Facultad de Retrotraer el Proceso Licitatorio |
En caso que existieran errores en la evaluación y/o adjudicación, el Hospital tendrá la facultad de retrotraer el proceso licitatorio hasta
la etapa de la evaluación de las ofertas, solo si no se ha formalizado el Contrato. Dándose a lugar los procedimientos administrativos
que corresponda.
La entidad debe formalizarlo mediante resolución que retrotrae proceso y dejar sin efecto la resolución que adjudica el proceso y el
acta de evaluación.
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Facultad de Revocar |
El Hospital tendrá la facultad de revocar el proceso en cualquier etapa de la licitación, si existieran las siguientes causales:
Errores insubsanables en el proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden
adjudicar conforme a lo previsto en las Bases.
No se cuenta con disponibilidad presupuestaria, al momento de adjudicar.
Cambio de necesidades del Hospital.
Otras razones debidamente fundadas.
Este acto debe formalizarse mediante resolución que revoca el proceso con su debida justificación
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Facultad de Declarar Desierta |
Según artículo 9º de la Ley N.º 19.886, el Hospital podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos
establecidos en las bases.
Se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes al interés de la institución,
lo que se entenderá ante la ocurrencia de las siguientes circunstancias:
1. Si las ofertas no resultan convenientes a los intereses del Hospital.
2. Si las ofertas no se ajustaren al precio máximo por el Hospital para este proceso de licitación.
3. Si el adjudicatario no suscribe y/o no entrega el respectivo contrato, dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o no
entrega en tiempo y forma la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato.
4. Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, de la Dirección de
Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato, pasado los 10 días hábiles indicados para su inscripción
5. Si el adjudicatario infringe la Ley N.º 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la administración
del Estado, en los términos contemplados en el Artículo 4º de la referida Ley.
6. Si todas las ofertas fueran declaradas inadmisibles.
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Facultad de Re-adjudicación. |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento,
no firma el contrato o no se inscribe en Chile proveedores en los plazos que se establecen en el artículo N° 5 de las presentes bases, la
entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en
puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación, todo
esto dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Resolución de Empates |
En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, la Comisión considerará para dirimir tal situación, que será la siguiente
forma:
Evaluación de criterio de mayor ponderación según Bases.
Evaluación de criterio que sigue en mayor ponderación, y así sucesivamente.
En caso de persistir el empate, el desempate será la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso emitido
por la Dirección de Compras y Contratación Publicas en el Portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Posterior a la notificación de adjudicación, los proveedores podrán realizar sus respectivas consultas de Adjudicación en un plazo de 5 días
hábiles administrativos, por medio de correo electrónico del portal Mercado Público (Reclamos)
De no recibir consultas de adjudicación dentro del plazo mencionado, se entenderá que acepta la evaluación y adjudicación del Hospital.
El Hospital tendrá un plazo de cinco (2) días hábiles administrativos posterior a la recepción de la consulta para responder.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El Hospital no admitirá modificaciones a los Formularios y/o documentos anexos, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación.
En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contraproyectos, modificaciones o variantes, así como
incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de los formularios elaborados para este proceso licitatorio,
salvo que, tal como lo prescribe el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas 19.886, se traten de:
A) Omisiones u errores formales al momento de presentar los antecedentes: en este caso el Hospital le podrá solicitar a el(los) oferente(s)
que salve(n) dicha omisión o error, siempre y cuando dichas rectificaciones no le(s) confieran una situación de privilegio respecto de los
demás competidores y comunicando esta situación a través del Portal, todo dentro del plazo fatal que al efecto fije el Hospital, el que en
ningún caso podrá ser superior a dos (2) días corridos (exceptuando si existiesen días sábado, domingo y feriados).
B) Omisión de certificados y antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas
o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para postular a la presente licitación y el período de evaluación: si
al momento de postular los oferentes no han acompañado estos documentos, el Hospital podrá solicitar a el(los) oferente(s), vía Portal, que
dentro del plazo que aquél fije, el cual podrá ser hasta un máximo de dos (2) días corridos (exceptuando si existiesen días sábado, domingo y
feriados), acompañe esos certificados y antecedentes faltantes, e informando de estos hechos en el Portal.
Lo anteriormente establecido respecto a las incongruencias entre la oferta y los antecedentes acompañados, es sin perjuicio de lo establecido
en el artículo 9º de las presentes bases administrativas.
Asimismo, en caso de existir errores de trascripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá
solicitar aclaraciones, en las mismas condiciones ya señaladas.
De producirse los casos señalados en los párrafos anteriores, los oferentes serán evaluados a través del criterio de requisitos formales en su
Correcta Presentación de la Oferta según los parámetros descritos en las presentes bases.
Esto aplica para aquellos oferentes que omitan uno o algunos de estos anexos, no aplicara en antecedentes que sean evaluables o provoque
una situación de privilegio respecto a los demás competidores.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad,
obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de
las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera
fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación de los contratos que de ello se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o
afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de la misma.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el
presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus
documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación
y normativa que sean aplicables a la misma.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en
términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio
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