Artículo 3°. Errores u omisiones detectados durante la evaluación.
De acuerdo a lo señalado en el Artículo 40° del Reglamento de la Ley de Compras, DIPRES podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o que mejoren algunos aspectos particulares de la oferta, siempre y cuando no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases ni de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra www.mercadopublico.cl.
DIPRES podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo final para la corrección de estas omisiones, contado desde la fecha del requerimiento informado por DIPRES a través de la funcionalidad disponible en www.mercadopublico.cl, será de dos (02) días hábiles.
Las presentes Bases Administrativas de Licitación, contemplan, dentro de los criterios de evaluación definidos en el artículo 10º, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta.