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Resolución de Empates |
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En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, la Comisión considerará para dirimir tal situación, que será la siguiente forma:
- Evaluación de criterio de mayor ponderación según Bases.
- Evaluación de criterio que sigue en mayor ponderación, y así sucesivamente.
- En caso de persistir el empate, el desempate será la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso emitido por la Dirección de Compras y Contratación Publicas en el Portal www.mercadopublico.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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El Hospital no admitirá modificaciones a los Formularios y/o documentos anexos, los que son parte de las condiciones que
rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contraproyectos,
modificaciones o variantes, así como incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de
los formularios elaborados para este proceso licitatorio, salvo que, tal como lo prescribe el artículo 40 del Reglamento de
la Ley de Compras Públicas 19.886, se traten de:
A) Omisiones u errores formales al momento de presentar los antecedentes: en este caso el Hospital le podrá solicitar
al(los) oferente(s) que salve(n) dicha omisión o error, siempre y cuando dichas rectificaciones no le(s) confieran una
situación de privilegio respecto de los demás competidores y comunicando esta situación a través del Portal, todo dentro
del plazo fatal que al efecto fije el Hospital, el que en ningún caso podrá ser superior a dos (2) días corridos (exceptuando
si existiesen días sábado, domingo y feriados).
B) Omisión de certificados y antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo
para presentar ofertas o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para postular a la
presente licitación y el período de evaluación: si al momento de postular los oferentes no han acompañado estos
documentos, el Hospital podrá solicitar al(los) oferente(s), vía Portal, que dentro del plazo que aquél fije, el cual podrá ser
hasta un máximo de dos (2) días corridos (exceptuando si existiesen días sábado, domingo y feriados), acompañe esos
certificados y antecedentes faltantes, e informando de estos hechos en el Portal.
Lo anteriormente establecido respecto a las incongruencias entre la oferta y los antecedentes acompañados, es sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 9º de las presentes bases administrativas.
Asimismo, en caso de existir errores de trascripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima
necesario, podrá solicitar aclaraciones, en las mismas condiciones ya señaladas.
De producirse los casos señalados en los párrafos anteriores, los oferentes serán evaluados a través del criterio de
requisitos formales en su Correcta Presentación de la Oferta según los parámetros descritos en las presentes bases.
Esto aplica para aquellos oferentes que omitan uno o algunos de estos anexos, no aplicara en antecedentes que sean
evaluables o provoque una situación de privilegio respecto a los demás competidores.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Según lo descrito en el Artículo N° 66 del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda), podrán contratar con las
entidades los proveedores que acrediten su situación financiera y técnica conforme lo dispuesto en la Ley de Compras y
el mencionado Reglamento.
Los Proveedores inscritos acreditarán su situación financiera y técnica a través de su inscripción en el registro de
proveedores, sin perjuicio de otras exigencias que establezcan en cada caso las entidades. Los Proveedores no inscritos
lo harán con los documentos justificatorios que indiquen las Bases respectivas
El Hospital exigirá a los adjudicatarios su inscripción en el registro de proveedores para poder suscribir los contratos
definitivos.
Asimismo, el proveedor si es persona jurídica, deberá acreditar:
No estar afecto a alguna de las prohibiciones o inhabilidades contenidas en los Artículos N° 8 y 10 de la Ley N°
20.393, lo que se acreditará mediante la presentación debidamente completada del Anexo N° 1.
Certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte
del adjudicatario para con sus trabajadores, el cual deberá ser emitido por la inspección del Trabajo o por
Proveedores autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que la empresa registre saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones en los últimos 2 (dos) años, los primeros estados de pago de dichas
obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al
cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 (Seis) meses, según lo establecido en
el Artículo N° 4 de la Ley 19.886.
Antecedentes que acrediten que quien suscribirá el contrato tiene poder suficiente para ello, así como el certificado
de vigencia de su personería, a menos que dichos antecedentes consten en el citado registro electrónico.
En el evento de tratarse el adjudicatario de persona natural, se deberá adjuntar fotocopia legalizada de la cédula de
Identidad, salvo que dicho antecedente conste en el registro electrónico Chileproveedores.
* Los documentos, sean estos instrumentos públicos o privados, y certificados de cualquier naturaleza, emitidos en el
extranjero deberán presentarse físicamente o electrónicamente conforme a lo dispuesto en el Artículo N° 345 del Código
de Procedimiento Civil, o según lo indicado en la Ley N° 20.711 que regula la forma de solicitar, tramitar y otorgar
apostillas en conformidad con lo establecido en la convención de la HAYA que suprime la exigencia de Legalización de
Documentos Públicos Extranjeros.
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