Licitación ID: 1641-284-LE23
MRM SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO HSJD
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD OCCIDENTE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS, SERVICIO DE SALUD OCCIDENTE HOSPITAL SAN JUAN DE D
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 55
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Subasta 1 Global
Cod: 80141705
SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO CANTIDAD MAXIMA REMATES 24 MESES: 20  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MRM SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO HSJD
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO PARA EL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS, para realizar servicios de remate con el fin de disminuir y retirar las especies dadas de baja del establecimiento Hospitalario, dado su poca utilidad para cumplir con los objetivos y beneficios del Hospital
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD OCCIDENTE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
Unidad de compra:
SERVICIO DE SALUD OCCIDENTE HOSPITAL SAN JUAN DE D
R.U.T.:
61.608.204-3
Dirección:
FACTURAR DIRECTAMENTE A FONASA ID 2239-11044-LP08
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-11-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 03-11-2023 17:25:41
Fecha inicio de preguntas: 03-11-2023 17:53:00
Fecha final de preguntas: 06-11-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-11-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-11-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-11-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 07-12-2023 18:02:07
Fecha de entrega en soporte fisico 13-11-2023
Fecha estimada de firma de contrato 16-01-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 60 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo Nombre Anexo Descripción Anexo 1 Identificación del oferente y Declaraciones juradas Documento en cual se identifica como oferente y adicionalmente declara y acredita su aceptación de las bases de licitación y que no se encuentra sujeto a inhabilidades o incompatibilidades para contratar.
2.- anexo de contrato
3.- anexo n°6
Documentos Técnicos
1.- Anexo Nombre anexo Descripción anexo 2 Admisibilidad de Oferta Técnica Oferta técnica presentada por el oferente que corresponde a criterios de admisibilidad para la presentación de la Oferta 3 Oferta Evaluable El proveedor debe llenar formulario donde aparecen todos los antecedentes que se evaluaran.
 
2.- anexos técnicos y admisibilidad
 
Documentos Económicos
1.- Anexo Nombre anexo Descripción anexo 4 Oferta económica Los proveedores deberán ingresar al portal el valor NETO de su oferta económica expresada en pesos chilenos, sin reajustes, ni intereses, ni impuestos y debe corresponder al costo total a adquirir y a las demás actividades solicitadas en las presentes bases. En cambio, en el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la adquisición licitada, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La oferta económica del proponente debe ajustarse al formato indicado en el anexo n° 4 “oferta económica”. Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el portal quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación. En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Económico 9.4.4 Criterio Económico (70% del Total de la Oferta) 70%
2 Criterio Administrativo: Requisitos Formales Criterio Administrativo: Requisitos Formales (2% de la Oferta) 2%
3 Criterio Técnico 9.4.3 Evaluación Técnica (28% del total de la Oferta) 9.4.3.1 Experiencia (10% de la Oferta) 9.4.3.1.1 Experiencia contractual del Oferente (5%) 9.4.3.1.2 Años de Experiencia del Oferente (5%) 9.4.3.2 Cantidad de remates en el sistema público (18% de la Oferta) 28%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital San Juan de Dios
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: SUSANA VELOSO
e-mail de responsable de pago: susana.veloso@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Fernando Brevis
e-mail de responsable de contrato: fernando.brevis@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25756377-256377
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
10.8 Cesión de Derechos y Subcontratación. El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los que se establezcan en el contrato, salvo
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Occidente Hospital San Juan de Dios RUT: 61.608.204-3
Fecha de vencimiento: 13-04-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el cumplimiento del contrato y las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores. No devengará intereses ni reajustes.
Glosa: “Garantiza el fiel y Oportuno cumplimiento del contrato por SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO PARA EL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS - CDT, ID N°1641-284-LE23”.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta con posterioridad al término del contrato, y una vez este se encuentre debidamente liquidado. Para su devolución, deberá solicitarse vía correo electrónico a licitaciones.hsjd@redsalud.gob.cl indicando el nombre de la licitación, el N.º de Documento, su valor, nombre de la empresa, Banco e ID. El proveedor debe hacer retiro de su garantía, en caja de contabilidad del Hospital San Juan de Dios en aproximadamente 10 días hábiles posteriores al envío de solicitud vía correo de devolución y debe presentar poder notarial para la persona que retira.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

9.5 Mecanismo de Resolución de Empates.

En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, la Comisión considerará para dirimir tal situación, que será la siguiente forma:

  • Evaluación de criterio de mayor ponderación según Bases.
  • Evaluación de criterio que sigue en mayor ponderación, y así sucesivamente.
  • En caso de persistir el empate, el desempate será la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso emitido por la Dirección de Compras y Contratación Publicas en el Portal www.mercadopublico.cl

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

8.5 Errores u omisiones / Falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación

El Hospital no admitirá modificaciones a los Formularios y/o documentos anexos, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contraproyectos, modificaciones o variantes, así como incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de los formularios elaborados para este proceso licitatorio, salvo que, tal como lo prescribe el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas 19.886, se traten de:

A) Omisiones u errores formales al momento de presentar los antecedentes: en este caso el Hospital le podrá solicitar a el(los) oferente(s) que salve(n) dicha omisión o error, siempre y cuando dichas rectificaciones no le(s) confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores y comunicando esta situación a través del Portal, todo dentro del plazo fatal que al efecto fije el Hospital, el que en ningún caso podrá ser superior a dos (2) días corridos (exceptuando si existiesen días sábado, domingo y feriados).

B) Omisión de certificados y antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para postular a la presente licitación y el período de evaluación: si al momento de postular los oferentes no han acompañado estos documentos, el Hospital podrá solicitar a el(los) oferente(s), vía Portal, que dentro del plazo que aquél fije, el cual podrá ser hasta un máximo de dos (2) días corridos (exceptuando si existiesen días sábado, domingo y feriados), acompañe esos certificados y antecedentes faltantes, e informando de estos hechos en el Portal.

Lo anteriormente establecido respecto a las incongruencias entre la oferta y los antecedentes acompañados, es sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9º de las presentes bases administrativas.

Asimismo, en caso de existir errores de trascripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones, en las mismas condiciones ya señaladas.

De producirse los casos señalados en los párrafos anteriores, los oferentes serán evaluados a través del criterio de requisitos formales en su Correcta Presentación de la Oferta según los parámetros descritos en las presentes bases.

Esto aplica para aquellos oferentes que omitan uno o algunos de estos anexos, no aplicara en antecedentes que sean evaluables o provoque una situación de privilegio respecto a los demás competidores.


Pacto de integridad

6.4 Pacto De Integridad

 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

  • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de los contratos que de ello se deriven.
  • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

9.11. Mecanismo de Consulta de Adjudicación

Posterior a la notificación de adjudicación, el proveedor podrá realizar sus respectivas consultas de Adjudicación en un plazo de 3 días hábiles administrativos, por medio de correo electrónico licitaciones.hsjd@redsalud.gov.cl.

De no recibir consultas de adjudicación dentro del plazo mencionado, se entenderá que acepta la evaluación y adjudicación del Hospital.

El Hospital tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos posterior a la recepción de la consulta para responder.


BASES ADMINISTRATIVAS

1. APRUÉBENSE las siguientes bases administrativas, bases técnicas, anexos y Contrato de la licitación pública, y que son del siguiente tenor:

I.BASES ADMINISTRATIVAS


ARTÍCULO 1°: ANTECEDENTES DEL HOSPITAL

El Hospital San Juan de Dios-CDT, Auto gestionado, perteneciente a la Red Asistencial Occidente, cumple funciones asistenciales de diversa complejidad, las que son de carácter ambulatorio y hospitalización, con los siguientes antecedentes:

  • Razón Social                                                                      : Servicio de Salud Occidente Hospital San Juan de Dios
  • R.U.T.                                                                                  : 61.608.204-3
  • Dirección                                                                            : Huérfanos 3255
  • Comuna                                                                            : Santiago.
  • Región en que se genera la adquisición                 : Región Metropolitana de Santiago

ARTÍCULO 2°: OBJETO DE LA LICITACIÓN Y SU PRESUPUESTO

2.1 Objetivo y Descripción de la licitación

El objeto de la presente licitación es la adquisición de SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO PARA EL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS - CDT, ID N°1641-284-LE23, según el siguiente detalle:

Item

Código

Nombre

CANTIDAD MAXIMA REMATES

PERIODO DURACIÓN

1

10-012-002-0033

SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO

Hasta 20

(10 máximo por año)

24 MESES

El proveedor deberá incluir en el monto ofertado todos los costos asociados, transportes, impuestos y todo gasto relacionado al servicio de lavandería en el Hospital.

*No se aceptará más de una oferta por oferente, solo se debe postular con una oferta por línea de adjudicación. En caso de que se produzca una doble oferta, se considerará solo la que haya sido publicada en primera instancia en el portal y sea comprobada con el respectivo comprobante de oferta adjunto en la publicación. La oferta deberá considerar la totalidad del itemizado por línea de adjudicación. Las ofertas ingresadas que no consideren la totalidad del itemizado por línea de adjudicación serán declaradas inadmisibles y no podrán continuar el proceso licitatorio.

