a) Podrán participar en este proceso licitatorio, personas naturales y/o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
b) Estar inscritos en el sistema de compras y contratación pública (mercado público).
3.1. No podrán participar de la presente licitación:
a) Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
b) Personas que tengan la calidad de funcionarios directivos del Servicio de Salud O’Higgins, del “Hospital” o de los establecimientos hospitalarios dependientes del Servicio de Salud O´Higgins.
c) Cualquiera que se encuentre unido a alguno de los señalados en la letra b) precedente por los vínculos de parentesco que se encuentran descritos en la letra b) del artículo 54, de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, esto es, cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
d) Personas Jurídicas en las que formen parte aquéllos mencionados en las letras b) y c) precedentes, ya sea bajo la forma de sociedades de personas, sociedades en comandita por acciones o anónimas cerradas en las que fueren accionistas, o sociedades anónimas abiertas en las que sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
e) Gerentes, administradores, representantes o directores de las personas jurídicas mencionadas en la letra d) precedente.
Lo anterior conforme lo establece el inciso 4º del artículo 4, de la Ley Nº 19.886. Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios de Compras Públicas.
f) Personas que tengan la calidad de autoridades o funcionarios públicos cuando la licitación se refiera a materias específicas o casos concretos que deban ser analizados, informados o resueltos por ellos o por el organismo o servicio público a que pertenezcan. Lo anterior en relación a lo preceptuado en el inciso 2º del artículo 56 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.