Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Delegación Presidencial Regional de Aysén establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo quien preste el servicio acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Se requerirá, como requisito para cursar cada estado de pago, la presentación previa de certificado de la Dirección del Trabajo que acredite lo pertinente.
En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la Delegación Presidencial Regional de Aysén podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.