.cl, debidamente acreditada por la Dirección de Compras Públicas mediante la emisión de un certificado de indisponibilidad. Esto es, que todas o algunas de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante la SISS, podrá ejecutar el proceso o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Para ello, se deberá poner oportunamente en conocimiento de los oferentes la posibilidad de recibir las ofertas técnicas y económicas a través del correo electrónico de la Oficina de Partes de la SISS (ofpartes@siss.gob.cl), y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del proceso de contratación, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto, especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación. Lo anterior, con pleno respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases y teniendo presente lo más conveniente para la SISS.

 

ARTÍCULO 3: Contratante

El contratante es la Superintendencia de Servicios Sanitarios, y será coordinado e inspeccionado a través de la Unidad de Planificación y Gestión de la División de Fiscalización.

 

ARTÍCULO 4: Tipo de contrato

El contrato a que se refieren estas Bases Administrativas será a suma alzada en pesos, sin reajuste.  

 

ARTÍCULO 5: Etapas de la Licitación

La presente licitación se realizará en dos etapas, la apertura de la oferta técnica y luego de la oferta económica, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. La oferta será declarada inadmisible en caso de que el oferente presente los antecedentes de la oferta técnica y económica en forma conjunta.

 

ARTÍCULO 6: Presupuesto

El trabajo que se contrata se financiará a través de fondos provenientes del Subtítulo 22, del Presupuesto SISS Año 2021, por un presupuesto máximo total de $35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos, IVA incluido). Se declararán inadmisibles aquellas ofertas que superen el presupuesto máximo fijado para la licitación.

 

ARTÍCULO 7: Requisitos mínimos para participar

 

a)     No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.

 

b)    No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

 

c)     No ser funcionario directivo de la Dirección ChileCompra, ni de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

 

d)    Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.

 

A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Superintendencia de Servicios Sanitarios podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

Unión Temporal de Proveedores (UTP):

 

Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:

 

FORMULARIO N°1: Declaración prácticas antisindicales (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

 

FORMULARIO N°2: Declaración jurada sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión Temporal de Proveedores.

 

FORMULARIO N°3: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser entregado por el apoderado UTP quien realiza la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.

En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.

 

ARTÍCULO 8: relación con empresas sanitarias

El oferente no podrá estar relacionado con una empresa sanitaria o una administradora de una concesión sanitaria, en los términos que define el título XV de la Ley N° 18.045. Deberá acompañar conjuntamente con la oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°11, firmada por el representante legal de la persona jurídica respectiva.

 

ARTÍCULO 9: Idioma

El idioma oficial de la presente licitación será el español. Del mismo modo, el idioma oficial del contrato adjudicado será el español.

 

ARTÍCULO 10: Cómputo de plazos

Todos los plazos contenidos en las presentes bases son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. Para estos efectos, serán días hábiles todos los días, con excepción de los sábados, domingos y festivos.

En caso de que un plazo expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.

 

ARTÍCULO 11: Gastos

Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado.

 

ARTÍCULO 12: Documentos que integran la licitación

Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican:

 

a)     Bases Administrativas y Bases Técnicas, con sus correspondientes anexos.

b)    Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la SISS, a través de la resolución correspondiente.

c)     Serie de Preguntas y Respuestas.

d)    Aclaraciones.

e)     Las Propuestas Técnica y Económica del oferente seleccionado, que debe incluir todos los formularios solicitados.

f)      Otros antecedentes o documentos indicados en las Bases Administrativas y/o Técnicas.

g)    Las resoluciones que dicte la SISS sobre la materia de esta licitación.

 

ARTÍCULO 13: Aceptación de los términos de las Bases

La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.

 

ARTÍCULO 14: Confidencialidad y reserva de los antecedentes

A fin de guardar estricta reserva de todos los antecedentes, datos, estadísticas, políticas o criterios propios de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, los oferentes deberán adjuntar a su oferta el FORMULARIO N°9. La no presentación de este formulario será causal para desestimar la oferta del respectivo proponente.

 

ARTÍCULO 15: Interpretación de las Bases

La SISS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.

 

ARTÍCULO 16: Aclaraciones y modificaciones a las Bases

Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta Pública podrán ser solicitadas a través de www.mercadopublico.cl hasta la fecha definida a través del Portal.

La SISS responderá estas consultas mediante documento único denominado "Serie de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones", el que será enviado a los participantes a través del portal www.mercadopublico.cl .

Sin perjuicio de lo anterior, la SISS se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las Aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación y con anterioridad a la Apertura de las Ofertas. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.

La SISS podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta el día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas.

 

2       PROPUESTA

 

ARTÍCULO 17: Presentación de la Propuesta

Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, establecido en el Cronograma de Actividades y en los horarios indicados en el portal www.mercadopublico.cl.

 

Los proveedores podrán presentar más de una oferta, en este caso, se entenderá como válida la última oferta presentada por el proveedor. 

 

Cada una de las ofertas, deberán cumplir íntegramente con lo exigido en estas bases, siendo evaluadas individualmente.


Serán rechazadas las propuestas que no contengan todos los antecedentes solicitados, que estén condicionadas y/o que contengan enmiendas o irregularidades que alteren la claridad de la propuesta, todo esto a juicio de la Comisión de Evaluación (en adelante, la Comisión).


ARTÍCULO 18: Contenido de las propuestas

La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con hojas numeradas e índice. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación.

 

1.    Antecedentes Administrativos


Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda:


-  Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.