(*) Se deja constancia que las cantidades de productos o servicios son de flujo variables, no comprometiendo el Hospital a adquirir cantidades determinadas de manera periódica, por lo que en ningún caso se fijará stock mínimo de compra, ni tampoco totales, por lo que el o los adjudicatarios estarán imposibilitados de señalar cantidades mínimas para su despacho.

El proveedor deberá ofertar, incluyendo todos los costos asociados, traslados o fletes, embalaje, seguros, impuestos, etc., hasta su recepción conforme en el Hospital.

La oferta a través de la Plataforma Mercado Público deberá efectuarse por el valor neto (Sin IVA)

Asimismo, se hace presente que este proceso de licitación se hará por ítem adjudicado, por lo cual cada proveedor podrá ofertar por un ítem de los señalados en este punto, por más de uno o por la totalidad de los mismos, correspondiendo cada ítem a una línea de producto o servicio.

2.2 Presupuesto

La presente licitación para la adquisición de “SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO PARA EL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS- CDTpresenta un marco presupuestario estimado a pagar que asciende a la suma de $8.000.000 (ocho millones de pesos) IVA incluido.

Item

Código

Nombre

PRESUPUESTO ESTIMADO

24 meses

1

10-012-002-0033

SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO

$8.000.000

El gasto que irrogue la ejecución del contrato licitado será imputado al ítem correspondiente, del presupuesto del Hospital.

*El control de presupuesto una vez contratado, será por el monto total adjudicado y no por ítem individualizado.

ARTÍCULO 3°: CONSIDERACIONES GENERALES

1. El Servicio de Salud Occidente Hospital San Juan de Dios, en adelante “el Hospital”, llama a Licitación Pública, en adelante la “Licitación”, a todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y también como Unión Temporal de Proveedores, en adelante “Proveedores”, a presentar ofertas para la adquisición de “SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO”, cuyas características, requisitos técnicos y plazos de recepción, entre otros, constan en estas Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, en adelante “las Bases”.

2. Las presentes Bases contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre el Hospital y Proveedores durante el proceso y en todas las materias relacionadas con Licitación.

3. La presentación de una oferta implica, para quien la efectúa, la aceptación de las presentes Bases, sin exclusión o excepciones.

4. Los plazos que se establecen en la presente Licitación se computarán a días corridos, salvo que se indique expresamente lo contrario. Sin perjuicio de lo anterior, si el último día de plazo cayese en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. Para estos efectos, se entenderá que los días sábados, domingos y festivos son inhábiles.

5. Toda comunicación durante el proceso de licitación deberá realizarse únicamente a través del Portal www.mercadopublico.cl. De acuerdo a lo anterior, queda prohibido tanto a los que hayan obtenido estas bases, como a los proponentes, establecer contactos formales o informales con funcionarios del Hospital que tengan directa relación o incidencia con esta licitación y para fines relacionados a beneficios o intereses particulares, salvo los contemplados en estas Bases. De presentarse algún tipo de situación irregular y que afecte la transparencia y probidad de esta licitación, el o los involucrados quedarán excluidos en el proceso licitatorio cualquiera sea la fase en que se encuentre, emitiéndose para estos efectos la respectiva Resolución Fundada que declarará inadmisibles las ofertas.

6. Las propuestas u ofertas que se presenten en la Licitación deben ser en pesos chilenos, precio neto, en valores enteros, sin decimales, sin reajustes ni intereses, informando por separado el impuesto que corresponda, montos que serán fijados por los mismos proveedores, quienes deben incluir todos los gastos y costos necesarios para un eficiente y óptimo cumplimiento de contrato. Por lo anterior, cada proveedor interesado en participar deberá estudiar y analizar cuidadosamente el contenido de las bases administrativas y técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones de mercado que de alguna manera afecte el o los costos de los bienes o servicios ofertados, tales como: permisos, licencias, costos de traslados o flete, stock, remuneraciones, utilidades, multas, seguros, entre otros.

7. Las ofertas tendrán una validez de 180 días corridos, a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas establecida en el cronograma de la presente licitación. Vencido el plazo de validez sin que se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los Proveedores la prórroga o ampliación de sus ofertas y garantías, considerando las indicaciones formalizadas a través del Portal www.mercadopublico.cl Los Proveedores podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita. Finalmente, se procederá a la devolución de las garantías presentadas a aquellos Proveedores que no accedan a la prórroga o ampliación de ofertas.

ARTÍCULO 4°: MARCO JURÍDICO

Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancia se interpretaran en forma armónica, primando, en todo caso, lo que digan las Bases y de acuerdo al siguiente orden de prelación:

1. Bases Administrativas.

2. Bases Técnicas.

3. Anexos.

4. Aclaraciones y modificaciones a las bases emitidas por el Hospital, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.

5. Respuesta a las preguntas de los interesados y/o proveedores.

6. Oferta completa y aclaraciones a la misma que hayan sido solicitadas por la entidad licitante.

7. Resolución de Adjudicación.

8. El contrato, resultado del presente proceso.

9. Resolución Aprueba Contrato.

10. Toda Resolución que se requiera para el cierre de esta Licitación.

Lo expuesto anteriormente es sin perjuicio de las demás normativas legales y reglamentarias que sean aplicables sobre la materia y otras normativas aplicables a la presente licitación:

1. El D.F.L. Nº 1/19.653 de 17 de noviembre de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.

2. La Ley Nº 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.

3. La Ley Nº 19.886, que establece “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, su Reglamento Complementario y posteriores modificaciones.

4. La Ley 10.336 de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

5. La Resolución Nº 7 Y N°8 del año 2019, de la Contraloría General de la República.

6. Código Civil

7. Código Sanitario

8. Código del Trabajo

9. Normativa específica de la autoridad Sanitaria.

10. Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la Libre Competencia.

Los documentos antes señalados se considerarán parte integrante del contrato, sin necesidad de mención expresa, entendiéndose que éstas corresponden al contenido del contrato formalizado en la forma señalada en el artículo pertinente de las presentes bases.

ARTÍCULO 5°: CRONOGRAMA Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN.

Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas bases y los fijados en el contrato serán días corridos (se contarán todos los días, de lunes a domingo, sin descontar día alguno), salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles administrativos (se contarán solamente los días lunes a viernes que no sean feriados de ámbito normal).

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los que serán contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal.

Etapa

Plazos

Vigencia publicación

10 días corridos (contados desde el día de la publicación), hasta las 16:00 horas.

Preguntas

3 días corridos (contados desde el día de la publicación) hasta las 16:00 horas.

Respuestas

5 días corridos (contado desde el día de la publicación) hasta las 16:00 horas.

Entrega de Garantía de Seriedad de la Oferta.

10 días corridos (contados desde el día de la publicación) hasta las 16:00 horas.

Cierre de recepción de ofertas

10 días corridos (contado desde el día de la publicación) hasta las 16:00 horas.

Apertura de ofertas

Desde las 16:01 horas del cierre de la Oferta

Evaluación de Ofertas y Adjudicación

Dentro de un período de 60 días corridos (contados desde la apertura de ofertas), hasta las 16:00 horas.

Contrato

El adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro de un periodo de 10 días hábiles administrativos (contados desde la notificación de contrato) 

En el caso que el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo, festivo o lunes se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente a las 16:00 horas.

Adicionalmente, para el cumplimiento del plazo de cierre para la recepción de ofertas, éste no podrá vencer en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.

Para el cómputo de los plazos, en las presentes Bases se considera que el día de la resolución, el día de cierre de recepción de ofertas o el día de la publicación desde la que se comienza a contar el plazo, es el día 0.

Sin perjuicio de lo anterior, el sistema no aceptará propuestas ingresadas con posterioridad a la fecha y hora de cierre de la propuesta en dicho Portal.

ARTÍCULO 6°: OFERENTES Y REQUISITOS.

Podrán presentar propuestas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y como Unión Temporal de Proveedores (según lo indicado en el Artículo N.º 67 bis de la Ley de Compras), cuyo giro social comprenda la totalidad de lo solicitado en estas bases y que cumplan con los requisitos exigidos, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad con la documentación correspondiente, que no les afecten alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley N.º 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria; y dictamen N° 912 del año 2020 que contempla el no estar afecto a inhabilidades por el Tribunal de Libre Competencia.

El proveedor debe estar inscrito y hábil en el portal Chile proveedores al momento de contratar.

Cualquier error u omisión en que incurra el oferente, será de su propio riesgo y sólo él será responsable.

El Oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.

Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión del servicio que se requiere por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular.

El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.

6.1. Personas jurídicas

Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo.

Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras, interesadas en participar en la licitación, deberán suministrar la información correspondiente para determinar su nacionalidad; además, al momento de la adjudicación, deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia de la extranjera en el país o constituir mandatario con poder suficiente, según lo dispuesto en el inciso 4º del Artículo 4º de la Ley Nº 19.886.

6.2. Personas naturales

Los participantes que tengan la calidad de personas naturales pueden actuar personalmente o representados por un tercero, sin perjuicio de lo prescrito en el Artículo Nº 41 del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda).

“No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la Ley”

6.3 Unión Temporal de Proveedores

Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.

Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 U.T.M., el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el registro de proveedores para suscribir el respectivo contrato y emisión de orden de compra.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo servicio que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la de la ejecución del servicio adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Artículo 12 del reglamento de la Ley n ° 19.886, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

6.4 Pacto De Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de los contratos que de ello se deriven.
  • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

6.5 Inhabilidad para participar en la licitación y/o contratar

No podrán participar en este proceso licitatorio aquellos proveedores afectados por alguna de las prohibiciones e inhabilidades contenidas en el Artículo 4º de la citada Ley de Compras 19.886 y su reglamento, especialmente aquellas contenidas en los incisos 1° y 6° del Artículo 4° de la citada Ley.

Para efectos del contrato y tratándose de personas jurídicas, estas no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del estado, de conformidad con la Ley N.º 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.

Y además queda inhábil todo proveedor que no cumpla con el Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la Libre Competencia.

6.6 Vigencia de la Oferta.

La oferta tendrá una validez de 180 (ciento ochenta) días contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas establecida en el calendario de la presente licitación.

La oferta cuyo periodo de validez sea menor que el requerido será rechazado. Vencido el plazo de validez sin que se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los Proveedores la prórroga o ampliación de sus ofertas y garantías, considerando las indicaciones formalizadas a través del Portal www.mercadopublico.cl. Si alguno de los proponentes no accediera a la solicitud, su propuesta no será considerada en la Licitación.

Los Proveedores podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita. Finalmente, se procederá a la devolución de las garantías presentadas a aquellos Proveedores que no accedan a la prórroga o ampliación de ofertas.

6.7. Garantía Seriedad de la Oferta

Debido al tipo de licitación, no se solicitará al proponente caucionar la seriedad de la oferta mediante un instrumento de garantía.

ARTÍCULO 7º: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES.

7.1 Consultas

Los Proveedores podrán efectuar consultas y/o solicitar aclaraciones, sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, según fecha indicada en el Artículo 5º de las presentes bases administrativas.

Las consultas y/ o la solicitud de aclaraciones deben indicar expresamente el punto pertinente de las bases, y sus anexos a que se hace referencia.

No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

7.2 Entrega de Respuestas y Aclaraciones

Las respuestas y aclaraciones deberán ser entendidas como interpretación de las presentes bases y los demás documentos que rijan los procesos en aquellos aspectos consultados. Las respuestas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl, hasta el plazo establecido en el Artículo 5º de estas presentes bases.

El Hospital podrá aclarar las bases de licitación, las que serán publicadas a través del portal, subiendo un anexo, y será responsabilidad de los Proveedores el haber leído las respuestas y aclaraciones publicadas en el portal, por lo que no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto, entendiéndose conocidas y obligatorias para todos los participantes, siendo además, parte integrante de estas bases de licitación.

7.3 Enmiendas y Modificaciones

El Hospital comunicará el contenido de esas enmiendas y modificaciones por medio del Portal una vez que se haya cursado el acto administrativo que las apruebe, siendo anexadas a las bases disponibles. En todo caso, y en conformidad al Artículo Nº 19 del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda), el Hospital podrá efectuar las antedichas modificaciones antes del cierre de recepción de ofertas, y otorgando un plazo prudencial a los Proveedores para que adecúen sus propuestas.

El Hospital tendrá la facultad de prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas si el nivel de eventuales consultas, enmiendas, modificaciones y aclaraciones así lo amerita, lo que será debidamente notificado a través del Portal ya individualizado.

ARTÍCULO 8º: PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS.

*No se aceptará más de una oferta por oferente, solo se debe postular con una oferta por línea de adjudicación. En caso de que se produzca una doble oferta, se considerará solo la que haya sido publicada en primera instancia en el portal y sea comprobada con el respectivo comprobante de oferta adjunto en la publicación. La oferta deberá considerar la totalidad del itemizado por línea de adjudicación. Las ofertas ingresadas que no consideren la totalidad del itemizado por línea de adjudicación serán declaradas inadmisibles y no podrán continuar el proceso licitatorio.

Todo Proveedor deberá estudiar las bases administrativas, especificaciones técnicas y demás antecedentes de la presente licitación, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo del bien o servicio, permisos que deben obtenerse, leyes y reglamentos en materia laboral y de impuestos y previsión que afecten las actividades relacionadas con la entrega de los productos solicitado y cualquier otra clase de normas, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables.

El o los Proveedores deberán ingresar su propuesta completa en tiempo y forma al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, adjuntando todos y cada uno de los antecedentes solicitados.

La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al portal www.mercadopublico.cl preferentemente en formatos no modificables como PDF; MS Word con permisos restringidos, imágenes de los documentos originales u otro compatible.

8.1 Antecedentes administrativos.

Anexo

Nombre Anexo

Descripción Anexo

1

Identificación del oferente y Declaraciones juradas

Documento en cual se identifica como oferente y adicionalmente declara y acredita su aceptación de las bases de licitación y que no se encuentra sujeto a inhabilidades o incompatibilidades para contratar.

8.2 Antecedentes Técnicos.

Anexo

Nombre anexo

Descripción anexo

2

Admisibilidad de Oferta Técnica

Oferta técnica presentada por el oferente que corresponde a criterios de admisibilidad para la presentación de la Oferta

3

Oferta Evaluable

El proveedor debe llenar formulario donde aparecen todos los antecedentes que se evaluaran.

8.3 Antecedentes Económicos.

Anexo

Nombre anexo

Descripción anexo

4

Oferta económica

Los proveedores deberán ingresar al portal el valor NETO de su oferta económica expresada en pesos chilenos, sin reajustes, ni intereses, ni impuestos y debe corresponder al costo total a adquirir y a las demás actividades solicitadas en las presentes bases.

En cambio, en el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la adquisición licitada, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La oferta económica del proponente debe ajustarse al formato indicado en el anexo n° 4 “oferta económica”.

Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el portal quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación.

En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el anexo económico.

8.4 Otros anexos

 

Anexo

Nombre anexo

Descripción anexo

5

Contrato tipo

Se describe el contrato tipo que se va a celebrar entre las partes, este anexo debe presentar el proveedor una vez adjudicado.

6

Autorización para a través de depósitos en bancos

Esta es la autorización para que Finanzas pueda realizar Transferencia a sus cuentas, este anexo debe presentar el proveedor una vez adjudicado.

8.5 Errores u omisiones / Falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación

El Hospital no admitirá modificaciones a los Formularios y/o documentos anexos, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contraproyectos, modificaciones o variantes, así como incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de los formularios elaborados para este proceso licitatorio, salvo que, tal como lo prescribe el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas 19.886, se traten de:

A) Omisiones u errores formales al momento de presentar los antecedentes: en este caso el Hospital le podrá solicitar a el(los) oferente(s) que salve(n) dicha omisión o error, siempre y cuando dichas rectificaciones no le(s) confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores y comunicando esta situación a través del Portal, todo dentro del plazo fatal que al efecto fije el Hospital, el que en ningún caso podrá ser superior a dos (2) días corridos (exceptuando si existiesen días sábado, domingo y feriados).

B) Omisión de certificados y antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para postular a la presente licitación y el período de evaluación: si al momento de postular los oferentes no han acompañado estos documentos, el Hospital podrá solicitar a el(los) oferente(s), vía Portal, que dentro del plazo que aquél fije, el cual podrá ser hasta un máximo de dos (2) días corridos (exceptuando si existiesen días sábado, domingo y feriados), acompañe esos certificados y antecedentes faltantes, e informando de estos hechos en el Portal.

Lo anteriormente establecido respecto a las incongruencias entre la oferta y los antecedentes acompañados, es sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9º de las presentes bases administrativas.

Asimismo, en caso de existir errores de trascripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones, en las mismas condiciones ya señaladas.

De producirse los casos señalados en los párrafos anteriores, los oferentes serán evaluados a través del criterio de requisitos formales en su Correcta Presentación de la Oferta según los parámetros descritos en las presentes bases.

Esto aplica para aquellos oferentes que omitan uno o algunos de estos anexos, no aplicara en antecedentes que sean evaluables o provoque una situación de privilegio respecto a los demás competidores.

ARTÍCULO 9°: COMISIÓN, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA.

9.1 Comisión de Evaluación

Para efectos de evaluación y eventual sugerencia de adjudicación, inadmisibilidad o deserción del proceso licitatorio, el Hospital San Juan de Dios designará una comisión de evaluación de la propuesta que será responsable de la ejecución de dicha gestión, que será integrada por a lo menos tres (3) funcionarios del Hospital de las áreas atingentes al bien o servicio licitado, los que deberán evaluar y calificar las ofertas presentadas por los diferentes proveedores, sin prejuicio de lo dispuesto en el inciso 4 y 5 del Art. N.º 37 del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda). Según lo establecido en el resuelvo N° 2 Que Designa Comisión Evaluadora.

La comisión evaluará las ofertas y se efectuará verificando la existencia de los antecedentes requeridos en las bases y que se hayan ingresado a través del Portal. De no contener la documentación requerida en la totalidad de los anexos expresado en el Artículo Nº 8 de las presentes bases, se dejará constancia de este hecho en el acta respectiva, así como de la información que falta, se encuentre disconforme o incompleta. La propuesta que se encuentre en estas condiciones podrá ser considerada inadmisible, en cuyo caso no podrá continuar en el proceso licitatorio, salvo que por la naturaleza del reparo, sea menester un análisis más detenido de los antecedentes y no vulnere la igualdad de los Proveedores, ni el principio de estricta sujeción a las bases, en cuyo caso el Hospital San Juan de Dios resolverá sobre la observación dentro de un plazo de dos días corridos, comunicando la resolución que se adopte al afectado y a los demás oferentes vía electrónica, según lo señalado en el inciso 1° del Artículo Nº 40 del Reglamento.

