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Resolución de Empates |
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En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la
Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios,
en el siguiente orden de prelación:
1) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el
criterio TÉCNICO.
2) Si, aplicado el criterio anterior, el empate persiste, se
preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio
ECONÓMICO.
3) Si persiste el empate, se preferirá la propuesta que tenga
mayor puntaje en el Criterio de Inclusión.
4) Si, aplicado el criterio anterior, el empate se mantiene, se
preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio
Cumplimiento de Requisitos Formales de la Oferta.
5) En el evento de mantenerse el empate, se decidirá por la
oferta mejor evaluada en el criterio TÉCNICO.
6) Si, aplicados los criterios precedentes, el empate aún
persiste, la adjudicación será definida por el Superintendente
de Seguridad Social, de manera fundada, utilizando un
criterio que, aunque no esté previsto en estas bases, no
infrinja la normativa vigente, en aplicación del dictamen de
Contraloría General de la República Nº 54.804, de 2013
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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La Institución realizará el proceso de adjudicación según los
criterios de evaluación consignados en las presentes Bases.
Si el Oferente adjudicado no tiene la calidad de hábil, dispondrá
del plazo de 10 días corridos para obtener la referida calidad,
contados desde la notificación de la adjudicación.
Se deja constancia que, en cumplimiento de lo preceptuado en
el artículo 3° del Decreto Supremo. N° 250, de 2004, del
Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, sólo se procederá
a adjudicar la presente Licitación en la medida que la
Superintendencia cuente con las pertinentes autorizaciones
presupuestarias. En caso contrario, el proceso licitatorio podrá
declararse desierto, en conformidad a lo establecido en el
acápite 1.11 de las presentes Bases Administrativas.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la Superintendencia de
Seguridad Social, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el
respectivo oferente, adjudicatario o proveedor y el Servicio.
b) Dar u ofrecer cualquier objeto de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario de
la Superintendencia.
c) Tergiversar hechos, con el fin de influir en la realización o resultados de la presente licitación, o
la ejecución del respectivo contrato.
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la presente contratación, el Proveedor
adjudicado tendrá las siguientes obligaciones:
1. No podrá hacer, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en
las bases.
2. Deberá asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato. No se aceptarán
exclusiones o limitaciones de responsabilidad por los servicios ejecutados en el marco de esta
licitación, que no se ajusten a la legislación chilena de derecho común que regula la materia,
debiendo responder el adjudicado, al menos y en todo caso, de la culpa leve en la ejecución del
contrato.
3. Deberá ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes Bases
Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
4. Deberá dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y
prevención de riesgos.
5. Será único responsable de cumplir las obligaciones laborales y previsionales y de seguridad social
para con sus trabajadores.
6. Deberá cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad, sin perjuicio de la
responsabilidad que competa a esta Superintendencia por el mal uso que pudieren dar a los
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mismos sus funcionarios. En consecuencia, el Proveedor no tendrá derecho a indemnización
alguna por pérdida, destrucción o deterioro de dichos bienes, materiales, equipos e instalaciones,
derivados de causas ajenas a la ya señalada, así como por el robo o hurto de los mismos
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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En el caso que un oferente se encuentre en algunas de las
circunstancias contempladas en el artículo 40° del Reglamento
de la Ley N° 19.886, la Institución otorgará un plazo fatal de 02
días hábiles, contado desde el día siguiente de aquél en que se
realice la apertura de los anexos administrativos y técnicos,
dentro del cual el o los respectivos oferentes podrán salvar los
errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o
antecedentes que hayan omitido presentar al momento de
efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el periodo de evaluación, lo cual se informará
a través del Sistema.
La solicitud respectiva la hará la Superintendencia habilitando la
opción correspondiente en el sitio de la propuesta, en el cual el
oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se
requieran.
Dicha solicitud y las correspondientes rectificaciones deberán ser
informadas al resto de los Oferentes a través de
www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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