 

-  Tratándose de una UTP deberá adjuntar los FORMULARIOS 1, 2 Y 3, especificados en el artículo 7 de las presentes Bases Administrativas.

 

-  Tratándose de personas jurídicas: FORMULARIO N°11 sobre no estar relacionado con una empresa sanitaria.

 

2.    Oferta Técnica

 

Es la que, cumpliendo todas las exigencias de las Bases Técnicas, detalla las características de los servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.

Adicionalmente, se considera que son parte de la Oferta Técnica de un proponente y deberán entregados en conjunto con ésta, los siguientes documentos:

 

2.1. Equipo propuesto para la ejecución del trabajo

 

a)     Antecedentes generales: Equipo de profesionales que se desempeñará en el proyecto, según el FORMULARIO Nº5.

b)    Experiencia del oferente: Se evaluarán los aspectos señalados en el numeral 3.1 de las Bases Técnicas los que deben quedar reflejados en el FORMULARIO Nº4. Se evaluará solo la experiencia desarrollada en los últimos 5 años, diferenciando las actividades realizadas en el sector público y privado, y detallando los principales clientes y adjuntando un documento que respalde el contrato.

c)     Experiencia de los integrantes del equipo: Curriculum Vitae detallado de cada uno de los integrantes que se desempeñará en el proyecto (FORMULARIO Nº6) con la experiencia relevante al servicio a realizar, considerando lo especificado en el numeral 3.1 de las Bases Técnicas. Se considerará como relevante, sólo aquella experiencia obtenida de la documentación referida a los últimos 5 años, contados desde la fecha de la apertura de la oferta técnica.

d)    Carta Compromiso: Este documento deberá ser firmado por el representante legal, en representación de cada profesional que sea ofertado, comprometiendo su participación en el proyecto (FORMULARIO Nº7). Se exigirá la activa participación en el proyecto y en las reuniones de trabajo periódicas, de la totalidad del equipo profesional propuesto en la oferta, según la materia que se trate. Sólo se aceptará el reemplazo de los integrantes del equipo propuesto, en casos de fuerza mayor. En caso de que un miembro del equipo profesional incluido en la oferta, una vez adjudicada, no se presente a cumplir las labores comprometidas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la adjudicación, se procederá a dejar la misma sin efecto.

 

2.2.      Programa de trabajo y cantidades de trabajo ofertadas

Se deberá presentar como programa de trabajo los plazos asociados a los recursos ofertados, considerando la entrega de los respectivos informes y plazos para sus correcciones, a partir de las observaciones que formule la SISS y en concordancia con lo indicado en las Bases Técnicas. El detalle de entrega de entrega de informes se especifica en el Artículo 33 de las presentes bases.

 

2.3.      Serie de “Preguntas y Respuestas”

En atención a lo señalado en el Artículo 16 de las presentes Bases, debe ser ingresado junto a la oferta técnica, firmado por el oferente o su representante legal, según corresponda.

 

3.     Oferta Económica

Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán al total ofertado a valor neto, es decir, que no deben contener el IVA, pues el propio portal agrega el impuesto.

Sin perjuicio de lo anterior, la oferta económica se deberá incluir como un formulario integrante de la propuesta, en el que se deberá expresar su valor tanto en cifras como en palabras, en moneda nacional de la fecha de recepción de las propuestas, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar, de acuerdo con el FORMULARIO N°10.

 

Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.

 

3       APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

                                                 

ARTÍCULO 19: Apertura de la oferta

La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en dos actos.

Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas.

 

ARTÍCULO 20: Comisión evaluadora

La Superintendencia de Servicios Sanitarios designará por Resolución, a los funcionarios que constituirán dicha Comisión.

Teniendo en cuenta lo establecido en la Res. Ex. Nº 237 B del 13 de abril de 2020 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que aprueba la directiva N°34 de recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia del virus COVID-19, esta Superintendencia establece que la Comisión podrán sesionar de manera remota, utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes (videoconferencias, correo electrónico, Webex u otras). Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple.

 

ARTÍCULO 21: Aclaraciones solicitadas a los oferentes

La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, antecedentes o formularios faltantes, o aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de estos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.

 

ARTÍCULO 22: Errores u omisiones detectados durante la evaluación

La SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.

La SISS podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán presentar los antecedentes omitidos o hacer las rectificaciones que sean procedentes para salvar errores u omisiones formales dentro del plazo que se designe por la SISS al hacer el requerimiento, el que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl.

 

ARTÍCULO 23: Criterios de Evaluación de las Propuestas

Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación Técnica y un Acta de Adjudicación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo con lo dispuesto en Bases Administrativas y en las Bases Técnicas, en consideración al interés público comprometido, procediendo a emitir un informe de adjudicación que recomendará la adjudicación de la oferta más conveniente para los intereses de la institución, considerando los siguientes parámetros:

 

Criterio

Porcentaje

a)   Oferta Técnica

70%

b)   Oferta Económica

25%

c)   Correcta presentación de la oferta

5%

 

 

 

 

 

23.1.    Evaluación de la Propuesta Técnica:

La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo con la siguiente tabla:

 

Criterio

Sub-Criterio

Fórmula de Cálculo

Oferta Técnica

70% de la calificación total

Requerimientos Técnicos

50 % de la oferta técnica

Puntaje

Descripción

100

Excelente: Cumple con lo solicitado, aporta funcionalidad adicional.

90

Suficiente: Cumple con lo solicitado.

30

Insuficiente: Cumple en forma parcial con lo solicitado.