En caso que exista cualquier circunstancia que reste imparcialidad a cualquiera de los integrantes de la Comisión de Evaluación, el afectado se deberá abstener de participar en los procedimientos de contratación, conforme con lo establecido en el Artículo 6º bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. 

Los integrantes de la comisión deberán plasmar en el informe que no les afecta ninguna inhabilidad ni conflicto de interés con respecto a los participantes del proceso acorde a lo establecido en el Artículo 37º del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda). El funcionario que presente conflicto de intereses en el proceso deberá informarlo a la comisión, se dejará constancia en el informe y quedará inhabilitado para participar en el proceso.

Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en estas bases.

9.2 Apertura de las Ofertas  

El acto de apertura de las propuestas se llevará a cabo electrónicamente y sin presencia de Proveedores, una vez vencido el plazo para la presentación de las ofertas, ante la Comisión de Evaluación y en las dependencias del CR de Abastecimiento de Hospital.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará verificando la existencia de los antecedentes en las Bases y que se hayan ingresado a través del Portal en tiempo y forma. De no contener la documentación esencial requerida, se rechazarán las ofertas en el portal, donde son los siguientes documentos

  • Identificación del oferente y Declaraciones juradas
  • Admisibilidad de Oferta Técnica
  • Oferta Evaluable
  • Anexo N.º 4: Oferta Económica

Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, se estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente.

Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del sistema de información que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún proveedor, este último tendrá un plazo de 48 horas, contado desde el inicio del acto de apertura, para presentar al Hospital un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, conforme a lo señalado en el Artículo Nº 62 del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda.)

En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, y demás antecedentes que no están disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la entidad licitante de manera física o digital al siguiente correo licitaciones.hsjd@redsalud.gov.cl

En caso que el Hospital tuviera un error en el acto de apertura, podrá realizar una reincorporación que debe ser formalizada mediante resolución.

9.3 Evaluación

Una vez concluida la apertura electrónica se procederá a la evaluación de las propuestas, lo que se efectuará internamente, analizando los antecedentes de aquellos Proveedores que los presentaron en forma completa, consignándose el valor de la oferta.

La comisión dispondrá del plazo establecido en el Artículo Nº 5 de estas bases (cronograma y plazos de la licitación), desde la fecha de cierre para analizar las ofertas y proponer a la Autoridad Competente la adjudicación de la oferta mejor evaluada, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presente bases. La comisión de evaluación verificará el contenido de las ofertas y desestimará aquellas que no se ajusten a los requerimientos de la licitación y a los establecidos en las bases y especificaciones técnicas. Las ofertas validas serán evaluadas de acuerdo a los criterios establecidos y a las pautas de evaluación y se adjudicará al proveedor cuya oferta haya sido la mejor evaluada.

La comisión evaluará las ofertas, primero verificará la admisibilidad técnica, si la propuesta no cumple con alguna característica técnica obligatoria, el proveedor no continuará con el proceso de evaluación y se considerará su oferta inadmisible.

La comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de evaluación y propuesta de adjudicación, documento que contendrá un acta del proceso de evaluación en la cual quedará constancia de las actividades realizadas y se consignarán las observaciones formuladas respecto de las ofertas declaradas inadmisibles y los fundamentos de tal declaración. Esta acta será firmada por los integrantes de la comisión y formará parte de los antecedentes de la propuesta.

El Acta de evaluación y propuesta de adjudicación elaborado por la comisión de evaluación de las ofertas, debe contener un informe técnico y una proposición de adjudicación o de declaración de desierta, junto con un listado de las propuestas seleccionadas con sus respectivos porcentajes, el cual deberá ser entregado a la Dirección del Hospital, la apertura de las propuestas presentadas, conjuntamente con una proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los Proveedores o de declarar desierta, según sea el caso. El informe de evaluación deberá contener a lo menos un cuadro de todos los proponentes considerados por orden del puntaje total obtenido y formulará un análisis final de evaluación y de observaciones, según conforme al Artículo n°40 bis del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda).

La comisión de evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes bases.

9.4 Pauta de Evaluación

Se establecen los criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación.

Para la evaluación de las ofertas, se considerarán los siguientes factores y sus respectivas ponderaciones, las cuales se detallan a continuación:

Criterios de Evaluación

Ponderación

Admisibilidad Técnica

Admisibilidad

Criterio Administrativo

2%

Criterio Técnico

28%

Criterio Económico

70%

9.4.1 Admisibilidad Técnica

El no cumplimiento de alguna de estas características obligatorias con llevará la declaración de inadmisibilidad de la oferta en el ítem que corresponda, no continuando con la evaluación.

9.4.2 Criterio Administrativo: Requisitos Formales (2% de la Oferta)

Correcta presentación de la Oferta

Puntaje

No se solicita salvar errores y/u omisiones en la propuesta

100

Se solicita salvar errores y/u omisiones en la propuesta

0

9.4.3 Evaluación Técnica (28% del total de la Oferta)

La evaluación técnica estará compuesta por los siguientes factores de evaluación, y se realizará posterior a la revisión de cumplimiento de las características técnicas de admisibilidad u obligatorias, mediante Anexo Nº 3, y la constatación de la entrega de la muestra respectiva.

9.4.3.1 Experiencia (10% de la Oferta)

9.4.3.1.1 Experiencia contractual del Oferente (5%):

Experiencia con instituciones públicas, determinado por la presentación de Órdenes de Compra, con antigüedad no mayor a 1 año, que indique el número de instituciones públicas en que se ha prestado el servicio objeto de la siguiente licitación, se evaluara según la cantidad de instituciones con las que ha trabajado, según el siguiente cuadro:

Instituciones

Puntaje

Contratos con 5 o más instituciones

100

Contratos con 3 y menos de 5 instituciones

50

Contratos con menos de 3 instituciones

0

NOTA: En este rubro se evaluará la experiencia acreditada ante otros organismos, ya sean estos públicos o privados. Para acreditar esta experiencia deberá presentar una lista de clientes y los contratos suscritos (podría ser remplazado por orden de compra si esta indica el servicio contratado y su vigencia).

9.4.3.1.2 Años de Experiencia del Oferente (5%):

Experiencia demostrada con iniciación de actividades de acuerdo con lo anterior se describe el siguiente parámetro de evaluación

Instituciones

Puntaje

Más de  5 años

100

Menos de 5 años

50

No posee experiencia

0

NOTA: Se debe adjuntar iniciación de actividades SII, indicando el servicio de martillero.

9.4.3.2 Cantidad de remates en el sistema público (18% de la Oferta)

Remates en Instituciones

Puntaje

Presenta Certificados de remates en los últimos 2 años

100

Presenta Certificados de remates en el último año

50

No presenta Certificado de remates

0

NOTA: Se debe adjuntar Certificados de remates.

El Hospital podrá desestimar aquellas propuestas que obtengan un puntaje ponderado inferior al 60% en el criterio de la evaluación técnica. En aquellos casos en que exista un único proveedor en una línea de producto, o ningún proveedor hubiere obtenido ese puntaje mínimo, será la comisión de evaluación la que dirimirá si se acepta la o las ofertas. Tomando en consideración, la criticidad del producto a adquirir, que supla la necesidad del Hospital, no sea contrario a los intereses de este, y en el caso que exista más de una oferta, debe corresponder a la oferta con el puntaje técnico más alto.

9.4.4 Criterio Económico (70% del Total de la Oferta)  

La evaluación de este criterio se realizará a partir de la información entregada por el proponente en su oferta, evaluándose con puntajes de 0 al 100, conforme al resultado de la siguiente ecuación:

Puntaje Economico = (Precio Mínimo entre los oferentes / Precio Oferente Evaluado) * 100

El “Precio mínimo entre oferentes” corresponde al mínimo precio entre proveedores y el “Precio oferente evaluado” corresponde al precio del proveedor a evaluar puntaje.

Los precios ofertados no podrán estar sujetos a reajustes.

9.5 Mecanismo de Resolución de Empates.

En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, la Comisión considerará para dirimir tal situación, que será la siguiente forma:

  • Evaluación de criterio de mayor ponderación según Bases.
  • Evaluación de criterio que sigue en mayor ponderación, y así sucesivamente.
  • En caso de persistir el empate, el desempate será la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso emitido por la Dirección de Compras y Contratación Publicas en el Portal www.mercadopublico.cl

9.6 Adjudicación.

Efectuada la evaluación de las ofertas, la comisión de evaluación confeccionará un acta, la que deberá contener un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que haya obtenido el o los respectivos proponentes.

El Hospital cuenta con el plazo establecido en el cronograma de la presente licitación para adjudicar.

Sin embargo, de no ser suficiente el plazo establecido, el Hospital estará facultado para modificar el plazo de adjudicación, por no más de 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de término del plazo otorgado por las bases, informando fundadamente de la modificación según lo establecido en el artículo 41, inciso 2º del Reglamento, la que se publicará mediante el sistema de información, notificándose al adjudicatario y a los demás Proveedores vía Portal.

