9.1. Antecedentes preliminares. Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de un análisis de admisibilidad, y en el evento que sean declaradas admisibles, de una posterior evaluación. Se deja expresa constancia que las declaraciones de admisibilidad, al tener de antecedentes fundados, podrán ser modificadas, de lo cual se deberá dejar expresa constancia a través del acto administrativo que se dicte al afecto.
9.2. Admisibilidad Administrativa. En esta instancia se verificará la entrega en tiempo y forma de:
- Anexos que forman parte de las Bases.
- Verificación de los demás documentos solicitados para ofertar: administrativos, técnicos y económicos.
Los anexos y demás documentos antes referidos deben adjuntarse en el campo dispuesto para tales efectos en el portal www.mercadopublico.cl.
El Hospital podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de la licitación.
Por lo tanto, el oferente tendrá como un plazo fatal de 24 horas para salvar errores u omisiones (Art.°40 del Reglamento 250, de Ley N°19.886). Los Anteriores solo podrán ser de carácter administrativo, considerando que serán evaluados en escala diferente a los oferentes que dan cumplimiento según las bases correspondientes al proceso licitatorio.
9.3. Otras causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquiera etapa del proceso, aun cuando ésta haya sido declarada admisible administrativa y técnicamente:
- Que el precio ofertado no sea el que corresponde para el Grado EUS asimilado y que corresponde, dado por las presentes Bases.
- Cuando el oferente no subsane un reparo y/o aclaración realizada a través del portal de compras públicas y forma solicitada.
9.4. Declaración de Desierta. Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, quedando constancia de ello en la respectiva acta de apertura, o bien se declarará desierta, cuando estas no resulten convenientes a los intereses del establecimiento, en este caso así quedará establecido en la correspondiente acta de la Comisión de Evaluación Técnico Económica. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada, dictada al efecto y sin derecho a indemnización alguna.
9.5 De los Reparos. El hospital podrá a través del portal de compras públicas solicitar certificaciones o documentos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y que dichas certificaciones o documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento y el plazo para presentar ofertas y/o anexos, según corresponda, de estas Bases; documentos que de no ser presentados o adjuntados dentro del plazo para efectuar ofertas, significara declararla(s) inadmisibles. Para subsanar el reparo que alude el punto anterior, se dispondrá de un plazo máximo de 24 horas en horario de oficina (lunes a jueves de 8:00 a 16:00 horas, y viernes de 8:00 a 15:00 horas), el cual se contabilizará transcurridas 24 horas desde la publicación de esta solicitud en el portal www.mercadopublico.cl (Art. 40 del Reglamento 250, de la Ley N19.886). Será responsabilidad del oferente el ingresar al portal a efectos de hacer seguimiento de la propuesta y a su oferta, con el objetivo de revisar la existencia de reparos y otros antecedentes de la licitación. Los reparos durante el periodo de evaluación sólo se realizarán a través de dicho portal. La oferta objeto de reparo en razón de habérsele solicitado corrección de errores, salvar omisiones o peticiones de certificaciones o documentos no acompañados, de acuerdo a las presentes bases, será sancionada con la deducción al puntaje final de 10 puntos. El documento que se acompañe en respuesta del reparo deberá ser presentado en forma digital a través del sistema de información de compras públicas www.mercadopublico.cl.