0

Deficiente: No cumple con lo solicitado. No presenta información.

Nota 1: Se entenderá por “Requerimientos Técnicos”, todo el contenido de las Bases Técnicas.

Nota 2: Funcionalidad adicional, hace referencia a prestaciones que oferente el proveedor interesado, que no estén consideradas en las Bases Técnicas y agreguen valor a la propuesta.

Experiencia del oferente

20% de la oferta técnica

Puntaje

Número Total de proyectos incluidos en Formulario N°4

100

Más de 5 proyectos

75

Entre 3 y 5 proyectos

50

Entre 1 y 2 proyectos

0

No informa o no se puede demostrar.

Nota: Se considerarán proyectos similares, desarrollados en los últimos 5 años, contados desde la fecha de la apertura de la oferta técnica.

Experiencia del equipo

20% de la oferta técnica

Puntaje

Años promedio de experiencia del equipo en proyectos relacionados con la licitación

100

Más de 4 años en promedio

75

Más de 2 y menos de 4

50

Menos de 2 años

0

No informa

Nota: Se evalúa con la información del Formulario N°6. Los años de experiencia para cada integrante del equipo se obtendrán de la resta del año del proyecto más antiguo, que sea atingente al estudio y del proyecto más reciente. Luego se calculará el promedio de años para el equipo y se asignará el puntaje de la tabla antes señalada.

Horas ofertadas del jefe Proyecto

5% de la oferta técnica

Porcentaje de horas del jefe de Proyecto: (N° Total Horas comprometidas del jefe de Proyecto/N° Total Horas comprometidas en el proyecto) *100

Puntaje del oferente i: (% Horas jefe Proyecto i / Máximo % Horas ofertadas jefe Proyecto) *100

Nota: Se evalúa con la información del Formulario N° 5.

Se calcula el porcentaje de cada oferente y el puntaje se obtiene comparando con el porcentaje máximo de todos los ofertados.

Horas ofertadas del equipo, excluido jefe de Proyecto

5% de la oferta técnica

Porcentaje de horas del Equipo (excluido jefe de Proyecto):

(N° Total Horas comprometidas del Equipo (excluido jefe de Proyecto) / N° Total Horas comprometidas en el proyecto) *100

Puntaje del oferente i: (% Horas Equipo (excluido jefe de Proyecto) i / Máximo % Horas ofertadas Equipo (excluido jefe Proyecto)) *100

Nota: Se evalúa con la información del Formulario N° 5.

Se calcula el porcentaje de cada oferente y el puntaje se obtiene comparando con el porcentaje máximo de todos los ofertados.

 

Nota: El proveedor que sea adjudicado deberá tener como mínimo 90 puntos en su evaluación del cumplimiento de los requerimientos técnicos, y más de un 70 % en la evaluación de la propuesta técnica.

 

Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9.

 

El puntaje técnico de cada proponente se calcula de la siguiente manera:

Puntaje por evaluador: corresponde al promedio aritmético de las calificaciones asignadas por cada miembro de la comisión en los distintos aspectos considerados.

Puntaje técnico de la oferta: se calcula como el promedio ponderado de los puntajes asignados por cada evaluador. Este corresponde a la evaluación técnica final del proponente.

 

En la Evaluación Técnica, el aspecto de Experiencia se evaluará fundamentado en los antecedentes presentados como respaldos por los oferentes en sus propuestas.

 

23.2.    Evaluación de la propuesta económica:

 

Criterio

Puntaje

 Oferta Económica

25% de la calificación total

(Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) X 100

 

23.3.    Correcta presentación de la oferta:

 

Está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por la SISS.  Este criterio representa un máximo de 100 puntos, y se obtendrá presentando la documentación requerida tanto en las bases administrativas, como en las bases técnicas.  La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo con lo siguiente:

 

Criterio

Puntaje

Descripción

Documentos requeridos en la oferta

Correcta presentación de la oferta

5% de la calificación total

100

Presenta todo lo solicitado. La SISS no requiere antecedentes, aclaraciones o certificaciones adicionales.

50

La SISS requiere antecedentes, aclaraciones o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente los presenta dentro del plazo.

0

La SISS requiere antecedentes, aclaraciones o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo.

Puntaje final de la oferta:

El estudio se adjudicará al proponente que obtenga el Puntaje Final máximo correspondiente

 

 

 

ARTÍCULO 24: Mecanismo de solución en caso de empates

En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el ítem Requerimientos Técnicos; si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje en el ítem Experiencia del Equipo, así sucesivamente con los ítems de mayor puntaje que son Experiencia del Oferente, Horas Ofertadas del Jefe de Proyecto, Horas Ofertadas del Equipo, Oferta Económica y Correcta Presentación de la Oferta, en ese orden.

 

ARTÍCULO 25: Adjudicación

La adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del Acta de Adjudicación elaborada por la Comisión Evaluadora.

 

ARTÍCULO 26: Readjudicación

La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el Artículo 41, inciso final, del reglamento de la Ley N° 19.886.

Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original.

En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

 

ARTÍCULO 27: Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción

La SISS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.

Además, la SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses.

En todo caso, las declaraciones de la SISS se efectuarán siempre mediante resolución fundada.

 

ARTÍCULO 28: Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación

Se comunicará el resultado de la licitación pública de la correspondiente Resolución a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

Los oferentes podrán hacer consultas relacionadas con la adjudicación, en el plazo de 3 días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán efectuarse a través del portal mercado público.

Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.

4       CONTRATO

 

ARTÍCULO 29: antecedentes legales para ser contratado

Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato los documentos indicados en el Artículo 12 de las presentes bases. Los derechos y obligaciones que emanen del contrato no podrán ser cedidos ni transferidos en forma alguna, ya sea total o parcialmente.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato.

 

Inscripción en el Registro de Proveedores

En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

 

Si el oferente es Persona Natural

 

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Formulario N°8: Declaración Jurada para Contratar

Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.

Acreditar en el Registro de Proveedores

 

Fotocopia de su cédula de identidad.

Si el oferente no es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.

Acreditar en el Registro de Proveedores

 

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

FORMULARIO N°8: Declaración Jurada para Contratar

Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

 

ARTÍCULO 30: Perfeccionamiento y vigencia del contrato

El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios con la SISS dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación, entendiéndose el desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. Dicha situación no le dará derecho al adjudicatario a solicitar indemnización alguna.

Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.

 

ARTÍCULO 31: De la Ejecución del Contrato y Plazo del Servicio

El contrato se ejecutará hasta dar cabal cumplimiento a lo establecido en la Propuesta Técnica del oferente adjudicado, para las actividades y condiciones estipuladas en las Bases Técnicas de esta licitación.

Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente.

La SISS se reserva el derecho de suspender la ejecución de las etapas siguientes al término de cualquiera de las etapas del proyecto, sin derecho a indemnización de ningún tipo para el adjudicatario por el retraso involucrado.

 

ARTÍCULO 32: Modificación del contrato

Los servicios sólo podrán ser modificados durante su ejecución por mutuo acuerdo entre las partes o por la SISS de manera unilateral. Las modificaciones sólo podrán corresponder a materias relacionadas con el trabajo contratado, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados.

En caso de que las modificaciones representen un aumento de los servicios, el valor de éstos deberá ser igual a los del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato. En los nuevos servicios, se establecerá su monto de común acuerdo. Dicho aumento no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquiera modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos será objeto de una nueva Resolución de la SISS, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original.

 

5       PRODUCTOS DEL CONTRATO Y PROPIEDAD INTELECTUAL

 

ARTÍCULO 33: Informes

Los informes se deberán entregar de acuerdo con lo especificado en las Bases Técnicas.

 

ARTÍCULO 34: Propiedad intelectual

Todos los productos que se generen en el desarrollo del contrato serán de propiedad de la SISS, la que podrá utilizarlos una vez terminado el contrato con el adjudicatario, en la forma que ésta determine y sin un plazo acotado para hacerlo.

 

6       PAGOS

 

ARTÍCULO 35: Modalidad de pago

El pago se hará efectivo, sólo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato.

La SISS realizará pagos de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla, en concordancia con lo estipulado en los puntos 6 y 7 de las Bases Técnicas, debiendo considerar lo señalado en el Artículo 37 de Multas y Otras Sanciones de las presentes bases:

 

INFORME

% de PAGO

A

20%

B

20%

C

20%

D

20%

E

20%

 

 

 

 

 

 

 

Para proceder al pago, es previo y necesario que el Inspector Fiscal vise y apruebe los informes respectivos, siempre y cuando la SISS no haya suspendido la ejecución del contrato.

 

Una vez aprobados los informes y ejecutado el servicio, el adjudicatario deberá presentar la Factura o Boleta de Servicios, en conjunto con un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha del pago. Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante.

 

En caso de no tener trabajadores dependientes a la fecha de pago, el proveedor o proveedores deberá presentar una declaración jurada mediante la cual acredite dicha circunstancia (FORMULARIO N°12).

Visados y aprobados los informes y la boleta o factura, se realizará el pago dentro de treinta días corridos.

 

7       EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

 

ARTÍCULO 36: Administración y fiscalización de su cumplimiento

Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades:

 

a)         Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.

b)         Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.

c)          Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar.

d)         Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los servicios e informes requeridos.

e)         En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.

 

ARTÍCULO 37: Multas y otras sanciones

Cada día de atraso en la entrega del servicio significará una multa de 0,5 UF por día. A partir del segundo atraso, la SISS, adicional a la multa, podrá solicitar un cambio del o los recursos dispuestos por el adjudicatario. Con todo, se tolerará un máximo de tres atrasos, en consecuencia, el cuarto atraso dará derecho a la SISS a poner término al contrato.

Las multas se evaluarán en cada estado de pago y, por lo tanto, se establecerá una evaluación concordante con la periodicidad de pagos acordada

En caso de que los servicios entregados, dentro o fuera de los plazos definidos, no cumplan con lo requerido en las especificaciones, el tiempo que se requiera por parte del adjudicatario para las correcciones se considerará como tiempo de atraso en la entrega y aplicarán las mismas condiciones y consideraciones señaladas precedentemente.

El valor total acumulado de las multas no podrá exceder del 10 % del valor total del contrato. En caso de excederse del 10 % señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato.

 

ARTÍCULO 38: Responsabilidad del adjudicatario

El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios que entregue, de modo que cualquier error que signifique perjuicio para la SISS, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la empresa adjudicataria los representantes legales asumirán esta responsabilidad, la que se entenderá en su más amplia acepción.

 

ARTÍCULO 39: Término anticipado del contrato

Podrá ponerse término anticipado al contrato en los siguientes casos:

 

a)            Por acuerdo entre las partes. La SISS y el Adjudicatario podrán poner término anticipado al contrato de común acuerdo. En este caso no corresponderá pagar indemnización.

b)            Por incumplimiento grave por parte del proveedor, de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, entendiéndose por éstas aquellas que inciden en la prosecución de la contratación, como el atraso en la observancia de los plazos fijados para ejecutar el objeto principal del contrato, la inobservancia de las especificaciones técnicas, que los informes entregados no cumplan con los estándares requeridos y/o lo señalado por el adjudicatario en su oferta, etc.

c)             Por infracción a las reglas de la subcontratación. En especial, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 20.123, referido a la simulación de contratos de trabajo a través de terceros.

d)            Por decisión de la SISS. La SISS pondrá término anticipado al contrato, cuando razones de servicio así lo aconsejen.  El aviso de término anticipado, se efectuará por carta certificada. En este caso, la SISS pagará al Adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde:

 


I           : Monto a pagar por indemnización

Nf         : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior

Np        : Número de días de plazo total de la etapa

M         : Monto a pagar por la etapa completa

 

Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores.

 

e)            En el caso de Unión Temporal de Proveedores, son causales de termino anticipado del contrato las siguientes:

 

e.1.) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

 

e.2) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

 

e.3) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;

 

e.4) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;

 

e.5) Disolución de la UTP.

 

f)             Por las demás causales establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento.

 

ARTÍCULO 40: Procedimiento en caso de Incumplimiento

Detectado un incumplimiento por parte de la SISS o del inspector fiscal, este le notificará al adjudicatario, personalmente o al correo electrónico de él o la responsable individualizado(a) en el contrato, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la sanción aplicable. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de dos días hábiles para efectuar sus descargos, por escrito ante el inspector fiscal del contrato, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Superintendencia dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa o el término anticipado del contrato

Si el adjudicatario presentó descargos en tiempo y forma, la Superintendencia los rechazará o acogerá, total o parcialmente, lo que se determinará por resolución o acto administrativo, el cual deberá ser notificado personalmente o por carta certificada.

Las notificaciones se realizarán por carta certificada y al correo electrónico que informe en su oferta, la que se entenderán practicadas a contar del tercer día de su envío. 

Contra la resolución que aplique la sanción respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley N° 19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

 

ARTíCULO 41: COBRO DE MULTAS

La multa producirá sus efectos una vez a firme la resolución que aplica la sanción. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa.

El monto de las multas será rebajado del pago que la Superintendencia deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

 

ARTÍCULO 42: Prorroga de la competencia

En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario, que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.


Bases Técnicas

1.   INTRODUCCIÓN

Las presentes bases técnicas de licitación tienen como marco de acción, los desafíos y objetivos planteados en los siguientes documentos:

  • ESTRATEGIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL DEL ESTADO

Responde a los niveles actuales de madurez tecnológica de las instituciones públicas, concentrando los esfuerzos en el desarrollo de herramientas transversales habilitantes para cerrar brechas en el uso estratégico de las tecnologías, tanto en la gestión interna como en la entrega de servicios a los ciudadanos. Para este caso nos centraremos en lo descrito en:

  • Línea de acción 3 - Estado Cero Papel, que busca disminuir la burocracia interna y liberar de tareas repetitivas a los servidores públicos, dando espacio para la innovación y el mejor servicio, así como disminuir los tiempos de tramitación de procesos que involucran a ciudadanos.

  • Línea de acción  4 - Estado Basado en Datos, que considera dentro de sus objetivos:

-       Definir una Política Nacional de Datos e Inteligencia Artificial.

-       Fomentar el uso de datos para el diseño, evaluación e implementación de políticas públicas.

-       Potenciar la optimización de políticas públicas y la automatización de procesos.

-       Empoderar a la ciudadanía a través de la disponibilización de información pública y abierta.

  • ANÁLISIS Y RECOMENDACIONES PARA AUMENTAR LA EFICIENCIA Y EFICACIA DE LA FUNCIÓN FISCALIZADORA DE LA SISS

El estudio realizado por el Centro de Sistemas Públicos de la Universidad de Chile, recomienda en el capítulo 5.1.2., la incorporación analítica a los datos entregados por las Empresas de Servicios Sanitarios y las empresas generadoras de RILES, detallando la necesidad de “diseñar e implementar procesos para la gestión y uso transversal de los datos obtenidos en los protocolos de información”, dado que ha diagnosticado en el mismo estudio que “la SISS sólo hace uso parcial de los datos disponibles.” Además, indica que “la incorporación de analítica e interoperabilidad de la data es una tendencia creciente en las demás Superintendencias, en particular las de Medio Ambiente, Educación, Seguridad Social, de Salud y de Pensiones, que han reforzado sus áreas de Fiscalización basada en datos y evidencia, informes de generación automatizada y seguimiento de reclamos mediante flujos de procesos”. Finalmente, en el capítulo 6.6 sugiere realizar una estandarización de las series documentales utilizadas para registrar las distintas acciones que lleva a cabo la División de Fiscalización, y que facilite la construcción de evidencia relativa a potenciales procesos de sanción.

  • CONVENIO DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA DEL JEFE DE FISCALIZACIÓN SISS 2021 – 2023

Dentro de los desafíos planteados en el concurso de Alta Dirección Pública del Jefe de la División de Fiscalización, se requirió el diseño de estrategias para la modernización y mejoras en el desarrollo y control de la función fiscalizadora de la SISS, generando información que permita optimizar los procesos hacia los objetivos institucionales. En efecto, para atender los desafíos planteados, dentro de los compromisos de Alta Dirección Pública para el Jefe de División de Fiscalización de la SISS, el Superintendente definió y estimó necesario incorporar el objetivo 3: Mejoramiento de eficiencia, eficacia y control de la gestión de la función de fiscalización, el cual señala como uno de sus indicadores el porcentaje de avance en la implementación de un plan de trabajo para el mejoramiento de los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo a la función de fiscalización de la SISS.