La comisión emitirá un acta de evaluación y proposición de adjudicación que recaerá en el proveedor que a su juicio, mejor cumpla con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la licitación, de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en estas bases, para ello, informará a la autoridad competente el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente para el Hospital San Juan de Dios - CDT.

En este orden, el Hospital se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta, que aplicando los criterios de evaluación, resulte la más conveniente, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del mismo, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto. 

9.7 Facultad de Re-adjudicación.

Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el contratante no presentara la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y no concurriera a firmar el contrato, el Hospital se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y proceder a adjudicar al siguiente proponente mejor evaluado, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, sin perjuicio de cobrar la garantía de seriedad correspondiente, y en general, en los siguientes casos:

  • Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario
  • Si el adjudicatario se desiste por escrito de su oferta
  • Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del Artículo 4° de la ley de compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición.
  • Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado al momento de la firma del contrato.
  • Si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el Artículo 10 de estas Bases, se entenderá ipso facto que aquel no acepta la adjudicación

En tales eventos, el Hospital re-adjudicará el Oferente que hubiere ocupado el segundo lugar en la evaluación, y si el segundo lugar se desiste de la adjudicación, se re-adjudicará al tercero mejor evaluado

El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos antes establecidos dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las Bases

La confirmación definitiva de la re adjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del Portal Mercado Publico.

9.8 Facultad de Declarar Desierta

Según artículo 9º de la Ley N.º 19.886, el Hospital podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases.

Se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes al interés de la institución, lo que se entenderá ante la ocurrencia de las siguientes circunstancias:

  • Si las ofertas no resultas en convenientes a los intereses del Hospital.
  • Si las ofertas no se ajustaren al precio máximo por el Hospital para este proceso de licitación.
  • Si el adjudicatario no suscribe y/o no entrega el respectivo contrato, dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o no entrega en tiempo y forma la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato.
  • Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato, pasado los 10 días hábiles indicados para su inscripción
  • Si el adjudicatario infringe la Ley N.º 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la administración del Estado, en los términos contemplados en el Artículo 4º de la referida Ley.
  • Si todas las ofertas fueran declaradas inadmisibles.

9.9   Facultad de Revocar

El Hospital tendrá la facultad de revocar el proceso en cualquier etapa de la licitación, si existieran las siguientes causales:

a)            Errores insubsanables en el proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las bases.

b)            No se cuenta con disponibilidad presupuestaria, al momento de adjudicar.

c)            Cambio de necesidades del Hospital.

d)            Otras razones debidamente fundadas.

Este acto debe formalizarse mediante resolución que revoca el proceso con su debida justificación.

9.10. Facultad de Retrotraer el Proceso Licitatorio

En caso que existieran errores en la evaluación y/o adjudicación, el Hospital tendrá la facultad de retrotraer el proceso licitatorio hasta la etapa de la evaluación de las ofertas, solo si no se ha formalizado el Contrato. Dándose a lugar los procedimientos administrativos que corresponda.

La entidad debe formalizarlo mediante resolución que retrotrae el proceso y dejar sin efecto la resolución que adjudica el proceso y el acta de evaluación.

9.11. Mecanismo de Consulta de Adjudicación

Posterior a la notificación de adjudicación, el proveedor podrá realizar sus respectivas consultas de Adjudicación en un plazo de 3 días hábiles administrativos, por medio de correo electrónico licitaciones.hsjd@redsalud.gov.cl .

De no recibir consultas de adjudicación dentro del plazo mencionado, se entenderá que acepta la evaluación y adjudicación del Hospital.

El Hospital tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos posterior a la recepción de la consulta para responder.

ARTÍCULO 10°: CONDICIONES CONTRACTUALES Y OBLIGACIONES LABORALES

10.1 Contenido del Contrato.

El contrato, si correspondiese, será redactado por el Hospital, de conformidad con estas bases administrativas, técnicas, preguntas y respuestas, si las hubiere, modificaciones o enmiendas, si correspondiere, y el contenido de las ofertas técnica y económica del adjudicatario.

En el contrato deberá quedar establecido que el adjudicatario será exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, y que el Hospital no tiene ni tendrá vínculo laboral alguno con ese personal. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N° 20.123, sobre subcontratación, en lo que sea aplicable.

Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes bases de licitación, como en las bases técnicas y sus anexos se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se realice con el o los adjudicatarios y éstos se hacen responsables del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.

10.2 Requisitos para contratar.

Según lo descrito en el Artículo N.º 66 del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda), podrán contratar con las entidades los proveedores que acrediten su situación financiera y técnica conforme lo dispuesto en la Ley de Compras y el mencionado Reglamento.

Los Proveedores inscritos acreditarán su situación financiera y técnica a través de su inscripción en el registro de proveedores, sin perjuicio de otras exigencias que establezcan en cada caso las entidades.

El Hospital exigirá a los adjudicatarios su inscripción en el registro de proveedores para poder suscribir los contratos definitivos.

Asimismo, el proveedor si es persona jurídica, deberá acreditar:

  • No estar afecto a alguna de las prohibiciones o inhabilidades contenidas en los artículos 8 y 10 de la Ley N.º 20.393, lo que se acreditará mediante la presentación debidamente completada del Anexo N° 1.
  • Certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del adjudicatario para con sus trabajadores, el cual deberá ser emitido por la inspección del Trabajo o por Proveedores autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que la empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones en los últimos dos años, los primeros estados de pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses, según lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19.886.
  • Antecedentes que acrediten que quien suscribirá el contrato tiene poder suficiente para ello, así como el certificado de vigencia de su personería, a menos que dichos antecedentes consten en el citado registro electrónico.

En el evento de tratarse el adjudicatario de persona natural, se deberá adjuntar fotocopia legalizada de la cédula de Identidad, salvo que dicho antecedente conste en el registro electrónico Chileproveedores.

* Los documentos, sean estos instrumentos públicos o privados, y certificados de cualquier naturaleza, emitidos en el extranjero deberán presentarse físicamente o electrónicamente conforme a lo dispuesto en el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, o según lo indicado en la Ley 20.711 que regula la forma de solicitar, tramitar y otorgar apostillas en conformidad con lo establecido en la convención de la Haya que suprime la exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros.

 10.3 Formalización del Contrato.

Para efectos de esta contratación, el proveedor adjudicado deberá formalizar contrato hasta el plazo establecido en el cronograma de la presente licitación, para lo cual deberá cumplir con los requisitos señalados en el numeral precedente.

Conforme al artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas, para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley 19.886 se requerirá la suscripción de un contrato.

Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de esta por parte del proveedor. De la misma forma, el Hospital podrá formalizar las adquisiciones superiores al monto señalado anteriormente e inferiores a 1.000 UTM, mediante la emisión de la Orden de Compra, cuando se trate de bienes o servicios de estándar, simple y objetiva especificación, según se determine.

 10.4 Firma del Contrato. 

El adjudicatario deberá entregar el contrato firmado y la Garantía de Fiel Cumplimiento en el CR de Abastecimiento del Hospital, ubicado en calle Chacabuco 430, según piso, comuna de Santiago, a más tardar dentro del plazo señalado en el Artículo Nº 5 Cronograma y Plazos de Licitación a la notificación del contrato por correo electrónico.

Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en el portal Chileproveedores, deberá registrarse antes de la firma del contrato, el que en todo caso deberá suscribirse dentro del plazo indicado. Lo mismo ocurrirá en la situación en que el adjudicatario se encuentre inscrito, pero no habilitado(s) en el citado Portal, en cuyo caso deberá habilitarse antes de la firma del contrato, el cual, al igual que en el caso anterior, deberá firmarse en el periodo fijado en estas bases.

Si venciera el plazo señalado en el párrafo primero de este numeral para suscribir el contrato, y éste no se hubiese firmado por causas atribuibles a el(los) adjudicatario(s), el Hospital estará facultado para realizar el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones definidas para ello en las presentes bases de licitación. A continuación, el Hospital deberá determinar si adjudica a la siguiente oferta mejor evaluada, en el marco de los recursos asignados, o si declara desierto el ítem en cuestión y efectúa un nuevo llamado a licitación, en caso que proceda.

Firmado el contrato por el adjudicatario, se dictará la resolución que lo apruebe, la cual surtirá plenos efectos una vez que sea notificada a través del Portal.

Asimismo, se procederá a hacer devolución a todos los proponentes que se hubiesen presentado a la licitación de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes desde la fecha en que se encuentre notificada la respectiva resolución.

10.5 Formalización Mediante Emisión de Orden de Compra.

En caso de que el contrato se formalice mediante la emisión de la correspondiente Orden de Compra, esta se formalizará con la emisión de la misma y su correspondiente aceptación dentro del plazo de las 24 horas. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, el Hospital, podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurrida veinticuatro (24) horas desde dicha solicitud. 

El adjudicatario debe estar inscrito en el portal Chileproveedores.

10.6 Vigencia del Contrato

El contrato tendrá una vigencia de 24 (veinticuatro) meses contados desde la fecha de suscripción del mismo, o hasta agotar el presupuesto adjudicado, lo que ocurra primero.

Pudiendo ser prorrogado de común acuerdo entre las partes por un periodo de 1 a 12 meses, por una única vez, mientras se procede a un nuevo proceso licitatorio por considerarse una contratación indispensable para el apoyo de las funciones del Hospital y en caso que el contrato cuente aun con presupuesto disponible.