Si bien el objetivo señalado, se refiere a un plan general con un horizonte de 3 años, este se basa –en gran medida– en las actividades a ejecutar su primer año (2021), ya que es aquí donde se definen las directrices generales y entregan los insumos fundamentales para el desarrollo de los planes específicos en los años siguientes.

En este contexto, la planificación general y preliminar de los tres años corresponde a la siguiente hoja de ruta:

AÑO 1

  • Desarrollar un diagnóstico del estado actual del uso de sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora, a través de la detección de brechas estandarizadas.[1]

  • Construcción de una propuesta metodológica de perfeccionamiento para la correcta formulación de mejoras en los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo a la función fiscalizadora, a través de la definición de un programa de acciones para acortar las brechas detectadas en el diagnóstico.

AÑO 2

  • Evaluación trimestral de un grupo de iniciativas de mejora a los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo a la función fiscalizadora[2], formuladas de acuerdo a la aplicación de la metodología de perfeccionamiento propuesta en el año 1.

  • Elaborar un procedimiento para la obtención de una calificación del grado de madurez y selección[3], de las iniciativas formuladas para las mejoras de sistemas y herramientas tecnológicas. De acuerdo a la aplicación de la metodología de perfeccionamiento propuesta en el año 1, la evaluación trimestral y las experiencias recogidas durante el año 2, por el grupo de trabajo.

AÑO 3

  • Evaluación trimestral de todas las iniciativas de mejoras a los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo a la función fiscalizadora, formuladas de acuerdo al procedimiento aprobado en el año 2.

  • Construcción de una propuesta metodológica sobre la evaluación de la eficiencia y eficacia de las iniciativas formuladas para la mejora de los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la División Fiscalización, realizadas bajo las directrices del procedimiento desarrollado el año 2.

2.   OBJETIVOS DE LA LICITACIÓN

2.1.        Objetivos Generales

Para dar cumplimiento al plan de trabajo del año 1, se considera la contratación del estudio denominado “Diagnóstico del uso actual y construcción de una propuesta para la correcta formulación de mejoras en los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS”.

De modo esquemático, el servicio a contratar debe responder a dos grandes objetivos:

  • En primer lugar, se consulta el desarrollo de un diagnóstico o evaluación respecto del uso de los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora, que están actualmente disponibles en la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS). Lo anterior busca la detección de brechas específicas respecto de un estándar o norma aceptada por instituciones similares del sector público nacional, y seleccionadas según su aplicabilidad y posibilidad de éxito en su implementación.

  • En segundo lugar, y derivado del diagnóstico realizado, el estudio deberá construir y entregar una metodología de perfeccionamiento que permita a la SISS, establecer la manera correcta para la formulación de proyectos de mejoras a los sistemas y herramientas tecnológicas, actualmente disponibles, y que sirven de apoyo a la función fiscalizadora. Lo anterior, a través de la definición de un programa detallado de acciones destinadas a disminuir las brechas detectadas en el diagnóstico. La metodología propuesta, deberá estar basada en los requisitos exigidos por el estándar o norma que fuera especificado en la etapa de diagnóstico, y deberá ser reconocida, aceptada o recomendada por instituciones atingentes del sector público nacional.

2.2.        Objetivos Específicos

En orden se consulta por los siguientes productos específicos:

Informe A: Presenta un análisis y selección del estándar o norma posible de aplicar en la evaluación del uso de los sistemas y herramientas tecnológicas, de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS.

Informe B: Presenta la evaluación del uso de sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS, y las brechas respecto del estándar o norma de uso, seleccionada.

Informe C: Presenta un levantamiento de las necesidades y requerimientos de mejora en los sistemas y herramientas tecnológicas, considerando al menos, la gestión de documentos generados por la SISS, y la gestión de datos reportados por los fiscalizados.

Informe D: Presenta una metodología para la correcta formulación de proyectos de mejoras a los sistemas y herramientas tecnológicas, actualmente disponibles en la SISS, y que sirven de apoyo a su función fiscalizadora.

Informe E: Presenta un programa detallado de acciones destinadas a disminuir las brechas detectadas en el diagnóstico.

3.   REQUISITOS DEL SERVICIO

3.1.        Participantes

El consultor deberá poseer la capacidad técnica que le habilite a realizar los trabajos que se contratan y responder en los tiempos adecuados a las tareas asignadas. Además, debe acreditar su experiencia y la del equipo de trabajo en proyectos o labores similares.

El grupo de trabajo requerido para el proyecto deberá estar conformado por, al menos, tres profesionales con las siguientes características y conocimientos específicos.

  • Ingeniero Civil Industrial, o profesional afín, especializado en el diseño y gestión proyectos, con experiencia comprobable en la automatización de procesos, y deseable conocimiento del funcionamiento de instituciones públicas fiscalizadoras y en procesos de transformación digital.

  • Ingeniero Informático, o profesional afín, especializado en el diseño y desarrollo de herramientas y sistemas tecnológicos, con experiencia comprobable en el modelamiento y gestión de proyectos informáticos, y deseable conocimiento del funcionamiento de instituciones públicas fiscalizadoras y en procesos de transformación digital.