Por razones de necesidad y buen servicio, el suministro, entrega y recepción conforme de productos y/o servicios, materia de la presente licitación, se iniciarán una vez suscrito el respectivo contrato, quedando en todo caso, su pago condicionado a la total tramitación de la Resolución aprobatoria de éste, en concordancia al Dictamen N.º 14.362, del 2 de abril del 2008.

10.7 Modificaciones al contrato.

El Hospital podrá aumentar o disminuir el contrato hasta un 30% del monto contratado, dependiendo de los requerimientos y de la disponibilidad de recursos. En cualquier caso, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento administrativo que corresponda. En cuyo caso deberá constituirse una nueva garantía de fiel cumplimiento con idénticas características a la originalmente entregada, por toda la vigencia de la modificación más 6 meses desde el nuevo término del contrato.

10.8 Cesión de Derechos y Subcontratación.

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los que se establezcan en el contrato, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que emanen del contrato serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.

El adjudicatario podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado. En caso de subcontratación deberá contar siempre con el consentimiento del Hospital.

Sin embargo, el Proveedor no podrá subcontratar en los siguientes casos:

  • Cuando lo dispongan las bases, en particular, por tratarse de servicios especiales, en donde se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del Proveedor.
  • Cuando la persona del subproveedor, o sus socios o administradores, están afectas a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92 del Reglamento.

Se deja expresa constancia que el Hospital no tendrá vínculo contractual con el personal del adjudicatario, ni relación laboral con sus respectivos empleados, atendido lo cual el Hospital San Juan de Dios - CDT queda liberado de cualquier responsabilidad que diga relación con los derechos y obligaciones que imponen las Leyes laborales y previsionales, salvo aquella previstas en la Ley de Compras y su Reglamento y en lo que fuere procedente a la Ley N°20.123.

10.9 El precio y su Reajustabilidad

El precio de los servicios y/o productos será el que se fije en el contrato producto de la oferta adjudicada, expresado en pesos chilenos y no devengarán reajustes, ni intereses.

Dentro del precio adjudicado se considerarán todos los impuestos, derechos, gravámenes y demás que pudieran afectar a los Proveedores y al personal a su cargo, de manera que aquellos serán solventados por el primero.

10.10 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Para efectos de esta contratación, el adjudicatario deberá entregar un documento, al momento de la firma del contrato, para garantizar el cumplimiento de este y las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, con los siguientes términos y condiciones:

CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES

Tipo de garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Exigibilidad

Obligatoria para todos los adjudicatarios cuyo contrato sea igual o superior a 1.000 UTM, para los contratos cuyo valor sea inferior a 1000 UTM el Hospital podrá no solicitar garantía de fiel cumplimiento, si fuera de simple y objetiva especificación.

Estipulaciones del Documento

Su monto debe estar expresado en pesos chilenos. Debe ser pagadero a la vista y de carácter irrevocable.

La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, tal como lo establece el inciso tercero del Artículo 68 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Beneficiario

Servicio de Salud Occidente Hospital San Juan de Dios

RUT: 61.608.204-3

Tomador

El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato, mediante la entrega de un documento de garantía o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, tomado por él o por un tercero a nombre del adjudicado. En caso de ser tomada por un tercero, esta garantía debe indicar el RUT y nombre del proveedor que realiza la oferta.

Monto

Equivalente al 5% del monto total del contrato

Fecha de Vencimiento

La vigencia del documento deberá superar a lo menos los 60 días hábiles administrativos, contados desde la fecha de término del contrato y quedará en poder del Hospital mientras dure su vigencia.

Glosa

“Garantiza el fiel y Oportuno cumplimiento del contrato por SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO PARA EL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS - CDT, ID N°1641-284-LE23”.

Descripción

Para garantizar el cumplimiento del contrato y las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores. No devengará intereses ni reajustes.

Forma y momento de entrega

Deberá entregarse antes de la suscripción del contrato, según Art. 5, física o electrónicamente. En los casos que se otorgue de manera electrónica deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según el Artículo N.º 68 del Reglamento. En caso de ser entregada electrónicamente debe ser enviada al correo licitaciones.hsjd@redsalud.gob.cl Si se entregara físicamente, el documento original debe ser enviado a la Unidad de Abastecimiento del Hospital, ubicada en Chacabuco N.º 430, comuna de Santiago. Ante la eventualidad de requerir hacer uso de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, durante el desarrollo del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía o sustituirla por otra garantía en iguales condiciones.

Forma y momento de restitución

Será devuelta con posterioridad al término del contrato, y una vez este se encuentre debidamente liquidado. Para su devolución, deberá solicitarse vía correo electrónico a licitaciones.hsjd@redsalud.gob.cl indicando el nombre de la licitación, el N.º de Documento, su valor, nombre de la empresa, Banco e ID. El proveedor debe hacer retiro de su garantía, en caja de contabilidad del Hospital San Juan de Dios en aproximadamente 10 días hábiles posteriores al envío de solicitud vía correo de devolución y debe presentar poder notarial para la persona que retira.

Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento

  • Esta caución solamente podrá hacerse efectiva en aquellos casos en que el término anticipado del acuerdo de voluntades se deba a una causal imputable al contratista.
  • En caso de incurrir el adjudicatario en incumplimiento a las obligaciones derivadas del contrato.
  • El cambio de las condiciones materia de la oferta por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, sin la aceptación previa por parte del Hospital San Juan de Dios.
  • La quiebra o el estado de notoria insolvencia del proveedor.
  • Si los representantes o el personal del adjudicado, cometen actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción o colusión.
    •     Y otras causales de término anticipado de Contrato, según artículo 14 de las      presentes bases, que sean atribuibles a causal imputable al contratista.

Sin perjuicio de lo señalado precedentemente y, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N.º 42 del Reglamento de la Ley de Compras, cuando el precio de la oferta presentada por un interesado sea menor al 50% del precio presentado por el proponente que le sigue, y se verifique por el Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar a la primera oferta solicitando una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la proposición que sigue. En caso de presentarse una caución adicional a la de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ella deberá consistir en una garantía que cumpla con los mismos requisitos de la garantía principal, y deberá remitirse dentro del plazo establecido para la firma del contrato.

ARTÍCULO 11°: FACTURACIÓN, CONDICIÓN Y FORMA DE PAGO

El pago se efectuará previa recepción conforme de los productos y/o servicios y la entrega de la factura correspondiente, que tendrá las siguientes condiciones:

CONDICIONES DE PAGO

FACTURACIÓN

La factura deberá extenderse a nombre de:

-          Servicio de Salud Occidente Hospital San Juan de Dios

-          RUT: 61.608.204-3

-          Calle Huérfanos 3255, comuna de Santiago.

CONDICIÓN DE PAGO

En los antecedentes para el pago debe considerarse:

  • Factura o boleta del prestador, la que sólo será emitida una vez que el o los productos se hayan despachados o servicios realizados.
  • Copia de la orden de compra previamente aceptada.
  • Recepción conforme de bodega central o Referente Técnico en caso de Servicios.
  • Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales
  • Resolución que Aprueba el Contrato o la Orden de Compra que formaliza acto contrato.

La factura no será recibida si no se presenta con la orden de compra correspondiente aceptada en sistema de información www.mercadopublico.cl.

 

FECHA DE PAGO

El Hospital pagará por los productos y/o servicios recibidos, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a haberse recibido conforme la factura aceptada con los documentos requeridos, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y la aprobación por parte del Hospital según lo indicado en las Bases, salvo que las facturas estén mal extendidas o que no se reincorporen los antecedentes propios de los servicios contratados, las cuales serán causales de devolución, por lo que el plazo de computar desde la fecha de emisión de la nueva factura o nota de crédito requerida, si procediere. La nueva factura o nota de crédito antes señalada deberá ser presentada dentro del plazo máximo de (5) días hábiles desde la comunicación del rechazo. El plazo de pago es el establecido anualmente por la Ley de Presupuesto para las Instituciones de Salud, se considera una excepción al artículo 79 bis del Decreto Supremo 205, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios.

FORMA DE PAGO

Cheque o transferencia electrónica según disponibilidad de la institución. (La transferencia electrónica requiere el Anexo Nº 6.)

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los ocho (8) días siguientes a su recepción, si no lo hiciere, se entenderá aceptada conforme desde el día de su recepción, momento a partir del cual comenzara a computar el plazo para efectuar el pago respectivo.

ARTÍCULO 12º: SUPERVISIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

12.1 Administrador del Contrato y sus funciones.

El Hospital deberá supervisar el cumplimiento del contrato en tiempo y forma, verificando que los productos adquiridos se ajusten a lo solicitado en las bases o la oferta presentada por el proveedor. Para dar cumplimiento a este Artículo, el Hospital designará un Administrador del Contrato, quién deberán verificar el fiel cumplimiento de los términos establecidos en el contrato y la norma sanitaria vigente, solicitando dar curso a las multas que correspondan o término del contrato si así corresponda según las presentes bases administrativas; todo lo anterior, sin perjuicio de las reclamaciones que pueda ejercer el proveedor en su derecho. Para dar cumplimiento a este Artículo, el Hospital designará como Administrador de Contrato al siguiente funcionario:

  • Cargo                           : Jefe de Inventario
  •                                        O a quién la subrogue, según resolución.

Dentro de las funciones se encuentran:

  • Supervisar y coordinar los procedimientos y acuerdos establecidos en estas Bases, y contrato suscrito;
  • Informar a la Unidad de gestión de Contratos de incumplimientos para la aplicación de multas o sanciones;
  • Fiscalizar que la ejecución del suministro se ciña estrictamente a lo indicado en el contrato suscrito entre las partes y otros documentos complementarios;
  • Recepcionar, revisar, dar V°B° y certificar conforme las facturas y documentos necesarios para la tramitación de pago;
  • Solicitar al adjudicatario antecedentes, documentos e informes actualizados durante la vigencia del contrato;
  • Solicitar vigencia del martillero de acuerdo al registro del Ministerio de Economia, Fomento y Turismo durante el periodo del contrato, antes de realizar un nuevo servicio.
  • Otras funciones complementarias.

12.2 Unidad de Gestión de Contratos y sus funciones.

La Unidad de Gestión de Contratos es el intermediario entre el proveedor y el administrador del contrato, que tendrá, entre otras las siguientes funciones:

  • Representar al Hospital en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Contrato.
  • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato con el Administrador del Contrato.
  • Realizar seguimiento de la vigencia de los contratos.
  • Realizar gestión y seguimiento de multas y sanciones por incumplimiento.

12.3 Obligaciones del proveedor.

Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:

  • El proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el proveedor.
  • No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
  • Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
  • Ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases administrativas, técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
  • De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, y demás que le resulten aplicables.

12.3.1 Confidencialidad

El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Hospital que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.

 

Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria.

En caso de incumplimiento, el Hospital podrá terminar anticipadamente el contrato, encontrándose facultado para cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.

12.3.2 Informes

El Hospital podrá requerir por correo electrónico informes al proveedor sobre materia que tengan relación con el contrato o los estados de cumplimiento y respecto a las Leyes laborales. El proveedor deberá remitir dichos informes en un plazo no superior a cinco (5) días corridos.

ARTÍCULO 13º: MULTAS Y SANCIONES

El Hospital podrá aplicar las sanciones y multas contempladas en las Presentes Bases por actuaciones imputables a el(los) proveedor(s) y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases, en el contrato y en todos los documentos que son parte de la presente licitación. En consecuencia, ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación integra, oportuna y total de los daños que se causaren.

13.1 Clasificación de Multas

Calidad de multa

Detalle Multa

Monto

GRAVE

Si el Martillero pierde su calidad bajo el registro del Ministerio de Economia, Fomento y Turismo, durante el periodo de vigencia del contrato (siendo considerada un incumplimiento grave)

5 UTM

GRAVE

Si el Martillero no cumple con los requerimientos generales

4 UTM

GRAVE

Si el Martillero no asiste al remate. Por evento.

3 UTM

LEVE

Si el Martillero llega tarde más de 60 minutos al remate. Por evento.

2 UTM

*El valor de la UTM será el correspondiente al día de inicio del incumplimiento, siendo notificado al adjudicatario de la imposición de la multa a través de la emisión de la carta de notificación. El monto de esta podrá pagarse por el adjudicatario en forma directa o será descontada del respectivo pago mensual, al mes siguiente de su aplicación según corresponda, sin perjuicio de la facultad del Hospital de proceder al cobro de las garantías respectivas, de poner Término al contrato, y ejercer las acciones judiciales que correspondan.

13.2 Aplicación de las Multas

Ante cualquier falta cometida por el proveedor, la Unidad de Gestión de Contratos y el Administrador del contrato comunicara dicho incumplimiento a el(los) adjudicatarios, por documento de notificación de multa enviado por carta certificada o vía correo electrónico. Para este último caso, el correo electrónico será el consignado en el Anexo N° 1 por el proveedor, informando la falta cometida y que le será aplicada una multa según lo indicado en los numerales anteriores.

El proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación, para presentar sus descargos a la Unidad de Gestión de Contratos y al Administrador del contrato, acompañado todos los antecedentes que estime pertinentes.

Una vez recibido los descargos del proveedor o vencido el plazo, la entidad podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.

En caso de acoger los descargos se notificará mediante carta certificada o vía correo electrónico, o bien, rechazándolos total o parcial, mediante resolución de aplicación de multa, se notificará al adjudicatario ya sea por carta certificada o vía correo electrónico.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.

Contra la resolución que aplique la multa respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880, Ley de Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

13.3 Pago de la Multa

La multa producirá sus efectos una vez resueltos los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo para interponer aquellos sin que se hayan presentados. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.

El adjudicatario podrá pagar la multa dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles a partir de la fecha de notificación de la resolución que la aplica; si así no lo hiciere, el Hospital, podrá descontarla del siguiente estado de pago.

En caso de no poder descontarla del estado de pago, se descontará a través de la garantía de fiel cumplimiento, y se solicitará a la Empresa traer una nueva Garantía de fiel cumplimiento en un plazo de 10 días hábiles contado de la notificación del descuento de la multa. El no cumplimento en el pago de la multa será causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del contratante.

Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N.º 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

ARTÍCULO 14°: MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO  

El contrato podrá terminarse anticipadamente por la ocurrencia de cualquiera de las causales descritas en el Artículo N.º 77 del Reglamento (D.S. 250/2004 Ministerio de Hacienda), a saber:

1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos (2) años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses.

6. Las demás que se establezcan en las presentes bases de la licitación.

7. Acumular más del 20% del presupuesto asignado a esta licitación en multas sea cual sea su clasificación (ver tabla en Art. 13.1. Clasificación de las multas).

Respecto al numeral 1º “Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes”, debe ser suscrito mediante instrumento privado y sancionado por resolución fundada. En este caso, no aplican derechos a indemnización y/o compensación alguna, para lo cual las partes procederán en un plazo no mayor a 30 días, a liquidar y finiquitar el presente contrato. El Hospital, no podrá cobrar ni hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, para lo cual procederá a su devolución, siempre y cuando no exista incumplimiento por parte del adjudicatario de la normativa laboral aplicable, según las presentes bases.

Si alguna de ellas es originada por un hecho o hechos imputables a el adjudicatario, el contrato se entenderá resuelto administrativamente sin forma de juicio mediante la dictación de resolución fundada, sin derecho a indemnización a el proveedor afectado, debiendo hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieran ejercerse.

La citada resolución de término de contrato deberá ser fundada y producirá plenos efectos, entre ellos el derecho a hacer efectivas las garantías vigentes, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

El Hospital, por resolución fundada, podrá poner término definitivo, en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como caso fortuito o fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste previamente. 

Se establecerán las siguientes causales de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante:

a) Si los representantes o el personal del adjudicado no observan los más altos niveles éticos o cometen actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción o colusión.

b) Si el proveedor traspasara su contrato a otra persona natural o jurídica, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. (Ejemplo: Fusiones)

c) Si el o los representantes legales fuesen condenados a pena aflictiva.

d) Si el proveedor es condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el estado, según la Ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.

e) Si falleciere el proveedor o se disolviere la empresa. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedaren pendientes. 

f) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al “el Hospital”, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

g) Registrar condena por prácticas antisindicales dentro del periodo de vigencia del contrato.

h) Si el adjudicatario no cumple con el pago de la respectiva multa.

i) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del producto, de las condiciones de la oferta, de la calidad o marca del producto u otra condición(es) establecida y aceptada por el Hospital.

j) Si el Hospital comprobare, previo informe técnico, deficiencia en la calidad de los productos solicitados y que no hayan sido reemplazados por el (los) adjudicatario(s) satisfactoriamente de acuerdo al contrato.

k) Si el(los) adjudicatarios infringe(n) el deber de confidencialidad.

l) Si el monto total de las multas acumuladas aplicadas por resolución supera el 20% del monto total del contrato.

m) Aplicación de 2 multas graves durante la ejecución del contrato

n) Aplicación de 3 multas moderada durante la ejecución del contrato

o) Aplicación de 5 multas leves durante la ejecución del contrato

En cualquiera de los casos señalados el Hospital San Juan de Dios hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que correspondan para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.

Producida cualquiera de las situaciones señaladas en este numeral, así como en el anterior, la resolución del servicio de poner término anticipado al contrato se notificará a el adjudicatario por carta certificada o bien, de modo personal por intermedio de algún funcionario del Hospital.

14.1 Procedimiento del Término Anticipado de Contrato y Cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento

La Unidad de Gestión de Contratos y el Administrador del contrato comunicará dicho incumplimiento a el(los) adjudicatarios que dan término anticipado de contrato, por documento de notificación de multa enviado por carta certificada o vía correo electrónico. Para este último caso, el correo electrónico será el consignado en el Anexo N° 1 por el proveedor, informando la causal de término anticipado de Contrato.

El proveedor dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación, para presentar sus descargos a la Unidad de Gestión de Contratos y al Administrador del contrato, acompañado todos los antecedentes que estime pertinentes.

Una vez recibido los descargos del proveedor o vencido el plazo, la entidad podrá rechazarlos o acogerlos.

En caso de acoger los descargos se notificará mediante carta certificada o vía correo electrónico, o bien, rechazándolos total, mediante resolución de término anticipado de Contrato, se notificará al adjudicatario ya sea por carta certificada o vía correo electrónico, subiendo esta resolución a Mercado público.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.

Posterior al término anticipado de contrato, la Unidad de Finanzas, cobrara garantía de Fiel cumplimiento.

ARTÍCULO 15°: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

El contrato que celebre el Hospital con el proveedor se regirá por las Leyes de la República de Chile y le serán aplicables todas las Leyes y sus modificaciones que entren en vigencia durante el periodo de duración del mismo y que tuvieran relación con la materia.

ARTÍCULO 16°: LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en la prestación de los servicios que se adquieren.

Todos los gastos que irroguen del contrato y la obtención de las garantías serán de cargo del proponente proveedor.

ARTÍCULO 17º: COMPETENCIA

Para todos los efectos de esta licitación las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, por tanto, se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. Esto, sin perjuicio de las competencias de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contratación Pública.

ARTÍCULO 18º: CONSTANCIA

Se deja constancia que todas y cada uno de los Artículos contenidos en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato y en las correspondientes órdenes de compra que se emitirán al adjudicatario y este se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.


BASES TECNICA

II.BASES TÉCNICAS


ARTÍCULO 19: DISPOSICIONES GENERALES

El Hospital San Juan de Dios-CDT requiere contratar a empresa o persona dotada de conocimientos, formación, y experiencia comprobada que sea capaz de entregar el servicio solicitado, que vele por el correcto desarrollo del remate y que cumpla con estándares y normas vigentes.

La empresa deberá proveer Servicios, según lo indicado en las especificaciones técnicas, durante el periodo de contrato

En este sentido la empresa adjudicada:

  • Acatará los Procedimientos Administrativos de Ingreso al Hospital donde se realice el remate. Si no acatara los Procedimientos Administrativos, el oferente recibirá multas de tipo económico, que serán detalladas en estas Bases y en la Bases Administrativas.
  • Dar cumplimiento a lo establecido en la normativa
  • Ley N° 18.118, Legisla sobre el Ejercicio de la Actividad de Martillero Público.
  • Decreto Supremo N°197, de 1985, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento de la ley N°18.118 sobre el Ejercicio de la Actividad de Martillero Público.

ARTÍCULO 20°: ALCANCE DEL SERVICIO

Se requiere contratar SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO, para realizar servicios de remate con el fin de disminuir y retirar las especies dadas de baja del establecimiento Hospitalario, dado su poca utilidad para cumplir con los objetivos y beneficios del Hospital.

CODIGO

DESCRIPCIÓN

TOTAL DE REMATES EN

PERIODO DE CONVENIO

PERIODO DURACIÓN

10-012-002-0033

Honorarios fijos de martillero por remate

Hasta 20

(10 máximo por año)

24 MESES

El SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO, se podrá llevar a cabo en las siguientes ubicaciones, según lo solicitado por el administrador de contrato.

•             Edificio Chacabuco, ubicado en calle Chacabuco 430.

•             Centro de Diagnóstico Terapéutico Rodolfo Armas Cruz (CDT), ubicado en Avenida Portales 3239.

•             Torre Hospitalaria, ubicado en calle Huérfanos 3255.

•             Edificio Helen Lee, ubicado en Chacabuco 419.

•             Hospital de Peñaflor, ubicado en José Miguel Carrera 214, Peñaflor.

•             Hospital de Melipilla, ubicado en O’Higgins 551, Melipilla.

•             Hospital de Curacaví, Ambrosio O’Higgins 500, Curacaví.

•             Hospital Traumatológico, ubicado en San Martín 771, Santiago.

•             CRS Salvador Allende ubicado en Teniente Cruz 800, Pudahuel.

•             Servicio de Salud Metropolitano Occidente ubicado Av. Libertador Bernardo O´Higgins 2429, Santiago

•             Hospital Félix Bulnes Cerda ubicado en Leoncio Fernández 2655, Quinta Normal

•             Hospital Félix Bulnes Cerda ubicado en Mapocho N°7432, Cerro Navia

•             Hospital Metropolitano ubicado en Avda. Holanda Nº 060, Providencia

Asimismo, se hace presente que cada oferente deberá ofertar por el total de servicio descrito en bases técnicas, por lo que el Hospital adjudicará a un solo oferente, quien, conforme a las pautas de evaluación señaladas obtenga el mejor puntaje.

Los proveedores deberán ofertar respecto al honorario fijo de martillero por remate o subasta programada. El porcentaje de comisión será cobrado o descontado al comprador de las especies rematadas.

ARTÍCULO 21°: ADMISIBILIDAD

El Martillero Público, contratado por la institución para la subasta de bienes, deberá cumplir como mínimo los siguientes requisitos:

1. Encontrarse con licencia vigente en registro Nacional de Martilleros de la Subsecretaria, según Ley Nº 18.118 (Personas Naturales o Jurídicas), adjuntar Certificación de Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción.

Martillero Público Persona Natural

1. Contar con un capital propio igual o superior a 1.500 UF (Acompañar certificado otorgado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

2. El Martillero Publico deberá ser chileno o extranjero con permanencia definitiva en Chile (Adjuntar Certificado de Residencia )

3. Ser mayor de edad

4. No haberse declarado en quiebra en su actividad de martillero (Acompañar Certificado otorgado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

5. No podrá presentar condena por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, mediante resolución ejecutoriada (Acompañar Certificado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

6. Deben Tener al menos 2 años consecutivos de ejercicio en la actividad de martillero publico acompañar certificado otorgado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

Martillero Público Persona Jurídica

1. Contar con un capital propio igual o superior a 4.000 UF (Acompañar certificado otorgado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

2. El Martillero Publico deberá estar legalmente constituido como sociedad, cuyo único objeto sea el actuar como martillero público (acompañar certificado otorgado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

3. Deben Tener al menos 2 años consecutivos de ejercicio en la actividad de martillero público (acompañar certificado otorgado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

4. No haberse declarado en quiebra en su actividad de martillero (Acompañar Certificado otorgado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

5. No podrá presentar condena por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, mediante resolución ejecutoriada (Acompañar Certificado por Sub  Secretaria Economía, Fomento y Reconstrucción)

ARTÍCULO 22°: REQUERIMIENTO GENERALES DEL SERVICIOS A CONTRATAR

El SERVICIO DE MARTILLERO PUBLICO, contratado por la institución para la subaste de bienes deberá considerar como mínimo los siguientes aspectos:

1.- La subasta deberá realizarse en dependencias del Hospital San Juan de Dios o ubicaciones indicadas en el articulo 20 de las presentes bases.

2.- El Martillero Publico será responsable de los bienes en cuanto a la cantidad, estado y calidad desde el momento de recepción y hasta el día del remate.

3.- La recepción de los bienes del Hospital en el lugar de remate será realizada por el jefe de inventario de la Institución en conjunto con el Martillero.

4.- Los costos de traslados internos y orden de lotes de bienes hasta el lugar del remate serán de cargo del Martillero.

5.- Una vez adjudicado el proponente, este deberá informar en el plazo de dos días hábiles el cronograma de actividades de remate.

6.- Sera de costo del Martillero los costos asociados a la gestión del remate y las publicaciones en los medios de comunicación escrita.

7.- Todo el tiempo que los bienes del Hospital permanezcan en dependencias establecidas por el Hospital al cuidado del Martillero no estarán afectos a cobro alguno por arriendo u otro gasto.

8.- Los gastos de seguridad, guardia, alarma, etc., que sean necesarios para el resguardo de los bienes será responsable el Martillero Publico adjudicado y no podrá traspasar estos gastos al Hospital.

9.- El Martillero Publico asumirá la responsabilidad por todo daño, pérdida o deterioro que por cualquier causa incluida la fuerza mayor, sufran los bienes que sean entregados para remate. Por lo cual el Hospital podrá emprender acciones legales si estimara que existen razones fundadas en él, incumplimiento de las presentes bases Técnicas de remate.

10.- El Martillero público cumplirá con las leyes y reglamentos que regulan la actividad de Martillero Publico y las subastas públicas.

11.- Se debe considerar parte de la oferta las siguientes acciones:

  • Publicación sin Costo para el Hospital (En lo posible 3)
  • Acta de Remate
  • Exhibición
  • Facturación
  • Liquidación de Factura a nombre del Hospital San Juan de Dios(Dentro de un periodo no mayor a 5 días finalizado el remate)

12.- En un plazo máximo de 15 días, luego de efectuada la venta de los bienes, entregará a CR Finanzas la siguiente documentación:

  • Cheque a nombre del Hospital San Juan de Dios, RUT: 61.608.204-3, por el total del dinero recaudado.
  • Orden de compra por Honorarios fijos ofertados en las bases económicas por cada remate.
  • Liquidación de Factura, haciendo referencia al Acta de Entrega mediante la cual fue entregado el bien por el CR Finanzas.
  • Lista de bienes por lotes y total recaudado por ellos

13.- El Martillero Publico optimizará la presentación de los bienes por rematar, sin costo para la institución.

14.- El Martillero Publico  efectuara el loteo y exposición de los bienes por subastar, de forma tal que se incentive el interés por adquirirlos.

15.- Una vez finalizado el remate público, será responsabilidad del Martillero Publico el retiro de las especies rematadas, y que no hayan sido retiradas durante el mismo día de término del remate.