  • Profesional especializado gestión de equipos de trabajo y organizaciones, con experiencia comprobable en gestión del cambio, participación y/o gobernanza, y deseable conocimiento del funcionamiento de instituciones públicas fiscalizadoras y en procesos de transformación digital.

3.2.        Requisitos y recursos mínimos necesarios

Para prestar los servicios, el consultor deberá contar con los siguientes recursos de personal, que para efectos de la presente licitación, pondrá a disposición de la SISS, un profesional en jefe del equipo (Jefe de Proyecto) y representante del consultor, quien debe tener la dedicación necesaria para cumplir con las actividades que el proyecto demanda, durante su desarrollo.

Cabe consignar que el consultor deberá considerar el reemplazo del o de las personas contratadas, por otras que cumplan los mismos requisitos, cuando éstas hagan uso de vacaciones, licencias médicas, permisos o cualquier otra causa que pueda afectar la ejecución del programa de trabajo propuesto.

Las actividades que nacen del proyecto deberán realizarse en dependencias fuera de la SISS. De acuerdo con lo anterior, todo equipo, dispositivo, material o elemento necesario para realizar los trabajos será de costo del consultor.

4.    DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: ACTIVIDADES A DESARROLLAR Y PRODUCTOS A ENTREGAR

4.1.        Informe A: Análisis y selección de estándar o norma de uso.

El consultor deberá entregar y justificar las alternativas de estándar o norma que utilizará para evaluar el estado de uso actual de los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS. Para ello, deberá considerar la experiencia comparada de instituciones del sector público nacional, que fueran seleccionadas según su similitud con la SISS y la posibilidad de éxito en su implementación.

Para lo anterior se considera relevantes las experiencias de éxito de las Superintendencias de Casinos y Juegos, Seguridad Social, Medio Ambiente, Educación, de Salud y de Pensiones. El estándar o norma propuesta, deberá ser consultado con el grupo de trabajo interno, y aprobado por el coordinador del proyecto, es decir, el Inspector Fiscal del estudio.

4.2.        Informe B: Evaluación del uso de sistemas y herramientas tecnológicas

El consultor deberá entregar su evaluación respecto del uso de los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora, actualmente disponibles en la SISS. Lo anterior en función del estándar o norma seleccionada anteriormente y con el fin de detectar brechas específicas respecto del diseño, desarrollo y uso que se da actualmente a los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora de la SISS.

En este análisis el consultor deberá detallar sus hallazgos para las siguientes variables: procesos, plataformas y personas, y las relaciones posibles entre ellas. La evaluación deberá ser consultada con el grupo de trabajo interno, y aprobada por el coordinador del proyecto, es decir, el Inspector Fiscal del estudio.

4.3.        Informe C: Levantamiento de las necesidades y requerimientos de mejora

El consultor deberá entregar un levantamiento de necesidades de usuarios y administradores, asociadas a iniciativas de mejoras en los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora, en particular de aquellas que relacionadas con procesos u objetivos estratégicos institucionales, detallando su estado y posibilidades de desarrollo futuro, considerando al menos dos líneas de trabajo generales:

  1. Gestión de Documentos Generados por la División Fiscalización, donde el objetivo principal es reducir los tiempos destinados a tareas administrativas.
  2. Gestionar los datos que reportan los fiscalizados, donde el objetivo principal es avanzar en la automatización de la revisión de protocolos de información.

Este levantamiento deberá ser consultado con el grupo de trabajo interno y aprobado por el coordinador del proyecto (Inspector Fiscal del estudio)

4.4.        Informe D: Metodología para la correcta formulación de proyectos de mejora

El consultor deberá construir una metodología para la correcta formulación de proyectos que busquen realizar mejoras a los sistemas y herramientas tecnológicas, actualmente disponibles en la SISS, y que sirven de apoyo a su función fiscalizadora. En su propuesta metodológica, en consultor deberá considerar los requisitos exigidos por el estándar o norma que fuera especificado en la etapa de diagnóstico, y deberá ser reconocida, aceptada o recomendada por instituciones atingentes, del sector público nacional. Entre los que se considera a: MIDESO a través de la Evaluación de Proyectos EVAL-TIC; SEGEGOB a través de su División de Gobierno Digital; Laboratorio de Gobierno y Servicio Civil por sus aportes en formación de capital humano; y las experiencias de éxito de las Superintendencias de Casinos y Juegos, Seguridad Social, Medio Ambiente, Educación, de Salud y de Pensiones.

La metodología propuesta por el consultor deberá ser suficiente para superar los desafíos definidos en las etapas anteriores, y considera que esta debe permitir a la SISS, adoptar su contenido como parte de un procedimiento interno futuro, para la correcta formulación de mejoras en los sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo a la función fiscalizadora. Como tal, la metodología propuesta deberá ser consultada con el grupo de trabajo interno, y aprobada por el coordinador del proyecto (Inspector Fiscal).

4.5.        Informe E: Programa detallado de acciones destinadas a disminuir las brechas

Finalmente, derivado de la información, análisis y conclusiones de todas las etapas anteriores, el consultor deberá entregar un programa detallado de acciones destinadas a disminuir las brechas detectadas en el diagnóstico. Este programa deberá ser consultado con el grupo de trabajo interno, y aprobado por el coordinador del proyecto (inspector fiscal).

5.    ALCANCES DEL SERVICIO

  • Para el cumplimiento de los objetivos expuestos en las presentes bases, se considera que el trabajo se deberá dividir, para efectos de presentar los informes a esta Superintendencia, de acuerdo a lo definido en el punto siguiente de estas bases.

  • En una primera instancia, los sistemas y herramientas tecnológicas a mejorar, están asociadas al diseño y desarrollo de sistemas informáticos.

  • Cada producto consultado (informe), deberá distinguir al menos dos líneas de trabajo: Gestión de Documentos Generados por la SISS y Gestión de Datos reportados por los fiscalizados; pudiendo realizar un análisis en paralelo para cualquiera de las etapas del estudio.

  • Cada producto consultado, entregará los insumos necesarios para suscribir los compromisos esperados en los planes a desarrollar en los próximos años consecutivos. De este modo, se debe tomar en cuenta los impactos en los objetivos futuros del plan trianual

  • Se consideran reuniones de avance cada dos semanas o cuando el Coordinador del proyecto (inspector fiscal) lo estime conveniente, para que el Consultor presente al equipo de trabajo las actividades desarrolladas.

  • En el desarrollo de cada producto consultado, se debe considerar la participación activa de las partes interesadas –usuarios, responsables y administradores– los que serán representados por un equipo de trabajo específico, que estará integrado por profesionales de la SISS, vinculados al uso, diseño y desarrollo de sistemas y herramientas tecnológicas de apoyo en la función fiscalizadora. Se trata principalmente de profesionales de la División de Fiscalización y de la Unidad Información y Tecnología, que junto a otros interesados, analizarán el avance de las acciones descritas en el plan de trabajo propuesto por el consultor, según el rol especifico cada uno de ellos cumple al interior de la SISS y de sus competencias. Todo esto, en el marco de una serie de reuniones de coordinación periódicas, que serán parte fundamental del estudio.

  • Para determinar y/o justificar el sentido estratégico y valor público del análisis, conclusiones y propuestas generadas con motivo del presente estudio, el consultor deberá considerar la revisión de bibliografía atingente y la documentación oficial disponible, así como la posibilidad de realizar y documentar entrevistas dirigidas a los encargados, jefaturas y/o directivos de las instituciones referenciadas en cada informe.

6.    INFORMES

En atención a lo ya expuesto, se deberán presentar los siguientes informes:

  • Informe A: Análisis y selección de estándar o norma de uso.

Correspondiente a la actividad 4.1

  • Informe B: Evaluación del uso de sistemas y herramientas tecnológicas.

Correspondiente a la actividad 4.2

  • Informe C: Levantamiento de las necesidades y requerimientos de mejora. Correspondiente a la actividad 4.3
  • Informe D: Metodología para la correcta formulación de proyectos de mejora. Correspondiente a la actividad 4.4
  • Informe E: Programa detallado de acciones destinadas a disminuir las brechas. Correspondiente a la actividad 4.5

Los informes deberán entregarse sólo en versión digital, en versiones PDF y Word, y acompañando el análisis de la información en los respectivos archivos Excel.

7.    PLAZOS

Para el desarrollo del trabajo, se han considerado los siguientes plazos:

  • Entrega Informe A: Análisis y selección de estándar o norma de uso.

30 días corridos a partir de la fecha de la Resolución SISS que aprueba el contrato.

  • Entrega Informe B: Evaluación del uso de sistemas y herramientas tecnológicas.

60 días corridos a partir de la fecha de la Resolución SISS que apruebe el contrato.

  • Entrega Informe C: Levantamiento de las necesidades y requerimientos de mejora.

60 días corridos a partir de la fecha de la Resolución SISS que apruebe el contrato.

  • Entrega Informe D: Metodología para la correcta formulación de proyectos de mejora.

90 días corridos a partir de la fecha de la Resolución SISS que apruebe el contrato.

  • Entrega Informe E: Programa detallado de acciones destinadas a disminuir las brechas.

120 días corridos a partir de la fecha de la Resolución SISS que apruebe el contrato.

El plazo para la corrección de las observaciones formuladas por la Superintendencia a los informes, será de 10 días corridos.

8.    ACTIVIDADES ASOCIADAS AL BUEN DESARROLLO DEL SERVICIO

8.1.        Aspectos técnicos a considerar

El oferente deberá presentar en su oferta técnica una Estrategia General para abordar el estudio, considerando lo descrito en los puntos anteriores, y especificando al menos los siguientes aspectos:

a)           Antecedentes que requerirá de la SISS.

b)           Requerimientos de apoyo de la contraparte técnica de la SISS.

c)            Alcance y grado de detalle que abarcará el trabajo del oferente.

d)           Otra información que el oferente considere relevante.

Dicho documento, deberá ir acompañado de un Plan de Trabajo y una Carta Gantt, que detalle cada una de las actividades a realizar por el oferente, y los productos específicos que se asocian al desarrollo de cada actividad.

8.2.        Información proporcionada por la SISS

Con el objeto de facilitar el desarrollo de la consultoría, se entregará al proponente adjudicado los documentos necesarios para el correcto desarrollo del proyecto. Toda la información proporcionada por la SISS al proponente adjudicado es de carácter confidencial y podrá ser utilizada sólo para efectos de la prestación del servicio solicitado.



[1] Definidos en el diagnosticó y en relación estándares o normas utilizados por instituciones similares a la SISS, del sector público nacional.

[2] Seleccionadas según su valor estratégico y factibilidad técnico-financiera.

[3] Certificación entregada por la Unidad de Información y Tecnología de la SISS, usando como referencia la estructura del Resultado de Análisis Técnico Económico (RATE), entregada por el Ministerio de Desarrollo Social a las iniciativas de inversión ingresadas al SNI.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.